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La Corte Suprema de la India acepta una petición para revisar si la sección 377 es constitucional

Martes, 9 de enero de 2018
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29421_manifestante-lgtb-la-indiaUn tribunal de la Corte Suprema de la India acepta una petición para revisar la constitucionalidad de la sección 377 en base a dos sentencias previas, una que ya alude a su inconstitucionalidad, que sería posteriormente revocada, y otra referente a una sentencia sobre le derecho de la libertad sexual de las personas. 

Da la impresión de que las reivindicaciones del Orgullo LGBT en Nueva Delhi, el pasado mes de noviembre, han hecho mella en un tribunal de la Corte Suprema de la India que declaran este lunes, 9 de enero, su intención de reconsiderar y examinar la validez constitucional de la Sección 377 en base a una petición para despenalizar las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo presentada por cinco activistas de la comunidad LGBT. «Un sector de personas o individuos en ejercicio de sus elecciones no deberían vivir en un estado de miedo», responde el tribunal tras escuchar la petición.

La sección 377 del Código Penal de la India se refiere a los «delitos no naturales», penalizando a quienes voluntariamente mantengas relaciones carnales contra lo que consideran el orden de la naturaleza con cualquier hombre, mujer o animal con castigos penales que alcanzan los diez años de cárcel, además de multas económicas. Una triste herencia de la influencia del Imperio Británico, tal y como reivindica en 2016 Sir Ian McKellen durante el Festival Internacional de Cine Queer de Bombay.

«No se puede encarcelar a dos adultos que estén mantengan relaciones sexuales no naturales de manera consentida», declara el abogado Arvind Datar, en representación de Anvtej Singh Johar, uno de los activistas que presenta esta petición para declarar inconstitucional la sección 377 en la medida en que castiga el derecho fundamental de las personas a escoger libremente a su pareja sexual, en lo que consideran una violación de los derechos individuales. En su alegato se refiere a una sentencia de 2009 del Tribunal Supremo de Nueva Delhi, en la que se considera inconstitucional la sección 377, para ser revocada en diciembre de 2013, siendo motivo de apelación, por parte de Naz Foundation, que sería desestimada con la consiguiente restitución de la sección 377.

A pesar de su disposición a revisar el caso, los miembros del tribunal de la Corte Suprema sostienen «que la sección 377 no sufre de inconstitucionalidad», pero están dispuestos a considerar libremente si estiman «deseable y apropiada la eliminación de la sección 377 de los estatutos del Código Penal o enmendarlo». Asimismo, aseguran que tendrán en cuenta la sentencia de otro juicio de agosto del año pasado, en el que se reconocía el derecho fundamental de la privacidad, respetando el derecho de los individuos a respetar su orientación sexual.

«Podríamos haber acudido al tribunal por motivos de intimidad. Pero no lo hicimos porque eso no es aceptable. Es solo la tolerancia lo que favorece a las élites que pueden darse el lujo de llevar una vida a puerta cerrada. La sentencia es mucho más que eso. Habla de privacidad con dignidad e igualdad. Reafirma la sentencia del Tribunal Superior de Delhi al hablar de sexualidad dentro del marco de la constitucionalidad», declara el activista Gautam Bham, en referencia a la sentencia de agosto.

LGTBfobia de Estado en La India

El artículo 377 del Código Penal de la India castiga las relaciones sexuales “contra natura” con hasta 10 años de prisión. A finales de 2013, la Corte Suprema decidió recriminalizar la homosexualidad, dejando sin efecto la histórica sentencia sancionada por el Alto Tribunal de Delhi en 2009 (en la que declaraba “inconstitucional” la prohibición de las relaciones entre personas del mismo sexo). En los últimos años,mos hemos hecho eco del aumento exponencial de la violencia contra personas LGTB en la India, a raíz de la ilegalización de las relaciones homosexuales.

Las informaciones que nos llegan positivas en clave LGTB de la India son muy escasas. A principios de este mismo año nos hacíamos eco de la apertura del primer colegio para alumnos transexuales en riesgo de exclusión social. Solo unos días después, sin embargo, recogíamos la historia de un joven de 20 años cuyos padres trataron de organizarle una “violación correctiva después de salir del armario como gay. Los progenitores llegaron a contratar a unos matones para que le agredieran al saber que mantenía una relación con otro chico con el que convivía.

Por otra parte, hace unos meses publicábamos que las autoridades de la India impedían la entrada al país a Victoria Kolakowski, la primera jueza trans de los Estados Unidos. Semanas atrás, prohibían una película por “glorificar” las relaciones homosexuales. La Junta Central de Certificación Cinematográfica de la India (CBFC) se negaba a certificar ‘Ka Bodyscapes’ para su proyección por incluir “escenas gais sensibles”.

Como ocurre en muchos otros países en los que existe homofobia de Estado, los grupos homófobos en la India (incluidos los policiales) se creen en el derecho de realizar impunemente cualquier acción contra las personas sexualmente diversas. No es necesario que las víctimas sean realmente homosexuales (lo que en ningún caso les eximiría de su responsabilidad criminal), con que ‘lo parezcan’ es suficiente.

En 2014, un año después de la recriminalización de la homosexualidad en la India, el activismo LGTB denunciaba un repunte de la violencia homófoba. Y a principios del año pasado recogíamos que ese mismo año 2014 se realizaron un mínimo de 600 detenciones a personas que habían sido acusadas de practicar la homosexualidad. Una cifra que en 2015 se elevaba a más de 1.300 personas, incluyendo 207 adolescentes. Una cifra, no obstante, que parece poco realista si tenemos en cuenta que desconocemos el alcance de la corrupción policial y la cantidad de afectados por extorsiones económicas a cambio de evitar el arresto o el procesamiento judicial.

En octubre de 2015 dábamos cuenta de más casos de extorsión por ser o “parecer” homosexual por parte de miembros de la policía, quienes, según constatan los activistas LGTB “con frecuencia visitan los puntos donde los gais se encuentran y les extorsionan pidiéndoles dinero”. Por otra parte, la estigmatización y los prejuicios provocan todo tipo de injusticias. A principios de 2016 nos hacíamos eco del intento de suicidio de un adolescente de quince años, quemándose vivo, tras ser acosado por ser gay.

Fuente Universogay/Cristianos Gays

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El Supremo de la India reconsiderará la despenalización de la homosexualidad

Jueves, 4 de febrero de 2016
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29421_manifestante-lgtb-la-indiaNoticia esperanzadora desde la India. La Corte Suprema ha admitido a trámite el último recurso posible en contra de la sentencia que reinstauró la penalización de la homosexualidad en el país asiático. Un panel de cinco jueces escuchará los argumentos de varios grupos de defensa de los derechos LGTB y decidirá sobre la derogación de la provisión homófoba.

El Tribunal Supremo de la India decididió el pasado día 2 admitir el recurso de amparo que eliminar la Sección 377 de su Código Penal, por la cual todas las lesbianas, gais, transexuales y bisexuales del país son considerados como ”criminales” y penados por ello.

Desde que el Tribunal Supremo de La India aprobara la reinserción en el Código Penal de las relaciones entre personas del mismo sexo en 2013, numerosas iniciativas locales e internacionales han denunciado esta flagrante merma de los derechos y libertades del colectivo. El 11 de diciembre de 2013, la Corte Suprema de la India dictaminó en contra de la despenalización de las relaciones homosexuales que en julio de 2009 había decidido el Alto Tribunal de Delhi. La Corte Suprema consideró que el Alto Tribunal de Delhi se extralimitó en sus funciones, señalando que corresponde al poder legislativo derogar la sección 377, que tras la sentencia quedó de nuevo en vigor. Por consiguiente, las relaciones homosexuales actualmente son penadas en la India con hasta 10 años de prisión por ser consideradas un acto “contra natura”.

En enero de 2014, la Corte Suprema rechazó la petición del Gobierno indio y de varios grupos de defensa de los derechos humanos de reconsiderar su resolución. La última instancia posible ante el alto tribunal era la presentación de una curative petition, un recurso especial para que la decisión sea revisada por un panel de cinco jueces de la Corte, y que fue interpuesta en abril de 2014 por el prestigioso abogado Anand Grover representando a diversas organizaciones de defensa de los derechos LGTB (la ley obliga a que este recurso sea presentado por una de las partes agraviadas). Una de las organizaciones representadas es Naz Foundation, cuya demanda ocasionó la primera sentencia favorable del Alto Tribunal de Delhi.

Hoy conocemos que la ONG Naz Foundation y otros agentes sociales han visto prosperar su recurso de amparo ante el Supremo, que mañana decidirá si reconsidera su decisión y elimina la penalización de las relaciones homosexuales.

Las entidades solicitantes han alegado que existe un error en la sentencia dictada por la Corte Suprema en diciembre de 2013, por la cual, su decisión está basada en una ley antigua y derogada por el Tribunal Superior de Delhi.

Tal y como recogen medios como firstpost.com:

El juicio fue convocado el 27 de marzo de 2012, pero el veredicto no fue pronunciado hasta veintiún meses después. Durante este perído tuvieron lugar muchos cambios, entre los que se incluye la modificación de leyes, que no han sido consideradas por la Corte que dictó la resolución.”

En la petición solicitaron una audiencia para poder presentar sus argumentos contra una sentencia en la que encuentran graves errores de forma y fondo, como el no haber tenido en cuenta las alegaciones que presentaron las asociaciones LGTB, lo que supone una violación de sus derechos fundamentales, así como la ignorancia de los cambios legales que se habían producido en aplicación de la primera sentencia del Alto Tribunal de Delhi. También se criticaba que la sentencia diga que una parte minúscula de la población, en estimación de la Corte, no puede reclamar derechos fundamentales, lo cual según los recurrentes vulnera el articulado de la Constitución india que protege a las minorías. La sentencia, en definitiva, reflejaría un problema de sesgo en contra de los derechos de las personas LGTB.

El presidente de la Corte Suprema respondió que estudiaría detalladamente la solicitud y los informes presentados e informaría sobre su admisión. Cerca de dos años después, la decisión ha sido favorable, con lo que los solicitantes podrán presentar sus argumentos ante un panel de cinco jueces. La decisión devuelve la esperanza a la comunidad LGTB india. Máxime después de que la cámara baja del país rechazara el pasado mes de diciembre una proposición de ley para despenalizar las relaciones homosexuales, lo que da una idea de la dificultad de la vía legislativa en un parlamento bajo el dominio del conservador Partido Popular Indio (BJC).

En la audiencia preliminar del pasado martes sobre la curative petition, declararon Grover y Kapil Sibal a favor de la derogación de la sección 377. El primero recordó el clima de estigmatización y chantaje que se ha creado en torno a la comunidad LGTB tras la reinstauración de la provisión homófoba, mientras que Sibal apeló al respeto a la privacidad que queda violado por la misma. En la parte contraria a la modificación de la situación actual, se personaron una alianza de iglesias apostólicas y una organización islámica.

Habrá que esperar todavía para ver si el recurso prospera. De momento, el periódico The Times of India valora como precedente positivo que el ministro de Finanzas Arun Jaitley, del gobernante BJC, instara el pasado mes de noviembre a la Corte Suprema a reconsiderar la prohibición de las relaciones homosexuales. Estaremos pendientes de los futuros acontecimientos.

Los grupos de activismo también han declarado que en los últimos 4 años miles de personas de la comunidad LGTB se han hecho visibles en La India, por lo que tras la despenalización y posterior reinserción de la Sección 377 sus vidas ahora están amenazadas por un potencial procesamiento judicial.

Como defiende su solicitud, criminalizar las relaciones homosexuales viola los derechos fundamentales del colectivo, y mucho más si existe un régimen sancionador que considera la cadena perpetua para las personas ”reincidentes”.

Por firstpost.com, vía Chueca.com/Dosmanzanas

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