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Noticia histórica para los derechos LGTB: la Corte Constitucional de Colombia dictamina a favor del matrimonio igualitario

Sábado, 9 de abril de 2016
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corte-constitucional-colombiaLa decisión judicial de la Corte Constitucional ha conseguido pintar todos los rincones del país cafetero con los colores de la Diversidad. Un gran paso para el colectivo LGTB, y para el resto de la sociedad colombiana que llevaba tiempo reclamando una legislación más equitativa. En un histórico fallo, los magistrados avalaron por seis votos a tres una demanda que exigía dotar a las uniones civiles homosexuales de los mismos derechos que el matrimonio. Desde este viernes ningún juez ni notario podrá legalmente rechazar la petición de matrimonio de una pareja según su orientación sexual.. Anteriormente las parejas homosexuales en Colombia podían registrarse ante un notario bajo la fórmula de “uniones de hecho” o “uniones civiles” pero sin que constituyera un matrimonio. Colombia se suma al pequeño grupo de países en América Latina que han aprobado el matrimonio igualitario con igualdad de derechos que el contraído por una pareja heterosexual y entre los que está Argentina y Brasil.

Por una mayoría de 6 votos contra 3, la Corte Constitucional de Colombia ha dictaminado este 7 de abril que ningún juez ni notario puede negarse a celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo. La esperada sentencia cierra un proceso iniciado en 2011, cuando el alto tribunal reconoció la condición de familia de las parejas del mismo sexo y dio un plazo de dos años para que se legislara al respecto. Sin embargo, la inoperancia del poder legislativo al respecto demoró su resolución hasta agotar el plazo, teniendo que ser de nuevo el poder judicial quien haya tenido que dictar sobre la igualdad de derechos de los ciudadanos LGTB colombianos. Colombia amplía de esta manera a 21 el número de los países que permiten el matrimonio igualitario en todo el mundo.

El proceso legal del matrimonio igualitario en Colombia se remonta a 2011, cuando en una histórica sentencia la Corte Constitucional ratificó que las parejas del mismo sexo constituyen familia y dio un plazo de dos años al Congreso para que legislara su reconocimiento con los mismos derechos que el matrimonio civil. El plazo venció en junio de 2013, después de que el intento de aprobar una ley de matrimonio igualitario fracasara. La Unión Colegiada del Notariado de Colombia elaboró entonces, para intentar responder a la exigencia del tribunal, un contrato denominado “formalización y solemnización del vínculo”, institución inexistente en las leyes del país y que los colectivos LGTB rechazaron de plano.

Los jueces pasaron entonces a ser la clave. Ya en julio de 2013 se celebró una primera unión entre dos hombres, pero entonces la jueza, aunque reconoció a los miembros de la pareja el estado civil de “casados”evitó definir la unión como matrimonio. Otro juez ordenaba en julio a un notario celebrar una unión entre dos hombres regida “por la normatividad aplicable al matrimonio civil, tanto en sus derechos como en sus deberes, y en las demás prerrogativas que de él deriven”. Pero no fue hasta el 20 de septiembre de 2013 cuando se celebró en Bogotá el primer matrimonio pleno entre personas del mismo sexo. Matrimonio que fue luego anulado, pero cuya validez fue luego restaurada por el Tribunal Superior de Bogotá.

En octubre de ese año otra pareja celebró su matrimonio, y al igual que en el caso anterior fue anulado y luego restaurado. En ambos casos la justicia había dado la razón en primera instancia a las acciones de tutela interpuestas por la mencionada “Fundación Marido y Mujer”, organización contraria al matrimonio igualitario cuyas acciones tienen lugar de manera coordinada con las del procurador general Alejandro Ordoñez. Un tercer matrimonio, sin embargo, vio su enlace confirmado en primera y segunda instancia. La batalla judicial quedaba de esa forma pendiente de que la Corte Constitucional despejase de una vez la incertidumbre jurídica, resolviese las acciones de tutela interpuestas y se pronunciase de forma clara.

Una decisión que llevaba demorándose cerca de dos años, y que finalmente se ha resuelto favorablemente. Y eso que la decisión de la Corte era imprevisible, pues la ponencia que llevaba varios meses sobre la mesa, elaborada por el magistrado conservador Jorge Pretelt (envuelto, por cierto, en varios escándalos de corrupción) era negativa. La propuesta de Pretelt rechazaba autorizar el matrimonio igualitario por considerar que ello es competencia del Congreso, máximo órgano legislativo. Pero ello no significaba que necesariamente esa fuera a ser la posición final de la Corte (no sería ni mucho menos la primera vez que una ponencia es rechazada por una mayoría de la Corte). La vuelta a la Corte Constitucional del magistrado progresista Alberto Rojas (cuya designación había sido anulada un año antes por supuestos vicios de procedimiento, y que finalmente recuperó dicha posición por decisión del Consejo de Estado) permitía de hecho ser optimista respecto a la posibilidad de que la Corte otorgase el sí al matrimonio igualitario.

f3-0rrrrrrY así ha ocurrido efectivamente. Rechazada por el pleno de la Corte Constitucional la ponencia de Jorge Pretelt, quien ha defendido ante la Sala Plena de la Corte que la figura del matrimonio debería seguir aplicándose solamente a los casos en los que se hable de la unión entre un hombre y una mujer, fue Alberto Rojas (en la fotografía) el designado para elaborar el texto de la sentencia definitiva, aprobada por seis de los nueve magistrados, cuya integridad será dada a conocer en los próximos días. Como anticipo, se ha dado a conocer el siguiente fragmento:

Hombres y mujeres forman parte de la especie humana, la igualdad implica dar trato igual a los que son iguales (…) Todo ser humano, por el hecho de serlo, le asiste el derecho fundamental a contraer matrimonio sin ninguna clase de discriminación (…) La propuesta de fallo es una oportunidad perdida para remediar una situación de discriminación secular contra una minoría sexual en Colombia, en términos de dignidad humana, libertad e igualdad para contraer matrimonio en las mismas condiciones que usualmente lo celebran las parejas heterosexuales.

El magistrado estimaba que Colombia no puede seguir perpetuando la discriminación de las personas LGTB, además de hacer un recuento de los países que han aprobado el matrimonio igualitario en todo el mundo, de quienes ya forma parte Colombia. La lista, por orden cronológico de su entrada en vigor, es la siguiente:

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Canadá (2005), Sudáfrica (2006), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal (2010), Islandia (2010), Argentina (2010), Dinamarca (2012), Brasil (2013), Francia (2013), Uruguay (2013), Nueva Zelanda (2013), Reino Unido, a excepción de Irlanda del Norte (2014), Luxemburgo (2015), Estados Unidos (2015), Irlanda (2015), Colombia (2016) y Finlandia (entrará en vigor en 2017).

Según declaraciones del abogado Germán Rincón Perfetti, la sentencia de la Corte Constitucional blinda a los notarios y jueces que celebren matrimonios entre parejas del mismo sexo, llenando las lagunas de la sentencia del 2011, por lo que se trata de “una decisión trascendental porque la Corte garantiza la democracia en Colombia. Eso le va a permitir cumlir a los notarios su función constitucional frente al miedo de la hoguera disciplinaria del Procurador General, que no les había permitido realizar la labor que ellos tenían y a unas interpretaciones acomodadas que nos permitían seguir siguendo personas de tercera y cuarta categoria”. Para el abogado “la Corte Constitucional hoy despeja el panorama y le cumple a los derechos humanos a una poblacion excluída y discriminada hoy”.

La Corte Constitucional ha actuado, a lo largo de los últimos años, como gran impulsora de los derechos LGTB en Colombia. La sentencia a favor del matrimonio igualitario es la más destacada, pero ya antes ha fallado a favor de reconocer derechos a las parejas del mismo sexo (2009), a favor de reconocer a estas como familia (2011, como mencionamos arriba) y más recientemente a favor de la adopción homoparental, que precisamente se enfrenta ahora a la amenaza de un posible referéndum de reforma constitucional promovido por los contrarios a los derechos LGTB. Que en Colombia son muy activos y que seguirán, sin duda, dando la batalla. Pero hoy han sufrido una importante derrota…

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La decisión judicial de la Corte Constitucional ha conseguido pintar todos los rincones del país cafetero con los colores de la Diversidad. Un gran paso para el colectivo LGTB, y para el resto de la sociedad colombiana que llevaba tiempo reclamando una legislación más equitativa.

“Entramos al club de los 30 países con igualdad para los homosexuales” ha celebrado la diputada Angélica Lozano, quien acudió a las puertas de la Corte a celebrar el fallo. “Hoy ganamos los derechos constitucionales pero ahora y nos toca luchar a nivel social en las calles y en las casas”, dijo.

Junto a ella un grupo de activistas celebró la decisión al coro de “Sí se pudo” y con besos y abrazos. “Triunfamos, ganó el amor y me casaré” dijo el periodista David Alonso, de 25 años. “Esta es una deuda histórica que el país ahora nos reconoce”, señaló.

En mayo del 2015 el gobierno colombiano, a través de Juan Fernando Cristo ministro del Interior, reiteraba su compromiso con el colectivo LGTB, un contrato verbal que no se ha quedado en un simple brindis al sol y ha conseguido modificar la realidad del país.

Apenas un mes después, se aprobaba una nueva ley por la que se facilitaba el cambio de sexo en los documentos oficiales con un simple trámite notarial. Antes de terminar el año, otra nueva ley dibujaba una sonrisa entre el colectivo: La Corte Constitucional de Colombia fallaba a favor de la adopción homoparental.

Ahora, el mismo órgano de justicia vuelve a situarse en el lado de la inclusión. El alto tribunal ha determinado que las parejas del mismo sexo tienen “los mismos derechos” y, por lo tanto, “ni los jueces pueden negar la celebración de matrimonios igualitarios en Colombia”. Así, dicho contrato establece las mismas garantías jurídicas que para las parejas heterosexuales, evitando casos de discriminación.

Patricia Mena y la oblicua historia del colectivo trans en Colombia, nos recuerdan que todavía queda mucho por hacer. Sin embargo, esta nueva realidad sobre la que seguir trabajando resulta mucho más grata. Colombia se ha convertido en el cuarto país latinoamericano en aprobar el matrimonio igualitario. La equiparación de derechos se encuentra más cerca.

Fuente Agencias/Dosmanzanas/Chueca

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Colombia registra el primer matrimonio igualitario celebrado fuera del país

Jueves, 10 de marzo de 2016
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matrimonio_gay_colombiaColombia sigue avanzando, paso a paso, hacia el reconocimiento jurídico pleno de las familias LGTB. Con la adopción homoparental en vías de consolidación, tras dos sentencias favorables de la Corte Constitucional, y a la espera de que el alto tribunal adopte una decisión definitiva sobre el matrimonio igualitario, por primera vez una pareja del mismo sexo casada en el exterior ha podido ver su matrimonio formalmente registrado en suelo colombiano. Se trata de Julián Castro y Julián Artacho, casados en julio de 2013 en Barcelona.

Un español y un colombiano, casados en 2013 en Barcelona, registraron este jueves en Colombia y tras casi un año de pleitos el primer matrimonio entre personas del mismo sexo celebrado en el exterior. La pareja había intentado realizar el trámite ante un notario de Bogotá, que se lo negó en mayo de 2014, pero en esta ocasión y luego de un largo periplo burocrático consiguieron hacerlo, según declaraciones.

La batalla jurídica comenzó en mayo de 2015, cuando la notaría 11 de Bogotá se negó a registrar el matrimonio de Julián Castro (ciudadano colombiano) y Julián Artacho (ciudadano español) pese a que la ley colombiana estipula que un matrimonio celebrado legalmente en otro país por un ciudadano colombiano se puede registrar en cualquier notaría, registraduría o consulado de Colombia en el exterior.

Julián Castro y Julián Artacho lograron finalizar el trámite tras conocer una circular de la Registraduría Nacional que establece las instrucciones para la inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero entre personas del mismo sexo. “La odisea comenzó cuando decidimos que tenemos igualdad de derechos y queremos hacerlo valer”, señaló Castro. En este sentido, recordó que tras ser denegada la primera solicitud ante una notaría, hicieron un derecho de petición que recibió como respuesta que “no era válido”.

Tras esa negativa, el titular de la Notaría número 11 de Bogotá, que impidió que culminara la gestión administrativa, comentó que no contaba con “formatos específicos para matrimonios homosexuales” y porque, según dijo, “en Colombia no está legislada esa figura”. “Después comenzamos con el proceso de la Registraduría y en diciembre del año pasado presentamos los papeles”, agregó Castro, quien durante su proceso ha estado asesorado jurídicamente por la asociación Colombia Diversa.

La situación fue todavía más paradójica, puesto que los ciudadanos colombianos tienen la obligación de informar a las autoridades si se casan, sin embargo esto no fue posible en el caso de Castro al ser un hombre su pareja. Por ello, destacó que “es una cuestión de igualdad”, ya que si se hubiera “casado con una mujer en Barcelona no habría ningún problema para registrarlo”.

Ante la negativa, la pareja presentó un derecho de petición al que la Registraduría Nacional ha respondido favorablemente, emitiendo una circular que señala expresamente la procedencia de inscribir los matrimonios de las parejas del mismo sexo celebrados en el exterior.

“El matrimonio celebrado en el extranjero por personas del mismo sexo, que haya cumplido con los requisitos generales de la ley foránea y venga debidamente inscrito, es un acto que afecta al estado civil de los contrayentes, sujeto a registro en Colombia, entendido éste como un acto de trámite de naturaleza meramente declarativa”, expresa con rotundidad la circular 036/2016 de la Registraduría Nacional, fechada a 2 de marzo. “Razón por la cual, no se considera que una inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero por una pareja de personas del mismo sexo, contravenga los artículos 113 y siguientes del código civil, ya que los interesados en inscribirlo, no pretenden celebrar uno nuevo, sino registrar un matrimonio celebrado fuera de Colombia y según la ley del país respectivo, en donde ya se encuentra inscrito”, prosigue el texto.

La circular, que se aplica para la inscripción de cualquier matrimonio legalmente celebrado en el exterior entre dos ciudadanos colombianos o entre un colombiano y un extranjero del mismo sexo, detalla además el procedimiento a seguir, similar al de los matrimonios entre personas de distinto sexo. La circular ha sido enviada a notarías, registradurías, delegaciones departamentales y demás instituciones autorizadas para llevar las funciones de registro civil. La organización Colombia Diversa recomienda en cualquier caso conocer el documento y presentarlo, si es necesario, ante los funcionarios de registro (puedes acceder a ella aquí. En caso de necesitar asesoría, es posible contactar con Colombia Diversa en el correo electrónico familia@colombiadiversa.org).

Castro y Artacho pudieron así por fin registrar su matrimonio el pasado jueves 3 de marzo. Casados civilmente en España, su estado civil es reconocido en Colombia, de forma que sus derechos están ya protegidos en ambos países y podrán acceder, como toda pareja, a ser beneficiarios a la salud y pensiones de su compañero, a la visa de cónyuge o a constituir un patrimonio de familia, entre otros.

Matrimonio igualitario en Colombia: en espera de la Corte Constitucional

Actualmente, la Corte discute la posibilidad de legalizar el matrimonio de parejas del mismo sexo si bien ya se han registrado varias uniones legales que en este momento están en el albero ante la posibilidad de que puedan ser anuladas.

La decisión de la Registraduría Nacional se produce mientras el colectivo LGTB colombiano espera con impaciencia la que puede ser histórica resolución de la Corte Constitucional abriendo definitivamente la puerta a la celebración sin cortapisas del matrimonio entre personas del mismo sexo. Un fallo que debe acabar con la incertidumbre jurídica reinante en Colombia, donde el que el matrimonio se celebre o no depende de la interpretación que de una sentencia previa del Constitucional haga el correspondiente juez o notario. Ya el pasado agosto se esperaba una decisión inminente (puedes revisar aquella entrada, en la que repasábamos la situación con detalle).

Pero por el momento, y después de más dos años desde que la cuestión escalase de nuevo hasta el alto tribunal, el fallo sigue sin producirse. Hace pocos días Colombia Diversa lanzaba un mensaje tranquilizador, explicando que al tratarse de una revisión de casos, y no de un fallo de inconstitucionalidad sobre una ley concreta, los plazos no están definidos. Ojalá la espera acabe mereciendo la pena…

Fuente Cáscara Amarga/Dosmanzanas

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