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Primera sentencia en Namibia que declara inconstitucional la discriminación por razón de la orientación sexual

Viernes, 5 de noviembre de 2021
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F879F537-1FDD-4CA7-9B10-531B7C2B454BUn juez de Namibia ha dictaminado que la discriminación por razón de orientación sexual es contraria a la Constitución de ese país. Se trataría del primer caso en que un fallo judicial declara la inconstitucionalidad de la discriminación contra las personas LGTBI. La sentencia es especialmente relevante porque puede servir de precedente para otros casos que deben deliberarse en los próximos meses, como algunos relacionados con el matrimonio igualitario.

El caso afectaba a Philip Lühl y Guillermo Delgado, una pareja que había contraído matrimonio en Sudáfrica y posteriormente habían tenido un hijo en ese mismo país. A pesar de que Lülh es namibio, la administración —que tampoco reconoce su matrimonio— rehusó conceder la nacionalidad al hijo de ambos, algo que hubiera sido automático de tratarse de una pareja de distinto sexo. Ante esta negativa, la pareja decidió interponer la correspondiente demanda.

Tras el juicio, el juez Thomas Masuku consideró que se había violado el artículo 10 de la Constitución de Namibia —que garantiza la igualdad de todos los ciudadanos— al no reconocer automáticamente la ciudadanía namibia del niño por el mero hecho de que sus padres formen una pareja del mismo sexo.

En la sentencia, el juez Masuku expresaba su opinión con gran contundencia: «No puedo dejar de observar que la insidiosa actitud discriminadora parece asomar su fea cabeza en este asunto. Hay que cortarla, incluso de forma despiadada, porque no concuerda con la visión de las madres y padres fundadores de esta nación, que concibieron Namibia, entre otras cosas, como un Estado laico, basado en el imperio de la ley y en la justicia para todos. Puedo añadir que el ‘para todos’ se aplica a todos los habitantes de Namibia, independientemente del color, el género, la orientación sexual, etc.».

El juez también estimó que no otorgar la nacionalidad al niño violaba a su vez la Carta Africana de los Derechos y el Bienestar del Niño, que prohíbe la discriminación basada en la condición de los padres.

Al fallar a favor de los demandantes, el juez Masuku emitía la que se cree que es la primera sentencia que establece que la discriminación por razón de orientación sexual es contraria a la Constitución de Namibia. Un precedente valioso, dado que el sistema judicial namibio, heredero de la era colonial británica, se basa fundamentalmente en la jurisprudencia.

Valioso en especial para Philip Lühl y Guillermo Delgado, que tienen pendientes los fallos a otras dos demandas. En una, solicitan que se reconozca el derecho de Delgado, de nacionalidad mexicana, a residir en Namibia por ser cónyuge de un ciudadano namibio. En la otra, denuncian la negativa de la administración a conceder automáticamente la nacionalidad a las dos hijas que han tenido a principios de este año.

La Corte Suprema de Namibia tendrá que decidir previsiblemente el próximo año sobre el reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros países donde son legales. También se espera que fructifique la intención de derogar las normas «obsoletas y discriminatorias» que penalizan en Namibia las relaciones sexuales o muestras de afecto entre varones, que fue anunciada por la ministra de Justicia a mediados de este año.

Fuente Dosmanzanas

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