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Bélgica actualiza su ley: ya no exigirá la esterilización ni un “diagnóstico” médico para reconocer legalmente la identidad de las personas trans

Sábado, 27 de mayo de 2017
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belgium-1489362_960_720El Parlamento federal belga ha aprobado una nueva ley que pone punto final a la necesidad tanto de un diagnóstico médico como de un procedimiento de esterilización para que las personas transexuales puedan ver reconocidas su identidad. Bélgica se suma, de esta forma, al grupo de países que han adaptado su legislación de identidad de género al paradigma despatologizador, si bien la ley contiene todavía disposiciones que siguen sin ser del agrado de los colectivos LGTB. ILGA Europe ha saludado lo que considera un muy importante avance, aunque matiza que la ley, en su redacción actual, no supone el punto final en la lucha por los derechos de todas las personas trans. 

Durante décadas, numerosos países han obligado a las personas transexuales a someterse a procedimientos que conllevan directa o indirectamente la pérdida de la capacidad reproductiva como requisito previo a ver reconocida legalmente su identidad de género. De hecho, según un informe de Transgender Europe de noviembre de 2016, 21 estados europeos seguían hacíendolo a fecha noviembre de 2016. La mayoría, del Este de Europa, pero también había algunos occidentales. Otros han eliminado ese requisito hace poco (Suecia, por ejemplo, no lo hizo hasta 2013, mientras que Noruega actualizó su ley en 2016). Y no fue hasta 2014 cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) condenó esta práctica y pidió que todas aquellas legislaciones que obligan a este tipo de procedimientos sean revisadas. En la misma línea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenaba hace pocas semanas a Francia por haber obligado a hacerlo (el país vecino, de hecho, modificó su legislación en 2016, eliminando dicho requisito, aunque sigue manteniendo el proceso en manos de los jueces).

Bélgica se suma ahora a la lista de países que no solo eliminan ese requisito, sino que tampoco exigen ya la necesidad de un diagnóstico médico o psicológico de “disforia de género” o similar. La ley integra, en este sentido, el principio de autodeterminación de género, que hace además extensivo a los menores por encima de los 12 años. El texto ha recibido un apoyo abrumador de la Cámara de Diputados de Bélgica: de los 123 diputados presentes, 117 han votado a favor, mientras que 6 se han abstenido. No ha habido votos contrarios. Se trata, además, de una ley que no precisa de la intervención del Senado, por lo que entrará en vigor en el plazo de unos pocos días, en cuanto reciba la rúbrica real y sea publicada oficialmente.

En cualquier caso, pese a suponer una evidente mejora y ser más avanzada que las de otros países europeos, la nueva ley belga es consideraba mejorable por los colectivos LGTB. Obliga, por ejemplo, a que las personas que solicitan la modificación tengan que hacer la solicitud en dos pasos, y permite a la fiscalía poder denegarla en un plazo de hasta tres meses. Por lo que respecta a los menores de 12 años, podrán ver reconocido su nuevo nombre pero no la modificación completa de los datos registrales, que tendrá que esperar a que cumplan esa edad. Entre los 12 y los 16 años, además, deberán contar con la conformidad de sus padres o tutores y sí que se les obligará a consultar previamente con un psiquiatra. Por último, la ley solo permitirá utilizar el procedimiento administrativo una sola vez. Si por alguna circunstancia quisiera modificar su sexo legal una segunda vez deberá acudir a los tribunales.

“Se trata de un paso fundamental hacia el pleno reconocimiento de los derechos de las personas trans, aunque no es el paso final”, ha declarado la directora ejecutiva de ILGA Europe, Evelyne Paradis, que ha lamentado que las autoridades belgas se hayan quedado a medio camino, adoptando un procedimiento coherente al 100% con el principio de autodeterminación de género, situandose aún por detrás de países como la ya mencionada Noruega o Malta, que por ejemplo permiten que los menores puedan acceder sin apenas cortapisas.

Por delante de España

Por delante de quien sí se sitúa es de España, cuya ley 3/2007 ha envejecido de forma prematura. De hecho, cada vez es más numeroso el grupo de países que ya han incorporado el principio de autodeterminación de género a su legislación. Es el caso, además de los ya mencionados, de Irlanda y Dinamarca, en Europa. Y tanto Escocia como Portugal tienen previsto sumarse al grupo próximamente.

En el continente americano destaca el antecedente de Argentina, cuya ley fue de hecho una de las pioneras en el proceso de desmedicalización del reconocimiento legal de la identidad de género. Nepal, por su parte, ha introducido en su nueva Constitución el derecho a decidir libremente el sexo que figura en los documentos oficiales, aunque desconocemos cómo se está implementando.

En España seguimos a la espera de que el Parlamento decida dar el paso (el grupo socialista del Congreso registró en febrero una propuesta de actualización de la ley). Mientras tanto, sigue vigente la necesidad de un diagnóstico de “disforia de género” y la exigencia (con algunas excepciones) de dos años de tratamiento hormonal. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico hayan incorporado ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos oficiales más importantes. Y en el caso de los menores, todo queda por el momento a criterio del juez de turno.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de DD.HH. prohíbe la esterilización de las personas trans al condenar a Francia por exigirla como requisito para reconocer su identidad de género

Lunes, 10 de abril de 2017
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tribunal-europeo-de-derechos-humanos-de-estrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictamina que los 22 países de la UE que obligan a las personas trans a esterilizarse para poder ver su género reconocido legalmente están vulnerando los derechos humanos y prohíbe la práctica.

Hoy es lunes 10 de abril de 2017 y aún hoy hay 22 países en la Unión Europea que obligan a las personas trans que quieren cambiar legalmente su género a someterse a un proceso de esterilización. Sí, eso está pasando ahora mismo. O más bien estaba pasando hasta ahora, porque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió el pasado jueves día 6 una sentencia en la que dejan claro que ese proceso atenta contra los derechos humanos de las personas trans. Esta sentencia obligará a esos países a modificar sus leyes y eliminar la esterilización forzada de las personas que quieran cambiar su género de forma legal.

En concreto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado al Estado francés por condicionar el reconocimiento legal de la identidad de género a la realización de una intervención quirúrgica o a un tratamiento esterilizador. Aunque recientemente Francia ha modificado su legislación en lo referente al reconocimiento legal de la identidad de género y ya no exige estos procedimientos, la sentencia supone un espaldarazo a los derechos trans en Europa.

Durante décadas, numerosos países han obligado a las personas transexuales a someterse a procedimientos que conllevan directa o indirectamente la pérdida de la capacidad reproductiva como requisito previo a ver reconocida legalmente su identidad de género. De hecho, según un informe de Transgender Europe de noviembre de 2016, 21 estados europeos siguen haciéndolo. La mayoría del Este de Europa, pero también hay algunos occidentales, como Bélgica o Finlandia. Suecia, por ejemplo, no eliminó hasta 2013 este requisito y se comprometió a indemnizar a todas las personas trans que sufrieron esa tortura entre 1972 y 2013 con unos 25.000€. Francia dejó de esterilizar a las personas trans que querían ver reconocido su género de forma legal en octubre de 2016 (hace apenas medio año).  A principios de 2017 Ucrania fue otro de los países que revisó las leyes que afectan al colectivo trans y también eliminó la esterilización. Pero, de hecho, no fue hasta 2014 cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) condenó esta práctica y pidió que todas aquellas legislaciones que obligan a este tipo de procedimientos sean revisadas.

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Situación de los derechos trans en Europa en 2013 según la ILGA

Hoy por hoy sólo hay cuatro países en Europa (Noruega, Irlanda, Malta y Dinamarca) que tienen leyes a nivel estatal que basan los derechos de las personas trans (y su identidad legal) en el derecho de autodeterminación y no en requerimientos médicos. En España el PSOE presentó hace unos meses una propuesta para actualizar la Ley Trans que se aprobó hace una década y acercarla más a algunas de las leyes autonómicas (como la de Valencia, aprobada hace unos días) eliminando el requerimiento de un diagnóstico de disforia de género (término que la propia OMS ha sustituido por el de “incongruencia de género“) para poder acceder a los cambios en el registro civil.

Esta decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos surge de tres casos diferentes presentados contra Francia en 2012 y en 2013. En el caso francés, hasta muy recientemente no existía una legislación específica que regulase la modificación registral sin necesidad de someterse a cirugía: La decisión debía pasar forzosamente por las manos de los jueces, que de forma generalizada exigían este requisito. No fue hasta finales de 2016 que la Asamblea Nacional francesa aprobó una ley al respecto, que aunque sigue manteniendo la tutela judicial sobre la decisión de ver reconocida la identidad de género al menos eliminaba expresamente la necesidad de someterse a tratamiento previo.

Ahora, tras haber analizado de forma conjunta la demanda de tres mujeres transexuales francesas que en su momento acudieron por separado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el alto tribunal considera que la exigencia de someterse a este tipo de procedimiento viola el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que reconoce el derecho al respeto a la vida privada y familiar. Puedes descargar el comunicado de prensa que da los detalles de la sentencia aquí (en inglés). La sentencia íntegra la puedes descargar aquí (en francés).

julia-ehrtJulia Ehrt, directora de Transgender Europe

Aunque la sentencia no reconoce todas y cada una de las peticiones de las demandantes francesas (por ejemplo, no condena a Francia por exigir la necesidad de un examen médico y psicológico previo, considerando que ello entra dentro de la capacidad discrecional de los estados) supone sin duda un enorme paso adelante para el reconocimiento global de los derechos trans. Y así ha sido celebrada por Transgender Europe, que la ha considerado “una victoria de las personas trans y de los derechos humanos en Europa”. Su directora ejecutiva, Julia Ehrt, ha hecho también un llamamiento a que la veintena de estados europeos que aún exigen este requisito para reconocer legalmente la identidad de género modifiquen cuanto antes sus legislaciones.

Julia Ehrt, la Directora Ejecutiva de Transgender Europe (una de las organizaciones que más ha luchado las esterilizaciones forzosas) ha explicado que esos tres casos mostraban cómo Francia (y los otros 21 países) quebrantaban los artículos 3, 8 y 14 de la Convención Europea de los Derechos Humanos que hacen referencia a la prohibición de la tortura, el derecho al respeto de la vida privada y familiar y la prohibición de la discriminación. “El día de hoy es una victoria para las personas trans y los derechos humanos en Europa. Esta decisión pone fin al oscuro capítulo de la esterilización por mandato del estado en Europa. Los 22 países en los que la esterilización sigue siendo obligatoria tendrán que eliminar esta práctica, y nosotros estamos deseando apoyar a esos y otros países en la reforma de sus legislaciones“, ha explicado Ehrt

Jessica Stern, Directora Ejecutiva de la OutRight Action International ha dicho que la sentencia es un “paso en la dirección correcta” para garantizar los derechos de las personas trans en todo el mundo, porque la decisión del tribunal europeo ha “subido el listón“.

La organización LGTBfóbica Alliance Defending Freedom participó en el proceso reclamando el derecho de los países a decidir sobre las personas trans en su territorio y argumentando que el Tribunal De DD.HH. Europeo no debía tener en cuenta los Principios de Yogyakarta. Jessica Stern, de OutRight Action International, explica que este grupo “se mofa de la palabra libertad cuando anteponen sus dogmas religiosos a los derechos de los individuos a ser legalmente reconocidos.” ¿Os recuerda a alguien? Pues eso.

Los grupos humanitarios instan a todos los países a abandonar legislaciones que consideran arcaicas y perjudiciales para las personas trans y adoptar las legislaciones más avanzadas que garanticen los derechos del colectivo. De hecho, aunque el activismo trans ha visto esta sentencia con muy buenos ojos, se lamentan de que no se haya dado un paso más y se haya eliminado el requisito de informes médicos y psicológicos para que prevalezca el derecho de autodeterminación.

Fuente: Pink News, vía EstoyBailando/Dosmanzanas

 

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Torturado en una silla eléctrica para delatar a otros gais, una de las terribles historias que sale a la luz sobre el caso de Chechenia

Sábado, 8 de abril de 2017
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chechenia-asesinatos-gays-696x522El Departamento de Estado de EE.UU. condena en un comunicado la violencia contra personas LGTBI en Chechenia y urge a Rusia a realizar una investigación “independiente y creíble”.

El presidente del Parlamento Europeo se suma a esa condena y exige que los culpables sean juzgados.

A principios de esta semana os explicábamos que según las informaciones del periódico ruso Novaya Gazeta la policía de Chechenia había detenido a un centenar de hombres gays y, presuntamente, había matado a tres. Las identidades de los tres fallecidos no se han hecho públicas, pero el periódico aseguraba que entre los detenidos/desaparecidos había dos populares presentadores de televisión.

Hace solo unos días recogíamos las informaciones del diario ruso Novaya Gazeta que apuntaban a la persecución organizada de las autoridades chechenas contra su población homosexual. Como adelantábamos y como bien señala ILGA-Europa “es increíblemente difícil de controlar lo que está sucediendo”. Aunque no es fácil confirmar la información (entre otras cosas porque el gobierno de la región -que forma parte de Rusia aunque opera independientemente- aseguró que “no se puede perseguir lo que no existe”) varios organismos internacionales le han dado veracidad por la cantidad de testimonios e informes que han aparecido desde que se publicó la noticia. Desde el Human Rights Watch y el International Crisis Group han asegurado tener muchos testimonios locales que parecen confirmar que tres hombres fueron asesiandos durante las redadas contra la población LGTB: “La información publicada por el Novaya Gazeta es consistente con los informes que Human Rights Watch ha recibido de numerosas fuentes de confianza, incluyendo fuentes en el propio terreno. El gran número de fuentes y la consistencia de sus historias no nos dejan ninguna duda de que estos sucesos devastadores han ocurrido.” El propio Kremlin, tras las presiones de los grupos en la oposición, anunció que van a realizar una investigación sobre lo que hay ocurrido.

Según explicaba el Novaya Gazeta, parece que todo comenzó cuando el grupo de activismo LGTB GayRussia solicitó permisos para celebrar marchas del Orgullo en varias ciudades de la región. Los activistas sabían que se les iba a negar la autorización pero querían presentar esas negativas ante el Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea como parte de una denuncia por la discriminación que sufren en el país. Sería entonces cuando las autoridades chechenas comenzaron lo que denominan una “acción de limpieza preventiva” y, tras rastrear a personas LGTB en redes sociales, comenzaron las detenciones en masa.

 Puede que la intención del gobierno checheno no fuera asesinar a nadie, pero sí señalar a las personas LGTB del país para que el propio entorno fuera el que ejerciera violencia sobre ellos. Alvi Karimov, el portavoz del gobierno checheno, dijo en sus declaraciones al negar los hechos que en el caso de que hubiera personas LGTB en el país la policía no tendría que hacer nada porque “sus propias familias se encargarían de mandarles a un lugar del que jamás regresarían”, en clara alusión a los asesinatos por honor que suelen ocurrir en sociedades islámicas extremistas.

La organización igualitaria Russian LGBT Network ha revelado una de las escalofriantes torturas practicadas contra un hombre gay de Grozni (capital de la República de Chechenia, que a su vez forma parte de la Federación de Rusia):  “para conseguir la confesión, le golpearon con una manguera y le torturaron con electricidad”. Al parecer, el objetivo de estas prácticas brutales era elaborar un listado de otras personas gais para ampliar la “cacería”. El Consejo de Europa y Amnistía Internacional urgen a las autoridades rusas a investigar los secuestros, torturas y homicidios de homosexuales.

 A través de un comunicado, ILGA-Europa (la rama europea de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales) ha hecho público que “según fuentes del Cáucaso Norte, hasta la fecha, más de 100 personas han sido detenidas por razones arbitrarias en cárceles no oficiales, donde las víctimas están siendo torturadas mediante corriente eléctrica, cruelmente golpeadas y obligadas a difundir los contactos personales de otros hombres homosexuales en Chechenia”. Con todo, la propia organización LGTB europea admite, como ya adelantaba dosmanzanas el martes, que “es increíblemente difícil de controlar lo que está sucediendo en Chechenia”.

chechenia-gaysNo obstante, gracias a la mediación de Russian LGBT Network se empiezan a conocer algunos casos. Esta red igualitaria rusa ha establecido una línea telefónica confidencial operativa las 24 horas para recoger más datos, llegar a las víctimas y, cuando corresponda, proceder a su urgente evacuación. La historia de un hombre gay de la ciudad de Grozni ilustra la inhumanidad y la ilegalidad cometida contra los detenidos por su orientación sexual en Chechenia.

La víctima habría sido arrestada por agentes de seguridad bajo sospecha de homosexualidad durante una semana. Atado a una silla eléctrica casera, habría sido golpeado con una manguera para obligarle a “confesar” los nombres de otros hombres gais. Russian LGBT Network revela que “según él, los propios funcionarios de seguridad declararon que la orden provenía de los líderes de la República [de Chechenia]”.

Hasta el momento, Alvi Karimov, portavoz del líder checheno Ramzan Kadyrov, ha negado públicamente los hechos, aunque el argumento utilizado, como decíamos en el anterior post, no es precisamente tranquilizador: “No puedes detener a personas que no existen en nuestra república. Si personas así existieran en Chechenia, las fuerzas de orden público no tendrían que preocuparse de ellas: sus propias familias se encargarían de enviarlas donde no pudiesen volver”.

Varios grupos LGTB de Rusia han abierto líneas de teléfono y apoyo para intentar ayudar las personas LGTB de la región que se encuentren en inmediato peligro e instan a los que puedan a marcharse del país lo antes posible.

Condena internacional y exigencia de actuar a las autoridades rusas

La comunidad internacional está condenando las detenciones y las torturas de personas homosexuales en Chechenia. Daniel Holtgen, director de comunicación del Consejo de Europa, ha publicado a través de su cuenta de Twitter que “los ataques contra las personas LGBT en Chechenia tienen que parar, tienen que ser investigados”. En el mismo tuit, Holtgen enlaza a un comunicado la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa en la que Jonas Gunnarsson y Frank Schwabe dejan claro que “se alega que más de un centenar de personas han sido detenidas y que al menos tres, y posiblemente muchos más, han muerto en ejecuciones extrajudiciales”.

Ahora el Departamento de Estado de Estados Unidos y el Europarlamento se han sumado a la exigencia de que se investigue lo que ha ocurrido y han condenado las acciones del gobierno checheno. El comunicado que han hecho público los americanos dice lo siguiente:

Estamos al corriente de los preocupantes informes de que las autoridades locales de la República de Chechenia han arrestado o detenido a más de 100 hombres, y también de las informaciones que aseguran que tres de esos detenidos han sido asesinados.

Condenamos la violencia contra cualquier persona en base a su orientación sexual o cualquier otro motivo. Urgimos al gobierno ruso a conducir una investigación independiente y creíble sobre estos supuestos asesinatos y las detenciones en masa, y que se haga responsable a los que las hayan cometido. Además estamos profundamente preocupados por las declaraciones de las autoridades locales que aparentemente condonan e incluso incitan a la violencia contra las personas LGTBI.

Estamos muy preocupados por la incipiente discriminación y violencia contra las personas LGTBI en Rusia o en cualquier otra sociedad. Hacemos un llamamiento al gobierno ruso para proteger a todos las personas de esa discriminación y violencia, y a permitir el libre ejercicio de las libertades de expresión, asociación, encuentro pacífico, religión o creencia.

Por su parte el presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, ha dado veracidad a las informaciones y ha exigido que los culpables sean juzgados.

El sueco Jonas Gunnarsson es el ponente general de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE) sobre los derechos de las personas LGTB y el alemán Frank Schwabe es autor del informe sobre “Los derechos humanos en el Cáucaso septentrional”. “Pedimos a las autoridades que inicien de inmediato una investigación efectiva y plenamente acorde con todos los requisitos del Convenio Europeo de Derechos Humanos. A este respecto, los informes de que la respuesta de las autoridades chechenas hasta ahora han sido negar o trivializar las acusaciones, o incluso dar a entender que aprueban tales actos, son también de especial preocupación”, declaran Gunnarsson y Schwabe.

Ambos también han dejado claro que “nadie debe sentirse asustado de expresar su orientación sexual. Las autoridades tienen el deber de proteger a todos los individuos contra los crímenes de odio. Además, deben garantizar que las personas a las que se dirigen o que denuncian tales delitos estén protegidas contra represalias, incluidos los denominados asesinatos de honor”.

Por su parte, desde Amnistía Internacional han exigido a las autoridades rusas a “investigar sin demora los informes sobre secuestros, torturas y homicidios de homosexuales”. Asimismo, además de dirigirse a las a las autoridades rusas, la demanda también involucra al Jefe del Comité de Investigación, Alexander Bastyrkin, al Jefe Interino de la Dirección de Investigación de Chechenia, Sergey Sokolov, y a la comisionada de Derechos Humanos en Rusia, Tatyana Moskalkova. Amnistía Internacional exige “llevar a cabo una investigación rápida, eficiente y exhaustiva de los informes sobre secuestros y homicidios en Chechenia de hombres considerados homosexuales y garantizar la puesta a disposición judicial de las personas declaradas culpables o implicadas en tales crímenes”.

El “compromiso” de las autoridades rusas

La comisionada para de Derechos Humanos en Rusia, Tatiana Moskalkova, ha enviado una solicitud al Fiscal General sobre la persecución de personas homosexuales en Chechenia. Moskalkova ha aseverado que “no importa la raza, el género, las tendencias [sexuales] o las creencias religiosas. El secuestro es un delito”.

Desgraciadamente, dado el historial de LGTBfobia de Estado que la Administración que encabeza Vladimir Putin viene poniendo en práctica desde hace años contra la comunidad LGTB en Rusia, no podemos tener grandes esperanzas de justicia y no sabemos hasta qué punto llegaremos a conocer el alcance de lo que está sucediendo ahora mismo en Chechenia. Una región en la que decenas de personas podrían seguir siendo retenidas, vejadas, torturadas o incluso asesinadas por su orientación sexual.

Y aún estamos esperando a que esto sea noticia en los telediarios y periódicos generalistas. Y algo nos dice que puedo esperar sentado.

Fuente | Pink News, vía  Dosmanzanas/EstoyBailando

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El comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa pide a los Estados el reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo

Miércoles, 1 de marzo de 2017
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coe-commissioner-concerned-over-nin-defamation-verdictDiplomática llamada de atención del comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa (CdE) a los Estados miembros de este organismo supranacional que abarca casi todo el continente. Nils Muižnieks insta a aquellos que aún discriminan a las parejas del mismo sexo que pongan fin a esa situación y recomienda el matrimonio igualitario como la mejor opción para garantizar la equiparación completa de derechos.

Muižnieks publicó sus reflexiones el pasado martes en un artículo de la página oficial del organismo que preside. Comienza haciendo un repaso a los importantes avances en el reconocimiento de las parejas del mismo sexo que se han producido en los últimos años, con 13 países miembros del Consejo de Europa (no confundir con la Unión Europea) que cuentan con matrimonio igualitario y otros 14, con leyes de uniones civiles. Por el contrario, los restantes 20 Estados, entre ellos Polonia, Rusia, Turquía o Ucrania, carecen de cualquier reconocimiento legal.

El representante enumera también la injusticia de varias situaciones específicas a las que tienen que hacer frente los ciudadanos LGTB por culpa de las leyes discriminatorias. A continuación cita las dos recomendaciones que el Consejo ha emitido en el pasado: en 2000, para animar a los Estados europeos a introducir leyes de uniones civiles y en 2010, para combatir la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), uno de los órganos que conforman el CdE, también se ha pronunciado en el mismo sentido en varias ocasiones.

Con respecto al matrimonio igualitario, Muižnieks mide sus palabras, aunque el mensaje es claro. Recuerda que el TEDH dictaminó en 2010 que la Convención Europea de Derechos Humanos no obliga a los Estados miembros del Consejo de Europa a implementar una definición inclusiva del matrimonio. Pero por otra parte, el comisario insta a los Gobiernos a, al menos, considerar la igualdad matrimonial como la mejor forma de garantizar que todas las parejas tienen acceso a los mismos derechos.

En definitiva, las medidas que propone Muižnieks son tres. En primer lugar, que los países que aún carecen de instituciones que incluyan a las parejas del mismo sexo empiecen a reconocerlas, al menos bajo la figura de las uniones civiles. En segundo lugar, que se revisen las legislaciones ya existentes para asegurar que no discriminan a ningún tipo de parejas. Y por último, que se promueva el respeto a la diversidad afectivo-sexual, especialmente en el ámbito educativo. El comisario no hace ninguna mención en este documento a las personas transgénero.

El Consejo de Europa es una organización internacional diferente de la Unión Europea, que agrupa a la práctica totalidad de los Estados europeos, incluidos Rusia, Turquía y las repúblicas caucásicas. Sus objetivos son la promoción de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho en Europa. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, encargado de hacer cumplir la Convención Europea de Derechos Humanos, forma parte del CdE. Los informes del comisario de Derechos Humanos, aunque carecen de carácter vinculante, intentan orientar las políticas de los Estados miembros hacia la promoción de los valores y derechos recogidos en la Convención. El predecesor de Muižnieks en el cargo, Thomas Hammarberg, también defendió los derechos LGTB, así como la despatologización de la transexualidad y la lucha contra la homofobia y la transfobia durante su mandato.

Fuente Dosmanzanas

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Los socialdemócratas austriacos se comprometen a impulsar el matrimonio igualitario antes de que acabe la legislatura

Jueves, 19 de enero de 2017
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christian_kern_2016_portraitNuevo impulso del Partido Socialdemócrata de Austria (SPÖ) a favor del matrimonio igualitario. El primer ministro Christian Kern, que gobierna en gran coalición con los conservadores del ÖVP, ha presentado un conjunto de reformas que se compromete a impulsar de aquí al final de la presente legislatura. Entre las propuestas se encuentra el fin de la discriminación de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio. Para llevarlas a cabo, deberá primero convencer a sus socios de Gobierno.

Los socialdemócratas austriacos continúan mostrando gestos favorables a la igualdad matrimonial. El primer ministro Kern presentó el miércoles pasado su “Plan A”, un conjunto de reformas que pretende llevar a cabo de aquí a las próximas elecciones legislativas, previstas para otoño de 2018. Entre otros asuntos, el documento dedica un capítulo a la igualdad LGTB con medidas concretas en el ámbito de la equiparación de derechos y la lucha contra el lenguaje de odio.

Bajo el título “Queremos tener la posibilidad”, la propuesta del SPÖ contiene tres medidas concretas:

  • Elevar a rango constitucional la prohibición de la discriminación basada en la orientación sexual.
  • Abrir el matrimonio a las parejas del mismo sexo.
  • Modificar la ley de igualdad de trato para que sea aplicable, entre otros, a la búsqueda de vivienda y a los establecimientos de ocio (en la actualidad solo afecta al derecho laboral).

El partido del primer ministro argumenta que la sociedad austriaca está mayoritariamente a favor y reclama la equiparación de derechos para la comunidad LGTB, como se desprende de los estudios sociológicos realizados en los últimos tiempos. En el Eurobarómetro de 2015, un 70% de los encuestados opinaron que las personas LGTB deben tener los mismos derechos que las heterosexuales, y un 62% se mostró partidario de la introducción del matrimonio igualitario en toda la Unión Europea. El SPÖ aduce incluso que la igualdad matrimonial supondría un ahorro para el Estado al eliminar la “estructura paralela” que existe en los edificios administrativos donde se celebran separadamente matrimonios y uniones civiles. También se compromete a luchar contra el lenguaje de odio, en particular en las redes sociales.

Si Kern podrá implantar su Plan A es una cuestión, sin embargo, que no está nada clara. El primer ministro gobierna en una gran coalición con los conservadores del ÖVP, que se oponen a la equiparación completa de derechos para las personas LGTB. Además, aunque el SPÖ decidiera de todas formas someter a trámite parlamentario el matrimonio igualitario, necesitaría todavía sumar el apoyo de otros siete diputados a los de su propio partido, Los Verdes y los liberales de NEOS, las tres formaciones favorables a la igualdad. La derecha populista del FPÖ se muestra, como el ÖVP, contraria a la medida.

Avances forzados por los tribunales

Austria es uno de los pocos países de Europa occidental (junto con Alemania, Italia y Suiza) que mantiene una definición excluyente del matrimonio en su legislación. En el país alpino se vive una situación de bloqueo sobre este asunto similar a la de la vecina Alemania, aunque en el caso austriaco son los socialdemócratas los que ostentan la jefatura del Gobierno. Si bien el SPÖ es favorable a la igualdad LGTB, sus representantes en el Gobierno han venido utilizando la reticencia de sus socios conservadores para perpetuar la discriminación. En junio de 2015, por ejemplo, los Verdes presentaron ante el Nationalrat o Consejo Nacional (la cámara baja del parlamento austriaco) una propuesta de resolución pidiendo la apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo que se saldó con el rechazo de las principales formaciones políticas.

Entre los miembros del Gobierno, ya se han pronunciado a favor de la equiparación de derechos los ministros de Asuntos Sociales y Sanidad, pero el posicionamiento más relevante fue el del propio canciller Kern en agosto del año pasado. “Ya es hora de la apertura del matrimonio también para las parejas del mismo sexo”, declaró entonces. Se trata del primer jefe de Gobierno de Austria que se pronuncia en estos términos. La titular de Familia Sophie Karmasin, por el contrario, rechaza la igualdad matrimonial con la excusa de la tradición católica austriaca.

Los avances en el reconocimiento de los derechos LGTB en Austria se han alcanzado principalmente a partir de sentencias judiciales: el Tribunal Constitucional falló en 2014 a favor de permitir a las parejas de mujeres acceder a los tratamientos de reproducción asistida y en enero de 2015, de la adopción conjunta homoparental. Anteriormente,  la ley de uniones civiles aprobada en 2009 ya había sido modificada a instancias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para regular la adopción de los hijos biológicos del compañero del mismo sexo.

El último logro ha sido la apertura de los registros civiles (Standesamt) a las parejas del mismo sexo que quieran formalizar su unión, como ya se hace en el caso de las bodas heterosexuales. La reforma permitirá que las uniones civiles no tengan que celebrarse en las dependencias del jefe del distrito correspondiente o en los juzgados, como hasta ahora. Un cambio que se ha producido también gracias al recurso que presentaron dos de estas parejas ante el TEDH, que instó al Gobierno austriaco a explicar el porqué de esta situación discriminatoria.

Fuete Dosmanzanas

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El Gobierno austriaco, dividido ante el matrimonio igualitario

Miércoles, 28 de septiembre de 2016
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christian_kern_2016_portraitEl Gobierno austriaco de gran coalición entre socialdemócratas (SPÖ) y democristianos (ÖVP) no se pone de acuerdo para impulsar un proyecto de ley de matrimonio igualitario. Si el canciller Christian Kern mostraba su apoyo a la medida hace unas semanas, la ministra de Familia Sophie Karmasin la rechazaba poco después escudándose en una supuesta defensa de los valores de la mayoría católica del país. Mientras tanto, solo se abren paso pequeños avances en la equiparación de derechos.

Austria es uno de los pocos países de Europa occidental (junto con Alemania, Italia y Suiza) que mantiene una definición excluyente del matrimonio en su legislación. En el país alpino se vive una situación de bloqueo sobre este asunto similar a la de la vecina Alemania, con el agravante de que los socialdemócratas austriacos ostentan la jefatura del Gobierno y el ÖVP es la segunda fuerza. Si bien el SPÖ es favorable a la igualdad LGTB, sus representantes en el Gobierno utilizan la reticencia de sus socios conservadores para perpetuar la discriminación. En junio del año pasado, por ejemplo, los Verdes presentaron ante el Nationalrat o Consejo Nacional (la cámara baja del parlamento austriaco) una propuesta de resolución pidiendo la apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo que se saldó con el rechazo de las principales formaciones políticas.

Y es que, como denuncian los activistas, las posiciones del SPÖ son incoherentes con su actuación política, como les pasa a sus correligionarios del SPD alemán: sus principales responsables se declaran partidarios del matrimonio igualitario, pero a la hora de implementarlo apelan a la negativa de sus socios conservadores para votar en contra. Entre los miembros del Gobierno, ya se pronunciaron a favor los ministros de Asuntos Sociales y Sanidad, pero el posicionamiento más relevante fue el del propio canciller Kern hace un mes. “Ya es hora de la apertura del matrimonio también para las parejas del mismo sexo”, declaró entonces, aunque está aún por ver que una afirmación tan rotunda se traduzca parlamentariamente.

170px-sophie_karmasin-2013-04-10Pero las declaraciones del jefe del Gobierno, si bien positivas, invitan al escepticismo por las opiniones de otros miembros del consejo de ministros. Por ejemplo, las de la titular de Familia Sophie Karmasin, que rechaza la igualdad matrimonial de todas las parejas con la excusa de la tradición católica austriaca. “Hay que tener en cuenta que el matrimonio, también en un sentido católico, tiene un valor importante para un amplio grupo de población”, afirmaba a principios de este mes. Karmasin se declaró partidaria de una regulación segregadora pero que “no discrimine” a las parejas del mismo sexo. Está por ver si el canciller hace valer su postura o, ante la división de opiniones, se impone el inmovilismo como hasta ahora.

Avances forzados por los tribunales

Los avances en el reconocimiento de los derechos LGTB en Austria se han alcanzado principalmente a partir de sentencias judiciales: el Tribunal Constitucional falló en 2014 a favor de permitir a las parejas de mujeres acceder a los tratamientos de reproducción asistida y en enero de 2015, de la adopción conjunta homoparental. Anteriormente,  la ley de uniones civiles aprobada en 2009 ya había sido modificada a instancias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para regular la adopción de los hijos biológicos del compañero del mismo sexo.

El último logro ha sido la apertura de los registros civiles (Standesamt) a las parejas del mismo sexo que quieran formalizar su unión, como ya se hace en el caso de las bodas heterosexuales. La reforma permitirá que las uniones civiles no tengan que celebrarse en las dependencias del jefe del distrito correspondiente o en los juzgados, como hasta ahora. Un cambio que se ha producido también gracias al recurso que presentaron dos de estas parejas ante el TEDH, que instó al Gobierno austriaco a explicar el porqué de esta situación discriminatoria.

Fuente Dosmanzanas

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Piden la retirada de un libro de texto por su tratamiento de la gestación subrogada

Lunes, 19 de septiembre de 2016
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valores_eticosLa asociación Son Nuestros Hijos denuncia que el texto usa tanto un vocabulario como unos planteamientos que “desde el desconocimiento de la realidad de esta técnica reproductiva, ponen en riesgo de acoso escolar a los menores nacidos mediante esta”.

El colectivo Son Nuestros Hijos, que agrupa a familias -muchas de ellas homoparentales- que han tenido a sus hijos mediante el procedimiento de gestación subrogada, ha pedido la retirada inmediata del libro de texto escolar “VALORES ÉTICOS 3”, de tercero de secundaria (editorial Anaya). Para Son Nuestros Hijos, la forma de presentar las implicaciones éticas de este procedimiento “usa tanto un vocabulario como unos planteamientos que, desde el desconocimiento de la realidad de esta técnica reproductiva, ponen en riesgo de acoso escolar a los menores nacidos mediante esta”.

Desde Son Nuestros Hijos lamentan que se utilice en la aulas este libro editado en 2015 por ANAYA Educación, del grupo editorial ANAYA, y redactado por Fernando Martínez Llorca, José Javier Fernández Pereira y Sebastián Salgado González.  El texto denunciado por Son Nuestros Hijos, abiertamente crítico con la gestación subrogada (procedimiento al que llama “maternidad alquilada”, pese a que gestación y maternidad sean conceptos bien diferentes), es el siguienteEste trata la gestación subrogada en estos términos::

Dilemas morales en medicina y biotecnología: Maternidad alquilada. Una pareja desea tener descendencia pero, por problemas genéticos, no puede. Entonces contrata a una mujer joven para que sirva de “madre de alquiler”: los médicos han fertilizado a esta mujer con esperma del futuro padre. Una vez que haya dado a luz, la madre biológica cederá sus derechos de maternidad a la mujer estéril. Pero ¿qué ocurre si la madre de alquiler cambia de opinión o si el bebé nace con alguna enfermedad genética? En cualquier caso, ¿debe estar permitido el alquiler de la maternidad?

Para Son Nuestros Hijos, este texto “ofrece un desconocimiento total de cómo es la técnica reproductiva y de la legislación internacional sobre gestación subrogada incluidas las Sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, o las consideraciones sobre la técnica de la Organización Mundial de la Salud, de la Sociedad Española de Fertilidad y de otras sociedades médicas nacionales e internacionales”.

Pero más allá de estas consideraciones, “que de por sí descalificarían cualquier escrito”, para este colectivo lo más preocupante es “la terminología y las insinuaciones utilizadas en un texto destinado a ser analizado en clase y en el que se vulneran flagrantemente el respeto, dignidad y honor de menores nacidos por gestación subrogada, convirtiéndolos en presa fácil para el bullying”. “No es aceptable, de ninguna de las maneras, que se evalúe en el aula la idoneidad del modelo de familia de ningún menor. Por ello, se ha exigido la retirada del libro a la editorial y se ha solicitado a las autoridades educativas que, antes de autorizar cualquier texto que ponga en riesgo la integridad de los menores, se valore adecuadamente o se consulte con las familias implicadas, pues nada hay mas grave que estimular el acoso escolar desde dentro del propio centro educativo”, explican desde Son Nuestros Hijos.

Gestación subrogada: ¿debate tabú?

La gestación subrogada es una cuestión que despierta gran polémica. En España, por ejemplo, siempre ha habido gran resistencia a regularla, tanto desde posturas conservadoras como desde parte del movimiento feminista (representada por ejemplo por la plataforma No Somos Vasijas), que se opone por considerarla una forma de explotación mercantilista del cuerpo de la mujer. Ni siquiera entre los colectivos LGTB las posiciones son unánimes.

Hace pocos meses asistíamos a cómo por primera vez el debate llegaba a la Asamblea de Madrid de la mano de Ciudadanos, que propuso que el Gobierno madrileño solicitase al Gobierno de España que regulase esta práctica. Una propuesta que contó con el apoyo de la mayor parte de los representantes del PP de Cristina Cifuentes (aunque tres de sus diputados más conservadores se rebelaron y votaron en contra), el rechazo frontal del PSOE y la oposición matizada de Podemos, que presentó varias enmiendas con objeto de pedir garantías máximas para las mujeres gestantes, incluyendo el derecho a exigir la custodia del niño durante un periodo de tiempo establecido. La oposición del PSOE a la regulación de la gestación subrogada ya se había hecho evidente en junio del año pasado, cuando desde el entonces grupo socialista del Congreso se llegó incluso a proponer prohibir la difusión de cualquier información que facilitase el acceso a dicho procedimiento, legal en varios países (los socialistas acabaron por retirar la propuesta).

La iniciativa de Ciudadanos en la Asamblea de Madrid, de hecho, fue finalmente rechazada, gracias a la rebelión de los tres populares díscolos. El PSOE votó en contra y Podemos también, estos últimos al no ver admitidas su enmiendas. Sirvió, al menos, para que se abriera el debate. Especialmente interesante, a este respecto, fue la carta que Marta López, presidenta de la Asociación por la Gestación Subrogada en España, dirigió a la diputada de Podemos Clara Serra, en la que López argumentaba de forma detallada por qué su asociación se oponía a las enmiendas sugeridas por Podemos. Un debate que sin embargo se encuentra de nuevo paralizado.

Y como siempre, las parejas del mismo sexo pagan el pato

No seremos nosotros, desde dosmanzanas, los que demos solución a la disyuntiva. Pero creemos que el debate debe continuar. La gestación subrogada es legal en países a los que España reconoce su capacidad para determinar la filiación, y de hecho el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado ya en un par de ocasiones a favor del pleno reconocimiento en suelo europeo de los hijos nacidos por ese procedimiento en terceros países. La primera de las sentencias se produjo, de hecho, justo cuando en España algunos tribunales avalaban rechazar la inscripción de estos niños y el entonces gobierno del PP se planteaba un cambio legislativo que los dejaba absolutamente desprotegidos. Curiosamente, todos los problemas dieron comienzo cuando fueron parejas de hombres los que comenzaron a acceder a este procedimiento: a las parejas heterosexuales estériles no parece que el Registro Civil español les haya tradicionalmente puesto problema alguno para inscribir a sus hijos.

Países socialmente avanzados, como Canadá, se han llegado a plantear incluso su cobertura por la sanidad pública. Hay países, por otra parte, que han optado por legalizarla siempre que no medie interés económico, como es el caso del Reino Unido, donde por ejemplo una pareja de hombres pudo tener un hijo gracias a que la hermana de uno de ellos se ofreció para gestarlo y dar a luz o que un gay soltero sea padre gracias a la generosidad de su propia madre.

Lo que en cualquier caso no es de recibo es lo que ha sucedido en México o en Portugal, en los que finalmente se admite la gestación subrogada pero se excluye de ella a las parejas del mismo sexo. En el caso de México, lo que comenzó como una iniciativa que parecía en principio destinada a prohibir esta práctica (que había sido regulada en los estados de Tabasco y Sinaloa, y sobre la que existía un vacío legal en el resto del país) acabó por legalizarla cuando exista una estricta indicación médica. En definitiva y en la práctica, solo para parejas heterosexuales estériles. En el caso de Portugal, la alianza parlamentaria entre socialistas y Bloque de Izquierda, apoyada por alrededor de un tercio de los diputados del Partido Social Demócrata (oposición de centro-derecha, que tuvo libertad de voto) permitió la aprobación del procedimiento para parejas heterosexuales que no pueden concebir hijos, dejando fuera, en la práctica, a las parejas del mismo sexo.

En España, dentro del mundo LGTB, es el colectivo madrileño COGAM el que más se ha significado a favor de que se regule la gestación subrogada, y de hecho COGAM y otras organizaciones se han agrupado en la Plataforma de entidades LGTB+ por la legalización de la Gestación por Subrogación, presenta este miércoles en Madrid (puedes descargar aquí su manifiesto). Lo que pide COGAM es una regulación que respete los derechos de todas las personas intervinientes, vetando la posibilidad de intercambio económico más allá del abono de las molestias y gastos. “Tenemos el convencimiento de que el activismo LGTB debe estar presente en este debate ante la más que previsible legalización de esta técnica de reproducción asistida que se producirá antes o después, pero que tenemos el convencimiento de que llegará como está ocurriendo en los países de nuestros entorno”, expresaron desde COGAM en su momento. Otros colectivos LGTB, sin embargo, prefieren mantenerse al margen de este debate.

Fuente Dosmanzanas/Cáscara amarga

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La justicia europea condena por segunda vez a Francia por no registrar a hijos nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero

Lunes, 25 de julio de 2016
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tribunal-europeo-de-derechos-humanos-de-estrasburgoSegunda sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra el Estado francés en el intervalo de poco más de dos años, por negarse a registrar a tres niños nacidos en el extranjero mediante gestación subrogada. El alto tribunal europeo, por unanimidad de los jueces que han examinado el caso, vuelve a considerar que la negativa viola el derecho de los menores al respeto de su vida privada. El Estado francés, empeñado en una cruzada contra la gestación subrogada, ha preferido por el momento no trasponer la jurisprudencia europea a su ordenamiento, y deja que sean los tribunales los que decidan caso a caso.

En este caso, los demandantes (por separado) eran dos hombres, Didier Foulon y Philippe Bouvet. Foulon es padre de una niña, nacida en Bombay en julio de 2009. Bouvet es a su vez padre de dos gemelos, nacidos también en Bombay, en abril de 2010. Ambos recurrieron a la gestación subrogada en la India, país que por entonces permitía el acceso a dicho procedimiento a ciudadanos extranjeros (posteriormente lo ha prohibido). Francia, país que prohíbe la gestación subrogada, se negó sin embargo a registrar a los tres niños como hijos de los que de hecho son sus padres biológicos.

Tras agotar las instancias judiciales francesas, ambos padres acudieron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que en una sentencia conjunta ha fallado, por unanimidad de los jueces que han examinado el caso, que el Estado francés ha violado el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que consagra el derecho al respeto a la vida privada (ver sentencia). El alto tribunal explica que se trata de la misma situación que la planteada por los casos Mennesson y Labassee.

Dominique y Sylvie Mennesson y Francis y Monique Labassee son dos matrimonios franceses que tuvieron a sus hijas en Estados Unidos, también por el procedimiento de gestación subrogada, y a las que Francia negó también la inscripción. En junio de 2014, como ya entonces recogimos, El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló que pese a que las autoridades francesas conocían que las tres niñas habían nacido como hijas legales de sus padres en Estados Unidos, les habían denegado la protección que la ley francesa ofrece, socavando su identidad en el seno de la sociedad francesa. Aquella sentencia admitía que los estados disponen de un amplio margen para legislar como cada uno decida las condiciones en las que permiten o no la gestación subrogada, rechazando que la situación de las dos parejas de padres se pudiera considerar discriminatoria, y centrando su condena en cómo la decisión afectó a sus hijas. En este sentido, el tribunal consideró que el margen de los estados se reduce mucho cuando de establecer la parentalidad de menores se trata, debiendo prevalecer el interés del menor y su derecho a la identidad.

De la misma forma, el alto tribunal considera ahora que Francia violó el derecho al respeto a la vida privada de los hijos de Didier Foulon y Philippe Bouvet, aunque no el derecho al respeto a su vida familiar, fijando además una indemnización similar a la que fijó en la anterior sentencia: el Estado francés deberá indemnizar con 5.000 euros a cada uno de las menores por el daño causado y tendrá que desembolsar además 15.000 euros a cada una de las familias demandantes en concepto de costas.

En definitiva, y como ya resumimos en 2014: la Corte Europea de Derechos Humanos permite que los estados (Francia, en este caso) puedan prohibir la gestación subrogada a sus ciudadanos, pero al negarles los derechos de filiación a los hijos que hayan nacido mediante este procedimiento en otro país que sí se los reconozca estima que lo que se está haciendo es vulnerar los derechos de los menores. Una jurisprudencia que, sin embargo, Francia se niega a incorporar a su ordenamiento jurídico, dejando en manos de los tribunales la decisión tras analizarlo caso a caso.

La primera sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra Francia se produjo cuando precisamente en España algunos tribunales avalaban rechazar la inscripción de estos niños con argumentos similares a los del Estado francés, y el entonces gobierno del PP se planteaba un cambio legislativo que los dejaba absolutamente desprotegidos. Curiosamente, todos los problemas dieron comienzo cuando fueron parejas de hombres los que comenzaron a acceder a este procedimiento: a las parejas heterosexuales estériles que también recurren a este procedimiento no parece que el Registro Civil español les haya tradicionalmente puesto problema alguno para inscribir a sus hijos.

Un debate pendiente

embarazoComo recogíamos hace varias semanas, el debate sobre la gestación subrogada se ha abierto tímidamente en España de la mano de Ciudadanos, que propuso en la Asamblea de Madrid solicitar al Gobierno de España que la regulase. La propuesta contó con el apoyo de la mayor parte de los representantes del PP, incluido el de la presidenta Cristina Cifuentes (aunque tres de sus diputados más conservadores se rebelaron y votaron en contra), el rechazo frontal del PSOE y la oposición matizada de Podemos, que presentó varias enmiendas con objeto de pedir garantías máximas para las mujeres gestantes, incluyendo el derecho a exigir la custodia del niño durante un periodo de tiempo establecido.

Las posturas son desde luego difíciles de reconciliar. En España siempre ha habido gran resistencia a regular la gestación subrogada, y no solo desde posturas conservadoras: una parte del feminismo (representada por ejemplo por la plataforma No Somos Vasijas) se opone frontalmente, por considerarla una forma de explotación mercantilista del cuerpo de la mujer. También se opone abiertamente el PSOE, que en junio del año pasado llegó a proponer que se prohibiera la difusión de cualquier información que facilitase el acceso a dicho procedimiento, legal en varios países (los socialistas acabaron por retirar la sorprendente propuesta). Ni siquiera entre los colectivos LGTB las posiciones son del todo unánimes. El colectivo madrileño COGAM es desde luego el que más se ha significado a favor de que se regule, y junto a otras organizaciones ha promovido de hecho la Plataforma de entidades LGTB+ por la legalización de la Gestación por Subrogación (cuyo manifiesto puedes descargar aquí). Lo que pide COGAM es una regulación que respete los derechos de todas las personas intervinientes, vetando la posibilidad de intercambio económico más allá del abono de las molestias y gastos.

Más allá de la discusión de fondo, lo que en cualquier caso no parece de recibo es lo que ha sucedido en México o en Portugal, en los que finalmente se admite la gestación subrogada pero se excluye de ella a las parejas del mismo sexo…

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Italia por no permitir la reagrupación familiar de una pareja del mismo sexo

Martes, 5 de julio de 2016
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Tribunal-de-EstrasburgoMuy importante fallo el del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha condenado a Italia por no reconocer el derecho de residencia a la pareja del mismo sexo de un ciudadano italiano. Estrasburgo considera que la negativa supuso una violación del artículo 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que prohíbe la discriminación, así como del artículo 8, que consagra el derecho al respeto a la vida privada y familiar.

Roberto Taddeucci y Douglas McCall son pareja desde 1999. Vivieron en Nueva Zelanda hasta el año 2003, cuando debido a problemas de salud de Taddeucci decidieron instalarse en Italia, país del que este es ciudadano. Sin embargo, tras agotar sus permisos temporales de residencia, el Estado italiano se negó a conceder a McCall, ciudadano neozelandés, el derecho a residir legalmente en Italia en aplicación del derecho a la reagrupación familiar.

La pareja llevó el caso a los tribunales, y tras perder ante la Corte de Casación, el más alto tribunal italiano, decidió acudir a Estrasburgo. La Corte de Casación les negó el derecho a la reagrupación familiar al considerar que la legislación italiana solo reconocía ese derecho con respecto a los cónyuges y a los hijos menores o dependientes (Italia, recordemos, no reconoce el matrimonio igualitario, y solo muy recientemente ha aprobado una ley de uniones civiles abierta a las parejas del mismo sexo). De hecho, al no poder vivir legalmente en Italia como pareja, Taddeucci y McCall se vieron forzados a abandonar el país e instalarse en Holanda, donde el neozelandés no tuvo problema alguno en obtener el permiso de residencia como pareja de un ciudadano de la Unión Europea.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado ahora a favor de la pareja (puedes descargar aquí el comunicado oficial), al considerar que pese a no constituir un matrimonio sí tienen derecho a que se reconozca su realidad familiar. Condena además al Estado italiano a indemnizar a la pareja con 20.000 euros, en concepto de daños no materiales, y con 18.924,58 euros en concepto de gastos.

El fallo se remonta, por cierto, a la sentencia del caso Schalk y Kopf contra Austria, emitida en 2010, en la que se dirimía si el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio quedaba cubierto por la Convención Europea de Derechos Humanos. Curiosamente en aquella ocasión Estrasburgo falló a favor de Austria, al estimar que no era así, pero como contrapartida aquella sentencia supuso el reconocimiento de que las parejas del mismo sexo sí tienen derecho al reconocimiento de su vida familiar (algo que consideraba que Austria cumplía con su ley de uniones civiles). “Las parejas del mismo sexo son tan capaces como las de diferente sexo de establecer relaciones estables de compromiso mutuo”, consideró entonces el alto tribunal europeo, lo que las coloca en una“situación similar a las de las parejas de distinto sexo por lo que se refiere a su reconocimiento legal y a la protección de su relación”. Nosotros mismos decíamos entonces que aquella argumentación “podría facilitar en el futuro los recursos de parejas del mismo sexo de estados en los que -como Italia o en buena parte de los países del Este- en los que carecen de cualquier tipo de reconocimiento jurídico”. Teníamos razón…

“Este caso es un perfecto ejemplo de las luchas a las que a diario tienen que enfrentarse a lo largo y ancho de Europa las parejas del mismo sexo. Esta pareja volvió a Italia porque uno de ellos estaba enfermo. Sufrir un problema personal de este tipo ya es suficientemente duro, pero las parejas del mismo sexo se encuentran con obstáculos discriminatorios adicionales”, ha expresado en un comunicado la directora ejecutiva de ILGA Europa, Evelyne Paradis. “ILGA Europa saluda la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, una nueva confirmación de que la discriminación contra las parejas del mismo sexo basada en su orientación sexual no puede ser permitida”, añade el texto.

En la misma línea que otra sentencia reciente

Conviene destacar que se trata de la segunda sentencia en pocos meses a favor del derecho de las parejas del mismo sexo a beneficiarse de los permisos de residencia por reagrupación familiar. En febrero de este mismo año el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó también que las leyes de extranjería de Croacia, que tampoco reconocían a las parejas del mismo sexo la condición de familia, violaban la Convención Europea de Derechos Humanos. Aquel caso afectaba a una ciudadana de Bosnia-Herzegovina, que solicitó un permiso de residencia en Croacia por reunificación familiar al acreditar que mantenía una relación estable con una ciudadana croata.

“Habrá que ver si esta jurisprudencia termina por aplicarse a los casos en que las leyes del país impiden el matrimonio igualitario y las leyes de extranjería solo permiten la concesión de permisos de residencia a las personas unidas en matrimonio”, decíamos precisamente entonces (la ley croata sí reconocía el derecho a reagrupación familiar en el caso de relaciones no maritales, aunque heterosexuales). Pues bien, ya tenemos la respuesta: también es de aplicación en estos casos. Una muy buena noticia.

Fuente Dosmanzanas

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Estrasburgo avala que España negara una pensión a un gay viudo antes de 2005

Miércoles, 22 de junio de 2016
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Tribunal-de-EstrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló hoy a favor de España en el caso de Antonio Aldeguer Tomás, que había presentado una queja por discriminación y no protección de la propiedad, al negarle el Estado una pensión de viudedad tras el fallecimiento de su pareja homosexual en 2002.

El demandante había comparado las prestaciones excepcionales de la Ley del divorcio 30/1981 para su aplicación retroactiva con la ausencia de las mismas en la Ley del matrimonio homosexual 13/2005.

La sentencia, aprobada por unanimidad por los siete jueces de la Sala Tercera de la Corte europea, concluye que la situación del demandante “no es similar” a la del superviviente de una pareja de diferente sexo que no pudo volverse a casar antes de 1981.

El contexto y la naturaleza de sendas situaciones son, según el Tribunal de Estrasburgo, “fundamentalmente diferentes”, aunque “en abstracto existen ciertas similitudes entre ambas”.

Según el fallo, España “no puede ser criticada en los términos del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por no haber aprobado la Ley de 2005 “en una fecha anterior que hubiera permitido al demandante obtener los beneficios de la pensión de viudedad”.

Recuerda la sentencia que el papel de la Corte europea “no es pronunciarse sobre qué interpretación de la legislación nacional es más correcta, sino determinar si la forma en que se ha aplicado la legislación ha infringido los derechos” del demandante.

Y añade que el citado convenio “no obliga a sus Estados parte a conceder el acceso al matrimonio a las parejas del mismo sexo”.

Aldeguer Tomás vivió con su pareja entre 1990 y 2002. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó en 2003 su solicitud de una pensión de viudedad.

Tras la aprobación de la Ley del matrimonio homosexual, el Juzgado de lo Social nº33 de Madrid falló a favor del demandante y estableció similitudes con la Ley del divorcio de 1981, y estimó que el principio general de no retroactividad “no es absoluto”.

El INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social presentaron una apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que revocó la sentencia favorable al demandante en primera instancia.

Los tribunales Supremo y Constitucional rechazaron los dos recursos del demandante.

Fuente Agencias

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Por primera vez, la justicia italiana reconoce los derechos de parentalidad de una pareja gay que tuvo a su hijo mediante gestación subrogada

Jueves, 24 de marzo de 2016
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160510714-9e8c527f-96b9-46ce-8b09-f005beea6402Sentencia judicial histórica en Italia: un tribunal de menores de Roma ha reconocido como padre de un niño de seis años a la pareja de su padre biológico. No se trata de la primera vez que la justicia italiana reconoce la que se ha dado en llamar stepchild adoption, pero sí de la primera vez que lo hace a una pareja de hombres, y no de mujeres. También es la primera vez que ocurre con un niño nacido mediante gestación subrogada.

El niño, de seis años, nació mediante gestación subrogada en Canadá, país en el que este procedimiento es legal. Italia sí que reconocía a su padre biológico como padre del niño, pero no así al padre no biológico, que en junio del año pasado solicitó la adopción. El tribunal de menores de Roma la ha concedido, al considerar que por encima de cualquier otra consideración debe primar el bienestar del menor, que desde que nació ha sido criado y educado por sus dos papás.

La sentencia, que se emitió a finales de 2015 pero que acaba de hacerse pública, es inédita por dos razones: por un lado, se trata de la primera vez que se concede la stepchild adoption a una pareja de hombres. Por otro, no ha existido apelación por parte de la fiscalía de menores, por lo que la sentencia es definitiva y no tendrá que enfrentarse a un tribunal de rango superior.

El fallo del tribunal de menores de Roma está en línea con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que recordemos que en junio de 2014 fallaba a favor de dos matrimonios franceses que tuvieron sus tres hijas mediante gestación subrogada y a las que Francia se negó a registrar pese a que las niñas estaban reconocidas como hijas de sus padres en Estados Unidos. El tribunal europeo consideró entonces que esta negativa violaba el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el derecho de los menores al respeto de su vida privada, socavando su identidad y produciéndoles un perjuicio. En definitiva, los estados pueden prohibir la gestación subrogada, pero no negar los derechos de filiación a los menores nacidos legalmente mediante este procedimiento en otro país que se los reconozca.

Sentencias anteriores, solo en parejas de mujeres

Volviendo a Italia, son ya varias las sentencias previas que reconocen la stepchild adoption, término anglosajón que los italianos ha adoptado para designar la posibilidad de que, en el seno de una pareja del mismo sexo, uno de los miembros de la pareja pueda adoptar a los hijos del otro miembro de la pareja. Pero hasta ahora siempre se había tratado de parejas de mujeres. El último caso del que nos hicimos eco, hace apenas tres semanas, fue el de una adopción “cruzada”: cada una de las dos mujeres era madre de una niña, en los dos casos recurriendo a reproducción asistida en Dinamarca. Las dos niñas tienen ya 4 y 8 años. Pero no ha sido hasta ahora cuando la justicia ha concedido la adopción de cada una de las niñas a su madre no biológica. De esta forma, ambas madres ven reconocidos legalmente sus derechos parentales sobre las dos menores.

La más destacada de las sentencias hasta ahora, no obstante, había sido la que el pasado diciembre emitía un tribunal de apelaciones de Roma, confirmando la sentencia que ya año y medio antes había emitido el tribunal de menores, y que por primera vez avalaba que una mujer pudiese adoptar a la hija biológica de su pareja del mismo sexo (ya en su momento recogimos la que entonces fue histórica sentencia. La pareja de mujeres, residente en Roma desde el año 2003, tuvo una hija mediante reproducción asistida en un país extranjero que no ha trascendido, donde también contrajeron matrimonio. Con posterioridad, reclamaron ante la justicia italiana la adopción del menor por parte de la madre no biológica).

Esta sentencia, no obstante, está pendiente de ser revisada por la Corte Suprema de Casación, el más alto tribunal italiano. El caso, sin embargo, abrió un camino que es el que otros tribunales italianos ya están siguiendo. En enero de 2015, por ejemplo, era un tribunal de apelaciones de Turín el que reconocía los derechos de parentalidad de otra pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona, cuyo registro civil reconoce al niño como hijo de ambas. Y en diciembre otro tribunal de apelaciones, esta vez en Milán, reconocía como válida la adopción concedida en España a una mujer italiana que adoptó a la hija biológica de su pareja. La historia de esta pareja es bastante similar a la anterior: se casaron (luego se divorciaron) y tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en España, aunque en este caso ambas mujeres son italianas. Aún así, el tribunal considera que el procedimiento de adopción en España debe ser reconocido en Italia.

Sentencias, todas ellas, que sin embargo quedan “superadas” por la conocida este lunes, única en la que no se ha producido apelación… y que por tanto es ya definitiva.

Una justicia por delante de su clase política

Todas estas sentencias tienen lugar mientras la clase política italiana se muestra incapaz de aprobar una ley de uniones civiles entre parejas del mismo sexo que reconozca, aunque sea de forma limitada, a las familias homoparentales. La aprobación del proyecto en el Senado solo ha sido posible después de que el Gobierno italiano aceptase eliminar del proyecto la stepchild adoption, lo que seguirá obligando,  a las parejas del mismo sexo con hijos, incluso cuando se apruebe el proyecto que les permita unirse civilmente, a acudir a la justicia italiana caso por caso para hacer valer sus derechos de parentalidad.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos obliga a Croacia a permitir la reagrupación familiar de una pareja del mismo sexo

Viernes, 26 de febrero de 2016
Comentarios desactivados en El Tribunal Europeo de Derechos Humanos obliga a Croacia a permitir la reagrupación familiar de una pareja del mismo sexo

Tribunal-de-EstrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictaminado este 23 de febrero que las leyes de extranjería de Croacia, que no reconocen a las parejas del mismo sexo la condición de familia, violan la Convención Europea de Derechos Humanos. El caso afecta a una ciudadana de Bosnia-Herzegovina, que solicitó un permiso de residencia en Croacia por reunificación familiar, al acreditar que mantenía una relación estable con una ciudadana croata. Según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la no equiparación en derechos de las parejas del mismo o distinto sexo es una grave discriminación por razón de orientación sexual.

El 29 de diciembre de 2011, la ciudadana de Bosnia-Herzegovina Danka Pajić solicitó a la administración de extranjería de Croacia la concesión de un permiso de residencia. Dado que la concesión de permiso por ser cónyuge de una ciudadana comunitaria le estaba vedada, pues ni Bosnia-Herzegovina ni Croacia reconocen el matrimonio igualitario, la única vía que le restaba era el de conseguirlo por reunificación familiar, pues la Ley de Extranjería croata sí que considera como familia a las uniones de hecho, en determinados casos, aunque no estén formalizadas.

Pero esas mismas leyes de extranjería solo otorgan la consideración de familia a las uniones de hecho formadas por un hombre y una mujer, excluyendo de esa consideración explícitamente a las parejas del mismo sexo. Esa fue la circunstancia alegada por el Ministerio del Interior croata para denegar el permiso de residencia a Danka Pajić, a pesar de que la investigación policial había acreditado su relación continuada con la ciudadana croata D.B. (la sentencia solo deja conocer sus iniciales). Tanto la declaración de ambas al respecto, como las constantes visitas de una a otra, de una duración de tres meses en cada ocasión (el límite permitido para no necesitar un permiso de residencia), así lo atestiguaban.

Danka Pajić recurrió la resolución denegatoria ante el Tribunal Administrativo de Zagreb en julio de 2012. El Tribunal Administrativo tomó en consideración lo establecido en la Ley de Extranjería de Croacia, que en cuanto a la reunificación familiar se remite a lo que estipule la Ley de Familia. El apartado 3 de esa ley considera como familia a las parejas formadas por un hombre y una mujer que hayan mantenido una relación extramarital durante al menos tres años. El apartado 2 de la misma ley considera como parejas de hecho a aquellas del mismo sexo que hayan mantenido una relación extramarital también de al menos tres años, pero no las considera familia.

En aplicación de esa normativa, el Tribunal Administrativo resolvió que “la Ley de Extranjería establece como miembros de una familia a los cónyuges o personas que conviven en una relación extramarital con arreglo a la legislación croata. Las secciones 3 y 5 de la Ley de la Familia estipulan que el matrimonio y la relación extramarital son uniones entre un hombre y una mujer. De este modo, la unión entre dos personas del mismo sexo no puede considerarse conforme a las disposiciones legales pertinentes como matrimonio o relación extramarital”. El permiso de residencia le fue, por tanto, denegado.

Finalmente, Danka Pajić apeló a la última instancia dentro del cuerpo judicial croata, el Tribunal Constitucional, al estimar que había sido discriminada en base a su orientación sexual. El alto tribunal falló en mayo de 2013 que no encontraba discriminación ni violación alguna de los principios de igualdad recogidos por la Constitución de Croacia. La apelación, pues, fue asimismo denegada.

Tan solo le quedaba a Danka Pajić el recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, amparándose en que se había violado el artículo 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que impide la discriminación, en conjunción con el artículo 8, que se refiere a la vida privada y familiar.

Y este 23 de febrero de 2016, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado a favor de Danka Pajić, al considerar que las leyes de familia y de extranjería croatas, al impedir cualquier reconocimiento como familia a las parejas del mismo sexo, efectivamente las estaban discriminando en base a su orientación sexual.

El Tribunal estima que el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos concede a todos los ciudadanos el derecho a establecer y desarrollar relaciones con otras personas, y que la orientación sexual forma parte de la esfera personal protegida por ese mismo artículo, por tanto, no puede haber diferencia de consideración entre un tipo de parejas u otro. El fallo final, que ha sido tomado por unanimidad, es aclaratorio:

Por último, este Tribunal desea subrayar una vez más que el presente caso no se refiere a la cuestión de si la solicitud de reagrupación familiar de la solicitante debería haber sido concedida en las circunstancias del caso. Se refiere a la cuestión de si los solicitantes son objeto de discriminación, debido al hecho de que las autoridades nacionales consideran que tal posibilidad es en cualquier caso jurídicamente imposible. De acuerdo con ello, a la luz de las razones expuestas anteriormente, este Tribunal considera que la diferencia de trato de la situación del solicitante en cuestión es incompatible con las disposiciones del artículo 14 en relación con el artículo 8 de la Convención.

Por consiguiente, este Tribunal considera que se ha producido una violación del artículo 14 en relación con el artículo 8 de la Convención.

La sentencia no solo obliga a la administración croata a conceder el permiso de residencia por reagrupación familiar a Danka Pajić, sino que además la condena a indemnizarla con 10.000 euros (11.000 dólares) por los perjuicios causados. También debe hacerse cargo de las costas, que ascienden a 5.690 euros (6.270 dólares).

Repercusión de la sentencia

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no entra a valorar las condiciones en que deben ser concedidos los permisos de residencia por reagrupación familiar, sino que valora si las leyes discriminan en base a la composición de las parejas, algo estrechamente enlazado con la orientación sexual. También es relevante que el Tribunal estime que las parejas que mantienen una relación estable caben dentro de la definición de “unidad familiar”, aunque las circunstancias las obliguen a vivir separadamente, como es el caso de aquellas en que uno de sus miembros ha emigrado a otro país.

Habrá que ver si esta jurisprudencia termina por aplicarse a los casos en que las leyes del país impiden el matrimonio igualitario y las leyes de extranjería solo permiten la concesión de permisos de residencia a las personas unidas en matrimonio, como ocurrió recientemente en Lituania. De ser así, el alcance de esta sentencia puede adquirir una enorme relevancia.

Evelyn Paradis, directora ejecutiva de ILGA-Europa, considera que “esta decisión arroja luz sobre un tipo de discriminación en la práctica que puede tener un efecto devastador para el día a día de las personas. No había ninguna razón real para que las autoridades croatas mantuvieran esta diferencia de trato, y nos alegramos de que el Tribunal haya protegido los derechos de las parejas del mismo sexo para que puedan disfrutar de su vida familiar, libres de discriminación”.

Fuente Dosmanzanas

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Grecia abre su ley de uniones civiles a las parejas del mismo sexo sin derecho a la adopción.

Jueves, 24 de diciembre de 2015
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IMG_2111Importante paso adelante el que ha dado Grecia, cuyo Parlamento aprobaba a última hora de este martes la ley que permite las uniones civiles entre personas del mismo sexo. La reforma, que ha recibido el apoyo de varias fuerzas de la oposición pero a la que la se ha opuesto buena parte de los diputados de Nueva Democracia, ha sido recibida con abierta hostilidad por la influyente Iglesia ortodoxa griega.

La aprobación de la reforma pone fin a un largo proceso que se remonta a 2013, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló que la exclusión de las parejas del mismo sexo de la normativa griega sobre uniones civiles violaba la Convención Europea de Derechos Humanos. Grecia, recordemos, no otorgaba a las parejas del mismo sexo derecho alguno (dos de ellas se casaron en 2008 aprovechando un vacío legal, pero sus matrimonios fueron luego ilegalizados). El entonces gobierno de coalición entre Nueva Democracia y PASOK anunció que modificaría la ley para dar cumplimiento al fallo, pero el cambio nunca llegó a producirse.

Tras la victoria de Syriza en las elecciones de enero se abrieron nuevas esperanzas, y de hecho en junio pasado el Ministerio griego de Justicia presentaba por fin un proyecto de actualización de la ley de uniones civiles. La convocatoria adelantada de elecciones paralizó sin embargo el proceso, que tras revalidar Syriza su victoria el propio ministro Nikos Paraskevopoulos prometió retomar en un acto organizado por ILGA Europe, que celebró del 28 al 31 de octubre su conferencia anual en Atenas. Un par de semanas más tarde presentaba efectivamente el proyecto, ahora aprobado con los votos de Syriza, PASOK, To Potami y Unión de Centristas. Por lo que se refiere a Nueva Democracia, y pese a la promesa de su representante en el mencionado acto de ILGA Europe, solo 29 de sus 75 diputados han apoyado la ley. Mención especial merece el partido de derecha nacionalista Griegos Independientes, aliados de Syriza en el gobierno, 3 de cuyos 9 diputados han votado a favor. En total, la reforma ha sido apoyada por 194 votos a favor frente a 55 contrarios.

Botella medio llena, botella medio vacía

Sin duda la aprobación de la nueva ley, que además de ampliar las uniones civiles a las parejas del mismo sexo mejora los derechos de las parejas unidas civilmente en materia patrimonial y de herencia y los acerca a los del matrimonio, dará mucho que hablar. Los que ven la botella medio llena considerarán que se trata de un hito histórico en un país como Grecia, donde la Iglesia ortodoxa, fuertemente homófoba, conserva una gran influencia social, pese a lo cual ha sido capaz de adelantar a países como Italia, en el que aún no hay una ley que reconozca jurídicamente las parejas del mismo sexo. Los que ven la botella medio vacía se sentirán defraudados por Syriza, un partido que en su congreso de 2013 (primero que celebró como partido unitario) se había posicionado a favor de la igualdad jurídica de las parejas del mismo sexo, una igualdad que obviamente no aporta esta ley. Las parejas del mismo sexo seguirán sin poder acceder al matrimonio (y ello a pesar de que encuestas recientes otorgan por primera vez mayoría a los partidarios de que las parejas del mismo sexo se puedan casar) ni a la adopción conjunta.

Muchos recordarán la polémica vivida poco antes de las elecciones de enero (las primeras que ganó Syriza), cuando el partido izquierdista optó por obviar el tema en su campaña. Alexis Tsipras no pudo sin embargo evitar ser preguntado sobre la adopción homoparental. Su respuesta supuso un jarro de agua fría, al responder que por el momento esta quedaría fuera de su programa de gobierno por ser un tema “difícil, que requiere diálogo” y sobre el que según él había “contradicciones en la comunidad científica”. La discusión sobre la adopción homoparental había sido introducida en el debate político griego por el anterior ministro de Justicia, Charalambos Athanasiou (Nueva Democracia), que precisamente justificaba el retraso en hacer caso al fallo del alto tribunal europeo argumentando que ello llevaría a discutir si las parejas del mismo sexo podían adoptar.

Este asunto, el de la adopción conjunta, queda por el momento aparcado. Bien es cierto que la nueva ley nada dice sobre ello (de hecho una de las quejas de Nueva Democracia ha sido el hecho de que la ley no la prohíba expresamente a las parejas del mismo sexo) pero sería necesaria una reforma de la legislación específica sobre adopción que por el momento el Gobierno griego no parece dispuesto a acometer.

Furibunda reacción de la Iglesia ortodoxa

La aprobación ha tenido lugar pese a que en las últimas semanas la influyente Iglesia ortodoxa griega ha llevado a cabo toda una campaña desde los púlpitos oponiéndose con fiereza a la reforma. Un buen ejemplo es el de Serafín, obispo metropolitano del Pireo, que un día antes de la votación acusó a judíos y estadounidenses (incluyendo a George Soros, los Rothchild y los Rockefeller…) de promover “la agenda homosexual” en su país. Peor aún ha sido la reacción de Ambrosio, obispo metropolitano de Kalavrita y Aigialeia, que directamente hizo un llamamiento a la violencia contra los homosexuales por no considerarlos “humanos”

Dosmanzanas

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Un niño de cuatro años recurre al Tribunal Europeo para luchar por sus padres gays

Miércoles, 16 de diciembre de 2015
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Tribunal-de-EstrasburgoLa historia del movimiento gay se ha acelerado sin duda en los últimos años, pero todavía quedan muchos escollos para las nuevas familias. Dos hombres suizos han visto como los tribunales de su país les niegan a ambos poder formar una familia. Su hijo de cuatro años de edad se presentará ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos después de que el Tribunal Supremo Federal de Suiza falló que sus dos papás no podían ser ambos inscritos como sus progenitores. Para ello, la pareja ha contratado un abogado con un brillante historial en ganar estos casos. Sus orgullosos padres concibieron a su hijo con la ayuda de una donante de óvulos anónima y una madre ‘sustituta’ o vientre de alquiler en California.

En mayo, el Tribunal Supremo Federal de Suiza, el máximo órgano de la judicatura de Suiza, dictaminó que sólo el hombre cuyo esperma se utilizó para fertilizar el óvulo podía ser catalogado como el padre legal. La decisión revocó una sentencia del tribunal administrativo de St. Gallen de Suiza, que inicialmente dictaminó que los hombres podían inscribirse como padres del niño.

Según el portal Ggg.at, los abogados de la pareja ven la decisión del Tribunal Supremo como ‘un castigo’ por la decisión de los hombres de viajar al extranjero para un vientre de alquiler. Según la ley suiza, la subrogación es ilegal. Pero, en el marco del ordenamiento jurídico suizo, los abogados argumentan que los tribunales no pueden ‘castigar’ a los ciudadanos, máxime cuando la madre ‘sustituta’ no reclama al niño.

El representante del niño es Helmut Graupner, un abogado austriaco y presidente de la organización LGBTI Rechtskommittee Lambda que ha luchado y ha ganado un gran número de casos similares.

Dado que sólo uno de los hombres está reconocido como su padre legal, el niño no tiene derechos en lo que respecta a la atención, alimentación o la herencia de su otro progenitor. Graupner argumenta que el niño está sufriendo por esta situación.

Según la ley suiza, las parejas del mismo sexo no pueden adoptar, lo que significa que, si el padre legal muere, su compañero no está capacitado legalmente para adoptar a su propio hijo.

El pequeño ha demandado por lo que su abogado califica de ‘discriminación e intromisión en los asuntos privados y familiares’, según explica la web alemana Queer.de.

Fuente Ragap

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Hungría y Polonia amenazan con bloquear un mínimo reconocimiento de las uniones entre personas del mismo sexo en Europa

Viernes, 4 de diciembre de 2015
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bandera-Europa-rasgadaLos gobiernos de Hungría y Polonia, puntas de lanza de la derecha populista europea, prevén bloquear una nueva normativa sobre regímenes económicos matrimoniales en la Unión Europea. El principal motivo, cómo no, su homofobia.

Lo cuenta este martes el diario El País. En la próxima reunión de ministros de Justicia de la Unión, los representantes húngaro y polaco prevén bloquear una propuesta de normativa para uniformizar la ejecución de las resoluciones en materia de regímenes económicos de las uniones registradas en el territorio de la Unión. Se trata, en definitiva, de dar garantías uniformes a los diferentes tipos de unión legalmente reconocidos por los países de la Unión Europea, sin que ello signifique ni mucho menos obligar a ningún país a reconocer el matrimonio igualitario.

Algo que por otra parte está en la línea de la jurisprudencia europea. Ya en 2010 el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, en una sentencia referida a Austria, determinó que aunque los estados europeos no están obligados a permitir el matrimonio igualitario las parejas del mismo sexo sí merecen protección jurídica en el territorio de la Unión. Este año 2015, de hecho, el mismo tribunal ha condenado a Italia por no permitir a las parejas del mismo sexo ni contraer matrimonio ni ofrecerles una regulación alternativa.

Una protección que en cierto modo es la que buscan extender los ministros de Justicia de la Unión Europea, al menos en lo referido a los derechos de propiedad. Hungría y Polonia, dos países actualmente gobernados por la derecha populista católica, se niegan sin embargo a aceptar una propuesta que exige unanimidad y que para ellos supone reconocer regímenes de familia “que no responden a sus valores ni están en su constitución”.

Hungría y Polonia, un panorama inquietante

Hungría, recordemos, fue en 2009 uno de los primeros países del Este en reconocer derechos a las parejas del mismo sexo. Eran otros tiempos… La derecha populista representada por el partido Fidesz conseguía en 2010 un triunfo arrollador que le permitió cambiar en solitario la Constitución del país para, entre otras medidas autoritarias, “proteger” al matrimonio que se celebra “entre un hombre y una mujer”. El panorama político húngaro no mejoró mucho en 2014: el Fidesz se desgastó mínimamente y revalidó su aplastante mayoría, con casi en 45% de los votos, mientras que Jobbik, un partido abiertamente ultra, ascendía hasta más del 20% y se situaba a solo cinco puntos de Unidad, la coalición de centro-izquierda que aduras penas mantiene el tipo.

No conviene olvidar que el actual primer ministro húngaro, Viktor Orbán (Fidesz), otrora considerado una especie de “paria político”, está considerado hoy día uno de los referentes del Partido Popular Europeo gracias a sus duras posiciones en materia migratoria. Hace pocas semanas Orbán era recibido en Madrid por los líderes populares europeos con toda clase de parabienes.

En Polonia, un país que en tiempos recientes había dado prometedores pasos adelante en materia LGTB, la situación ha dado este 2015 un giro parecido al que Hungría dio hace ahora cinco años. El primer signo de los nuevos tiempos fue la elección como presidente de Andrzej Duda, del partido ultraconservador Ley y Justicia (conocido por muchos como “el partido de los gemelos Kaczyński”), una de cuyas primeras medidas fue vetar una nueva ley de identidad de género que había sido aprobada por el Parlamento polaco, y que definitivamente ha quedado arrinconada. Pero el golpe definitivo llegó con las elecciones parlamentarias del pasado octubre, que otorgaron a Ley y Justicia la mayoría absoluta y que supusieron, de hecho, la desaparición absoluta de los partidos de izquierda del Parlamento polaco. Muchos temen, de hecho, que esta nueva situación política propicie un giro autoritario al estilo húngaro (Ley y Justicia, por cierto, ya intentó en el pasado promover una nueva Constitución que consagrase la prohibición del aborto, de la fecundación in vitro y del matrimonio entre personas del mismo sexo, así como la presencia del crucifijo en las aulas).

Un panorama inquietante al que la Unión Europea no parece interesada, antes al contrario, en poner freno.

Fuente Dosmanzanas

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El Gobierno griego presenta un proyecto de ley de uniones abiertas a parejas del mismo sexo

Lunes, 16 de noviembre de 2015
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FA4AD6E31BABC55527BA0AF69543C7B2El ministro de Justicia de Grecia, Nikos Paraskevopoulos, ha hecho honor a la promesa que hizo hace dos semanas e inició el pasado lunes un proceso de consultas para ampliar a las parejas del mismo sexo la legislación sobre uniones civiles. La nueva regulación abrirá a estas parejas a la mayoría de los derechos y obligaciones de los matrimonios, pero excluirá el acceso a la adopción conjunta.

Paraskevopoulos asumió su compromiso en un acto organizado por ILGA Europe, que celebró del 28 al 31 de octubre su conferencia anual en Atenas. Representantes de los principales partidos políticos de Grecia coincidieron en la necesidad de consensuar un paquete de reformas en favor de la igualdad de las personas LGTB en ese país, que cuenta con muchas papeletas (con el permiso de Chipre, que tramita una ley similar) para convertirse en el primero del ámbito cultural ortodoxo en reconocer derechos a las parejas del mismo sexo.

En junio pasado el Ministerio griego de Justicia presentó su proyecto de actualización de la ley de uniones civiles, pero la convocatoria adelantada de elecciones paralizó el proceso. El Gobierno griego buscaba, con aquel proyecto, dar cumplimiento a una sentencia de 2013 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que decretó que la exclusión de las parejas del mismo sexo de la normativa griega sobre uniones civiles viola la Convención Europea de Derechos Humanos. Grecia, recordemos, no otorga a las parejas del mismo sexo derecho alguno. Dos de ellas se casaron en 2008 aprovechando un vacío legal, pero sus matrimonios fueron luego ilegalizados.

La llegada de Syriza al poder, en enero pasado, abrió un nuevo escenario. En su congreso de 2013 Syriza se había posicionado a favor de la igualdad jurídica de las parejas del mismo sexo, aunque antes de las elecciones de enero optó por silenciar el tema. Alexis Tsipras no pudo sin embargo evitar ser preguntado en campaña sobre la adopción homoparental, respondiendo entonces que esta quedaría fuera de su programa de gobierno por ser un tema “difícil, que requiere diálogo” y sobre el que según él hay “contradicciones en la comunidad científica”. Una discusión que había sido introducida en el debate por el anterior ministro de Justicia, Charalambos Athanasiou (Nueva Democracia), que precisamente justificaba el retraso de su gobierno en hacer caso al fallo del alto tribunal europeo argumentando que ello llevaría a discutir si las parejas del mismo sexo podían adoptar. Pese a todo, para algunos, la victoria de Syriza despertaba inevitablemente esperanzas de mejora en la situación de los derechos LGTB.

El proyecto presentado en junio daba cumplimiento a la sentencia de Estrasburgo y revisaba además los derechos de las parejas unidas civilmente, mejorándolos en materia patrimonial y de herencia y acercándolos a los del matrimonio. Dejaba fuera, eso sí, la adopción conjunta. La noticia fue recibida con moderada satisfacción por el colectivo LGTB griego, aunque muchos se preguntaron por qué un gobierno liderado por Syriza no tenía el arrojo de ir más allá y promover el reconocimiento del matrimonio igualitario, sobre todo si se tiene en cuenta que encuestas recientes otorgan por primera vez mayoría a los partidarios de que las parejas del mismo sexo se puedan casar (56% frente a un 35% de opuestos). La adopción conjunta, sin embargo, sigue contando con un rechazo mayoritario (56% frente a un 30%).

La convocatoria de nuevas elecciones en septiembre dejó en suspenso la aprobación del proyecto. Syriza revalidó su triunfo y Paraskevopoulos volvió a repetir como ministro de Justicia, por lo que ya se esperaba que el asunto fuera retomado. Más aún, en ese mismo acto representantes de Nueva Democracia (principal partido de la oposición), PASOK, Izquierda Democrática, To Potami y la Unión de Centristas, partidos que reúnen una gran mayoría parlamentaria, se comprometieron a mejorar la situación de los derechos LGTB en Grecia.

Igual que en el proyecto presentado en junio, la nueva legislación ampliará las atribuciones actuales de las uniones civiles para equipararlas en su mayoría a los de los matrimonios y, además, permitirá contraerlas a las parejas del mismo sexo. Los derechos que se verán equiparados incluyen ventajas fiscales, de herencia y beneficios para los funcionarios unidos civilmente iguales a los que disfrutan los casados. La adopción conjunta, eso sí, queda por el momento excluida. El texto también aborda la normativa antidiscriminatoria para castigar los delitos con agravantes racistas o motivados por el sexo o la religión de la víctima.

Como era de esperar, la iglesia ortodoxa griega ha mostrado su total oposición a lo que considera “una mala imitación” del matrimonio y “una recompensa neoliberal a la irresponsabilidad en las relaciones interpersonales que las relega a una simple transacción”.

Fuente Dosmanzanas

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Italia: se reactiva el proyecto de uniones civiles para parejas del mismo sexo… con resultado final aún incierto

Viernes, 16 de octubre de 2015
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Italy's Prime Minister Renzi smiles as he arrives to lead a news conference at Chigi palace in RomeDespués de años de espera, por primera vez en la historia de Italia el Senado debatirá este miércoles una propuesta de ley de uniones civiles entre personas del mismo sexo. Ello no significa, ni mucho menos, que su aprobación sea inminente, ni siquiera que esté asegurada, al menos en su redacción actual. Pero sí supone un punto de inflexión después de que el primer ministro Matteo Renzi haya ido dando largas una y otra vez al proyecto, que ya en mayo fue visto por la Comisión de Justicia de la cámara alta. El éxito final, en cualquier caso, dependerá del delicado equilibrio existente en el seno del Partido Democrático (PD) entre los democristianos y el resto. 

Italia es el único gran país de Europa occidental que carece de reconocimiento alguno de las parejas del mismo sexo, más allá de algunas iniciativas locales de escaso alcance práctico. Y ello pese a que tras el histórico resultado del referéndum irlandés sobre el matrimonio igualitario el primer ministro italiano Matteo Renzi declaraba que “las uniones civiles no pueden retrasarse más”. Curiosamente, el propio Renzi era el que había actuado hasta entonces como freno al proyecto (el Parlamento salido de las elecciones de 2013 no debería tener, en teoría, especiales dificultades para aprobarlo). Lo cierto es que pese a la enésima promesa de Renzi, han tenido que pasar casi cinco meses para que el proyecto simplemente se desatasque.

A día de hoy, la propuesta que está sobre la mesa es la presentada por la senadora Monica Cirinnà en junio de 2014, que reconocería a las parejas del mismo sexo su derecho a contraer una unión civil con derechos similares a los del matrimonio salvo la adopción conjunta (aunque sí permitiría, bajo ciertas circunstancias, la adopción de los hijos que ya tenga la pareja). Un proyecto que como dijimos arriba recibió la aprobación de la Comisión de Justicia del Senado en mayo, tras lo cual tuvo lugar una gran movilización conservadora, que culminó a finales de junio con una multitudinaria manifestación en Roma. Pocas semanas después el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el que condenaba a Italia por no reconocer las parejas del mismo sexo, en una sentencia referida a tres parejas de hombres a las que el Estado italiano ni ha permitido contraer matrimonio ni les ha ofertado una regulación alternativa (y ello pese a que la propia justicia italiana ha demandado en repetidas veces a su Parlamento que lo haga).

Durante este tiempo, Matteo Renzi ha intentado llegar a un acuerdo con su socio principal de gobierno, el Nuevo Centroderecha (NCD) de Angelino Alfano, que se niega a aceptar el proyecto de Cirinnà y prefiere una regulación de menor nivel que ni siquiera contemple la posible adopción de los hijos de la pareja. No ha sido posible. Renzi, partidario de dejar libertad de voto en esta última cuestión, se ha visto abocado a dejar de lado a Alfano y hacer lo que hasta ahora había rechazado: conseguir el apoyo del Movimiento 5 Estrellas (M5S) y de Izquierda Ecología Libertad (SEL), dos fuerzas con las que si quisiera el PD tendría mayoría suficiente para aprobar el proyecto, para al menos iniciar la discusión en el pleno del Senado.

Las distintas sensibilidades en el seno del PD dificultan el pronóstico

Y decimos “al menos” porque ni mucho menos está segura su aprobación, pese al apoyo de M5S y SEL, debido a la división existente dentro del PD, un partido que es en realidad una amalgama de democristianos, centristas, socialdemócratas y socialistas en el que es posible encontrar, por ejemplo, a uno de los líderes más destacados del movimiento homófobo italiano: el diputado Mario Adinolfi. En el sector democristiano del PD, de hecho, el primer ministro Renzi cuenta con grandes apoyos (él mismo proviene de esa familia ideológica). Una expresión más de la “excepción italiana”: hablamos de un país en el que la Iglesia católica posee poderosas terminales en prácticamente todos los partidos políticos. De hecho, un sector del PD está ya maniobrando para impulsar una alternativa a la adopción de los hijos de la pareja, que se retrasaría hasta que el hijo tuviese 18 años y optase voluntariamente por ella. Mientras tanto se crearía una especie de “custodia reforzada” que precisaría de una aprobación por parte de los servicios sociales.

Está por ver qué sucede. Por lo pronto, habrá que ver hasta dónde llega la discusión este miércoles, que en cualquier caso se interrumpirá a mediodía y posiblemente no se reanude hasta noviembre. Más allá de eso, habrá que ver qué hace finalmente el PD en materia de adopción: Renzi piensa dejar libertad de voto en esa materia. El M5S y SEL son partidarios de dejar el proyecto tal como está y no rebajarlo más. Mientras, entre los partidos de centro-derecha y derecha predomina, aunque con diferentes grados de intensidad, la negativa al proyecto de Cirinnà.

Demasiadas incógnitas, en definitiva. El diario La Stampa, de centro-izquierda, se mostraba este martes pesimista y consideraba que, a la luz de cómo se presenta el calendario político, lo realista es pensar que “Italia no tendrá esta ley, quedará como una mancha negra en el mundo occidental avanzado, encasillado entre Moldavia y Polonia, punta de un iceberg de integrismo confesional y de negación de los derechos civiles”. Ojalá se equivoque.

Fuente Dosmanzanas

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Austria permitirá la anulación de las sentencias previas a la despenalización de la homosexualidad

Viernes, 18 de septiembre de 2015
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20140610519-Handschellen-470El ministro de Justicia austriaco ha presentado un proyecto de ley ante el Parlamento que fijará un procedimiento de anulación de las sentencias basadas en las leyes que castigaban la homosexualidad hasta su completa derogación en 2002. La medida no ha terminado de gustar a los activistas LGTB, que la tachan de insuficiente.

Tras la despenalización de la homosexualidad en Austria en 1971, se dictaron nuevas normas que siguieron penalizando las relaciones entre personas del mismo sexo. Concretamente, la prostitución masculina fue ilegal hasta 1989, y la “promoción de la homosexualidad” y la fundación o participación en organizaciones de derechos LGTB no estuvieron permitidas hasta 1997. Hasta la reciente fecha de 2002, las edad de consentimiento para el sexo entre varones era de 18 años, frente a los 14 del sexo heterosexual o lésbico.

Los incansables esfuerzos de Rechtskomitee Lambda (RKL) para conseguir la rehabilitación de los condenados por estas leyes homófobas han dado su primer fruto, si bien todavía insuficiente. El proyecto presentado por el ministro de Justicia, Wolfgang Brandstetter, introduce un procedimiento para anular las sentencias basadas en estas normas ahora derogadas. Una iniciativa que responde también a una sentencia de 2013 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Los activistas, sin embargo, critican que la normativa no prevea una anulación general de las condenas, sino que insta a cada afectado a solicitar dicha anulación por la vía judicial, que debería ser concedida siempre que los hechos que dieron lugar al fallo no constituyan un delito en la actualidad. Tampoco se contempla ningún tipo de reparación para las víctimas de estas injusticias.

Como recogimos en dosmanzanas con motivo del 20º aniversario de la derogación del infame artículo 175, la situación de las víctimas de la criminalización de la homosexualidad en la vecina Alemania no es mucho mejor. Con posterioridad a la despenalización completa en 1994, los colectivos LGTB se centraron en conseguir la anulación de esas sentencias y la reparación de sus víctimas.

Por sorprendente que parezca, hasta 2002 no se consiguió la nulidad de las condenas dictadas durante el régimen nazi, y ello todavía contra el criterio de los democristianos de la CDU/CSU y de los liberales del FDP. Las sentencias posteriores a 1945, a pesar de basarse en la versión agravada del artículo 175 aprobada por los nazis, siguen siendo consideradas como válidas. Según la CDU, “las decisiones de un Estado de derecho y sus tribunales no pueden ser consideradas de manera global como injustas”. Una posición que condena a cientos de homosexuales a vivir con el estigma de tener antecedentes penales por el mero hecho de serlo.

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El Tribunal de Estrasburgo condena a Italia por no reconocer las parejas del mismo sexo

Viernes, 24 de julio de 2015
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tribunal-europeo-de-derechos-humanos-de-estrasburgoLa Corte Europea de Derechos Humanos considera que Italia debería introducir reconocimiento legal para las parejas homosexuales. Los jueces condenan al país por violación de los derechos de tres parejas del mismo sexo.

Italia debe reconocer las parejas del mismo sexo. Así lo determina el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una sentencia referida a tres parejas de hombres a las que el Estado italiano ni ha permitido contraer matrimonio ni les ha ofertado una regulación alternativa, pese a que la propia justicia italiana ha demandado en repetidas veces a su Parlamento que legisle de una vez sobre la materia.

La propia Corte Constitucional de Italia dictaminó en 2010 que los derechos de las parejas del mismo sexo debían ser reconocidos bajo una forma u otra, aunque la fórmula no fuese necesariamente la del matrimonio (si bien tampoco había nada que constitucionalmente impidiese esta posibilidad, si el Parlamento lo decidía). Una línea argumentativa que han seguido después otros tribunales italianos sin que al legislativo le haya parecido urgente hacerles caso en estos últimos cinco años.

La sentencia de la Corte Constitucional italiana obedecía, de hecho, a dos requerimientos interpuestos por tribunales inferiores después de que dos parejas del mismo sexo recurrieran la negativa a celebrar su matrimonio. Una de ellas era la formada por Enrico Oliari y su novio, precisamente una de las tres parejas que han acabado recurriendo ante la justicia europea, que ahora les da la razón. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por unanimidad de los siete jueces que han participado en la sentencia, considera que el Estado italiano, al no reconocer las parejas del mismo sexo, ha violado el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que consagra el derecho al respeto a la vida privada y familiar, y le condena a indemnizar a cada uno de los demandantes con 5.000 euros (10.000 euros por pareja), además de abonarles las costas del proceso, que ascienden a 4.000 euros (en el caso de una de las parejas) y 10.000 (conjuntamente para las otras dos parejas).

El alto tribunal sugiere al Estado italiano que promueva una unión civil como la opción más apropiada para garantizar los derechos de las parejas demandantes, sin hacer referencia alguna al matrimonio igualitario. No es de extrañar, dado que ya en 2010 Estrasburgo sentenció que aunque las parejas del mismo sexo merecen protección jurídica los estados europeos no están obligados a permitir el matrimonio igualitario. El tribunal optó entonces por la interpretación mas restrictiva de la Convención Europea de Derechos Humanos, aunque aclaraba que su fallo no suponía posicionamiento en contra del matrimonio entre personas del mismo sexo, sino que consideraba que este asunto pertenece al ámbito de la soberanía de cada estado.

El Tribunal de Estrasburgo sostiene que “la protección jurídica actualmente disponible para las parejas del mismo sexo no sólo no garantiza las necesidades básicas para una pareja que está en una relación estable, sino que tampoco da ningún tipo de confianza”.

En concreto, la Corte condena a Italia por la violación de los derechos de las tres parejas del mismo sexo. Italia tendrá que pagar 5.000 euros por los daños morales causados “por violación del derecho al respeto de la vida privada y familiar”.

Las parejas, naturales de Trento, Mián y Liss (provincia de Milán) habían presentado un recurso al Tribunal de Estrasburgo porque sus ayuntamientos les impedían la posibilidad de unirse civilmente. La sentencia será firme si tras tres meses los solicitantes o el gobierno no impugnan y vuelven a someter a examen la cuestión.

El pasado 10 de junio, en la Asamblea del Partido Demócrata, el Primer Ministro Matteo Renzi prometió la aprobación a finales de este año de una ley de uniones civiles, tras su aprobación en la Cámara Baja del Parlamento.

Italia, una situación tercermundista en materia de derechos LGTB

Italia es, recordemos, el único gran país de Europa occidental que carece todavía de reconocimiento alguno de las parejas del mismo sexo, más allá de algunas iniciativas locales de escaso alcance real. Recientemente, tras el histórico resultado del referéndum irlandés sobre el matrimonio igualitario, el primer ministro Matteo Renzi declaraba que “las uniones civiles no pueden retrasarse más”. Y ello pese a que el propio Renzi ha actuado en el pasado como freno al proyecto (el Parlamento salido de las elecciones de 2013 no debía tener, en teoría, especiales dificultades para aprobar un proyecto así).

Por el momento, existe un proyecto presentado por la senadora Monica Cirinnà en junio de 2014, que reconocería a las parejas del mismo sexo su derecho a contraer una unión civil con derechos similares a los del matrimonio salvo la adopción conjunta (sí permitiría, bajo ciertas circunstancias, la adopción de los hijos que ya tenga la pareja) que ya ha recibido el visto bueno de la Comisión de Justicia del Senado, cámara en la que sin embargo el proyecto permanece estancado. Pero tras el referéndum irlandés Cirinnà se mostraba esperanzada y declaraba que “finalmente ha llegado el momento de que se apruebe antes del verano”.

Por el momento, no ha sido así, y de hecho lo que sucedió antes del verano fue una gran movilización de los sectores conservadores de la sociedad italiana, que a finales de junio organizaron una gran manifestación en Roma. Conviene tener en cuenta que en Italia la Iglesia católica cuenta con terminales activas en prácticamente todos los partidos. Uno de los líderes del movimiento homófobo en ese país es, por ejemplo, Mario Adinolfi, diputado del Partido Democrático –el mismo al que pertenecen Renzi y la senadora Cirinnà–.

Habrá que ver ahora si la sentencia de Estrasburgo sirve para acelerar el proyecto. Cabe recordar, en este sentido, que algo muy parecido ha pasado con Grecia, país al que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó en 2013 por no reconocer las parejas del mismo sexo y le instó a modificar su ley de uniones para incluirlas, aunque no ha sido hasta la llegada de Syriza al gobierno griego cuando este ha iniciado el proceso para dar cumplimiento a la sentencia.

Foto: Matteo Renzi via FB

Fuente Ragap y Dosmanzanas

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El activista ruso Nicolai Alekseev es sancionado con una multa por organizar la Marcha del Orgullo de Moscú

Sábado, 27 de junio de 2015
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AlekseevRedSqEl conocido activista ruso Nicolai Alekseev ha sido sancionado por un tribunal con una multa de 20.000 rublos por intentar celebrar la Marcha del Orgullo de Moscú sin autorización, tras pasar 10 días en la cárcel. Aunque ha presentado el correspondiente recurso, Alekseev no confía en la justicia rusa, por lo que ha expresado su intención de apelar finalmente ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Según el activista, la situación de los derechos humanos en Rusia, y de los derechos LGTB en particular, no hace más que empeorar.

El pasado 30 de mayo fueron detenidos tres de los activistas que intentaron celebrar la 10º Marcha del Orgullo de Moscú, a pesar de la prohibición dictada por las autoridades de la ciudad. El Ayuntamiento de Moscú había vuelto a denegar, por décimo año consecutivo, el permiso para la celebración del Orgullo LGTB, algo nada extraño viendo la manera en que el Gobierno ruso ha institucionalizado la homofobia y viene discriminando a las personas LGTB desde hace tiempo. Por si esto fuera poco, el portavoz de la alcaldía, Alexei Mayorov, advertía con la amenaza de que el incumplimiento de dicha negativa podría acarrear “riesgos”.

Según varios medios locales, el conocido activista Nicolai Alekseev fue atacado por radicales ortodoxos cuando se personó en la céntrica calle Tverskaya, una de las más concurridas de Moscú, para celebrar el acto. En ese momento, otros activistas que se encontraban en el lugar habrían acudido en ayuda de Alekseev lo que habría desembocado en un choque violento que obligó a las fuerzas del orden a bloquear el tráfico en esa zona. Asimismo, uno de los activistas intentó desplegar una bandera arcoíris a la vez que la policía se dispuso a detenerles. Durante el incidente, alrededor de treinta contramanifestantes lanzaron huevos a los participantes en el acto.

“Detenido y golpeado en el 10º Orgullo de Moscú. ¡Estamos detenidos! Seguramente me han roto el dedo de la mano izquierda”, denunciaba el propio Alekseev a través de Twitter, a lo que añadía que otros dos compañeros activistas habían sido detenidos como él “bajo la acusación de protesta ilegal y desobediencia a las órdenes de la policía”. Tras la detención, Alekseev ha permanecido encarcelado durante 10 días y ha sido condenado por el tribunal municipal de Moscú a una multa de 20.000 rublos (330 euros, 370 dólares). Es la primera vez que el intento de celebración del Orgullo ha ocasionado el encarcelamiento de los participantes, ya que en años anteriores los detenidos habían permanecido arrestados en las dependencias policiales y habían sido puestos en libertad en breve tiempo.

En declaraciones efectuadas a Gay Star News, Nicolai Alekseev muestra su preocupación por el incremento de la hostilidad de las autoridades rusas hacia la los miembros de la comunidad LGTB, a la vez que expresa su intención de acudir a las instancias europeas para denunciar los abusos a los que se ven sometidos:

No espero nada ni tengo confianza en los tribunales rusos. Por eso, las prohibiciones de los eventos del Orgullo, así como las detenciones y la multa serán todas apeladas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La situación en materia de derechos humanos en general, y de los derechos LGBT en particular, está empeorando en Rusia. Ha sido la primera vez, en los 10 años que organizo la Marcha del Orgullo de Moscú, que alguien ha sido enviado a prisión por participar en ella. Es una nueva forma de presionar a los activistas para disuadirlos de manifestarse en las calles. Enormes multas, detenciones, despidos de sus trabajos. No espero que la situación vaya a mejorar en un futuro próximo, pero el Consejo de Europa y el Tribunal Europeo debe presionar más al Gobierno ruso respecto a la situación de las personas LGBT en Rusia y las violaciones de sus derechos.

Recordemos que, desde 2013, la administración rusa tiene prohibido informar positivamente de la homosexualidad a menores, una legislación que permite que aquellos que, simplemente, enarbolan una bandera arcoíris o reivindican la celebración del Orgullo sean detenidos y sancionados. Aun más temible es la práctica impunidad con que actúan grupos como Occupy Pedofilyaj y similares, dedicados al acoso, tortura e incluso asesinato de personas LGTB ante la pasividad muda de las autoridades.

Fuente Dosmanzanas

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