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Juicio por Tehuel: la sentencia condenó a Ramos por homicidio agravado por odio a la identidad de género

Lunes, 2 de septiembre de 2024
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El Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 2 de La Plata condenó a Luis Alberto Ramos por el homicidio agravado en contexto de odio hacia la identidad de género de Tehuel de la Torre. Y pidió medidas reparatorias para colectivos travestis y trans.

Fuente Agencia Presentes

30 de agosto de 2024

María Eugenia Ludueña, Rosario Marina

Ariel Gutraich
Edición: Ana Fornaro

Tras siete largas audiencias del juicio que empezó el 15 de julio, hoy el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 2 de La Plata condenó a Luis Alberto Ramos a prisión perpetua por el homicidio agravado en contexto de odio hacia la identidad de género de Tehuel de la Torre. Es la primera vez que la Justicia de Argentina trata el asesinato y la desaparición de una masculinidad trans.

Dio así por probado que Ramos es coautor del homicidio y de la desaparición del cuerpo de Tehuel. Oscar Montes, el otro acusado, aún no fue juzgado ya que eligió un jurado popular.  Ellos fueron las últimas personas que estuvieron con Tehuel, en la noche del 11 de marzo y la madrugada del 12.

«El imputado no solo le quitó la vida a Tehuel motivado por el odio a su identidad de género, sino que quiso desaparecer lo único tangible que queda de un ser humano cuando muere, impidiendo que sus seres queridos puedan tener su cuerpo para despedirlo», dijo el veredicto firmado por el juez Claudio Bernard, presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 2 de La Plata, en una sentencia histórica, que leyeron en voz alta durante 40 minutos dos secretarias del juzgado.

En cuanto a la solicitud para que el tribunal que incorpore en su fallo medidas de reparación comunitaria, se incluyó la solicitud de creación de un protocolo de búsqueda de personas LGBTI desaparecidas y la declaración de la emergencia social en violencia por prejuicio a las personas travestis y trans.

Norma Nahuelcura, mamá de Tehuel expresó: “Quiero agradecer a todos los que vienen acompañando para hacer justicia por mi hijo. Esto no termina acá porque queremos que se condene al otro responsable y que se siga buscando a Tehuel para que descanse en paz. Qué nunca más haya otros Tehueles, que nunca más haya violencia hacia las personas trans.”

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El joven trans estaba por cumplir 22 años había ido a ver a Ramos, a quien conocía desde hacía unos años. Ramos le había prestado dinero a Tehuel, era una especie de referente para él, y lo había llamado para una changa como mozo en un evento. Al momento en que se perdió el rastro de Tehuel, Ramos no colaboró con la búsqueda, intentó escapar de la Justicia y quedó detenido por falso testimonio.

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Luis Alberto Ramos, en la audiencia donde se leyó la sentencia que lo encontró responsable del crimen de odio de Tehuel.

Un crimen motivado por el odio

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Los jueces Claudio Joaquín Bernard, Ramiro Fernández Lorenzo y la jueza Silvia Hoerr fundamentaron su decisión en una serie de pruebas e indicios. En conjunto permitieron acreditar la culpabilidad de Luis Alberto Ramos en el transhomicidio de Tehuel de la Torre. Entre las evidencias más contundentes mencionaron la geolocalización del celular de Tehuel en las inmediaciones de la casa de Ramos. Además, una una selfie extraída del celular del acusado donde se le ve junto a la víctima, y el hallazgo de restos calcinados de la campera de Tehuel y la carcasa quemada de su celular cerca de la casa de Ramos.

Uno de los elementos más significativos fue el descubrimiento de manchas hemáticas (sangre) en la pared interior de la casa de Ramos, cuyo análisis de ADN confirmó que pertenecían a Tehuel con un 99,9999% de certeza. El tribunal también consideró como indicio de culpabilidad la actitud de fuga asumida por Ramos después de la desaparición de Tehuel, incluyendo su intento de ocultarse y el cambio de su apariencia física.

El tribunal calificó el hecho como homicidio agravado por odio a la identidad de género, basándose en evidencias que demostraban el desprecio de Ramos hacia la identidad de género de Tehuel.

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Luego de citar la Ley de Matrimonio Igualitario, el juez Bernard en su sentencia indicó: «Ramos no comulgaba con estos modelos no patriarcales de concebir una pareja. Estableció los parámetros de su relación personal con Tehuel no reconociendo en público su identidad sexual con frases como ‘chico chica’ o ‘la mujer es para el hombre y el hombre para la mujer’, de forma que no pueden más que tomarse como despectivas. Además, lo condicionaba económicamente al prometerle trabajo y ofrecerle dinero, creando de esta forma una dependencia económica, por lo que sin lugar a dudas el imputado se aprovechó de la vulnerabilidad de la víctima”.

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El Tribunal dio así por probado, por unanimidad, que Ramos es coautor del homicidio y de la desaparición del cuerpo de Tehuel. Oscar Montes, el otro acusado, aún no fue juzgado ya que eligió un jurado popular. Ellos fueron los últimos que estuvieron con Tehuel, en la noche del 11 de marzo y la madrugada del 12, como se desprende de múltiples pruebas analizadas en el juicio.

El rol del activismo

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La Asociación de Familiares y Amigxs de Tehuel, que desde el primer día del juicio junto a Orgullo y Lucha convocó a acompañarlo con actividades en la calle frente a los tribunales, hoy también estuvo acompañada por organizaciones de la diversidad sexual y de derechos humanos, activistas LGBT+ llegades de otras ciudades, agrupaciones de estudiantes, políticas, gremiales y sociales.

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Rosa Bru, Estela Diaz ministra de Mujeres y Diversidades de la pcia. de Bs As, la diputada Mónica Machay activistas de la diversidad sexual en la audiencia de lectura del veredicto.

En la última audiencia antes del veredicto, después del testimonio de 64 testigues -entre elles la madre de Tehuel, Norma Nahuelcurá, su novia, familiares de Ramos, ex parejas, una compañera de militancia en el MST (de donde fue expulsado) y varios peritos- los fiscales Juan Pablo Caniggia y Martin Chiorazzi dieron por probado que entre las 21 del 11 de marzo y las 4:33 del 12, en la casa de Ramos en Alejandro Korn (San Vicente), él y Montes «causaron intencionalmente la muerte de Tehuel De La Torre motivados por el odio a su identidad de género y orientación sexual, utilizando métodos aún no determinados».

La fiscalía también aportó argumentos acerca del contexto de violencia y odio que atraviesan las masculinidades trans, donde la exclusión laboral es apenas una de las múltiples discriminaciones que afrontan en el día a día.

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El alegato del equipo de abogades que representa a la familia de Tehuel -Flavia Centurión, Cristian González, María Dolores Amaya y Pilar Rodríguez Genin- fue en la misma dirección. Tanto la fiscalía como la querella pidieron al tribunal que Ramos sea declarado responsable del asesinato y desaparición del cuerpo de Tehuel, agravado por odio a la identidad de género. También explicaron la saña del crimen, una característica de las violencias extremas hacia personas LGBT+. «La violencia hacia la comunidad LGBTI reviste una particularidad: crueldad y ensañamiento que está orientado a dejar una marca indeleble. Es como si el cuerpo de la víctima fuera un segundo rehén de su odio». Ramos no sólo negó la posibilidad de existencia a Tehuel sino que también se ensañó ocultando su cuerpo sin vida. Estas ideas también fueron ampliadas por el tribunal en la sentencia.

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La querella que representó a la madre de Tehuel (detrás).

“Es un fallo vital”

El fiscal Juan Pablo Caniggia, en declaraciones a Presentes posteriores a la sentencia, se expresó sobre el fallo: «Nos sorprendió que haya sido unánime y también por la contundencia. No han dejado ningún tema sin tocar, han sido muy concretos en cómo han valorado las pruebas y los hechos, y profundizaron con la jurisprudencia». Caniggia destacó la importancia del veredicto: «Es un fallo vital, importantísimo que empieza a visibilizar un poco estas situaciones que no son visibles por un sector de la sociedad y que están pasando».

También resaltó el papel crucial del activismo durante todo el proceso judicial: «El acompañamiento es importantísimo, visualizan algo que muchos no ven y sin esa visualización, sin ese acompañamiento, este tipo de cuestiones son más difíciles».

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El equipo de fiscalía, liderado por Juan Pablo Caniggia.

Respecto a las medidas adicionales solicitadas, el fiscal expresó su satisfacción por el hecho de que el Tribunal haya tomado su pedido de un protocolo de búsqueda de personas LGBTQ+ desaparecidas y la declaración de emergencia social: «Que lo hayan acogido de forma favorable y que lo hayan resuelto de esta manera, la verdad que es bárbaro, porque también nos va a servir a todos los operadores de la justicia».

“Hoy se demostró que el Poder Judicial puede ser independiente”

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Por su parte, la abogada Flavia Centurión, representante de la familia de Tehuel, bajo la lluvia y acompañando a la madre, dijo a Presentes: «Estamos felices porque se hizo justicia. Hoy se demostró que el Poder Judicial puede ser independiente y puede fallar acorde a lo que dice nuestra Constitución y Derechos Humanos, sobre todo en materia de derechos de la comunidad LGBT».

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Flavia Centurión en la radio abierta que acompañó desde la calle.

Además, Centurión destacó la importancia de esta sentencia en el contexto actual: «Lo más importante es demostrar al Poder Ejecutivo Nacional que la Constitución se debe respetar, que tenemos normas que no pueden ser incumplidas. Por más que se piense o niegue la diversidad sexual, está legalmente reconocida y nadie se lo puede llevar puesto. Hoy tenemos la tranquilidad de que tenemos un Poder Judicial que mantiene ese reconocimiento de los derechos».

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Juicio por Tehuel: Por qué se trata de una sentencia histórica

El primer juicio oral y público por Tehuel De la Torre terminó con una condena por transodio y el pedido de medidas reparatorias comunitarias para travestis y trans. Repercusiones de un fallo histórico.

Fuente Agencia Presentes

30 de agosto de 2024

María Eugenia Ludueña

Ariel Gutraich

LA PLATA, provincia de Buenos Aires. Hoy el Tribunal Oral Criminal Nro 2 dio a conocer la sentencia en el primer juicio por el asesinato a Tehuel de la Torre. El joven trans estaba por cumplir 22 años desde aquel 21 de marzo cuando lo vieron por última vez. Luis Alberto Ramos fue hallado “coautor penalmente responsable del delito de homicidio calificado en los términos del art. 80 inciso 4° del Código Penal, hecho acaecido en la localidad de Alejandro Korn entre las últimas horas del día once y las primeras del doce del mes de marzo del año dos mil veintiuno y de que resultó víctima Tehuel De la Torre”. Esto significa que el tribunal aplicó el agravante por odio a la identidad de género (inciso 4).

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Ramos, el acusado de este primer juicio, fue condenado por el homicidio agravado de Tehuel. Oscar Montes también está procesado y tendrá un jurado popular.

La sentencia no es la primera en condenar por crimen de odio, la pionera fue la aplicada por el travesticidio de Diana Sacayan en 2018. Pero esta es la primera vez que se investiga y condena el transhomicidio de un varón trans. Entre las medidas reparatorias, pide al ministerio de las Mujeres, géneros y diversidad de la provincia de Buenos Aires -tal como plantearon la Fiscalía y la querella, “la creación de un protocolo específico de búsqueda de personas LGBTIQ+ desaparecidas, con enfoque de diversidad sexual y de géneros”. Además, solicita la “declaración de emergencia social en violencia por prejuicios hacia las personas travesti trans a los fines pertinentes”. En cambio, no hizo lugar a un planteo de la querella de exhortar a los tres poderes provinciales para cumplir con la ley de cupo laboral travesti trans conocida como Diana Sacayan, “pues no corresponde que el Poder Judicial refuerce el mandato normativo que la misma comporta”. 

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A lo largo del juicio se habían mencionado las graves dificultades de Tehuel por conseguir un trabajo así como la discriminación que sufría por ser un varón trans.

Activistas celebraron el contenido del fallo que repasó diversos marcos normativos legales tanto de la Argentina como del sistema internacional de derechos humanos. Entre ellos, algunos previos a la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario, sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero también los Principios de Yogyakarta y estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

«En una decisión histórica, la justicia argentina reconoce por primera vez las violencias extremas por razones de género hacia las masculinidades trans y sienta un precedente significativo para la prevención y abordaje de la violencia por prejuicio hacia las personas travesti y trans», expresaron desde el Frente Orgullo y Lucha que congrega a diversas agrupaciones de la diversidad sexual. Junto con la Comisión de Amigues y Familiares por Tehuel De la Torre, tuvieron un rol crucial primero para que el juicio no se postergara hasta 2027, como estaba planeado. Y luego para dialogar con la Justicia, en especial con la Fiscalía, para plantear los desafíos de juzgar el caso de Tehuel, un joven trans del conurbano.

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La mayoría de quienes escucharon la lectura de la sentencia, que duró 40 minutos y abarca 83 páginas, la calificaron de «histórica». Acá explican por qué.

Juan Pablo Caniggia, fiscal

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Juan Pablo Caniggia (derecha), a cargo del equipo de Fiscalía que intervino en el juicio.

«Nos sorprendió que el fallo del Tribunal haya sido unánime y la contundencia. No ha dejado ningún tema sin tocar. Han sido muy concretos en cómo han valorado las pruebas y los hechos, y profundizaron con la jurisprudencia». Caniggia resaltó: «Es un fallo vital, importantísimo, que empieza a visibilizar estas situaciones que no son visibles por un sector de la sociedad y están pasando».

El fiscal destacó el rol del activismo durante el proceso judicial: «El acompañamiento es importantísimo. Sin esa visualización y acompañamiento, este tipo de cuestiones son más difíciles».

Respecto a las medidas adicionales solicitadas, el fiscal expresó su satisfacción por el hecho de que el Tribunal haya tomado su pedido de un protocolo de búsqueda de personas LGBTQ+ desaparecidas y la declaración de emergencia social: «Que lo hayan acogido de forma favorable nos va a servir a todos los operadores de la justicia».

Agustina Ponce, activista travesti, Asociación Mundo Igualitario (AMI)

En estos momentos que estamos viviendo a nivel nacional de odio y desconocimiento por parte de funcionarios nacionales a leyes que protegen a la comunidad LGBTIQNB+, escuchar los fundamentos de esta sentencia ha sido ejemplificador”, dijo Agustina Ponce, activista travesti, Asociación Mundo Igualitario. La ex subsecretaria de Diversidad del ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de Nación agregó: “También es aleccionador para quienes desconocen las leyes. Nos falta Tehuel, no dicen donde está. Pero tenemos un fallo por el que se vino trabajando un montón”.

Florencia Guimaraes, activista travesti y presidenta de La Casa de Lohana y Diana

«Es importante destacar la lucha del movimiento LGTBI, el esfuerzo, la lucha, el haber puesto el cuerpo en este juicio tan importante que no hubiera sido posible sin el movimiento LGTBI. Eso es lo que yo quisiera destacar: la lucha de la comunidad para llevar adelante nuevamente un juicio por un crimen de odio como lo hicimos en el juicio por Diana Sacayán».

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Ivana Gutiérrez, Conurbanes por la diversidad

“Es una sentencia única a histórica. Y es importante decir que aún queremos que aparezca, queremos saber dónde está Tehuel”, dijo Ivana Gutiérrez de Conurbanes por la Diversidad. Esta organización territorial, en el marco del Frente Orgullo y Lucha, realizó un trabajo importante y fundamental de articulación y acompañamiento de la investigación, así como de articulación con el equipo de abogados de la querella.

Ian Rubey, masculinidad trans, Orgullo y Lucha

«Decir que en estos tiempos, en una semana y un año en el que venimos siendo golpeades continuamente en nuestra libertad de vivir, negando incluso nuestras existencias, es importantísimo que el poder judicial haya hecho un dictamen ejemplificador. Que sepan estas personas que nuestras vidas valen, que somos sujetxs de derecho, y que nos tenemos entre nosotres. Queda un segundo juicio es verdad, pero hoy es un gran precedente. Se les acabó la impunidad, no más violencias aleccionadoras sobre nuestros cuerpos. Tehuel es nuestro grito para exigir justicia y visibilidad para todas las transmasculinidades que vivieron y viven violencia por no cumplir los mandatos sociales».

Marcela Tobaldi, activista travesti, La Rosa Naranja

Este tribunal ha estado muy bien, entendiendo el crimen de odio que se cometió contra Tehuel. Además de que está todo probadísimo, el fallo de este tribunal repasó el derecho internacional, nombró los Principios de Yogyakarta, todos los principios legales que afirman que las comunidades LGTB del mundo necesitan ser protegidas y respetadas. Es un hecho histórico que marca un antes y un después en materia de derecho penal. Justamente, hace pocos días el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, hizo declaraciones muy desagradables que van en contra de todos los derechos humanos de la comunidad LGTB. Y esta sentencia viene a decir: “No señores, no es así”. Tiene un contenido humano de derechos humanos y muy político, así que yo creo que esta lluvia que tenemos ahora mismo, como dijo Mónica y la mamá de Tehuel, es una bendición y creo que hemos triunfado y ojalá que nuestra comunidad LGTB siga siendo respetada, al menos en la provincia de Buenos Aires”.

Claudia Vásquez Haro, activista trans travesti, presidenta Otrans Argentina

“El fallo es histórico por varias razones, no solo porque condena a quien desapareció a Tehuel y nunca habló ni dijo dónde está. No es solo un fallo que sienta precedente sino que, en un contexto donde tenemos un ministro de Justicia como Cúneo Libarona, que desconoce nuestras existencias en términos de una “idea subjetiva”, acá tenemos una sentencia que habla claramente de un homicidio a una persona trans, motivado por el odio a su identidad de género”.

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Darío Arias, Conurbanes por la Diversidad

«Esta sentencia es el resultado de una estrategia jurídica pero fundamentalmente política y de movilización social. Se da gracias a la fuerza de Norma Nahuelcurá, la mamá de Tehuel, y la Asociación de Familiares y Amigues por Tehuel de la Torre, de las organizaciones de la diversidad sexual y de género. Quiero destacar el rol del Frente Nacional Orgullo y Lucha que acompañó a la familia en todo el proceso, y de un apoyo muy importante de la institucionalidad de género y de prevención y abordaje de la discriminación a través del ex Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación y del ex INADI este año pasado. Y de igual manera a nivel provincial y municipal del partido de San Vicente. 

Creo que estamos ante un fallo histórico, especialmente porque no solo reconoce un crimen por prejuicio a la identidad de género en la provincia de Buenos Aires, sino que también adopta medidas de reparación comunitaria, dando un mensaje muy contundente de que ningún crimen contra una persona por su orientación sexual o identidad de género diversa puede quedar impune ni ser invisibilizado”.

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Estela Díaz, ministra de Mujeres y Diversidades de la provincia de Buenos Aires

“Escuchamos un fallo muy fundamentado, que claramente planteó por qué había pruebas suficientes para la condena, y además incorporó con mucha precisión el por qué es un crimen de odio. Estamos frente a una sentencia histórica”, dijo la ministra de Mujeres y Diversidades de la provincia de Buenos Aires. Recordó otra sentencia histórica, la del juicio por el travesticidio de Diana Sacayán, “que lamentablemente después la Cámara revocó”. 

“En este caso son muy robustos los fundamentos, la jurisprudencia internacional y nacional para explicar el crimen de odio como un factor agravante, y el hecho de hacer desaparecer el cuerpo. Ahí, en nuestra historia de lo que han sido las desapariciones forzadas, también está esa memoria, se inscribe lo que ha significado que de Tehuel no sabemos donde está su cuerpo. Trae un poco de reparación y justicia histórica, porque nosotros sabemos que tanto en la provincia de Buenos Aires, como en el país entero, la población travesti trans en general, ha sufrido impunidad frente a los travesticidios. Creo que hay que sentar un precedente hacia adelante y por supuesto con las medidas reparatorias en las que nuestro Ministerio ya está trabajando”. 

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Martín Canevaro, 100% Diversidad y Derechos

“Trabajamos mucho para lograr la realización de este juicio, desde el Frente Orgullo y Lucha, junto a Familiares y Amigues de Tehuel, impulsamos acciones de visibilización y jurídicas que permitieron este fallo histórico. La sentencia confirma que contamos con un robusto plexo normativo en materia de violencia por motivos de orientación sexual e identidad de género, aunque el Ministro de Justicia los niegue.

Valoramos especialmente la inclusión en el fallo de medidas de reparación comunitaria, como la creación de un protocolo de búsqueda de personas LGBTI desaparecidas y la declaración de la emergencia social en violencia por prejuicio a las personas travestis y trans”.

Alejo, activista no binarie, presidente del Centro de Estudiantes del Bachillerato Popular Trans Mocha Celis

“Me emocionó mucho cómo salieron los resultados del juicio. Fueron lo que tenían que ser, se hizo justicia. Y se empezó a cerrar una herida que, en lo personal se me abrió mucho, porque yo tengo un hermano mayor que es travo y él sí pudo cumplir la misma edad que tenía Tehuel. Entonces para mí fue muy importante y gracias a eso me sensibilicé un montón por el tema. Y ahora a seguir para adelante, que no somos minoría”.

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

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