Informe de ILGA sobre la homofobia de Estado en 2019: pequeños avances, pero persistencia de importantes amenazas
Coincidiendo con la celebración del 40 aniversario de su fundación, ILGA ha reanudado la publicación de su informe sobre la homofobia de Estado, tras un receso de un año. Desde el su último reporte, publicado en mayo de 2017, ILGA celebra que se hayan despenalizado las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo en tres países: India, Trinidad y Tobago y Angola. También se congratula que desde esa fecha el matrimonio igualitario sea una realidad en Malta, Alemania, Australia y Austria. Sin embargo, alerta de que de los derechos adquiridos no son inamovibles y pueden perderse, como ocurrió en Chad cuando se volvieron a penalizar las relaciones homosexuales en 2017, y que el auge de los populismos conservadores amenaza las conquistas incluso en los países más avanzados en el respeto a los derechos humanos.
Dentro del informe, como es costumbre, ILGA edita un mapa explicativo de la situación legal de las relaciones entre personas del mismo sexo en el mundo. Si en otros años la parte positiva se materializaba en el matrimonio igualitario, este año ILGA ha considerado como límite favorable que la no discriminación basada en la orientación sexual tenga rango constitucional. En el extremo negativo se sitúan los países que criminalizan las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo, y el límite en aquellos que las castigan con la cadena perpetua e incluso la pena de muerte. Este es el mapa descriptivo (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):
DERECHOS Y PROTECCIÓN CONTRA LA DISCRMINACIÓN
Leyes contra la discriminación con base en la orientación sexual
Tan solo en 9 países pertenecientes a la Naciones Unidas se protege constitucionalmente de manera específica contra la discriminación por razón de la orientación sexual:
Bolivia, Ecuador, Fiyi, México, Nepal, Malta, Portugal, Sudáfrica y Suecia.
Sin embargo, a pesar de esa protección constitucional, en Bolivia, Ecuador, Fiyi y Nepal se discrimina a las parejas del mismo sexo al negarles la posibilidad de contraer matrimonio, tal como se permite a las parejas de distinto sexo.
A estos 9 países se añaden otros 43 en los que existe una legislación específica que proporciona una «protección amplia» contra la discriminación con base en la orientación sexual:
Albania, Alemania, Andorra, Angola, Australia, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Chipre, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Ecuador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Holanda, Honduras, Hungría, Irlanda, Islandia, Kosovo, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Mauricio, Mongolia, Noruega, Nueva Zelanda, Perú, Reino Unido, República Checa, Rumania, Serbia, Surinam y Uruguay.
Como en el caso anterior, la protección legal contra la discriminación no implica la plena igualdad de derechos. No solo en la mayoría de estos países también se discrimina a las parejas del mismo sexo, sino que en alguno, como en Mauricio, se compagina esa protección con la penalización de las relaciones homosexuales masculinas, que están castigadas con penas de hasta 5 años de cárcel.
En 73 de los países pertenecientes a Naciones Unidas existen leyes que protegen contra la discriminación en el lugar de trabajo por motivos de orientación sexual, aunque en algunos de ellos las relaciones entre personas del mismo sexo estén castigadas penalmente (es el caso de Botsuana, Kiribati, Mauricio, Samoa, Santa Lucía y la región autónoma de las Islas Cook). En 39 se han promulgado leyes que castigan los actos de incitación al odio, la discriminación o la violencia por motivos de orientación sexual. En otros 42 países se imponen penas más severas por delitos motivados por el odio hacia la orientación sexual de la víctima.
ILGA estima que en 8 países la protección contra la discriminación con base en la orientación sexual es limitada o dispar en su territorio:
Argentina, Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, República Dominicana y Vanuatu.
En otros 55 países no existe ningún tipo de legislación contra la discriminación, pero tampoco se criminalizan las relaciones entre personas del mismo sexo. Entre ellos están gigantes demográficos como China, India, Indonesia y Rusia.
Los derechos de las parejas del mismo sexo: matrimonio y adopción
En cuanto a los derechos de las parejas del mismo sexo, en 26 de los países pertenecientes a las Naciones Unidas existe la igualdad de acceso a la institución del matrimonio:
Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Malta, México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido (excepto Irlanda del Norte), Sudáfrica, Suecia y Uruguay,
El próximo mes de mayo vencen los plazos establecidos por sus respectivas Cortes Constitucionales para que el matrimonio entre personas del mismo sexo sea legal en Costa Rica y Taiwán.
En otros 16 estados se han establecido distintos tipos legales de unión que reconocen algún tipo de derechos a las parejas del mismo sexo:
Andorra, Chile, Chipre, Colombia, Croacia, Ecuador, Eslovenia, Estonia, Grecia, Hungría, Israel, Italia, Liechtenstein, República Checa, San Marino y Suiza.
En 28 países se permite la adopción en las mismas condiciones que a las parejas de distinto sexo:
Alemania, Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Islandia, Israel, Luxemburgo, Malta, Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, Sudáfrica, Suecia, Uruguay,
En 3 países más, solo se permite la adopción de los hijos de la pareja:
Eslovenia, Estonia y San Marino.
LA HOMOFOBIA DE ESTADO
Criminalización de las relaciones homosexuales
La penalización de las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo implica casi siempre a todo el colectivo LGTB. No solamente afecta a gais, lesbianas y bisexuales, sino que también criminaliza a las personas trans, pues en la mayoría de estos países no se reconoce su identidad de género y son considerados legalmente por el sexo asignado al nacer. De esta manera, una mujer trans heterosexual puede ser castigada por mantener relaciones con un varón cis, de la misma manera que un hombre trans heterosexual puede ser denunciado por entablar relaciones sexuales con una mujer cis.
En 73 países y territorios del mundo están penalizadas por la ley las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo. Ocurre en 70 de los países pertenecientes a Naciones Unidas:
Afganistán, Antigua y Barbuda, Arabia Saudí, Argelia, Bangladés, Barbados, Botsuana, Brunei, Burundi, Bután, Camerún, Catar, Chad, Comoras, Dominica, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Etiopía, Gambia, Ghana, Granada, Guinea, Guyana, Irak, Irán, Islas Salomón, Jamaica, Kenia, Kiribati, Kuwait, Líbano, Liberia, Libia, Malasia, Malawi, Maldivas, Marruecos, Mauricio, Mauritania, Myanmar, Namibia, Nigeria, Omán, Papúa Nueva Guinea, Paquistán, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Senegal, Sierra Leona, Singapur, Siria, Somalia, Sri Lanka, Suazilandia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Uzbekistán, Yemen, Zambia y Zimbabue.
En las legislaciones de Egipto e Irak no aparecen específicamente penalizadas las relaciones homosexuales, pero lo están de facto, al imputarse delitos contra la decencia o el escándalo público. En Irak, además, tribunales populares castigan este tipo de relaciones al aplicar la sharía o ley islámica.
A esta lista hay que añadir otros 3 territorios:
Indonesia, donde la penalización de las relaciones sexuales rige en las regiones de Aceh y Sumatra Meridional; las Islas Cook, una región autónoma de Nueva Zelanda; y la franja de Gaza gobernada por la autoridad palestina, donde están vigentes las leyes heredadas del pasado colonial británico y existe la amenaza de adaptación de las leyes a la sharía.
En todos estos 73 países y territorios están castigadas las relaciones homosexuales entre varones, en 44 de ellos también están castigadas las relaciones lésbicas.
Cadena perpetua en 5 países y pena de muerte en otros 11
De entre esta lamentablemente larga lista de países, el extremo de la intolerancia y el fanatismo lo ocupan aquellos que penan las relaciones homosexuales con las sanciones de mayor gravedad.
En 5 países se castigan con la cadena perpetua:
Barbados, Guyana, Tanzania, Uganda y Zambia.
Las legislaciones de 11 países establecen incluso la pena de muerte. En 6 de ellos, se tienen datos contrastados de su aplicación:
Arabia Saudí, Irán, Sudán y Yemen. En Nigeria y Somalia, en las provincias donde se aplica la sharía.
En otros cinco no se tiene constacia de su aplicación, pero la legislación vigente contempla la posibilidad:
Afganistán, Catar, Emiratos Árabes Unidos, Mauritania y Paquistán.
Respecto al informe de 2017, han desparecido las referencias a Siria e Irak, donde se implementaba actores no formalmente estatales como el Estado Islámico.
Restricciones a la libertad de expresión y la actuación de ONG
Aparte de la criminalización de las relaciones homosexuales, en 32 Estados existen leyes que restringen la libertad de expresión en cuestiones de orientación sexual e identidad de género:
Afganistán, Arabia Saudí, Argelia, Bielorrusia, Camerún, Catar, China, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Indonesia, Irán, Jordania, Kenia, Kuwait, Líbano, Libia, Lituania, Malasia, Marruecos, Nigeria, Omán, Paquistán, Paraguay, Rusia, Singapur, Siria, Somalia, Tanzania, Togo, Túnez, Uganda y Yemen.
En Europa, aparte de Rusia, Lituania y Bielorrusia, ha habido intentos de aprobación de leyes contra la «propaganda homosexual» (que prohíben informar positivamente de las relaciones entre personas del mismo sexo) en Armenia y Letonia. En Hungría se han prohibido por decretos los estudios de género en las universidades. Por su parte, en los Estados Unidos de América, siete estados (que representan el 17,4 % del total) han promulgado leyes locales que también se han definido como contrarias a la «propaganda homosexual» en el ámbito educativo.
En 41 países se ha constatado que se plantean barreras para la formación, el establecimiento o el registro de ONG relacionadas con la orientación sexual:
Afganistán, Arabia Saudí, Argelia, Bahréin, Bangladés, Bielorrusia, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Catar, China, Congo, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Etiopía, Fiyi, Irán, Jordania, Kazajistán, Kirguizistán, Kuwait, Líbano, Libia, Malasia, Malawi, Mali, Marruecos, Mauritania, Nigeria, Omán, Rusia, Senegal, Singapur, Siria, Somalia, Sudán, Tanzania, Uganda, Yemen y Zambia.
Según declaraban Ruth Baldacchino y Helen Kennedy, cosecretarias generales de ILGA, «esto no son solo cifras, sino leyes que realmente impactan la vida diaria de las personas de diversas orientaciones sexuales en todo el mundo. Las leyes positivas marcan la diferencia: pueden contribuir a cambiar las actitudes del público y, concretamente, dicen a la gente que son igualmente dignas de derechos».
Puedes descargar el informe completo de ILGA en inglés sobre Homofobia de Estado (536 páginas) en este enlace.
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