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El Tribunal Constitucional rumano anula el proyecto de ley para prohibir los estudios sobre diversidad de género

Miércoles, 13 de enero de 2021
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200-bandera-RumaniaF078BB38-5CB2-46C0-8C94-C1C9FF189014El Tribunal Constitucional de Rumanía ha sentenciado que la reforma para prohibir el estudio de la diversidad en la identidad de género en todas las instituciones educativas es contraria a la ley fundamental del país. El proyecto en cuestión fue aprobado por el Parlamento el pasado mes de junio. El presidente del país, Klaus Iohannis, rechazó promulgarlo con su firma por considerarlo contrario a la libertad de expresión, al principio de igualdad y a los derechos de los menores. En su lugar, la remitió al Constitucional, que ahora le ha dado la razón.

En junio de este año, el Senado rumano aprobó una modificación de la ley de educación para prohibir «la propagación de teorías y opiniones sobre la identidad de género si esta es un concepto separado del sexo biológico». Se trataba de una proposición de ley del democristiano Partido del Movimiento Popular del expresidente Traian Băsescu (PMP, ahora extraparlamentario), que recibió el apoyo de los socialdemócratas (PSD) y de los socioliberales de PRO Rumanía, una escisión del PSD. La centrista Unión Salvar Rumanía (USR) y los representantes de la minoría húngara se opusieron, mientras que el conservador Partido Nacional Liberal (PNL), a la cabeza del Gobierno, se abstuvo.

La iniciativa pretendía extenderse a todas las instituciones educativas y mereció la condena unánime de universidades, profesores, organizaciones estudiantiles y asociaciones LGTBI. La Universidad de Bucarest advirtió de que suponía una vulneración de derechos fundamentales como la libertad de expresión, mientras que el la Alianza Nacional de Organizaciones Estudiantiles consideró que llevaría el país «a la Edad Media» y sería un ataque directo a la comunidad trans. La organización LGTBI MozaiQ inició una recogida de firmas contra la propuesta que sumó más de 55.000 adhesiones.

El presidente de Rumanía, Klaus Iohannis, fue sensible a estos llamamientos y rechazó promulgar la ley con su firrma, al considerar que supondría una legitimación de la censura y que vulneraría numerosos preceptos constitucionales. En el uso de sus prerrogativas, que en el sistema semipresidencial de Rumanía son relativamente amplias, Iohannis remitió el texto el pasado mes de julio al Tribunal Constitucional para que se pronunciara sobre su contenido. El fallo llegó el 16 de diciembre y, aunque no se ha hecho pública aún la argumentación, da la razón al presidente y declara nula la proposición de ley por inconstitucional.

Desde MozaiQ se han felicitado por la sentencia del alto tribunal, que supone «un triunfo conjunto de la sociedad civil y de las personas que apoyan a la comunidad LGTB en Rumanía». Y, en especial, a «la comunidad transgénero, que más que nunca tuvo el valor de levantarse, luchar por los derechos civiles y hacerse oír». En resumen, «un avance para la democracia en Rumanía».

La tentación regresiva en los derechos LGTBI en Rumanía

Rumanía viene experimentando ciertos retrocesos en materia de derechos de la comunidad LGTBI en los últimos años impulsados por la vía política. Afortunadamente, en 2018 la ciudadanía dio la espalda al referéndum que pretendía incluir en la Constitución la prohibición expresa al matrimonio igualitario. En 2019, sin embargo, el Senado rechazaba dos proposiciones de ley de uniones civiles que incluían a parejas del mismo sexo. Cabe destacar, en este sentido, que la falta de compromiso con los derechos LGTBI se extiende tanto a derecha como a izquierda. Particularmente significativo es el posicionamiento de los socialdemócratas (PSD), que apoyaron el blindaje constitucional del matrimonio excluyente y también votaron a favor de la reforma educativa que ahora ha abortado el Tribunal Constitucional. Más sensibles a la igualdad LGTBI se han mostrado el presidente Klaus Iohannis y la formación centrista y anticorrupción USR.

Fuente Dosmanzanas

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El Parlamento de Rumanía intenta prohibir el estudio de la diversidad en la identidad de género

Martes, 18 de agosto de 2020
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200-bandera-RumaniaEl Parlamento rumano aprobó en junio una modificación de la ley de educación que prohíbe «la propagación de teorías y opiniones sobre la identidad de género si esta es un concepto separado del sexo biológico». Una legislación que se extiende a todas las instituciones educativas y que ha merecido la condena unánime de universidades, profesores y organizaciones estudiantiles. El presidente del país, Klaus Iohannis ha rechazado promulgarla y la remitido para su valoración por el Tribunal Constitucional.

Con la aprobación de la enmienda, el Parlamento rumano sigue la estela de Hungría, que ya en 2018 prohibió los programas de estudios de género en las dos universidades húngaras que los ofrecían. Un movimiento institucional que se ha encontrado el rechazo casi unánime de la comunidad educativa rumana. La Universidad de Bucarest ha advertido en un comunicado que esta iniciativa, que supone un ataque frontal a la autonomía universitaria, «contradice derechos fundamentales garantizados en la Constitución rumana y diversos tratados internacionales de los que Rumanía forma parte». Y añade que «el texto de la ley no tiene una base científica y supone una interferencia flagrante en la educación y la libertad de expresión».

La Universidad Babeș-Bolyai, por su parte, se muestra «asombrada» por el hecho de que una teoría académica «pueda ser prohibida por ley» y acusó a los promotores del texto de «estar creando un indeseado precedente en la actividad científica y académica». Opiniones a las que se han sumado diversos profesores universitarios a través de sus redes sociales personales. Destaca la opinión de Vlad Alexandrescu, que además de profesor es senador de Unión Salvar Rumanía (USR), una formación anticorrupción de caracter liberal. «Rumanía se está alineando con las posiciones promovidas por Hungría y Polonia y convirtiéndose en un régimen autoritario», ha advertido (además de la prohibición semejante ya decretada en Hungría conviene recordar, en este punto, la reciente iniciativa polaca  para prohibir la educación sexual).

A este rechazo de los docentes se les suman las principales organizaciones estudiantiles del país. La Alianza Nacional de Organizaciones Estudiantiles y el Consejo Nacional de Estudiantes han impulsado una petición para que el presidente Iohannis rechace la ley argumentando que esta devolvería a Rumanía «a la Edad Media». «Es más, consideramos esta ley un ataque directo a la comunidad transgénero, con la que nos solidarizamos», han añadido desde estas organizaciones.

Un llamamiento que el presidente de Rumanía ha sido sensible: Klaus Iohannis ha rechazado promulgar la ley al considerar que supone un acto de censura y vulnera numerosos preceptos constitucionales. En uso de sus prerrogativas, Iohannis ha remitido el texto al Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre su constitucionalidad. Por el momento se desconoce cuándo el alto tribunal se pronunciará.

Un país en retroceso en materia LGTBI

Rumanía viene experimentando ciertos retrocesos en materia de derechos de la comunidad LGTBI en los últimos años impulsados por la vía política. Afortunadamente, en 2018 la ciudadanía dio la espalda al referéndum que pretendía incluir en la Constitución la prohibición expresa al matrimonio igualitario. En 2019, sin embargo, el Senado rechazaba dos proposiciones de ley de uniones civiles que incluían a parejas del mismo sexo. Cabe destacar, en este sentido, que la falta de compromiso con los derechos LGTBI se extiende tanto a derecha como a izquierda. En este momento son los conservadores los que gobiernan el país, pero bajo el mandato de los socialdemócratas estos se mostraron conformes, por ejemplo, con la prohibición del matrimonio igualitario. Excepciones notables las constituyen el presidente, el conservador Klaus Iohannis, que sí se ha mostrado más respetuoso con los derechos de las minorías, o el mencionado partido anticorrupción USR.

No es de extrañar que año tras año Rumanía descienda posiciones en la clasificación de ILGA Europa sobre respeto a los derechos de las personas LGTBI+, ocupando en este momento la posición 39 de un total de 49 estados.

Fuente Dosmanzanas

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El Senado de Rumanía rechaza dos proposiciones de ley de uniones civiles que incluían a parejas del mismo sexo

Jueves, 28 de marzo de 2019
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Coat_of_arms_of_the_Senate_of_RomaniaUna comisión del Senado rumano ha rechazado dos proposiciones de ley de uniones civiles para las parejas de distinto o del mismo sexo. El primer proyecto lo había redactado el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación y contaba con el apoyo de 42 parlamentarios de cuatro partidos diferentes. Pero el senador socialdemócrata (PSD) Șerban Nicolae, vicepresidente de la comisión, opinó que la medida «no está justificada» ni «responde a ninguna necesidad social». A diferencia de la primera, que excluía la adopción conjunta, la segunda propuesta dejaba este asunto abierto. La habían elaborado los liberales del ALDE y se saldó también con el rechazo de la comisión.

La posibilidad de aprobar una ley de uniones civiles se viene discutiendo en Rumanía desde hace más de diez años. En 2008, el senador de la minoría húngara Péter Eckstein-Kovács presentaba una proposición de ley que decayó con la convocatoria de las elecciones de ese año. En 2011, fue un senador liberal-conservador (PNL), Viorel Arion, el que introdujo un nuevo texto, que llegó a recibir un dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados. Pero el Gobierno del conservador Emil Boc rechazó su tramitación. Dos años después, el diputado verde Remus Cernea lo volvía a intentar en la cámara baja, donde se topó con el rechazo de la comisión.

Hace ahora un año, el Consejo Nacional contra la Discriminación (CNCD) redactó una propuesta legislativa que presentó al Gobierno y a los partidos con representación parlamentaria. En su elaboración participaron también asociaciones LGTB como ACCEPT y MozaiQ. Se trata de una regulación de las parejas del mismo o de distinto sexo que otorga derechos similares al matrimonio en áreas como la seguridad social, fiscalidad o prevención de la violencia doméstica. La medida excluye la posibilidad de la adopción conjunta para las parejas del mismo sexo, que en cambio verían reconocido su matrimonio contraído legalmente en otro país como una unión civil.

Se redactó una proposición de ley sobre la base del texto presentado por el CNCD, que fue secundada por 42 parlamentarios del PSD, PNL, USR (Unión Salvar Rumanía, anticorrupción) y UDMR (minoría húngara). El 31 de octubre del año pasado se registraba la medida ante el Parlamento. Paralelamente, el diputado Andrei Gerea y el senador Ion Popa, ambos de ALDE, presentaban su propia proposición de ley de uniones civiles el 2 de noviembre. El texto equipara las parejas unidas con los matrimonios en materia de herencia, pensión de viudedad, seguridad social y obtención de la ciudadanía, entre otros. A diferencia de la propuesta multipartita, no prohibía ni regulaba la adopción conjunta.

El pasado martes 12 de marzo, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Senado, con mayoría socialdemócrata, rechazaba ambas propuestas. Sobre la primera, el vicepresidente Șerban Nicolae opinaba que «no está justificada» ni «responde a ninguna necesidad social». Edward Dirca, senador del USR y uno de los firmantes del texto, le replicó que «ya va siendo hora» de crear un marco legal de uniones civiles. Los representantes de las asociaciones LGTB también lamentaron el dictamen desfavorable y recordaron que Italia y Grecia recibieron sanciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por no regular las uniones entre personas del mismo sexo.

El fracaso del referéndum contra el matrimonio igualitario

En julio de 2016 comenzó en Rumanía un proceso para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario. Fue cuando el Tribunal Constitucional dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación promovida por la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa), que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo de 2017 se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada en septiembre del año pasado. En ambos casos se alcanzó la mayoría requerida de dos tercios.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tuvo vía libre para ser votada en referéndum. El objetivo era cambiar la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Para que el resultado de la consulta popular fuera válido, debía participar al menos el 30% del censo electoral y los votos favorables superar el 50%. El plebiscito se celebró en dos jornadas, el 6 y 7 de octubre y fracasó estrepitosamente al congregar tan solo al 20,41% de la población con derecho a voto.

La situación de las parejas del mismo sexo en Rumanía

Todo este proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se desarrolló parcialmente de forma paralela a la batalla legal de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica y presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre de 2016 que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario.

Posteriormente, el alto tribunal rumano dio a conocer los considerandos de su decisión. Los jueces se remitían a la sentencia europea y la interpretaban de acuerdo con legislación rumana. Concretamente, establecen que las parejas del mismo sexo tienen derecho a la protección de la vida privada y familiar que consagra el artículo 26.1 de la Constitución rumana:

Las autoridades públicas respetarán y protegerán la vida íntima, familiar y privada.

El Constitucional consideraba que este artículo debía interpretarse en un sentido inclusivo con las personas LGTB. Aún más, afirmaba que las parejas del mismo sexo «tienen derecho, con el tiempo y de acuerdo con la ley, a disfrutar de un reconocimiento legal y jurídico de sus derechos y obligaciones». Las derivaciones legales de esta formulación no están claras, porque el alto tribunal no ha ordenado el reconocimiento inmediato de las parejas del mismo sexo, sino que deja la regulación en manos del legislativo. La traslación del mandato de igualdad, por tanto, puede durar aún mucho tiempo, si es que se llega a producir. Expertos legales opinan que el fallo solo obliga a las autoridades a reconocer a las parejas del mismo sexo los mismos derechos y obligaciones que a las parejas de distinto sexo no casadas. Es decir, casi ninguno en la actualidad, ya que Rumanía sigue careciendo de una ley de uniones civiles tras el rechazo de las dos últimas propuestas.

Fuente Dosmanzanas

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Fracaso rotundo del referéndum para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario en Rumanía

Martes, 9 de octubre de 2018
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viorica-dancila-primera-ministra-de-rumania-referendum-matrimonio-300x155Viorica Dancila, primera ministra de Rumanía, deposita su voto en el referéndum

El referéndum para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario en Rumanía no ha alcanzado el mínimo de participación necesario para ser efectivo. Solo un 20,41 % de los censados ha acudido a las urnas, frente al 30 % necesario, lo cual puede calificarse sin duda alguna como de enorme fracaso para los convocantes. Rumanía, pues, no se suma a la lista de países europeos donde el matrimonio entre personas del mismo sexo está expresamente prohibido en su Constitución, si bien la legislación ordinaria sí lo continúa impidiendo. Actualizaremos la noticia cuando se conozcan los datos del escrutinio con la decisión, ya sin relevancia, de los escasos participantes.

Casi diecinueve millones de ciudadanos rumanos habían sido convocados para votar en referéndum la prohibición constitucional del matrimonio entre personas del mismo sexo. Para que el resultado fuera vinculante, se necesitaba que participase al menos el 30 % de los censados. Sin embargo, y a pesar de la fuerte presión de los sectores más LGTBfobos —sobre todo la Iglesia ortodoxa— y el apoyo de la mayoría de los partidos políticos, la participación tan solo ha alcanzado el 20,41 %, por lo que, sea cual sea el resultado del escrutinio final, el texto constitucional no puede ser modificado. La legislación ordinaria sigue impidiendo el matrimonio igualitario en Rumanía, pero al menos su Constitución seguirá sin prohibirlo.

El proceso lleva fraguándose desde julio de 2016, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación, que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo del año pasado se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. El resultado allí fue de 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada el pasado mes de septiembre. En la cámara alta también se superó la mayoría de dos tercios requerida: 107 votos a favor frente a 13 en contra y siete abstenciones. La única formación en oponerse fue la Unión Salvar Rumanía (USR), un partido anticorrupción de reciente fundación cuyo líder Dan Barna tachó la medida de maniobra de distracción frente a otros problemas más acuciantes.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tuvo vía libre para ser votada en referéndum. El objetivo era cambiar la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Para que el resultado de la consulta popular fuera válido, debía participar al menos el 30 % del censo electoral y los votos favorables superar el 50 %. El plebiscito se ha celebrado en dos jornadas, el 6 y 7 de octubre. El primer día, la participación solo alcanzó el 5,72 %, mientras que en la segunda jornada se ha llegado solamente hasta el 20,41 % de participación definitiva.

Tras el resultado, el líder de la USR, Dan Barna, ha pedido la dimisión del Gobierno por «haber dilapidado cuarenta millones de euros en una fantasía». La promotora Coalición por la Familia ha reconocido el mal resultado, aunque se felicita por haber movilizado a casi cuatro millones de rumanos. Por su parte, las asociaciones en defensa de los derechos LGTB, que habían pedido el boicot al referéndum, se han congratulado de que la población se haya abstenido de manera tan clara, pero aún así reclaman que «la comunidad de gais, lesbianas, bisexuales y personas transgénero es parte de la población del país, y tiene muchas familias, que en este momento carecen totalmente de reconocimiento y protección legales. Es hora de que el estado rumano, a través de las autoridades competentes, garantice la igualdad de derechos y obligaciones para las parejas del mismo sexo».

La situación de las parejas del mismo sexo en Rumanía

Todo este proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se ha desarrollado parcialmente de forma paralela a la batalla legal de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario.

Posteriormente, el alto tribunal rumano dio a conocer los considerandos de su decisión. Los jueces se remitían a la sentencia europea y la interpretaban de acuerdo con legislación rumana. Concretamente, establecen que las parejas del mismo sexo tienen derecho a la protección de la vida privada y familiar que consagra el artículo 26.1 de la Constitución rumana:

Las autoridades públicas respetarán y protegerán la vida íntima, familiar y privada.

El Constitucional consideraba que este artículo debía interpretarse en un sentido inclusivo con las personas LGTB. Aún más, afirmaba que las parejas del mismo sexo «tienen derecho, con el tiempo y de acuerdo con la ley, a disfrutar de un reconocimiento legal y jurídico de sus derechos y obligaciones». Las derivaciones legales de esta formulación no están claras, porque el alto tribunal no ha ordenado el reconocimiento inmediato de las parejas del mismo sexo, sino que deja la regulación en manos del legislativo. La traslación del mandato de igualdad, por tanto, puede durar aún mucho tiempo, si es que se llega a producir.

Expertos legales citados por la web queer.de opinan que el fallo solo obliga a las autoridades a reconocer a las parejas del mismo sexo los mismos derechos y obligaciones que a las parejas de distinto sexo no casadas. Es decir, casi ninguno en la actualidad, ya que Rumanía carece de una ley de uniones civiles. La mención a un «reconocimiento legal y jurídico» de las parejas del mismo sexo podría abrir, sin embargo, el debate legislativo y social sobre esta vía.

El matrimonio igualitario en Europa

Las parejas del mismo sexo pueden contraer matrimonio en 16 países europeos (entre paréntesis, el año de entrada en vigor de las respectivas normativas):

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal (2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014 en Inglaterra, Gales y Escocia, sin que exista legislación igualitaria en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda (2015), Finlandia (2017) y Alemania  , Malta (2017) y Austria (2019).

Reino Unido (2014 en Inglaterra, Gales y Escocia, sin que exista legislación igualitaria en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda (2015), Finlandia (2017), Alemania (2017), Malta (2017) y Austria (2019).

Por otra parte, existen 13 países europeos cuyas respectivas constituciones prohíben expresamente el matrimonio igualitario (entre paréntesis, el año en que entró en vigor la prohibición constitucional):

Bulgaria (1991), Lituania (1992), Bielorrusia (1994), Moldavia (1994), Ucrania (1996), Polonia (1997), Letonia (2006), Serbia (2006), Montenegro (2007), Hungría (2012), Croacia (2013), Eslovaquia (2014) y Armenia (2015).

Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño:

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Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Constitucional de Rumanía sentencia que las parejas homosexuales han de tener igualdad de derechos

Miércoles, 3 de octubre de 2018
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200-bandera-RumaniaImportante toma de posición de la justicia rumana sobre los derechos LGTB. El Tribunal Constitucional ha publicado los considerandos de su sentencia del pasado mes de junio en la que reconoció el derecho de residencia a los cónyuges de ciudadanos comunitarios. Según el alto tribunal, las parejas del mismo sexo están amparadas por el derecho constitucional a la protección de la vida privada y familiar. El fallo va en la dirección contraria a la del referéndum del próximo 7 de octubre, en el que se votará una reforma de la ley fundamental para blindar la exclusión de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio. 

A mediados del mes pasado conocíamos que el Senado de Rumanía daba vía libre al referéndum para prohibir el matrimonio igualitario en la Constitución, con lo que Rumanía estaría un paso más cerca de convertirse en el próximo país que eleva a nivel constitucional la discriminación de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio. Más de un año después de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Senado rumano ha dado su visto bueno a la iniciativa para definirlo como la unión de un hombre y una mujer en la norma fundamental. La propuesta de reforma constitucional será sometida a referéndum el próximo 7 de octubre. Si gana el «sí», Rumanía se sumará al grupo de países en los que el matrimonio excluyente está blindado al más alto nivel normativo.

La aprobación por el Senado era el último trámite legislativo que debía superar la iniciativa de la Coalición por la Familia, un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa, en su batalla para conseguir el referéndum para fijar el matrimonio excluyente en la Constitución. El proceso lleva fraguándose desde julio de 2016, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación, que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo del año pasado se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. El resultado allí fue de 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada el pasado martes día 11 de septiembre. En la cámara alta también se superaron la mayoría de dos tercios requerida: 107 votos a favor frente a 13 en contra y siete abstenciones. La única formación en oponerse fue la Unión Salvar Rumanía (USR), un partido anticorrupción de reciente fundación cuyo líder Dan Barna tachó la medida de maniobra de distracciónfrente a otros problemas más acuciantes.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tiene vía libre para ser votada en referéndum. La consulta se celebrará el próximo 7 de octubre y será válida si participa al menos el 30 % del censo electoral y los votos a favor superan el 50 %. En ese caso, se cambiará la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Cabe destacar que, a pesar de que la norma fundamental no haga mención explícita al sexo de los contrayentes, la legislación ordinaria ya impide el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta y la participación supera el mínimo, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto el líder socialdemócrata Liviu Dragnea como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

Sin embargo,  el Tribunal Constitucional del país acaba de decir que las parejas formadas por dos personas del mismo sexo han de tener los mismos derechos que las parejas formadas por dos personas del sexo opuesto. Según los jueces del Tribunal Constitucional rumano, las parejas homosexuales tienen derecho a llevar una vida privada y familiar exactamente igual que las parejas heterosexuales, pues han de tener “el mismo reconocimiento legal de sus derechos y obligaciones“. Que es, curiosamente, un argumento muy parecido al que terminó por tumbar la sección 377 en India, lo que llevó a la legalización de la homosexualidad allí hace unas semanas. Básicamente: va contra la Constitución cualquier ley que penalice lo que la Constitución protege.

Desde Accept, un grupo de derechos LGTB+ rumano, Teodora Ion-Rotaru ha explicado que la sentencia es “extremadamente importante“: “Lo que dice es que las parejas homosexuales han de tener los mismos derechos que las heterosexuales. El Tribunal ha sentenciado que una familia homosexual vale lo mismo que una familia heterosexual.

Aunque el referéndum contra el matrimonio igualitario de los próximos días 6 y 7 de octubre sigue adelante, parece que aunque el resultado afiance la homofobia del país el Gobierno no lo tendrá fácil para modificar la Constitución rumana y definir el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer. Porque aunque esta sentencia llegue antes de esa reforma (ahora mismo la Constitución define el matrimonio como una union entre dos cónyuges) muchos expertos ya han avisado de que modificar eso podría suponer una violación de la propia carta magna, un ataque a los derechos humanos de la población homosexual y, además, va en contra de lo que la Unión Europea lleva meses diciendo.

El proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se ha desarrollado parcialmente de forma paralela a la batalla legal de de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. Esta sentencia convertiría en poco más que papel mojado la posible prohibición constitucional del matrimonio igualitario, al menos en lo que se refiere al derecho de residencia de las parejas casadas en los que alguno de los miembros se ciudadano de la Unión.

Fuente | Associated Press, vía EstoyBailando/Cristianos Gays

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El Senado de Rumanía da vía libre al referéndum para prohibir el matrimonio igualitario en la Constitución

Sábado, 15 de septiembre de 2018
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200-bandera-RumaniaRumanía está un paso más cerca de convertirse en el próximo país que eleva a nivel constitucional la discriminación de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio. Más de un año después de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Senado rumano ha dado su visto bueno a la iniciativa para definirlo como la unión de un hombre y una mujer en la norma fundamental. La propuesta de reforma constitucional será sometida a referéndum el próximo 7 de octubre. Si gana el «sí», Rumanía se sumará al grupo de países en los que el matrimonio excluyente está blindado al más alto nivel normativo.

La aprobación por el Senado era el último trámite legislativo que debía superar la iniciativa de la Coalición por la Familia, un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa, en su batalla para conseguir el referéndum para fijar el matrimonio excluyente en la Constitución. El proceso lleva fraguándose desde julio de 2016, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación, que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo del año pasado se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. El resultado allí fue de 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada el pasado martes. En la cámara alta también se superaron la mayoría de dos tercios requerida: 107 votos a favor frente a 13 en contra y siete abstenciones. La única formación en oponerse fue la Unión Salvar Rumanía (USR), un partido anticorrupción de reciente fundación cuyo líder Dan Barna tachó la medida de maniobra de distracciónfrente a otros problemas más acuciantes.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tiene vía libre para ser votada en referéndum. La consulta se celebrará el próximo 7 de octubre y será válida si participa al menos el 30 % del censo electoral y los votos a favor superan el 50 %. En ese caso, se cambiará la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Cabe destacar que, a pesar de que la norma fundamental no haga mención explícita al sexo de los contrayentes, la legislación ordinaria ya impide el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta y la participación supera el mínimo, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto el líder socialdemócrata Liviu Dragnea como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

En la línea contraria a la justicia europea

El proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se ha desarrollado parcialmente de forma paralela a la batalla legal de de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. Esta sentencia convertiría en poco más que papel mojado la posible prohibición constitucional del matrimonio igualitario, al menos en lo que se refiere al derecho de residencia de las parejas casadas en los que alguno de los miembros se ciudadano de la Unión.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Constitucional rumano reconoce el derecho de residencia a los cónyuges del mismo sexo de ciudadanos comunitarios

Viernes, 20 de julio de 2018
Comentarios desactivados en El Tribunal Constitucional rumano reconoce el derecho de residencia a los cónyuges del mismo sexo de ciudadanos comunitarios

adrian-si-clabourn2Una larga batalla jurídica se cierra: el Tribunal Constitucional rumano ha sentenciado que los cónyuges del mismo sexo de ciudadanos de la Unión Europea tienen el derecho a obtener el permiso de residencia en Rumanía. El fallo resulta de la adopción de la histórica sentencia de la justicia europea del pasado mes de junio, según la cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. La sentencia del alto tribunal rumano resuelve así, de conformidad con la justicia europea a la que había consultado, el litigio presentado por una pareja de un rumano y un estadounidense legalmente casados en Bélgica y que ahora podrán por fin establecerse en Rumanía como era su deseo.

El caso que ha culminado en la sentencia del miércoles pasado es conocido: Adrian Coman, ciudadano rumano, y Robert Hamilton, ciudadano estadounidense, presentaron una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio, celebrado en Bélgica. Una falta de reconocimiento legal que impedía a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras un largo proceso judicial, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentaban que se trataba de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo. Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) anunciaba que la Gran Sala se haría cargo de las deliberaciones. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia.

Finalmente, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado mes de junio fue favorable a los demandantes. El fallo explica que en el contexto de la libertad de circulación y residencia, el concepto «cónyuge» debe interpretarse como «neutro desde el punto de vista del género, por lo que puede incluir al cónyuge del mismo sexo del ciudadano de la Unión», con independencia de que ese cónyuge sea a su vez un ciudadano comunitario o no. La sentencia se cuida de salvaguardar el derecho de los Estados miembros a autorizar o no el matrimonio igualitario, aunque matiza que «la relación que mantiene una pareja homosexual puede estar comprendida en el concepto de ‘vida privada’ y en el de ‘vida familiar’ del mismo modo que la de una pareja heterosexual que se encuentre en la misma situación».

Como avanzábamos entonces, la sentencia europea fue la respuesta a una remisión prejudicial, que permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio, interroguen al Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. Pero el Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional: es el tribunal de cada país quien debe resolver el litigio de conformidad, eso sí, con la decisión europea. Es lo que ha hecho ahora el Tribunal Constitucional de Rumanía al resolver en favor del matrimonio Coman-Hamilton y de todos los casos análogos que pudieran ocurrir. Un país, Rumanía, en el que en este momento se está desarrollando en paralelo un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario vía referéndum.

La decisión favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sin embargo, convertiría en papel mojado dicha prohibición por lo que a los matrimonios con otros ciudadanos de la Unión se refiere, lo que no es poco. Y sobre todo, la decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar. De esta forma, la resolución sienta un importantísimo precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias. Y muy especialmente en el caso de los seis Estados miembros que carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo, y que además de Rumanía son Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia.

Situaciones como la que han sufrido Adrian Coman y su marido, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarán a ser parte del pasado. La de Rumanía, de hecho, es la segunda sentencia sobre libertad de circulación de los matrimonios del mismo sexo que se basa en la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Hace unos días, el Tribunal Administrativo de Sofía, en Bulgaria, reconocía el derecho de residencia al matrimonio formado por una ciudadana australiana-chilena y su esposa francesa, legalmente casadas en Francia.

Fuente Dosmanzanas

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Sentencia histórica del Tribunal de Justicia de la UE: los Estados no pueden negar la residencia a un cónyuge del mismo sexo aunque sea nacional de un tercer estado

Miércoles, 6 de junio de 2018
Comentarios desactivados en Sentencia histórica del Tribunal de Justicia de la UE: los Estados no pueden negar la residencia a un cónyuge del mismo sexo aunque sea nacional de un tercer estado

justice-europeImportantísima sentencia la dada a conocer este martes por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según la cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. «Aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión denegando a su cónyuge del mismo sexo, nacional de un Estado no miembro de la Unión, la concesión un derecho de residencia derivado en su territorio», señala el alto tribunal europeo en el comunicado de prensa en el que da a conocer el fallo.

El caso es conocido en esta página: Adrian Coman, ciudadano rumano, y Robert Hamilton, ciudadano estadounidense, presentaron una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio, celebrado en Bélgica. Una falta de reconocimiento legal que impedía a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras un largo proceso judicial, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentaban que se trataba de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo. Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) anunciaba que la Gran Sala se haría cargo de las deliberaciones. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia.

Semanas después, en enero de 2018, nos llegó una primera noticia muy positiva: el prestigioso jurista belga Melchior Wathelet, uno de los once abogados generales con los que actualmente cuenta el Tribunal Superior de Justicia de la Unión (él mismo fue juez de la Corte Europea de Justicia) daba la razón a los demandantes. Y aunque las conclusiones del abogado general no vinculan necesariamente al Tribunal de Justicia (su función consiste en proponer a este una solución jurídica al asunto del que se ocupa), finalmente el Tribunal ha coincidido con su criterio.

Mediante su sentencia dictada hoy, y según el comunicado hecho público por la institución, «el Tribunal de Justicia de la Unión Europea señala que en el contexto de la Directiva relativa al ejercicio de la libertad de circulación, el concepto de ‘cónyuge’, que designa a una persona unida a otra mediante el vínculo matrimonial, es neutro desde el punto de vista del género, por lo que puede incluir al cónyuge del mismo sexo del ciudadano de la Unión». Y aunque la sentencia precisa que los Estados miembros disponen de la libertad de institucionalizar o no el matrimonio entre personas del mismo sexo, señala que «la negativa de un Estado miembro a reconocer, únicamente a efectos de conceder un derecho de residencia derivado a un nacional de un tercer Estado, el matrimonio de éste con un ciudadano de la Unión del mismo sexo, contraído legalmente en otro Estado miembro, puede obstaculizar el ejercicio del derecho de ese ciudadano a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros. Esto supondría que la libertad de circulación variaría de un Estado miembro a otro en función de las disposiciones de Derecho nacional que regulan el matrimonio entre personas del mismo sexo».

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se cuida de salvaguardar el derecho de los Estados miembros a autorizar o no el matrimonio igualitario, al asegurar que «la obligación de un Estado miembro de reconocer un matrimonio homosexual contraído en otro Estado miembro de conformidad con el Derecho de este último Estado, con el fin exclusivo de conceder un derecho de residencia derivado a un nacional de un tercer Estado, no afecta negativamente a la institución del matrimonio en el primer Estado miembro. En particular, esa obligación no impone a dicho Estado miembro el deber de contemplar la institución del matrimonio homosexual en su Derecho nacional». Sin embargo, matiza que «una medida nacional que pueda obstaculizar el ejercicio de la libre circulación de las personas sólo puede justificarse si es conforme con los derechos fundamentales garantizados por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Al estar garantizado el derecho al respeto de la vida privada y familiar en el artículo 7 de la Carta, el Tribunal de Justicia señala que también de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos resulta que la relación que mantiene una pareja homosexual puede estar comprendida en el concepto de ‘vida privada’ y en el de ‘vida familiar’ del mismo modo que la de una pareja heterosexual que se encuentre en la misma situación».

Rumanía debe actuar en consecuencia

Hay que tener en cuenta que hablamos de una remisión prejudicial, que permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio, interroguen al Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. Pero el Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional: es el tribunal de cada país quien debe resolver el litigio de conformidad, eso sí, con la decisión europea. Será, por tanto, el Tribunal Constitucional de Rumanía el que ahora debe resolver de forma efectiva en favor del matrimonio Coman-Hamilton. Un país, Rumanía, en el que en este momento se está desarrollando en paralelo un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario vía referéndum.

La decisión favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sin embargo, convierte en papel mojado dicha prohibición por lo que a los matrimonios con otros ciudadanos de la Unión se refiere, lo que no es poco. Y sobre todo, la decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar. De esta forma, la resolución sienta un importantísimo precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias. Y muy especialmente en el caso de los seis Estados miembros que carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo, y que además de Rumanía son Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia. Situaciones como la que han sufrido Adrian Coman y su marido, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarán a ser parte del pasado.

Fuente Dosmanzanas

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La homófoba Kim Davis publica “Bajo la autoridad de Dios”, un libro sobre su lucha contra los homosexuales

Lunes, 5 de marzo de 2018
Comentarios desactivados en La homófoba Kim Davis publica “Bajo la autoridad de Dios”, un libro sobre su lucha contra los homosexuales

kim-davis-god-authority-696x1053Kim Davis publica un libro en el que se erige como mártir y carga contra los “furiosos y vociferantes hombres homosexuales”

La funcionaria homófoba presenta su libro sobre “cómo Dios la ayudó a defender el matrimonio”.

Está publicado por Liberty Counsel, la firma de abogados que la defendió y que aseguraba que “a los homófobos se les trataba como los nazis a los judíos”

La funcionaria de Kentucky Kim Davis, que fue encarcelada por un delito de desacato en 2015 al desobedecer una orden judicial y bloquear la emisión de licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo, vuelve a la carga. Elevada a los altares de los sectores LGTBfóbicos, ultraconservadores y extremistas religiosos, Davis sigue explotando su pretendido rol de mártir en beneficio propio. Under God’s Authority: The Kim Davis Story (cuya traducción literal sería: Bajo la autoridad de Dios: la historia de Kim Davis), el libro que acaba de salir a la venta y que recoge su historia desde su propio y sesgado punto de vista, es una nueva muestra de su proceso de victimización. Los “malos”, según sus propias palabras, son “los furiosos y vociferantes hombres homosexuales”. Mike Huckabee, exgobernador de Arkansas, asegura que “es una gran lectura. Pero más que eso, esta notable historia de lo que Dios hizo en la vida de Kim me da esperanza para nuestra nación”. La última vez que Davis consiguió titulares fue el pasado mes de octubre, cuando se embarcó en un viaje de nueve días a Rumanía con el asesor de Liberty, Harry Mihet. Ambos se reunieron con grupos religiosos con el objetivo de alentar a los legisladores de este país a adoptar medidas contra el matrimonio entre personas del mismo sexo, incluyendo el veto constitucional discriminatorio.

Hacía mucho que no sabíamos nada de Kim Davis, nuestra homófoba favorita. Seguramente la recuerdes como la funcionaria homófoba de Kentucky que se negó a dar las licencias de matrimonio a cualquier pareja, heterosexuales incluidas, para evitar que las homosexuales pudieran casarse y por lo que estuvo cinco días en prisión.

Y ahora hemos sabido el motivo: ha estado ocupada coescribiendo un libro que, atención “va más allá de los entresijos y nos descubre cómo Dios le ha dado una plataforma para defender el mundo y la libertad religiosa”. Así al menos es como se anuncia en la web donde se puede comprar, que por cierto, es la del Liberty Counsel, la firma de abogados que defendió a Kim y que le organizó una gira por Rumanía contra el matrimonio igualitario y que se quejó porque a los pobres homófobos se les estaba tratando como los nazis a los judíos.

 Los otros autores son John Aman y Mat Staver, abogados defensores de Kim, mientras que el prólogo corre a cargo de Mike Huckabee, un conocido político republicano con unas ideas bastante homófobas. Bueno, el dice que no es homófobo, solo que respeta lo que dice la Biblia… y sobre el libro asegura que “es una gran lectura. Pero es más que es eso, es una increíble historia sobre cómo lo que hizo Dios con la vida de Kim me dio esperanzas para nuestro país”.

En la contraportada se puede leer esta magnífica sinopsis: “Es la historia de cómo Dios transformó su vida en 2011, por qué se retiró en 2014, y como sabía seis meses antes de la desastrosa decisión del Tribunal Supremo sobre el matrimonio igualitario y cómo la llevaría a la cárcel”. Vamos, que ahora Kim también es vidente.

En una cultura que degrada a las personas que obedecen obedientemente a Jesús, Kim Davis recurrió a su fortaleza cuando experimentó (y soportó) la persecución de la cultura, el tribunal y la muchedumbre, y sobrevivió para contarlo en su fascinante libro”, dice Franklin Graham, CEO de Billy Graham Evangelistic Association y Samaritan’s Purse. Para Graham, “su historia demuestra que una persona realmente puede hacer la diferencia cuando toma una posición por Cristo”. Así queda recogido en la web de Liberty Counsel, una “firma de abogados por las libertades civiles religiosas de interés público nacional” de EE UU, abiertamente LGTBfóbica, que publica y distribuye la obra de Kim Davis.

El libro Under God’s Authority: The Kim Davis Story está coescrito por John Aman, director de servicios creativos de Liberty Counsel, y Mat Staver, fundador y presidente de Liberty Counsel, que representó a Davis durante su caso en los tribunales estadounidenses. Además del referido apoyo del exgobernador de Arkansas, Mike Huckabee, Kim Davis también cuenta con el respaldo político de Matt Bevin, gobernador de Kentucky (el tercer republicano en acceder al cargo desde el final de la Segunda Guerra Mundial). En opinión de Bevin, “cuando la historia recurrió a Kim, ella estaba lista y dispuesta para responder”.

Activistas LGTBI locales señalan, en cambio, que el libro de Kim Davis debería llamarse Kim Davis Cost to Kentucky Taxpayers (cuya traducción sería: Coste para los contribuyentes de Kentucky), ya que las posiciones de la funcionaria supusieron un gasto de 222.695 dólares a cuenta del erario público, en concepto de honorarios legales.

Con la salida a la luz de su libro, Kim Davis pretende hacer campaña para ser reelegida en su puesto de funcionaria. Y no lo tendrá aparentemente fácil, dada la fuerte oposición de los demócratas, que quieren echarla de la oficina del registro. Entre ellos se encuentra David Ermold, uno de los hombres a los que Davis negó una licencia de matrimonio. Ermold se postula para “restaurar el liderazgo profesional, la equidad y la responsabilidad”.

En esta web hemos seguidos las andazas de Miss Davis porque nos parece un personaje digno de estudio. Porque ella mucho defender el “matrimonio tradicional” pero supimos que se había divorciado tres veces, que tiene un amigo gay y que hasta le ofrecieron medio millón de dólares por hacer porno lésbico.

Recordemos que el caso de Davis tuvo una repercusión mundial en 2015. Incluso llegó a ser recibida en una audiencia privada por el papa Francisco. Sin embargo, la conmoción desatada por esta noticia fue tan grande que el Vaticano acabaría desmintiendo oficialmente la versión de Davis y de sus abogados sobre las circunstancias en las que se produjo el encuentro, señalando que este, en cualquier caso, no suponía un apoyo oficial a sus posiciones. Es más, poco después del desmentido, se conocía que Francisco recibió a una pareja del mismo sexo argentina, uno de cuyos miembros mantiene un viejo vínculo personal con el papa.

Fuente | Kentucky.com, vía EstoyBailando/Dosmanzanas

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comienza a estudiar el caso de la pareja casada en Bélgica cuyo matrimonio no reconoce Rumanía

Miércoles, 6 de diciembre de 2017
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adrian-si-clabourn2Importante noticia la que hemos conocido esta semana: la Corte Europea de Justicia comenzó a examinar el martes pasado el caso de una pareja del mismo sexo casada legalmente en Bélgica, pero cuyo matrimonio no reconocen las autoridades de Rumanía. La resolución de este caso, que se conocerá previsiblemente el año que viene, podría sentar un importante precedente para la libertad de circulación de las personas LGTB en el territorio de la Unión Europea. Una sentencia positiva obligaría a todos los estados miembros a reconocer los matrimonios y uniones civiles legalmente celebrados en otros países de la Unión.

La Justicia europea ha empezado a deliberar sobre un asunto cuya resolución podría traer profundas consecuencias para las parejas del mismo sexo. Hemos informado del caso que llevan adelante Adrian Coman, un ciudadano rumano, y su marido estadounidense Robert Hamilton, casados legalmente en Bélgica. La pareja presentó una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio. Esta falta de reconocimiento legal impide a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país.

Tras un ya largo proceso judicial, en noviembre del año pasado el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo que ha sido vulnerada en su caso. La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de sus miembros es un ciudadano comunitario.

Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) ha anunciado que la Gran Sala se hará cargo de las deliberaciones, que comenzaron la semana pasada. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia. La resolución, que previsiblemente se conocerá ya en 2018, podría sentar un importante precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias.

Concretamente, podría tener consecuencias para los únicos seis Estados miembros que actualmente carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo: se trata, además de Rumanía, de Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia. Una sentencia favorable para los demandantes podría obligar a estos países a reconocer a las parejas del mismo sexo legalmente casadas o unidas civilmente en otros Estados de la Unión cuando al menos uno de los cónyuges sea ciudadano de un Estado miembro. Situaciones como la aquí descrita, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarían a ser parte del pasado.

Se trata de la primera vez que el Constitucional rumano acude al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que hace difícil hacer un pronóstico sobre el resultado final. Del alto tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas. Otras han sido más decepcionantes, como cuando hace dos años consideraba considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento.

En mayo de este año, la Cámara de Diputados aprobaba la medida por 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma de este tipo y en septiembre, el gobernante Partido Socialdemócrata anunciaba la próxima convocatoria de un referéndum que aún no se ha llevado a cabo. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta homófoba, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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Kim Davis, “heroína” de la derecha cristiana homófoba, apoya en Rumanía el veto constitucional al matrimonio igualitario

Miércoles, 18 de octubre de 2017
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1057Su nombre se hizo famoso hace dos años y grupos homófobos de todo el mundo la elevaron a sus altares como una mártir. La funcionaria de Kentucky Kim Davis, que fue encarcelada durante unos pocos días por impedir la concesión de licencias de matrimonio a las parejas del mismo sexo en su condado, ha vuelto a la escena pública. En esta ocasión, para apoyar la campaña contra el matrimonio igualitario en el referéndum que se celebrará en las próximas semanas en Rumanía y cuyo resultado podría significar el blindaje a nivel constitucional de la discriminación de las parejas del mismo sexo.

Rumanía avanza hacia el veto constitucional del matrimonio igualitario y lo hace con la ayuda de una de las “heroínas” de la causa homófoba. Kim Davis ha viajado al país europeo para participar en la precampaña del referéndum que, salvo sorpresas, elevará a la Constitución rumana la prohibición de contraer matrimonio para las parejas del mismo sexo. Davis ganó una gran notoriedad hace dos años por su “cruzada” contra la igualdad matrimonial en su Kentucky natal. Por desobedecer una orden judicial bloqueando la emisión de licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo en su condado, fue encarcelada por un delito de desacato. No obstante, sería liberada poco tiempo después con la condición de no seguir impidiendo las bodas entre personas del mismo sexo. Ahora, la funcionaria hablará en público y se reunirá con arzobispos ortodoxos durante sus nueve días de estancia en Rumanía.

Davis viaja junto con Harry Mihet, el vicepresidente de Asuntos Legales de Liberty Counsel, una asociación evangélica que se hizo cargo de la defensa de la funcionaria en 2015. La organización lleva años prestando asistencia legal a los contrarios a la igualdad LGTB en casos como la anulación de las leyes contra la sodomía en los Estados Unidos o la aprobación del matrimonio igualitario en Massachusetts y Nueva York. También ha defendido a Scott Lively, el activista tristemente conocido por promover la LGTBfobia de Estado más brutal en Uganda. En Rumanía, Liberty Counsel lleva meses colaborando con la Coalición por la Familia, un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa, en su batalla para conseguir el referéndum para blindar el matrimonio excluyente en la Constitución.

El referéndum, previsto para este otoño

Una consulta que está cada vez más cerca después de que Liviu Dragnea, líder del gobernante Partido Socialdemócrata (PSD) y presidente de la Cámara de Diputados, asegurara en septiembre que su formación promoverá su celebración en este mismo otoño. La victoria de la propuesta se da prácticamente por segura si se lleva a cabo finalmente el referéndum. La formación ya apoyó en mayo el proyecto en el Parlamento. La medida cosechó 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Si se cumple el calendario anunciado por Dragnea, tras su aprobación en la cámara baja la propuesta pasará en las próximas semanas al Senado, donde necesita también el voto favorable de las dos terceras partes. Si la cámara alta también apoya la iniciativa homófoba, lo que parece seguro tras el respaldo de los socialdemócratas, se convocará un referéndum sobre su aprobación definitiva. La consulta será válida si participa al menos el 30% del censo electoral y los votos a favor superan el 50%.

El proceso  lleva fraguándose desde julio del año pasado, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre la prohibición del matrimonio igualitario, que había reunido más de 3 millones de firmas. En un principio se planteó la posibilidad de que el referéndum se celebrara conjuntamente con las próximas elecciones generales. Pero el Senado del país decidió posponer la tramitación del proyecto hasta después de las elecciones legislativas del pasado mes de diciembre, y por ello se reactivó en mayo de este año.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. El objetivo de los sectores LGTBfobos es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto Dragnea como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

 Fuente Dosmanzanas

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El gobierno rumano prevé convocar este otoño el referéndum para prohibir el matrimonio igualitario

Sábado, 16 de septiembre de 2017
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indiceAmpliamos la noticia que ya publicábamos el pasado 6 de septiembre:

Rumanía avanza hacia el veto constitucional del matrimonio igualitario. Liviu Dragnea, líder del gobernante Partido Socialdemócrata (PSD) y presidente de la Cámara de Diputados, aseguró a principios de este mes que su formación apoyará la convocatoria de un referéndum en este otoño sobre el asunto. La victoria de la propuesta, que blindará al más alto nivel normativo la definición excluyente de la institución matrimonial, se da prácticamente por segura si se lleva a cabo finalmente la consulta.

Paso a paso, Rumanía se perfila como el próximo Estado europeo que prohibirá el matrimonio igualitario en su Constitución. El proceso ha recibido el impulso del presidente del Partido Socialdemócrata (PSD), Liviu Dragnea. La formación ya apoyó en mayo en la Cámara de Diputados el proyecto, surgido por iniciativa de la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa). La medida cosechó 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Si se cumple el calendario anunciado por Dragnea, tras su aprobación en la cámara baja la propuesta pasará en las próximas semanas al Senado, donde necesita también el voto favorable de las dos terceras partes. Si la cámara alta también apoya la iniciativa homófoba, lo que parece seguro tras el respaldo de los socialdemócratas, se convocará un referéndum sobre su aprobación definitiva. La consulta será válida si participa al menos el 30% del censo electoral y los votos a favor superan el 50%.

El proceso lleva fraguándose desde julio del año pasado, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre la prohibición del matrimonio igualitario, que había reunido más de 3 millones de firmas. En un principio se planteó la posibilidad de que el referéndum se celebrara conjuntamente con las elecciones generales del pasado diciembre. Pero el Senado decidió posponer la tramitación del proyecto hasta después de los comicios, y por ello se reactivó en mayo de este año.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. El objetivo de los sectores LGTBfobos es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto Dragnea como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

La vía judicial, en paralelo

El asunto del matrimonio igualitario está pendiente también de un proceso judicial. Se trata de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto, cosa que hasta ahora no se ha producido.

Fuente Dosmanzanas

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Rumanía: el referéndum para prohibir el matrimonio igualitario supera su primer trámite

Martes, 16 de mayo de 2017
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200-bandera-RumaniaRumanía da un paso más para convertirse en el próximo país en prohibir el matrimonio igualitario en su Constitución. La Cámara de Diputados del país apoyó el viernes pasado por una amplia mayoría la iniciativa de la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa) para elevar a nivel constitucional la definición de matrimonio que excluye a las parejas del mismo sexo. El proyecto pasa ahora al Senado, y si este también le da su apoyo, será sometido a referéndum.

Malas noticias para la igualdad LGTB en Europa. El proceso para vetar el matrimonio igualitario a nivel constitucional ha dado un importante paso adelante al conseguir el apoyo de la Cámara de Diputados. Concretamente, la iniciativa de la Coalición por la Familia cosechó 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma de este tipo.

Ahora la propuesta pasará al Senado, donde necesita también el voto favorable de las dos terceras partes.. Si el Senado constituido tras los comicios también apoya la iniciativa homófoba, se convocará un referéndum sobre su aprobación definitiva. La consulta será válida si participa al menos el 30% del censo electoral y los votos a favor superan el 50%.

El proceso tomó impulso en julio del año pasado, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre la prohibición del matrimonio igualitario, que había reunido más de 3 millones de firmas. En un principio se planteó la posibilidad de que el referéndum se celebrara conjuntamente con las próximas elecciones generales. Pero el Senado del país decidió posponer la tramitación del proyecto hasta después de las elecciones legislativas del pasado mes de diciembre, y por ello se ha reactivado ahora.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. El objetivo de los sectores LGTBfobos es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto el líder del gobernante Partido Socialdemócrata (PSD), Liviu Dragnea, como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

La vía judicial, en paralelo

El asunto del matrimonio igualitario está pendiente también de un proceso judicial. Se trata de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto, cosa que hasta ahora no se ha producido.

Fuente Dosmanzanas

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El Constitucional de Rumanía consultará con la justicia europea sobre el reconocimiento de un matrimonio gay celebrado en el extranjero

Sábado, 3 de diciembre de 2016
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adrian-si-clabourn2El Tribunal Constitucional de Rumanía vuelve a posponer la resolución del recurso presentado por una pareja de hombres, casada en Bélgica, para el reconocimiento legal de su enlace. Pero el retraso conlleva esta vez un atisbo de esperanza: antes de tomar su decisión, que estaba prevista inicialmente para el pasado martes, los jueces rumanos consultarán con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su parecer sobre el asunto.

Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, tendrán que esperar aún para conocer el desenlace de su demanda para ver reconocido su matrimonio. La pareja se casó legalmente en Bélgica y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Los representó la abogada Iustina Ionescu de la organización Accept.

Tras un largo proceso judicial, en julio de este año el Constitucional anunció que retrasaba la resolución de la demanda hasta el 20 de septiembre. Llegada esa fecha, su presidente Valer Dordeanu anunciaba que la decisión aún no está tomada y volvía a posponer el fallo, que se esperaba para el martes 29 de noviembre. Pero esta semana, el tribunal anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces puedan consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta parte de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo.

La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de los miembros es un ciudadano comunitario. La resolución podría sentar un importante precedente, como recuerda Katrin Hugendubel de ILGA-Europa: muchas parejas, perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias, “estarán esperando también con impaciencia el resultado de este caso”.

Sobre las perspectivas que se abren con el nuevo escenario, en el que entra en juego la justicia europea, se pronunció también la abogada de los demandantes Iustina Ionescu: “Es alentador. El Tribunal manda el mensaje de que Rumanía es un miembro de los países europeos que comparten unos valores comunes, como la libertad de movimiento”. Se trata de la primera vez que el Constitucional rumano pide opinión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que hace difícil hacer un pronóstico sobre el resultado final.

Del alto tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas. Otras han sido más decepcionantes, como cuando el año pasado consideraba considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento.

Para que la iniciativa prospere, debe ser aprobada por el 75% de los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular. La posibilidad de que el referéndum se realizara de manera coincidente con las elecciones generales del próximo diciembre fue descartada por el Senado rumano, por lo que la consulta quedó pospuesta hasta la próxima legislatura. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta homófoba, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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