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Una docente trans obtuvo la adopción de un chico de cinco años

Martes, 26 de julio de 2016
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Francia-Lopez-Gentileza-Diario-Republica_CLAIMA20160719_0259_28Francia López: “Con la adopción plena, sé que nadie me podrá alejar de mi hijo”.

Una docente transexual de San Luis obtuvo tras un año y medio de espera la adopción definitiva de un niño de 5 años, en un fallo que constituye el primero en su tipo en la provincia.

La docente, llamada Francia Gabriela López, es directora del Centro Educativo “Eva Perón, ubicado en el barrio CGT de la ciudad de San Luis, donde ejerce cargos directivos en el ámbito de la educación desde 2009.

López había logrado en 2014 que el Juzgado de Familia de Villa Mercedes le entregara la guarda preadoptiva del niño, ya que desde hacía dos años se encontraba inscripta en el Registro Unico de Adoptantes.

El niño había sido declarado por la justicia en estado de adoptabilidad luego de que se le quitara la patria potestad a su familia, ya que fue puesto en riesgo “innumerable cantidad de veces”, según consta en el legajo judicial.

La jueza de Familia y Menores N 1 de la capital provincial, Estela Bustos, finalizó el trámite el 6 de julio, cuando dispuso la adopción definitiva.

El fallo fue considerado histórico ya que es el primero emitido en San Luis para otorgar la adopción plena a una transexual.

López dijo en declaraciones a la prensa que lo único que resta para finalizar los trámites es gestionar el Documento Nacional de Identidad (DNI) del niño, donde quedará inscripto con su nuevo apellido.

La docente afirmó que recibió manifestaciones de apoyo y rechazo tras el fallo judicial que le otorgó la adopción definitiva del niño.

“Los cambios culturales se dan de a poco”, manifestó, y sostuvo que se trata de cambiar un paradigma de pensamiento que asocia a las trans con el trabajo en la calle, con la prostitución. Por suerte cada vez hay menos chicas trabajando en la calle”.

López recordó que “en el momento de la guarda provisoria, en abril de 2014, los jueces se miraban porque había que darle la guarda a una trans. “El Registro Unico de Adoptantes generó muy buenos informes sobre la guarda”, afirmó, al explicar los argumentos en los que se basó la jueza para otorgarle la adopción plena. Asimismo, expresó que “con la adopción plena, sé que nadie me podrá alejar de mi hijo“.

La responsable de Diversidad de Género de la Secretaría de la Mujer de San Luis, Gema Rosales, destacó que se trata de “un momento histórico, porque es el primer caso en la provincia donde una mamá trans recibe en adopción a un nene”. “Claramente estamos muy avanzados en este tema a pesar de un ligero retroceso en cuanto a los derechos trans a nivel nacional, advirtió la funcionaria.

Fuente: DyN, vía SentidoG

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Diputado chileno Felipe Letelier presenta proyecto de ley para eliminar homofóbico artículo de la Ley de Matrimonio que añade la “conducta homosexual” como causa de divorcio por asimilarla a un delito

Sábado, 27 de septiembre de 2014
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18841454A través de una iniciativa legal argumentan que la “conducta homosexual” como causa de divorcio culposo asocia a esa orientación sexual con delitos.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) denunció que varios jueces y magistrados del TC han cuestionado la norma por considerarla discriminatoria.

La iniciativa legal, que cuenta con el respaldo del Movilh, busca derogar el artículo que tipifica a la “conducta homosexual” como causal de divorcio culposo.

El diputado Felipe Letelier (PPD) presentó ayer en el Congreso Nacional un proyecto de ley para derogar el artículo 54 de la Ley 19.947 de Matrimonio Civil, el cual considera como causal de divorcio a la “conducta homosexual” y asimila a las orientaciones sexuales diversas con delitos.

El mencionado artículo establece que “el divorcio podrá ser demandado por unos de los cónyuges” en caso de “atentando contra la vida o malos tratos graves”, “abandono”, “transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad”, “condena de crímenes o delitos”, “alcoholismo o drogadicción” y “tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos”. En el mismo listado se menciona a “la conducta homosexual”.

Al respecto, el proyecto de ley advierte que con ese artículo “nuestra legislación homologa o posiciona, junto con conductas delictuales, a la homosexualidad (…) Dicha situación, a nuestro entender, importa un acto de discriminación arbitraria en los términos del artículo 2° de la ley 20.609 (Ley Zamudio), ya que esa asociación carece de justificación razonable, al vincular la conducta homosexual con actos de carácter delictivo”.

“Es decir, se asocia una conducta u orientación sexual de una persona, con hechos imputables en materia criminal, con el fin de obtener una sentencia que declare el divorcio por culpa”, señala el proyecto de ley.

“A mayor abundamiento, los efectos de decretarse el divorcio bajo los términos del artículo 54 de la ley 19.947, no quedan simplemente en la disolución del vínculo, pues el juez podrá denegar la compensación económica que habría correspondido al cónyuge que dio lugar a la causal, o disminuir prudencialmente su monto”, apunta la iniciativa legal.

El Movilh aplaudió al diputado Letelier “por presentar este proyecto de ley para eliminar de nuestra legislación una norma explícitamente homofóbica, que es dañina para la integridad de personas y que es intolerable a luz de los estándares internacionales de derechos humanos. Si ya es causal de divorcio la infidelidad, no tiene sentido alguno hablar de homosexualidad”.

El organismo recordó que “esta norma ha sido duramente cuestionada por ministros del Tribunal Constitucional y por varios jueces, por tanto es tiempo de que el Parlamento escuche esta realidad y termine con un artículo que es una mancha para los derechos humanos”.

En efecto, el pasado 10 de abril 4 de 10 ministros del TC rechazaron en una sentencia el artículo 54 de la Ley de matrimonio por “constituir una vulneración esencial del propio ámbito de los derechos fundamentales”, como son la igualdad y la no discriminación.

En tanto, el anterior 2 de julio la jueza del Primer Juzgado de Familia de Santiago, Carolina Bustamante, pidió al TC un nuevo pronunciamiento en torno al polémico artículo y se mostró abiertamente contraria al mismo.

“A la luz de las disposiciones contenidas principalmente en el artículo 19 de la República, al consagrar la igualdad de todos los seres humanos, por el solo hecho de una opción o condición sexual, no puede, ni debe sancionarse” a unos de los cónyuges, indicó la jueza en el marco de un proceso que aún analiza el TC.

Fuente MOVILH

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Inédito: Tribunal ordena medida de protección para joven lesbiana discriminada por sus padres

Martes, 23 de septiembre de 2014
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juzgadoEl Juzgado de Familia de Santiago determinó que una joven de 17 años viva con su abuela hasta cumplir la mayoría de la edad, tras brutal discriminación propinada por sus padres. La lucha fue dada por la abuela de la joven, con la asesoría de Movilh. El organismo aplaudió “el amor y valentía de la abuela”.

El Juzgado de Familia de Santiago dictó una inédita medida precautoria a favor de una estudiante de 17 años que fue agredida en razón de su orientación sexual por sus padres, determinando que la joven viva con su abuela hasta cumplir la mayoría de edad, informó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

El conflicto se originó el pasado 14 de septiembre cuando los padres descubrieron la orientación lésbica de su hija.

Las agresiones psicológicas se tradujeron en insultos verbales en razón de la orientación sexual y el llamado a que se sometiera a tratamientos médicos para “mejorarse”. Acto seguido, la despojaron de su celular, de sus llaves, de conexión a internet, le impidieron contacto con cualquier otra persona, fuesen familiares o amigos, y la encerraron en su pieza, ubicada en el cuarto piso de un edificio.

“La abuela de la joven se contactó con nosotros, pidiendo ayuda. Estaba muy preocupada, pues sabía que los padres de la menor habían salido a trabajar, dejando encerrada a su nieta. Además, nadie le contestaba el teléfono. Por esa situación, la asesoramos y fuimos juntos al Juzgado de Familia”, explicó el activista del Movilh, Rolando Jiménez.

Añadió que “en el Juzgado originalmente la funcionaria de turno se negó a recibir la denuncia, recomendando a la abuela que esperara a que su nieta cumpliera 18 años. Eso la angustió más, por lo que exigí hablar con un superior y felizmente, luego de varias horas, el caso fue analizado por una jueza. En ese mismo momento logró corroborarse que era imposible contactarse con la menor y que sus padres no contestaban el teléfono”.

En la ocasión, el tribunal facultó a la abuela para llevar a la comisaría un documento donde se instruyó a carabineros a asistir al domicilio de la menor y a citar a la joven y a sus padres al juzgado. A la par, el tribunal envío los antecedentes al Ministerio Público ante la posibilidad de que se configurara el delito de secuestro por parte de los padres.

Finalmente, y tras escuchar a los padres y a la menor, el Juzgado determinó que la joven deberá permanecer con su abuela hasta cumplir los 18 años, tras lo cual ella decidirá con quien vivirá finalmente.

El Movilh “valoró el coraje y el amor de la abuela, que con su persistencia ha rescatado a su nieta de las agresiones y ha aceptado su orientación sexual, sin cuestionamientos. Esta mujer es un verdadero ejemplo, y ha desencadenado una medida inédita en tribunales”.

El organismo añadió que “este tipo de denuncias son habituales y casi siempre estamos con la manos atados, pues generalmente es todo el entorno familiar el que justifica la homofobia. Eso impide que las o los jóvenes decidan judicializar los casos, pues ven que su única salida es irse a un hogar de menores. En este caso, felizmente, hubo una abuela que puso por encima de cualquier prejuicio al amor”.

El Movilh apuntó que “a partir de este caso queda además claro que los tribunales de familia necesitan de capacitación sobre discriminación y diversidad sexual, pues de no haberse exigido con fuerza que el hecho fuese visto por un juez, la joven todavía estaría literalmente secuestrada por sus padres, hasta cumplir los 18 años, lo que es un riesgo excesivo e injustificado para la estabilidad física y emocional de cualquier persona”.

Puntualizó que “de todas formas aquí se sienta un importante precedente, que nos permitirá orientar de mejor manera a jóvenes que día a día sufren de la incomprensión y atropellos de sus propias familias sólo por tener una orientación sexual o identidad de género distinta a la mayoritaria. Aquí, por cierto, sigue siendo importante la mediación y la orientación para la familia, pero cuando ello no funciona, se deben judicializar los procesos”.

Fuente MOVILH

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