Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Rinderle v. Cobb County School District’

Despidieron a una maestra por leer un libro sobre la comunidad LGBTQ+. El Departamento de Justicia y 16 estados están ayudando en su caso.

Viernes, 13 de septiembre de 2024
Comentarios desactivados en Despidieron a una maestra por leer un libro sobre la comunidad LGBTQ+. El Departamento de Justicia y 16 estados están ayudando en su caso.

IMG_7092IMG_7100La escuela dijo que incluso hablar sobre las personas LGBTQ+ es “divisivo”. Los estados dicen que el silencio solo alienta el acoso escolar.

Por Mira Lazine viernes 30 de agosto de 2024

En una acción poco común, el Departamento de Justicia de Estados Unidos y 16 fiscales generales estatales más el Distrito de Columbia presentaron dos escritos amicus curiae en apoyo de una maestra de Georgia que fue despedida de una escuela pública por leer un libro con temas LGBTQ+ en su clase.

La participación del Departamento de Justicia y los estados refleja el impacto significativo de este caso en el futuro de la educación pública en todo el país”, dijo el subdirector legal interino del Southern Poverty Law Center, Michael J. Tafelski a LGBTQNation.Todos los estudiantes merecen la libertad de aprender en escuelas donde se afirme su identidad, y claramente el Departamento de Justicia y los estados de todo el país están de acuerdo”.

El caso es Rinderle v. Cobb County School District. (Rinderle contra el Distrito Escolar del Condado de Cobb), una demanda presentada en febrero de este año después de que la maestra de quinto grado Katherine Rinderle fuera despedida del Distrito Escolar del Condado de Cobb después de leer el libro My Shadow is Purple (Mi sombra es morada) a su clase en la Due West Elementary School (escuela primaria Due West) en marzo de 2023. El libro estuvo en la Feria del Libro Scholastic de la escuela y trata sobre un niño que busca aceptación por su no conformidad de género.

Rinderly está demandando en virtud del Título IX, la ley que prohíbe la discriminación por motivos de sexo en la educación. La administración Biden ha interpretado que esto incluye la prohibición de la educación anti-LGBTQ+, ya que es imposible discriminar a las personas LGBTQ+ sin tener en cuenta el sexo. Una maestra y un estudiante también son demandantes en el caso que alega que su despido es indicativo de un entorno hostil plagado de discriminación por motivos de sexo contra personas no conformes con su género.

El escrito del Departamento de Justicia establece que Estados Unidos “no toma posición sobre los méritos del reclamo del Título IX de los demandantes, ni sobre la exactitud de las alegaciones que respaldan ese reclamo” y, en cambio, quiere que el tribunal considere los efectos de las políticas de la escuela sobre los estudiantes.

El Departamento de Justicia sostiene que el Tribunal de Distrito del Distrito Norte de Georgia, División de Atlanta, que tiene jurisdicción en este caso, tiene que evaluar el mérito de las reclamaciones basándose en la totalidad de las pruebas, con especial atención a las políticas de la escuela. Además, el Departamento de Justicia dijo que su interés en el caso es que los maestros – “quienes a menudo poseen un conocimiento único y directo de la discriminación que sufren los estudiantes en sus escuelas” – puedan hablar sin enfrentar represalias.

El distrito escolar invocó una interpretación de sus políticas de “Conceptos divisivos” que prohíben el contenido LGBTQ+ en el aula. Un correo electrónico de un padre que se quejó de la lectura del libro decía que “cualquier cosa en el género ‘LGBTQ’ y ‘queer’” cuenta como “divisivo”. El director reenvió ese correo electrónico a la oficina central del distrito, y Rinderle fue suspendida varios días después y despedida unos meses después.

El Departamento de Justicia sostiene que la afirmación de los acusados de que el Título IX no se aplica porque se trata de un caso de discriminación contra las personas LGBTQ+ es válida. En respuesta, el Departamento de Justicia hace referencia a las decisiones del Departamento de Educación, la Corte Suprema y tres tribunales de apelaciones para respaldar la legitimidad de citar el Título IX para las políticas de no discriminación contra las personas LGBTQ+.

También citaron acusaciones de acoso e intimidación anti-LGBTQ+ dentro del distrito escolar, que el Departamento de Justicia cree que las políticas escolares han permitido.

El escrito concluye: “Por lo tanto, al evaluar, a los efectos del reclamo por represalias del Título IX de Rinderle, si la Demanda alega de manera plausible que ella razonablemente y de buena fe creía que existía un ambiente hostil basado en el sexo para los estudiantes LGBTQ y no conformes con su género, este Tribunal debe considerar, como parte de la totalidad de las circunstancias, los supuestos efectos de la interpretación y aplicación por parte del Distrito de sus Políticas de “Conceptos Divisionarios”.

El escrito de los estados y del Distrito de Columbia incluye a los estados de California, Colorado, Connecticut, Delaware, Hawái, Illinois, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Nevada, Nueva Jersey, Nueva York, Oregón y Vermont. Todos ellos afirman que las políticas del distrito escolar que censuran el contenido LGBTQ+, denominadas “políticas de censura”, son de “’carácter inusual’ –únicas en su amplitud y en su incapacidad para promover de manera significativa objetivos pedagógicos legítimos–, lo que proporciona una indicación adicional de que las políticas son constitucionalmente sospechosas”.

El argumento central del escrito es que las políticas dentro del distrito escolar perjudican a los jóvenes LGBTQ+. El escrito cita investigaciones sobre el tema.

Argumentan que los estados representados en el escrito amicus tienen políticas educativas más legítimas ya que sirven para proteger a los jóvenes LGBTQ+ con el objetivo de promover su educación.

Los Estados Amici también reconocen el hecho indiscutible de que las personas LGBTQ son parte de la vida estadounidense y, por lo tanto, incluyen las experiencias y contribuciones LGBTQ en la educación en historia y estudios sociales”, escriben los estados. “Por estatuto, siete Estados Amici han promulgado requisitos curriculares de historia o estudios sociales relacionados con los estadounidenses LGBTQ. Otros Estados Amici han emprendido esfuerzos similares para actualizar los estándares curriculares para incluir a las personas LGBTQ”.

La investigación en la que se basan, que incluye datos de los Centers for Disease Control and Prevention, (Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades), una revisión sistemática de la Cornell University, (Universidad de Cornell) el Michigan Department of Education, (Departamento de Educación de Michigan) y una encuesta de investigación GLSEN, entre otras publicaciones, sugiere que los jóvenes LGBTQ+ tienen más probabilidades de sufrir acoso que sus pares cisgénero y heterosexuales, lo que conduce a efectos más negativos en la salud mental de la población.

Concluyen argumentando que el escrito amicus curiae indica que podría ser necesario gastar costos adicionales para abordar los posibles efectos negativos de Georgia debido a la afluencia de jóvenes LGBTQ+ y sus familias que se mudan a sus estados.

Los escritos se oponen a los demandados: el Distrito Escolar del Condado de Cobb, el superintendente del distrito, la Junta de Educación del condado y Chris Dowd, un ex oficial del Departamento de Policía de Atlanta y actual empleado del distrito que fue demandado por actuar ilegalmente en una redada en un bar gay en 2009. Los demandantes están representados por Goodmark Law Firm, las Oficinas Legales de Gerry Weber, el Southern Poverty Law Center, la Asociación Nacional de Educación y la Fundación de Educación del Sur.

Fuente LGBTQNation

Cristianismo (Iglesias), General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.