Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Ley de Restauración de la Libertad Religios’

Corte de apelaciones dictamina que proveedores católicos de salud pueden negar atención a pacientes transgénero

Miércoles, 28 de diciembre de 2022
Comentarios desactivados en Corte de apelaciones dictamina que proveedores católicos de salud pueden negar atención a pacientes transgénero

indizeaUn panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Octavo Circuito decidió por unanimidad que no se puede obligar a los sistemas y proveedores de atención médica católicos a realizar o cubrir atención médica de afirmación de género, si dichos procedimientos violan el sistema o las creencias religiosas del proveedor. El fallo también proporcionó una exención para que las instituciones religiosas no estén obligadas a proporcionar planes de seguro médico que cubran la atención de transición de género.

En enero de 2021, un grupo de grupos católicos de atención médica en Dakota del Norte, incluidas las Hermanas Religiosas de la Misericordia, Caridades Católicas de Dakota del Norte y la Asociación Médica Católica, presentaron una demanda alegando que su libertad religiosa estaba siendo violada por directivas de los EE. UU. Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) y la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo. Las directivas les exigían que proporcionaran beneficios de seguros y cuidados de afirmación de género para poder participar en los programas federales de salud, como Medicare y Medicaid.

El nuevo fallo confirma una orden judicial de 2021 que ofrecía una exención religiosa a los sistemas y proveedores de atención médica católicos. La Ley de Restauración de la Libertad Religiosa fue citada como la orden de la decisión del tribunal. Antes de este fallo, los proveedores católicos debían atender a pacientes transgénero y no binarios como parte de la implementación de la Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio, que prohíbe la discriminación sexual en todos los entornos de atención médica. El HHS dictaminó anteriormente que esta regulación significaba que los proveedores de atención médica tampoco pueden discriminar a los pacientes con respecto a la identidad de género.

Si bien la administración de Obama amplió la definición de “discriminación” para incluir la identidad de género, la administración de Trump revocó las protecciones al revocar las regulaciones de la era de Obama. En junio de 2022, Biden propuso una nueva legislación para fortalecer el fallo original de la ACA que prohíbe la discriminación sexual. Sin embargo, parece que la administración de Biden no podrá aprobar el proyecto de ley.

Las personas LGBTQ+ podrían enfrentar tasas más altas de discriminación debido a este nuevo fallo. Otro temor es que las instituciones católicas puedan usar este fallo como combustible para excluir a los católicos transgénero o no conformes con el género de otros espacios religiosos. Al eliminar la atención médica para las personas trans, la Iglesia Católica no reconoce su dignidad y valor y, en última instancia, da un paso atrás en términos de inclusión. En el futuro, es necesario que los proveedores católicos de atención médica se comprometan a servir a las comunidades marginadas para representar verdaderamente los valores católicos de amor y aceptación.

—Sarah Cassidy (ella/ella), New Ways Ministry, 22 de diciembre de 2022
Fuente New Ways Ministry

General, Homofobia/ Transfobia., Iglesia Católica , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.