Comentarios desactivados en Católicos presentan informes amicus curiae en caso de la Corte Suprema sobre no discriminación LGBTQ+
Varias organizaciones, incluidos grupos católicos, han presentado informes amicus curiae en un caso de la Corte Suprema de EE. UU. que podría decidir si las protecciones contra la discriminación para las parejas LGBTQ+ son aplicables, según Crux..
El caso, 303 Creative v. Elenis, está a cargo del Tribunal Supremo del país en su sesión actual. Se trata de la demandante Lorie Smith, una diseñadora web de Colorado que reclama un derecho de la Primera Enmienda para negar sus servicios a las bodas de parejas del mismo género. La demanda se presenta contra miembros de la Colorado Civil Rights Commission (CCRC)- Comisión de Derechos Civiles de Colorado (CCRC).
Dos grupos de defensa católicos LGBTQ+, New Ways Ministry y DignityUSA, firmaron un informe pro-CCRC de 30 grupos que apoyan las protecciones contra la discriminación LGBTQ+. El escrito dice, en parte:
“‘Elaborar esta amplia exención permitiría a las empresas públicas excluir legalmente a los clientes en función de sus identidades. . .en lugar de salvaguardar el derecho de todos los ciudadanos a comprar bienes y servicios de negocios abiertos al público. . .[la exención propuesta] dañaría aún más a las mismas personas que estas leyes de derechos civiles fueron diseñadas para proteger’”.
Por otro lado, la Conferencia de Obispos Católicos de EE. UU. y la Conferencia Católica de Colorado presentaron un escrito de amicus curiae a favor del demandante LGBTQ-negativo. El escrito apela al juez Clarence Thomas, quien ahora tiene mayor influencia en la corte dada la gran mayoría conservadora, que decidirá la dirección de la corte este año. Grupos religiosos de derecha como Catholic Vote, la Thomas More Society, y Becket también han presentado informes.
El caso es una continuación del caso de la Corte Suprema de 2020 Masterpiece Cakeshop contra la Comisión de Derechos Civiles de Colorado, que dictaminó que CCRC manejó mal un caso que involucraba al dueño de una pastelería que se negó a atender a parejas del mismo género. La decisión de la corte en ese caso no abordó la pregunta más amplia de si los dueños de negocios deberían tener el derecho legal de discriminar a las parejas LGBTQ+ cuando brindan servicios. Cruz informó:
“Una diferencia es que en el caso actual, la artista, Lorie Smith, no está luchando contra un incidente específico, como lo estaba el panadero que negó haber horneado un pastel personalizado para una pareja del mismo sexo. Smith quiere que la corte intervenga antes de que se le pida que diseñe un sitio web para una pareja del mismo sexo.
“Aunque ella no desea brindar un servicio basado en sus creencias cristianas sobre el matrimonio, el caso depende de su reclamo de libertad de expresión.
“[La profesora de derecho Amanda] Shanor dijo que los paneles preliminares de la Corte Suprema en 2017 probablemente no predijeron que el panadero ganaría, pero ahora ya está bastante segura de que la corte probablemente fallará a favor del artista y dijo que el caso podría tener amplias implicaciones sobre quién puede ser visto como un artista”.
Varias otras organizaciones de defensa de los derechos civiles y LGBTQ+ han presentado escritos amicus curiae a favor de CCRC. La The American Civil Liberties Union (ACLU) – (Unión Estadounidense de Libertades Civiles (ACLU) presentó un informe que cita el caso de derechos civiles de 1984 Hishon v. King & Spalding, que, según argumenta la ACLU, establece que la constitución no protege la discriminación perpetrada por empresas públicas:
“La discriminación por parte de empresas abiertas al público ‘nunca ha recibido protecciones constitucionales afirmativas’”.
Lambda Legal, GLAD, Human Rights Campaign, National Center for Lesbian Rights y National LGBTQ Task Force presentaron un informe conjunto en apoyo de CCRC. El informe destacó el potencial de una nueva segregación de la economía de EE. UU., que podría ocurrir si se permite a las empresas discriminar a los clientes por su orientación sexual:
“Este Tribunal ha rechazado repetidamente los intentos de crear exenciones de la Primera Enmienda para lugares públicos y otras leyes contra la discriminación. La salida instada por los peticionarios de este acuerdo de larga data de la ley de derechos civiles invita a una regresión a los mercados segregados”.
Mary Bonauto, directora de derechos civiles de GLAD, ilustró aún más los problemas que ocurrirían si los dueños de negocios recibieran protecciones constitucionales para negar servicios a los clientes:
“‘La gente no debería tener que llamar con anticipación para averiguar si un negocio atiende a personas de su fe u otras características personales’”.
Shannon Minter, directora legal del National Center for Lesbian Rights-Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas, argumentó que las protecciones constitucionales para la discriminación anti-LGBTQ+ causarían una mayor división social:
“‘Somos un solo país, y garantizar que todos tengan el mismo acceso a los bienes y servicios comerciales juega un papel esencial en la prevención del conflicto social y la fragmentación’”.
Dado que la Corte Suprema es notablemente más conservadora de lo que era cuando Masterpiece Cakeshop compareció ante los jueces, la perspectiva para los defensores LGBTQ+ es menos optimista.
La USCCB no debe utilizar los recursos de la iglesia para perseguir la legalización de la discriminación contra las personas LGBTQ+. Los esfuerzos por legitimar la negación de servicios a las personas queer socava la dignidad de todas las personas y es una afrenta a la imagen de Dios de la que están hechos todos los seres humanos.
—Andru Zodrow (él/él), New Ways Ministry, 14 de octubre de 2022
Comentarios desactivados en El Supremo de Estados Unidos falla a favor de una agencia católica de acogida de menores que rechaza a parejas del mismo sexo
El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha emitido una sentencia favorable a una agencia católica de acogida de menores que rechaza a parejas del mismo sexo. El alto tribunal considera que la ciudad de Filadelfia vulneró la libertad religiosa del organismo cuando rompió el acuerdo que las vinculaba por considerar discriminatoria dicha exclusión. El fallo va en la misma línea del que hace tres años dio la razón a Jack Phillips, el pastelero de Denver que se negó a elaborar una tarta de boda para una pareja gay. Como en aquella ocasión, la sentencia limita su alcance al caso concreto y no revoca ninguna resolución anterior contra la discriminación en la prestación de servicios justificada por motivos religiosos.
En 2018, la ciudad de Filadelfia decidió rescindir su contrato con la agencia Catholic Social Services (CSS), dedicada a la búsqueda de familias de acogida para menores. Argumentó que el organismo, activo desde hace más de un siglo, excluye a las parejas del mismo sexo como candidatas. CSS respondió que tendría que suspender su actividad si se suspendía su participación en el programa municipal y junto a tres padres de acogida demandó a la ciudad de Filadelfia.
En primera instancia, la justicia rechazó los argumentos de la agencia. El juez de distrito Petrese Tucker sentenció que las autoridades habían aplicado la legislación antidiscriminatoria local de manera uniforme y que, por lo tanto, no se había producido ninguna vulneración de los derechos religiosos de CSS. El caso llegó a la Corte de Apelaciones del Tercer Circuito, con jurisdicción sobre Delaware, Nueva Jersey y Pensilvania, que falló en el mismo sentido en 2019. El tribunal consideró que la agencia no había probado que la ciudad de Filadelfia la hubiera tratado de forma diferente por su afiliación religiosa.
Los demandantes apelaron y la cuestión llegó al Tribunal Supremo, la máxima instancia judicial del país. Los jueces, incluida la recién nombrada Amy Coney Barrett, escucharon los argumentos en noviembre del año pasado. La sentencia se hizo pública el pasado día 17 y da la razón a la agencia discriminadora, en contra del criterio de las instancias inferiores. El fallo del caso Fulton v. City of Philadephia ha sido redactado por el presidente del Supremo, John Roberts, y lo han secundado todos los demás jueces del alto tribunal, incluidos los tres de la minoría progresista.
La sentencia establece que la negativa de la ciudad de Filadelfia a seguir empleando los servicios de acogida de la agencia si esta no aceptaba a las parejas del mismo sexo vulnera la primera enmienda de la Constitución de Estados Unidos que garantiza la libertad religiosa. Considera que CSS «solo busca un acomodo que le permita continuar atendiendo a los niños de Filadelfia de una manera congruente con sus creencias religiosas» y que «no busca imponer dichas creencias a nadie».
El fallo, eso sí, limita su alcance al propio caso concernido y no revoca ninguna sentencia anterior sobre discriminación. En particular, mantiene vigente la de Employment Division v. Smith de 1990, que estableció que las leyes neutrales de aplicación general no se pueden impugnar por vulnerar cláusulas de exención basadas en motivos religiosos. Considera, por el contrario, que la política de la ciudad de Filadelfia no reúne los requisitos de ser «neutral y de aplicación general». La sentencia también recuerda a la del caso Masterpiece Cakeshop v. Colorado Civil Rights Commission, en el que el Supremo falló a favor del pastelero Jack Phillips, que se negó a elaborar una tarta de boda para una pareja gay. Un nuevo espaldarazo, en definitiva, a la libertad de discriminar en la prestación de servicios alegando motivos religiosos.
Comentarios desactivados en El pastelero estadounidense que se negó a hacer la tarta de boda a una pareja gay reclama ahora ante la justicia federal su «derecho» a no prestar servicio a una mujer trans
Jack Phillips, el tristemente conocido pastelero de Denver que, tras un largo periplo judicial por negarse a hacer la tarta de boda de una pareja gay, obtuvo el fallo favorable del Tribunal Supremo de Estados Unidos, regresa a la justicia federal por otro episodio de discriminación. En este caso, la afectada es la abogada Autumn Scardina, una mujer trans a la que Masterpiece Cakeshop negó un pastel para la doble celebración de su cumpleaños y de los cambios de género con la excusa «de sus creencias religiosas». Scardina explica que «la mujer del teléfono me dijo que no hacían pasteles para celebrar los cambios de género». Ante la tránsfoba negativa, añade la mujer denunciante, «me quedé atónita». Por su parte, Alliance Defending Freedom (una organización cristiana ultra), ha argumentado, en apoyo al pastelero, que las protecciones de Colorado para las personas trans son «abierta y descaradamente hostiles hacia la religión».
El nuevo episodio de LGTBfobia que salpica a Jack Phillips se remonta al 26 de junio de 2017. La abogada Autumn Scardina llamó por teléfono a Masterpiece Cakeshop para realizar el pedido personalizado de una tarta. «Me preguntaron cómo quería que se viera el pastel y expliqué que celebraba mi cumpleaños el 6 de julio de 2017 y que también sería el séptimo año de mi transición de hombre a mujer». Así figura en la denuncia de Scardina a la Comisión de Derechos Civiles de Colorado. «Cuando les expliqué que soy tran y que quería mi pastel de cumpleaños para celebrar mi transición con un exterior azul y un interior rosado, me dijeron que no harían el pastel de acuerdo a sus creencias religiosas», agrega la denunciante.
Autumn Scardina no ha aclarado si en el momento de realizar el encargo conocía que esa misma pastelería y su regente era la protagonista del caso de discriminación homófoba que llegó hasta el Tribunal Supremo de Estados Unidos. Según alega Kristen Waggoner, del grupo de odio Alliance Defending Freedom, «el Estado de Colorado ignora el mensaje del Tribunal Supremo de Estados Unidos al seguir señalando a Jack para castigarlo y mostrar hostilidad hacia sus creencias religiosas». Con este último argumento como epicentro, y de forma rocambolesca, Phillips se negó a la conciliación amistosa con Scardina, tal y como proponía la Comisión de Derechos Civiles de Colorado y decidió adelantarse en esta ocasión, convirtiéndose él en demandante ante la justicia federal (arrogándose el falso rol de «víctima» a su libertad religiosa).
En la demanda del pastelero figura, literalmente, la siguiente acusación contra el gobierno demócrata de Colorado: «durante más de seis años, Colorado ha estado en una cruzada para aplastar al demandante Jack Phillips … porque sus funcionarios desprecian lo que él cree y cómo practica su fe». En la misma línea victimista y victimizante, el texto de la denuncia incluye que «la Constitución se erige como un baluarte contra los funcionarios del Estado que atacan a las personas y tratan de arruinar sus vidas debido a la animadversión antirreligiosa del gobierno». La Ley Contra la Discriminación de Colorado prohíbe que los lugares públicos discriminen a las personas por su género o por su orientación sexual.
El caso del pastel nupcial de una pareja gay
Ya en 2013 mencionamos la historia en esta misma página. Dave Mullins y Charlie Craig acudieron a Masterpiece Cakeshop, una pastelería de Denver que hace tartas de boda personalizadas, para que elaborara su pastel. El dueño del negocio, Jack Phillips, se negó, argumentando razones religiosas. Mullins y Craig denunciaron lo sucedido al Departamento de Derechos Civiles de Colorado, ya que en este estado la denegación de servicios basada en la orientación sexual de los clientes está expresamente prohibida. Tan solo están exentas las confesiones religiosas en lo que respecta a sus ceremonias, pero dado que una pastelería no es una iglesia, el Departamento de Derechos Civiles dio la razón a la pareja. Se inició así una larga batalla legal que ha acabado ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
Como explicamos en diciembre, la línea de defensa del pastelero ante el Supremo no se basó propiamente en que su «libertad religiosa» hubiera resultado sido violada (hay pronunciamientos anteriores del Supremo que consideran que la libertad religiosa no justifica la discriminación en el ámbito de la prestación de servicios no religiosos) sino en el derecho a su libertad de expresión. Phillips argumentaba que diseñar un pastel de boda es un proceso «creativo», y que hacerlo para una pareja del mismo sexo suponía forzarlo a expresar ideas con las que no está de acuerdo. Como también explicamos en diciembre, tras conocerse las preguntas y solicitudes de aclaración que los jueces del Supremo dirigieron entonces a las partes, las posiciones parecían divididas al 50%. Los analistas daban entonces por seguro que los cuatro conservadores (Samuel Alito, Neil Gorsuch, John Roberts y Clarence Thomas) se inclinarían por dar la razón al pastelero, mientras que los cuatro considerados de sensibilidad progresista (Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Elena Kagan y Sonia Sotomayor) lo harían a favor de la Comisión de Derechos Civiles de Colorado. El voto que todo el mundo esperaba que deshiciese el empate era el de Anthony Kennedy, un juez «bisagra» cuyo posicionamiento en favor del matrimonio igualitario resultó clave en el pasado. En diciembre, Kennedy se mostró ambivalente y dio muestras de empatizar con los argumentos de las dos partes.
Sin embargo, el resultado final era de 7 a 2: solamente Ruth Bader Ginsburg (considerada a sus 85 años la miembro más progresista del Supremo) y Sonia Sotomayor se inclinaban de parte de la Comisión de Derechos Civiles del estado de Colorado. Los otro siete miembros, incluyendo Breyer y Kagan, se alineaban con el pastelero. ¿Qué pasó para que se produjera una mayoría tan clara? La clave está en la letra pequeña de la sentencia, que señala de forma expresa que la opinión del alto tribunal se refiere única y exclusivamente al caso juzgado. El texto, cuyo ponente fue precisamente Kennedy, señala que la Comisión no dio a Phillips un trato objetivo y actuó con hostilidad frente a las «sinceras creencias religiosas» del pastelero. Según la interpretación de la mayoría, los miembros del organismo encargado de discernir si se había violado la normativa antidiscriminatoria del Estado no evaluaron con la objetividad a la que estaban obligados los argumentos del pastelero, sino que desde el primer momento consideraron que estos eran una mera excusa para discriminar a la pareja.
Comentarios desactivados en Una encuesta reciente detecta que el apoyo de la población estadounidense a la no discriminación de gais y lesbianas se debilita
Mal dato el que arroja la última encuesta de la organización Public Religion Research Institute, que muestra un repunte en las posiciones a favor de la discriminación de las parejas del mismo sexo por razones religiosas respecto a hace un año. Aunque los partidarios de la no discriminación siguen siendo mayoría (por muy poco) y el apoyo al matrimonio igualitario se mantiene constante, parece que la era Trump está comenzando a dejarse su huella en el sentimiento de los estadounidenses respecto a los derechos LGTB. Habrá que ver si la tendencia se confirma en el próximo futuro.
Public Religion Research Institute (PRRI) es una organización estadounidense sin ánimo de lucro que se dedica a la investigación de las relaciones entre religión, cultura y política, a cuyos estudios y encuestas hemos hecho referencia en diversas ocasiones. La última en mayo de este mismo año, a raíz de la publicación del «Atlas de los valores americanos», un estudio realizado a lo largo de 2017 en el que se detallaban las opiniones de la población estadounidense sobre diversos asuntos y que revelaba un aumento significativo en quienes apoyan los derechos LGTB en cuestiones como el matrimonio igualitario o las leyes de protección de las minorías sexuales.
Ahora, una nueva encuesta realizada entre el 27 de junio y el 8 de julio de este año arroja una sombra de preocupación sobre este panorama optimista. En concreto, al preguntar sobre si las empresas y negocios deberían tener derecho a negar sus servicios a parejas del mismo sexo que quieran contratarlas para algún asunto relacionado con su boda alegando motivos religiosos, el 48% responde que no, frente a un 46% que responde que sí: solo dos puntos porcentuales de diferencia. De acuerdo con la encuesta, la sociedad estadounidense está hoy día dividida en dos mitades casi iguales. Hace solo un año, la diferencia entre los que creían que no debería permitirse que este tipo de empresas de servicios puedan rechazar a parejas del mismo sexo y los que creían que sí era de doce puntos porcentuales (53% frente al 41%).
Por grupos de votantes, el crecimiento de la postura discriminatoria es más acentuada entre los que se identifican como republicanos (73% ahora frente a 67% hace un año) y entre los que se identifican como independientes (45% ahora frente al 40% hace un año). Pero incluso entre los que se identifican como votantes demócratas se aprecia un crecimiento, del 24% hace un año al 27% ahora. Por sexo, las mujeres siguen siendo más contrarias a la discriminación que los hombres, pero en ambos grupos crecen las posturas discriminatorias (40% de las mujeres, frente al 35% hace un año; 52% de los hombres, frente al 48% hace un año):
Si en lugar de preguntarse por empresas de servicios específicos para bodas se pregunta por empresas de servicios en general, la brecha se ensancha un poco: 49% es partidario de que no puedan discriminar a gais y lesbianas alegando razones religiosas, frente a un 42% partidario de que sí puedan hacerlo. Pero también en este aspecto se aprecia el crecimiento de las posturas discriminatorias: hace solo un año, un 56% de los estadounidenses se oponía a que las empresas de servicios pudieran discriminar a gais y lesbianas por razones religiosas, mientras que el 39% era favorable (hablamos específicamente de gais y lesbianas porque así es como se preguntó en la encuesta).
Curiosamente, el apoyo al matrimonio igualitario se mantiene estable respecto a hace un año: el 64% de los estadounidenses defiende el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio, frente a un 28% que lo rechaza. Los porcentajes, en este caso, coinciden con los del año pasado. Un dato que muestra que no necesariamente las personas que apoyan el matrimonio igualitario apoyan la ausencia de discriminación contra gais y lesbianas, al menos en una sociedad como la estadounidense, en el que el peso de la religión es mayor que por ejemplo en Europa occidental.
La influencia del Tribunal Supremo, indudable
Hay que tener en cuenta que en junio de este año, justo antes de llevarse a cabo la encuesta, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos falló en favor de Jack Phillips, el pastelero de Denver que se negó a elaborar una tarta de boda para una pareja gay, por 7 votos contra 2. La literalidad de la sentencia limitaba sus efectos a las circunstancias específicas de lo sucedido con Phillips, advirtiendo expresamente que no podía considerarse un aval para que los prestadores de bienes y servicios puedan discriminar a las parejas del mismo sexo por razones religiosas (de forma que la próxima vez que un caso de este tipo llegue a la justicia, esta deberá juzgarlo en su contexto y de forma independiente), lo cierto es que la decisión supuso un importante revés para los derechos LGTB en los Estados Unidos en un momento en el que los grupos conservadores, apoyados en una administración federal favorable a sus intereses, arrecian su ofensiva.
Cuesta pensar que el clima de opinión creado alrededor de la decisión del Supremo, así como la «lluvia fina» en favor de la discriminación de las personas LGTB tanto a nivel de los estados gobernados por los republicanos como a nivel federal de la mano de la administración Trump, no tienen nada que ver con el resultado de esta última encuesta del PRRI. Habrá que esperar para saber si es un mero contratiempo o el inicio de una tendencia negativa. En cualquier caso, resulta preocupante.
Comentarios desactivados en El Supremo de Estados Unidos falla a favor del pastelero que discriminó a una pareja gay, aunque limita el alcance de la sentencia
En una sentencia que ha caído como un jarro de agua fría en los colectivos en favor de los derechos civiles de las personas LGTB, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha fallado en favor de Jack Phillips, el pastelero de Denver que se negó a elaborar una tarta de boda para una pareja gay. La decisión, respaldada por 7 de los 9 jueces del Supremo, supone un importante revés para los derechos LGTB en los Estados Unidos en un momento en el que los grupos conservadores, apoyados en una administración federal favorable a sus intereses, arrecian su ofensiva. Un análisis de la sentencia, en cualquier caso, permite concluir que podría haber sido mucho peor. Explicamos por qué.
Refrescamos en primer lugar los antecedentes del caso, que se remonta a varios años atrás. Ya en 2013 mencionamos la historia en esta misma página. Dave Mullins y Charlie Craig acudieron a Masterpiece Cakeshop, una pastelería de Denver que hace tartas de boda personalizadas, para que elaborara su pastel. El dueño del negocio, Jack Phillips, se negó, argumentando razones religiosas. Mullins y Craig denunciaron lo sucedido al Departamento de Derechos Civiles de Colorado, ya que en este estado la denegación de servicios basada en la orientación sexual de los clientes está expresamente prohibida. Tan solo están exentas las confesiones religiosas en lo que respecta a sus ceremonias, pero dado que una pastelería no es una iglesia, el Departamento de Derechos Civiles dio la razón a la pareja. Se inició así una larga batalla legal que ha acabado ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
Como explicamos en diciembre, la línea de defensa del pastelero ante el Supremo no se basó propiamente en que su «libertad religiosa» hubiera resultado sido violada (hay pronunciamientos anteriores del Supremo que consideran que la libertad religiosa no justifica la discriminación en el ámbito de la prestación de servicios no religiosos) sino en el derecho a su libertad de expresión. Phillips argumentaba que diseñar un pastel de boda es un proceso «creativo», y que hacerlo para una pareja del mismo sexo suponía forzarlo a expresar ideas con las que no está de acuerdo. Como también explicamos en diciembre, tras conocerse las preguntas y solicitudes de aclaración que los jueces del Supremo dirigieron entonces a las partes, las posiciones parecían divididas al 50%. Los analistas daban entonces por seguro que los cuatro conservadores (Samuel Alito, Neil Gorsuch, John Roberts y Clarence Thomas) se inclinarían por dar la razón al pastelero, mientras que los cuatro considerados de sensibilidad progresista (Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Elena Kagan y Sonia Sotomayor) lo harían a favor de la Comisión de Derechos Civiles de Colorado. El voto que todo el mundo esperaba que deshiciese el empate era el de Anthony Kennedy, un juez «bisagra» cuyo posicionamiento en favor del matrimonio igualitario resultó clave en el pasado. En diciembre, Kennedy se mostró ambivalente y dio muestras de empatizar con los argumentos de las dos partes.
Sin embargo, el resultado final ha sido 7 a 2: solamente Ruth Bader Ginsburg (considerada a sus 85 años la miembro más progresista del Supremo) y Sonia Sotomayor se han inclinado de parte de la Comisión de Derechos Civiles del estado de Colorado. Los otro siete miembros, incluyendo Breyer y Kagan, se han alineado con el pastelero. ¿Qué ha pasado? La clave está en la letra pequeña de la sentencia, que señala de forma expresa que la opinión del alto tribunal se refiere única y exclusivamente al caso juzgado. Los siete jueces que han votado a favor de la sentencia, cuyo ponente ha sido precisamente Kennedy, señalan que la Comisión no dio a Phillips un trato objetivo y actuó con hostilidad frente a las «sinceras creencias religiosas» del pastelero. Según su interpretación, los miembros del organismo encargado de discernir si se había violado la normativa antidiscriminatoria del estado no atendieron como debían a los argumentos del pastelero, sino que desde el primer momento consideraron que estos eran una mera excusa para discriminar a la pareja.
El Supremo entiende, en este sentido, que desde el principio hubo menosprecio y falta de objetividad hacia Phillips, y este es el motivo por el cual falla a su favor, sin que la sentencia ponga en duda el derecho del estado de Colorado a proteger a sus ciudadanos de la discriminación. El texto de la sentencia establece, en este sentido, sus propios límites, al advertir que no puede considerarse un aval para que los prestadores de bienes y servicios puedan discriminar a las parejas del mismo sexo por razones religiosas y que la próxima vez que un caso de este tipo llegue a la justicia, esta deberá juzgarlo en su contexto y de forma independiente al caso del pastelero. «El resultado de futuros casos como este en otras circunstancias deberá ser discutido en los tribunales, todo ello en el contexto de entender que estas disputas deben resolverse con tolerancia, sin una indebida falta de respeto a las sinceras creencias religiosas y sin que se humille a las personas homosexuales cuando demandan bienes y servicios en un mercado abierto», expresa literamente la sentencia.
En definitiva, todo apunta a que el Supremo ha llegado a un compromiso entre conservadores y centristas para emitir un fallo de alcance limitado que si bien da la razón al pastelero lo hace por una razón formal, y no de fondo. Un compromiso que no supone un cambio significativo del statu quo jurídico, a diferencia de lo que habría sucedido si se hubiera dado la razón a cualquiera de las partes por 5 votos contra 4 pero utilizando los argumentos de fondo de una o de la otra parte. Así ha sido recibido, de hecho, por grupos de defensa de los derechos LGTB, como Human Rights Campaign. «Los extremistas antiLGBTQ no han conseguido la ‘licencia para discriminar’ que andaban buscando. La sentencia de hoy no modifica las ya duraderas leyes de derechos civiles de nuestra nación», ha declarado su presidente, Chad Griffin.
En cualquier caso, aunque sobre el papel no signifique un retroceso expreso, a nadie se le oculta que la sentencia supone un revés para el avance de los derechos LGTB en Estados Unidos. Los conservadores la venderán como un triunfo, que animará a muchos negocios a intentar discriminar a parejas del mismo sexo incluso en estados cuyas leyes locales las protejan contra la discriminación en la prestación de bienes y servicios. Parejas que en último término tendrán que seguir acudiendo a los tribunales para ver respetados sus derechos. Y más en un momento regresivo en materia LGTB como el que está viviendo Estados Unidos tanto a nivel de los estados gobernados por los republicanos como a nivel federal, de la mano de la administración Trump.
Según la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU por sus siglas en inglés: American Civil Liberties Union), representantes de Craig y Mullins, la pareja nunca llega a discutir con Phillips el diseño o mensaje que debía llevar la tarta, por lo que según ellos, la libertad de expresión del artista pastelero no se habría puesto en cuestión. La juez Ruth Bader Ginsburg, una de las que han votado en contra de la sentencia, explica que «cuando una pareja contacta con una pastelería para un pastel de bodas, el producto que buscan es un pastel que celebre su boda, no un pastel celebrando bodas heterosexuales o bodas del mismo sexo, y ese es el servicio que se les negó».
Activistas LGBT califican de “peligrosa” la decisión de la Corte de EEUU
Grupos de defensa de los derechos civiles de las personas LGBTIQ calificaron de “frustrante”, “discriminatorio”, “potencialmente dañino” y como un “retroceso” la decisión 7-2 de la Corte Suprema de los Estados Unidos.
Según las declaraciones recogidas por medios de comunicación, tras conocerse el fallo, la pareja conformada por Charlie Craig y Dave Mullins, a quienes Phillips les negó un pastel, aseguraron: “La decisión de hoy significa que nuestra lucha contra la discriminación y el trato injusto continuará. Siempre hemos creído que en Estados Unidos no se le debe rechazar en un negocio abierto al público por ser quien eres. Presentamos este caso porque nadie debería tener que enfrentar la vergüenza y la humillación de que nos digan ‘no servimos a los de su clase’. Seguiremos luchando hasta que nadie lo haga”.
Para la firma de abogados Pro-LGBT Lambda Legal esta decisión si bien es limitada, ya que solo aplica a los hechos específicos de este caso exclusivamente, de igual manera “invita a la discriminación y los esfuerzos adicionales para justificar la retención de servicios de personas LGBTQ. Esto alentará todo tipo de estrategia por parte de organizaciones anti LGBTQ bien financiadas que quieran crear excepciones a las leyes de no discriminación (…) La Corte hoy le ha dado la espalda a un precedente de larga data y ofreció no solo aliento, sino también una hoja de ruta para aquellos que negarían los derechos civiles a las personas LGBTQ y a las personas que viven con el VIH”.
Aseguraron que seguirán luchando para que esta “desgarradora” y “exasperante decisión” se entienda por lo que es: “un fallo estrecho limitado a hechos únicos que no pueden usarse para justificar la discriminación en ningún otro contexto”, declaró la firma.
Para el presidente de Human Rights Campaign, Chad Griffin, el lobby antiLGBTIQ no puede abrazar esta decisión como una “licencia para discriminar”. Ni el dictamen cambia las leyes de derechos civiles en Estados Unidos, sin embargo, es una campanada de que las personas LGBTIQ “enfrentan niveles alarmantes de discriminación en todo el país y los esfuerzos de HRC para avanzar en la igualdad son más urgentes que nunca”.
La presidenta y CEO de la Alianza Gay y Lésbica contra la Difamación o GLAAD (por sus siglas en inglés, Gay and Lesbian Alliance Against Defamation) Sarah Kate Ellis dijo: “Aunque la libertad de religión es un valor estadounidense, la discriminación no lo es. Si bien esta decisión no cambia las protecciones existentes de los derechos civiles, deja la puerta abierta para que las exenciones religiosas se utilicen contra las personas LGBTQ”.
Pantallazo @glaad | Foto: Uso Permitido
El LGBTQ Victory Institute dijo: “Hoy es un día triste para Estados Unidos y especialmente para los jóvenes LGBTQ que crecieron creyendo en el movimiento inevitable hacia la equidad y la justicia para nuestra comunidad. Si bien la Corte Suprema emitió un veredicto estricto centrado exclusivamente en el tratamiento de un pastelero de Colorado por parte de una agencia estatal, los opositores de la igualdad lo utilizarán para tratar de abrir las compuertas. Las fuerzas homofóbicas sobreinterpretarán intencionalmente el fallo y desafiarán las leyes existentes contra la discriminación al negar el servicio a las personas LGBTQ en aún más situaciones, negándoles la cena en un restaurante, el alojamiento en un hotel o el alquiler de un apartamento”.
El presidente del Comité Nacional Demócrata, Tom Pérez, dijo: “Este caso nunca fue solo sobre un pastel de bodas. Se trataba de que todas las personas, sin importar quiénes fueran, tenían derecho a celebrar su amor sin enfrentar discriminación. El Partido Demócrata cree que ningún individuo tiene una licencia para discriminar. Creemos en la dignidad de cada ser humano. Y seguiremos luchando por la igualdad de las personas LGBTQ en todas las áreas de nuestra sociedad, desde la vivienda y la atención médica hasta los baños y salas de juntas, las panaderías y las urnas”.
El bufete de abogados anti-LGBT Alliance Defending Freedom, un grupo de odio anti LGBT listado, celebró el fallo. “Jack sirve a todos los clientes; simplemente se niega a expresar mensajes o celebrar eventos que violan sus creencias profundamente arraigadas”, dijeron.
Comentarios desactivados en Una pareja gay denuncia a una imprenta por enviarles un panfleto homófobo sobre el pecado y la fe en lugar de su recordatorio de boda
Aunque residen en Australia, Stephen Heasley y Andrew Birg, de 39 y 31 años de edad, son naturales de Pensilvania, donde deciden contraer matrimonio con el objetivo de estar cerca de sus familias. Cuando se encuentran ultimando los preparativos para el enlace, en septiembre del año pasado, solicitan 100 copias de un programa de mano a Vistaprint. En lugar de lo que habían pedido, reciben 80 copias de un folleto de propaganda cristiana, motivo por el que este martes, 16 de enero, presentan una denuncia federal en Massachucetts contra la empresa de impresión, alegando que se los enviaron en forma de ataque y amenaza por ser homosexuales.
Stephen Heasley y Andrew Borg se casaron en Pensilvania (Estados Unidos) el pasado mes de septiembre. El día previo a la ceremonia recibieron el paquete de la imprenta en el que, supuestamente, se encontraban los recordatorios de boda que habían encargado. Sin embargo, en lugar de estos, la imprenta de Massachusetts Vistaprint les envió un panfleto con mensajes homófobos como: «Tentación comprensiva: luchen la buena batalla de la fe», es el titular del panfleto que recibe la pareja, en lugar del programa en tonos azules y dorados que habían solicitado en el que explicaban los eventos del día de su boda, junto con los nombres de los miembros de su familia. A la pregunta «¿Si tu egocentrismo es lo que te atrae al pecado, ¿qué puedes hacer para evitar la tentación?», responden unos versículos bíblicos cristianos para resistir los tres tipos de tentación de Satanás: «La lujuria de la carne es lo que atrae a nuestro cuerpo de una manera pecaminosa», dice el primero, «la Lujuria de los Ojos es lo que nos atrae al pecado cuando lo miramos», afirma el segundo, y «orgullo de la vida es lo que atrae nuestra autoestima de una manera que nos dirige a ser egocéntricos», concluye el tercero. “Es un acto de rebelión contra la santidad de Dios”, “Satanás seduce a tu carne con malos deseos” o “el pecado es el resultado de tu fracaso en resistir la tentación”, entre otras lindezas. En un principio, los afectados lo achacaron a un lamentable error. Sin embargo, esta misma semana han decidido denunciar su caso ante Tribunal de Distrito de Massachusetts por incumplimiento de contrato y dolor emocional. Vistaprint se ha disculpado y ha anunciado una investigación interna.
Stephen Heasley y Andrew Borg se casaron en septiembre el condado de Butler, al oeste de Pensilvania, porque el primero es oriundo de allí; aunque actualmente se han trasladado a Sídney (Australia). Michael J. Willemin, el letrado de la pareja, argumenta en la demanda que “los panfletos, claramente enviados para amenazar y atacar al Sr. Heasley y al Sr. Borg, porque son homosexuales, advierten de que ‘Satanás seduce a tu carne con malos deseos’”. Willemin también alega que “este caso presenta un ejemplo particularmente atroz de una empresa que se niega a proporcionar servicios iguales a los miembros de la comunidad LBGTQ”.
Por ello, finalmente, los afectados han decidido denunciar lo sucedido ante los tribunales estadounidenses por incumplimiento de contrato y daños morales así como porque Vistaprint se negó a hacerse cargo del error y tuvieron que pagar 80$ por la impresión y el envío urgente de los dípticos de la boda. En la demanda, a la que ha tenido acceso el New York Daily News, Andre y Stephen, además de reclamar el dinero y una indemnización han señalado que el envío de esos panfletos tenían una clara intención de odio y pretendían comparar su relación con la “tentación de Satán“. Según han explicado Heasley y Borg a través de un comunicado: “nuestro objetivo es responsabilizar a Vistaprint por el daño que han causado y dar una voz a otras personas que puedan haber sido victimizadas de manera similar, ayudar a prevenir que esto le suceda a otra persona y enviar un mensaje de que habrá consecuencias por actos de odio perpetrados contra otros…”, declara la pareja en un comunicado.
En la demanda explican que se sintieron «emocionalmente devastados por la conducta intimidante y discriminatoria de Vistaprinst», calificando el envío como un acto «atroz y despreciable» que les lleva a sentirse amenazados porque esas personas tienen la dirección donde viven sus familiares, lo que les lleva a sentir vulnerables a cualquier otra agresión de carácter homofóbico. «Nos casábamos en una granja familiar en lo que entendemos por ser una parte bastante conservadora y rural de Pensilvania. Si las personas malintencionadas decidieran enfocarse en nuestra boda e invitados, tendríamos muy pocas opciones para escapar o buscar refugio», declara Heasley.
Fundada por Robert Keane en Holanda, Vitsaprint es una empresa que distribuye artículos promocionales y de impresión que ofrece sus servicios a autónomos, PYMES y particulares. Vistaprint, la imprenta a la que realizaron el encargo de sus recordatorios de boda, es una compañía multinacional que opera en más de 120 países de todo el mundo. En Estados Unidos tiene su sede en Massachusetts, aunque su centro mundial está radicado en los Países Bajos y su oficina europea de marketing se encuentra en la ciudad de Barcelona (siendo esta última “la base de Vistaprint para las iniciativas de marketing de la compañía en Europa”).
Mediante un comunicado, la compañía justifica que “acabamos de enterarnos de este incidente en las últimas horas. Entendemos lo molesto que sería para cualquier persona recibir materiales como estos la noche anterior a su boda e inmediatamente hemos lanzado una investigación interna”. La empresa también añade que “Vistaprint nunca discriminará a los clientes por su orientación sexual. Nos enorgullecemos de ser una empresa que celebra la diversidad y permite a los clientes de todo el mundo personalizar los productos para sus eventos especiales”.
“Vistaprint de ninguna manera aprueba, y no tolera, la discriminación contra ninguno de nuestros clientes en función de su raza, religión, género u orientación sexual. Alentamos a los miembros de la comunidad LGBTQ a usar nuestros servicios para ayudar a celebrar sus eventos de la vida durante muchos años, y han publicado miles de invitaciones de boda, programas y otro contenido para parejas del mismo sexo”, declara Trynka Shimerman, directora ejecutiva de Vistaprint al día siguiente, 17 de enero, asegurando que han iniciado una investigación para saber el origen y las causas del envío, prometiendo una «acción enérgica» contra cualquier empleado responsable de tal acción. Asimismo, se comprometen a «planificar cómo podemos usar nuestra plataforma de marca global para compartir un mensaje de apoyo para el matrimonio entre personas del mismo sexo y la igualdad en todo el mundo».
Este es el recordatorio de boda que Stephen Heasley y Andrew Borg encargaron a Vistaprint:
Y este es el que recibieron un día antes del enlace en su domicilio:
Discriminación empresarial hacia contrayentes del mismo sexo
No es la primera vez que en los Estados Unidos una empresa protagoniza un caso de discriminación hacia contrayentes del mismo sexo en el marco de su boda. Hace poco más de un mes, precisamente, llegaba al Tribunal Supremo de este país la disputa sobre si una pastelería puede negarse a elaborar una tarta nupcial para una pareja homosexual.
El caso se remonta a varios años atrás. Ya en 2013 mencionamos la historia en esta misma página. Dave Mullins y Charlie Craig acudieron a Masterpiece Cakeshop, una pastelería de Denver que hace tartas de boda personalizadas, para que elaborara su pastel. El dueño del negocio, Jack Phillips, se negó, argumentando razones religiosas. Mullins y Craig denunciaron lo sucedido al Departamento de Derechos Civiles de Colorado: en este estado, la denegación de servicios basada en la orientación sexual de los clientes está expresamente prohibida. Tan solo están exentas las confesiones religiosas en lo que respecta a sus ceremonias, pero dado que una pastelería no es una iglesia, el Departamento de Derechos Civiles dio la razón a la pareja. Se inició así una larga batalla legal que ha acabado ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
Comentarios desactivados en Sentencia definitiva contra pasteleros de Oregón que negaron tarta de boda a pareja del mismo sexo
El Tribunal de Apelaciones de Oregón confirma la sentencia contra una pareja de reposteros que amparados en la libertad religiosa deciden negarse a hacer una tarta de bodas para una pareja del mismo sexo, a la que tendrán que abonar una multa de 135.000 dólares.
En enero de 2013, Aaron y Melissa Klein, propietarios de Sweet Cakes by Melissa, ubicada en las afueras de Portland, Oregon, se aferraran a sus creencias religiosas para negarse a hacer un pastel de bodas para una pareja del mismo sexo a la que se refieren como una «abominación». Sin embargo, la Oficina Laboral y de Industria de Oregon considera que su posición viola una ley estatal de 2007 que protege los derechos de las personas LGBTQ en el empleo, el hogar y los establecimientos públicos, notificándoles la obligación de abonar una multa de 135.000 dólares por los daños causados por el perjuicio emocional que habían causado sobre la pareja de lesbianas. Argumentando que es la Oficina Laboral y de Industria la que viola sus derechos a la libertad de expresión como artistas y a la libertad religiosa, además de no proporcionarles un proceso justo, el matrimonio Klein apela esta sentencia en marzo de este mismo año ante el Tribunal de Apelaciones de Oregon, que falla finalmente en su contra este jueves, 28 de diciembre.
«No importa cómo naciste o a quién amas. Todos nosotros somos iguales ante la ley y debemos ser tratados por igual. Oregon no permitirá que se cuelgue un cartel de ‘Sólo parejas hetero’ en pastelerías u otros establecimientos» declara la pareja del mismo sexo discriminada, Rachel y Laurel Bowman-Cryer, aplaudiendo el fallo a través de una declaración publicada por su representante legal en este proceso, Nancy Marcus, abogado de Lambda Legal, quien afirma que «la decisión del tribunal no es sorprendente, porque es coherente con las decisiones de los tribunales de todo el país que se han negado a crear un nuevo derecho constitucional de las empresas a eximirse de las leyes de derechos civiles y dañar las parejas del mismo sexo a través de denegaciones de servicio discriminatorias».
Al contrario, desde el First Liberty Institute, que representaban a los Klein, quienes han cerrado finalmente su establecimiento, han expresado su decepción con la sentencia a través de un comunicado publicado por Kelly Shackelford, su presidenta y directora ejecutiva, en el que afirman que «el Tribunal de Apelaciones de Oregón decide que Aaron y Melissa Klein no están cubiertos por los derechos a la libertad religiosa y libertad de expresión de la Constitución (…). En una sociedad diversa y plural, las personas de buena voluntad deberían poder coexistir pacíficamente con creencias diferentes. Estamos decepcionados de que el tribunal falló en contra de los Klein».
Esta sentencia llega en medio de la expectación creada por el proceso conocido como Masterpiece Cakeshop v. la Comisión de Derechos Civiles de Colorado, un litigio que surge ante la negativa de Jack Phillips a hacer un pastel de bodas para otra pareja del mismo sexo y ante el que el Departamento de Justicia de los estados Unidos, dirigido por Jeff Sessions, se ha pronunciado a favor de la discriminación de la pareja gay y la libertad religiosa del pastelero. Un proceso al que también se ha referido Marcus esperando que el mimo «principio constitucional fundamental reconocido por el Tribunal de Oregón sea confirmado por el tribunal Supremo», cuya sentencia está prevista para junio del año que viene y que chefs, pasteleros y restauradores han adelantado esperan sea contraria a la discriminación por orientación sexual.
Comentarios desactivados en La disputa sobre si una pastelería puede negarse a elaborar una tarta nupcial para una pareja gay llega al Tribunal Supremo de los Estados Unidos
El Tribunal Supremo de EE.UU. se niega a tomar en consideración un caso de discriminación hacia matrimonios homosexuales en Houston y abre la puerta a la desigualdad jurídica de las parejas homosexuales.
El mismo Tribunal está estos días escuchando los argumentos del caso del pastelero homófobo de Colorado que podría sentar la base para el blindaje de la Ley de Libertad Religiosa.
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos escuchó este martes los argumentos de las partes en el caso Masterpiece Cakeshop v. Colorado Civil Rights Commission, un nuevo desafío judicial de los conservadores estadounidenses al matrimonio igualitario. En este caso, el Supremo estadounidense deberá decidir si el pastelero Jack Phillips tiene derecho a discriminar a una pareja del mismo sexo y no elaborar su pastel de boda, pese a que la normativa de su estado (Colorado) prohíbe a los negocios privados discriminar a sus clientes por razón de orientación sexual.
El caso se remonta a varios años atrás. Ya en 2013 mencionamos la historia en esta misma página. Dave Mullins y Charlie Craig acudieron a Masterpiece Cakeshop, una pastelería de Denver que hace tartas de boda personalizadas, para que elaborara su pastel. El dueño del negocio, Jack Phillips, se negó, argumentando razones religiosas. Mullins y Craig denunciaron lo sucedido al Departamento de Derechos Civiles de Colorado: en este estado, la denegación de servicios basada en la orientación sexual de los clientes está expresamente prohibida. Tan solo están exentas las confesiones religiosas en lo que respecta a sus ceremonias, pero dado que una pastelería no es una iglesia, el Departamento de Derechos Civiles dio la razón a la pareja. Se inició así una larga batalla legal que ha acabado ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
Aunque pueda resultar anecdótico, el caso tiene una gran importancia legal, dado que una sentencia de Supremo favorable a Phillips abriría la puerta a que multitud de negocios en todo el país pudiesen discriminar a las parejas del mismo sexo con independencia de que en sus estados existan leyes locales que las protegen contra la discriminación en la prestación de bienes y servicios. Es importante, en este sentido, tener en cuenta los argumentos de los abogados de Phillips. La línea de defensa del pastelero no se basa propiamente en que su “libertad religiosa” haya sido violada (hay pronunciamientos anteriores del Supremo que consideran que la libertad religiosa no justifica casos de discriminación en el ámbito de la prestación de servicios no religiosos) sino en el derecho a la libertad de expresión, expresamente protegido por la 1ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. Phillips argumenta que diseñar un pastel de boda es un proceso “creativo”, y que hacerlo para una pareja del mismo sexo supone forzarlo a expresar ideas con las que no está de acuerdo.
Argumentos retorcidos, pero que en caso de ser tenidos en cuenta por el Tribunal Supremo facilitarían que todos aquellos negocios con un componente “creativo” pudiesen discriminar a las parejas del mismo sexo. Las posiciones, en este sentido, aparecen divididas al 50% tras conocerse las preguntas y solicitudes de aclaración que los jueces del Supremo han dirigido a las partes en la jornada de ayer. Los analistas consideran más que probable que los cuatro miembros conservadores del Supremo (Samuel Alito, Neil Gorsuch, John Roberts y Clarence Thomas) se inclinen por dar la razón al pastelero, mientras que los cuatro miembros considerados de sensibilidad progresista (Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Elena Kagan y Sonia Sotomayor) lo harían a favor de la Comisión de Derechos Civiles de Colorado.
El voto que desharía el empate sería el de Anthony Kennedy, un juez “bisagra” cuyo posicionamiento en favor del matrimonio igualitario ya resultó clave en el pasado. En el año 2013, su votó en el caso United States v. Windsor hizo posible derribar por 5 votos contra 4 la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act, la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo). Una sentencia que todos coinciden allanó definitivamente el camino para que dos años después, al resolver el caso Obergefell v. Hodges, el Supremo legalizase el matrimonio igualitario en todo el país, también con los votos de Kennedy (ponente de la sentencia) y de los cuatro jueces progresistas. Está por ver, en este caso, cual será la decisión de Kennedy, que en la jornada de este martes se mostró ambivalente y dio muestras de empatizar con argumentos de las dos partes.
El Supremo rechaza pronunciarse sobre un fallo discriminatorio en Texas
Lo que suceda con el caso del pastelero de Colorado, será, pues, de gran importancia. Muy especialmente después de que el pasado lunes el Tribunal Supremo rechazase revisar una decisión judicial adoptada en junio por la conservadora Corte Suprema de Texas, y que daba la razón a dos activistas anti-LGTB que demandaron a la ciudad de Houston por extender los beneficios que concedía a los cónyuges de distinto sexo de sus empleados a los cónyuges del mismo sexo. El mismo Tribunal se ha negado a aceptar un caso (Pidgeon contra Turner) y ese movimiento ha dejado claro, a pesar de haber legalizado el matrimonio igualitario, no las tienen todas consigo sobre la igualdad de derechos entre las parejas homosexuales y las heterosexuales. Jack Pidgeon y Larry Hicks denunciaron a la ciudad de Houston cuando la entonces alcaldesa, Annise Parker, anunció que ofrecería a los cónyuges del mismo sexo de los empleados públicos los mismos beneficios que tenían los cónyuges de los empleados heterosexuales.
Tras un proceso legal bastante largo y complicado el Tribunal Supremo de Texas se posicionó a favor de esa demanda y dictaminó que las parejas homosexuales no tienen por qué recibir los mismos beneficios y derechos que las parejas heterosexuales. Y eso a pesar de que en la sentencia del Supremo del país que legalizó el matrimonio igualitario se dejó claro que las parejas homosexuales podían casarse “en los mismos términos y condiciones que las heterosexuales“. Curiosamente en la misma semana de enero en la que Texas mantenía la discriminación el Supremo del país dictaminaba -otra vez- que en un caso sobre los derechos de los padres homosexuales (Pavan contra Smith) que los matrimonios homosexuales han de tener los mismos derechos y beneficios que los heterosexuales.
La Corte Suprema de Texas consideró entonces que la sentencia sobre el caso Obergefell v. Hodges, que hizo extensivo el matrimonio igualitario a todo el país, no obliga necesariamente a tratar igual a los matrimonios entre personas del mismo y de distinto sexo. No sorprende saber que hubo un juez del Supremo de EE.UU. que votó en contra de esa sentencia igualitaria y no fue otro que Neil Gorsuch, que fue puesto ahí por… Donald Trump.
El caso, cuyo origen se remonta en realidad a una fecha anterior a la de la sentencia del Supremo sobre el matrimonio igualitario, no está de todas formas cerrado: al rechazar el Supremo revisarlo (sin pronunciarse en ningún sentido sobre la cuestión de fondo), el asunto volverá de nuevo a los tribunales de Texas, donde continuará la litigación. Y aunque los activistas LGTB consideran que la justicia acabará dandoles la razón, la negativa del Tribunal Supremo a resolverlo de forma definitiva en este momento arroja dudas sobre hasta dónde está dispuesto a llegar el más alto tribunal estadounidense en defensa de sus propias decisiones sobre el matrimonio igualitario.
Y es que al negarse a juzgarlo y al no hacer ningún comentario al respecto han sentado un precedente tremendamente preocupante y es que -tras los cambios de Trump- podrían estar de acuerdo en que los matrimonios homosexuales no han de tener los mismos derechos.
Como explica la presidenta de la GLAAD, Sarah Kate Ellis, “el Tribunal Supremo acaba de dejar que prevalezca una preocupante sentencia del Supremo de Texas que recorta de forma clara los derechos de las parejas homosexuales casadas. La abnegación del mayor tribunal del país abre la puerta a una embestida de demandas contra los derechos de las personas LGTB+ en todas las instancias.”
Huelga decir que si después de esto el Supremo de EE.UU. decide sentenciar a favor del pastelero de Colorado y proteger así la “libertad religiosa” la situación de las parejas homosexuales en EE.UU. volvería a ser tremendamente complicada.
Seguiremos atentos a lo que suceda. La decisión definitiva sobre el pastel de bodas, en cualquier caso, no se conocerá hasta la primavera de 2018.
Comentarios desactivados en Chefs, pasteleros y restauradores en contra de la discriminación por orientación sexual en los Estados Unidos
Un grupo de populares chefs y reconocidos pasteleros y propietarios de restaurantes reclaman al Tribunal Supremo que falle contra el el pastelero de Denver, Jack Phillips, que rechazó hacer una pastel de boda para la boda de una pareja del mismo sexo.
José Andrés, Elizabeth Falkner y Carla Hall, son algunos de los populares chefs que junto a los dueños de una popular tienda de cupcakes de Washington D.C. y un pastelero de Mississippi han suscrito un memorando escrito por Human Rights Campaign en apoyo a la pareja que fue discriminada por Jack Phillips, propietario de Masterpiece Cakeshop, que en 2012 rechazó hacer un pastel de bodas para Charlie Craig y David Mullis en función de la libertad religiosa.
Según estos profesionales de la hostelería, una vez que abres las puertas de tu establecimiento, no puedes escoger a tus clientes y cumplir con las leyes que prohiben la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género no te quita el control creativo sobre tu trabajo. En enero de 2014 un juez de Denver daba la razón a los demandantes al afirmar que no es legal negarse a hacer un pastel sólo porque sea para una pareja gay. No conforme con este resultado Phillips inicia un largo proceso que le ha llevado hasta el Tribunal Supremo, que tiene previsto resolver en diciembre. Visto que la libertad religiosa no le ha servido anteriormente, su estrategia ahora es la libertad creativa, sosteniendo que, como artista, no deberían obligarle ha hacer un pastel en contra de sus creencias.
«No se trata de tu arte. Cuando estás abierto al servicio de la gente, no puedes decidir a quién atender no atender», asegura Falkner, propietaria de varios restaurantes en Nueva York y San Francisco, que ha sido concursante y juez en diferentes competiciones culinarias. En la misma línea se manifiesta Mary Jennifer Russell, propietaria de Sugaree’s Bakery en New Albany (Misisipi), afirmando que «puedes decidir qué crear y qué servir, pero no decir que ni vas a servir a una persona gay, a una transexual o a un mujer o a una persona de color».
Asimismo, Sophie Kallnis LaMontagne, copropietario de Georgetown Cupkace, en Washigton D.C., asegura que tanto ella como su hermana, Katherine Kallinis Berman, piden al Tribunal Supremo que tengan en cuenta su declaración y escuchen «por qué creemos que es tan importante que no autoricen a las empresas a discriminar. Esto es sobre hacer lo correcto y dar la bienvenida a todos», asegurando que las leyes contra la discriminación en Colorado y otros 21 estados son regulaciones razonables que no reprimen su creatividad artística. Sorprendentemente, hosteleros y restauradores tienen en su contra al Departamento de Justicia de la Administración de Donald Trump, que habría elaborado un amplio informe de 41 páginas en apoyo a la actitud discriminatoria del pastelero de Dever.
Comentarios desactivados en La administración Trump apoya la discriminación contra una pareja del mismo sexo en Colorado
Charlie Craig, David Mullins y en la esquina el pastelero Jack Phillips
De cara a la resolución del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, la administración de Donald Trump apoya a un empresario pastelero condenado por violar la Ley Contra la Discriminación de Colorado al negarse a hacer una tarta de bodas para una pareja del mismo sexo.
El departamento de Justicia de los Estados Unidos presenta este jueves, 7 de septiembre, un amplio informe de 41 páginas a favor del dueño de Masterpiece Cakeshop, de cara a la resolución del Tribunal Supremo sobre un caso en el que ha sido considerado culpable.
De esta manera, la administración de Donald Trump apoya la discriminación contra una pareja del mismo sexo ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, alineándose con un pastelero condenado por negarse a hacer su tarta de bodas.
Se trata de un informe en el que defienden la postura de Jack Phillips, quien reclama su derecho a la libertad religiosa y la libertad de expresión, que se estarían violando si se le obliga a hacer una tarta para Charlie Craig y David Mullins. La pareja encargó en 2012 una tarta de bodas en la pastelería de Denver de Phillips, quien se negó a cumplir el encargo afirmando que no hacía tartas para parejas homosexuales. «Una tarta de bodas personalizada es una forma de expresión», asegura Jeffrey B. Wall, abogado responsable de la recomendación del Departamento de Justicia, defendiendo que el pastelero tiene el derecho de libertad de expresión bajo la Primera Enmienda para negarse a «expresar» su apoyo a una boda entre personas del mismo sexo.
«Sabemos que la tolerancia es una calle de doble dirección y la dignidad se corta en ambos sentidos. Necesitamos proteger el derecho de todos los estadounidenses a vivir y trabajar según sus creencias religiosas y no obligar a las profesiones a crear arte visual que viole quiénes son», declara Kristen Wagoner, abogada de Alliance Defending Freedom, en representación de Phillips, quien asegura que ha perdido alrededor del 40 por ciento de su negocio, así como a varios miembros de su personal, como consecuencia de su decisión de no hornear tartas de bodas para gays. El caso se encuentra ahora a la espera de una resolución por parte del Tribunal Supremo, después de que el acusado fuera declarado culpable de haber violado la Ley Contra la Discriminación de Colorado.
El escrito presentado por el Departamento de Justicia ha provocado las críticas de la American Civil Liberties Union, que representa a la pareja y que ni siquiera considera que el Tribunal Supremo debiera haber accedido a contemplar el caso, permitiendo que se resolvieran las decisiones judiciales a favor de Craig y Mullins. «Este Departamento de Justicia ha dejado clara su hostilidad a los derechos de las personas LGBT y tantos otras. Estamos seguros de que el Tribunal Supremo se pronunciará sobre la igualdad de derechos de los tribunales inferiores», declara Louise Melling, directora legal de ACLU, asegurando que la administración de Trump está tratando de crear un «derecho constitucional para discriminar».
Comentarios desactivados en Una pastelería deberá prestar servicio a una pareja gay por orden judicial
Charlie Craig, David Mullins y en la esquina el pastelero Jack Phillips
La pastelería se negó a hacer un pastel de bodas para una pareja homosexual por las creencias religiosas de sus dueños. El fallo fue emitido dos meses después de una decisión histórica de la Corte Suprema que legalizó el matrimonio gay en todo Estados Unidos.
La más reciente victoria para los derechos de los gays se produjo este jueves en Estados Unidos cuando un tribunal de apelaciones sentenció que un repostero de Colorado no podía negarse a venderle un pastel de boda a parejas homosexuales porque contradecía su fe religiosa.
La tienda “Masterpiece Cakeshop” se sumó a un número creciente de negocios que han sido demandados, con éxito, por discriminación contra las parejas del mismo sexo. Sin embargo, los comercios en más de la mitad de EUA tienen derechos legales de negarse a atender clientes gays porque 29 de los 50 estados no prohíben discriminación de orientación sexual.
Charlie Craig y David Mullins consignaron una queja fundamentada en el marco legal antidiscriminatorio de Colorado cuando el repostero Jack Phillips les dijo en 2012 que no les haría una torta debido a sus creencias religiosas.
El estado no reconocía el matrimonio gay en ese momento, pero sí prohibía la discriminación por orientación sexual. Phillips argumentó que preparar una torta de casamiento para una pareja gay violaba su derecho a la libertad de religión y de expresión.
Manifestación de protesta por la homofobia de los responsables de la pastelería
El tribunal estatal de apelaciones manifestó su desacuerdo, argumentando en una decisión de 66 páginas que exigirle a alguien que cumpla la ley no implica pedirle a una persona que “respalde” algo que no apoya.
“Si Masterpiece desea operar como un lugar público y tener un negocio en el estado de Colorado, la CADA (Colorado Anti-Discrimination Act, Acta anti-discriminación de Colorado) le prohíbe escoger y elegir consumidores en función de su orientación sexual”, indicó.
Una pastelería de Oregon (noroeste) fue obligada a pagar 135.000 dólares en daños el mes pasado después de negarse a hornear una tarta para un matrimonio entre dos hombres en 2013.
Pero el caso que elevó el tema a la audiencia nacional fue el de una fotógrafa de bodas de New Mexico que se negó a trabajar para una pareja de lesbianas en 2008 afirmando que su derecho a la libertad artística y religiosa debería superponerse a las leyes antidiscriminatorias del estado. La Corte Suprema no aceptó su apelación en 2014.
Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.
Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.
El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.
Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada.
no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.
Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.
Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.
Nuevos Miembros
Para unirse a este grupo es necesario REGISTRARSE y OBLIGATORIO dejar en el FORO un primer mensaje de saludo y presentación al resto de miembros.
Por favor, no lo olvidéis, ni tampoco indicar vuestros motivos en las solicitudes de incorporación.
Comentarios recientes