Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia’

Infancia Robada avala la ‘ley Rhodes’: “Supone un antes y un después en la protección de los derechos de nuestra infancia y adolescencia”

Jueves, 15 de abril de 2021
Comentarios desactivados en Infancia Robada avala la ‘ley Rhodes’: “Supone un antes y un después en la protección de los derechos de nuestra infancia y adolescencia”

 Congreso de los Diputados cerca“Pone a nuestro Estado de Derecho en la vanguardia de los parámetros y estándares internacionales de salvaguarda de los derechos de la infancia y la adolescencia”

El  9 de junio de 2020 el Gobierno de España aprobó el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. El anteproyecto se aprobó en el Consejo de Ministros en diciembre de 2018. … La nueva Ley de Infancia también se le conoce como “Ley Rhodes”, por el pianista británico James Rhodes, víctima de abusos sexuales en su infancia. El Congreso lo aprobó el pasado 7 de abril en Comisión con el rechazo de Vox y PNV.

La Comisión de Derechos Sociales del Congreso de los Diputados ha aprobado el pasado miércoles 7 de abril  por 27 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones el informe de la ponencia sobre la ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, una medida que llegó a la Cámara Baja arrastrando muchas críticas (principalmente por la falta de perspectiva de género y de enfoque de infancia) y que ahora ha sido reforzada tras los acuerdos alcanzados por el Gobierno con los diferentes partidos políticos del arco parlamentario, exceptuando a Vox.

La iniciativa legislativa, que partió del departamento de Derechos Sociales, recoge que el plazo de prescripción de los delitos graves contra menores no empezará a correr hasta que la víctima haya cumplido 30 años y no 18 como ahora, crea unidades especializadas en las fuerzas y cuerpos de seguridad, y fomenta la formación para jueces y fiscales en esta materia.

Si bien, tal como han celebrado la mayoría de los portavoces de la comisión, los cambios introducidos durante los trabajos de la ponencia han “mejorado mucho” el texto legal. En este sentido, se han incorporado más de 200 enmiendas, de las cuales más de 60 han sido transaccionadas. Una de las principales mejoras es la prohibición del llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP), una modificación introducida por los partidos que sostienen el Gobierno, y exigida por juristas y colectivos feministas. El SAP es un criterio que, pese a no tener aval científico y estar desaconsejado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), todavía sigue usándose en sentencias de custodia.

 “Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para evitar que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) puedan ser tomados en consideración”, recoge el texto. Y es que, tal como justifican estas formaciones en la enmienda, “resulta esencial prever una cautela explícita frente a la aplicación de criterios y teorías sin aval científico que actualmente se siguen aplicando y que, sustituyendo la investigación rigurosa y con todas las garantías, invalidan de partida el testimonio de la niña, niño o adolescente, especialmente en los casos de rechazo paterno, por presumir interferencia adulta”.

Asimismo, se incluye un nuevo artículo específico para proteger a la infancia en las situaciones de violencia de género en el ámbito familiar. También, se establece la garantía de una atención integral para la recuperación de los y las menores víctimas de delitos violentos de naturaleza sexual y/o de género; además de eliminarse la posibilidad de la custodia compartida en caso de que existan indicios de violencia de género.

Abusos-infancia-robada_2296880383_15175489_660x371El texto de la nueva Ley Rhodes, bautizada así por el pianista James Rhodes —víctima de abusos sexuales cuando era niño—, incorpora además varias de las demandas exigidas por los partidos en aras de asegurar la protección y no revictimización (o victimización secundaria) de los menores, garantizando el acceso a sus derechos sin necesidad de mediar consentimiento de los representantes legales; reforzar el acompañamiento de las víctimas en el proceso de denuncia; reconocer plenamente la violencia digital, es decir, la violencia realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación; y de salvaguardar los derechos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

No obstante, a tenor de los expuesto por varias portavoces de los distintos grupos, la norma es “mejorable porque contiene algunos déficits de especial gravedad”, ha señalado la diputada de EH Bildu Mertxe Aizpurua. En esta línea, destacan dos enmiendas transaccionadas que no han salido adelante como son las medidas para evitar los desahucios de familias con menores a cargo y la prohibición de la entrada de los menores a los espectáculos taurinos. Si bien, las dos propuestas seguirán vivas para el debate y votación de la norma en el Pleno, que será previsiblemente la próxima semana.

La Asociación Infancia Robada, de víctimas de abusos sexuales por parte del clero, considera que la nueva ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, aprobada el pasado miércoles en Comisión del Congreso de los Diputados, marcará “un antes y un después” en la protección de los menores.

09.04.2021 | Ana Cristina Cuevas Mazo:

Asociación Infancia Robada ANIR saliendo al paso de las aseveraciones que ha realizado en su propio nombre un miembro de la asociación quiere manifestar lo siguiente :

Esta asociación entiende y valora el esfuerzo y el trabajo realizado por los grupos del arco parlamentario en la elaboración y debate de la nueva ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a supuestos de violencia.

Estamos seguros que supone un antes y un después en la protección de los derechos de nuestra infancia y adolescencia y que pone a nuestro Estado de Derecho en la vanguardia de los parámetros y estándares internacionales de salvaguarda de los derechos de la infancia y la adolescencia.

Toda ley tiene una vocación y un objetivo y aunque de inicio siempre es una obra inacabada, porque siempre es mejorable, marca con profundidad, los cauces precisos, los raíles de rodaje, en lo que supone de defensa de los poderes públicos, de los derechos humanos, la salud Pública y la integridad de nuestras niñas y nuestros niños.

La ley tiene vocación transversal y es un punto de inflexión importante, fruto de muchas horas de trabajo, debate e intercambio de ideas con asociaciones y colectivos, en defensa y protección de los más vulnerables.

índiceY es que Miguel Ángel Hurtado, portavoz de la asociación Infancia Robada había afirmado que “es una reforma que sabe a poco, que llega tarde y que está mal hecha”  y pide que el plazo de prescripción comience a contar cuando la víctima cumple 40 años y no 30 como se recoge en el texto, según informa Europa Press. “Con esa cifra (30 años), el grueso de los casos de abuso sexual infantil prescribirían en cuanto la víctima tenga entre 35 y 40 años. Se tarda más en aceptar lo que te sucedió”, aseguran las víctimas que esperan que la próxima semana, cuando el dictamen llegue al Pleno, se rectifique la edad.

A su juicio, es “una reforma que sabe a poco, que llega tarde y que está mal hecha”. Toma como muestra el estudio realizado por la Comisión Real de Investigación sobre las Respuestas Institucionales al Abuso Infantil, realizado en 2017 por la Iglesia Católica Australiana, que analizó las experiencias vividas por 4.445 supervivientes de pederastia que fueron abusados durante cinco décadas, y estableció que las víctimas tardaron de media 33 años en denunciar el delito, cuando ya tenían una media de 44 años de edad.

Lamentablemente no podemos dar cifras sobre la realidad en nuestro país, porque España es un desierto estadístico. Tanto la Conferencia Episcopal como el Gobierno se niegan a realizar una investigación similar. Pero por pura lógica, las cifras no serían muy diferentes, probablemente incluso peores”, ha explicado Hurtado.

Fuente Agencias/Religión Digital

General , , , ,

La ministra de Justicia pide a la Fiscalía datos sobre las denuncias de abusos sexuales en la Iglesia

Jueves, 7 de febrero de 2019
Comentarios desactivados en La ministra de Justicia pide a la Fiscalía datos sobre las denuncias de abusos sexuales en la Iglesia

2018092822180080646Al considerar que existe “alarma social” tras las últimas informaciones

Reclama un informe sobre todas las diligencias abiertas en los tribunales

“Delgado señala que en los últimos meses los medios de comunicación han difundido numerosas noticias sobre agresiones cometidas en instituciones que, a menudo, han contribuído ocultando esos delitos y “a la protección de los victimarios“”

Un exalumno víctima de abusos en el colegio salesiano de Bilbao asegura que el centro lo sabía

Comienza el juicio contra el fraile de O Cebreiro acusado de abusos a una menor y a un joven discapacitado

El actual rector de Constantí habría sido apartado dos años por presuntos abusos y pornografía

La ministra de Justicia, Dolores Delgado, ha pedido a la Fiscalía General del Estado que aporte un informe de las diligencias abiertas en los tribunales por agresiones y abusos sexuales a menores cometidos en el seno de congregaciones, colegios o cualquier otro tipo de institución religiosa.

En un escrito remitido hoy a la Fiscalía, Delgado señala que en los últimos meses los medios de comunicación han difundido numerosas noticias sobre agresiones cometidas en instituciones que, a menudo, han contribuído ocultando esos delitos y “a la protección de los victimarios”.

Esas informaciones periodísticas, destaca, han generado “una importante alarma social” y “una fuerte demanda para que este Gobierno aborde este fenómeno”. La petición de datos, explica Justicia, se enmarca en el artículo 9.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que establece que se “informará al Gobierno, cuando éste lo interese y no exista obstáculo legal, respecto a cualquiera de los asuntos en que intervenga el Ministerio Fiscal, así como sobre el funcionamiento, en general, de la Administración de Justicia”.

Delgado recuerda que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de diciembre el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, con el objetivo de otorgar una mayor protección frente a cualquier tipo de maltrato físico, psicológico y emocional. Entre otros asuntos, se modifica el régimen de prescripción de las agresiones y los abusos sexuales a menores, para que el plazo empiece a contar a partir de que la víctima cumpla 30 años y no a los 18, como ocurre ahora.

Según explica Delgado, ese cambio es necesario por los “efectos especialmente graves para el desarrollo de la personalidad” de los menores que sufren los abusos, “que perduran durante su vida adulta”. El objetivo es garantizar que la víctima alcance la “suficiente madurez para vencer la vergüenza y el miedo que generan estas execrables agresiones y pueda afrontar con solvencia la denuncia de los hechos y el proceso penal al que, en su caso, dé lugar”.

Fuente Religión Digital

General, Iglesia Católica , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.