El Senado de Rumanía rechaza dos proposiciones de ley de uniones civiles que incluían a parejas del mismo sexo
Una comisión del Senado rumano ha rechazado dos proposiciones de ley de uniones civiles para las parejas de distinto o del mismo sexo. El primer proyecto lo había redactado el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación y contaba con el apoyo de 42 parlamentarios de cuatro partidos diferentes. Pero el senador socialdemócrata (PSD) Șerban Nicolae, vicepresidente de la comisión, opinó que la medida «no está justificada» ni «responde a ninguna necesidad social». A diferencia de la primera, que excluía la adopción conjunta, la segunda propuesta dejaba este asunto abierto. La habían elaborado los liberales del ALDE y se saldó también con el rechazo de la comisión.
La posibilidad de aprobar una ley de uniones civiles se viene discutiendo en Rumanía desde hace más de diez años. En 2008, el senador de la minoría húngara Péter Eckstein-Kovács presentaba una proposición de ley que decayó con la convocatoria de las elecciones de ese año. En 2011, fue un senador liberal-conservador (PNL), Viorel Arion, el que introdujo un nuevo texto, que llegó a recibir un dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados. Pero el Gobierno del conservador Emil Boc rechazó su tramitación. Dos años después, el diputado verde Remus Cernea lo volvía a intentar en la cámara baja, donde se topó con el rechazo de la comisión.
Hace ahora un año, el Consejo Nacional contra la Discriminación (CNCD) redactó una propuesta legislativa que presentó al Gobierno y a los partidos con representación parlamentaria. En su elaboración participaron también asociaciones LGTB como ACCEPT y MozaiQ. Se trata de una regulación de las parejas del mismo o de distinto sexo que otorga derechos similares al matrimonio en áreas como la seguridad social, fiscalidad o prevención de la violencia doméstica. La medida excluye la posibilidad de la adopción conjunta para las parejas del mismo sexo, que en cambio verían reconocido su matrimonio contraído legalmente en otro país como una unión civil.
Se redactó una proposición de ley sobre la base del texto presentado por el CNCD, que fue secundada por 42 parlamentarios del PSD, PNL, USR (Unión Salvar Rumanía, anticorrupción) y UDMR (minoría húngara). El 31 de octubre del año pasado se registraba la medida ante el Parlamento. Paralelamente, el diputado Andrei Gerea y el senador Ion Popa, ambos de ALDE, presentaban su propia proposición de ley de uniones civiles el 2 de noviembre. El texto equipara las parejas unidas con los matrimonios en materia de herencia, pensión de viudedad, seguridad social y obtención de la ciudadanía, entre otros. A diferencia de la propuesta multipartita, no prohibía ni regulaba la adopción conjunta.
El pasado martes 12 de marzo, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Senado, con mayoría socialdemócrata, rechazaba ambas propuestas. Sobre la primera, el vicepresidente Șerban Nicolae opinaba que «no está justificada» ni «responde a ninguna necesidad social». Edward Dirca, senador del USR y uno de los firmantes del texto, le replicó que «ya va siendo hora» de crear un marco legal de uniones civiles. Los representantes de las asociaciones LGTB también lamentaron el dictamen desfavorable y recordaron que Italia y Grecia recibieron sanciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por no regular las uniones entre personas del mismo sexo.
El fracaso del referéndum contra el matrimonio igualitario
En julio de 2016 comenzó en Rumanía un proceso para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario. Fue cuando el Tribunal Constitucional dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación promovida por la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa), que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo de 2017 se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada en septiembre del año pasado. En ambos casos se alcanzó la mayoría requerida de dos tercios.
Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tuvo vía libre para ser votada en referéndum. El objetivo era cambiar la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Para que el resultado de la consulta popular fuera válido, debía participar al menos el 30% del censo electoral y los votos favorables superar el 50%. El plebiscito se celebró en dos jornadas, el 6 y 7 de octubre y fracasó estrepitosamente al congregar tan solo al 20,41% de la población con derecho a voto.
La situación de las parejas del mismo sexo en Rumanía
Todo este proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se desarrolló parcialmente de forma paralela a la batalla legal de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica y presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre de 2016 que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.
La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario.
Posteriormente, el alto tribunal rumano dio a conocer los considerandos de su decisión. Los jueces se remitían a la sentencia europea y la interpretaban de acuerdo con legislación rumana. Concretamente, establecen que las parejas del mismo sexo tienen derecho a la protección de la vida privada y familiar que consagra el artículo 26.1 de la Constitución rumana:
Las autoridades públicas respetarán y protegerán la vida íntima, familiar y privada.
El Constitucional consideraba que este artículo debía interpretarse en un sentido inclusivo con las personas LGTB. Aún más, afirmaba que las parejas del mismo sexo «tienen derecho, con el tiempo y de acuerdo con la ley, a disfrutar de un reconocimiento legal y jurídico de sus derechos y obligaciones». Las derivaciones legales de esta formulación no están claras, porque el alto tribunal no ha ordenado el reconocimiento inmediato de las parejas del mismo sexo, sino que deja la regulación en manos del legislativo. La traslación del mandato de igualdad, por tanto, puede durar aún mucho tiempo, si es que se llega a producir. Expertos legales opinan que el fallo solo obliga a las autoridades a reconocer a las parejas del mismo sexo los mismos derechos y obligaciones que a las parejas de distinto sexo no casadas. Es decir, casi ninguno en la actualidad, ya que Rumanía sigue careciendo de una ley de uniones civiles tras el rechazo de las dos últimas propuestas.
Fuente Dosmanzanas
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