Archivo

Entradas Etiquetadas ‘John Bursch’

Tras escuchar argumentos a favor y en contra del matrimonio igualitario, el Supremo de Estados Unidos mantiene el suspense

Jueves, 30 de abril de 2015
Comentarios desactivados en Tras escuchar argumentos a favor y en contra del matrimonio igualitario, el Supremo de Estados Unidos mantiene el suspense

SCOTUSScheduledLos nueve miembros del Tribunal Supremo de los Estados Unidos han escuchado este martes 28 de abril los argumentos orales a favor y en contra de la inconstitucionalidad de prohibir a las parejas del mismo sexo contraer matrimonio. Como es habitual en estos casos, los analistas han examinado con lupa todas y cada una de las preguntas que los magistrados han hecho a las partes. No parece haber sorpresas: el juez que según las previsiones inclinará la balanza hacia uno u otro lado, Anthony Kennedy, ha hecho observaciones comprometidas para las dos partes. También lo ha hecho John Roberts, a priori alineado con los conservadores. El proceso, como hemos señalado en entradas anteriores, puede significar la definitiva extensión del matrimonio igualitario a todo el país o la regresión hacia una situación de profunda desigualdad jurídica en función del estado en el que se viva.

El Tribunal Supremo anunciaba en enero que en este primer semestre de 2015 revisaría el fallo de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito, con sede en Cincinnati, que en noviembre de 2014 decidió sobre los recursos a cuatro sentencias favorables al matrimonio igualitario emitidas por cuatro jueces federales en los estados de Kentucky, Michigan, Ohio y Tennessee.  En los dos primeros casos, las sentencias se referían a parejas del mismo sexo a las que no se les permite contraer matrimonio, mientras que en Ohio y Tennessee las sentencias obligaban a reconocer matrimonios ya celebrados en otros estados. La Corte de Apelaciones del 6º Circuito, sin embargo, falló en sentido contrario, al considerar que la decisión o no de autorizar el matrimonio igualitario corresponde a los estados y no es una cuestión que deba dirimirse en base a argumentos constitucionales (en concreto a los derechos al debido proceso y a la igual protección recogidos en la 14ª enmienda a la Constitución de los Estados Unidos), como sí han considerado el resto de circuitos que se han pronunciado hasta el momento  (el Décimo, el Cuarto y el Séptimo) y casi todos los jueces federales que han fallado ya sobre el asunto.

Los equipos legales de las parejas demandantes decidieron recurrir directamente al Tribunal Supremo. De las apelaciones presentadas, el alto tribunal decidió dar respuesta a dos cuestiones:

  1. ¿La Decimocuarta Enmienda requiere que un estado autorice un matrimonio entre dos personas del mismo sexo?
  2. ¿La Decimocuarta Enmienda requiere que un estado reconozca el matrimonio entre dos personas del mismo sexo, cuando dicho matrimonio ha sido legalmente autorizado y tenido lugar fuera de ese estado?

A priori: resultado muy ajustado (5-4 a favor, 5-4 en contra…)

¿Cuál es el equilibrio de poder, en este caso? La mejor referencia es la de junio de 2013, cuando el Tribunal Supremo, por 5 votos contra 4, consideró que la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act), la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo, violaba las garantías de igualdad contenidas en la 5ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos.

En aquella ocasión fallaron a favor los cuatro jueces considerados de perfil liberal (Stephen Breyer, Elena Kagan, Ruth Ginsburg y Sonia Sotomayor) y Anthony Kennedy, cuyo voto resultó decisivo y que fue, de hecho, el ponente de la sentencia. En contra fallaron los cuatro jueces de perfil más conservador (Samuel Alito, Antonin Scalia, Clarence Thomas y el actual presidente del Supremo, John Roberts).

Tras los argumentos orales… ¿Dos posibles votos oscilantes?

court5Pero, ¿qué ha pasado este martes? Sin entrar en mucho detalle, los analistas señalan que, a tenor de las preguntas que han hecho a las partes, la clave estará en dos jueces: el propio Anthony Kennedy, cuyo voto podría volver a ser el decisivo, y John Roberts, que hace dos años prefirió inclinarse en contra de los intereses de los matrimonios del mismo sexo. Ambos han hecho preguntas incómodas para los dos partes.

Anthony Kennedy ha provocado cierta inquietud en los partidarios del matrimonio igualitario al considerar, al dirigirse a Mary Bonauto, abogada de las parejas, que el matrimonio ha sido entendido durante “milenios” como una unión entre un hombre y una mujer. “Es difícil para el Tribunal llegar y decir ahora: ‘bueno, nosotros lo sabemos mejor’”. Kennedy, sin embargo, también se mostraba inquisitivo con John Bursch, que representaba a los estados que prohíben el matrimonio igualitario, al que le pedía explicar por qué el hecho de que dos personas del mismo sexo puedan casarse pone en peligro el matrimonio tradicional. También se ha mostrado preocupado por cómo la prohibición del matrimonio igualitario afecta a los hijos de parejas homosexuales. Kennedy ha afirmado además que “el propósito fundamental del matrimonio es dignificar a las parejas, algo que se niega a las parejas del mismo sexo”.

John Roberts, por su parte, ha mostrado también su preocupación por lo que ha considerado un cambio profundo de la institución del matrimonio, pero por otro lado ha pedido explicaciones a los contrarios al matrimonio igualitario. “Si Sue ama a Joe y Tom ama a Joe, y Sue puede casarse con él pero Tom no… ¿Por qué no estamos hablando de una situación de discriminación sexual?”, se ha preguntado.

Más previsibles han sido las manifestaciones del resto de magistrados, tanto de los más conservadores como de los más liberales. Entre estos últimos han destacado algunos comentarios de Ruth Ginsburg, uno de los votos seguros a favor del matrimonio igualitario, que ha destacado que ya en el pasado la definición de matrimonio ha cambiado, pasando de ser una institución en la que había una parte dominante y otra subordinada a ser una institución igualitaria entre las partes.

En definitiva, nada está claro. El resultado podría ser un 5-4 a favor de la inconstitucionalidad de prohibir el matrimonio igualitario (sería el resultado más coherente con el de hace dos años sobre la DOMA), un 5-4 en contra, o incluso un 6-3 a favor, en caso de que Kennedy mantenga argumentaciones alineadas con la sentencia que él mismo redactó en 2013 y Roberts decida dar la sorpresa.

La solución, a finales de junio…

Fuente Dosmanzanas

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.