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El Tribunal Supremo de España avala la colocación de la bandera LGTBI en edificios públicos. La Federación Estatal LGTBI+ lo celebra.

Miércoles, 4 de diciembre de 2024

IMG_8910Ayuntamiento de Irun (Gipuzkoa)

 

  • El Tribunal Supremo confirma que la bandera arcoíris no tiene «significación partidista» y la reconoce como un emblema de inclusión, diversidad y derechos humanos.
  • La sentencia avala que ondee en edificios públicos durante el Orgullo, concluyendo que no vulnera la normativa sobre el uso de banderas oficiales ni los principios de objetividad y neutralidad institucional.
  • La FELGTBI+ destaca esta decisión como un avance en el compromiso institucional con la igualdad y los derechos del colectivo LGTBI+.

El Tribunal Supremo ha avalado en una sentencia que se pueda colocar la bandera arcoíris, en los edificios públicos durante la celebración del Orgullo gay, señalando que no es un “símbolo de significación partidista” ni “propugna ningún tipo de enfrentamiento”. De esa manera, el alto tribunal corrige, como era lógico,  su doctrina previa.

El fallo responde a recursos relacionados con el despliegue de esta bandera en la Diputación de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza. En ambos casos, el tribunal ha determinado que mostrar la enseña en espacios como un balcón o el patio interior de las instituciones no vulnera la Ley 39/1981, que regula el uso de la bandera de España y otras banderas oficiales, ni los principios de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas. La resolución subraya que la bandera LGTBI+ «se proyecta a favor de la igualdad entre las personas», un valor consagrado en la Constitución Española y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

De esta manera, el Alto Tribunal corrige su doctrina jurisprudencial no acorde con los valores democráticos, ya que en una sentencia del 26 de mayo de 2020 de la Sala Tercera dictaminó que “se fija como doctrina que no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España”.

El tribunal sostiene que la bandera LGBTI “se proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constitución y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”. Además, la Sala de lo Contencioso-Administrativo recuerda que los artículos 14 y 9.2 de la Carta Magna propugnan la superación de discriminaciones por cualquier circunstancia personal y el artículo 21.1 del documento europeo llama a eliminar toda forma de discriminación por razón de la orientación sexual.

El organismo judicial ha sentenciado que la Diputación de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza no incumplieron la ley durante la celebración del Orgullo Gay de este año al haberla colocado en los edificios públicos.

En el caso de Aragón, la bandera LGBTI se exhibió en el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza. En Castilla y León, la bandera arcoíris ondeó en el patio interior de la Diputación Provincial de Valladolid. La ultraderechista y profundamente homófoba Fundación Española de Abogados Cristianos recurrió en ambos casos y el asunto, tras pasar por los tribunales de dichas comunidades autónomas, ha terminado sobre la mesa del Supremo.

Ante esta situación, el alto tribunal explica que la Ley 39/1981 no es aplicable a estos casos, pues no contempla el supuesto de exhibición de una bandera LGBTI. Al mismo tiempo, defiende que no hay contradicción entre lo que ahora se decide y lo resuelto anteriormente sobre el izado de una bandera autonómica distinta de la estatutaria y, en general, contra la exhibición en edificios públicos de símbolos o mensajes de carácter partidista.

Con todo, los magistrados añaden que el legislador estatal ya ha desarrollado estas previsiones en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, y en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. En esta última ley expresamente se reconoce en el artículo 2.1 el derecho de todos a no ser discriminados, entre otras razones, por la orientación o por la identidad sexual.

Por su parte, la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, reitera estas exigencias. Además, en el caso de Aragón, su legislador ya dio pasos en esta dirección con su Ley 18/2018.

El Supremo ha expresado que colocar una bandera LGBTI en un edificio público, de forma temporal, no contradice la exigencia de objetividad de las Administraciones Públicas, sino que está dentro de la línea de las actuaciones para promover la igualdad.

Las sentencias, que han sido ponencia del presidente en funciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Pablo Lucas, han contado con el absurdo voto particular del magistrado José Luis Requero Ibáñez.

Requero discrepa de forma torticera con la decisión del Supremo, ya que según él, el movimiento LGTBI se refiere a “siglas que reúnen diversas tendencias sexuales que sustentan postulados varios, entre ellos los de la llamada ideología de género, que no son pacíficos y respecto de los que hay división en la sociedad, ya sea por razón de creencias o de ideología”.

En este sentido, sostiene que “una cosa es la consecución de objetivos inspirados, según la ley, en principios plausibles como son los de igualdad, respeto, inclusión y tolerancia” y otra cosa es que un ente público “vaya más allá del cumplimiento de esos objetivos legalmente previstos y venga a abanderar unos postulados ideológicos controvertidos que hay tras el símbolo que desencadena el litigio”.

Ante ello, la Federación Estatal LGTBI+ celebra la decisión del Tribunal Supremo que confirma la legalidad de colgar la bandera arcoíris en edificios públicos durante la celebración del Orgullo, respaldando así el carácter inclusivo y no partidista de este símbolo. La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que la bandera arcoíris no tiene «significación partidista» ni «propugna ningún tipo de enfrentamiento» y la reconoce como un emblema universal de inclusión, diversidad y derechos humanos.

La presidenta de la FELGTBI+, Paula Iglesias, ha valorado positivamente la sentencia, destacándola como un avance significativo en el compromiso institucional con los derechos del colectivo: «Esta decisión del Tribunal Supremo refuerza algo que siempre hemos defendido: la bandera arcoíris trasciende las ideologías políticas y representa valores universales como la igualdad, el respeto y la inclusión. Su presencia en edificios públicos durante el Orgullo es un acto de visibilización que envía un mensaje de apoyo a la diversidad y a los derechos humanos

Iglesias también ha subrayado que el fallo llega en un momento crucial en la lucha contra la discriminación y los discursos de odio, instando a las Administraciones Públicas a que sigan promoviendo la igualdad, no solo a través de gestos simbólicos como este, sino mediante políticas concretas que refuercen su compromiso con la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.

Como era de esperar, y con el dineral que se gastan en acciones LGTBifobas, Abogados Cristianos ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional esta decisión del Supremo. Según ha informado la fundación, se trata del “paso previo y necesario” para llevar el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. les aconsejaría no gastar el dinero y que lo donen a causas contra la pobreza, ya qu3 ambos tribunales les van a dar con las dos manos abiertas un buen tortazo.

La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha destacado con un cinismo que ya ni nos asombra, que “este cambio de criterio del Tribunal Supremo es una muestra más de la politización del sistema judicial. Esta sentencia es una evidencia de cómo el Sanchismo ha acabado con la independencia judicial, ante la pasividad del PP”, ha denunciado.

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Fuente Agencias/FELGTBI+

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El Tribunal Supremo de Rusia prohíbe el “movimiento LGBT internacional” por considerarlo “extremista”

Lunes, 4 de diciembre de 2023
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homofobia-rusiaLa comunidad LGBT rusa necesita apoyo internacional tras la decisión del Tribunal Supremo de Rusia

Human Rights Watch anunció el pasado 30 de noviembre:

(Berlín, 30 de noviembre de 2023) – La Corte Suprema de Rusia dictaminó hoy que el “movimiento internacional LGBT” es una “organización extremista”, que pone en peligro todas las formas de activismo por los derechos LGBT en el país, dijo hoy Human Rights Watch.

En una audiencia a puerta cerrada, el Tribunal Supremo falló a favor de la demanda del Ministerio de Justicia acusando al “movimiento LGBT” de incitar a la discordia social y religiosa. Las autoridades rusas deberían poner fin de inmediato a esta perversa persecución de las personas LGBT y los países interesados deberían apoyar a las personas LGBT y a sus defensores que enfrentan riesgos y persecución extremos en Rusia.

La medida de las autoridades aparentemente tiene un doble propósito”, dijo Tanya Lokshina, directora asociada para Europa y Asia Central de Human Rights Watch. “Su objetivo es aumentar el uso de chivos expiatorios contra las personas LGBT para atraer a los partidarios conservadores del Kremlin antes de la votación presidencial de marzo de 2024 y paralizar el trabajo de los grupos de derechos humanos que luchan contra la discriminación y apoyan a las personas LGBT”.

Según la legislación penal rusa, participar o financiar una organización extremista se castiga con hasta 12 años de prisión. Una persona declarada culpable de exhibir símbolos de dichos grupos enfrenta hasta 15 días de detención por el primer delito y hasta cuatro años de prisión por reincidencia. Las autoridades pueden incluir a personas sospechosas de estar involucradas con una organización extremista en la “lista de extremistas” nacional y congelar sus cuentas bancarias. Las personas consideradas involucradas con una organización extremista no pueden postularse para cargos públicos.

En una presentación del 28 de noviembre ante la Corte Suprema, siete destacados grupos de derechos humanos rusos dijeron que una decisión de apoyar la demanda del Ministerio de Justicia sería discriminatoria y violaría una amplia gama de derechos. Dado que la organización que el gobierno pretendía prohibir, el “Movimiento Internacional LGBT”, no existe, los defensores de los derechos humanos temen que el fallo permita a las autoridades procesar arbitrariamente a cualquier persona por cualquier actividad relacionada con los derechos LGBT.

IMG_1638Andrey Loginov, viceministro de Justicia de Rusia, afirma que la “propaganda gay” es “propaganda gay” como “ajena a los valores espirituales y morales de nuestra sociedad rusa multiétnica y policonfesional”. (Foto cortesía de EmbassyLife.ru)

Las autoridades rusas han abusado durante mucho tiempo de la amplia y vaga legislación antiextremismo de Rusia para procesar a críticos pacíficos. En 2021, el Tribunal Municipal de Moscú prohibió por considerarlos extremistas a tres grupos afiliados a la destacada figura de la oposición Alexey Navalny. A continuación, las autoridades presentaron nuevos cargos contra el político ya encarcelado, acusándolo de organizar una “comunidad extremista” e incitar a actividades extremistas, lo que dio lugar a una condena adicional de 19 años.

Al menos cuatro partidarios de Navalny fueron condenados a prisión por diversos cargos de extremismo. Docenas de sus seguidores en todo el país fueron multados y arrestados por antiguas publicaciones en las redes sociales que mencionaban su trabajo anticorrupción y otros proyectos.

Además, durante más de una década, las autoridades rusas han explotado la perniciosa ley rusa de “propaganda gay” para atacar a las personas y activistas LGBT. En diciembre de 2022, el parlamento endureció la prohibición de la “propaganda gay” de 2013 ampliándola para cubrir toda la información pública o actividades que apoyen los derechos LGBT o muestren una orientación no heterosexual.

La legislación no prevé ninguna exclusión para el arte, los estudios científicos o la educación y perpetúa un mensaje falso y dañino que intenta vincular a las personas LGBT con pedófilos, refiriéndose repetidamente a “propaganda de relaciones y/o preferencias sexuales no tradicionales, pedofilia y cambio de sexo”. .

El 13 de noviembre, durante el cuarto Examen Periódico Universal del historial de derechos humanos de Rusia en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Andrey Loginov, viceministro de Justicia de Rusia, afirmó que no hay discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género en Rusia porque la prohibición de La discriminación está consagrada en la Constitución. Al mismo tiempo, describió la “propaganda gay” como “ajena a los valores espirituales y morales de nuestra sociedad rusa multiétnica y policonfesional”.

Desde 2021, después de que los legisladores incluyeran la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en la constitución rusa, las autoridades han designado a 17 organizaciones LGBT como “agentes extranjeros”, un término que en ruso tiene connotaciones de espionaje y sabotaje. Esta designación somete a los grupos a una serie de requisitos asfixiantes y estigmatizantes.

A principios de 2023, el parlamento ruso adoptó una legislación que viola una amplia gama de derechos de las personas transgénero. Prohíbe la atención médica que necesitan las personas trans, cambia los marcadores de género en los documentos oficiales y disuelve los matrimonios de personas trans. También impide que las personas trans adopten o asuman la tutela de niños.

IMG_1639Con las organizaciones y activistas rusos de derechos LGBT ya en peligro y el riesgo de procesamiento exacerbado por el fallo de “extremismo” de la Corte Suprema, los países de todo el mundo deberían brindar refugio seguro a quienes se ven obligados a huir de Rusia frente a procesos penales u otras amenazas graves. dijo Human Rights Watch.

Otros países, y los Estados miembros de la Unión Europea en particular, dada su proximidad geográfica, también deberían permitir a los activistas que continúan su trabajo por los derechos LGBT en Rusia obtener visas de larga duración en caso de emergencia o asistir a eventos internacionales y reuniones con colegas, junto con Brindar otro tipo de apoyo a los activistas rusos de derechos LGBT que trabajan dentro de Rusia o desde el extranjero.

“El ataque a los derechos LGBT se ha convertido en un símbolo del rechazo de Rusia a los derechos humanos universales, ya que el gobierno posiciona a Rusia como defensora de los llamados valores tradicionales en oposición al ‘Occidente colectivo’“, dijo Lokshina. “Las personas LGBT rusas necesitan apoyo ahora más que nunca”.

Naciones Unidas ha lamentado y condenado este atropello…

La policía rusa allana bares gay después de que el fallo de la Corte Suprema calificara al movimiento LGBTQ+ de “extremista”

La policía rusa ha comenzado a tomar medidas enérgicas contra los clubes y locales LGBTQ+ en Moscú, pocos días después de que un fallo de la Corte Suprema calificara de “extremista” el activismo LGBTQ+.

En las redadas nocturnas en toda la capital rusa, clubes, saunas, bares y otros lugares fueron invadidos por agentes de policía que comprobaron los documentos y documentos de identidad de los asistentes.

Los allanamientos habrían sido ordenados con el pretexto de buscar drogas, de las cuales no se encontró ninguna en ninguno de los locales allanados.

Uno de los clubes allanados por la policía albergaba una noche de temática LGBTQ y asistieron más de 300 personas.

En otra, una sauna LGBTQ+, agentes de policía enmascarados obligaron a los asistentes a tumbarse en el suelo boca abajo, según testigos.

La ola de operaciones policiales se produce apenas dos días después de que la Corte Suprema dictaminara que el llamado “movimiento público LGBT internacional” debería ser etiquetado como “extremista”.

La sentencia, dictada el jueves (30 de noviembre), ha dejado a la comunidad LGBTQ+ en Rusia en peligro de sufrir largas penas de prisión si se les considera parte de un movimiento que no existe.

 Muchos creen que las redadas nocturnas son el comienzo de nuevas medidas represivas por parte de las autoridades rusas contra la comunidad queer.

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Varias organizaciones que sirven a la comunidad LGBTQ+ se han visto obligadas a cerrar en medio de la creciente animosidad, incluido el club gay Estación Central de San Petersburgo, que anunció su cierre“El sitio que alquilamos se negó a permitirnos trabajar debido a la (nueva) ley. Pedimos disculpas, ya no estamos en el negocio”, compartió el club en las redes sociales.

Como decíamos más arriba, desde al menos 2013, las autoridades rusas han estado implementando legislación anti-LGBTQ+ diseñada para censurar y reprimir las discusiones abiertas de la comunidad. Después de que la tan denostada ley de ‘propaganda gay’ se ampliara para censurar los temas LGBTQ+ para adultos, el Ministerio de Justicia de Rusia presentó una solicitud al llamado “movimiento público LGBT internacional” por parte del Ministerio de Justicia de Rusia.

En una solicitud presentada a principios de noviembre, argumentó que los funcionarios habían identificado “signos y manifestaciones” del inexistente movimiento que cree que eran de “naturaleza extremista” y podrían incitar “discordia social y religiosa”. No proporcionó ninguna prueba de estas afirmaciones.

Menos de un mes después, tras una deliberación a puerta cerrada, el tribunal superior del país dictaminó que el movimiento vagamente definido era “extremista”.

El director de asociaciones globales de la The Human Rights Campaign, Jean Freedberg, dijo que la decisión en Rusia era “reprensible” y una muestra de la “represión en un país donde las personas LGBTQ+ ya temen por sus vidas”. “La audiencia se llevó a cabo en secreto, aislada del escrutinio público y cerrada a quienes desearan hablar en defensa de las personas LGBTQ+”, continuó Freedberg. “No hay justicia en esta decisión, no hay justicia en gobernar desde el miedo. No hay justicia en un país que intenta criminalizar a las personas por quiénes son o a quién aman”.

Fuente 76 crimes/PinkNews

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Un tribunal japonés declara “inconstitucional” obligar a esterilizar a las personas transexuales

Viernes, 24 de noviembre de 2023
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trans-bandera-movilh-chile-820x394El Tribunal Supremo de Japón ha declarado inconstitucional exigir la esterilización a los transexuales que deseen realizar una transición legal.

La decisión supone la primera vez que el Tribunal Supremo juzga inconstitucional la cláusula y se produce pocos días después de que un tribunal de familia del país estudiara un caso similar.

El miércoles (25 de octubre), el Tribunal Supremo, compuesto por 15 magistrados, se pronunció sobre la constitucionalidad de la Ley de Casos Especiales de Trastornos de la Identidad de Género, después de que una mujer transexual anónima -que no se ha sometido a cirugía- iniciara una acción legal.

La mujer, cuya identidad no se ha revelado para proteger su intimidad, dice que vive “socialmente como mujer” pero que en su registro familiar figura como varón porque no se ha operado.

El diario The Japanese Times informó de que los abogados de la mujer, Kazuyuki Minami y Masafumi Yoshida, afirmaron que la ley actual viola su derecho a buscar la felicidad y a vivir sin ser discriminada.

La legislación de 2004 establece que las personas trans deben someterse a la extirpación de sus órganos reproductores para que el Estado reconozca su transición y se modifique el sexo asignado al nacer en su registro familiar.

La ley también establece que, para realizar legalmente la transición, las personas trans deben tener un diagnóstico de disforia de género confirmado por al menos dos médicos, ser mayores de 18 años, no estar casadas y no tener hijos menores de edad.

Los activistas y grupos de defensa del colectivo LGBTQ+ llevan mucho tiempo criticando el requisito de esterilización y el proceso legal en general en Japón. Human Rights Watch calificó de “coacción” el requisito de la intervención quirúrgica y de violación de los derechos a la intimidad y a la vida familiar el hecho de exigir a las personas trans que no tengan hijos menores de edad.

La decisión del Tribunal Supremo se produce pocos días después de que un tribunal de familia de Shizuoka, en la isla de Honshu, dictaminara que era inconstitucional exigir la esterilización a las personas trans.

La sentencia se produjo después de que el hombre trans Gen Suzuki presentara en 2021 una solicitud para cambiar su género a masculino en la documentación oficial, pero no deseaba someterse a una intervención quirúrgica en sus órganos reproductores.

Suzuki, a quien se le diagnosticó disforia de género a los 40 años, se sometió a un tratamiento de terapia hormonal y a una intervención quirúrgica superior, pero se negó a someterse al procedimiento de esterilización obligatorio.

Argumentó que tal requisito era inhumano, y el tribunal, en una sentencia histórica, le dio la razón: “Quiero que los niños se aferren a su esperanza. Quiero ver una sociedad en la que la diversidad sexual se acepte con naturalidad”, declaró a The Associated Press.

La Organización Mundial de la Salud, la Oficina de Derechos Humanos de la ONU y varios organismos internacionales han pedido anteriormente la eliminación de la esterilización forzada, coercitiva e involuntaria por otros motivos. Actualmente, las personas trans pueden cambiar su género legal en 86 países, pero en 39 es necesaria la cirugía.

Japón sigue siendo la única nación del G7 que no reconoce legalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, ya que la Constitución del país declara que dicha unión es entre un hombre y una mujer. Tampoco existen protecciones contra la discriminación para las personas LGBTQ+.

Sin embargo, el apoyo a la comunidad LGBTQ+ en el país ha ido creciendo, especialmente entre los más jóvenes, con datos recientes que sugieren que el 69% respalda el matrimonio entre personas del mismo sexo, el 66% está a favor de la adopción homoparental y el 69% está de acuerdo en que se proteja a las personas trans de la discriminación.

Fuente PinkNews

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Los líderes religiosos de la India se pronuncian contra la legalización del matrimonio igualitario.

Martes, 11 de abril de 2023
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19CB34A6-51F4-45F9-8A7E-6F068723C10FSe matan entre ellos y sin embargo… La India es un ejemplo de división feroz entre religiones, pero se unen para combatir nuestros derechos. Millones de personas en la miseria, todavía se mantiene el régimen de castas, ataques con resultado de muerte entre religiones, pero el problema somos las personas LGTBIQ+.

Envían una carta al Presidente de la Corte Suprema 

Un movimiento transversal de líderes y confesiones religiosas de la India se ha pronunciado contra la legalización de los matrimonios entre personas del mismo sexo en el país. Definen el proyecto como una “agresión” que es fuente de “gran preocupación” para la “sociedad humana”.

La cuestión se debate desde hace tiempo pero en las últimas semanas, el tema cobró actualidad debido a que el 18 de abril está prevista la primera audiencia de la Corte Suprema, en la que los jueces deberán llegar a una resolución, tras la petición de legalización presentada por grupos activistas LGTBI. En una carta dirigida al presidente de la Corte Suprema y al jefe del Estado, representantes de diversas confesiones piden que se rechace el texto.

En 2018, Delhi despenalizó la homosexualidad, eliminando una norma de la época colonial británica referida al sexo gay. Para la comunidad LGBTQ+ india, la luz verde a los matrimonios supondría un paso muy importante en sus reivindicaciones.

El gobierno del primer ministro Narendra Modi se pronunció sobre la cuestión a principios de mes, confirmando su firme oposición al reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo y pidiendo a los tribunales que rechazaran la petición. Aunque admite diversas formas de unión en la sociedad, incluso entre homosexuales, para el Ejecutivo el matrimonio seguirá siendo prerrogativa exclusiva de las familias y relaciones heterosexuales -“con marido, mujer e hijos”- según declaró el Ministerio de Justicia en un comunicado.

Hace 10 años, el cardenal Gracias se manifestó al respecto explicando que ”la Iglesia católica nunca ha estado en contra de la despenalización de la homosexualidad, porque nunca hemos considerado a los homosexuales como delincuentes”. No obstante, añadió que la Iglesia se opone “a la legalización del matrimonio gay”. El cardenal aclaró que el principio sigue siendo que los homosexuales “tienen la misma dignidad que cualquier ser humano” y que debe condenarse “toda forma de discriminación, persecución o abuso.”

Ayer, varios líderes religiosos retomaron la cuestión, con una carta abierta enviada al Presidente del Tribunal Supremo, Dhananjaya Y Chandrachud, y la Presidenta india, Droupadi Murmu. En la misiva, afirman que cualquier intento de dar reconocimiento legal al matrimonio entre personas del mismo sexo provocaría un caos total en el sistema jurídico y la estructura social.

La Comunión de las Iglesias de la India expresa sus “reservas” al respecto, que están resumidas en la carta dirigida al Jefe de Estado, enviada por el Secretario Ejecutivo del organismo, Prakash P Thomas. “En la fe cristiana”, observa, “el matrimonio es una institución divina creada por Dios. No podemos aceptar la unión de dos personas homosexuales como un matrimonio. Por tanto, solicitamos […] que se garantice el statu quo”.

El Gran Muftí de la India, Sheikh Abubakr Ahmad, recuerda que “cualquier forma de unión” fuera del matrimonio entre un hombre y una mujer “es contraria a la ley natural y resulta inadmisible”. Luego advierte: ”Cualquier intento de dar protección legal a las relaciones entre personas del mismo sexo es un ataque a las preocupaciones más amplias de la sociedad humana”.

Por último, entre los firmantes de la carta se encuentra el religioso jainista Acharya Lokesh Muni, quien calificó de “inapropiado” el reconocimiento legal de las uniones homosexuales. “En la India existe la diversidad, pero en la cultura india y en el janismo en particular, el matrimonio es la base para que progrese el linaje familiar. Legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo será perjudicial para la cultura milenaria de la India, basada en la tradición”…

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El 8 de enero de este años, miles de personas se manifestaron a favor del matrimonio igualitario en Nueva Delhi, India:

Se producía después de que el Tribunal Supremo indio escuchara los argumentos a favor del matrimonio igualitario, en el marco de una serie de peticiones presentadas por dos parejas del mismo sexo.

La petición principal, presentada por la pareja gay Supriyo Chakraborty y Abhay Dange, ha argumentado que negar a los ciudadanos LGBTQ+ el derecho a contraer matrimonio es una afrenta a su derecho a la igualdad.

La Corte Suprema de India debe escuchar en abril una serie de peticiones de parejas de la diversidad, que buscan los mismos derechos maritales que las parejas heterosexuales, cinco años después de que anuló una prohibición de la era colonial sobre el sexo entre parejas LGBTIQ.

Recordemos que las relaciones LGBTIQ permanecieron ilegales en India hasta 2018, bajo una antigua ley de la era británica originada en 1860 conocida como el artículo 377 del código penal indio, la cual penalizaba “el coito carnal contra el orden de la naturaleza” y establecía hasta una pena de 10 años de cárcel a quien infringiera la ley.

En la actualidad, India no reconoce oficialmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero permite a las parejas mantener una “cohabitación no registrada”. En el estado actual de la legislación india, las parejas del mismo sexo no pueden heredar bienes ni adoptar.

Las peticiones que reclaman la legalización de este tipo de unión se multiplican, sobre todo en los tribunales de Nueva Delhi, Kerala y Uttar Pradesh. Pero siguen encontrando oposición a nivel de los gobiernos regionales.

Sin embargo, la mayoría de los líderes nacionalistas hindúes dicen que el matrimonio entre personas del mismo sexo va en contra de la cultura india. Aunque hay celebridades abiertamente homosexuales y algunas películas de Bollywood (industria cinematográfica en idioma hindi) que han tratado el tema, muchos en la comunidad aún enfrentan aislamiento y persecución.

Durante una audiencia celebrada en 2021, el gobierno del primer ministro Narendra Modi declaró que las parejas del mismo sexo en India “no pueden reclamar un derecho fundamental al matrimonio entre personas del mismo sexo”.

Sin embargo, las actitudes hacia la diversidad sexual, se han suavizado un poco en India en los últimos años, al menos entre la clase media urbana, con más representaciones de personajes LGBTQ en películas y series de Bollywood.

A pesar de todo, actualmente, las personas LGBTQ+ disfrutan de muchas protecciones legales en India, ya que el país continúa evolucionando hacia la igualdad. La discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género es ilegal tanto en la vivienda como en el empleo, y los estados indios como Tamil Nadu han comenzado a tomar medidas contra la práctica dañina y desacreditada de la terapia de conversión. Aunque se reconocen las identidades trans, las personas todavía enfrentan muchas barreras para que su género legal refleje su realidad vivida.

Pero en el país, en gran parte socialmente conservador y devoto, muchas personas de la comunidad LGBTIQ todavía corren el riesgo de ser rechazados por sus familias, en el trabajo y por sus amigos, debido a su orientación sexual.

Si el tribunal se pronuncia a favor del reconocimiento del matrimonio homosexual, India se convertiría en el segundo país de Asia en autorizar la unión entre personas del mismo sexo, después de Taiwán.

Aunque es poco probable que la postura del Gobierno cambie, un cambio en la percepción pública hacia las parejas LGBTQ+ podría suponer una victoria para los peticionarios de forma similar a la despenalización de las relaciones entre personas del mismo sexo en 2018.

Fuente Agencias/Cristianos Gays

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Líderes católicos en Kenia ofrecen respuestas mixtas al fallo LGBTQ+ de la Corte Suprema

Miércoles, 5 de abril de 2023
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Nyeri catholic archbishop Anthony Muheria addresses a press conference at Our Lady of Consolata cathedral in Nyeri town on behalf of Kenya Conference of Catholic Bishops on August 14, 2022. They urged Kenyans to maintain peace calling upon IEBC to hasten the tallying process. Photo I Joseph Kanyi  Arzobispo Anthony Muheria. Foto I Joseph Kanyi

Los líderes católicos de Kenia han ofrecido reacciones mixtas a un fallo de la corte suprema de su nación que confirmó el derecho de las personas LGBTQ+ a formar asociaciones.

El fallo de febrero puso fin a una batalla legal de nueve años sobre si los grupos de defensa LGBTQ+ pueden registrarse como organizaciones no gubernamentales (ONG). El fallo aseveró que prohibir la asociación de personas queer es inconstitucional.

El arzobispo Anthony Muheria de Nyeri argumentó que el fallo era peligroso porque podría normalizar a las personas LGBTQ+ en la sociedad de Kenia, que actualmente prohíbe la actividad sexual entre personas del mismo género. Según The Tablet, Muheria dijo:

“Los actos de homosexualidad nunca pueden ser aceptables. Son malvados, por lo tanto, si esta asociación se va a difundir, popularizar y atraer a más y más personas a este tipo de acciones y comportamientos, lo llamamos un comportamiento malvado y debe abordarse como tal”.

Otras denominaciones cristianas también emitieron declaraciones en contra de la decisión del tribunal, que permitirá que la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Gays y Lesbianas se registre como ONG luego de varias apelaciones derivadas del caso judicial original de 2012. El Foro de Profesionales Cristianos de Kenia (KCPF) argumentó que el fallo conduciría a la aceptación gradual de las personas LGBTQ+, según ACI Africa:

“KCPF está profundamente preocupado por el reciente fallo de la Corte Suprema. La sentencia abre el camino para el desmantelamiento gradual de nuestras prohibiciones legales, morales y culturales contra el comportamiento homosexual”.

La condena de Muheria y KCPF a la decisión del tribunal no fue compartida por todos los líderes de la iglesia en Kenia. El hermano Ambrose Kimutai, sacerdote diocesano en Kericho, apoyó la decisión del tribunal, según Tuko,  que informó:

“El clérigo dijo que apoyaba la decisión de la Corte Suprema y alentó a las personas a amar y respetar a la comunidad LGBTQ… ‘No fueron a la corte porque querían que se les permitiera casarse o casarse, fueron a la corte porque querían ser les permitieron tener una asociación y la junta de la ONG se había negado a registrarlos’”.

Kimutai argumentó que la decisión era consistente con las enseñanzas de la iglesia y el evangelio, contrarrestando a los críticos católicos y anglicanos de la decisión de la corte.

La decisión del tribunal asegura que las personas LGBTQ+ pueden crear ONG reconocidas por el gobierno, pero no significa que la homosexualidad sea legal en el país. La intimidad entre personas del mismo sexo sigue siendo un delito punible con hasta catorce años de prisión.

En particular, la ley de Kenia que criminaliza la intimidad entre personas del mismo género contradice el llamado del Papa Francisco para la despenalización de la homosexualidad en todo el mundo. En 2019, el cardenal John Njue y el obispo Alfred Rotich fueron partidarios abiertos de la continua criminalización de la intimidad entre personas del mismo género cuando la Corte Suprema de Kenia consideró el asunto. Aún así, varios sacerdotes y hermanos religiosos han ofrecido apoyo a la comunidad LGBTQ+.

Según Reuters, la retórica negativa LGBTQ de los líderes religiosos está provocando un aumento de la violencia contra las personas queer:

“Los keniatas LGBTQ+ dicen que viven con miedo después de que [el] fallo desencadenó una oleada de abusos y amenazas de muerte… Los activistas por los derechos de Kenia dijeron que algunos líderes religiosos y políticos están provocando una reacción homofóbica al fallo del tribunal, lo que ha llevado a pedir medidas más duras. leyes contra el sexo gay y una oleada de abusos contra las minorías sexuales”.

Los crímenes de odio contra las personas LGBTQ+ son un importante desafío para los derechos humanos en Kenia, especialmente en las regiones costeras del país.

Los comentarios del Arzobispo Muheria contradicen directamente el enfoque del Papa Francisco, quien ha defendido repetidamente la dignidad humana de las personas LGBTQ+ bajo la ley. Los comentarios del arzobispo también ponen en peligro a los kenianos homosexuales, que ya están profundamente marginados.

En contraste, la respuesta empática del Padre Kimutai a la ley y el recordatorio de que los cristianos están llamados a amar a los marginados es un paso importante. Para glorificar aún más a Dios, la iglesia debe profesar solidaridad con las personas LGBTQ+, especialmente en aquellas áreas donde su existencia todavía se trata como un acto criminal.

—Andru Zodrow (él/él), New Ways Ministry, 21 de marzo de 2023

Un pasado de persecución y LGTBfobia de Estado

kenya

Son varios los artículos del Código Penal de Kenia (modificado en 2003) que castigan las relaciones homosexuales (página 99 del informe Homofobia de Estado de ILGA 2017). El artículo 162 establece penas de 14 años de cárcel para quienes «tengan conocimiento carnal con otra persona contra el orden de la naturaleza» o «quien permita que un varón tenga conocimiento carnal con él o ella contra el orden de la naturaleza».  El artículo 163, por su parte, castiga a «quien intente cometer alguno de los delitos establecidos en el artículo 162 comete delito grave y será penado con prisión de 7 años».

Asimismo, el artículo 165 establece que «el varón que, en público o en privado, cometa un acto de indecencia grave con otro varón, o indujera a otro varón a cometerlo con él mismo, o intentara inducir la realización de un acto similar, incluso con terceras personas, es culpable de un delito grave y será penado con prisión de 5 años». Según los datos del propio Gobierno de Kenia, solo entre 2010 y principios de 2014 se procesó a 595 personas por estos cargos.

Kenia es un país mayoritariamente cristiano (aunque con una importante minoría musulmana), en el que a las leyes vigentes y a la agresividad de las fuerzas policiales se suma una marcada homofobia social. Según un estudio del Pew Global Attitudes Project de 2013, únicamente un 8% de sus 44 millones de habitantes estaba dispuesto a algún reconocimiento social de los homosexuales, y un 90% consideraba tal orientación sexual inaceptable. La prensa alienta esta homofobia social: en mayo de 2015 se publicaba, en la portada de un periódico keniano, un listado con el nombre y la fotografía de las que supuestamente eran las doce personas gais y lesbianas más influyentes en el país, poniendo en grave riesgo su vida.

Aun así, existe en Kenia un valeroso grupo de activistas LGTB. Entre sus miembros se encuentra por ejemplo Denis Nzioka, que en 2012 trató de presentarse a las elecciones presidenciales como candidato y así visibilizar a la población LGTB. También David Kuria Mbote se presentó entonces como senador, aunque tuvo que cancelar su campaña debido a las fuertes amenazas recibidas y la falta de fondos. Su breve campaña, sin embargo, sirvió para que por primera vez un político abiertamente gay pudiera dirigirse a sus conciudadanos. El de Kuria es, como no podía ser menos, otro de los nombres citados en la publicación.

La salida del armario del escritor keniano Binyavanga Wainaina y el que se desarrollaran sin incidentes las protestas convocadas en Nairobi en 2014 contra la legislación ugandesa alentaban incluso la esperanza de una mayor apertura en Kenia para los derechos LGTB. Esperanza que vio luego truncada, como muestra la detención en julio de 2014 de sesenta personas en un club de ambiente de Nairobi. Incluso se ha presentado una iniciativa ante el Parlamento de la nación, que pretende que los actos homosexuales sean sancionados con cadena perpetua para los kenianos y lapidación para los extranjeros. El propio presidente Uhuru Kenyatta declaraba en 2015 que, si bien no permitiría “cazas de brujas” contra la población LGBT de Kenia, tampoco derogaría las leyes que castigan la homosexualidad debido a su gran aceptación social. En junio de 2016, un tribunal de este país consideraba “legal” y “razonable” usar torturas anales para incriminar a sospechosos de ser gais.  Kenyatta se reafirmaba en su posición en abril de este año tachando los derechos LGTB de asunto «no aceptable» y «sin importancia para el pueblo de la República de Kenia».

Otro gran revés para la población LGTBI de Kenia fue la negativa de su Tribunal Superior de Justicia a derogar la criminalización de las relaciones homosexuales en mayo de 2019 (no deberíamos olvidar, en este sentido, la campaña que CitizenGO, la marca internacional de la organización ultraconservadora HazteOír, llevó a cabo contra la despenalización).

En 2020. Kenia prohíbía la innovadora comedia romántica gay de Bollywood Shubh Mangal Zyada Saavdhan, y animaba “ve a verla en India”

El pasado mes de enero, era asesinado el activista LGBTQ Edwin Chiloba, y conocíamos que  Varias personas trans de Kenia buscaban  refugio en medio de las represalias tras la muerte de dicho activista.

Fuente New Ways Ministry/Cristianos Gays

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Obispo keniata critica la resolución del Tribunal Supremo de permitir las organizaciones LGTBIQ+ afirmando que la orientación homosexual y la identidad de género van en contra del ”orden natural de los seres”,

Miércoles, 15 de marzo de 2023
Comentarios desactivados en Obispo keniata critica la resolución del Tribunal Supremo de permitir las organizaciones LGTBIQ+ afirmando que la orientación homosexual y la identidad de género van en contra del ”orden natural de los seres”,

850B3703-9410-468E-A1DE-68AC06D760B6Joseph Ndembu Mbatia

A pesar de que el Papa Francisco fue tajante en condenar la criminalización de la homosexualidad antes y después de su reciente viaje a África, sus obispos pretenden enmendarle la plana lanzando sus discursos de odio:

Joseph Ndembu Mbatia, obispo de la diócesis keniata de Nyahururu, ha criticado a quienes expresan su apoyo a las asociaciones que existen para defender los derechos de las personas LGTBI, afirmando que sus comportamientos van en contra del “orden natural de los seres”.

En una grabación de vídeo que Kenya Broadcasting Corporation (KBC) Digital publicó el domingo 5 de marzo, el obispo Mbatia también criticó la enseñanza de la diversidad sexual  a los alumnos en el Competency Based Curriculum– Currículo Basado en Competencias (CBC) propuesto en Kenia.

El apoyo a LGBTI va en contra del orden natural, el orden natural de los seres”, dijo el obispo Mbatia, añadiendo, con absoluto desconocimiento, que “incluso los animales, que no están dotados con el don del intelecto, el don de la razón, no van en contra de su orden natural. Si los que no tienen mucha razón pueden entenderlo, si a los animales no se les ocurre, ¿por qué a los seres humanos?”, planteó en un intento de preguntarse por qué los individuos elegirían ir contra el orden natural de las cosas desde la creación.

El obispo Mbatia hizo referencia de forma irracionalmente literal a los relatos de las Escrituras, que, según él, dan instrucciones sobre las relaciones apropiadas entre hombres y mujeres. “Los capítulos 1 y 2 del Génesis nos dicen por qué Dios creó al hombre y por qué creó a la mujer; Dios creó al hombre y a la mujer el uno para el otro”.

También expresó su preocupación por la iniciativa de introducir el respeto al colectivo LGBTI en las escuelas keniatas a través del plan de estudios propuesto: “Estaba mirando lo que se está enseñando y CBC ha venido con una charla indicando que hay muchos tipos de familias. Encuentras que hay una familia de dos mujeres y un niño. ¿De dónde han sacado al niño? Y luego hay una familia de un hombre y un hombre con un niño, pero ¿de dónde sacaron al niño? ¿En qué pensaba la persona que hizo esos dibujos para que se enseñaran en las escuelas? Ningún niño nace sin padre ni madre”.

El obispo Mbatia hizo sus declaraciones en el contexto de las críticas a la sentencia mayoritaria del Tribunal Supremo de Kenia que permite el registro de Organizaciones No Gubernamentales LGBTI.

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Conferencia Episcopal de Kenia

El 24 de febrero, el Tribunal Supremo de Kenia dictaminó que las personas de orientación homosexual tienen derecho a formar y registrar asociaciones en la nación de África Oriental. Tres magistrados del tribunal, compuesto por cinco jueces, argumentaron que “a pesar de que la homosexualidad es ilegal (en Kenia), tienen derecho a asociarse”.

En la sentencia, en la que los magistrados Mohamed Ibrahim y William Ouko pusieron por escrito opiniones discrepantes contra la decisión mayoritaria dictada por los magistrados Philomena Mwilu, Smokin Wanjala y Njoki Ndung’u, las entidades LGBTQ pueden actuar libremente una vez registradas en Kenia.

El arzobispo de Nairobi se unió a otros líderes y grupos cristianos que han criticado la sentencia del Tribunal Supremo. Es el caso de los miembros del Foro de Profesionales Cristianos de Kenia (KCPF), el arzobispo Anthony Muheria, de la archidiócesis keniana de Nyeri, y el presidente de la Asamblea Nacional de Kenia, Moses Wetangula, entre otros.

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En una declaración que dio instrucciones a los miembros del clero de Nairobi para que la compartieran con sus respectivas congregaciones durante las celebraciones litúrgicas del domingo 5 de marzo, el arzobispo Philip Anyolo pidió a los cristianos “que estuvieran alerta. Animamos a todos nuestros cristianos a que sigan defendiendo, protegiendo y salvaguardando nuestras enseñanzas morales cristianas contra las atracciones, afiliaciones y asociaciones seculares y mundanas del mismo sexo, como LGBTI, que actualmente se promueven y fomentan de muchas formas diferentes, incluido el respaldo legal”, indicó el arzobispo Anyolo, quien expresó su oposición a lo que calificó de “tendencias malignas que pretenden introducir confusión y dañar su imagen en nosotros”.

”Que Dios, que nos creó con una clara diferenciación de sexos, según el libro del Génesis 1: 27, ‘varón y mujer, a su imagen y semejanza los creó’, fortalezca nuestra fe y nuestra posición moral contra estas tendencias malignas que pretenden introducir confusión y dañar su imagen en nosotros”, imploró el arzobispo católico keniano.

Pidió además que Dios conceda a los seguidores de Jesucristo en Kenia “la gracia suficiente para ser lo suficientemente vigilantes como para proteger, promover y hacer avanzar nuestra dignidad humana y cristiana. Como Iglesia nos oponemos firmemente a tales prácticas inmorales”, dijo el Arzobispo de Nairobi en su nota a los miembros del Clero que ejercen su ministerio en su Sede Metropolitana, titulada “Una llamada a estar vigilantes”.

Por su parte, el parlamentario por Homa Bay (Kenia), Peter Kaluma, se ha comprometido a luchar contra el registro de grupos de defensa de los derechos LGBTQ tanto en la Cámara de Agosto como en los tribunales keniatas.

El sexo gay en Kenia se castiga con hasta 14 años de prisión. Aunque rara vez se hace cumplir, los miembros de la comunidad LGBTQ del país enfrentan rutinariamente discriminación y estigma, y los esfuerzos para despenalizar el sexo gay se han visto frustrados.

El año pasado, el asesinato de la lesbiana no binaria Sheila Lumumba dio lugar a una campaña en las redes sociales para obtener #JusticeForSheila.

Hubo campañas similares en 2021 tras los asesinatos de la activista transgénero Erica Chandra y el activista LGBTQ Joash Mosoti.

Un pasado de persecución y LGTBfobia de Estado

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Son varios los artículos del Código Penal de Kenia (modificado en 2003) que castigan las relaciones homosexuales (página 99 del informe Homofobia de Estado de ILGA 2017). El artículo 162 establece penas de 14 años de cárcel para quienes «tengan conocimiento carnal con otra persona contra el orden de la naturaleza» o «quien permita que un varón tenga conocimiento carnal con él o ella contra el orden de la naturaleza».  El artículo 163, por su parte, castiga a «quien intente cometer alguno de los delitos establecidos en el artículo 162 comete delito grave y será penado con prisión de 7 años».

Asimismo, el artículo 165 establece que «el varón que, en público o en privado, cometa un acto de indecencia grave con otro varón, o indujera a otro varón a cometerlo con él mismo, o intentara inducir la realización de un acto similar, incluso con terceras personas, es culpable de un delito grave y será penado con prisión de 5 años». Según los datos del propio Gobierno de Kenia, solo entre 2010 y principios de 2014 se procesó a 595 personas por estos cargos.

Kenia es un país mayoritariamente cristiano (aunque con una importante minoría musulmana), en el que a las leyes vigentes y a la agresividad de las fuerzas policiales se suma una marcada homofobia social. Según un estudio del Pew Global Attitudes Project de 2013, únicamente un 8% de sus 44 millones de habitantes estaba dispuesto a algún reconocimiento social de los homosexuales, y un 90% consideraba tal orientación sexual inaceptable. La prensa alienta esta homofobia social: en mayo de 2015 se publicaba, en la portada de un periódico keniano, un listado con el nombre y la fotografía de las que supuestamente eran las doce personas gais y lesbianas más influyentes en el país, poniendo en grave riesgo su vida.

Aun así, existe en Kenia un valeroso grupo de activistas LGTB. Entre sus miembros se encuentra por ejemplo Denis Nzioka, que en 2012 trató de presentarse a las elecciones presidenciales como candidato y así visibilizar a la población LGTB. También David Kuria Mbote se presentó entonces como senador, aunque tuvo que cancelar su campaña debido a las fuertes amenazas recibidas y la falta de fondos. Su breve campaña, sin embargo, sirvió para que por primera vez un político abiertamente gay pudiera dirigirse a sus conciudadanos. El de Kuria es, como no podía ser menos, otro de los nombres citados en la publicación.

La salida del armario del escritor keniano Binyavanga Wainaina y el que se desarrollaran sin incidentes las protestas convocadas en Nairobi en 2014 contra la legislación ugandesa alentaban incluso la esperanza de una mayor apertura en Kenia para los derechos LGTB. Esperanza que vio luego truncada, como muestra la detención en julio de 2014 de sesenta personas en un club de ambiente de Nairobi. Incluso se ha presentado una iniciativa ante el Parlamento de la nación, que pretende que los actos homosexuales sean sancionados con cadena perpetua para los kenianos y lapidación para los extranjeros. El propio presidente Uhuru Kenyatta declaraba en 2015 que, si bien no permitiría “cazas de brujas” contra la población LGBT de Kenia, tampoco derogaría las leyes que castigan la homosexualidad debido a su gran aceptación social. En junio de 2016, un tribunal de este país consideraba “legal” y “razonable” usar torturas anales para incriminar a sospechosos de ser gais.  Kenyatta se reafirmaba en su posición en abril de este año tachando los derechos LGTB de asunto «no aceptable» y «sin importancia para el pueblo de la República de Kenia».

Otro gran revés para la población LGTBI de Kenia fue la negativa de su Tribunal Superior de Justicia a derogar la criminalización de las relaciones homosexuales en mayo de 2019 (no deberíamos olvidar, en este sentido, la campaña que CitizenGO, la marca internacional de la organización ultraconservadora HazteOír, llevó a cabo contra la despenalización).

En 2020. Kenia prohíbía la innovadora comedia romántica gay de Bollywood Shubh Mangal Zyada Saavdhan, y animaba “ve a verla en India”

El pasado mes de enero, era asesinado el activista LGBTQ Edwin Chiloba, y conocíamos que  Varias personas trans de Kenia buscaban  refugio en medio de las represalias tras la muerte de dicho activista.

Fuente Agencias/Cristianos Gays

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El Tribunal Supremo de la India protege a las familias LGTB+ en una sentencia histórica

Lunes, 12 de septiembre de 2022
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La Corte Suprema de la India dictaminó que las familias del mismo sexo tienen derecho a beneficios sociales y protecciones legales en una decisión que podría tener importantes implicaciones para la comunidad LGBTQ+ del país.

Un fallo histórico de D.Y. Chandrachud y A.S. Bopanna amplió la definición legal de familia para incluir familias “no tradicionales”. Como resultado del fallo del 28 de agosto, las familias “no tradicionales” tendrán derecho a los mismos beneficios otorgados a las “familias tradicionales”, definidas como una unidad única e inmutable que consiste en una madre, un padre y sus hijos biológicos. Según la decisión de la corte, las familias “no tradicionales” también incluyen parejas homosexuales, personas en parejas no casadas domésticas, padres solteros, padrastros y familias adoptivas.

El fallo no se refiere específicamente a los padres que tienen hijos por subrogación o tecnologías de reproducción asistida.

La decisión se dictó en el caso de Deepika Singh, una enfermera a quien su empleador le negó la licencia de maternidad después de dar a luz. Ya se había tomado un tiempo libre antes para cuidar a los hijos de su esposo de un matrimonio anterior, a quienes adoptó. Akshay Verma, el abogado de la Sra. Singh, le dijo al New York Times que la orden “abrió en gran medida el alcance” de los beneficios parentales.

El reciente fallo de India se une a una lista creciente de reformas que desmantelan las reglas conservadoras que datan de la era colonial. En 2014, la Corte Suprema reconoció a las personas trans como un tercer género que merece igualdad de acceso a las protecciones legales y los beneficios de bienestar social. En 2018, el tribunal despenalizó los actos sexuales entre personas del mismo sexo, que antes se castigaban con hasta 10 años de prisión. La última decisión llevó a varios otros países a revocar sus leyes de sodomía de décadas de antigüedad, más recientemente Singapur.

El reciente fallo de la Corte Suprema fue aclamado como un hito para las mujeres y la comunidad LGBTQ+ de la India en un país donde los problemas familiares, incluida la custodia de los hijos, a menudo enfrentan a padres solteros contra familias extensas en largas batallas legales.

“Acogemos con beneplácito este fallo porque se aleja de las ideas heterosexuales de la familia y el hogar que han sido la base del patriarcado durante tanto tiempo, especialmente para las personas pobres”, dijo Anuradha Banerji, activista de la organización de derechos de las mujeres Saheli, en una entrevista. con el New York Times. “Esto ayudará a las personas a no sucumbir al matrimonio porque el matrimonio era la única definición legalmente entendida de familia. Así que creo que este es un cambio muy bienvenido en la definición de familia”.

No está claro qué efecto tendrá el fallo de la Corte Suprema, especialmente en las partes más conservadoras de la India, donde muchos asuntos familiares se deciden fuera de los tribunales.

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Después de esta última victoria, los activistas LGBTQ+ abogan por legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo y permitir que las parejas del mismo sexo críen y adopten niños. Esto ha resultado ser un desafío debido al marco legal del país: el matrimonio indio se rige por un conjunto de leyes coloniales que varían entre las religiones, así como por una ley secular llamada Ley Especial de Matrimonio. Tanto la ley religiosa como la secular definen el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer.

El gobierno de India le dijo al New York Times que legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo requeriría una revisión del sistema legal de India.

Actualmente, las personas LGBTQ+ disfrutan de muchas protecciones legales en India, ya que el país continúa evolucionando hacia la igualdad. La discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género es ilegal tanto en la vivienda como en el empleo, y los estados indios como Tamil Nadu han comenzado a tomar medidas contra la práctica dañina y desacreditada de la terapia de conversión. Aunque se reconocen las identidades trans, las personas todavía enfrentan muchas barreras para que su género legal refleje su realidad vivida.

Según una encuesta de 2021 de Ipsos, se estima que el 17 % de los indios se identifican como LGBTQ+. El tres por ciento de la población india es homosexual, el nueve por ciento se identifica como bisexual, el uno por ciento es pansexual, el dos por ciento se identifica como asexual y el dos por ciento se identifica con otra etiqueta.

Diamond Yao es un escritor y periodista independiente que se enfoca en temas sociales y ambientales contemporáneos. Con sede en Montreal/Tio’tia:ke, su trabajo se centra principalmente en las voces marginadas, la interseccionalidad, la diáspora, la sostenibilidad y la sociedad.

Fuente Xtra

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La Corte Suprema de Corea del Sur anula las condenas de los soldados por homosexualidad

Miércoles, 27 de abril de 2022
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163CA42D-5D01-4738-AB1D-9B43D6E896D3Castigarlos fue una violación del derecho constitucional a la igualdad y la dignidad humana, así como su derecho a buscar la felicidad”, dictaminó el tribunal.

Espaldarazo de la justicia surcoreana a la igualdad LGTBI. El Tribunal Supremo del país asiático ha anulado la condena a dos soldados varones por mantener relaciones sexuales entre ellos. Las relaciones entre personas del mismo sexo en el seno del ejército están penadas con hasta dos años de cárcel según el código penal militar, y en 2017 se desató una caza de brujas contra soldados sospechosos de ser gais. El alto tribunal considera ahora que la sentencia vulneró el derecho de los acusados a la autonomía sexual, a la igualdad de trato y no discriminación y a la búsqueda de la felicidad, puesto que los hechos se produjeron fuera del servicio y de las instalaciones militares.

La Corte Suprema de Corea del Sur anuló las condenas de dos soldados que habían sido acusados de tener relaciones sexuales consentidas mientras estaban fuera de su base. El fallo histórico, que se emitió el 21 de abril, declaró que la prohibición de actividades homosexuales del país, de décadas de antigüedad, no debería aplicarse al sexo gay fuera de un entorno militar.

La Ley Penal Militar establece que quienes participen en “relaciones sexuales anales u otros actos indecentes” deben enfrentarse a hasta dos años de prisión, medida que anteriormente se utilizaba para castigar al personal militar que practicaba sexo homosexual consentido.

En abril de 2017, el Centro de Derechos Humanos Militares de Corea (MHRCK) publicó un detallado informe en el que denunciaba una persecución organizada contra soldados sospechosos de ser gais. El organismo apuntaba directamente al jefe del Estado Mayor del ejército surcoreano, al que acusó de utilizar métodos que vulneran los derechos humanos para extraer confesiones e incluso ofrecerles a los acusados la posibilidad de «corregir» su orientación sexual. Las relaciones homosexuales entre miembros de las fuerzas armadas del país, ya sean soldados o reclutas, están penadas con hasta dos años de cárcel.

El mando militar presentó cargos contra 32 soldados. Dos de ellos fueron condenados a tres y cuatro meses de prisión y presentaron recurso contra la sentencia. Se descubrió que dos acusados, un primer teniente y un sargento mayor de diferentes unidades, habían tenido relaciones sexuales en una casa privada en 2016 en un momento en que no estaban trabajando. El teniente fue sentenciado a cuatro meses tras las rejas y el sargento a tres, aunque estas sentencias fueron suspendidas cuando los hombres apelaron la decisión.

El Tribunal Supremo les ha dado ahora la razón y considera que la condena vulnera su derecho a la libertad sexual, así como a la igualdad y la búsqueda de la felicidad. Subraya además que los hechos tuvieron lugar en privado, con consentimiento y fuera del horario de servicio. La Corte Suprema ahora ha anulado los cargos de los hombres de violar el código militar. Castigarlos fue una violación de “su autonomía sexual” y “el derecho garantizado constitucionalmente a la igualdad y la dignidad humana, así como su derecho a buscar la felicidad”, dictaminó el tribunal.

“Las ideas específicas de lo que constituye una indecencia han cambiado de acuerdo con los cambios en el tiempo y la sociedad”, dijo el presidente del Tribunal Supremo, Kim Myeong-su, durante la decisión, según Associated Press. “La opinión de que la actividad sexual entre personas del mismo sexo es una fuente de humillación sexual y repugnancia para las personas comunes y objetivas y va en contra del sentido moral decente difícilmente puede aceptarse como un estándar moral universal y adecuado para nuestros tiempos”.

El caso ahora ha sido enviado de vuelta a un tribunal militar inferior para su revisión. “Esta decisión pionera es un triunfo importante en la lucha contra la discriminación que enfrentan las personas L.G.B.T.I. personas en Corea del Sur”, dijo a The New York Times Boram Jang, investigador de Asia Oriental de Amnistía Internacional. “La criminalización de los actos sexuales consentidos entre personas del mismo sexo en el ejército de Corea del Sur ha sido durante mucho tiempo una violación impactante de los derechos humanos, pero el fallo de hoy debería allanar el camino para que el personal militar viva libremente sus vidas sin la amenaza de enjuiciamiento”.

La ley en cuestión ha sido ampliamente condenada por activistas LGBTQ+ que han dicho que apunta injustamente a los soldados homosexuales. Por ello, activistas pro derechos humanos han saludado la sentencia e instan al Gobierno a reformar la legislación para eliminar la penalización de las relaciones homosexuales.

El código penal militar surcoreano no distingue actualmente entre relaciones consentidas o no y califica todo el sexo entre hombres como una «violación recíproca». Un tribunal militar decretó en 2010 la ilegalidad de esta norma por juzgarla contraria a las libertades individuales de los miembros de las fuerzas armadas. Esta decisión fue recurrida ante el Tribunal Constitucional, que revirtió el fallo del tribunal militar y juzgó que el veto a los soldados homosexuales no es discriminatorio. Corea del Sur es, junto con Turquía, uno de los pocos países de la OCDE que no les permite servir abiertamente.

La situación de la comunidad LGTBI en el país asiático es manifiestamente mejorable, y algunos de los problemas más graves se dan precisamente en el ámbito de las fuerzas armadas. Además de la persecución a los soldados gais, los hombres trans son considerados no aptos para servir y las mujeres trans están obligadas a servir como hombres a no ser que se sometan a una cirugía de reasignación u obtengan un diagnóstico de «trastorno de la identidad de género».

En marzo del año pasado se encontró el cuerpo sin vida de la exsoldada Byun Hee-soo, expulsada del ejército tras someterse a una operación de reasignación en Tailandia. Byun se había alistado en el Ejército surcoreano bajo identidad masculina y, tras la intervención, solicitó continuar sirviendo como mujer. Las autoridades, sin embargo, se lo denegaron y calificaron la pérdida de los genitales masculinos como una «discapacidad física». Varios meses después de su muerte, un tribunal decretó que la expulsión no se había ajustado a la ley.

Fuente Gay Times/Dosmanzanas

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El pederasta del Gaztelueta condenado por el Supremo apelará para probar su “completa inocencia” y dice que “perdona” a la víctima.

Jueves, 1 de octubre de 2020
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20180702112804_gaztelueta-360_foto960El colmo del cinismo y la desvergüenza… ¿El verdugo perdona?

Juan Cuatrecasas, padre de la víctima del ‘caso Gaztelueta’: “La sentencia es totalmente desequilibrada”.

Parece que se le ha olvidado que el verdugo es él, tal y como han expresado ya 1 juez instructor, 3 jueces de la Audiencia Provincial de Bizkaia y los magistrados del Supremo pese a la pírrica condena”

“Me encantaría que el juez Marchena y el resto de magistradas y magistrados redactores de la sentencia explicaran a mi hijo y a mí mismo el sentido de esta sentencia”

Me encantaría que el juez Marchena y el resto de magistradas y magistrados redactores de la sentencia explicaran a mi hijo y a mí mismo el sentido de esta sentencia.

No puedo entenderla por más que la leo y la comparo con los hechos probados de la sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia. Mi hijo obtuvo un triste récord en los índices de credibilidad de los peritos facultativos no de parte del juzgado. Mi hijo tuvo un segundo triste récord el de expresar desde mayo de 2011, que había sufrido acoso escolar y abusos sexuales, dos años después de la perpetración de los delitos.

No entendemos la sentencia y la considero re victimizadora, ofensiva para las víctimas y contradictoria. No existe en caso alguno falta de insistencia en la incriminación. Es una auténtica falsedad porque desde el inicio habló de abusos sexuales y acoso.

Respecto al escrito de ayer redactado por el numerario del OD condenado por el TS en firme a 2 años por cometer abusos sexuales continuados contra mi hijo y dejando al margen sus pretensiones de victimismo debo decir que su expresión de estar comportándose como un cristiano perdonando me parece repulsiva. ¿Perdonando? ¿Un condenado por abusos sexuales continuados a un menor perdona? ¿A quién? ¿A su víctima?

El mundo al revés.

Solo leer esa frase me produjo un rechazo absoluto, un asco terrible y la idea de que su estado emocional es tóxico y de una perversidad infinita. El cristianismo nada tiene que ver con esa prepotencia. Parece que se le ha olvidado que el verdugo es él, tal y como han expresado ya 1 juez instructor, 3 jueces de la Audiencia Provincial de Bizkaia y los magistrados del Supremo pese a la pírrica condena.

Ya he repetido hasta la saciedad que las víctimas no cuentan cuando quiere un juez o un fiscal. Lo dije en sala al fiscal durante el juicio en la AP de Bizkaia y lo repito ahora y lo seguiré haciendo hasta que jueces y fiscales caigan en la cuenta de que tienen ante sí. Es deplorable este trato, mi hijo es víctima y no lo merece, de verdad no lo merece.

Fuente Religión Digital

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Sobre la “prohibición” de la Bandera Arco Iris por el Tribunal Supremo de España.

Sábado, 6 de junio de 2020
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Madrid, 1 de mayo de 2011. El la Sala 61 Tribunal Supremo está reunida para decidir sobre Bildu. Foto: © IGNACIO GIL. .....archdc..... Foto: © gnacio Gil

La sentencia del Tribunal Supremo sobre el uso de banderas no oficiales en edificios públicos ¿afecta a la bandera LGTB+?

El Tribunal Supremo de España acaba de dictar una sentencia una sentencia que cae como un jarro de agua fría sobre la libertad de expresión.

El alto tribunal acaba de dictaminar la prohibición de mostrar, en los edificios públicos, cualquier bandera no oficial aunque no vaya en contra de las banderas oficiales ni de la Constitución. El origen de todo este  asunto es una denuncia interpuesta contra el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por lucir la bandera tricolor canaria en su fachada en 2016:

“(…) no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas.

Muchos medios se han aventurado a afirmar que esto implica la prohibición directa de mostrar toda una serie de banderas “no oficiales”, entre ellas la bandera LGTBI. Sin embargo a nosotros nos pasaron 3 cosas:

Así que contactamos con un profesor de Derecho Constitucional, para pedirle que se leyera la sentencia y nos ayudara a interpretarla. Y éstas son sus conclusiones:

En mi opinión la sentencia es aplicable a banderas “territoriales” o “partidistas”, que pretenden expresar una determinada representatividad territorial o ideológica (como este caso, la bandera nacional de Canarias). La sentencia subraya que se considera ilegal el empleo de la bandera nacional canaria por pretender “atribuirse la representatividad del pueblo canario”, cosa que por ley solo corresponde a la bandera canaria fijada en su Estatuto de Autonomía.  El deber de neutralidad de las instituciones públicas impide, pues, el empleo de los edificios públicos para la adopción de un tal posicionamiento territorial o ideológico.

Distinta sería la cuestión en símbolos o emblemas que no pretenden representar un territorio o una ideología, sino expresar adhesión a principios o valores constitucionales como la igualdad y la no discriminación (art. 14 CE). Así ocurriría con la bandera LGTBI o el lazo morado. Recuérdese, además, que las administraciones públicas están sometidas al cumplimiento de la Constitución (art. 9.1 CE), lo que incluye el deber de “promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas”. Siendo ese el núcleo de significado de estos símbolos, no parece razonable extender a ellas la prohibición de empleo en edificios públicos.

En conclusión, no parece probable que esta sentencia conlleve la prohibición de mostrar la bandera LGTBI u otro símbolos similares en edificios públicos. No obstante, no podemos descartar que cualquier organización o partido político intente utilizarla para impedir que cualquier institución pública muestre la bandera LGTBI en sus instalaciones.

Queda por ver qué postura toman los diferentes gobiernos, ayuntamientos y demás instituciones públicas -y los partidos que las gobiernan- ante esas más que esperables denuncias (que no irán a ninguna parte pero volverán a protagonizar encendidos debates en televisión sobre temas que ya estaban superados, porque así es como los fachas consiguen votos).

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Y es que, según ese partido de ultraderecha innombrable, la sentencia les da la razón acerca de la bandera LGTBI.  Así, por ejemplo, el portavoz del Grupo Municipal de Vox en el Ayuntamiento de Guadalajara, Antonio de Miguel, entiende que  no se podrá volver a colocar la bandera del movimiento LGTBI, que el actual Ayuntamiento colocó en los días previos a la Fiesta del Orgullo en la balconada principal.

De Miguel recuerda en un comunicado que exigió al alcalde, en vano, que no se utilizase el balcón del Ayuntamiento para la promoción y apoyo de “colectivos particulares”, y que no se invirtiera dinero de las arcas públicas para apoyar esta “celebración particular”.

“Parecía evidente que la objetividad y neutralidad del Ayuntamiento de Guadalajara fue atacada en ese momento al colocar la bandera LGTBi en su balcón con motivo de los actos del ‘orgullo gay’ y que se vulneró entonces el uso de las banderas”, explica Antonio de Miguel quien ha avisado que “desde este Grupo Municipal estaremos muy pendientes para que la Ley se cumpla en nuestra ciudad”.

Fuente SuperQueer/Diario.es

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El Tribunal Supremo de Italia, a favor de un refugiado gay

Jueves, 2 de mayo de 2019
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33A547F7-2927-4276-B83B-0B656E63238AEl Tribunal Supremo de Casación italiano ha fallado a favor de un refugiado gay al que se le denegó el asilo en Italia.

Su caso será ahora remitido a otro tribunal de apelaciones para una decisión final. Si deciden que tiene una solicitud legítima de asilo, se le permitirá permanecer en Italia, según Info Migrants.

Le dijo a la Corte Suprema que se enfrentó a “falta de respeto y acusaciones” cuando su esposa y su padre se enteraron de que era gay.

El hombre, que se llama Bakayoko Aboubakar S, es musulmán y es de Costa de Marfil. Estaba casado y tuvo dos hijos en su país natal.

Sin embargo, dijo que enfrentó “falta de respeto y acusaciones” de su esposa y su padre cuando se enteraron de que estaba teniendo una relación sexual con otro hombre.

Aboubakar S. dijo que se vio obligado a huir del país cuando su pareja masculina murió “en circunstancias desconocidas” y dijo al tribunal que cree que su padre fue el responsable de la muerte de su pareja.

Inicialmente se le negó el asilo en Italia a pesar de su precaria situación en Costa de Marfil. A pesar de ello, a Aboubakar S se le denegó inicialmente el asilo en Italia, según ha declarado la comisión territorial: “En Costa de Marfil, a diferencia de otros países africanos, la homosexualidad no se considera un crimen, y el estado no tiene una condición de conflicto armado o violencia generalizada”.

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El tribunal dijo que las autoridades deben determinar que no existen leyes discriminatorias en el país de origen de la persona antes de tomar una decisión. Sin embargo, también deben asegurarse de que exista una “protección adecuada” para los homosexuales en sus países de origen antes de enviarlos de vuelta.

Los jueces del Tribunal Supremo fallaron a su favor y dijeron que los homosexuales en Costa de Marfil pueden enfrentarse a “amenazas muy graves por parte de particulares”.

Los jueces fallaron a su favor y dijeron que las razones para denegar su solicitud de refugio eran inadecuadas. “Para ello, no parece suficiente que en su país de origen, Costa de Marfil, la homosexualidad no sea considerada un delito, ya que es necesaria una verificación para determinar la adecuada protección del Estado frente a las gravísimas amenazas de los particulares”, dijeron los jueces.

Fuente Cromosomax

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La posibe despenalización de la homosexualidad en Kenia, historia LGBT en África

Sábado, 2 de marzo de 2019
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kenia-lgbt-la-despenalizacion-de-las-relaciones-sexuales-entre-homosexuales-podria-avivar-un-nuevo-amanecer-en-casa-y-en-toda-africaEl viernes, el Tribunal Supremo de Kenia iba a decidir si deroga dos secciones de su código penal de la época colonial, que criminalizan la Homosexualidad. Activistas LGBT+ en el corazón de la batalla legal dicen que el fallo podría abrir un “mundo de oportunidades para la gente queer en Kenia”. El fallo se ha retrasado y habrá que esperar un poco más para conocer qué ocurre.

En abril de este año, el activista gay Eric Gitari interpuso por primera vez una demanda por discriminación, cuestionando la validez constitucional de los artículos 162 y 165 del Código Penal de Kenia, que fueron introducidos en 1930 por el Imperio Británico y que penalizan la sodomía, y que castigan los actos sexuales “contra el orden de la naturaleza” con una pena de 14 años de prisión. Gitari le dice a PinkNews que ha sido un “proceso de litigio incremental a largo plazo” para llegar a este punto.

La audiencia se celebra después de que los jueces escucharon los alegatos de Octubre sobre la relevancia de la decisión de la Corte Suprema de la India para revocar la Sección 377, una ley colonial británica similar que prohíbe el sexo entre personas del mismo sexo.

La decisión de la Corte Suprema de Kenia marcará un momento crucial para los derechos LGBT+ no sólo para los casi 50 millones de personas que viven en Kenia, sino también en todos los países del este de África. Los activistas le dicen a PinkNews que esperan que una decisión positiva tenga un efecto dominó, abriendo las puertas para la legalización de la actividad sexual entre personas del mismo sexo en la cercana Uganda y el sur de Sudán.

Gitari, que presentó la petición de despenalización en nombre de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Gays y Lesbianas (NGLHRC), una organización no gubernamental con sede en Nairobi que él mismo cofundó, tiene sentimientos opuestos sobre la audiencia. Hablando por teléfono desde Boston, EE.UU., Gitari dice que, por un lado, los anteriores éxitos legales de su grupo son “indicativos de la posibilidad y alta probabilidad de éxito de que la ley sea anulada”. (El año pasado, la NGLHRC obtuvo una calificación de ganar en un caso separado cuando el Tribunal de Apelación de Kenya dictaminó que los exámenes anales forzados de personas acusadas de tener relaciones homosexuales son inconstitucionales).

gitari-924_n1Eric Gitari

Por otro lado, Gitari está tratando el fallo con un “prudente optimismo” porque, según él, se trata de una “continua intimidación política del poder judicial por parte del poder ejecutivo del gobierno”.

Varias figuras políticas líderes en Kenia se han pronunciado en contra de los derechos LGBT+, con el Presidente Uhuru Kenyatta afirmando en una entrevista con CNN en abril de 2018 que los derechos LGBT+ “no tienen importancia” para los ciudadanos del país. “Este caso podría haber sido desestimado hace mucho tiempo”, dice Gitari, “o retrasado por tecnicismos, pero hay un sentido de resolución, aunque haya llevado años”.

Gitari, sin embargo, no está solo en sus esfuerzos. En enero de 2018, el caso de la NGLHRC con título de nobleza Eric Gitari contra Fiscal General y otrose consolidó con otra petición, presentada en junio de 2016 que también pedía la despenalización de las relaciones sexuales homosexuales consensuales en privado.

En total, cuatro grupos de derechos humanos están solicitando en la demanda actual: NGLHRC, la Coalición de Gays y Lesbianas de Kenia (GALCK), Nyanza, Rift Valley y Western Kenya Network (NYARWEK) y la Comisión de Derechos Humanos de Kenya.

Lo que está en juego aquí tiene consecuencias de gran alcance, dicen los distintos grupos. En todo el continente, los activistas LGBT+ esperan el veredicto, con la esperanza de que, si sigue su camino, se abran las compuertas para la revocación de leyes similares en otros países de África, donde la homosexualidad es una práctica común todavía en 32 de las 54 naciones del continente. En particular, se espera que un fallo positivo tenga un fuerte impacto en los países de la región de África oriental, incluyendo Uganda, Tanzania, Ruanda y Sudán del Sur.

Brian Macharia, un oficial de comunicaciones de GALCK, otro demandante en el caso, le dice a PinkNews: “Una victoria tendrá un efecto dominó en la comunidad del este de África”. Ken Abott, director de programas de NYARWEK, explica que existe una “fuerte conexión empresarial” entre Kenia y sus vecinos Tanzania y Uganda. “Hay mucha influencia entre los líderes políticos de los tres estados”, agrega. “Si Kenia decide despenalizar las conductas homosexuales entre adultos, es probable que Uganda haga lo mismo, y Tanzania[también]”.

La audiencia de Kenia también se produce a raíz de que Angola despenalizó  la homosexualidad en enero, cuando eliminó la disposición “vicios contra la naturaleza” de su código penal de la época colonial.

Mientras tanto, en Botswana, la Corte Suprema ha fijado una fecha para el 14 de marzo para escuchar un caso que busca despenalizar la homosexualidad en el país.

La lucha de Kenia por los derechos LGBT+ y los cambios en las opiniones sociales

La campaña por la igualdad LGBT+ en Kenia ha ido ganando impulso desde la introducción de una nueva constitución en agosto de 2010, que, según los activistas, protege a todos los ciudadanos, independientemente de su orientación sexual e identidad de género. (Sin embargo, las personas LGBT+ no se mencionan explícitamente en el documento.)

La decisión del año pasado de que la prueba anal es inconstitucional es un ejemplo de progreso. Otro se produjo en 2015 cuando el parlamento keniano rechazó un proyecto de ley que propuso la pena de muerte para personas condenadas por sexo gay.

Lejos de la esfera política, en cines, cafés y otros espacios comunes de Kenia, hay indicios de que la visión social hacia los homosexuales ha cambiado notablemente en los años desde que, en 2011, una publicación de las Naciones Unidas informó de que la homosexualidad se considera en gran medida tabú y repugnante para los valores culturales y la moralidad.

En septiembre de 2018, el estreno de la película de Wanuri Kahiu, aclamada por la crítica. Rafiki que representa una historia de amor entre dos mujeres jóvenes, fue recibida con proyecciones agotadas en Nairobi y críticas favorables en algunos medios de comunicación kenianos. A pesar de haber sido prohibida inicialmente por el Consejo de Clasificación Cinematográfica de Kenia (KFCB), el Tribunal Supremo revocó la decisión para que la película pudiera ser elegible para una nominación al Oscar. (Finalmente fue rechazada como la propuesta de Kenia para la mejor película extranjera). Un revisor en el El Daily Nationel periódico independiente de mayor circulación en Kenia, incluso criticó la película por representar una oposición social generalizada hacia la homosexualidad.

“Que comunidades enteras, sin una voz disidente entre ellas, se esforzarían por hacer de las vidas de los individuos queer un infierno viviente es simplemente irreal”, escribió el crítico de Nairobi Thomas Rajula, quien por lo demás elogió en gran medida la película en su artículo.

Aunque un fallo a su favor el viernes sería un triunfo para la comunidad LGBT+ de Kenia, los activistas dicen que también representaría un paso adelante para los derechos humanos en el país. Bajo la legislación actual, los activistas argumentan que cualquier acto sexual privado más allá del sexo vaginal penetrante entre un hombre y una mujer es ilegal, incluyendo el sexo anal y oral, sin importar el género de las personas involucradas.

Mercy Njueh, asistente de comunicaciones de NGLHRC, le dice a PinkNews: “Incluso las personas heterosexuales, si la ley se siguiera hasta el final, serían perseguidas. Por lo que estamos luchando no es sólo por el género y las minorías sexuales. Se trata de los derechos humanos. Estamos presionando para que los kenianos, reconocidos por la Constitución, puedan disfrutar de sus derechos humanos sin tener que temer”.

Se espera que la decisión del viernes sea favorable para ellos, pero los activistas que hablaron con PinkNews no son ingenuos de la influencia de las mentes más conservadoras. Esperan que una decisión que derogue las secciones 162 y 165 sea apelada, y en lo que respecta a ellas, también están dispuestas a apelar si las cosas no salen como quieren.

Por ahora, Njueh está “esperanzada” para el fallo del viernes: “Tenemos un tribunal muy progresista… esperamos que los jueces elijan estar en el lado correcto de la historia“.

Para Macharia, un resultado favorable el viernes daría a la comunidad LGBT+ de Kenia un sentido concreto y judicial de validez. “Afirma las identidades queer, lo que significa que la calidad de vida de la gente queer es mejorada y promovida, para que la gente pueda vivir una vida feliz y saludable, sin tener que estar constantemente mirando por encima de sus hombros”, dice. Macharia, con la voz quebrada, agrega: “Aclama un nuevo amanecer para la afirmación LGBTQ, es una celebración de la diversidad. Dios. Ni siquiera tengo las palabras. Es un mundo de oportunidades para la gente queer en Kenia. ¡Ánimo, africanos gays!

La situación legal de la homosexualidad en Kenia

kenyaActualmente existen varios artículos en el Código Penal de Kenia (modificado en 2003) que castigan las relaciones homosexuales (página 99 del informe Homofobia de Estado de ILGA 2017). El artículo 162 establece penas de 14 años de cárcel para quienes «tengan conocimiento carnal con otra persona contra el orden de la naturaleza» o «quien permita que un varón tenga conocimiento carnal con él o ella contra el orden de la naturaleza».  El artículo 163, por su parte, castiga a «quien intente cometer alguno de los delitos establecidos en el artículo 162 comete delito grave y será penado con prisión de 7 años».

Asimismo, el artículo 165 establece que «el varón que, en público o en privado, cometa un acto de indecencia grave con otro varón, o indujera a otro varón a cometerlo con él mismo, o intentara inducir la realización de un acto similar, incluso con terceras personas, es culpable de un delito grave y será penado con prisión de 5 años». Según los datos del propio Gobierno de Kenia, solo entre 2010 y principios de 2014 se procesó a 595 personas por estos cargos.

No está de más recordar, en cualquier caso, que en estos momentos se encuentra pendiente de resolución un importante proceso judicial, promovido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Gais y Lesbianas de Kenia (NGLHRC en sus siglas en inglés) que busca poner fin a la criminalización de la homosexualidad en Kenia. Si la sentencia es favorable tendrá una repercusión internacional indiscutible. Del mismo modo, un fallo a favor de mantener la penalización de las relaciones homosexuales o, incluso, de endurecer la ley, constituiría un antecedente muy peligroso. En febrero nos hacíamos eco, por cierto, de la campaña que CitizenGO, la marca internacional de HazteOír, promovía contra la posible despenalización.

Un pasado de persecución y LGTBfobia de Estado

Kenia es un país mayoritariamente cristiano (aunque con una importante minoría musulmana), en el que a las leyes vigentes y a la agresividad de las fuerzas policiales se suma una marcada homofobia social. Según un estudio del Pew Global Attitudes Project de 2013, únicamente un 8% de sus 44 millones de habitantes estaba dispuesto a algún reconocimiento social de los homosexuales, y un 90% consideraba tal orientación sexual inaceptable. La prensa alienta esta homofobia social: en mayo de 2015 se publicaba, en la portada de un periódico keniano, un listado con el nombre y la fotografía de las que supuestamente eran las doce personas gais y lesbianas más influyentes en el país, poniendo en grave riesgo su vida.

Aun así, existe en Kenia un valeroso grupo de activistas LGTB. Entre sus miembros se encuentra por ejemplo Denis Nzioka, que en 2012 trató de presentarse a las elecciones presidenciales como candidato y así visibilizar a la población LGTB. También David Kuria Mbote se presentó entonces como senador, aunque tuvo que cancelar su campaña debido a las fuertes amenazas recibidas y la falta de fondos. Su breve campaña, sin embargo, sirvió para que por primera vez un político abiertamente gay pudiera dirigirse a sus conciudadanos. El de Kuria es, como no podía ser menos, otro de los nombres citados en la publicación.

La salida del armario del escritor keniano Binyavanga Wainaina y el que se desarrollaran sin incidentes las protestas convocadas en Nairobi el pasado 2014 contra la legislación ugandesa alentaban incluso la esperanza de una mayor apertura en Kenia para los derechos LGTB. Esperanza que vio luego truncada, como muestra la detención en julio de 2014 de sesenta personas en un club de ambiente de Nairobi. Incluso se ha presentado una iniciativa ante el Parlamento de la nación, que pretende que los actos homosexuales sean sancionados con cadena perpetua para los kenianos y lapidación para los extranjeros. El propio presidente Uhuru Kenyatta declaraba en 2015 que, si bien no permitiría “cazas de brujas” contra la población LGBT de Kenia, tampoco derogaría las leyes que castigan la homosexualidad debido a su gran aceptación social. Más recientemente, en junio de 2016, un tribunal de este país consideraba “legal” y “razonable” usar torturas anales para incriminar a sospechosos de ser gais. Veremos si finalmente lo consiguen lo hacen los tribunales. Kenyatta se reafirmaba en su posición en abril de este año tachando los derechos LGTB de asunto «no aceptable» y «sin importancia para el pueblo de la República de Kenia».

Fuente PinkNews/Cromosomax/Cristianos Gays/Dosmanzanas

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El Tribunal Supremo de los EE.UU. desestima la apelación de una condena de pena de muerte a un reo por ser homosexual

Martes, 26 de junio de 2018
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640x0-noticias-charles-rhinesCharles Rhines | Foto: Uso permitido

Declarado culpable por asesinato en 1993, Charles Rhines es condenado a la pena de muerte por el hecho de ser homosexual al considerar el jurado que lo condena que la cadena perpetua no es un castigo para él debido a su orientación sexual. Sin embargo, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos desestima la apelación del reo, ratificando la condena de pena de muerte por ser homosexual. 

En 1993, Charles Rhines es declarado culpable del asesinato de Donnivan Schaeffer, un trabajador de una tienda de donuts en la que pretendía robar, al que apuñala y le arrebata la vida cuando solo tiene 20 años de edad. En cualquier otra circunstancia la pena habría sido cadena perpetua, pero el simple hecho de que Rhines sea abiertamente homosexual lleva a los miembros del jurado a considerar que merece la pena de muerte al interpretar que permanecer el resto de tus días en una cárcel rodeado de personas de su mismo sexo no sería una condena para él, sino un premio. Rhines apela esta sentencia al considerar que ha habido discriminación con respecto a su orientación sexual, pero el pasado lunes, 19 de junio, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos afirma que no encuentra ninguna razón para revisar el caso, confirmando la sentencia de pena de muerte por ser homosexual.

Durante las deliberaciones del juicio de Rhines, algunos miembros del jurado se dedican a discutir el hecho de que el acusado sea homosexual, según afirma uno de los integrantes de ese jurado, afirmando que se trata de un hecho que genera «mucho disgusto». Un segundo integrante del jurado, confirma este punto de vista, añadiendo que algunos piensan que el acusado «no debería poder pasar su vida con hombres en la cárcel» si es homosexual. «Si es gay, estaríamos enviándole donde quiere ir», asegura un tercer testigo que un miembro del jurado argumentaba para condenar a Rhines a la pena de muerte.

«Sabemos lo que significa la pena de muerte. Pero no tenemos idea de la realidad de la vida sin libertad condicional» es lo que un miembro del jurado escribe en una nota que le pasan al juez en el que pasan a hacerle una serie de preguntas, tales como si se le «permitiría mezclarse con la población general de reclusos», si podría «discutir, describir o alardear sobre su crimen a otros presos» o acerca de la posibilidad de que tuviera «un compañero de celda». Valoraciones que explican que sus prejuicios hacia las personas homosexuales les llevan a condenar al acusado a la pena de muerte en lugar de a cadena perpetua basándose única y exclusivamente en su orientación sexual y no en el crimen que había cometido, tal y como asegura Ría Tabacco Mar, miembro del Lesbian, Gay, Bisexual, Transgender and H.I.V. Project de la Unión Estadounidense pro las Libertades Civiles (ACLU por sus siglas en inglés: American Civil Liberties Union.

El Tribunal Supremo establecía el año pasado una excepción importante para los casos de parcialidad racial en la sala del jurado tras descubrirse que un jurado decide condenar a un hombre acusado de contacto sexual no consentido y acoso porque «es mexicano y los hombres mexicanos cogen lo que quieren», en palabras del jurado. Una sentencia que el Tribunal Supremo sí considera discriminatoria y que interfiere con el derecho del acusado a obtener un juicio justo e imparcial. Si bien en el caso de Rhines el delito es todavía más grave que en el condenado mexicano, los jueces rechazan su pretensión de parcialidad, permitiendo que se mantenga la condena de muerte, no dando además ninguna explicación de su decisión para no revisar un caso que ha desatado las alarmas sobre el valor que el sistema de justicia proporciona a los miembros del colectivo LGBT en los Estados Unidos.

«El silencio del Tribunal (Supremo) envía un mensaje profundamente preocupante sobre el valor que se le da a la vida de las personas LGBT. La misma regla debería aplicarse cuando el prejuicio anti-LGBT contamina la toma de decisiones del jurado (…). Sin duda, la historia del racismo en Estados Unidos es única y exige garantías únicas. Pero eso no hace que la discriminación anti-LGBT sea menos objetable, particularmente cuando puede haber marcado la diferencia entre la vida y la muerte. [El tribunal] debería aprovechar la próxima oportunidad para corregir este error y reconocer que los prejuicios contra las personas LGBT no deberían desempeñar ningún papel en el sistema de justicia penal de los Estados Unidos. Sin embargo, eso probable que llegue demasiado tarde para el señor Rhines», asegura Tobacco Mar en un artículo publicado en The New York Times en el que asume que Rhines será ejecutado en función de una sentencia que no le condena por el delito que ha cometido, sino por su orientación sexual.

El 4 de octubre de 1961, Lenny Bruce es arrestado por obscenidad al pronunciar durante una de sus actuaciones un sustantivo considerado ilegal en aquel entonces en los Estados Unidos: «cocksucker» (chupapollas en español). Tras un juicio que se prolonga a lo largo de tres años, tanto el cómico como el propietario del local en el que actuaba son condenados por este delito. Diez años después de esa sentencia, Bob Fosse estrena el que es su tercer largometraje, Lenny (1974, EE.UU.), en el que incluye un chiste que parece anticiparse al jurado de Charles Rhines al bromear sobre el hecho de que enviar a los delincuentes homosexuales a la cárcel no parece un castigo, sino un premio.

De la misma manera que lo que hace más de cincuenta años era un delito y hoy parece una broma, lo que antes no era más que un chiste hoy se ha convertido en una paradójica realidad que permite situar a los Estados Unidos a la misma altura que los 8 países con los que se castiga la homosexualidad con la pena de muerte, como Irán, Arabia Saudí, Yemen y Sudán, algunas zonas de Somalia, Nigeria, Siria e Irak. En otra vuelta de tuerca de la realidad en el mundo de Donald Trump, las personas que proceden de alguno de estos países tienen la entrada prohibida en los Estados Unidos, a pesar de ser un país con el que tienen tanto en común.

Fuente Universogay

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Tribunal Supremo de Canadá falla contra Universidad que obliga a sus alumnos a firmar clausula homofóbica

Lunes, 18 de junio de 2018
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20160629_c7111_photo_en_724852La Trinity Western University creada por la Iglesia Evangélica Libre de América, estaba obligando a sus alumnos a firmar clausula de compromiso para abstenerse de mantener relaciones sexuales entre personas del mismo sexo y violar el sagrado matrimonio entre hombre y mujer. Tras ganar el instancias inferiores, el Tribunal Supremo de Canadá les quita la razón, afirmando que los derechos de las personas prevalecen sobre el derecho a la libertad religiosa. 

En una votación de siete magistrados contra dos, el Tribunal Supremo de Canadá se inclina en contra el uso que de la libertad religiosa defiende la Facultad de Derecho de la Universidad Trinity Wester en Columbia Británica que estaba requiriendo a todos sus alumnos firmen un compromiso mediante el que se abstienen de mantener encuentros «íntimos sexuales que violen la sacralidad del matrimonio entre hombre y mujer». La universidad había solicitado la acreditación de Facultades de Derecho en todas las provincias de Canadá, pero las de Ontario, Columbia Británica y Nueva Escocia se negaron a firmar esta solicitud. A pesar de que no inician ningún trámite legal, es la propia Universidad la que finalmente les demanda a ellos por infringir su derecho a la libertad religiosa al negarse a firmar una clausula homofóbica.

Inicialmente, tribunales inferiores de Columbia Británica y Nueva Escocia fallan a favor de la Universidad, pero ante la reiterada oposición de las asociaciones de derecho de Columbia Británica y Ontario, de nuevo es la Universidad la que eleva el caso hasta el máximo órgano del país norteamericano, que les quita finalmente la razón en una sentencia histórica desde el punto de vista de los activistas de derechos LGBT. El Colegio de abogados de la Columbia Británica «tiene un gran interés en proteger los valores de la igualdad y los derechos humanos en el desempeño de sus funciones (…). Aprobar o facilitar barreras injustas a la profesión podría minar la confianza pública en la capacidad (de la sociedad de la ley) de regular en interés público», según la sentencia del tribunal.

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«Creemos que esta es una oportunidad perdida para los canadienses, muchos de los cuales no tienen acceso asequible a la justicia (…). Hay solo tres escuelas de derecho comunes en Canadá que ofrecen un curso de derecho de caridad. La facultad de derecho de TWU habría ofrecido una especialidad en la ley de caridad. Debido a que Canadá tiene el segundo sector más grande de caridad y sin fines de lucro en el mundo, esta pérdida puede afectar a los canadienses de costa a costa (…). Sin dudas, la comunidad de Trinity Western está decepcionada por este fallo. Sin embargo, todos los canadienses deberían estar preocupados por la decisión de hoy que sienta un precedente de cómo los tribunales interpretarán y aplicarán los derechos de la Carta y los derechos de igualdad en el futuro», declara Earl Phillips, director ejecutivo de la Facultad de Derecho propuesta por la Universidad Trinity Western, transmitiendo su decepción por el fallo del Tribunal Supremo.

Una portavoz de la universidad asegura que la decisión del Tribunal Supremo «limita» su «búsqueda para establecer una escuela de leyes y ofrecer 60 nuevos asientos de derecho a estudiantes canadienses», por lo que no descartan eliminar el Derecho de sus Universidades, una decisión que aún tendrán que meditar.

Fuente Universogay

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Una ferretería de Tennessee cuelga el cartel “No se permiten gais”

Jueves, 14 de junio de 2018
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cartel-no-gays-allowed-jeff-amyx-696x522¡Y este personaje es ministro Bautista! Muy “cristiano” todo…

El dueño de una ferretería de Tennesse que colgó un cartel que decía “No Gays Allowed” en 2015, vuelve a colocarlo tras el fallo del Tribunal Supremo en el caso del pastelero homófobo.

El Tribunal Supremo, en una decisión bastante sorprendente y ajustada, había dado la razón a un pastelero que se negó a hacer una tarta para una boda gay, lo que celebró el homófobo Donald J. Trump. Pero hay muchos matices en esa decisión: el Supremo no dijo que sea legal discriminar a parejas homosexuales (la sentencia aclara que tenemos los mismos derechos, punto); pero sí consideró que la sanción que el estado había impuesto al pastelero por discriminar a la pareja era fruto de un ataque a su “libertad religiosa”.

Pero por mucho que el Supremo diga una cosa los titulares acaban diciendo otra y eso ha llevado a lo que sabíamos que iba a ocurrir: las redes se llenan de comentarios de gente que aplaude al pastelero, que dice que los gais nos quejamos por todo* y que total, podían haberse ido a buscar otro pastelero y ya está. Ahora dile a un negro que si no le dejan entrar a un bar por ser negro puede irse a otro, que Coca-Colas hay en todas partes.

A otra ferretería van a tener que irse los homosexuales que, por algún misterioso motivo, necesiten comprar herramientas y solo tengan cerca ésta de Tennessee, en la que hay un cartel en la puerta que dice que no se permite la entrada a los gais:

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Jeff Amyx, el dueño del negocio y ministro bautista, colocó el cartel en 2015 y se justificó diciendo que se negaba a atender a personas que van en contra de su religión. Con dos cojones. “Ellos luchan alegremente por lo que creen, ¿por qué no puedo hacerlo yo? Creen que su modo es el correcto, yo creo que se equivocan. Pero a mí me van a perseguir más que a ellos por defender mis creencias“.

Además del cartel, Amyx empezó a vender pegatinas y gorras con el mismo mensaje e inclusó colocó varios carteles por la tienda en la que se leían cosas como “Elige: o Dios o los Gais“.

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Amyx tuvo que retirar el cartel porque la comunidad se le echó encima y los medios de comunicación no se quedaron atrás. Eso sí, lo sustituyó por uno en el que se leía: “Nos reservamos el derecho de no atender a cualquiera que viole nuestros derechos a la libertad de expresión y a la libertad religiosa“. Porque venderle un destornillador a una pareja gay es un claro caso de ataque a la religión, sí.

Pero la Sentencia del Supremo en el caso del pastelero ha dado alas a Amyx, que ha vuelto a colocar el cartel.

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Esta vez, eso sí, parece que no hay tanto follón como la primera vez que lo colgó. Por qué será. Tampoco hubo tanto follón cuando, poco después de poner y quitar el primer cartel, Amyx decidió mostrar sus maravillosos valores como ser humano (probablemente muy religioso) al construir en 2016 un cobertizo frente a la tienda al que le colocó el cartel: “Baño para tansgéneros – Fuera de Servicio Indefinidamente“.

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Amyx explicó que ese “baño” era una protesta contra las directrices de Obama que prohibían a los organismos públicos (incluidas las escuelas) discriminar a las personas trans en cuanto al baño que podían usar. “Solo estoy cumpliendo la ley de Obama“, explicó Amyx a la prensa, “Pero Obama no ha dicho dónde había que construirlo ni si tenía que funcionar“.

Un cielo de persona.

Fuente | Gay Star NewsBitch Media, vía EstoyBailando

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Expulsan de la carrera judicial a Calamita, el juez homófobo condenado por impedir adoptar a una pareja de lesbianas

Viernes, 4 de mayo de 2018
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898916El juez fue inhabilitado en 2009 durante diez años por provocar un “retraso malicioso” en la adopción de un bebé por una pareja de mujeres.

Aseguró ser “víctima del lobby gay” y fue defendido por la Cope e Intereconomía.

El pasado jueves la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) denegó la reincorporación del juez Calamita apartándolo para siempre de su carrera judicial y nos alegramos por ello.

En 2006 Fernando Ferrín Calamita ejercía en el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Murcia donde le tocó un caso que no le gustó demasiado: la adopción de una niña por parte de Vanesa de las Heras, pareja de la madre biológica. Calamita no aceptó que dos mujeres adoptaran y se dedicó a dilatar la resolución del expediente… tanto que el Tribunal Superior de Justicia de Murcia le condenó a dos años, tres meses y un día de inhabilitación por “retardo malicioso” en la Administración de Justicia, además de tener que pagar una indemnización de 6.000 euros por “desprecio a la orientación sexual”. Posteriormente el Tribunal Supremo le condenó por prevaricación al demostrarse que obstaculizó la adopción por sus prejuicios homófobos, aumentando la inhabilitación hasta los 10 años.

cristofobiaCalamita contó entonces con el apoyo de medios conservadores como la Cope o Intereconomía. Hasta se creó una plataforma en su apoyo y se realizó una colecta, que es como se llamaba entonces a los crowdfunding, para ayudar al pobre señor juez. Por si todo este circo no fuera suficiente, aseguró ante el CGPJ que “No hace falta ser perito para saber que un niño necesita un padre y una madre, y que si le falta una de esas referencias crece ‘cojo” y se presentó como una “víctima del lobby gay financiado por la banca mundial”, así que pidió el indulto al Gobierno, petición que fue denegada. Así que nos levantamos otra vez para aplaudir que este señor no pueda volver a ejercer como juez.
Pero esto no ha sido el único episodio de homofobia/lesbofobia de Calamita. En 2007 decidió retirar la custodia de dos niños a una madre lesbiana porque la orientación sexual “influye negativamente” en las menores y porque “Es el ambiente homosexual el que perjudica a los menores y que aumenta sensiblemente el riesgo de que éstos también lo sean”. Ese mismo año, El País se hacía eco de las numerosas quejas contra las decisiones del juez.

Por cierto, si esto puede parecer muy lejano y que ya no pasan estas cosas en España te vamos a decir tres cosas:

  • En 2013 Fermín Calamita fue galardonado con el Premio Misión a la Familia “por su valentía al proteger a la familia de los ataques de la ideología de género aun poniendo en riesgo su carrera y su propia familia por defender la verdad”. Este premio es otorgado la revista Misión, “la más leída por las familias católicas de España” según su página web.
  • Religión en Libertad se ha permitido titular en pleno 2018 El CGPJ expulsa de la carrera judicial a Ferrín Calamita, víctima de la violencia de género.
  • El año pasado, la Gaceta titulaba Salas, Ferrín Calamita y Serrano: tres jueces “lapidados” por el feminismo radical.

Ahora a ver quién vuelve a decir eso de que “El Orgullo no es necesario. Ya os podéis casar”

Fuente | La Vanguardia, vía EstoyBailando

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Brasil reconocerá el derecho a la autodeterminación de género

Jueves, 22 de marzo de 2018
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brasil-autodeterminacion-genero-personas-trans-696x522Dos sentencias por parte de la Junta Electoral y el Tribunal Supremo conceden a las personas trans el derecho a utilizar su nombre elegido y cambiar su género en documentos oficiales sin necesidad de pasar por una operación, un tratamiento hormonal o solicitar un informe médico.

Brasil es el país con mayor tasa de violencia contra personas trans en todo el mundo.

La situación del colectivo trans en Brasil es terrorífica. Según las cifras de la ONG ANTRA, en 2017 se contabilizaron 179 asesinatos de personas trans y travestis: un homicidio cada 48 horas. Es el país con mayor ratio de crímenes contra personas trans y travestis. Y lo peor de todo es que la solución no será sencilla y no llegará lo suficientemente rápido.

Pero poco a poco se van dando pasos tanto para proteger a la comunidad trans (y a la comunidad LGTB en general) como para asegurar su pleno reconocimiento social y su igualdad de derechos. Hace unas semanas el Tribunal Superior Electoral votó a favor de permitir que los candidatos y candidatas trans a las elecciones se presenten utilizando el nombre su nombre elegido para que éste aparezca en las papeletas electrónicas de votos. La decisión no es solo importante porque en 2018 Brasil habrá elecciones para elegir presidente/a, gobernadores/as estatales, miembros del senado y del Congreso; sino porque puede suponer un antes y un después en materia de visibilización y representación de las personas trans en la vida política del país.

Pero eso no es todo. El mismo día que la Junta Electoral aprobaba eso el Tribunal Supremo sentenció que las personas tienen derecho a cambiar su nombre y género en los documentos oficiales sin necesidad de someterse a cirugía de reafirmación de género ni a terapias hormonales. Lo que se conoce, básicamente, como el derecho a la autodeterminación del género. Desde 2016 las personas trans en Brasil podían cambiar su nombre “social” en las identificaciones no oficiales como insignias, matrículas escolares y la inscripción al Examen Nacional de la Enseñanza Media y la sentencia del Supremo surge del recurso de una persona trans contra un tribunal de Río Grande do Sul que se negó a autorizar que un notario aceptara su nombre elegido como identificación. Aunque el voto fue unánime hubo un juez, Marco Aurélio, que planteó la idea de que hiciera falta una autorización judicial para poder realizar esos cambios; pero fue desestimada al considerarse que si no hacía falta una operación, una terapia hormonal o un informe médico menos falta hacía aún la autorización de un juez.

La sentencia permitirá a todas las personas trans presentarse en cualquier oficina del registro civil del país para cambiar su nombre y su género de forma totalmente libre.

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Keila Simpson, en el centro, junto a varias mujeres de ANTRA

Para Keila Simpson, presidenta de ANTRA (Asociación Nacional de Travestis y Personas Transgénero), se trata de un gran paso adelante en la lucha por los derechos dado que le da voz a asociaciones como la suya. Pero advierte de que hace falta muchísimo más trabajo: “Por ahora solo hemos garantizado un mínimo de ciudadanía para las personas trans con estas dos sentencias, pero aún quedan muchos desafíos por delante. Creemos que incluso aunque el Congreso apruebe una ley que criminalice los actos de violencia contra personas LGTB seguiríamos recibiendo muchas amenazas; porque vivimos en un país en el que se permite matar, en el que el fanatismo religiosa afila su cuchillo cada día para atacar a nuestra comunidad, donde los prejuicios a los que se enfrentan las personas trans empiezan en sus propios hogares. Por eso es importante decir que para una comunidad marginada como la nuestra, que venimos de no tener derechos, de no tener nada, ser capaces de decidir nuestro nombre es mucho; pero aún tenemos que conquistar nuestro derecho a vivir de forma segura.

Brasil: un país con una fortísima LGTBfobia social

El hecho de que Tinta Bruta y Bixa Travesty se hayan hecho con los dos principales galardones de los Teddy es significativo, especialmente si se tiene en cuenta que las películas proceden de un país, Brasil, con un altísimo grado de LGTBfobia social, que además va en aumento. Según datos del Grupo Gay de Bahía, entre enero y septiembre de 2017 un total de 277 personas LGTB fueron víctimas de homicidio en ese país, la cifra más alta desde que este colectivo comenzó hace ya más de tres décadas a hacer este recuento.

Un deterioro al que también nos hemos referido en fechas recientes al recoger tanto el episodio de acoso que sufrió Judith Butler en una visita al país para participar en un debate universitario como la decisión de un juez federal contra la orden del Consejo Federal de Psicología (el organismo que regula el ejercicio de esta actividad profesional en Brasil) que prohibía desde hace años las “terapias” reparadoras de la homosexualidad.

No debe perderse de vista el papel que la pujanza de los grupos evangélicos está jugando. A finales de 2016 Marcelo Crivella, un obispo evangélico con historial homófobo, se hacía con la alcaldía de Río de Janeiro. Y en estos momentos Jair Bolsonaroun homófobo recalcitrante que pese a ser católico defiende sin tapujos la agenda conservadora del frente parlamentario evangélico (transversal a diversos partidos políticos) ha conseguido colocarse entre los favoritos para hacerse con la presidencia del país en las elecciones que tendrán lugar en octubre de este año. Unas elecciones que tienen lugar, recordemos, después de un periodo de profunda regresión política tras la polémica destitución de Dilma Rousseff y su sustitución por el conservador Michel Temer.

Fuente | Washington Blade, vía EstoyBailando/Cristianos Gays

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El Tribunal Supremo de Kenia valora la abolición de la ley que penaliza la homosexualdiad

Miércoles, 28 de febrero de 2018
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activista_kenia-290x150El Tribunal Supremo de Kenia valora la abolición de la ley que penaliza la homosexualidad, vigente desde la época colonial británica, como consecuencia de la demanda de tres asociaciones que la consideran anticonstitucional. Tres asociaciones del colectivo keniano de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales exigen anular las secciones del código penal que sancionan el sexo homosexual en un juicio en el Tribunal Superior de Justicia. Introducidas durante la dominación colonial británica, estas secciones hacen referencias al “conocimiento carnal contra natura” y al “ultraje contra la moral pública”. El juicio se desarrollará en los juzgados de Milimani, en la capital, Nairobi.

Desde este viernes, 19 de febero, el Tribunal Supremo de Kenia revisa una demanda para abolir la ley que penaliza las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, presentada en 2016 por la Comisión Nacional por los Derechos Humanos de Gays y Lesbianas (NGLHRC por sus siglas en inglés: National Gay and Lesbian Human Rights Commission), junto con la Colación de Gays y Lesbianas de Kenia (GALCK por sus siglas en inglés: Gay and Lesbian Coalition of Kenia) y la Coalición LGBT de Nyanza-Valle del Rift y Kenia Occidental (NYARWEK Network). De conseguirlo sería un paso significativo para los países del este de África, en los que la homosexualidad está penalizada en casi todos los países de la región, 38 en todo el contienen africano según Amnistía Internacional.

“Aunque tenemos una Constitución que porta la voluntad del pueblo keniano y que dice que nadie debería ser discriminado, estas leyes lo hacen. Están lejos de tratar la moralidad y se usan para justificar la discriminación, la violencia, el acoso y la intrusión en la vida privada de los ciudadanos de Kenia”, denunció el director ejecutivo de la NGLHRC, Eric Gitari, en un comunicado. «El hecho de que nos escuchen es un indicador de que nuestra democracia ha alcanzado la mayoría de edad», declara Eric Gitari, abogado y fundador de la NGLHRC. La sala habilitada para la vista, en Nairobi, tuvo que trasladarse a un espacio más grande debido a la gran multitud de personas que acudieron a la vista del caso. «Los jueces saben que todo el mundo está mirando (…). Tenemos esperanza. El juicio dará una guía a los países de África. Alentará a los activistas en tantos países africanos, va a crear un efecto dominó», asegura el activista, consciente de que las leyes que prohíben la homosexualidad promueven el acoso abuso y discriminación de la comunidad LGBT.

La ley de Kenia prohíbe actualmente lo que denomina el «conocimiento carnal contra el orden de la naturaleza», que castiga con penas de hasta 14 años de prisión. Una ley que se remonta a la época colonial británica de principios de siglo XX, que los demandantes consideran anticonstitucional. Entre 2010 y 2014, el gobierno de Kenia procesó 595 casos de homosexualidad, mientras que en 2016, los tribunales de Kenia dictaminaron que las pruebas anales forzadas a hombres sospechosos de ser homosexuales eran constitucionales y podrían utilizarse como evidencia en un juicio.

En el documento se explica que, aunque las leyes penalizan un amplio abanico de “actividades consensuadas que no generen descendencia”, se aplican “de forma selectiva contra lesbianas, gais, bisexuales y personas transgénero”. La NGLHRC, formada por un grupo de abogados para proteger los derechos de las personas LGBT, asegura haber recibido más de un millar de denuncias de miembros de dicha comunidad por delitos como asesinatos, violencia grupal, violaciones, chantajes y extorsión.

Según Neela Ghoshal, investigadora principal del programa de Derechos LGBT de Human Rights Watch, «el caso ante el Tribunal Supremo de Kenia que busca despenalizar la conducta consensuada entre personas del mismo sexo es de importancia monumental para Kenia y más allá (…). Un dictamen positivo afirmaría que los kenianos amantes del mismo género son tan dignos de igualdad, privacidad y dignidad como cualquier otra persona (…). Los valientes activistas kenianos y la gente común que presentaron este caso son un modelo y una inspiración para las personas LGBTQ y sus aliados en toda África».

LGTBfobia de Estado en Kenia

Kenia es un país mayoritariamente cristiano (aunque con una importante minoría musulmana) y profundamente homófobo, que castiga la práctica de la homosexualidad, como hemos dicho, con penas de hasta 14 años de cárcel, en base a leyes heredadas de la época colonial británica. Precisamente a principios de 2015 informábamos de la detención de dos hombres, acusados de practicar la homosexualidad, víctimas de una operación policial más amplia, con la que se pretendería dar ejemplo tras salir a la luz unos informes que señalan un aumento del turismo homosexual en la zona costera del país.

A las leyes vigentes y a la agresividad de las fuerzas policiales se suma una marcada homofobia social. Según un estudio del Pew Global Attitudes Project de 2013, únicamente un 8% de sus 44 millones de habitantes estaría dispuesto a algún reconocimiento social de los homosexuales, y un 90% considera tal orientación sexual inaceptable. La prensa alienta esta homofobia social y en mayo de 2015 se publicaba, en la portada de un periódico keniano, un listado con el nombre y la fotografía de las que supuestamente eran las doce personas gais y lesbianas más influyentes en el país, poniendo en grave riesgo su vida.

Aun así, existe en Kenia un valeroso grupo de activistas LGTB. Entre sus miembros se encuentra Denis Nzioka, que incluso trató de presentarse en las últimas elecciones presidenciales como candidato y así visibilizar a la población LGTB. También David Kuria Mbote se presentó como senador en las últimas elecciones, aunque tuvo que cancelar su campaña debido a las fuertes amenazas recibidas y la falta de fondos. Su breve campaña, sin embargo, sirvió para que por primera vez un político abiertamente gay pudiera dirigirse a sus conciudadanos. El de Kuria es, como no podía ser menos, otro de los nombres citados en la publicación.

La salida del armario del escritor keniano Binyavanga Wainaina y el que se desarrollaran sin incidentes las protestas convocadas en Nairobi el pasado 2014 contra la legislación ugandesa alentaban incluso la esperanza de una mayor apertura en Kenia para los derechos LGTB. Esperanza que vio luego truncada, como muestra la detención en julio de 2014 de sesenta personas en un club de ambiente de Nairobi. Incluso se ha presentado una iniciativa ante el Parlamento de la nación, que pretende que los actos homosexuales sean sancionados con cadena perpetua para los kenianos y lapidación para los extranjeros. El propio presidente Uhuru Kenyatta declaraba en 2015 que, si bien no permitiría “cazas de brujas” contra la población LGBT de Kenia, tampoco derogaría las leyes que castigan la homosexualidad debido a su gran aceptación social. Más recientemente, en junio de 2016, un tribunal de este país consideraba “legal” y “razonable” usar torturas anales para incriminar a sospechosos de ser gais.

Fuente Universogay/Cristianos Gays

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La justicia francesa absuelve a ACT UP por llamar homófobos a la Manif Pour Tous

Jueves, 8 de febrero de 2018
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manif-pour-tous-homophobes-696x522El Tribunal Supremo francés  absuelve a la antigua presidenta de Act-Up Paris, la asociación que había colgado carteles tachando de homófobos a los que participaban en los actos de una organización homófoba.

Recordemos la vergüenza ajena que dio Francia al mundo hace muy pocos años cuando estaba a punto de aprobar el matrimonio igualitario. Fue un espectáculo bochornoso, en el que los chicos de la Manif pour tous organizaban manifestaciones homófobas en muchas ciudades que se convocaban cada poco.

Todo esto iba acompañado de las declaraciones públicas de todo tipo de personajes esperpénticos contrarios a la igualdad (entre ellos, varios homosexuales-títere, en general  meapilas y muy de derechas). Aunque en España también tuvimos lo nuestro unos años antes, lo de Francia fue un gran experimento para poner en marcha la fórmula que luego han repetido en todos los países en los que se ha planteado el debate sobre el matrimonio.

En 2016 Laure Pora, la entonces presidenta de la asociación parisina Act-Up, fue condenada por injurias al acusar a la Manif pour tous de ser homófobos. Act-Up, por cierto, es la asociación a la que pertenecen los activistas que aparecen en la película 120 pulsaciones por minuto. Y, como se puede ver en ella, es una organización que no se caracteriza por quedarse cortos o por conformarse con el activismo académico de act-upsalón. En una de sus acciones, en agosto de 2013, colgaron en el edificio donde trabajaba Ludovine de la Ròchere (la principal responsable de la asociación homófoba) unos carteles con el logo de la Manif sobre los que habían escrito la palabra “homófobos“.

 Los señores homófobos, que se justificaban diciendo que ellos solo defendían el derecho de los niños a tener un padre y una madre, se sintieron muy ofendiditos por esta acción y demandaron a la asociación, por lo que finalmente Laure Pora fue condenada a pagar una multa además de los costes del proceso.

Para contribuir aún más al disparate, una parte de la prensa francesa quiso abrir un debate sobre si la Manif era o no homófoba y llegaron a decir que la condena a Pora equilibraba, en cierto modo, que se condenase a Christine Boutin por decir que la homosexualidad era una aberración. Boutin, es una señora que entre otras cosas llegó a ser ministra de vivienda y que también estuvo en esa época apoyando cuanta manifestación contra el matrimonio igualitario hubiera.

Esta muchachada que decía que no era nada homófoba no tenía ningún reparo, por cierto, en juntarse con esta gente (y otra peor) en sus acciones mientras la LGTBfobia en Francia no dejaba de aumentar:

5681358083530“Francia necesita niños, no homosexuales”

Hace poco os publicábamos que Boutin había sido finalmente absuelta por el TS francés con la excusa (a la que desgraciadamente estamos tan acostumbrados) de la libertad de expresión .

Afirman que no hay nada condenable en llamar homófobos a los que participan en un acto homófobo, pero lo justifican en el marco del intenso debate que se vivía en ese momento en la sociedad francesa y que tanto una asociación como la otra tenían unas posturas muy claras al respecto.

Las asociaciones LGTB+ francesas hablan de un triunfo de la libertad de expresión porque bueno, está bien poder llamar homófobos a los que lo son. Incluso entienden que alguien se ofenda si le llaman homófobo, aunque les parece bastante ridículo que un homófobo se indigne por ello.

El problema es que también Boutin y sus seguidores hablaban de que por fin se restablecían las libertades en Francia, así que realmente tenemos la impresión de que se está poniendo todo al mismo nivel de una forma muy peligrosa.

Fuente | France Info, vía EstoyBailando

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El Tribunal Supremo de los Estados Unidos rechaza revisar el caso de discriminación de Jameka Evans

Jueves, 14 de diciembre de 2017
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jamekaA pesar de la presión de varias empresas, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos rechaza revisar el caso de discriminación laboral de Jameka Evans, quien denunció al Georgia Regional Hospital tras sufrir acoso y ser obligada a abandonar su puesto de trabajo por ser lesbiana. 

Jameka Evans demanda en 2015 al Georgia Regional Hospital de Savannah y varios de sus funcionarios alegando que, desde 2012 hasta 2013, es víctima de acoso y obligada a abandonar su puesto por ser lesbiana. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito falla en su contra al no reconocer que el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 no ampara la discriminación laboral en base a la orientación sexual. Tras apelar la sentencia, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos también rechaza revisar su caso este lunes, 11 de diciembre, a pesar de que un grupo de 76 empresas habían presentado una petición para que el Supremo admitiera su caso.

«La gran mayoría de los estadounidenses piensa que las personas LGBT deben recibir un trato igualitario en el lugar de trabajo», declara Gregory Nevins, abogado de Lambda Legal, tildando de desafortunado que el Tribunal Supremo rechazara la apelación de Evans, sólo dos años después de la histórica sentencia mediante a que legalizaran el matrimonio entre personas del mismo sexo. El Título VII de la Ley de Derechos Civiles dice que los empleadores no pueden discriminar a los trabajadores en base a su raza, color, religión, sexo o nacionalidad, una definición que algunos jueces no consideran que incluyen la orientación sexual, descartando el Tribunal Supremo pronunciarse al respecto.

Un tribunal federal de apelaciones con sede en Chicago decide en abril que el Título VII incluye la discriminación laboral basada en la orientación sexual, al igual que durante el mandato de Barack Obama, la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU., una agencia federal independiente, ha defendido igualmente que el Título VII protege a los trabajadores homosexuales de los prejuicios en su entorno laboral. Sin embargo, representantes de la administración de Donald Trump argumentaron lo contrario ante un tribunal de apelaciones de Nueva York que juzgaba una demanda similar contra Altitude Express, Inc., meses después de que el propio presidente de los Estados Unidos firmara una orden ejecutiva autorizando la discriminación a empresas y contratistas federales.

Fuente Universogay

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