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Justicia adecuará la legislación para facilitar la inscripción de bebés nacidos por gestación subrogada

Lunes, 14 de julio de 2014
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embarazoEste compromiso por parte del Ministerio pasa por agilizar la inscripción en el Registro Civil de estos bebés nacidos en el extranjero a través de los conocidos como ‘vientres de alquiler’.

La maternidad subrogada en España se encuentra actualmente en un limbo jurídico.

El Ministerio de Justicia se ha comprometido este miércoles a adecuar la legislación vigente para facilitar la inscripción en el Registro Civil de niños nacidos en el extranjero mediante la técnica de la maternidad subrogada, práctica conocida comúnmente como ‘vientres de alquiler‘.

Responsables del departamento que dirige Alberto Ruiz Gallardón han trasladado este compromiso a los representantes de la asociación Son nuestros hijos durante una reunión mantenida este miércoles después de que esta última denunciara la “dramática” situación a la que se enfrentan por no poder ser inscritos estos niños en el Registro Civil.

La maternidad subrogada se encuentra en un limbo jurídico puesto que la Ley española de Técnicas de Reproducción Humana Asistida de 2006 señala que será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación de sustitución.

Desde el Ministerio de Justicia se ha trasladado a la asociación que para hacer efectivo el trámite parlamentario se modificará el proyecto de ley de reforma del Registro Civil, que se enmarca en las propuestas de CORA (Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas), a fin de permitir la inscripción de los nacidos mediante gestación por sustitución.

Facilitar la inscripción en favor del menor

En el año 2010, la Dirección General de los Registros y del Notariado dictó una instrucción para fijar los criterios que determinaban las condiciones de acceso al Registro Civil español de los nacidos en el extranjero mediante estas técnicas. Sin embargo, dicha instrucción resultó anulada en la práctica por la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 6 de febrero que declaró que la ley de técnicas de reproducción española impide la inscripción de estos menores.

Según el Ministerio de Justicia, su compromiso con los afectados busca “aclarar” cualquier dudad sobre los procedimientos para esta inscripción que ya se reconocía en el proyecto aprobado hace un mes por el Gobierno.

Por otro lado, el departamento dirigido por Alberto Ruiz Gallardón adaptará la legislación española a lo establecido en una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, cuya resolución condenaba a Francia y reconocía el derecho de inscripción de un menor nacido a través de la técnica de gestación subrogada.

Para ratificar el compromiso con la asociación, el Ministerio de Justicia se ha comprometido a trabajar conjuntamente con esta asociación para que la nueva redacción del texto “se adapte lo mejor posible” al objetivo de la reforma ya realizada el pasado 13 de junio, que según señalan, “no es otro que facilitar esta inscripción en favor del menor de la forma más rápida posible”.

hijos_de_padres_gaysCelebran “con cautela” el anuncio de Justicia para volver a inscribir a bebés nacidos por gestación subrogada

Más de 84.000 firmas apoyan la campaña iniciada en Change.org para modificar la Ley del Registro Civil y permitir así la inscripción de niños nacidos en el extranjero por gestación subrogada.

“La sentencia del Tribunal Supremo dictada en febrero ha quedado en papel mojado”, explica el presidente de la asociación Son Nuestros Hijos, Antonio Vila Coro.

Desde la asociación ‘Son Nuestros Hijos’ (SNH) se han mostrado “satisfechos” ante el paso dado por el Ministerio de Justicia para permitir de nuevo la inscripción de los bebés nacidos por vientre subrogado nacidos en el extranjero. El pasado miércoles esta asociación se reunió con el subsecretario y el director general del Ministerio y su compromiso fue el de cambiar la ley a través de una enmienda y reanudar las inscripciones paralizadas como medida transitoria.

“Estamos eufóricos, toda la gente de nuestro entorno está celebrándolo. Había muchas parejas que estaban esperando para poder inscribir a sus hijos y cuyo proceso estaba paralizado o denegado en el peor de los casos, explica Antonio Vila-Coro, presidente de SNH. “La presión popular, las más de 84.000 firmas recogidas en Change.org y esta instrucción que va a dar el Ministerio a los consulados deja en papel mojado la sentencia dictada el pasado mes de febrero por el Tribunal Supremo en la que se aseguraba que nuestros hijos no podían ser inscritos como españoles”.

La campaña iniciada por SNH en la plataforma de recogida de firmas ya cuenta con más de 84.500 firmas conseguidas en menos de un mes. En ella, se solicita la modificación de la Ley de Registro Civil para permitir la inscripción de niños nacidos por gestación subrogada en el extranjero, y está dirigida tanto al Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso Alfonso Alonso, como el Director General de los Registros y del Notariado Joaquín José Rodríguez Hernández y el propio Ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón.

“Aún estamos a la espera de conocer la nueva propuesta de ley pero si todo va según lo previsto, esto revierte completamente la situación de indefensión en la que nos encontrábamos y nos deja en mejor situación porque hemos elevado la instrucción a rango de ley”, explica Vila-Coro. “El 10 de septiembre termina el plazo para introducir enmiendas a la ley, estaremos por tanto muy pendientes en ese proceso en el que la ley orgánica pase por el pleno del Congreso pero de momento creo que vamos por muy buen camino para que esto se gane”.

Además, en los próximos días la sala de lo civil del Tribunal Supremo analizará la sentencia publicada en febrero después de que la familia afectada haya interpuesto un expediente de nulidad de las actuaciones.

Fuente Cáscara Amarga (1, 2)

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La condena a Francia por no registrar tres niñas nacidas por gestación subrogada fuerza al Gobierno español a replantearse su política

Lunes, 7 de julio de 2014
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1245799307492parejadnUna vez más ha tenido que ser la justicia europea la que ponga freno a un recorte de derechos promovido por un Gobierno español, aunque en este caso lo haya hecho de forma indirecta. La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenando a Francia por no registrar a tres menores nacidas mediante gestación subrogada en Estados Unidos obliga al Gobierno español, que pretendía aprobar una reforma de la ley en el mismo sentido restrictivo, a replantearse su actitud.

Lo contábamos hace una semana. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos fallaba a favor de dos matrimonios franceses que tuvieron sus tres hijas mediante gestación subrogada, a las que Francia se negó a registrar por estar dicho procedimiento prohibido en su suelo pese a que las niñas habían nacido y estaban reconocidas como hijas de sus padres en Estados Unidos. El alto tribunal europeo consideró que esta negativa violaba el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el derecho de las menores al respeto de su vida privada, socavando su identidad y produciéndoles un perjuicio. El tribunal fijó una indemnización a cada una de las menores de 5.000 euros e impuso al Estado francés la obligación de desembolsar 15.000 euros a las familias demandantes en concepto de costas.

Como ya explicábamos entonces, la sentencia admite que los estados puedan legislar como quieran las condiciones en las que permiten o no la gestación subrogada. En este sentido, el tribunal rechazó que la situación de las dos parejas de padres se pudiera considerar discriminatoria y centró su condena en cómo la negativa afectó a sus hijas. Y aquí la sentencia es clara al considerar que los estados ya no disponen de ese margen cuando de establecer la parentalidad de menores se trata, prevaleciendo el interés del menor y su derecho a la identidad.

En definitiva, el tribunal permite que los estados prohíban la gestación subrogada, pero no negar los derechos de filiación a los menores nacidos mediante este procedimiento en otro país que sí se los reconozca (Estados Unidos, en este caso).

El Gobierno español se replantea ahora su reforma

La casualidad quiso que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se conociera pocos días después de que el Gobierno español aprobara una reforma de los procedimientos de inscripción de los recién nacidos que deja en el limbo jurídico a los hijos nacidos mediante gestación subrogada, obligando a que al registrar a los hijos nacidos en el extranjero sea obligatorio consignar siempre “a la madre gestante”, imponiendo para cualquier otra situación la necesidad de un proceso judicial en España. Y en ese sentido, la reforma se produce pocos meses después de que la Sala Civil del Tribunal Supremo rechazara por 5 votos contra 4 el registro de los hijos que un matrimonio gay valenciano tuvo en California.

Todo ello a pesar de que en febrero de 2009 la Dirección General de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia regulaba mediante una orden estas inscripciones y reconocía la validez de la filiación otorgada en países extranjeros tras la correspondiente resolución judicial (tal y como se procede de hecho en Estados Unidos). El Supremo español, sin embargo, argumentó que la gestación subrogada es ilegal en España, y ofreció como única salida que el padre no biológico procediese a la adopción de los que desde hace ya más de cinco años son sus hijos. Una sentencia que por cierto está pendiente de un recurso de nulidad interpuesto por la asociación Son Nuestros Hijos, pero que combinada con la reforma promovida por el ministerio que dirige Alberto Ruiz-Gallardón, dejaba un panorama absolutamente sombrío para numerosas familias.

Según El País, sin embargo, la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuya argumentación es precisamente la opuesta a la del Supremo español (aunque concordante con el voto particular de los cuatro jueces discrepantes, que consideraron que el bien del menor debe prevalecer) ha llevado a Justicia a replantearse su posición. “Estamos obligados a introducir modificaciones legales para ajustar nuestro ordenamiento jurídico a la interpretación de Estrasburgo, y lo haremos”, ha declarado al respecto el subsecretario del ministerio, Juan Bravo.

Esperemos que realmente sea así y se evite más sufrimiento innecesario a las familias que en España se encuentran hoy en una situación similar a las de las demandantes francesas. Aprovechamos para recordar que hay en marcha una petición en change.org para conseguir que las Cortes modifiquen el mencionado proyecto de ley a la que se puede acceder aquí y que lleva recogidas ya más de 73.000 firmas.

Fuente Dosmanzanas

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Una pareja de lesbianas denuncia discriminación al inscribir a su hija en el Registro

Sábado, 28 de junio de 2014
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865-registro-civil-de-malaga-es-denunciado-por-discriminar-a-hija-de-lesbianasAseguran que la inscripción de su bebé fue un calvario pues les exigieron documentación que no se pide a padres heterosexuales

Una pareja de lesbianas acusa al Registro Civil de Málaga de discriminarlas cuando fueron a inscribir a su hija recién nacida a causa de su condición de homosexuales.

Eloisa y Mariana, de 34 y 29 años, querían ver cumplido su sueño de ser madres. Tras sopesar cuál de las dos se sometería a la técnica de fecundación in vitro, decidieron que probara Eloisa por razones de edad y para que viera cumplido su deseo. Se dirigieron a la Unidad de Reproducción Asistida de la Clínica el Ángel, donde el embarazo fructificó al primer intento. Unos meses después nacía su pequeña en las instalaciones de este mismo hospital.

Pero su alegría se mitigó en parte al encontrarse con las trabas de los funcionarios del Registro Civil. Antes de dar a luz ya sabían que los papeles que debían entregar para formalizar la inscripción de su hija eran diferentes a los que ha de entregar una pareja heterosexual. Las lesbianas deben, en primer lugar, estar casadas o ser pareja de hecho y presentar un documento previamente tramitado por la clínica en el que la pareja firma en calidad de matrimonio y donde se contempla que a todos los efectos ambas son madres de pleno derecho sobre el futuro bebé.

Pero, pese a tener este documento en regla, cuando fueron a informarse de qué era necesario, en el Registro Civil de Málaga le exigieron un certificado médico de la unidad de reproducción firmado por el médico que ha asistido a la madre gestante, su número de colegiado, y que especificase que se trataba se una inseminación artificial con semen donante, que el embarazo había sido satisfactorio, la clínica y los datos de la gestante.

La pareja cree que al organismo lo único que le importa es evitar la posibilidad de que un varón aparezca reclamando que el bebé es suyo. «Es algo absurdo ya que, como es obvio, se trata de una donación anónima, y no de un padre como tal», señala Mariana, que lamenta que la postura de los funcionarios evidencia que no es importante la implicación de la segunda madre, ni que estén casadas o la firma del consentimiento.

Dada la situación, esta pareja se puso en contacto con el Ministerio de Justicia. Un trabajador les comunicó que la ley permite que puedan exigir toda la documentación que consideren necesaria.

Y el día del nacimiento llegó. Entonces, les exigieron que debían estar las dos para la inscripción de la niña. «Recién parida y aún con los puntos tuve que ir al registro. A la vez que nosotras, llegaron dos parejas de distinto sexo. Mientras nosotras permanecíamos allí porque no querían registrar a la niña bajo el argumento de que en el certificado médico no especificaba que el semen donante era anónimo, a estas parejas, sin estar casadas ni de hecho y, ni tan siquiera vivir juntos, no se les puso impedimento alguno para su inscripción», señala Eloisa.

Aunque finalmente lograron inscribir a su bebé gracias al documento confidencial de «capacitación espermática», ambas mujeres se sintieron discriminadas. «Nos hicieron sentir inferiores al resto de ciudadanos», critican, mientras aplauden que en el Registro Civil de Benalmádena esto no ocurre.

Via La Opinion de Málaga

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Sentencia histórica: Italia reconoce por primera vez a un matrimonio homosexual.

Viernes, 11 de abril de 2014
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noticias_file_foto_765053_1397122724Importante sentencia la que ha emitido un tribunal de Grosseto, en Italia, que ha ordenado inscribir en el registro civil de la ciudad el matrimonio de Giuseppe Chigiotti y Stefano Bucci, una pareja gay casada en Nueva York. Se trata de la primera vez que un tribunal italiano ordena expresamente la inscripción de un matrimonio entre personas del mismo sexo en un país en el que no existe perspectiva alguna de aprobación del matrimonio igualitario por vía legislativa. La sentencia será en cualquier caso recurrida.

Giuseppe Chigiotti, un arquitecto de 68 años, y Stefano Bucci, un periodista de 57, se acaban de convertir en la primera pareja italiana gay cuyo matrimonio es reconocido legalmente en Italia, a pesar de que el país carece de una ley que ratifique estas uniones. Un tribunal de Grosseto, en la Toscana, al norte del país, presidido por el juez Claudio Boccini ordenó al ayuntamiento que inscriba en el registro civil el matrimonio, celebrado el 6 de diciembre de 2012 en Nueva York. Una sentencia calificada de histórica por los grupos de defensa de los derechos de los homosexuales.

Giuseppe Chigiotti, arquitecto de 68 años, y Stefano Bucci, periodista de 57, contrajeron matrimonio en Nueva York en diciembre de 2012. Tras la negativa del funcionario del registro civil de Grosetto (Toscana) y asesorados por el abogado Claudio Boccini, decidieron recurrir a la justicia, que por el momento les ha dado la razón. La sentencia (que puedes leer aquí) esta firmada por el juez Paolo Cesare Ottati, que basa su argumentación en el hecho de que el matrimonio entre personas del mismo sexo celebrado en el extranjero no es ajeno al ordenamiento jurídico italiano, al existir ya una sentencia previa de la Corte Suprema de Casación italiana, en concreto la nº 4184/2012, referida a una pareja gay casada en Holanda a la que se le reconocía su “derecho a una vida familiar”, a “vivir libremente una condición de pareja” y a beneficiarse de un “trato homogéneo al que la ley asegura a la pareja casada”. Esto, unido al hecho de que la legislación referida a los matrimonios celebrados en el extranjero no haga referencia expresa al sexo de los contrayentes, le resulta suficiente al juez para considerar que el registro de Grosetto debe proceder a la inscripción del matrimonio como si de una pareja heterosexual se tratase.

repositorio_obj_3599_1397121832Giuseppe Chigiotti, en una entrevista realizada por teléfono para el canal de televisión de La Repubblica, contó que él y su esposo, Stefano Bucci, recurrieron a los tribunales porque no tenían fe en que los legisladores italianos actuaran sobre el tema: “Si recurrimos a la justicia, es sólo porque no tenemos confianza en la clase política italiana, sabemos que en Italia nunca será posible. Hay políticos italianos que son gays, parejas casadas que no revelan su homosexualidad y, tal vez, algunos hasta se casaron en el extranjero “, asegura Chigotti.

Como era de esperar la noticia ha generado toda una cascada de reacciones. El alcalde de Grosetto, Emilio Bonifazi (Partido Democrático) está dispuesto a inscribir el matrimonio, tal y como la justicia ha ordenado, y de hecho se ha mostrado satisfecho por lo que a su juicio constituye un “precedente histórico para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo en Italia”. Por el contrario el procurador jefe de Grosetto, Francesco Verusio, ha anunciado que recurrirá la sentencia argumentando precisamente que la sentencia de la Corte de Casación de 2012, que reconocía derechos a la pareja casada en Holanda, consideraba que el reconocimiento expreso de su matrimonio era imposible de acuerdo al ordenamiento jurídico italiano vigente en la actualidad. Nosotros mismos, cuando recogimos la noticia en 2012, hacíamos alusión a que la Corte de Casación en efecto no ordenaba la inscripción del matrimonio como tal. También nos referíamos a la circular 55 de octubre de 2007 emitida por Giuliano Amato, el entonces ministro de Interior italiano, que ordenaba no reconocer las uniones entre personas del mismo sexo contraídas por italianos en el extranjero.

Activistas LGTB se han felicitado de lo que consideran un importante precedente en un país cuya situación política hace inviable la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo. Habrá que ver qué recorrido tiene finalmente lo ocurrido en Grosetto, pero de lo que no duda cabe es de que si en Italia se producen avances significativos hacia el matrimonio igualitario estos solo pueden venir por vía judicial. Fabrizzio Marrazzo, un portavoz del Centro Gay, tildó la sentencia de “acontecimiento revolucionario que merece una respuesta política” del gobierno. “Es un caso sin precedentes” añadió Sergio Lo Giudice, senador del Partido Democrático y ex responsable de la asociación Arcigay, a los periodistas.

Claudio Snitches, periodista The Advocate escribía: ‘dos ciudadanos de Grosseto han conseguido lo que hasta ahora nos ha sido siempre negado por los municipios y los tribunales: Ver reconocida su condición de pareja casada de un matrimonio que se celebró en el extranjero”.

La sentencia de Grosetto también ha merecido la condena de políticos homófobos, como el senador Carlo Giovanardi, que ha acusado el juez Ottati de creerse “el ombligo del mundo” y de “inventarse una norma” al margen del Parlamento. Y como no podía ser menos también la Conferencia Episcopal Italiana ha cargado contra el juez. “El matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, que de forma pública y estable se unen con una apertura a la vida y a la educación de los hijos. El intento de negar esta realidad por vía judicial supone un desgarro, una peligrosa huida hacia adelante de carácter fuertemente ideológico. De esta manera se reduce el espacio para la confrontación abierta y leal entra las distintas visiones que se dan en nuestra sociedad plural”, expresan en su comunicado los obispos italianos.

Actualmente, tanto la mayoría de la coalición de centro-derecha Casa de las Libertades, como el partido de centro Unión de los Demócratas Cristianos y de Centro y la Iglesia Católica están en contra de la legalización del matrimonio gay en Italia, mientras que el Partido Democrático (centro-izquierda) se encuentra dividido.

762-tribunal-italiano-reconoce-por-primera-vez-un-matrimonio-gayHasta 2013, 133 municipios y ciudades a lo largo de Italia han introducido registros de uniones civiles (registro delle unioni civili) que formalmente reconocen parejas del mismo sexo. Estos registros son mayormente de valor simbólico, en algunos casos tienen beneficios muy limitados, y solo a nivel local. Las ciudades más importantes que ofrecen los registros de uniones civiles incluyen a Bolonia, Padua, Florencia, Pisa y Bolzano.

Según la encuesta del Eurobarómetro realizada a principios de 2009 mostró que 40,4% de los italianos apoyaban el matrimonio civil entre personas del mismo sexo, mientras que el 18,5% apoyaba las uniones civiles, pero no el matrimonio. Así, el 58,9% de los encuestados apoyaba alguna forma de reconocimiento de uniones para las parejas del mismo sexo. La única área con apoyo mayoritario fue en el noroeste (Piamonte y Liguria, donde el 54,8% estaban a favor de ella). Sin embargo, en todas las otras regiones italianas, exceptuando las islas, la mayoría apoya alguna forma de reconocimiento para las parejas homosexuales. Entre los que se consideran de izquierda, el 66,5% apoya los matrimonios entre personas del mismo sexo. La misma encuesta se repitió en enero de 2010. El 41.0% de los encuestados admitía ahora el matrimonio homosexual, con un 20,4% de apoyo para las uniones civiles. Por lo tanto, el apoyo a algún tipo de reconocimiento para las parejas del mismo sexo se elevó a 61,4%.

Fuente Ragap y Dosmanzanas

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