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Exigen a la Defensoría Penal Pública de Chile que termine con sus prácticas homo/transfóbicas

Viernes, 20 de octubre de 2023
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IMG_0872Luego de que la entidad defendiera al asesino de una mujer trans, la iquiqueña Yuridia Pizarro, desconociendo y negando la identidad de género de la víctima. El Movilh envió un reclamo al defensor nacional, Carlos Mora Jano.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) envió una misiva al defensor nacional, Carlos Mora Jano, para expresarle su “máxima preocupación por el quehacer abiertamente transfóbico ejercido por la Defensoría Penal Pública (DPP) al actuar en representación” de Jhonatan Stiven Cañón Rodríguez, quien en junio del 2022 quitó la vida a la dirigente trans iquiqueña Yuridia Pizarro Torres.

La semana pasada los/as abogados/as defensores Daniel Huerta González y Cristina Rodríguez Álvarez pidieron y consiguieron anular ante la Corte de Apelaciones de Iquique una condena por femicidio dictada contra el asesino, alegando que Yuridia solo por ser trans no es mujer,  por lo cual se deberá haber un segundo juicio

¡El Movilh señaló a Mora Jano que  “nuestra organización entiende y respeta las acciones de la Defensoría Penal Pública para actuar en defensa de personas acusadas de delitos, pero ello en nada se relaciona con que desde vuestra entidad se incurra en abiertas prácticas discriminatorias, que desacreditan el tipo de pena que deben recibir las personas exclusivamente en razón de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las víctimas, todas categorías protegidas por la Ley Zamudio”.

A este se añade, redondeó el Movilh,  que el artículo 1 de la Ley de Identidad de Género establece expresamente  que “se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción del nacimiento”.

“Pues bien la identidad de género de Yuridia corresponde a la de una mujer, no  a la de un hombre. Sin embargo, en unas de sus más odiosas defensas, los/as abogados/as Daniel Huerta González y Cristina Rodríguez Álvarez pidieron y consiguieron anular ante la Corte de Apelaciones de Iquique la condena por femicidio, alegando que Yuridia no es mujer, lo que constituye una evidente violación a los derechos humanos”, señaló el Movilh

El transfóbico argumento usado en el proceso por los mencionados abogados y por la DPP señaló que “ampliar el término mujer a una persona trans biológica y registralmente hombre, vulnera el principio de legalidad y tipicidad, materias ambas de derecho estricto y constitutivas de una garantía constitucional derivada del debido proceso”.

Para el Movilh “con tal argumento, la DPP ha pasado a convertirse, en el año 2023, en una de las instituciones más homo/transfóbicas de Chile, dejando un precedente nefasto para la calidad de vida y reparación que merecen las personas LGBTIQ+ en Chile”.

Por tanto el Movilh solicitó al Defensor nacional “adoptar medidas inmediatas para que en este caso la DPP desista de negar la identidad de hombre o mujer según las perciben las víctimas o victimarios, adoptar medidas inmediatas para que una violación a los derechos humanos de este tipo no vuelvan a ocurrir en el quehacer de los/as defensores/as y capacitar a todos/as los/as trabajadores de su institución en la igualdad, la no discriminación y los derechos humanos de las personas LGBTIQ+ en Chile”

Fuente MOVILH 

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Vuelve la transfobia al Poder Judicial: Corte de Iquique anula condena por femicidio porque la víctima trans no era «legalmente» mujer

Jueves, 12 de octubre de 2023
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AE0B92BD-80C5-4316-AD1E-8E976414FE09Dado que la víctima no había rectificado su partida de nacimiento, Corte de Apelaciones de Iquique concluyó que la calidad de hombre o mujer la definen los antecedentes legales y no la identidad de género de las personas “una brutalidad que esperamos se revierta en un nuevo juicio”, apuntó el Movilh, quien llamó a respetar la memoria de la dirigenta trans Yuridia Pizarro, asesinada por su pareja en junio del 2022.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) expresó hoy su máximo repudio a un fallo emitido ayer por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Iquique que anuló una condena por femicidio contra hombre que asesinó a su pareja trans,  la conocida dirigenta iquiqueña Yuridia Pizarro Torres (55), alegando que la víctima no era era una mujer ya que no había cambiado legalmente su nombre y género.

“La anulación de la sentencia es funesta y una de los hechos más transfóbicos conocidos en Chile en los últimos años. El Poder Judicial con esta determinación retrocedió de manera alarmante en el respeto a la dignidad y los derechos humanos de las personas con identidad de género diversa. Decir que una persona no es hombre o mujer, según se percibe, solo por ser trans, violenta los derechos humanos más básicos y es contrario a la legislación vigente”, señaló la vocera del Movilh, Javiera Zúñiga.

Con los votos a favor de los/as magistrados/as Mónica Adriana Olivares Ojeda y  Andrés Alejandro Provoste Valenzuela y el pronunciamiento en contra del juez Pedro Nemesio Guiza Gutiérrez, la Corte de Apelaciones anuló la condena por femicidio emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique el pasado 16 de mayo del 2023 contra la que era pareja de Yuridia, Jhonatan Stiven Cañón Rodríguez, quien cometió el delito en junio del 2022.

De esa manera la Corte acogió el argumento de la defensa del asesino, según la cual para condenar por femicidio se “exige que el sujeto pasivo sea una mujer, lo que no sucede en este caso, donde la víctima es un hombre tanto biológica como registralmente, lo que resultó acreditado por la evidencia testimonial, pericial y documental aportada al juicio”.

A juicio de la defensa, según consta en el expediente, “ampliar el término mujer a una persona trans biológica y registralmente hombre, vulnera el principio de legalidad y tipicidad, materias ambas de derecho estricto y constitutivas de una garantía constitucional derivada del debido proceso”.

Acogiendo ese transfóbico argumento, la Corte de Apelaciones de Iquique concluyó que la “ley exige como requisito indispensable para el tratamiento de una persona conforme a su identidad de género, el haber realizados los trámites que la ley exige al efecto, situación que no había ocurrido en el caso de la especie”.

El Movilh replicó que “este brutal razonamiento de la Corte de Apelaciones de Iquique, además de transfóbico, es falso, pues la Ley de Identidad de Género no exige el cambio de nombre o sexo legal para que una persona sea reconocida según se percibe, es decir como hombre o mujer”.

En efecto, el artículo 1 de la Ley de Identidad de Género señala que “se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción del nacimiento”.

El Movilh puntualizó que “la Corte de Apelaciones de Iquique ha pasado a ser una de las instituciones más transfóbicas de Chile y ha dejado en vergüenza al Poder Judicial como conjunto, pues ha retrocedido décadas en el respeto a los derechos humanos de las personas trans”.

La vocera del Movilh, Javiera Zúñiga, valoró “todos los esfuerzos que ha emprendido en este caso la Fiscalía, al igual que su Observatorio de Violencia contra Personas LGBTI, que ha jugado un rol predominante para sensibilizar fiscales en el respeto a la diversidad”.

“Si bien sí o sí deberá haber un segundo juicio, esperamos que la Suprema acoja los argumentos de la Fiscalía y emita una sanción disciplinaria contra los dos jueces transfóbicos responsables de este abuso. Y por cierto, esperamos que en el segundo juicio se reconozca que Yuridia era una mujer, se respete su memoria e identidad y se haga verdadera justicia”, finalizó el Movilh.

La dirigente trans Yuridia Pizarro (55) era dueña de una panadería  en San Pedro y fue primera bailarina trans en formar parte de la agrupación de bailes religiosos de San Lorenzo. El 29 de mayo del 2022 fue reportada como desaparecida, mientras que el 2 de junio del 2022 su cuerpo fue encontrado semienterrado en un sitio eriazo de la ruta 1, costa sur de Iquique.

Fuente MOVILH

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Asesinan a dirigenta trans en Iquique (Chile)

Jueves, 9 de junio de 2022
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AE0B92BD-80C5-4316-AD1E-8E976414FE09El cuerpo de Yuridia Pizarro (55) fue encontrado ayer en un sitio eriazo. El Movilh repudió que las policías descarten de antemano un crimen de odio, a solo horas de encontrar el cuerpo de la víctima y exigió  investigar el crimen con perspectiva de género

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) lamentó y repudió hoy el crimen que quitó la vida en Iquique a la dirigente trans Yuridia Pizarro (55) al tiempo que instó a las policías y fiscalía a “investigar con perspectiva de género y rigurosidad el homicidio, algo que apreciamos no ha ocurrido”.

Pizarro, dueña de una panadería San Pedro y primera bailarina trans en formar parte de la agrupación de bailes religiosos de San Lorenzo, fue reportada el pasado domingo 29 de mayo como desaparecida, mientras que ayer su cuerpo fue encontrado semienterrado en un sitio eriazo de la ruta 1, costa sur de Iquique.

La víctima, originaria de la Caleta Caramucho de Iquique, habría sido además víctima de un robo, pues sus pertenencias estaban desordenadas en su casa, mientras que su furgón fue abandonado en Alto Hospicio.

El el subprefecto jefe de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones, Cristian Sayago, dijo hoy la Estrella  de Iquique que “no hay antecedentes que sugieran un homicidio por su condición sexual, pero estamos indagando el móvil”, el cual a su juicio sería solo  un robo.

El encargado de derechos humanos del Movilh, Ramón Gómez, “lamentó este crimen que cobra una nueva víctima trans, lo cual por si solo tipifica como femicidio, algo que las policías y fiscalías debiesen saber. Solidarizamos con los seres queridos de Yuridia y les enviamos nuestras condolencias”.

“Instamos además a las policías y fiscalía a investigar el crimen con rigurosidad y perspectiva de género. El hecho de que Yuridia hubiese sido víctima de un robo, en ningún caso permite descartar la hipótesis de un crimen de odio como lo sostiene la policía de una manera liviana, en tanto arriba a conclusiones a solo horas de encontrar el cuerpo”, añadió.

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“Exigimos a las policías mayor sensibilidad y educación en la perspectiva de género. Es lamentable que desconozcan que los crímenes de odio también pueden cruzarse con robos. La existencia de un robo, no descarta un crimen de odio, Llegar a esa conclusión están facilista como insultante”, añadió el Movilh.

“Esperamos se alcance verdad, justicia y reparación”, finalizó el Movilh

Por el crimen de Yuridia ya hay dos detenidos

Fuente MOVILH

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