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Entradas Etiquetadas ‘Tribunal Europeo de Justicia’

La justicia europea niega la pensión de viudedad a una pareja gay

Martes, 29 de noviembre de 2016
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european_court_of_justice_-_luxembourg_1674586821_640x345_acf_cropped-1El tribunal europeo de justicia acaba de denegar la pensión de viudedad a una pareja gay en Irlanda de forma retroactiva. La corte dictaminó que la pensión del difunto doctor David Parris del Trinity College Dublin no puede cederse su pareja, que también es un hombre. Curiosamente, este mismo verano había salido una sentencia favorable en un caso similar y la pareja esperaba por tanto recibir el mismo trato. Y todo es por meros formalismos y ausencia de igualdad de derechos.

De acuerdo con las normas del Trinity Collage, para poder ceder tu pensión es necesario haber contraído matrimonio antes de cumplir los 60, algo forzosamente imposible en este caso al no haberse aprobado el matrimonio igualitario en Irlanda por aquel entonces. Ante esta injusticia, el viudo acudió a los tribunales por considerar una discriminación doble en base a la orientación sexual y edad.

El tribunal alega que no ha habido discriminación directa ya que el matrimonio igualitario no se aprobó hasta 2011 y considera que no puede actuar de forma retroactiva, a pesar de que ya eran pareja de hecho. Los abogados del viudo esgrimen que la pareja constituía una pareja de hecho única y exclusivamente porque no podían casarse.

Según los activistas que han seguido y apoyado el caso, ésta no es la primera ni la última vez que la ley no se adapta a los cambios sociales, aplicando justicia en evidentes casos de discriminación.

Fuente | PinkNews, vía AmbienteG

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La falometría, el polémico y degradante método para saber si eres gay

Miércoles, 13 de agosto de 2014
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228-la-falometriametodo-dudoso-que-verifica-la-homosexualidad-de-una-personaSaber si alguien es gay o no es un asunto estrictamente personal y privado. Pero cuando se trata de solicitar un visado en un país, alegando precisamente persecución a causa de la orientación sexual, la cuestión se complica y no pocos funcionarios de fronteras en estados de la UE utilizan métodos cuanto menos poco ortodoxos y denigrantes para saber si el solicitante es realmente gay o no. A las preguntas íntimas se unen pruebas como la falometría, que consiste en medir el grado de excitación del sujeto ante estímulos sexuales. Dicho en plata, consiste en ver si se tiene una erección contemplando pornografía homosexual. Este método, muy criticado por la Comisión Europea, se ha usado principalmente en la República Checa.

Aunque parezca increíble, esta prueba todavía tiene muchos defensores hasta el punto de que una de las Abogadas Generales del Tribunal Europeo de Justicia (TJUE), la británica Eleanor Sharpston, ha pedido a los jueces que la prohíban por su carácter denigrante. Sharpston se refería al caso de tres solicitantes de asilo que vieron su petición denegada en Holanda. Las autoridades de este país habían preguntado al TJUE por los métodos que podían o no usar para determinar la orientación sexual de un demandante. “La falometría es un método particularmente dudoso de verificar la orientación homosexual. Primero, requiere que las autoridades nacionales competentes faciliten el provisionamiento de pornografía para poder conducir tales pruebas. Segundo, ignora el hecho de que la mente humana es un instrumento poderoso y que una reacción física al material presentado al solicitante podría ser provocada por la persona imaginando algo diferente a la imagen que le enseñan. Tales tests fallan en distinguir entre solicitantes genuinos y falsos y son por tanto claramente ineficaces al tiempo que violan derechos fundamentales”, explica Sharpston.

La falometría, también conocida como ‘pletismografía peneana‘ se realiza con un sensor que se sitúa alrededor de la circunferencia del pene del solicitante y que mide el pulso sanguíneo en el órgano, así como los cambios en grosor. Se utiliza habitualmente en el diagnóstico de la disfunción eréctil, y también como prueba forense para criminales sexuales, aunque su validez está en entredicho y a pesar de todas las dudas legales y éticas que despierta. En su momento, la República Checa se defendió alegando que todos los solicitantes habían aceptado por escrito someterse a la prueba y que al final todos los solicitantes que se habían sometido a ella habían obtenido el visado.

La opinión de Sharpston, que coincide con la de las organizaciones por los derechos humanos, es que las preguntas a los solicitantes tienen que basarse en la persecución que hayan sufrido en su país, en si sus historias son creíbles y están fundadas, obviando los temas íntimos y escabrosos. “Ya que la homosexualidad no es una enfermedad, cualquier test médico aplicado para determinar la orientación sexual de un solicitante no puede, en mi opinión, considerarse que sea consistente con la constitución de la UE”, señaló la abogada general.

Fuente Ragap

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