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La justicia europea condena a Francia por no registrar a tres niñas concebidas mediante gestación subrogada en Estados Unidos

Sábado, 28 de junio de 2014
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7771154114_une-femme-enceinte-le-19-mars-2011-photo-d-illustrationEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado a favor de dos matrimonios franceses que tuvieron tres hijas mediante gestación subrogada en Estados Unidos, a las que Francia se negó a registrar por estar dicho procedimiento prohibido en su suelo. El alto tribunal europeo considera que esta negativa ha violado el derecho de las menores al respeto de su vida privada, ha socavado su identidad y les ha producido un perjuicio. La sentencia llega justo cuando en España algunos tribunales avalan rechazar la inscripción de estos niños con argumentos similares a los del Estado francés y el gobierno del PP ha planteado un cambio legislativo que los dejaría absolutamente desprotegidos.

Dos matrimonios franceses (Dominique y Sylvie Mennesson y Francis y Monique Labassee) viajaron a Estados Unidos para tener hijos mediante el procedimiento de gestación subrogada debido a la esterilidad de las dos mujeres. Los Mennesson tuvieron gemelas (Valentina y Fiorella Mennesson, nacidas en California en el año 2000), mientras que los Labassee tuvieron una niña, Juliette Labassee, nacida en 2001 en Minnesota. En ambos casos la gestación se desarrolló en el vientre de otras mujeres, que aportaron también los óvulos (fecundados en ambos casos con el esperma de los dos padres). Cuando los dos matrimonios regresaron a Francia con las que en el país en el que fueron concebidas, se gestaron y nacieron eran sus hijas legales, el Estado francés se negó a inscribirlas al sospechar que los padres habían recurrido a la gestación subrogada, prohibida en Francia.

Cada una de las parejas intentó una estrategia jurídica distinta a la hora de proceder contra la negativa, pero fue indiferente. La justicia francesa bloqueó el registro de las niñas en los dos casos, y finalmente las dos familias se vieron obligados a recurrir a la justicia europea.

Ahora el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por unanimidad de los jueces firmantes de la sentencia, consideran que en los dos casos analizados el Estado francés ha violado el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que consagra el derecho al respeto a la vida privada y familiar. En concreto, el alto tribunal estima que pese a que las autoridades francesas conocían que las tres niñas habían nacido como hijas legales de sus padres en Estados Unidos, les habían denegado la protección que la ley francesa ofrece, socavando la identidad de las menores en el seno de la sociedad francesa. El alto tribunal también fija que el Estado francés deberá indemnizar con 5.000 euros a cada una de las menores por el daño causado y le obliga además a desembolsar 15.000 euros a las familias demandantes en concepto de costas.

La sentencia hace un complicado juego de bolillos a la hora de argumentar la condena al Estado francés, al admitir que debe concederse un amplio margen a los estados para legislar como cada uno decida las condiciones en las que permiten o no la gestación subrogada, tema del que reconoce complejidades éticas y sobre el que no existe aún un amplio consenso. En este sentido, el tribunal rechaza que la situación de las dos parejas de padres se pudiera considerar discriminatoria, y centra su condena en cómo la decisión afectó a sus hijas. Aquí el tribunal es claro al considerar que el margen de los estados se reduce mucho cuando de establecer la parentalidad de menores se trata, debiendo prevalecer el interés del menor y su derecho a la identidad.

En definitiva, y en palabras sencillas: la Corte Europea de Derechos Humanos permite que los estados (Francia, en ese caso) puedan prohibir la gestación subrogada a sus ciudadanos, pero al negarles los derechos de filiación a los hijos que hayan nacido mediante este procedimiento en otro país que sí se los reconozca (Estados Unidos, en este caso) estima que lo que se está haciendo es vulnerar los derechos de los menores.

Una sentencia que llega en un momento clave en España

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se produce pocos días después de que el Gobierno español haya aprobado una reforma de los procedimientos de inscripción de los recién nacidos en el Registro Civil que deja en el más absoluto limbo jurídico a los hijos nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero. Organizaciones LGTB y de padres de niños nacidos por este procedimiento exigen que el proyecto, que supone un claro retroceso sobre la situación actual -que tampoco es la óptima- sea modificado en su tramitación parlamentaria.

En este terreno llueve además sobre mojado, porque hace pocos meses la Sala Civil del Tribunal Supremo rechazaba, por 5 votos contra 4, el acceso al Registro Civil de los hijos que un matrimonio gay valenciano tuvo en California, y ello a pesar de que en febrero de 2009 la Dirección General de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia emitió una orden que regulaba estas inscripciones. El Supremo argumentó que el procedimiento de gestación subrogada es ilegal en España, y ofreció como única salida que el padre no biológico procediese a la adopción de los que desde hace más de cinco años son sus hijos. Esta sentencia está pendiente ahora mismo de un recurso de nulidad interpuesto por la asociación Son Nuestros Hijos.

Confiemos en que la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sea tenida en cuenta en ambos casos y se evite así más sufrimiento innecesario a las familias que se encuentran actualmente en una situación similar a las de las demandantes francesas. Aprovechamos para recordar que hay en marcha una petición en change.org para conseguir que las Cortes modifiquen el mencionado proyecto de ley a la que se puede acceder aquí y que lleva recogidas ya más de 66.000 firmas.

Fuente Dosmanzanas

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San Petersburgo deroga su ley contra la “propaganda homosexual” por temor al Tribunal Europeo de Derechos Humanos: ¿Será el primer bastión hómofobo ruso en caer?

Viernes, 20 de junio de 2014
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tribunal-de-estrasburgoLa Asamblea Legislativa de la ciudad de San Petersburgo ha derogado su ley local contra la llamada “propaganda homosexual”, una de las primeras en aprobarse antes de que se promulgara la ley de ámbito federal.  La existencia de esta última es el motivo aducido por los promotores de la derogación. Sin embargo, los activistas LGTB sospechan que la razón es el temor de que fuera revocada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde está denunciada, y que esa revocación arrastrase a la ley federal.

A principios de 2012, la Asamblea Legislativa de San Petersburgo aprobaba una ley que prohibía la propaganda de relaciones no tradicionales ante menores, aprobación que era sancionada apenas unos días después por el gobernador Georgiy Poltavchenko. En la práctica, la nueva ley impedía que se pudiera emitir cualquier información que pudiera alcanzar a menores que no fuera recriminatoria sobre la realidad LGTB. Impedía, por ejemplo, que se pudiera luchar contra el acoso homofóbico en las escuelas o los crímenes de odio; también evitaba la celebración de las festividades del Orgullo o cualquier reunión o manifestación semejante. Los infractores de la norma de San Petersburgo se enfrentaban a sanciones que podían llegar, en el caso de organizaciones, hasta el medio millón de rublos (unos 12.500 euros).

De hecho, apenas unos meses después de su promulgación se producía la primera sanción. El activista Nikolai Alekseev fue multado con 5.000 rublos por desplegar una pancarta ante el ayuntamiento de San Petersburgo en la que se podía leer “la homosexualidad no es una perversión”. En julio del mismo año se prohibía la celebración de la Marcha del Orgullo en aplicación de la nueva ley.

La normativa de San Petersburgo era la cuarta de este tipo aprobada en territorio ruso, tras las de Ryazan, Kostroma y Arkhangelsk. En total, diez regiones aprobaron leyes semejantes antes de la promulgación de la ley federal, aunque alguna, como Arkhangelsk, la derogaba posteriormente aduciendo solapamiento con esta última. Curiosamente, esta derogación coincidió en el tiempo con la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del 5 de noviembre de 2013 de iniciar procedimiento contra las leyes de Ryazan, Arkhangelsk y San Petersburgo, tras las denuncias efectuadas por diversos activistas LGTB.

San Petersburgo ha caído. El Gobierno local ha anunciado que deroga la Ley de Propaganda Gay. Lo han anunciado a bombo y platillo como si quisieran proyectar una imagen internacional de tolerancia y aperturismo pero los activistas que defienden los derechos homosexuales sospechan que los legisladores no quieren ser ‘humillados’ por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La segunda ciudad más grande de Rusia fue una de las primeras en introducir la draconiana Ley Anti-gay en el año 2012, después de prohibir expresamente el Orgullo Gay durante 100 años. Una decisión que tuvo una respuesta negativa por parte de la comunidad internacional pero que no impidió que la encubierta ‘aniquilación gay’ se extendiera por la nación como una mancha de chapapote. Había que buscar una cabeza de turco a todos los problemas que asolan al país y los homosexuales son un blanco fácil.

Los legisladores en la asamblea local de la ciudad decidieron que ya no había necesidad de una ley local ya que ahora que existe la prohibición federal. Es decir, se trata de un simple trámite que anula una ley menor porque hay una norma superior que sigue estando muy vigente. El propio Vitaly Milonov, alma mater de la homofóbica legislación en San Petersburgo, ha asegurado que la noticia le ha defraudado y que seguirá luchando contra la “propaganda gay” y criminalizando a la comunidad LGBT. De esta forma, los legisladores homófobos rusos intentan frenar la derogación de la Ley de Propaganda Gay Federal

Según Nikolai Alekseev, es precisamente la proximidad de una posible sentencia derogatoria del Tribunal Europeo de Derechos Humanos la que ha empujado a la Asamblea Legislativa de San Petersburgo a revocar su ley homófoba local. Según el activista, que confía en un dictamen favorable, una victoria en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos respecto a las leyes regionales denunciadas podría conducir a la derogación de la propia ley federal, aunque los casos lleven un procedimiento separado. Por su parte, Milonov declaraba su intención de seguir luchando contra la llamada “propaganda homosexual” y por conseguir que se criminalicen los “actos homosexuales”.

Por su parte, el abogado y activista gay, Nikolai Alekseev, ha sugerido que Milonov está ‘asustado’ porque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos presionará para que se anule: ‘Si los activistas de los derechos de los homosexuales ganan el caso en la corte será una victoria legal muy potente. ‘Milonov obviamente asustado y decidió anticiparse al humillante veredicto de la Corte Europea de Derechos Humanos’.

Las leyes regionales y federales son autónomas en Rusia pero la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos podría conducir a la derogación de la otra.

Desde 2005, a Nikolay Alexeyev se le conoce como el fundador y principal organizador del Orgullo de Moscú, que está oficialmente prohibida año tras año por las autoridades de la ciudad. Junto a los activistas de la asociación de Derechos Humanos LGBT, GayRussia.Ru, trató de organizar un gran número de acciones públicas en defensa de los derechos de las minorías sexuales en Rusia.

El 21 octubre 2010, Nikolay Alexeyev, ganó el primer caso en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre violaciones de derechos humanos LGBT en Rusia. El tribunal, con sede en Estrasburgo, dictaminó por unanimidad que mediante la prohibición de tres Prides de Moscú en 2006, 2007 y 2008, Rusia violaba tres artículos de la Convención Europea. En enero de 2011, el Gobierno de Rusia pidió a la Corte remitir el caso para su reconsideración ante la Gran Sala. El 11 de abril de 2011 cinco jueces del Tribunal Europeo desestimaron el recurso de Rusia y el veredicto sobre la ilegalidad de la prohibición de Moscú orgullo entró en vigor el mismo día.

Fuente DosmanzanasRagap

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El Tribunal Constitucional de Austria ordena que se permita a las parejas de lesbianas acceder a la inseminación artificial.

Viernes, 31 de enero de 2014
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Nuevo avance a golpe de sentencia en Austria, un país que pese a disponer de una ley de uniones civiles para parejas del mismo sexo se resiste a reconocer los derechos de parentalidad en igualdad de condiciones a los de las parejas de distinto sexo. Si hace menos de un año era el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el que forzaba a Austria a reconocer el derecho de los miembros de una pareja del mismo sexo a adoptar a los hijos de sus parejas, ahora es el Tribunal Constitucional de ese país el que ha ordenado que desaparezca la vigente prohibición a las parejas de lesbianas de acceder a la inseminación artificial.

El Tribunal Constitucional de Austria considera que dicha prohibición es discriminatoria, no encontrando causa razonable que la justifique entre los argumentos favorables a la misma. El alto tribunal da al Parlamento austriaco hasta final de año para que haga los cambios legislativos necesarios en ese sentido. La sentencia, eso sí, se refiere específicamente a las parejas de mujeres que desean ser madres conjuntamente mediante inseminación artificial, por analogía con las parejas de distinto sexo que disponen de ese derecho, pero nada dice sobre la posibilidad de que mujeres solas puedan inseminarse, algo que la legislación austriaca prohíbe de forma general (y que obviamente el Parlamento podría decidir modificar).

Todo apunta a que, ante la resistencia del legislativo, es solo cuestión de tiempo que los tribunales fuercen a Austria a reconocer los derechos de parentalidad de las parejas del mismo sexo en igualdad de condiciones a los de las parejas de distinto sexo. Como hemos mencionado, la sentencia del Constitucional se produce menos de un año después de que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo obligara al estado austriaco a reconocer el derecho de una mujer lesbiana a adoptar al hijo biológico de su pareja, derecho previamente reconocido en el caso de matrimonios entre personas de distinto sexo. De hecho Austria modificó su legislación para permitir esta modalidad de adopción a las parejas del mismo sexo desde agosto de 2013.

Fuente Dosmanzanas

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