Transexuales solicitan por primera vez directamente al Registro Civil el cambio de nombre y sexo legal pero este se niega
Álex Martínez y Paula Dinamarca
Dos transexuales presentaron la primera solicitud efectuada hasta ahora en Chile, después de que la Corte Suprema indicara que el cambio de nombre y sexo legal debe realizarse en el Registro Civil pero la entidad no acogió la solicitud, señalando que está inhabilitada legalmente.
El Registro Civil se declaró hoy inhabilitado legalmente para cambiar el sexo y nombre legal de un hombre, Alex Martínez, y de una mujer trans, Paula Dinamarca, con lo cual el Estado ha “contravenido las recomendaciones de la Corte Suprema, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de variadas relatorías de la ONU”, señaló hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).
Martínez y Dinamarca llegaron a eso de las 11:00 horas a la oficina Central del Registro Civil en Santiago y tras consultas a variados funcionarios la repuesta fue una sola: no acogerían su solicitud de cambio de la partida de nacimiento.
“Es muy triste y doloroso que te nieguen el derecho a ser identificado como tú quieres. Yo soy un hombre, así me relaciono con mi entorno, así me ven las personas, pero mi cédula de identidad dice otra cosa. En vez de resolverse esto rápidamente, me envían a tribunales a hacer el trámite como si hubiese cometido un delito”, dijo Martínez.
Dinamarca añadió que “se ha hecho oídos sordos a los derechos humanos de las personas trans. ¿Por qué alguien debería llamarme con un nombre que me menoscaba? El nombre que aparece en mi cédula me humilla, violenta mi dignidad, y el Estado se lava las manos ante esta situación”.
En este contexto, la abogada del Movilh, Melisa Manfredi precisó que próximamente presentará un recurso de protección por estos hechos, teniendo como aval un informe de la Corte Suprema, que dice que el cambio de nombre y sexo legal debe realizarse en el Registro Civil, así como recomendaciones de la CIDH y de la ONU, instancias que exigen que el trámite sea rápido y ágil, lo cual no garantizan los tribunales chilenos.
En efecto, el pasado 20 de noviembre, y en el marco de la tramitación de la Ley de Identidad de Género, la Corte Suprema señaló en un informe enviado al Senado que la rectificación de la partida de nacimiento debía efectuarse en el Registro Civil porque ello “resguarda en mayor medida la dignidad de las personas al no exponerla a un procedimiento judicial”.
A ello se suma que en la actualidad la Ley 17.344 sobre cambio de nombres y apellido, permite a las personas cambiar su identidad legal, si la otorgada al nacer resulta ridícula, “risibles o menoscaba moral o materialmente”.
El tema fue incluso abordado por el dirigente del Movillh, Rolando Jiménez, con el director nacional del Registro Civil, Luis Acevedo. “Él nos ha reiterado que están de acuerdo con que el trámite se realice en el Registro Civil, pero claro, argumenta que están de manos atadas por la ley actual que les niega esta facultad”, dijo Jiménez.
“Aquí entonces es el Estado como conjunto el responsable de estos hechos, y si tribunales no acogen el recurso de protección que presentaremos, por cierto que recurriremos a organismos internacionales, nuevamente iríamos al extranjero a buscar la justicia en nuestro propio país”, apuntó Jiménez.
El organismo añadió que “desde el 2003 que venimos diciendo a todos los gobiernos que el Registro Civil está de acuerdo con nuestra demanda, pero no escuchan”.
Fuente MOVILH
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