Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Sentencia’

El Tribunal Supremo de España avala la colocación de la bandera LGTBI en edificios públicos. La Federación Estatal LGTBI+ lo celebra.

Miércoles, 4 de diciembre de 2024

IMG_8910Ayuntamiento de Irun (Gipuzkoa)

 

  • El Tribunal Supremo confirma que la bandera arcoíris no tiene «significación partidista» y la reconoce como un emblema de inclusión, diversidad y derechos humanos.
  • La sentencia avala que ondee en edificios públicos durante el Orgullo, concluyendo que no vulnera la normativa sobre el uso de banderas oficiales ni los principios de objetividad y neutralidad institucional.
  • La FELGTBI+ destaca esta decisión como un avance en el compromiso institucional con la igualdad y los derechos del colectivo LGTBI+.

El Tribunal Supremo ha avalado en una sentencia que se pueda colocar la bandera arcoíris, en los edificios públicos durante la celebración del Orgullo gay, señalando que no es un “símbolo de significación partidista” ni “propugna ningún tipo de enfrentamiento”. De esa manera, el alto tribunal corrige, como era lógico,  su doctrina previa.

El fallo responde a recursos relacionados con el despliegue de esta bandera en la Diputación de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza. En ambos casos, el tribunal ha determinado que mostrar la enseña en espacios como un balcón o el patio interior de las instituciones no vulnera la Ley 39/1981, que regula el uso de la bandera de España y otras banderas oficiales, ni los principios de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas. La resolución subraya que la bandera LGTBI+ «se proyecta a favor de la igualdad entre las personas», un valor consagrado en la Constitución Española y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

De esta manera, el Alto Tribunal corrige su doctrina jurisprudencial no acorde con los valores democráticos, ya que en una sentencia del 26 de mayo de 2020 de la Sala Tercera dictaminó que “se fija como doctrina que no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España”.

El tribunal sostiene que la bandera LGBTI “se proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constitución y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”. Además, la Sala de lo Contencioso-Administrativo recuerda que los artículos 14 y 9.2 de la Carta Magna propugnan la superación de discriminaciones por cualquier circunstancia personal y el artículo 21.1 del documento europeo llama a eliminar toda forma de discriminación por razón de la orientación sexual.

El organismo judicial ha sentenciado que la Diputación de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza no incumplieron la ley durante la celebración del Orgullo Gay de este año al haberla colocado en los edificios públicos.

En el caso de Aragón, la bandera LGBTI se exhibió en el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza. En Castilla y León, la bandera arcoíris ondeó en el patio interior de la Diputación Provincial de Valladolid. La ultraderechista y profundamente homófoba Fundación Española de Abogados Cristianos recurrió en ambos casos y el asunto, tras pasar por los tribunales de dichas comunidades autónomas, ha terminado sobre la mesa del Supremo.

Ante esta situación, el alto tribunal explica que la Ley 39/1981 no es aplicable a estos casos, pues no contempla el supuesto de exhibición de una bandera LGBTI. Al mismo tiempo, defiende que no hay contradicción entre lo que ahora se decide y lo resuelto anteriormente sobre el izado de una bandera autonómica distinta de la estatutaria y, en general, contra la exhibición en edificios públicos de símbolos o mensajes de carácter partidista.

Con todo, los magistrados añaden que el legislador estatal ya ha desarrollado estas previsiones en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, y en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. En esta última ley expresamente se reconoce en el artículo 2.1 el derecho de todos a no ser discriminados, entre otras razones, por la orientación o por la identidad sexual.

Por su parte, la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, reitera estas exigencias. Además, en el caso de Aragón, su legislador ya dio pasos en esta dirección con su Ley 18/2018.

El Supremo ha expresado que colocar una bandera LGBTI en un edificio público, de forma temporal, no contradice la exigencia de objetividad de las Administraciones Públicas, sino que está dentro de la línea de las actuaciones para promover la igualdad.

Las sentencias, que han sido ponencia del presidente en funciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Pablo Lucas, han contado con el absurdo voto particular del magistrado José Luis Requero Ibáñez.

Requero discrepa de forma torticera con la decisión del Supremo, ya que según él, el movimiento LGTBI se refiere a “siglas que reúnen diversas tendencias sexuales que sustentan postulados varios, entre ellos los de la llamada ideología de género, que no son pacíficos y respecto de los que hay división en la sociedad, ya sea por razón de creencias o de ideología”.

En este sentido, sostiene que “una cosa es la consecución de objetivos inspirados, según la ley, en principios plausibles como son los de igualdad, respeto, inclusión y tolerancia” y otra cosa es que un ente público “vaya más allá del cumplimiento de esos objetivos legalmente previstos y venga a abanderar unos postulados ideológicos controvertidos que hay tras el símbolo que desencadena el litigio”.

Ante ello, la Federación Estatal LGTBI+ celebra la decisión del Tribunal Supremo que confirma la legalidad de colgar la bandera arcoíris en edificios públicos durante la celebración del Orgullo, respaldando así el carácter inclusivo y no partidista de este símbolo. La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que la bandera arcoíris no tiene «significación partidista» ni «propugna ningún tipo de enfrentamiento» y la reconoce como un emblema universal de inclusión, diversidad y derechos humanos.

La presidenta de la FELGTBI+, Paula Iglesias, ha valorado positivamente la sentencia, destacándola como un avance significativo en el compromiso institucional con los derechos del colectivo: «Esta decisión del Tribunal Supremo refuerza algo que siempre hemos defendido: la bandera arcoíris trasciende las ideologías políticas y representa valores universales como la igualdad, el respeto y la inclusión. Su presencia en edificios públicos durante el Orgullo es un acto de visibilización que envía un mensaje de apoyo a la diversidad y a los derechos humanos

Iglesias también ha subrayado que el fallo llega en un momento crucial en la lucha contra la discriminación y los discursos de odio, instando a las Administraciones Públicas a que sigan promoviendo la igualdad, no solo a través de gestos simbólicos como este, sino mediante políticas concretas que refuercen su compromiso con la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.

Como era de esperar, y con el dineral que se gastan en acciones LGTBifobas, Abogados Cristianos ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional esta decisión del Supremo. Según ha informado la fundación, se trata del “paso previo y necesario” para llevar el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. les aconsejaría no gastar el dinero y que lo donen a causas contra la pobreza, ya qu3 ambos tribunales les van a dar con las dos manos abiertas un buen tortazo.

La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha destacado con un cinismo que ya ni nos asombra, que “este cambio de criterio del Tribunal Supremo es una muestra más de la politización del sistema judicial. Esta sentencia es una evidencia de cómo el Sanchismo ha acabado con la independencia judicial, ante la pasividad del PP”, ha denunciado.

***

IMG_8913

 

Fuente Agencias/FELGTBI+

General , , , , , , ,

Condena histórica en Santa Fe: prisión perpetua por el transfemicidio de Alejandra Ironici

Lunes, 25 de marzo de 2024
Comentarios desactivados en Condena histórica en Santa Fe: prisión perpetua por el transfemicidio de Alejandra Ironici

IMG_3714


Por primera vez un Tribunal santafesino utiliza la figura de transfemicidio. Lo hizo para condenar al asesino de la activista Alejandra Ironici.

SANTA FE, Argentina. La vida de Alejandra Ironici estuvo marcada por la lucha y las conquistas. Sobre todo, por abrir caminos y hacer historia. Fue la primera mujer trans en recibir el DNI -antes de la Ley de Identidad de Género-, la primera en dar clases en una escuela, la primera en acceder a una vaginoplastía en un hospital público y la primera en muchas cosas más.

Por eso, la condena por su asesinato no podía menos que ser histórica. Por primera vez, la justicia santafesina reconoció el asesinato de una persona trans como transfemicidio. Además, también dio lugar al reclamo de la Colectiva de Abogadas Translesbofeministas –junto al Instituto de Políticas Públicas LGBT– de que se reconozca la responsabilidad del Estado y exhortando a los demás poderes a tomar medidas para reparar al colectivo travesti trans.

El tribunal integrado por los jueces Pablo Busaniche (presidente) y Sebastián Szeifert y por la jueza Susana Luna dispusieron por unaminidad prisión perpetua de Héctor Barrero –pareja de Ironici. Se lo condenó por los delitos de transfemicidio agravado (por el vínculo y por ser cometido por un hombre en contra de una mujer mediando violencia de género) y abuso sexual con acceso carnal.

La sentencia se dio a conocer en el marco del juicio oral y público que finalizó este 22 de marzo en los tribunales de la capital santafesina.

IMG_3589Alejandra Ironici el día que recibió su DNI en el marco de la Ley de Identidad de Género.

Es transfemicidio

“El mayor logro fue conseguir la calificación de transfemicidiodijo la fiscal Alejandra del Río Ayala, de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de Santa Fe, tras la lectura del veredicto. “No sólo es algo complejo, novedoso, implica un cambio de paradigma en las interpretaciones tradicionales de los tipos penales, sobre todo del inciso 4 del artículo 80 del Código Penal. También en términos probatorios porque no fue algo sencillo. Estamos conformes”, agrego.

También destacó que se haya quedado probado el abuso sexual porque fue un cargo que el condenado negó de manera sistemática. Aún después de reconocer el asesinato.

El caso contó, además, con dos querellas. Por un lado, el Centro de Acceso a la Justicia, que representó a la familia de Ironici, y, por el otro, la Colectiva de Abogadas y el Instituto de Políticas LGBT. La abogada Sofía Basso, representante de ese último grupo, expresó en diálogo con Presentes su satisfacción por el resultado. En especial porque el Tribunal dio lugar a su pedido de reconocer la responsabilidad estatal y solicitar medidas reparatorias para todo el colectivo travesti trans.

“Hoy solo conocimos el resultado, la parte resolutiva de la sentencia; pero falta conocer el alcance de los fundamentos, entender cómo logramos el convencimiento del Tribunal de la implicancia que tiene el Estado en el contexto de travesticidio social”, detalló. E insistió en que se trata de un precedente histórico en el país.

La voz de todes

En la plaza 25 de mayo, frente a los Tribunales santafesinos, se sumaron con sus banderas les compañeres de militancia de Alejandra, junto a referentes de distintos espacios políticos y de distintas ONG.

Con la mirada atenta a las pantallas de los celulares, el grupo seguía la transmisión en vivo de lo que ocurría dentro del recinto. “Prisión perpetua”, se escuchó en medio del silencio. Segundos después, las lágrimas y una celebración con sabor amargo: “Alejandra Ironici… ¡Presente! Ahora, y siempre”. Nada le devuelve a quien fue una de sus principales lideresas, pero se hizo justicia.

Noly Trujillo, sobreviviente trans y amiga de Alejandra, fue una de las primeras en expresar la conformidad con la sentencia y señaló: “Estamos conformes. Pero ahora pongan atención sobre nosotras, que haya perspectiva de género en las comisarías. Somos parte de la sociedad y nos están matando. A Alejandra la vamos a recordar con cariño, con amor, como compañera, como hermana y amiga, con lo mejor del corazón”, agregó.

IMG_3716Compañeras de Miser, organización que fundó Alejandra, piden justicia por su transfemicidio.

Priscila Martínez, presidenta de la Comisión Directiva del Movimiento de Integración Sexual, Étnica y Religiosa (MISER), sumó también: “De ahora en más, seguiremos con el legado de Alejandra. Esta organización, que ella presidía, trabajará para toda la sociedad”.

Dentro de Tribunales, escucharon la sentencia Mercedes y José Luis, hermanes de Alejandra. Llegaron desde Tostado, en el extremo norte de la provincia de Santa Fe, localidad que Ironici abandonó hace muchos años huyendo de la discriminación. Solo José habló al finalizar la audiencia –su hermana estaba aún muy conmovida– y expresó estar conforme con la sentencia. Contó que, al menos él, recién conoció el enorme trabajo y recorrido de Alejandra luego de su muerte; cuando tomó contacto con decenas de personas cercanas a ella en Santa Fe.

El crimen

Alejandra había conocido a Héctor Barrero cinco meses antes del transfemicidio. Llegó a la casa de la mujer pidiendo trabajo y ella lo contrató para hacer unos arreglos de pintura. Jesús, el sobrino de Ironici, quien vivía con ella, contó al Tribunal que a la semana se pusieron de novios.

La mujer no encontró en Barrero una pareja. Él no la presentó a su familia ni amigos, se aprovechaba económicamente de ella y cuando alguien lo pasaba a buscar se alejaba una cuadra de la casa en la que convivían. A eso se sumaron una serie de hechos de violencia de género anteriores al asesinato.

Desde el primer momento del juicio, Barrero reconoció el asesinato, pero siempre negó el abuso sexual. Esa postura, según coincidieron la fiscalía y las querellas, era una muestra más del desprecio a la identidad y militancia de Alejandra. Lo mismo la saña con la que la atacó esa última vez. Aceptaba ser un asesino, pero “no quería que se ponga en duda su hombría”, dijeron las querellantes.

El 20 de agosto de 2022, Alejandra y Héctor cenaron en la casa de una pareja amiga. Alrededor de la 1 de la madrugada (ya del 21 de agosto), se retiraron. Dieron una vuelta por la Costanera y volvieron a su casa. Según el relato de una vecina cuya casa era contigua a la de Alejandra, cerca de las 3 de la madrugada algo pasó. Hubo un golpe seco, como el de alguien cayendo al piso, y luego, gritos. Alejandra pidiéndole que parara, gritando por ayuda. Nadie respondió y su voz se fue apagando.

Héctor la golpeó y la tiró al piso. Después fue hasta la cocina a buscar una cuchilla de carnicero. Con el arma la atacó 46 veces. La pericia determinó que sólo dos de esas heridas fueron mortales. El abuso se dio casi en simultáneo con el homicidio. Cuando ella no pudo más, Barrero limpió la cuchilla, la guardó, tomó el dinero, el celular y el auto de Alejandra, y salió de la casa.

Cuando Jesús volvió a la casa era tarde y no notó nada raro. La puerta de la habitación de su tía estaba cerrada. Al día siguiente, salió de la casa sin sospechar nada. Durante ese domingo, Barrero manipuló el celular de Alejandra para mostrar actividad. Cerca del mediodía volvió a la casa que habían compartido y le prendió fuego al cuerpo de la militante santafesina (las quemaduras se focalizaron en sus glúteos). Salió de la habitación y cerró la puerta, pero la falta de oxígeno hizo que el fuego se extinguiera.

Por la tarde, Jesús llegó nuevamente a su casa. Alertado por el olor a quemado, abrió la puerta de la habitación de Alejandra y encontró el cuerpo de su tía. La policía detectó que se trataba de un asesinato y comenzó a buscar a Héctor. No demoraron demasiado en encontrarlo y detenerlo en la casa de una trabajadora sexual. El auto de Alejandra estaba en la puerta. Su celular, en la almohada de su ocasional compañera.

Durante todo el proceso, la defensa de Barrero apuntó a su problema de consumo de cocaína como la razón principal por la que cometió el crimen. Sin embargo, tanto la fiscalía como las querellas remarcaron en reiteradas oportunidades que se trataba de una lectura estigmatizante sobre los consumos problemáticos.

Además, marcaron que Barrero arrastraba esa situación desde la adolescencia. En todo ese tiempo, él tuvo otras parejas (mujeres cis), incluso se casó y tuvo hijos, y en ningún caso ejerció violencia de género. Sólo lo hizo con Alejandra, una mujer trans.

El pedido por la responsabilidad estatal

Durante los alegatos de cierre, la querella que representó a organizaciones sociales solicitó para Barrero la misma pena por el delito de transfemicidio en contexto de travesticidio social. Agregó la importancia de que el tribunal declare al estado santafesino como responsable y se lo inste a cumplir con una serie de medidas que promuevan el acceso a la vivienda y el trabajo. También la sanción de leyes y la creación de programas de acceso a la Justicia.

Puntualmente solicitó al Tribunal que declare la responsabilidad estatal y dicte las siguientes medidas reparatorias:

1- Que se recomiende al Poder Legislativo la declaración de la emergencia social en violencia hacia las personas travestis y trans, siendo esta una deuda histórica para con el colectivo.

2- Que exhorte a los tres poderes del Estado provincial de forma urgente a dar pleno cumplimiento a la Ley N° 13.902 de Inserción y estabilidad laboral de personas travestis, transexuales y transgénero, promoviendo su contratación y empleo en el sector público y privado.

3- Que solicite al Poder Legislativo la aprobación del proyecto de Ley Integral Trans y al Poder Ejecutivo la inmediata puesta en marcha la Ley de Reparación Histórica para Personas Travestis y Trans.

4- Que inste al Legislativo y Ejecutivo a diseñar e implementar políticas públicas concretas para dar respuesta al problema habitacional que viven las personas trans, promoviendo asimismo desde ese lugar la inserción laboral y la obtención de plena autonomía y de una vivienda propia.

5- Que imponga al Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad provincial, y/o al organismo que se haya conformado en su reemplazo, dentro del plazo de un año desde la notificación de la sentencia, efectuar un diagnóstico sobre el contexto de violencia que enfrentan las personas trans en la provincia de Santa Fe y a crear un programa de acceso a la justicia y asistencia a personas del colectivo travesti trans.

22 de marzo de 2024
Victoria Rodríguez
Edición: Maby Sosa

Fuente Agencia Presentes

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Hito: condenan por femicidio a asesino de dirigenta trans Yuridia Pizarro en fallo que reconoce calidad de mujer de la víctima

Sábado, 2 de marzo de 2024
Comentarios desactivados en Hito: condenan por femicidio a asesino de dirigenta trans Yuridia Pizarro en fallo que reconoce calidad de mujer de la víctima

IMG_6123La Corte de Apelaciones de Iquique había anulado previamente una condena similar, desconociendo la calidad de mujer de Yuridiauna postura transfóbica que fue levantada por la Defensoría Penal y que felizmente hoy fracasó”, destacó el Movilh junto con felicitar “la labor del Ministerio Público para hacer justicia”.

El Juzgado Oral en lo Penal de Iquique condenó hoy por femicidio íntimo al asesino de la dirigente trans Yuridia Pizarro Torres, determinación calificada como “un hito para los derechos LGBTIQ+” por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), en tanto  “reconoce la calidad de mujer de la víctima al margen de que hubiese o no rectificado su partida de nacimiento”.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, recordó que “si bien el 16 de mayo del 2023 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique ya había condenado por femicidio al asesino de Yuridia, 4 de octubre del mismo año la Corte de Apelaciones de Iquique anuló el juicio, acogiendo la transfóbica postura de la Defensoría Penal Pública, para la cual la víctima no podía ser considerada mujer, alegando que era un hombre biológica y registralmente. Felicitamos que el Ministerio Público perseverará y hoy se esté haciendo justicia para Yuridia”.

En efecto, el  fiscal de Iquique Pablo Medina (en la fotogtrafía) explicó que  “en esta oportunidad el tribunal vuelve a condenar al acusado como autor de femicidio íntimo, respecto de Yuridia, una mujer trans, reconociendo los planteamientos del Ministerio Público en el sentido de reconocer su identidad de género, como el concepto de mujer protegido en la norma, en el artículo 390 bis del Código Penal, lo cual nos satisface profundamente porque viene en reconocer la identidad de género como sujeto de protección penal por la norma ya señalada”.

El Movilh añadió que “esperamos que esta vez la Defensoría Penal Pública tenga el mínimo respeto por los derechos humanos de las personas trans y no incurra en argumentos de odio y transfóbicos en caso de querer apelar contra esta sentencia que hace historia para las mujeres trans de Chile

El Movilh recordó, por último, que “Yuridia fue asesinada el 29 de mayo del 2022 en su domicilio, ubicado en la Calle San Pedro 33 de la Caleta Caramucho de Iquique, por su conviviente Jonathan Stiven Cañón Rodríguez (22), quien junto a Nestor Julian Cuellar Rodríguez  (30) la agredió con golpes de puño, tras lo cual la asfixiaron y ocultaron su cuerpo en una fosa que cavaron en el sector costero de playa Quintero, a la altura Kilómetro 368”.

Fuente MOVILH

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , ,

Fiscalía pide seis años de cárcel a un hombre que intentó robar e insultó a un transexual: “Travesti, feo, me das asco”

Sábado, 12 de agosto de 2023
Comentarios desactivados en Fiscalía pide seis años de cárcel a un hombre que intentó robar e insultó a un transexual: “Travesti, feo, me das asco”

TransfobiaaLa Fiscalía Provincial de Valencia solicita una pena de seis años y cinco meses de prisión para un hombre que intentó robar e insultó a otro, transexual, que ejercía su actividad como trabajador sexual: “Te vas a enterar, travesti. Feo, me das asco”.

Así se desprende de la calificación fiscal, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el Ministerio Público atribuye al acusado un delito de robo con violencia e intimidación con uso de armas e instrumentos peligrosos cometido en grado de tentativa; un delito de odio y otro de resistencia a agentes de la autoridad.

Junto a la pena de prisión, la Fiscalía de la sección de delitos de Odio que dirige Susana Gisbert también reclama para el acusado el pago de una multa y, en vía de responsabilidad civil, que indemnice a la víctima con 3.000 euros.

Los hechos se remontan al 22 de noviembre de 2022, cuando el acusado, en situación irregular en España, se encontró con la víctima, transexual, en la calle Ricardo Micó de València, cuando ejercía su actividad como trabajador sexual.

El acusado, “con ánimo de obtener un beneficio ilícito a costa de lo ajeno”, se le acercó y le dijo: “Maricón de mierda, te vas a enterar travesti, feo, me das asco”. Acto seguido, le esgrimió un objeto punzante y le indicó: “Me das un cigarro o te rajo, dame tu dinero y tu teléfono”, a lo que la víctima se negó y se opuso llamando acto seguido a la Policía.

El acusado se fue corriendo sin conseguir su objetivo. Fue detenido por la Policía Nacional en un parque ubicado entre las calles Ricardo Micó y Gregorio Gea. En unas conversaciones espontáneas que mantuvo el acusado con la fuerza actuante, éste se refirió a la víctima como “ese maricón de mierda”.

En el transcurso de la detención, el acusado propinó patadas al coche policial para tratar de zafarse de los agentes. Una vez trasladado a dependencias judiciales, el investigado escupió a los policías sin llegar a alcanzarlos y en el momento de su reseña realizó aspavientos para impedir la labor policial, con lo que le inmovilizaron.

Fuente Agencias

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , ,

Justicia para Melody: Jurado popular declaró culpable de transfemicidio al ex policía, condenado a perpetua

Jueves, 6 de octubre de 2022
Comentarios desactivados en Justicia para Melody: Jurado popular declaró culpable de transfemicidio al ex policía, condenado a perpetua

MELODY-1Un jurado popular en Mendoza encontró al ex oficial de la policía, Darío Jesús Chaves Rubio, culpable de homicidio agravado por odio a la identidad de género. Fue condenado a perpetua por el transfemicidio de Melody Barrera, de 27 años, en 2020.

 (NOTICIA ACTUALIZADA 16/9/22)

MENDOZA. Un jurado popular en Mendoza encontró al ex oficial de la policía, Darío Jesús Chaves Rubio, culpable por el transfemicidio de Melody Barrera, asesinada a los 27 años en agosto de 2020. Pero también culpable por haber perpetrado el crimen con alevosía, ensañamiento, con un arma de fuego y siendo policía. Minutos después la jueza Nancy Lecek dio a conocer la sentencia condenatoria por el crimen de odio a la identidad de género y el resto de los agravantes, y la pena a aplicar: prisión perpetua. Los fundamentos de la sentencia, dijo la jueza que guió el debate, serán dados a conocer en los plazos que marca la ley.

El juicio y la sentencia cobran relevancia por varios aspectos. Reconoce que fue un homicidio por odio a la identidad de género y también toma en consideración otros agravantes. Es decir, se inscribe en el legado jurídico de la sentencia del juicio de Diana Sacayán, en 2018. Por otro lado, es la primera vez que en Mendoza se llega a una sentencia por crimen de odio, que además recoge las demandas de justicia de los activismos. También es la primera vez que el veredicto de un transfemicidio está a cargo de un jurado popular ya que el proceso se desarrolló a través de este sistema. El proceso además fue transmitido por el canal de Youtube del Poder Judicial de Mendoza.

Juicio-Melody-Mendoza“Nosotros, el jurado, encontramos al acusado culpable por el delito de homicidio  agravado por odio a la expresión de género o identidad de género, travesticidio, leyeron esta noche en Polo Judicial Penal de la ciudad de Mendoza, donde se lleva a cabo el juicio. También lo encontraron culpable de homicidio agravado por alevosía, homicidio agravado por el uso del arma de fuego, por ensañamiento y por ser un sujeto en actividad en la policía. Es decir, coincidieron con lo pedido en su alegato la fiscalía.

Antes de la sentencia, la jueza pidió secreto sobre las deliberaciones. «La ley les impone que no revelen jamás lo que ha sucedido en la sala de deliberaciones», les dijo. La condena fue leída unos minutos después y aplicó las mismas figuras y agravantes de homicidio previstos en el Código Penal de Argentina.

Chaves Rubio había sido acusado por la fiscalía por el delito de homicidio con cinco agravantes: odio a la identidad o expresión de género, lo que se conoce como travesticidio o transfemicidio. Pero también por alevosía; ensañamiento; por abusar de su cargo de funcionario policial; y por utilizar un arma de fuego.

Un mensaje contra la impunidad

La Comisión de Justicia por Melody -integrada por activismos trans travesti y de la diversidad- consideró la sentencia como un hito. «Porque implicó que, al ser un jurado popular el que diera veredicto sobre el crimen contra Melody Barrera, ocurrido el 29 de agosto de 2020, tanto la comunidad como el Estado se posicionaran en favor del derecho a una vida libre de violencias de género, a la identidad de género, y su expresión. Implica un mensaje contra la impunidad: un mensaje que dice que las vidas travestis-trans importan, que visibiliza la vulneración permanente de derechos a la que están expuestas las personas que son parte del colectivo. También, un mensaje contra la violencia institucional: el jurado popular consideró que el crimen estuvo agravado por haber sido ejecutado por un policía, que usó su arma reglamentaria para atentar contra una vida que por sus funciones públicas juró proteger».

Primer juicio por crimen de odio en Mendoza

Chaves-Transfemicidio-MelodyFue la primera vez que un crimen de odio llegó a juicio en esta provincia. Comenzó el lunes 12 de septiembre y se extendió hasta esta jornada. Durante la semana, la comunidad travesti trans de Mendoza hizo un despliegue de actividades, muestras y charlas. Desde la ciudad de Buenos Aires viajaron les activistas Alma Fernández, Florencia Guimaraes, Daniela Ruiz y Say Sacayán. También la subsecretaria de políticas de diversidad, Greta Pena, está allí.

“La identidad de género trans de Melody Barrera recorrió todo el debate de su juicio: las discriminaciones estructurales, sus padecimientos, alegrías, y, sobre todo, el derecho a vivir la vida y a desarrollarse libremente. Eso es lo que el asesino atacó, y el jurado popular asi lo entendió: fue travesticidio», dijo Pena a Presentes. Y destacó «el trabajo denodado de las organizaciones LGBTI+ de Mendoza con el apoyo de las de todo el país», así como la presencia y escritos del Ministerio de las Mujeres, Generos y Diversidad. «La familia de Melody y sus abogades. Toda esa conjunción, hizo que podamos llegar a esta sentencia histórica”, analizó la subsecretaria de Políticas de Diversidad del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de Nación.

Marlene Wayar fue convocada como testiga experta y declaró en el juicio. «Este crimen es uno de los tantos más que por su resonancia nos llegan, pero es esa puntita del iceberg que muestra la cantidad de crímenes que no avanzan en juicios con condenas. En el continuum de violencias que vienen padeciendo las personas travestis y trans durante su recorrido vital, este es es el grado máximo de violencia que termina con una vida. Pero son todas condiciones abrumadoras que hacen que aún hoy la expectativa de vida no supere los 35 años para la comunidad», dijo a Presentes. Y advirtió: «Se necesitan políticas públicas para que esto no termine con un individuo preso simplemente, sino que hay un trabajo de toda una sociedad que no produzca este tipo de individuos capaces de cometer travesticidios y transfemicidios».

Lo que contó el cuerpo de Melody

La última jornada del juicio comenzó esta mañana con los alegatos en el Polo Judicial Penal de Mendoza. En primer lugar expusieron los fiscales. El fiscal en jefe de Homicidios, Fernando Guzzo, brindó una serie de explicaciones técnicas que precisaron por qué motivo no hubo “legítima defensa”, argumento que se sostuvo desde la defensa del acusado.

Darío Jesús Chaves Rubio declaró en el tercer día del juicio y una vez más dijo haber sufrido un ataque por parte de Melody. “Tenía mucho miedo, no sé cuántas veces disparé”, dijo Chaves.

Sin embargo, en el alegato final, la fiscalía detalló que en el cuerpo de Melody no había signos de defensa, y mucho menos de pelea. “El cuerpo lo que nos dice es que Chaves Rubio la acribilló a balazos”.

“Hasta el día que lo detienen, él lleva su vida como si nada hubiera pasado. Con una indiferencia absoluta, portando el arma”, resaltó Guzzo. “Creo que esto lo hace únicamente por la omnipotencia que siente en base a su personalidad de jugar a no ser descubierto y que este hecho quedara impune. Durante su declaración nunca habló de Melody. Nunca pidió disculpas. Melody siguió siendo para él, y al momento de hoy, un objeto”, expresó el fiscal.

La saga de mentiras de Chaves Rubio también quedaron en evidencia en el alegato dela fiscalía. “Lo primero que quedó claro en este debate es que Chaves Rubio mintió. Mintió a su esposa, mintió a su familia, mintió cuando dijo que había un robo. Mintió acomodando el relato como le convenía”.

La jueza a cargo de guiar el debate fue Nancy Lecek. La querella estuvo representada por les abogades Viviana Beigel y Lucas Lecour, de la organización de Derechos Humanos Xumek.

Cómo fue la reconstrucción de los hechos

Al momento de pedir condena, la fiscalía tuvo en cuenta el estado de vulnerabilidad –común a todo el colectivo travesti trans- del cual Melody era víctima.

El lunes, en la apertura del juicio, reconstruyó los hechos. “Existió una discusión por la cual Melody terminó arrojándole gas pimienta en la cara. El acusado se retiró del lugar a bordo de su vehículo. A las 3.08 iba pasando un chofer de la empresa Cabify, a quien le anunció lo que haría: voy a buscar un arma y cagar a tiros a los travas. Esto en definitiva es lo que hizo. El señor Chaves Rubio con total frialdad, con ira, con alevosía y con ensañamiento comenzó a agredir a Melody. Le efectuó 6 disparos de los cuales 5 la atravesaron. De esos 5 que fueron a zonas vitales de su cuerpo, 4 de ellos fueron ejecutados por la espalda. La dejó agonizar y huyó de su auto a toda velocidad”.

Las pruebas contra el ex policía

El transfemicidio de Melody Barrera se perpetró en la madrugada del sábado 29 de agosto de 2020. Melody recibió seis disparos de arma de fuego desde un vehículo en la calle Correa Saa y Costanera, de Guaymallén, a pocos metros del límite con la capital mendocina.

En el lugar donde se produjo el hecho se encontraron varias vainas servidas de calibre 9 milímetros. La pericia balística realizada sobre la pistola de Chaves determinó que los proyectiles y las vainas eran coincidentes. El imputado quedó detenido el 17 de septiembre del 2020 en la dependencia donde se desempeñaba.

La defensa del acusado estuvo a cargo del abogado Pablo Cazabán. En nombre de su defendido, pidió al jurado se imponga la pena “acorde a lo que sucedió. Y expresó: “Se han magnificado diversas cosas. Hemos escuchado testigos calificados pero que muestran las falencias que el Estado y la sociedad tenemos en la protección de los derechos transexuales y travestis y esto no se logra con una condena”, dijo el abogado defensor Pablo Cazabán.

“Melody usaba auriculares para no escuchar los insultos”

Melody Barrera era una mujer trans de 27 años. Vivía con su mamá y había transicionado  cuando tenía 16. “Melody se dedicaba a realizar las tareas del hogar. Su mamá decía que ella era impecable. Su casa estaba impecable. Para la fecha en que Darío Chaves Rubio la asesinó, quería estudiar”, reconstruyó la abogada defensora, Viviana Beigel.

“Le exigí que terminara la secundaria y la terminó, a Dios gracias. También la convencí para que, en el 2021, cuando terminara la pandemia, empezara una carrera. A ella le hubiese gustado ser psicóloga infantil. Yo le decía que no, que mejor siguiera Bromatología, que también le gustaba: se sabía todos los nombres de las bacterias. Pero no llegó a eso”, dijo a Presentes Victoria Pincheira, la madre de Melody. También recordó que “ella hacía muchas bromas, me hacía chistes, me molestaba, me escondía las cosas, era traviesa”.

Melody no pudo evadir la discriminación hacia el colectivo travesti trans. “Usaba auriculares porque no quería escuchar las burlas, los insultos en la calle, no quería escuchar la discriminación que sufría día a día por pensarse distinta, por querer ser distinta, por querer ser Melody”, detalló Beigel.

Y agregó: “Melody es una persona que merece ser llorada. En ella están miles de otras Melodys que no pudieron ser y que en plena juventud fueron víctimas de individuos que tomaron y formaron su pensamiento en esta sociedad que odia la transexualidad, que es homofóbica y que es discriminatoria”.

Melody-Barrera-organizaciones

Justicia con perspectiva de género y diversidad

La fiscal de Instrucción de Homicidios, Andrea Lazo, consideró en su alegato de apertura que es necesario que esta justicia responda con perspectiva de género y diversidad frente a este tipo de crímenes. Y se dirigió al jurado: “Hoy ustedes puedan representar a esta justicia, puedan representar a Melody y puedan representar a los grupos que de alguna manera han sido vulnerados o marginados en nuestra sociedad, poniéndole un fin, un freno al odio, la discriminación, y la violencia con el que se siente distinto, con el que se autopercibe diferente”. Este juicio fue acompañado a lo largo de la semana con una serie de actividades convocadas por organizaciones de la diversidad sexual para pedir Justicia por Melody en Mendoza y también en la Ciudad de Bs As. Allí el viernes pasado, activistas trans y de la diversidad sexual se movilizaron hasta la Casa de la Provincia de Mendoza, a metros de Callao y Corrientes, para leer un manifiesto y reclamar justicia. “En Mendoza y en todo el país es hora de que el Estado y sus instituciones empiecen a reparar tanta violencia contra nuestras vidas”.

15 de septiembre de 2022
Agustina Ramos, Maby Sosa, Cobertura en Mendoza: Alma Fernández
Edición: María Eugenia Ludueña
Fuente Agencia Presentes

General, Homofobia/ Transfobia. , , , ,

Sentencia ejemplar por acoso y discriminación homofóbica para un matrimonio de Colombia

Miércoles, 14 de febrero de 2018
Comentarios desactivados en Sentencia ejemplar por acoso y discriminación homofóbica para un matrimonio de Colombia

corte-constitucional-colombiaEn otro nuevo fallo histórico de la Corte Constitucional de Colombia, un juez sentencia a un matrimonio de distinto sexo por acoso y reiterada agresión homofóbica a un matrimonio del mismo sexo.

En una sentencia ejemplar, un matrimonio es sentenciado con una multa y más de dos años de cárcel tras ser denunciados por reiteradas agresiones de carácter homofóbico hacia un matrimonio gay con los que conviven en el mismo complejo residencial de Chichiná, en el departamento de Caldas, Colombia.

Que la Corte Constitucional de Colombia legalizara el matrimonio igualitario tras la demanda de cuatro parejas que impusieron lo que se denomina una «acción de tutela» no impide que siga habiendo discriminación hacia las parejas del mismo sexo, aunque ya estén legalmente casadas. El colmo que agota la paciencia de Luis Alberto Mesa y Luz Elena García es que una persona homosexual se convierta en el presidente de su comunidad de vecinos, de manera que no escatiman a la hora de iniciar una campaña de acoso que ha terminado en los tribunales con un fallo histórico después de que un juez condenara a la pareja de distinto sexo a 26 meses de prisión y 7.812.000 pesos de multa.

El matrimonio homosexual interpone la primera denuncia el 22 de enero de 2015, alegando que la pareja vecina realizaba ataques frecuentes y humillantes contra ellos, impidiéndose que asistieran a las reuniones de vecinos. Algunas de estas agresiones se producen biblia en mano, instigándoles para que se mudaran del recinto residencial en el conviven e increpándoles con expresiones del tipo «un gay no puede administrar un condominio» delante de sus vecinos. Inicialmente la pareja agresora llega a un acuerdo de conciliación con la Policía municipal, que incumple posteriormente, de ahí la ejemplaridad de la sentencia del juez, que les condena a la multa y más de dos años de cárcel.

En abril del año pasado ya se produjo otra sentencia histórica por homofobia, precisamente por otra situación de discriminación entre vecinos de un complejo residencial de Barranquilla. En aquella ocasión la Corte Constitucional concluye que el uso de términos como «marica», «maricón» o «mariquita» de forma peyorativa constituyen un delito de odio en Colombia al considerarse que inducen a discriminación. Ante la falta de determinación por parte de los gobernantes, también los derechos de las personas homosexuales, bisexuales y transexuales parecen avanzan en Colombia a golpe de sentencia judicial.

Fuente Universogay

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , ,

Ohio, Kentucky, Michigan y Tennessee unen fuerzas por el matrimonio gay contra un juez homófobo

Jueves, 7 de agosto de 2014
Comentarios desactivados en Ohio, Kentucky, Michigan y Tennessee unen fuerzas por el matrimonio gay contra un juez homófobo

noticias_file_foto_835204_1407060914El día clave será este miércoles. La sexta Corte de Apelaciones decidirá si mantiene las sentencias que consideran la prohibición del matrimonio gay ilegal en Ohio, Kentucky, Michigan y Tennessee. Las parejas demandantes en estos cuatro estados han decidido unir fuerzas y presentar su caso de manera conjunta. Una sentencia a favor en la corte de Cincinnati tampoco será, previsiblemente el final del camino legal. Si ocurre igual que en el resto de cortes de apelaciones la sentencia quedará suspendida a la espera de que sea la Corte Suprema de Estados Unidos la que decida. Algo que todavía no tiene fecha y que como muy pronto ocurriría el año próximo. Pero una victoria en esta Corte de Apelaciones tendría un alto valor simbólico, ya que todas las sentencias hasta la fecha, desde que se iniciaron el pasado mes de junio, han sido positivas para el colectivo LGBT. Además sería la primera vez que una Corte emite una sentencia de este tipo referida a casos abiertos en varios estados. Pero no será fácil: dos de los tres jueces que tendrán que tomar la decisión son de adscripción republicana y uno de ellos, Jeffrey Sutton, ha destacado por oponerse a los derechos gays.

Sutton, uno de los jueces nombrados por el presidente George W. Bush, ha destacado como defensor de los derechos estatales en contra de las minorías y las mujeres. Especialmente relevante fue el caso contra la Universidad de Michigan de una consejera evangelista despedida por negarse a trabajar con parejas gays. Sutton fue uno de los abogados que consiguió que se reabriera el caso y que la corte sentenciara que no había habido motivo para despedirla. Sutton se ha mostrado en general en contra de reconocer cualquier derecho que no esté específicamente indicado en la Constitución.

Los cuatro estados tienen en común que los vetos al matrimonio gay fueron incluidos en sus constituciones en años pasados mediante referéndum. Los demandantes solicitan no solo el derecho a casarse, también el reconocimiento legal a los matrimonios gays celebrados válidamente en otros estados, así como el derecho a adoptar niños. “Poner todos los argumentos espalda contra espalda el mismo día es ciertamente inusual y realmente un buen movimiento. De este modo el panel se beneficia de ver todos los argumentos de una vez, dándoles la oportunidad de armonizar las leyes en este área”, ha explicado el abogado responsable de los casos en Ohio, Al Gerhardstein.

Fuente Ragap

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , ,

Juzgarán a una secretaria del Registro Civil de Colorado que ha casado a un centenar de parejas gays sin esperar la apelación

Lunes, 14 de julio de 2014
Comentarios desactivados en Juzgarán a una secretaria del Registro Civil de Colorado que ha casado a un centenar de parejas gays sin esperar la apelación

noticias_file_foto_821416_1404985396La sentencia afectaba realmente a Utah. La Corte del Décimo Circuito de Apelaciones ratificó la sentencia dictada en este estado que eliminaba el veto al matrimonio gay, aunque la resolución quedó suspendida pendiente una apelación, que irá directamente a la Corte Suprema. Pero para la secretaria del Registro Civil del condado de Boulder (Colorado), Hillary Hall, esta sentencia debía abrir las puertas al matrimonio gay no solo en Utah, sino en todos los estados en los que tiene jurisdicción el Décimo Circuito de Apelaciones: Kansas, Nuevo México, Oklahoma, Utah, Wyoming y también Colorado. Y, ni corta ni perezosa, Hall anunció que celebraría enlaces entre personas del mismo sexo. Por el momento ya son más de un centenar, y uno de ellos ha tenido como protagonista a un senador del Estado. Pero Hall tendrá ahora que enfrentarse a un juicio por incumplir las leyes aún vigentes en Colorado.

El procurador general, Dan Domenico, ya había advertido a Hall de que tenía que dejar de celebrar las uniones, pero la secretaria ha seguido adelante y ahora el propio fiscal general, el republicano John Suthers, ha iniciado acciones legales para impedir que se celebren más matrimonios. El centenar de parejas ya casadas ha denunciado que la fiscalía está intentando invalidar sus matrimonios sin que ni siquiera medie una notificación. Ayer, un grupo de simpatizantes de Hall se concentró a las puertas del registro para mostrar su apoyo.

Hall se defiende argumentando que la sentencia de la Corte de Apelaciones está por encima de las leyes del estado y que debería seguir siendo válida en tanto que se resuelven las apelaciones y hasta que un tribunal de mayor categoría anule la sentencia. “Creo que es un derroche de recursos que el Fiscal General siga denegando los derechos constitucionales de la gente. Creo que la solución menos dañina y más sensata es conceder licencias de matrimonio y evitar más violaciones potenciales de los derechos civiles mientras que se decide en la corte”, señala. Entre tanto, Colorado se ha sumado también a la lista de estados en los que el veto al matrimonio gay ha sido declarado inconstitucional. La sentencia del juez Scott Crabtree ha quedado en suspenso en espera de la apelación a la Corte Suprema, siguiendo el mismo curso que están llevando estas acciones en todo el país.

Foto: Hillary Hall junto a una de las primeras parejas casadas (AP).

Fuente Ragap

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , ,

India asignará un ‘tercer sexo’ legal a las personas transexuales.

Jueves, 17 de abril de 2014
Comentarios desactivados en India asignará un ‘tercer sexo’ legal a las personas transexuales.

140415152340-india-transgender-story-topLa Corte Suprema de la India ha emitido una sentencia que obliga a ese país a reconocer un “tercer sexo” en los documentos oficiales para dar acomodo jurídico a la realidad de las personas transgénero, una comunidad especialmente discriminada en la India. Pero la sentencia va más allá al ordenar tanto al gobierno federal como a los gobiernos de los estados incluir específicamente a las personas transgénero en los programas de ayuda social y en materia de educación, sanidad y trabajo.

Es por ello que la sentencia de la Corte Suprema india puede considerarse histórica al reconocer derechos y proporcionar un marco de protección jurídica más general a las personas transgénero. Conviene aclarar que las tradiciones india y paquistaní reconocen a los “eunucos” o hijras, como se les llama en lengua urdu, y que en su mayoría son mujeres transgénero. Si bien han tenido asignadas ciertas funciones en la cultura tradicional, a día de hoy estas personas pertenecen al estrato más mísero de la sociedad y la mayoría vive en la marginalidad, siendo sujeto de discriminación a la hora de acudir a la escuela o a los hospitales o de ser propietarias o arrendatarias. A veces son directamente asesinadas. En muchos casos la discriminación llega más allá de la muerte, al negársele la celebración de los ritos funerarios habituales. Por ello con frecuencia se ven obligadas a establecerse juntos en colonias o barriadas separadas, que con frecuencia han sido atacadas u hostigadas, incluso por las propias fuerzas del orden.

“Los transexuales son también ciudadanos de este país. Es el derecho de cada ser humano elegir su género”, dijeron los jueces K. S. Radhakrishnan y A. K. Sikri en la sentencia.  De esta manera, el Tribunal Supremo de la India dictaminó este martes que los transexuales son un “tercer género” y ordenó al Gobierno que los trate como tal en los documentos oficiales, de acuerdo con fuentes judiciales citadas por los medios locales. El máximo organismo judicial indio también pidió al Ejecutivo que considere a los transexuales como un grupo “social y económicamente subdesarrollado” y que reserve trabajo público y plazas en centros educativos para ellos. “El espíritu de la Constitución es proporcionar oportunidades iguales a cada ciudadano para que crezca y alcance su potencial sin importar su casta, religión o género”, se explica en la sentencia.

Hasta ahora los transexuales debían marcar la casilla “hombre” o “mujer” en los documentos oficiales, pero tras la sentencia del Supremo el Gobierno deberá emitir pasaportes y licencias de conducir que incluyan el nuevo género. Además, a partir de ahora se incorporan al sistema de “discriminación positiva” indio que desde 1950 reserva puestos de trabajo público y en universidades para los miembros de castas bajas.

En la India, las personas transexuales se enfrentan a una gran discriminación y muchas veces no tienen más remedio que dedicarse a la prostitución, tras ser rechazadas por sus familias y la sociedad, a pesar de que en el país existe la tradición de las “hijras”, transexuales o travestis que forman parte de una comunidad como gurús y bendicen recién nacidos y matrimonios.

La sentencia llega después de que el Supremo declaró ilegales las relaciones homosexuales el pasado 11 de diciembre, cuatro años después de que el Tribunal Superior de Nueva Delhi las legalizase.

La India sigue así el ejemplo de su vecina Pakistán, donde ya los hijras han conseguido reconocimiento legal. Fue en 2009 cuando la Corte Suprema de ese país ordenaba que se les censara, se les permitiera tener documentación propia que les reconociera como un tercer sexo y se tuvieran en cuenta sus necesidades. De hecho ya en la propia India habían visto conquistado su derecho, también en el año 2009, a identificarse como una categoría separada de los sexos masculino y femenino en los formularios de registro electoral, un documento de gran importancia en un país de más mil millones de habitantes y con grandes dificultades para censar a su población.

También en otros países, como Nepal o Australia

 También en Nepal, otro vecino de la India, las personas transgénero e intersexuales pueden registrarse como un tercer sexo si así lo desean. Una posibilidad que fue autorizada en mayo de 2012. Los documentos de identidad sin identificación de género empezaron a emitirse en enero del año pasado. Pero no solo los países asiáticos han establecido este tipo de soluciones para las personas cuya identidad no es conforme a uno de los dos sexos tradicionales. También lo han hecho, aunque de distintas formas, algunos países occidentales. En Alemania, ya desde el pasado noviembre, los padres pueden decidir qué sexo debe figurar en el certificado de nacimiento de sus hijos y tienen la opción de dejar en blanco ese campo del certificado.

 

Y en Australia ya desde 2011 es posible que personas transgénero e intersexuales se acojan a una tercera categoría de género (“indeterminado, no especificado o intersexual”) en los pasaportes, sin que ello signifique que las personas transexuales que deseen modificar el género de masculino a femenino o viceversa no puedan hacerlo de acuerdo a los cauces legales establecidos para ello. Hace pocos días, además, la Alta Corte australiana daba definitivamente la razón a una militante transgénero de Sydney que llevaba años batallando para conseguir el reconocimiento del estatus de “sexo no identificado” de forma general. Tras conseguirlo momentáneamente en 2010, el eco mediático alcanzado por la noticia (tratada en muchos casos de un modo amarillista) movió al fiscal general de Nueva Gales del Sur a intervenir en el asunto y pedir aclaraciones, al tiempo que la oficina del Registro Civil comunicó a la activista que el certificado que ya le había sido entregado no era válido dado que este solo podía consignar dos posibilidades: o sexo masculino o sexo femenino. Cuatro años después la justicia le ha dado la razón. Habrá que ver ahora qué ajustes legales hacen tanto el estado de Nueva Gales del Sur como la autoridad federal australiana en respuesta a la sentencia.

Fuente Cáscara Amarga y Dosmanzanas

General, Historia LGTBI , , , , , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.