Thomas Schüller: ¿Quién dice que en el campo de la homosexualidad no se mueve nada en las enseñanzas de la Iglesia?
El canonista explica por qué la desobediencia de los obispos al responsum de Doctrina de la Fe no es motivo de excomunión
Con la bendición de parejas gays prevista para el próximo 10 de mayo en Alemania, se plantea también la cuestión de en qué relación de obediencia se encuentra cada uno de los obispos diocesanos respecto al Papa
07.05.2021 | Jordi Pacheco
“Un obispo que ignora y actúa en contra de la prohibición papal de bendecir a las parejas del mismo sexo incurre en la excomunión como pena de acto“, afirmó recientemente el abogado canónico Gero Weishaupt ante la cercanía de la ceremonia de bendición a un grupo de parejas homosexuales por parte de obispos alemanes. Thomas Schüller, director del Instituto de Derecho Canónico de la Facultad de Teología Católica de la Universidad de Münster, ha analizado en Katholisch.de por qué Weishaupt está equivocado.
Con la bendición de “parejas gays iniciada por los párrocos, que tendrá lugar el próximo 10 de mayo, se plantea también la cuestión de en qué relación de obediencia se encuentra cada uno de los obispos diocesanos respecto al Papa, que promueve o al menos tolera esta acción. Según Shüller, para responder a esta pregunta es necesario, en primer lugar, hacer una clasificación jurídica del responsum de la Congregación para la Doctrina de la Fe del 22 de febrero de 2021 sobre el dubium: “¿Tiene la Iglesia autoridad para bendecir las uniones de personas del mismo sexo?”
“Un responsum presupone que, por ejemplo, un obispo, una comunidad de obispos u otras instancias plantean un dubium (una duda) a la Congregación”, asegura el canonista. “Al responder al dubium —prosigue—, la Congregación lleva a cabo su tarea de asistir a los Obispos en el ejercicio de su ministerio. En concreto, se trata de una ayuda en el ejercicio del ministerio episcopal como guardián, promotor y promotor de la doctrina de la Iglesia según el c. 386 CIC/1983”.
Para Shüller, la aprobación por parte del Papa de la publicación del responsum no cambia su naturaleza jurídica como documento administrativo de un dicasterio. “Si el Papa hubiera querido hacer suyo el responsum y establecer así un acto de autoridad papal (doctrinal), habría emitido el responsum in forma specifica según los arts. 125, 126 del Regolamento della Curia Romana. Lo que durante mucho tiempo fue el caso en el pontificado del Papa Juan Pablo II, demostrablemente no ocurrió aquí”, explica.
No hay motivo para la excomunión
Lejos, pues, de representar un motivo de excomunión, la desobediencia de los obispos al responsum de Doctrina de la Fe del pasado mes de marzo sería a lo sumo, una violación del c. 754 CIC/1983, es decir, un incumplimiento de una constitución o decreto, que es un incumplimiento de deberes. “Sólo si la desobediencia se dirige contra una enseñanza de un portador del Magisterio auténtico, se presenta un posible delito penal según el derecho penal canónico”, aclara Shüller.
“El Catecismo es una instantánea, y la enseñanza de la Iglesia permanece en constante cambio. Sólo así se entiende que el Papa Francisco vea con buenos ojos que en muchos países de la Iglesia universal las parejas del mismo sexo puedan casarse también por lo civil”, apunta el canonista, que se muestra seguro de que esta ceremonio convocada para el fin de semana habría sido prohibida categóricamente por los Papas Juan Pablo II y Benedicto XVI, que pidieron a los políticos católicos que votaran en contra de dicha legislación. “¿Y quién dice que especialmente en el campo de la homosexualidad no se mueve nada en las enseñanzas de la Iglesia?”, se pregunta Schüller.
Fuente Religión Digital
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