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Eslovenia aprueba el matrimonio igualitario y la adopción homoparental

Sábado, 8 de octubre de 2022
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78529-slovenia-flagEl Gobierno progresista convierte a Eslovenia en el primer país del antiguo Bloque del Este en legalizarlo

El Parlamento de Eslovenia ha aprobado este 4 de octubre la modificación de las leyes para permitir el matrimonio igualitario y la adopción homoparental, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado mes de julio que ordenaba al poder legislativo hacerlo en el plazo de seis meses. Han votado en contra dos de los partidos con representación parlamentaria, el cristianodemócrata Nueva Eslovenia y el populista de derechas Partido Demócrata Esloveno. De esta manera, ambos grupos políticos se sitúan al margen de la Constitución de su país. Eslovenia es el único país europeo del antiguo bloque comunista que ha aprobado el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Eslovenia ha igualado este martes por completo los derechos de las parejas homosexuales y heterosexuales, al adoptar el Parlamento una enmienda que permite a las personas del mismo sexo casarse y adoptar a niños.

El legislativo esloveno ha convertido así, con 48 votos a favor y 29 en contra, al pequeño país de dos millones de habitantes en el primero entre los países ex comunistas que reconoce este derechos a los homosexuales. La mayoría de países del este de Europa no permiten ni las uniones civiles ni los matrimonios entre personas del mismo sexo y en Hungría, por ejemplo, hablar de la homosexualidad delante de los menores se castiga desde 2021 incluso con una multa.

El cambio legal en Eslovenia ha sido propuesto por el Gobierno progresista para cumplir una sentencia del Tribunal Constitucional.

El pasado julio, el Constitucional dio al Parlamento seis meses para que enmendara la legislación y se definiera el matrimonio como la unión de dos personas, indistintamente de su sexo, y se permitiera que las parejas homosexuales puedan adoptar a menores.

El Constitucional consideró que la legislación que permitía a los homosexuales uniones civiles pero no el matrimonio o la adopción, violaban el principio de no discriminación. No obstante, durante ese periodo las parejas del mismo sexo podían acogerse a lo dispuesto en las sentencias al declararse como ley vigente.

En cumplimiento de este mandato, el Parlamento esloveno ha aprobado este 4 de octubre el conjunto de reformas legislativas que permiten el matrimonio igualitario y la adopción homoparental. Han votado a favor los tres partidos que conforman la coalición gubernamental: el Movimiento Libertad (36 votos favorables y 5 ausencias); los Socialdemócratas (6 votos favorables y 1 ausencia); y la Izquierda (5 votos favorables). A ellos se ha sumado 1 voto de las minorías sin grupo parlamentario. En total, 48 votos a favor.

En contra han votado los representantes del cristianodemócrata Nueva Eslovenia (8 votos contrarios) y los del populista de derechas Partido Demócrata Esloveno (21 votos contrarios, 1 abstención y 5 ausencias). En total, 29 votos desfavorables.

Elocuentes fueron los discursos de intención de voto en el Parlamento por parte de las fuerzas políticas. El secretario de Estado para la Familia, el abiertamente LGTBI Simon Maljevac, afirmaba: «Con estos cambios, estamos reconociendo los derechos de las parejas del mismo sexo que deberían tener desde hace mucho tiempo». Por su parte, el representante del Partido Demócrata Esloveno recurría a tópicos como «el mejor padre nunca sustituirá a una madre y viceversa».

Esta votación sitúa a los representantes de la derecha populista y cristianodemócrata no solo en una posición contraria a los derechos civiles de los ciudadanos LGTBI, sino también en contra de la propia Constitución que se ha otorgado el pueblo esloveno. El Partido Demócrata Esloveno ha llegado a celebrar mítines en protesta por la sentencia del Tribunal Constitucional y abogado por el voto en contra en el Parlamento a las reformas de obligatorio cumplimiento.

Lo cierto es que el dictamen del alto tribunal impedirá que se puedan derogar las leyes aprobadas si los partidos LGTBIfobos ocupan el poder en un futuro. Para poder impedir el matrimonio igualitario y la adopción homoparental deberían modificar en primer lugar la Carta Magna eslovena.

La asociación conservadora “De niños se trata” organizó protestas la semana pasada en Liubliana y una “Marcha por la protección de niños y familias”, en contra de los cambios propuestos.

Dentro de Europa, Eslovenia y Austria son los dos únicos países donde el matrimonio igualitario se ha legalizado por decisión de su Tribunal Constitucional, lo que otorga una protección especial a este derecho de las personas LGTBI. También ampara la misma protección a los ciudadanos de Irlanda, que modificaron su Carta Magna al respecto en referéndum. No es el caso de los ciudadanos españoles y franceses, cuyo respectivo Tribunal Constitucional consideró que el matrimonio entre personas del mismo sexo tiene encaje constitucional, pero también lo tiene su prohibición, siempre que se cree una figura legal que otorgue derechos semejantes. Es decir, la prohibición del matrimonio igualitario en Eslovenia, Austria e Irlanda necesitaría una modificación de la Constitución, mientras que en España y Francia bastaría con que una mayoría parlamentaria derogase la ley vigente.

El matrimonio igualitario en Eslovenia: una historia accidentada

La historia del reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo en Eslovenia es ciertamente accidentada. Ya en 2014 el Gobierno esloveno presentó un proyecto de uniones civiles abierto a estas parejas que, en principio, otorgaba derechos similares a los del matrimonio, pero exceptuaba la adopción y el acceso a la reproducción asistida. La iniciativa quedó en suspenso debido a unas elecciones anticipadas. El Gobierno entrante, finalmente, decidió aparcar el proyecto de ley y apostar por la igualdad jurídica plena. La ley de matrimonio igualitario era finalmente aprobada en marzo de 2015. Sin embargo, a instancia de grupos contrarios a los derechos LGTB, el Parlamento esloveno se vio obligado a fijar para diciembre de 2015 la convocatoria de un referéndum para derogarla. A pesar de que la ley fue respaldada por una amplísima mayoría de los representantes políticos (51 votos favorables frente a 28 en contra), sus detractores lograron reunir las firmas suficientes para obligar a convocar una consulta popular con el fin de invalidarla.

Aunque inicialmente el Parlamento denegó la posibilidad del plebiscito, el Tribunal Constitucional no consideró pertinente su negativa, por lo que finalmente tuvo lugar. En el referéndum, los votos contrarios a la ley superaron la mitad de los emitidos (llegaron al 63%) y el 20% del censo electoral esloveno, por lo que se cumplieron los requisitos legales para que la normativa fuera derogada. Imposible olvidar, por cierto, el papel que desempeñó el papa Francisco, que pocos días antes del referéndum quiso dar su apoyo expreso a los partidarios de prohibir el matrimonio igualitario y contribuir de esta forma a la victoria del bando homófobo.

El referéndum tenía una validez de un año, pero el Gobierno esloveno no quiso jugar más la carta de la igualdad plena, al menos por el momento, y decidió entonces dar su apoyo una ley de uniones presentada por el diputado Jani Möderndorfer, del socioliberal Partido Moderno del Centro (SMC). El proyecto de ley finalmente fue aprobado el 21 de abril de 2016 por 54 votos a favor y 15 en contra. El 24 de mayo la ley era publicada oficialmente, y diez meses después, el 24 de febrero de 2017, entró en vigor. La ley aprobada creaba una institución jurídica distinta a la del matrimonio, aunque le concediera parte de los derechos asociados a este. De hecho, el artículo primero de la ley enunciaba de forma explícita que la unión entre personas del mismo sexo «no es un matrimonio». Entre los derechos excluidos estaban los relacionados con la homoparentalidad.

Finalmente, ha tenido que ser el Tribunal Constitucional quien establezca definitivamente que los derechos de las parejas del mismo sexo solo pueden tener cabida dentro de la misma institución que ampara a las parejas heterosexuales. También que las autoridades no pueden excluir a las parejas homoparentales de los procesos de adopción.

Eslovenia es el primer país europeo del antiguo bloque comunista en implementar el matrimonio igualitario. Todos los países europeos donde está prohibido constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo pertenecen a ese antiguo bloque.

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El matrimonio igualitario en Europa y el mundo

En todo el mundo, ya son 35 los países donde existe la igualdad para las parejas del mismo sexo.

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Tras la aprobación por el Parlamento de Eslovenia, son 20 los países europeos donde existe el matrimonio igualitario (entre paréntesis, la entrada en vigor de la ley):

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal(2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014en Inglaterra, Gales y Escocia, 2020 en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda(2015), Finlandia (2017) y Alemania (2017), Malta (2017), Austria (2019), Suiza (2021) y Eslovenia (2022) y Andorra (pendiente de entrada en vigor) (Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño).

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Aun así, tras la aprobación del matrimonio igualitario en Cuba, a la espera de su entrada en vigor, son 11 los países del continente americano donde existe el matrimonio igualitario (entre paréntesis, la entrada en vigor de la ley):

Canadá (2005), Sudáfrica (2006), México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Argentina (2010) , Nueva Zelanda (2013), Brasil(2013), Uruguay (2013), Estados Unidos (2015), Colombia (2016), Australia (2017),      Taiwán (2019), Ecuador (2019) , Costa Rica (2020) y Chile (2021)  y Cuba (2022). (Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño).

Matrimonio-igualitario-en-America-solo-matrimonio-26-09-2022-scaledFuente Agencias/Cristianos Gays/Dosmanzanas

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , , , , , , ,

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