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Tribunal rechaza libertad condicional para asesino de Daniel Zamudio Vera

Miércoles, 30 de octubre de 2024
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IMG_8332La Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que Alejandro Angulo Tapia presenta “alto riesgo de reincidencia general y en delitos violentos”, así como “potencial criminógeno”. La medida se adoptó luego de que el abogado Jaime Silva se opusiera a la libertad condicional, en representación de la familia de Daniel. El Movilh festejó la resolución.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la libertad condicional solicitada por Alejandro Angulo Tapia, uno de los cuatro asesinos de Daniel Zamudio que pretendía cumplir sus últimos tres años de condena con dicho beneficio, informó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

Teniendo a la vista la oposición a la libertad condicional presentada por el abogado Jaime Silva, en representación de la familia de Daniel Zamudio, el tribunal concluyó que Angulo Tapia presenta “factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado”.

Precisó que el condenado presenta  “alto riesgo de reincidencia general y en delitos violentos, cuyo es el caso que lo mantiene privado de libertad, esto es, un homicidio calificado de connotación pública. Además, presenta características de personalidad de potencial criminógeno, como problemas de autocrítica y autoconciencia, en espera de iniciar un plan de intervención individual, pues solo recientemente ha mostrado interés por participar en una intervención”

“En cuanto a su conciencia del delito tiende a minimizar y, a su turno, reconoce a nivel cognitivo el mal causado, pero sin dar cuenta de preocupación por los sentimientos de las víctimas y los otros. Por su parte, su disposición para el cambio oscila entre fase pre contemplativa, sin reconocer problemáticas personales que influyeron en su situación actual de reclusión y contemplativa ambivalente, es decir, sin saber qué debe cambiar”, señaló la resolución.

El escrito fue firmado el pasado jueves por la ministra de la Corte de Apelaciones, Sandra Araya Naranjo; por los/as jueces de la Comisión de Libertad Condicional, Pablo Urrutia Sulantay, Carlos Muñoz Sepúlveda, Patricia Ibacache Toledo, Nibaldo Arévalo Macías, Elena Gahona Flores, Carlos Gutiérrez Moya, Francis Fell Franco, Paulina Moya Jiménez, Mónica Bellalta Queralto y Marlys Welsch Chahuán y por el ministro de fe, Juan Corona Catalán

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, valoró “esta determinación de tribunales no solo porque previene la posibilidad de reincidencias, sino también por hacerse cargo de que el crimen de Daniel fue de connotación pública, además de seguir afectando emocionalmente a su familia, en especial a su madre, Jacqueline Vera, y a su padre, Daniel Zamudio”.

Jiménez recordó, por último, que “esta es la segunda medida similar adoptada este año por tribunales, pues en julio pasado ya había rechazado la libertad condicional de otro de  los asesinos de Daniel, Raúl López Fuentes”.

En octubre del 2013 Patricio Ahumada Garay fue condenado a presidio perpetuo simple, mientras que Alejandro Angulo y Raúl López recibieron 15 años de cárcel y Fabián Mora Mora 7 años por el asesinato de Daniel Zamudio.

Las penas, las máximas a las cuales pudo aspirarse con la legislación de la época, descartaron beneficios e inhabilitaron en forma perpetua a los condenados para el ejercicio de cargos públicos, así como la suspensión de sus derechos políticos.

Las penas comenzaron a correr desde el 9 de marzo del 2012, fecha cuando los asesinos fueron detenidos, seis días después de que atacaron y torturaron a Daniel.

Fuente MOVILH

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Cordura: jueces niegan libertad condicional a asesino de Daniel Zamudio Vera

Miércoles, 17 de abril de 2024
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En su resolución  advirtieron que Raúl López  Fuentes “presenta un riesgo alto de reincidencia” y “comportamiento antisocial  con tendencia a minimizar sus actos transgresores”. En tal sentido, el Movilh calificó de grave, preocupante y amenazante que López  Fuentes hubiese pedido la libertad condicional.

La Comisión de Libertad Condicional, integrada por cinco magistrados/as, rechazó la petición de Raúl López Fuentes, uno  de los asesinos de Daniel Zamudio, de cumplir sus últimos años de condena fuera de la cárcel,  en el marco de un proceso donde la familia de la víctima fue representada por el abogado colaborador del Movilh, Jaime Silva.

La resolución fue dictada por el ministro Jorge Luis Fernández y por los/as jueces/as Marcela Alejandra Paredes Olave, Gonzalo Benjamín Celedón Bulnes, Sergio Enrique Allende Cabeza, Andrea Paola Urbina Salazar, informó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

Teniendo a la vista un informe de Gendarmería y las alegaciones del abogado Silva, quien representó a Jacqueline Vera e Iván Zamudio; la madre y el padre de Daniel; la Comisión de Libertad Condicional sostuvo que López Fuentes “presenta un riesgo alto de reincidencia, vinculado a la adhesión de un comportamiento antisocial, con tendencia a minimizar sus actos transgresores de la normativa social

Añadió que el condenado “obtiene puntaje en la calificación de rasgos psicopáticos, logra visualizar el daño a la víctima y a su familia, sin embargo se mantiene centrado en los costos personales de la privación de libertad. Su disposición al cambio no alcanza para estructurar una estrategia de cambio realista, coherente y en concordancia con sus  características y factores de riesgo. Además, mantiene un riesgo de violencia de tipo alto no siendo recomendable la concesión del beneficio, a fin de continuar con su intervención intramuros”

“A lo anterior, cabe agregar que el postulante no goza de beneficios intrapenitenciarios que le hayan permitido un acercamiento progresivo y gradual a la libertad”, finalizó la resolución

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, sostuvo que “esta resolución viene a terminar con una incertidumbre angustiante, pues es claro que el asesino cumplirá hasta su último día de condena privado de libertad, lo que es una buena noticia.”

Sin embargo, añadió “es preocupante que, de acuerdo a lo constatado por la Comisión de Libertad Condicional, el delincuente esté más preocupado de sí mismo que del daño causado y aún así hubiese tenido la osadía de pedir este beneficio Es una situación, amenazante”.

Añadió que “el arrepentimiento genuino del condenado es nulo, a 12 años del crimen de Daniel. Faltando solo otros tres años para que termine su condena, el panorama futuro es inquietante y grave, pues a la fecha su posibilidad de reincidencia es alta. Exigimos una mayor intervención de Gendarmería con miras a garantizar la seguridad de terceros”.

En octubre del 2013, Patricio Ahumada Garay fue condenado a presidio perpetuo simple, mientras que Alejandro Angulo y Raúl López recibieron 15 años de cárcel y Fabián Mora Mora siete años por el asesinato de Daniel Zamudio.

Las penas, las máximas a las cuales pudo aspirarse con la legislación de la época,  descartaron beneficios e inhabilitaron en forma perpetua a los condenados para el ejercicio de cargos públicos, así como la suspensión de sus derechos políticos.

Las penas corren desde el 9 de marzo del 2012, fecha cuando los asesinos fueron detenidos, seis días después de que atacaron y torturaron a Daniel.

Fuente MOVILH

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congreso-nacional-movilh-750x394Senadores y diputados rechazan libertad condicional para asesino de Daniel Zamudio Vera

Entre otros han rechazado la petición del condenado Raúl López Fuentes, los senadores Daniel Núñez y Matías Walker, el diputado Hernán Palma y la ex congresista Karla Rubilar. El Movilh informó que la alegación del abogado Jaime Silva, quien actúa en  representación de la familia Zamudio-Vera, ya está en poder de la Comisión de Libertad Condicional

Luego de que el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) informara públicamente que Raúl López Fuentes, uno de los asesinos de Daniel Zamudio Vera, está solicitando cumplir sus últimos años de condena con libertad condicional, diversos congresistas se pronunciaron contra dicho beneficio.

“Sería un pésimo precedente si se le concede la libertad. Asesino debe seguir en la cárcel para nunca más vuelva a ocurrir un crimen similar”, señaló por X el senador Daniel Núñez (PC).

El senador Matías Walker  (Demócratas) redondeó en la misma red social que “esperamos que la Ley que lleva el nombre de Daniel Zamudio se respete”.

A su vez, el diputado Hernán Palma (IND), calificó de “inconcebible” la petición de libertad condicional. “Tomé conocimiento que uno de los asesinos de Daniel Zamudio, Raúl López, está solicitando libertad condicional. Sepan que como diputado defensor de los DD.HH me opongo férreamente y espero no se otorgue este beneficio. A solo días de conmemorar el brutal asesinato, esto resulta una burla. Todo nuestro  sincero apoyo a la familia de Daniel. No más impunidad”, dijo.

En tanto la ex diputada de RN, Karla Rubilar, consideró que “no se puede olvidar la crueldad y falta de humanidad con la que los asesinos de Daniel Zamudio lo agredieron hasta causar su muerte. Hoy debe primar la ley que lleva su nombre y no asignarle ningún beneficio a quienes solo por odio e intolerancia le hicieron tanto daño a una familia”.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, valoró la reacción de congresistas y ex autoridades “pues dan una clara al señal al país de que los crímenes de odio merecen la máxima sanción, sin ningún beneficio. El asesinato de Daniel sigue remeciendo a su familia y a la sociedad como conjunto”.

La semana anterior el abogado colaborador del Movilh, Jaime Silva, presentó en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago los alegatos contra la libertad condicional en representación de Iván Zamudio y Jacqueline Vera, el padre y la madre de Daniel

“Estos antecedentes ya están en conocimiento de la Comisión de Libertad de Condicional. Se espera que próximamente tenga lugar la audiencia, tras lo cual se definirá si se otorgará o no la libertad condicional”, finalizó Jiménez.

De acuerdo al Decreto Ley 321, la Comisión de Libertad Condicional es integrada por un Ministro de  la Corte de Apelaciones, por cuatro jueces de juzgados de garantía o de tribunales de juicio oral en lo penal. La misma norma establece que la víctima tiene derecho a exponer sus alegaciones por escrito a través de un abogado, pudiendo además ser oída en audiencia.

Fuente MOVILH

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Asesino de Daniel Zamudio pide libertad condicional: familia y Movilh se oponen

Sábado, 6 de abril de 2024
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Raúl López Fuentes, responsable de torturar  durante  horas a  Daniel hasta matarlo, busca cumplir sus tres últimos años de condena en libertad condicional. Con el patrocinio del abogado colaborador del Movilh, Jaime Silva,  la familia de Daniel Zamudio se opondrá ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago y buscará ser oída en audiencia.

Raúl López Fuentes, uno de los cuatro asesinos de Daniel Zamudio Vera, ha solicitado cumplir sus últimos tres años de condena en libertad condicional, un privilegio que a juicio de la familia del joven y del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) no puede concederse dada la brutalidad del crimen y la baja pena aplicada al delincuente.

La familia Zamudio Vera tomó conocimiento de que López Fuentes está postulando a la libertad condicional tras un escrito evacuado por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, el cual abrió la posibilidad de presentar alegatos.

Ante ello Jaime Silva; abogado colaborador del Movilh que representó a Daniel Zamudio en 2012 y consiguió las condenas para sus verdugos; está preparando las alegaciones que presentará el padre de la víctima, Iván, en nombre de la familia, la cual espera ser oída en audiencia.

En el escrito se alega que el crimen de Daniel Zamudio aceleró la aprobación de la Ley Antidiscriminatoria, la cual contempla un agravante por crímenes de odio. Sin embargo, tal agravante no fue aplicado a los asesinos de Daniel, pues la la ley entró en vigencia tras el crimen.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez señaló que “en consecuencia la pena por uno de los crímenes más brutales que se tiene registro en Chile fue baja para Raúl López Fuentes, de apenas 15 años. Que ahora pretenda cumplir 3 de los 15 años en libertad condicional es un privilegio excesivo, inmerecido, que no se condice con las transformaciones culturales y legales que ha experimentado el país, con el aumento de los ataques homo/transfóbicos y que desoye las recomendaciones del Comité de DDHH de Naciones Unidas que justamente el mes pasado pidió a Chile garantizar sanciones adecuadas y reparaciones integrales para las víctima de delitos homo/transfóbicos”.

El abogado Silva precisó que “permitirle el acceso del sentenciado López Fuentes al beneficio de la libertad condicional, posibilitando que en definitiva éste pueda cumplir el saldo de su pena en libertad, es una pésima señal de parte de los órganos del Estado sobre la forma en que deben cumplirse las penas impuestas a delitos que fueron motivados por la orientación sexual de la víctima. Es también una afrenta a la memoria de Daniel y a sus familiares y seres queridos que aún no superan el daño psicológico y emocional de lo ocurrido”

En las alegaciones el padre de Daniel enfatizó  y recordó la cruel responsabilidad de López Fuentes en el crimen.

“Los hechos por los que resultó sentenciado el señor López Fuentes resultaron ser especialmente graves y violentos, causando conmoción nacional e internacional. Tal como lo establece la sentencia, junto con los otros condenados, agredió reiteradamente a mi hijo, con golpes de pies, de puño, objetos cortopunzantes y contundentes, en diversas partes de su cuerpo, especialmente en su cabeza, rostro, tronco y extremidades”, dijo.

¡Añadió que “los agresores ocuparon restos de vidrio de botellas quebradas con los cuales provocaron cortes en su oreja izquierda y rostro, del mismo modo dibujaron esvásticas en su tórax, abdomen y región dorsal. Asimismo, empleando una piedra de tamaño considerable, de aproximadamente ocho kilos de peso, fracturaron su pierna derecha a la altura de la tibia y peroné, imprimiendo además una fuerza inusitada sobre la misma, mediante maniobras de palanca, con miras al mismo fin. Por último, utilizando cigarrillos encendidos, quemaron la piel de mi hijo en su mentón, región torácica y mano izquierda.”

Finalmente el abogado Silva puntualizó que “señala también la sentencia que “las acciones antes descritas fueron causadas a Daniel Zamudio Vera sin que éste pudiera defenderse, ni menos oponer resistencia, atendida la superioridad numérica de los agresores, su estado de ebriedad y su contextura física, acciones con las cuales además se aumentó deliberada e inhumanamente el dolor experimentado por aquel. Ocurrido lo anterior, los hechores se retiraron del lugar, dejando abandonado a Daniel Zamudio Vera en un lugar apartado y oscuro del referido parque, siendo encontrado alrededor de las 04:00 horas de la madrugada del día sábado 3 de marzo de 201, por uno de los guardias del recinto, quien lo auxilió, dio aviso a carabineros quienes por su parte llamaron a los servicios de urgencia, siendo trasladado a la Posta Central “Dr. Alejandro del Río” a la cual ingresó en estado grave””.

Fuente MOVILH

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Chile: Tribunal cierra juicio de carabineros contra líder del Movilh tras brutal montaje homofóbico de la policía

Sábado, 10 de agosto de 2019
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Rolandoysuabogado-820x394Ministerio Público renunció al proceso, ante a falta de testigos y pruebas favorablesa  las policías, por considerar que los hechos por los cuales se acusaba a Rolando Jiménez no comprometían el interés público y luego de que el activista gay se negara reiteradamente a todas las soluciones alternativas que le propusieron.   Movilh persistirá con querella contra carabineros por torturas, robos, detención ilegal y falsificación de instrumento público.

La magistrada del Séptimo Juzgado de Garantía, Carla Capello, cerró hoy el juicio que Carabineros de Chile inició contra el líder del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, quien fue agredido e injuriado por la institución policial luego de defender a una pareja gay de un acto homofóbico.

El abogado de Jiménez, Francisco Figueroa, precisó que la decisión fue tomada por Capello, luego de que en reiteradas ocasiones los testigos favorables a la versión de carabineros faltaran de manera reiterada a las audiencias y ante la negativa de Jiménez de llegar a cualquier tipo de acuerdo o salida alternativa e insistir con llegar a juicio oral.

En este escenario, finalmente la Fiscalía aplicó el principio de oportunidad, renunciando así a perseverar en la petición de una condena o de un juicio contra Rolando Jiménez, quien fue representado por los abogados Jaime Silva y Francisco Figueroa y tras lo ocurrido hoy salió ileso de todas las acusaciones de la policía en su contra y mantuvo su inocencia.

“Me siento tranquilo con esta determinación de tribunales, pues impide a Carabineros todo tipo de apelación. Es claro que no había ninguna prueba, y además ningún testigo, dispuesto a confirmar la falsa versión de Carabineros, la cual fue un montaje policial homofóbico sin precedentes. Lamento y repudio, eso sí, que la Fiscalía se demorara más de un año en abandonar esta causa y reconocer que no podía perseverar, sabiendo de antemano que carecía de toda prueba y de las evidentes contradicciones de las versiones de Carabineros”, dijo Jiménez.

Recordamos que el 24 de junio del 2018, Jiménez se dirigió al centro de Santiago para defender a una pareja gay que había sido robada, ofendida por su orientación sexual y torturada por carabineros.

Al llegar al sitio de los hechos, el subteniente Richard Cid Ruiz, insultó al instante a Rolando Jiménez por su orientación sexual, intentó ahorcarlo y lo redujo, tomándolo detenido. En el forcejeo, el carabinero botó su reloj al suelo. Por su lado,  el cabo primero Luis Freire Torrealba golpeó a un miembro de la pareja gay que había pedido ayuda a Rolando, mientras la otra víctima grababa los hechos. En ese instante, Cid robó el celular de la víctima que estaba registrando como prueba el incidente. El celular aún no es devuelto por la policía.

Jiménez y la pareja gay estuvieron detenidos en la Primera Comisaría de Santiago y solo tras 8 horas les leyeron sus derechos y le anunciaron a Rolando que estaba detenido por maltrato a obras de carabineros y el robo de un reloj al funcionario Cid.

Por esta situación el INDH presentó una querella contra carabineros, la cual se encuentra en trámite. “Esperamos la máxima sanción de la justicia contra estos policías corruptos y que Carabineros los expulse. Haremos todas las gestiones legales y administrativas para que ello ocurra”, apuntó el Movilh.

Fuente MOVILH

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Hito judicial para los menores trans en Chile: absuelven al juez que autorizó el cambio de nombre y sexo legal de una niña de 5 años

Viernes, 7 de julio de 2017
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08.06.2017 Entrevista a Luis Fernandez juez suplente del septimo juzgado Civil, imagenes realizadas en su casa ubicada en la comuna de Rengo. Foto Juan Farias Triunfa la infancia trans: sobreseen querella contra juez que autorizó cambio de nombre y sexo legal de una niña

Se trata del más significativo triunfo judicial a favor de los niños y niñas trans tras el fallo del valiente juez Luis Fernández. La sentencia será clave para la tramitación de Ley de Identidad de Género

Nueva derrota en los tribunales para la ultraderechista organización cristiana Comunidad y Justicia. Una vez más, esta entidad ha fracasado en su cruzada LGTBfóbica. El juez Luis Fernández, contra el que presentaron una querella después de que este autorizara el cambio de nombre y sexo legal de una niña trans de 5 años (a instancia de sus propios padres), ha sido absuelto por la Justicia de Chile. Fernández fue acusado de prevaricación, ya que la asociación Comunidad y Justicia sostenía que su resolución fue “ilegal” e “imprudente”. Hace unas semanas, el Senado chileno despachaba la ley de identidad de género, que no contempla los derechos de los menores trans. Por ello, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH) confía en poder mejorar ahora el texto en el Congreso. Entretanto, el tristemente conocido autobús tránsfobo de HazteOír anuncia su llegada al país el próximo lunes.

Mario Cayul, juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago de Chile, ha sobreseído una querella por supuesta prevaricación, presentada por la organización cristiana Comunidad y Justicia contra el magistrado Luis Fernández. La mencionada asociación ultraderechista le llevó ante los tribunales por haber autorizado el cambio de nombre y sexo legal de una niña trans de 5 años. Para el MOVILH, que ha llevado la defensa del juez Fernández a través de su abogado Jaime Silva, se trata del “más significativo triunfo judicial a favor de la infancia trans”.

En una audiencia de casi tres horas el abogado del Movilh y defensor del juez, Jaime Silva (en la segunda fotografía), enfatizó que Fernández sólo promovió el interés superior de la infancia al autorizar la rectificación de la partida de nacimiento y que para ello tuvo a la vista variados antecedentes, incluida las declaraciones del padre y la madre de la niña.

Silva, por su parte, ha explicado que en la actualidad “existe un vacío legal en relación a la realidad de las personas trans, pero las cortes de apelaciones y jueces valientes como mi representado han ido subsanado este tema permitiendo el cambio de nombre y sexo legal de las niños y niños”. Durante la audiencia judicial, que se alargó dos horas, el abogado del MOVILH defendió que el juez Fernández únicamente promovió el interés superior de la infancia al autorizar la rectificación de la partida de nacimiento y que para ello tuvo a la vista variados antecedentes, incluida las declaraciones del padre y la madre de la niña.

La opinión fue compartida por la fiscal Ximena Chong, quien también solicitó el sobreseimiento en virtud de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y de la Niña.

Para el dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, “hoy se hizo justicia para una niña y su familia,, para un juez intachable y para la infancia trans. Estamos en presencia del fallo más significativo y robusto para los niños y niñas trans, el cual por cierto marcará la pauta del trámite de la Ley de Identidad de Género en la Cámara de Diputados”

Explicó que “el Senado despachó un proyecto de ley de identidad de género que impide el cambio de nombre y sexo legal a niños y niñas trans. El juez Fernández dijo lo contrario al fallar a favor de una niña y ahora los tribunales han refrendado esa medida, desechando una querella que buscaba declarar ilegal la rectificación de partida de nacimiento. Los diputados y diputadas no podrán hacer oídos sordos a estos fallos”.

Por su lado, la psicóloga del Movilh, Cristina Poblete, resaltó que al postergarse el desarrollo de una niña o niño trans “en la adolescencia no tenemos a una persona que crece, sino a una que sufre o se suicida. De ahí la importancia de este fallo”.

El caso también fue comentado hoy por el diputado Matías Walker en su twitter. “Juez  (Fernández) aplicó correctamente convención de derechos del niño. Buen desafío para trámite ley de identidad de género en la Cámara. Incorporar NNA”, dijo.

Pese a lo expuesto, el abogado de Comunidad y Justicia, Tomás Henríquez, insistió con que el juez cometió un delito al autorizar la rectificación de la partida de nacimiento, pues a su juicio quien nace con pene es siempre hombre y quien nace con vagina s siempre mujer. La ONG acusó además que la fiscalía, los tribunales y el Movilh estaban coordinados para violentar el interés superior del niño, apreciación que fue calificada de “delirante” por Jiménez.

Se da la circunstancia de que, el pasado mes de junio, el Senado de Chile aprobaba el cambio legal de sexo en el Registro Civil, aunque patologizando la transexualidad y excluyendo a los menores de edad y a las personas casadas. La ignorancia sobre la realidad del colectivo LGTB (muy especialmente de las personas trans) hacía que la acción parlamentaria de los senadores Andrés Allamand, Francisco Chahuán, Alberto Espina, Hernán Larraín, Ena Von Baer y la archiconocida LGTBfóbica Jacqueline Van Rysselberghe entorpeciera el desarrollo de aspectos esenciales para la asunción de derechos igualitarios. No obstante, la absolución del juez Fernández puede suponer un balón de oxígeno para mejorar la legislación de identidad de género en el Congreso.

Fuente MOVILH

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Chile: demandan a juez por autorizar cambio de nombre y sexo legal de niña de 5 años

Martes, 16 de mayo de 2017
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Ninos-transgenero-wwwatandaluciaorg_EDIIMA20130326_0207_24Ante la inédita arremetida transfóbica, el juez Luis Fernández será representado por Jaime Silva, abogado colaborador del Movilh.

En un hecho inédito el magistrado del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, Luis Fernández, autorizó el 2016 cambio de nombre y sexo legal de una niña de 5 años, sin embargo una ONG ultra-conservadora demandó el mes pasado al juez, por lo que será representando por el abogado colaborador del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Jaime Silva (en la fotografía).

Desde ya Silva adelanta que “el juez falló en base a sus atribuciones y de la aplicación de los tratados internacional vigentes que propenden a la protección de los derechos del niños. Lo que se oponen a la sentencia de Fernández, buscan instrumentalizar el Poder Judicial para inhibir a los jueces”

En tanto, el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, explicó que “estamos en presencia de dos hitos, uno favorable y otro lamentablemente motivado por la transfobia, la discriminación, los prejuicios y la ignorancia. El juez Fernández actuó en estricto cumplimiento de las leyes y del interés superior del niño y no permitiremos que su nombre sea manchado con calumnias surgidas del odio y del desprecio a la diversidad social”.

Fue el 22 de agosto del 2016, cuando el juez Fernández Espinosa, aceptó el cambio de nombre y sexo legal de una niña trans de 5 años, previa petición formulada por su madre, una psicóloga, y su padre, un ingeniero mecánico.

En su presentación, los padres relataron que a temprana edad su hija se presentó como una niña y que cuando se respetaba su identidad de género su felicidad era evidente. Argumentaron que llamarla y tratarla por un nombre y sexo no acorde a su identidad, violenta la Convención de los Derechos del Niño.

Teniendo a la vista certificados psiquiátricos y sicológicos, así como informes del Servicio Médico Legal, el juez sentenció que la niña “cumple con los criterios necesarios para el diagnóstico de disforia de género infantil, mostrando una marcada identidad de género femenina y presentando un rechazo permanente a la vestimenta, juegos y actitudes socialmente asociadas al género masculino”

En un fallo hasta ahora desconocido públicamente, el juez argumentó que “resulta evidente” que las personas trans “sufren a través de su vida, tanto íntima como social, un sinnúmero de conflictos y discriminaciones que le impiden desarrollarse y llevar una vida normal, siendo vulnerados sus derechos a la educación, al trabajo, a la salud y a la participación en la vida ciudadana, siendo por ello absolutamente necesario abordarlo y generar las condiciones para salvaguardar la integridad física, emocional y social de quienes viven esta situación”.

“Sólo cabe concluir que debe ser acogida la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento”, pues en caso contrario se “vulneran los derechos de la menor, los que se encuentran garantizados por la Constitución Política de la República”, concluyó el juez.

La arremetida transfóbica

Tras conocer la sentencia, la ONG Comunidad y Justicia presentó en abril pasado una querella por prevaricación judicial contra Fernández Espinosa, considerando que el magistrado falló contra las leyes y violentó la Convención de los Derechos del Niño.

“La directiva del juez en orden a modificar el nombre y sexo del menor para que sea conocido y tratado como mujer hacia el futuro es una actuación tanto ilegal como imprudente, que pone en riesgo la integridad física y psíquica del menor, y no es unívoco que conduzca al resguardo de su bien superior.

A juicio de Comunidad y Justicia no hay claridad en las ciencias respecto a como debe diagnosticarse la identidad de género trans, ni como debe hacerse la transición de hombre a mujer o de mujer a hombre.

“Al aceptar sin más la petición de los padres del menor, es el juez el que incurre en una violación de derechos humanos como agente del Estado de Chile (y es el Estado el obligado por la Convención a proteger el derecho del niño), pues facilita –en exceso de sus competencias– la violación del derecho del menor a preservar su identidad (específicamente al dejar de tener su nombre), siendo irrelevante que sean los padres del infante los que lo hayan solicitado, pues ellos también pueden errar y contribuir a la violación de los derechos de su hijo, aún con la mejor de las intenciones”, apuntó. “Actuar de esta forma no sólo es contrario a derecho, sino que contrario a la ética, pues expone imprudentemente a un menor a sufrir mayor daño y angustia a futuro”, puntualizó la ONG Comunidad y Justicia.

Junto con anunciar que “nuestro abogado, Jaime Silva, representará al juez ante estas calumnias de Comunidad y Justicia, el Movilh señaló que “resulta alarmante como un movimiento anti-derechos llega al extremo de querer perpetuar el dolor de una niña, poniéndose incluso sobre la decisión de su padre y madre”.

“Comunidad y Justicia, la misma ONG que ha perdido todos y cada uno de las querellas que ha presentado contra los derechos de las personas LGBTI, ha cruzado esta vez todos los límites éticos, poniéndose al lado de la inmoralidad, de la intromisión en la vida privada y de la vulneración de los derechos de una niña y su familia, usando argumentos falsos y motivados por la ideología del odio. Esperamos en tribunales un triunfo a favor de los/as niños/as trans, de las familias que los protegen y de los jueces que hacen justicia, así como un fracaso rotundo de esta perjudicial ONG”, finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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Estado chileno impulsará el matrimonio igualitario y otras medidas contra la homofobia y la transfobia

Martes, 14 de junio de 2016
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Acuerdo-Gobierno-MOVILH-2-1024x680El Gobierno de Chile presentará una ley para aprobar el matrimonio igualitario en 2017

Así quedó establecido en un histórico acuerdo entre el Gobierno, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Movilh.

El Gobierno y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual han llegado a un acuerdo para presentar una ley que incluya todos y cada uno de los derechos de los que disfrutan los matrimonios heterosexuales, incluidas la filiación y la adopción.

Con la mediación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH), el Estado de Chile y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) acordaron ayer una histórica solución amistosa en torno a la demanda internacional por el matrimonio igualitario que abarca variadas medidas a favor de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBTI)

El acercamiento se alcanzó en una cita encabezada por el relator de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) Enrique Gil Botero, y que contó con la participación del director del Departamento de DDHH de la Cancillería, Hernán Quezada, de representantes de la Segegog y de Justicia y del Movilh.

Acuerdo-Gobierno-MOVILH-1-1024x680El acuerdo de 6 páginas se conocerá en los próximos 20 días y es resultado de 29 meses de trabajo con 7 ministerios que se vieron intensificados en la última semana con la destacada participación de la Cancillería y del Ministerio Secretaría General de Gobierno que encabeza el vocero Marcelo Díaz.

En la cita Botero calificó “de histórico” el avance, destacando que la iniciativa garantiza la plena igualdad legal para las parejas del mismo sexo, con todos los derechos y deberes, pues eso es el “matrimonio igualitario. Sino, no sería igualitario”, dijo.

Junto con adelantar la fecha de presentación del proyecto de ley, la iniciativa contempla medidas en torno a otras propuestas legislativas y de políticas públicas de la población LGBTI.

“Valoramos profundamente la voluntad del Gobierno, de la presidenta Michelle Bachelet, de Díaz, de Quezada y de cada una de las autoridades que movidas sólo por la necesidad de erradicar la discriminación permiten este acuerdo. Damos especial agradecimiento a la CIDH que intermedió con éxito, demostrando una vez más que su labor es imprescindible en América”, indicó el activista del Movilh, Rolando Jiménez.

Tras varios meses de lucha legal coordinados por el Movilh y por los abogados Jaime Silva y Fernando Muñoz, el 4 de abril del 2012 la Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por tres parejas gays a las que el 25 de septiembre del 2010 el Registro Civil les había negado su derecho a contraer matrimonio en Chile

El 15 de mayo del 2012 el Movilh denunció al Estado de Chile ante la CIDH por estos hechos, contando con la representación legal de los abogados Ciro Colombara, Hunter Carter y Branislav Marelic.

Fuente MOVILH

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Un tribunal chileno rechaza el recurso de una pareja gay por no poder contraer matrimonio, pero sugiere a España como ejemplo a seguir

Lunes, 13 de junio de 2016
Comentarios desactivados en Un tribunal chileno rechaza el recurso de una pareja gay por no poder contraer matrimonio, pero sugiere a España como ejemplo a seguir

corteSignificativa sentencia la de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que por un lado ha rechazado el recurso de de Ramón Gómez y Gonzalo Velásquez por la negativa del Registro Civil a celebrar su matrimonio, argumentando que la decisión sobre el matrimonio igualitario es responsabilidad de otros órganos del Estado, pero que por otro admite que la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo sería perfectamente admisible en el marco jurídico chileno, poniendo como ejemplo relevante el caso español.

Como adelantamos en febrero, por primera vez en la historia de Chile la Corte de Apelaciones de Santiago (en concreto, su Sala Primera) admitía un recurso por esta causa, planteado por Ramón Gómez (presidente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, MOVILH) y su pareja Gonzalo Velásquez, a los que el Registro Civil no permitió celebrar su matrimonio. La mera admisión del recurso, elaborado bajo la batuta del abogado y activista del MOVILH Jaime Silva, fue considerada por el activismo chileno como un importante avance, en un contexto en el que la discusión sobre el matrimonio igualitario está sobre la mesa de la agenda política chilena.

El fallo de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, aun ajustándose a una previsible negativa, permite sin embargo hacer un análisis relativamente optimista. Por un lado, el tribunal señala que a día de hoy el matrimonio entre personas del mismo sexo no es posible en Chile. “Nuestra legislación vigente establece que el contrato de matrimonio sólo puede celebrarse entre un hombre y una mujer y el Servicio de Registro Civil se encuentra obligado a respetar la legislación aplicable a las materias respecto de las que se le ha otorgado competencia”, expresa. La Corte de Apelaciones añade que toda iniciativa para extender el matrimonio a personas del mismo sexo “está entregada a otros Poderes del Estado, no siendo esta Corte, ni la presente acción cautelar la vía idónea para pronunciarse sobre la materia” y recuerda que ni siquiera le compete “pronunciarse sobre la inaplicabilidad de una norma legal, estando entregada dicha tarea al Tribunal Constitucional”.

La Corte de Apelaciones de Santiago podría haberse quedado ahí, pero resulta significativo que sí elabore un cierto análisis jurídico de fondo, al expresar que “la cuestión sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo” ha sido un asunto “que ha motivado diversas discusiones sobre su legitimación y nuestro país no se encuentra ajeno a ello”. En este sentido, el tribunal recuerda que ya en 2014 ingresó a tramitación parlamentaria un proyecto de ley de matrimonio igualitario, nombra a 24 países que ya lo han aprobado, y muy especialmente destaca el fallo del Tribunal Constitucional español. “Estos sentenciadores estiman oportuno destacar la experiencia del Derecho español sobre la materia”, indica la Corte, haciendo mención a la obra Podemos hacer más. Otra forma de pensar el Derecho, del catedrático de la Universidad de Alicante Manuel Atienza.

Un texto que analiza la sentencia del Constitucional español sobre el matrimonio igualitario, concluyendo que “la nueva regulación no desfigura la institución matrimonial, por estas dos razones: 1) la esencia de la institución radica en el afecto mutuo entre los contrayentes, junto con las notas de libertad e igualdad, y no en la característica –tradicional, pero no esencial- de que los contrayentes sean personas de distinto sexo; y 2) debe interpretarse según un canon de ‘interpretación evolutiva’ que tenga en cuenta lo que la sentencia llama la ‘cultura jurídica’; y esa cultura jurídica mostraría una tendencia en diversos países de nuestro entorno a admitir esa modalidad de matrimonio, al tiempo que, en el caso español, diversas encuestas de opinión ponen de manifiesto la existencia de una mayoría de la población que aprueba la nueva modalidad de matrimonio, mayoría que es todavía más amplia si lo que se considera es el segmento de población más joven”. Un texto referenciado por el propio fallo de la Corte de Santiago.

Los demandantes apelarán

Desde el MOVILH ya se ha señalado que los demandantes apelarán la sentencia ante la Corte Suprema y valorarán recurrir de nuevo al Tribunal Constitucional. “A nuestro entender, es responsabilidad también del Poder Judicial posibilitar el avance del matrimonio igualitario, como ha ocurrido en muchos países”, señalan desde este colectivo, que considera “de la máxima relevancia” y “un punto positivo para el avance del matrimonio igualitario” que la Corte de Apelaciones haya destacado en extenso el fallo del Constitucional español favorable a este derecho.

“La Corte de Apelaciones de Santiago dijo lo que piensa debería ocurrir: que otros órganos del Estado no solo se pronuncien sobre el matrimonio igualitario, sino que posibiliten su avance, pues al hacerlo, no se dañan derechos a nadie, y, por el contrario, se igualan derechos. Este sin duda es un aporte de la Corte, pero no el suficiente y por ello llegaremos hasta la Suprema, esta vez con más argumentos a favor”, ha añadido el MOVILH.

De las uniones civiles al matrimonio igualitario

Tras la aprobación de las uniones civiles, en octubre del año pasado recogíamos la celebración de las primeros enlaces entre parejas del mismo sexo en Chile. Algunos con una gran repercusión mediática, como la del carabinero gay que se convirtió en el primer miembro de las fuerzas de seguridad en unirse con su pareja en este país. El activismo LGTBI de ese país, mientras tanto, sigue luchando para conseguir la aprobación del matrimonio igualitario, aún una asignatura pendiente.

La vía judicial, en este sentido, es solo una de las que se están trabajando. De hecho, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago admitía en febrero un recurso de protección presentado por el MOVILH contra la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Chile. El proceso judicial emprendido por la organización LGTB chilena, bajo la batuta del abogado y activista Jaime Silva, se motivó en la negativa de conceder hora a Ramón Gómez Roa y Gonzalo Velásquez para celebrar su matrimonio. Recordemos, en este punto, que la actual presidenta de Chile, Michelle Bachelet, prometía en marzo de 2013 que en caso de ser elegida abriría el proceso de discusión sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo. Algo que por el momento continúa sin materializarse, pese a que ya a finales de 2014 se presentaba una primera iniciativa parlamentaria en ese sentido y recientemente ha vuelto a prometerlo.

En paralelo a este proceso, hace poco más de un año nos hacíamos eco de que el Gobierno de Chile y el MOVILH acercaban posturas para llegar a una solución amistosa a la demanda interpuesta por este colectivo en 2012 contra el estado chileno ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) por prohibir precisamente el matrimonio igualitario, ante la perspectiva de que un proyecto de ley sobre la materia se discutiese en el Congreso.

En paralelo a este proceso, sigue adelante la demanda interpuesta en 2012 por el MOVILH contra el Estado chileno ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) por prohibir el matrimonio igualitario ante la perspectiva de que un proyecto de ley sobre la materia se discutiese en el Congreso. Hace poco más de un año nos hacíamos eco de que el Gobierno de Chile y el MOVILH acercaban posturas para llegar a una solución amistosa a la demanda. Precisamente la CIDH, ante la posibilidad de que el asunto pueda resolverse por la vía parlamentaria, estaría intentando forzar estos días una solución amistosa por la cual el MOVILH retiraría la demanda a cambio de que el Gobierno chileno impulse definitivamente un proyecto de ley de matrimonio.

Desde el MOVILH han señalado que “estamos haciendo todas las gestiones jurídicas, legislativas y políticas, tanto en Chile como en el extranjero, para que nuestro país avance a la aprobación del matrimonio igualitario, una promesa presidencial que debe cumplirse en honor a la palabra empeñada y para garantizar un real respeto a los derechos humanos de todas las familias”.

Fuente MOVILH, Dosmanzanas

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Empresario se querella por agresión y secuestro homofóbico en casino de Viña del Mar

Jueves, 5 de mayo de 2016
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índiceEl empresario automotriz fue golpeado con pies y puños por dos guardias de la discoteca Ovo del Casino Enjoy, por lo que que  presentó acciones legales con el patrocinio del abogado Jaime silva y el respaldo del Movilh.

Con el respaldo del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), el empresario automotriz Claudio Carmona Fernandini presentó hoy en el Tribunal de Garantía de Viña del Mar una querella por agresiones y secuestro homofóbico al interior del la discoteca Ovo del Casino Enjoy.

En la acción legal, patrocinada por el abogado Jaime Silva, el empresario denunció que el pasado 10 de abril fue agredido por dos guardias del recinto, Danilo Abel Rojas Basignan y Ramón Eduardo Aros Alvarado, sólo porque había expresado muestras de afecto a su pareja, Alex Escobar.

“Enterados los guardias de las muestras de afecto con mi pareja, y en momentos que me vieron solo, me tomaron violentamente y me empezaron a agredir verbalmente señalándome que “éste lugar no era para homosexuales”, “no te queremos volver a ver acá maricón culiado” y “ándate a lugares para gente como tú” entre otros insultos de similar naturaleza”, indicó Carmona.

“Acto seguido, mediante la fuerza, me metieron a un ascensor y me trasladaron a una habitación del Casino donde, junto con insultarme por mi orientación sexual, procedieron a golpearme con puños y pie en el rostro y en el cuerpo, dejándome lesiones. En la habitación me mantuvieron encerrado, privándome de mi libertad, por un lapso de tiempo que se prolongó, a lo menos, por una hora”, añadió

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, repudió “este brutal acto homofóbico y exigimos al Casino Enjoy que adopte las máximas medidas para prevenir abusos y para garantizar que sus guardias no discriminen, ni delinquen. Es lo mínimo. Golpear con pies y puños a un cliente y, peor aún, secuestrarlo no tiene justificación alguna y es, por donde se mire, un delito”,

Jiménez añadió que “la pesadilla para el empresario no terminó con las agresiones. Como suele suceder con estos abusos, uno de los guardias, Rojas Basigna, acusó falsamente al empresario de agredirlo para justificar su acción. La policía, como es habitual, se cuadró con la versión del guardia, que es un verdadero delincuente, y detuvo a la víctima. Por ello pediremos una investigación. La labor policial, cuando no está en presencia de un delito o falta flagrante, no es ser juez y tomar parte, sino que considerar las dos versiones y exponerlas”.

En tanto, Silva apuntó que en la querella se pidió que se ”despache a la policía una orden de investigar, que se oficie al Servicio Médico Legal para que realice un informe pericial por las lesiones y que se exija al Casino Enjoy que remita las copias de todas los registros captados por su cámara de seguridad”

Fuente MOVILH

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Un tribunal de apelaciones de Chile ratifica la sentencia contra el autoproclamado pastor Javier Soto por injuriar a un activista LGTB

Jueves, 17 de marzo de 2016
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soto-agresion1Se confirmó una sentencia histórica, en tanto establece que la libertad de expresión tiene como límites la no discriminación y la dignidad de las personas y califica como delito de odio a los discursos contra las minoría sexuales.La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó por unanimidad la condena contra el fanático Javier Soto por injuriar y calumniar al dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, en razón de su orientación sexual, por lo que el autodenominado “pastor” deberá cumplir una pena remitida de 300 días y pagar una multa de 1 UTM, además de estar impedido de ejercer cargos públicos.

Después de casi dos años de hostigamientos, acosos, ofensas e injurias hoy siento que la justicia es posible en nuestro país  y que se puede fallar contra acciones y discursos motivados por homofobia y transfobia. Me siento tranquilo y feliz”. Son palabras de Rolando Jiménez, uno de los miembros históricos del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH), tras conocer que la Corte de Apelaciones de Santiago ha confirmado por unanimidad la condena contra el fanático Javier Soto, un personaje que se dice a sí mismo “pastor”, aunque en la sentencia anterior quedó claro que, al menos legalmente, “carece de legitimidad para atribuirse el ejercicio y representación de culto evangélico alguno”.

300 días de pena remitida, inhabilitación para ocupar cargos públicos y una multa de 1 UTM –el sistema de equivalencias utilizado para el pago de impuestos e infracciones en este país sudamericano–. Según los datos del Banco Central de Chile, esto le representará a Soto 44.776 pesos –es decir, unos 60 euros–. Además, en caso de reincidencia y de una nueva sentencia, Soto no se libraría de acabar entre rejas. Al conocer el pasado mes de noviembre el veredicto condenatorio contra el falso pastor homófobo, el MOVILH calificó de “histórico” el fallo por delitos de odio.

El fallo del presidente de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Carlos Gajardo y de los ministros Adelita Ravanales y Juan Poblete rechazó el recurso de nulidad presentado por Soto, estableció el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti, actuó de “manera clara y precisa” al condenar al fanático.

Añadió que Bratti, señaló “cuáles son los hechos que da por acreditados y menciona específicamente la prueba que pondera para ello. Explicita las razones que lo llevan a tal conclusión y también por qué considera que otros de los hechos mencionados en la querella no se encuentran acreditados (…) sin que de la lectura del fallo impugnado surja hecho alguno que dé sustento a reproche”.

“Nunca, por tanto, se podría ordenar, como lo pretende el recurrente, una nueva audiencia preparatoria del juicio y menos aún que se llevara a cabo en el tribunal donde está radicado el mismo”, apuntó el fallo.

Para el Movilh, “la Corte de Apelaciones ha dado un importante señal de justicia para los derechos y dignidad de la personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) en tanto ha confirmado un fallo que califica como delito de odio a los discursos homofóbicos y a las injurias y calumnias en razón de la orientación sexual de las personas, aún cuando las acciones estén amparadas en una supuesta religión, un precedente de la máxima relevancia”,

Jiménez, quien fue representado por el abogado Jaime Silva, añadió que “después de casi dos años de hostigamientos, acosos, ofensas e injurias hoy siento que la justicia es posible en nuestro país y que se puede fallar contra acciones y discursos motivados por homofobia y transfobia. Me siento tranquilo y feliz

El Movilh añadió que “el destino de Soto es claro. Si el sigue acosando e insultando a las personas en razón de su orientación sexual o identidad de género presentaremos las querellas que sean necesarias, esta vez con la convicción de que cumplirá pena con cárcel efectiva, pues será reincidente, gracias al fallo confirmado por la Corte de Apelaciones”.

En su fallo contra Soto, Bratti había establecido que “el querellado Carlos Javier Soto Chacón, quien dice ser predicador evangélico y se hace llamar “Pastor Soto”, en reiteradas oportunidades, ha abordado en la vía pública a la víctima don Rolando Jiménez Pérez, activista y dirigente histórico del Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh) gritándole a viva voz: sucio, pervertido, sodomita, pecador, hijo del diablo que defiende pedófilos, entre otros insultos de similar naturaleza. Estos hechos son grabados por personas cercanas a él, para luego ser difundidas en su canal de Youtube denominado “Pastor Soto””.

Lo anterior, añadió, produce “una grave afectación en el derecho a la honra y fama del querellante, con las eventuales consecuencias que ello acarrearía en el desempeño de sus labores, como discriminación y exclusión en la labor pública que éste despliega, en defensa de los derechos civiles e intereses de un grupo considerable de ciudadanos chilenos, que han explicitado una orientación sexual distinta, dejando en evidencia que es la intolerancia a tal condición sexual, la principal motivación del imputado Soto Chacón para desplegar su acción, circunstancia que (…) los nuevos desarrollos doctrinales (…) denominan delitos de odio, entendiendo por tal aquellos ilícitos motivados únicamente por la intolerancia al diferente, basados en prejuicios o sesgos, de diferente motivación”, apuntó el juez.

Apuntó que “si considerásemos que efectivamente el Señor Soto representa a un grupo o sector de la vida civil de este país, el derecho a la libertad de expresión y de culto, tiene como límite el respeto irrestricto al derecho a la dignidad e igualdad de los seres humanos, entendiendo que la igualdad, así como la libertad, es un atributo del que gozan todos los seres humanos por el sólo hecho de ser tales, con independencia de cuan diversas sean las personas, siendo la igualdad un derecho humano esencial, que les permite a cada ser construir su propia identidad y desarrollarse a plenitud, derecho que por lo demás detenta la más amplia tutela por parte del sistema jurídico internacional de los derechos humanos”

La sentencia precisó ,por último, que “el señor Soto Chacón carece de legitimidad, para atribuirse el ejercicio y representación de culto evangélico alguno, por cuanto no ha sido envestido con la calidad de pastor por alguna iglesia constituida legalmente, con personalidad jurídica”.

Hemos seguido con atención la penosa trayectoria de este personaje y no podemos más que congratularnos de que se haya hecho justicia en favor del activista Rolando Jiménez y del MOVILH, la activa organización de la que forma parte. El fallo del presidente de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Carlos Gajardo, y de los ministros Adelita Ravanales y Juan Poblete, rechazó el recurso de nulidad presentado por Soto y estableció que el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti, actuó de “manera clara y precisa” al condenar al farsante pastor.

Javier Soto ha sido condenado por sus agresiones contra Rolando Jiménez, aunque su historial agresivo y homófobo es mucho más amplio: desde pisotear una bandera arcoíris –emblema del colectivo LGTB internacional–, pasando por difamaciones contra el libro infantil inclusivo Nicolás tiene dos papás, hasta colarse en una comisión del Congreso para increpar a los diputados partidarios de ley de uniones civiles, abierta a parejas del mismo sexo –unos enlaces que, por cierto, ya se realizan con normalidad–.

Fuente Dosmanzanas/MOVILH

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Corte de Apelaciones chilena deja “en estudio” el matrimonio igualitario tras inédito alegato

Lunes, 7 de marzo de 2016
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matrimonio-1024x666En una audiencia reservada y sin medios se defendió el derecho la plena igualdad legal para todas las parejas y familias.

La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dejó hoy en estudio su pronunciamiento sobre el matrimonio igualitario luego de que esta jornada tuviera lugar el primer alegato sobre la materia en el Palacio de Tribunales, informó el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

La determinación fue adoptada tras la intervención del abogado del Movilh, Jaime Silva, quien hoy defendió un recurso de protección presentado por Ramón Gómez y Gonzalo Velásquez, una pareja con 16 años de relación que alega discriminación y desigualdad ante la ley por la prohibición del matrimonio igualitario.

De esa manera la Corte de Apelaciones deberá fallar en los próximos días si acepta o rechaza el recurso, así como argumentar su resolución.

“Esperamos que la justicia se pronuncie a favor de los derechos humanos y de la igualdad ante la ley, de manera que dejen de existir ciudadanos de primera y segunda categoría en este país en razón de su orientación sexual o identidad de género”, sostuvo Silva

El jurista, señaló en su alegato que en “Colombia, Brasil y Estados Unidos el matrimonio igualitario avanzó gracias al pronunciamiento de las cortes, que vieron un retraso de los poderes Legislativo y Ejecutivo en materia de derechos humanos. Los tribunales chilenos pueden dar esa señal y estar a la altura de la igualdad”.

“Ninguna ley define una sola forma de construir familia, pero si es claro que todas las familias merecen igual protección y eso es lo que buscamos con el matrimonio igualitario”, redondeó.

En la ocasión, Silva estuvo acompañado de la pareja gay que presentó el recurso y del dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, quien recordó que “hace seis años presentamos similar recurso y, sin alegato de por medio, los perdimos todos, por lo que esos casos están en manos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En esta ocasión, esperamos que sea nuestro país el que garantice justicia, de manera de no ir a buscarla al extranjero”.

En febrero pasado la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección presentado por Velásquez y Gómez, luego de que en primera instancia la iniciativa legal hubiese sido rechazada.

Enterado del alegato que tuvo lugar hoy, se hizo presente en tribunales el fanático Javier Soto, para protestar contra el matrimonio igualitario y las gestiones del Movilh. El sujeto fue expulsado del lugar por guardias, cuando intentó acercarse a los activistas de la diversidad sexual.

Fuente MOVILH

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Corte chilena declara admisible recurso a favor del matrimonio igualitario

Lunes, 8 de febrero de 2016
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jaimesilvaTras un recuso de reposición presentado por el abogado del Movilh, Jaime Silva, se revirtió la inadmisibilidad decretada previamente en forma unánime.  De esa manera, tribunales verán el fondo del asunto.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible un recurso de protección presentado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) contra la prohibición del matrimonio igualitario en Chile, por lo que los tribunales resolverán sobre el fondo del asunto, hecho que constituye un hito.

La admisibilidad fue aprobada con los votos del presidente de la Primera Sala, Miguel Vázquez Plaza y del juez Hernán Crisosto Greisse, mientras que la magistrada Marisol Rojas Moya la rechazó.

La decisión se adoptó luego de que el abogado del Movilh, Jaime Silva, (en la fotografía) presentara un recurso de reposición contra una resolución previa y unánime de los magistrados de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Dobra Lusic Nadal, Jenny Book Reyes y el abogado integrante señor Ángel Cruchaga Gandarillas, quienes habían rechazado la admisibilidad del recurso.

“Estamos satisfechos por esta admisibilidad, pues se verá el fondo del asunto. En ese sentido la Corte pedirá al Registro Civil que emita un informe que explique los hechos ocurridos el pasado 22 de enero, cuando se negó una hora de matrimonio pedida por Ramón Gómez Roa y Gonzalo Velásquez, quienes llevan 16 años de relación”, dijo Silva.

La pareja, en tanto, se declaró “feliz por esta determinación, que abre las puertas a un debate real sobre el matrimonio igualitario. Se ve que el tema es difícil en tribunales. Primero declararon por unanimidad inadmisible el recurso, y hoy la aprueban, pero estamos conscientes de que 2 contra 1. Esperamos que se haga justicia, pues nuestro sueño es casarnos y adoptar, no unirnos civilmente”.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, precisó que “estamos en un momento único en la lucha por el matrimonio igualitario. Tanto el poder Legislativo, como el Ejecutivo han sido débiles e ineficientes en esta materia, y esperamos que los pronunciamientos de los tribunales vayan acelerando este largo camino hacia la igualdad”.

“Hoy podemos festejar porque tenemos la certeza de que en el Poder Judicial no hay una sola voz y muchos magistrados están entendiendo que negar el matrimonio igualitario vulnera la igualdad ante la ley y los derechos humanos, lo que violenta nuestra propia Constitución”, redondeó Jiménez.

Puntualizó que “con especial agrado llamamos ahora a todas las parejas y familias homoparentales a manifestarnos pacíficamente por el matrimonio igualitario el próximo 14 de febrero en el Parque Balmaceda de Providencia o en el Jardin Botánico de Viña del Mar”.

Fuente MOVILH

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El 60% de los jóvenes chilenos apoya la adopción homoparental

Jueves, 4 de febrero de 2016
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familia2Y el 73% respalda el matrimonio entre personas del mismo sexo, según una investigación de la Universidad Diego Portales. En tanto, una pareja gay presentó un recurso de protección por la prohibición del matrimonio igualitario.

La Séptima Encuesta Sobre Participación de Jóvenes de la Escuela de Periodismo de la Universidad Diego Portales, arrojó un nueva alza en la adhesión al matrimonio y la adopción homoparental.

La investigación fue aplicada a mil jóvenes de entre 18 y 29 años de las Regiones de Valparaíso, Metropolitana y Biobío, entre el 12 de diciembre y el 4 de enero pasado, siendo su nivel de confianza del 95% y su margen de error del +/-3%

Según el sondeo , el 73% de los jóvenes respalda el matrimonio entre personas del mismo sexo mientras que el 2014 un 67% lo apoyaba; el 2013, un 64%; el 2012 mun 62%; el 2011m  un 54%, el 2010, un 47% y el 2009 un 50%.

En torno a la adopción homoparental, el respaldo es del 60%, en tanto el 2014 era del 55%; el 2013, del 52%; el 2012, del 45%; el 2011, del 36%; el 2010, del 29% y el 2009 ,del 36%.

Las cifras reflejan un gran cambio generacional “Quienes nos gobernarán en el futuro cercano están mayoritariamente a favor de nuestros derechos. Es de esperar que los adultos tomen a nota de esta situación y actúen ahora, y no pasen a la historia como quienes violaron la igualdad legal sólo en razón de la orientación sexual de las personas”, consideró el Movilh.

En tanto, esta semana una pareja gay con 16 años de relación, Ramón Gómez y Gonzalo Velásquez, presentó en la Corte de Apelaciones de Santiago recurso de protección contra el Registro Civil, luego de que dicha instancia les negara una hora para contraer matrimonio igualitario.

En el escrito, patrocinado por el abogado Jaime Silva, la pareja alega que al prohibírsele el matrimonio se vulneran sus derechos a la igualdad ante ley, a la dignidad, a la protección de la familia y a la seguridad social, garantizados en la Constitución.

El recurso precisó que también se vulneran los derechos a contraer matrimonio, a conformar una familia y la no discriminación garantizados en la Declaración Americana de Derechos Humanos, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,

La prohibición del matrimonio igualitario “es un acto arbitrario e ilegal, toda vez que se funda en normas legales (Código Civil) que infringen otras disposiciones de mayor rango, como son las normas constitucionales”, explicó Silva.

Añadió que “el concepto de matrimonio, así como de todas las instituciones y normas jurídicas, no es dado por el Derecho Natural. Al contrario, es el resultado de las características y necesidades de la sociedad”, las cuales son diversas e incluyen a las parejas del mismo sexo.

Apuntó que las parejas heterosexuales hoy pueden escoger entre unión civil y matrimonio, mientras a las homosexuales se niega esta última posibilidad, lo que infringe la igualdad ante la ley.

Fuente MOVILH

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La Justicia chilena declara culpable al “pastor” Soto por injuriar y acosar a Rolando Jiménez y demuestra que no es un verdadero pastor

Jueves, 3 de diciembre de 2015
Comentarios desactivados en La Justicia chilena declara culpable al “pastor” Soto por injuriar y acosar a Rolando Jiménez y demuestra que no es un verdadero pastor

El-fanático-pastor-homófobo-Javier-Soto-193x300El activismo LGTB chileno se congratula por el “historico” fallo que ha condenado por ‘delitos de odio’ al fanático Soto, del que ha quedado claro en el juicio que no es un verdadero pastor.

Se trata del primer fallo que condena discursos de odio. Sentencia será conocida el viernes. Durante el juicio, los testigos de Soto acusaron al Movilh de regalar a los niños “helados con forma de pene” y sostuvieron que “en la Biblia dice que Rolando Jiménez es pervertido”.

El desenlace judicial del controvertido evangelista Javier Soto  es una buena bofetada para el ya condenado. Este autoproclamado ‘pastor’ es, sin embargo, un ‘impostor’. Dice el Diccionario de la Lengua Española de la RAE sobre ‘impostor’ que es una “persona que se hace pasar por quien no es”. Esta es la definición de diccionario que puede aplicársele a Soto, atendiendo al texto de la sentencia: “carece de legitimidad para atribuirse el ejercicio y representación de culto evangélico alguno, por cuanto no solo no ha sido envestido con la calidad de pastor por alguna iglesia constituida legalmente […] sino que además no fue capaz, él o alguno de sus testigos, de dar indicio alguno respecto del lugar donde se encontraría físicamente su iglesia, sede o templo, que dice dirigir”.

El juez del séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti, dictó hoy veredicto condenatorio por “injurias graves con publicidad” contra el “pastor” Javier Soto, acogiéndose así la querella del director del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, quien denunció acosos en razón de su orientación sexual.

En su fallo el juez precisó que Soto era culpable de injurias gravísimas y resaltó que en varios países se ha avanzado en legislaciones claras para hacer frente a los “discurso de odio”. De igual manera precisó que daría a conocer los contenidos del fallo y la condena el pasado viernes. Darwin Bratt, el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago que ha firmado el fallo contra Soto, le ha impuesto al fanático evangelista una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo y una multa económica de 1 unidad tributaria mensual o UTM –el sistema de equivalencias utilizado para el pago de impuestos e infracciones en este país sudamericano–. Según los datos de noviembre del Banco Central de Chile, esto le representará a Soto 44.776 pesos –es decir, unos 60 euros–. El supuesto pastor no llegará a pisar la cárcel y quizá la cuantía de la multa no parezca demasiado significativa… Con todo, la sentencia contra Soto es “histórica” porque por vez primera en Chile se condena un ‘delito de odio’ de esta naturaleza, lo que puede sentar jurisprudencia. Además, en caso de que Soto concurra en reincidencia sí será enviado a prisión.

El fallo contra Javier Soto, concretamente, se basa en las “injurias gravísimas” que este ha vertido públicamente contra el activista LGTB Rolando Jiménez, miembro del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH). “El querellado Carlos Javier Soto Chacón, quien dice ser predicador evangélico y se hace llamar “Pastor Soto”, en reiteradas oportunidades, ha abordado en la vía pública a la víctima don Rolando Jiménez Pérez, activista y dirigente histórico del Movimiento de Liberación Homosexual (MOVILH) gritándole a viva voz: sucio, pervertido, sodomita, pecador, hijo del diablo que defiende pedófilos, entre otros insultos de similar naturaleza”, reza la sentencia.

El abogado del Movilh, Jaime Silva, precisó “hoy se ha hecho justicia tras casi un año de lucha judicial contra el odio y la intolerancia promovida por un sujeto que no es reconocido como pastor por ninguna iglesia legalmente establecida. Hoy la honra y dignidad de mi representando, el señor Rolando Jiménez, ha sido reconocida”.

Añadió que “hemos pedido una pena de 300 días de presidio. Soto no tiene antecedentes, por lo que el juez deberá definir en función de ello la manera de cumplir la pena. Sea como sea, lo de hoy es un triunfo y un hito para el respeto a los derechos de la diversidad sexual, pues se marca un antes y un después en la forma como tribunales habían abordado los discursos y acciones promotoras del odio”.

Por su parte, Jiménez se declaró “muy feliz y emocionado con este veredicto. Han sido meses muy desgastadores, de mucha impotencia, de ver como un sujeto me acusaba e delitos graves sólo por ser homosexual. Hoy confío un poco más en la justica de este país”.

El líder histórico del Movilh añadió que “el fallo de este día es un llamado a la sociedad como conjunto respecto a que ninguna creencia, valor, religión o ideología puede servir de excusa para acosar y violar derechos humanos de otras personas, como hemos visto a Soto hacerlo durante ya casi dos años”.

Javier Soto ha sido condenado por sus agresiones contra Rolando Jiménez, aunque su historial agresivo y homófobo es mucho más amplio: desde pisotear una bandera arcoíris –emblema del colectivo LGTB internacional–, pasando por difamaciones contra el libro infantil inclusivo Nicolás tiene dos papás, hasta colarse en una comisión del Congreso para increpar a los diputados partidarios de ley de uniones civiles, abierta a parejas del mismo sexo –unos enlaces que, por cierto, ya se realizan con normalidad–.

Posturas y acciones estas –las de Soto– que no encontrarían ni el respaldo del evangelismo mayoritario. “Los evangélicos pedimos respeto para todas las personas, al margen de su condición y pensamiento. Rechazamos de la forma más categórica la discriminación, el acoso y fanatismo religioso inspirado en la intolerancia. En este sentido, creemos importante que la sociedad en su conjunto se proteja de estos brotes de incitación al odio”. Así se expresaba la Mesa Ampliada de Iglesias Evangélicas en boca de su presidente, el obispo Emiliano Soto, tras lo sucedido en el Parlamento de Chile.

Acorralado y prácticamente sin apoyos mediáticos relevantes, el evangelista Javier Soto atribuyó su situación a la prensa y a los periodistas. En pleno juicio, Soto realizó continuos gestos de desprecio a los testigos del MOVILH, levantó la Biblia y acusó en voz de alta de “falsa” la postura del abogado Jaime Silva. Posteriormente, frente a los medios de comunicación, Soto espetaba: “ustedes son los culpables. Ustedes, la prensa chilena, repito, la prensa chilena es la prensa ramera. Igual que el partido la Democracia Cristiana… Partido Amplitud. Los rameros que se prostituyen con el Movilh. Los responsables, los culpables, de hoy día estar abriendo las puertas de la pedofilia en Chile. Simple”. Que juzguen los lectores de dosmanzanas si estas palabras son propias de un supuesto líder ‘cristiano’.

Por el contrario, el MOVILH celebraba la condena de Soto. El dirigente Rolando Jiménez ha confesado que se siente “muy feliz y emocionado con este veredicto. Han sido meses muy desgastadores, de mucha impotencia, de ver como un sujeto me acusaba e delitos graves sólo por ser homosexual. Hoy confío un poco más en la justica de este país”. Jiménez también ha expresado que “el fallo de este día es un llamado a la sociedad como conjunto respecto a que ninguna creencia, valor, religión o ideología puede servir de excusa para acosar y violar derechos humanos de otras personas, como hemos visto a Soto hacerlo durante ya casi dos años”.

Conocido el veredicto, Soto volvió a pisotear las banderas del Movilh y del arcoíris y las arrastró por las afueras del tribunal junto a unas trampas para ratones.

juicio-sotoAnterior a ello, y durante el juicio, los testigos de Soto acusaron al Movilh de hacer y regalar helados con forma de pene a los niños y, en un acto delirante, defendieron que en la Biblia “se dice que Rolando Jiménez es pervertido”. En la misma línea, Soto acusó a Jiménez de “defender pedófilos” y criticó al juez por “formular mal las preguntas”.

En concreto, Soto se negó a responder al juez sobre la dirección de su supuesto templo, así como sobre la personalidad jurídica de su iglesia y del nombre de la institución que lo nombró pastor.

“Hoy ha quedado claro, además de la enfermiza homofobia de Soto, que este sujeto no pertenece a ninguna iglesia reconocida. Se trata de un fraude que usa y abusa de interpretaciones antojadizas y peligrosas de la biblia” para injuriar a personas inocentes”, puntualizó el Movilh.

El veredicto tuvo lugar luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago revocara en forma unánime un fallo del juez Ponciano Sallés quien había sobreseído al “pastor” porque, a su juicio, lejos de agredir a Jiménez, contribuía al “sano ejercicio democrático”. Sorprendentemente, recogía que el pastor habría respetado la diversidad sexual, negándole incluso la palabra al MOVILH, así como la presentación de pruebas y testigos. El activismo LGTB consideró “aberrante” dicha resolución y recurrió, basándose en la imposibilidad de defender su versión en este juicio, puesto que el magistrado Salles se limitó a escuchar la tergiversada intervención del falso pastor Soto. El juez sobreseyó la causa sin más.

Afortunadamente, la Corte de Apelaciones de Santiago, semanas después, inhabilitaba a Salles de esta causa y decidía que sería juzgado por otro magistrado. Los jueces de la Corte Mario René Gómez Montoya y Alejandro Rivera Muñoz y la abogada integrante Claudia Chaimovic corregían así la miopía de Ponciado Salles pocas horas después de escuchar los alegatos del abogado del MOVILH, Jaime Silva, y de la Defensoría Penal Pública, que representaba al evangelista homófobo

Fuente MOVILH

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Evangélicos al mando del Pastor Soto lanzan insultos y agresiones homofóbicas en el Centro de Justicia

Viernes, 6 de noviembre de 2015
Comentarios desactivados en Evangélicos al mando del Pastor Soto lanzan insultos y agresiones homofóbicas en el Centro de Justicia

soto-agresion1“Los padres de los homosexuales venían malditos, traían la maldición en sus entrañas”, gritaron los fanáticos a los activistas de la diversidad sexual. En tanto, el Séptimo Juzgado de Garantía suspendió el juicio oral contra el fanático hasta el 20 de noviembre.

El autodenominado “pastor” Javier Soto volvió esta mañana a injuriar y discriminar al líder del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, tratándolo de pedófilo y pervertido en el Centro de Justicia.

Soto intentó abalanzarse sobre Jiménez cuando daba una entrevista a los medios y al ser impedido su avance por las activistas del Movilh, Betzabeth Montt y Andrea Maturana, el evangélico lanzó agresiones verbales contra el dirigente gay.

En medio de empujones a Montt, Soto gritaba “ pedófilo, ¿Cuál es el interés con nuestros niños, Jiménez”?.

Al verse impedido de acercarse al activista gay, el evangélico se apartó del lugar por unos segundos, en busca de sus acompañantes, quienes en conjunto obstaculizaron la salida de Jiménez del Centro de Justicia, cercando su avance y portando una bandera con la frase “no a la perversión”.

El acoso se extendió por varios metros, mientras Soto insistía con gritar a Jiménez “pervertido” y “no al fascismo sexual infantil”, al tiempo que pisoteaba y escupía la bandera del arcoíris.

En relación al libro “Nicolás tiene dos papás”, otro evangélico señaló por un altoparlante que “los nicolaístas están malditos. Están siendo usados por Satanás. Los padres de los homosexuales venían malditos, traían la maldición en sus entrañas”

“Una vez más queda en evidencia que Soto agrede e injuria a mi representado en términos personales. Esperamos que sea condenado por los tribunales”, indicó el abogado del Movilh, Jaime Silva.

En tanto, Jiménez añadió que los “acosos permanentes” de Soto “resultan en extremo incómodos. Es un molestia encontrarse en la vía pública con este sujeto y que te grite acusaciones delante de otras personas. Esto es a todas luces discriminación e injurias y deseo profundamente que los tribunales hagan justicia”.

Si bien es cierto el juicio oral contra Soto estaba fijado para hoy, el proceso se suspendió hasta el 20 de noviembre, pues algunos testigos no fueron notificados.

Fuente MOVILH

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Chile celebra las primeras uniones civiles de parejas del mismo sexo entre episodios homófobos

Sábado, 24 de octubre de 2015
Comentarios desactivados en Chile celebra las primeras uniones civiles de parejas del mismo sexo entre episodios homófobos

union_civil_chileBuenas y malas noticias las que nos llegan desde Chile. La celebración de las primeras uniones civiles entre parejas del mismo sexo en distintas ciudades de este país sudamericano, así como la firma de la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia y la Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia, son razones de peso para que se felicite el activismo LGTB; muy especialmente el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH) por sus años de persistente lucha. Esta importante organización chilena, sin embargo, también se ha visto obligada a denunciar diversas situaciones de intolerancia LGTBfóbica en los últimos días.

Después de esperar 12 años, decenas de parejas del mismo sexo se unieron legalmente tras la entrada en vigor del llamado Acuerdo de Unión Civil, lo que los colectivos LGTB consideran el primer paso para alcanzar el matrimonio igualitario.

En Concepción (en el centro de Chile) se unían a primera hora del jueves Vicente Medel Salazar y Esteban Guzmán Rioseco, una joven pareja de estudiantes; rodeada de familiares y de autoridades locales, entre los cuales se encontraban el intendente de la Región de Biobío, Rodrigo Díaz, y el alcalde de Concepción, Álvaro Ortiz. “Amo a Vicente, es mi vida. Y hoy siento que el amor es coronado con reconocimiento en mi país, nada puede ser mejor que este momento”, declaraba Guzmán.En medio de la algarabía de sus familiares y amigos, Vicente Medel y Esteban Guzmán fueron la primera pareja gay que ha disfrutado de la nueva categoría de unión, la de “conviviente legal”. “Amo a Vicente, es mi vida, y hoy siento que el amor es coronado con reconocimiento en mi país, nada puede ser mejor que este momento”, declaró Esteban.

roxanayvirginia-300x188Roxana Ortiz y Virginia Gómez (a las que podemos ver en la fotografía  tras su enlace, con su correspondiente cartilla) han sido la primera pareja de mujeres en unirse civilmente en Santiago. Durante la ceremonia han estado acompañadas de su hija Catalina, de sus respectivos progenitores, así como de un grupo de activistas LGTB. Cabe señar que la pareja ya estaba casada, ya que Virginia Gómez es española y ambas habían contraído matrimonio en nuestro país tiempo atrás. No obstante, al residir en Chile, no veían hasta ahora reconocida su unión y carecían de los mismos derechos que un matrimonio heterosexual. En un post de su cuenta de Facebook, Roxana Ortiz ha expresado que “hoy [por el jueves] Chile ha marcado un gran cambio. Esto se transforma en una bella finalización de una lucha de 12 años”.

En el Registro Civil de Santiago le siguieron las lesbianas Virginia Gómez, española, y Roxana Ortiz, chilena, que suscribieron el Acuerdo de Unión Civil acompañadas por su hija Catalina, de sus familiares cercanos y de activistas del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, Movilh. “Son 14 años de relación, de superación constante de los estigmas y los miedos que hoy llegan a su fin. No más miedos“, dijo Roxana, cuya unión con Virginia no pudo ser captada por la prensa por prohibición del Registro Civil. Virginia contó que ambas se casaron hace años en España, pero su vínculo no era reconocido en Chile. Catalina redondeó que, “estoy feliz por mis madres y de que todo el mundo se entere que tengo dos madres que me aman y que son reconocidas en mi país”. En el siguiente vídeo se puede ver el momento en el que Ortiz y Gómez han consumado su unión civil:

Las decenas de parejas homosexuales adquirirán una serie de derechos similares a los del matrimonio, como el de herencia, de decidir sobre el tratamiento y la visita a sus parejas, aunque no podrán adoptar.

Rolando Jiménez, presidente del ente que agrupa a los homosexuales, dijo que llegar a este jueves con la unión civil “organizamos 35 marchas, 72 protestas, 21 campañas, y 1.530 reuniones y conversaciones con autoridades, seis proyectos de ley y 12 años de tramitaciones en el congreso antes de la aprobación”.

Jiménez enfatizó que “con la unión civil no termina nuestra lucha. Exigimos matrimonio igualitario. Pediremos que se reactiven los proyectos de ley de matrimonio igualitario que están estancados en el parlamento...”.

ateo-300x200El dirigente del MOVILH Rolando Jiménez ha manifestado que “este 22 de octubre Chile reconoce la diversidad familiar y a las parejas del mismo sexo, lo cual solo puede asimilarse al momento cuando las mujeres ganaron el voto, o a cuando terminaron las odiosas divisiones de hijos legítimos o ilegítimos”. Asimismo, Jiménez añadía que “este día lo dedicamos a todas aquellas parejas que ocultaron su relación, sufrieron y no alcanzaron a estar vivas para acceder a estándares básicos de igualdad”.

El pasado mes de enero nos hacíamos eco de la aprobación definitiva, en el Parlamento de Chile, del Acuerdo de Unión Civil (una ley de parejas de hecho, abierta a parejas del mismo y de distinto sexo) y promulgada en abril por la presidenta Michelle Bachelet, y en julio informábamos de que los registros del país comenzaban a tramitar las primeras peticiones de unión civil. Algo que, por otra parte, ya es una realidad.

Acuerdo internacional

Además de hacer realidad las primeras uniones civiles entre parejas del mismo sexo, Chile ha suscrito, en la sede la Organización de Estados Americanos (OEA), los dos acuerdos antidiscriminatorios más importantes aprobados en el continente, cumpliendo así la Cancillería con compromisos asumidos en el primer mes de gobierno de la presidenta Michelle Bachelet. Concretamente, hablamos de la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia y la Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia. El encargado de rubricar los acuerdos ha sido el embajador Juan Pablo Lira.

“La decisión de suscribir ambos instrumentos obedece al compromiso del Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet de avanzar hacia una sociedad más justa e inclusiva, a la vez que constituye una clara señal de apoyo al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, del cual Chile en un miembro activo”, aseveraba la Cancillería mediante un comunicado.

LGTBfobia y fanatismo religioso

Conforme la comunidad LGTB avanza en derechos, los sectores sociales más reaccionarios se empeñan en hacer patente su rabia y su disconformidad (a menudo, de las formas más burdas y vulgares). Un conductor de la compañía chilena de autobuses Turbus espetaba hace unos días a una pareja gay que “deberían leer la Biblia para que se purifiquen”, alegando además que “ustedes tienen puras huevadas en la cabeza”. Desde el MOVILH han exigido disculpas públicas del chófer y de la empresa, al tiempo que denuncian la reiteración y proliferación de este tipo de agresiones verbales.

Este viernes la sede del MOVILH amanecia con carteles homofóbos, y se han registrado dos agresiones homófobas más: un carabinero ‘invitaba’ a una pareja gay  “a sacarse mierda por el culo” y una médico cirujano de Valparaíso rechazaba las uniones de gais porque, en su acientífica y retorcida opinión, “contradicen la teoría de la Evolución de Darwin”. El presidente del MOVILH, Ramón Gómez, ha dicho que “lamentamos este tipo de agresiones gratuitas y cobardes, pero que demuestran solo desesperación frente al avance evidente de nuestros derechos”.

Hace solo unos días dábamos cuenta de que el pastor homófobo Javier Soto será finalmente juzgado por acosar y agredir al activista del MOVILH Rolando Jiménez, además de acusarlo de pedófilo y de pervertir a menores. Y el pasado mes de septiembre también recogíamos la disculpa de un restaurante de Santiago con una pareja de lesbianas, despidiendo además al camarero que las increpó y el 17 de agosto un joven que llamó a las Termas Puyehue, en la Región de Los Lagos, para consultar por una oferta para novios denominada “Escapada romántica”. Grande fue sorpresa cuando le indicaron que las ofertas aplicaban sólo para parejas “de hombre y mujer”. En este caso el Movilh también envió una misiva a las Termas, la que fue respondida el 29 de agosto por el Jefe de Comunicaciones de la empresa, Carlos Oviedo pidiendo disculpas.

Fuente MOVILH , Cáscara Amarga y Dosmanzanas

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Chile: el pastor homófobo Javier Soto será finalmente juzgado por acosar y agredir al activista del MOVILH Rolando Jiménez

Viernes, 23 de octubre de 2015
Comentarios desactivados en Chile: el pastor homófobo Javier Soto será finalmente juzgado por acosar y agredir al activista del MOVILH Rolando Jiménez

PRE-pastor.jpg_552074685El magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Ponciado Salles, no se dignó ni a escuchar al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH) ni a ver los vídeos en los que el pastor Javier Soto insulta y agrede al activista LGTB Rolando Jiménez (además de acusarlo de pedófilo y de pervertir a menores de edad). El juez sobreseyó la causa contra Soto, alegando que este únicamente “contribuye al sano ejercicio democrático”. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago ha inhabilitado a Selles de esta causa y será finalmente juzgado por otro magistrado. Los jueces de la Corte Mario René Gómez Montoya y Alejandro Rivera Muñoz y la abogada integrante Claudia Chaimovic han corregido la miopía de Ponciado Selles pocas horas después de escuchar los alegatos del abogado del MOVILH, Jaime Silva, y de la Defensoría Penal Pública, que representa al pastor homófobo.

“Es al ofendido a quien corresponde calificar como satisfactorias las excusas dadas por el querellado en la audiencia respectiva, lo que no ocurrió en la especie”, se recoge en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. La tergiversada versión del pastor homófobo fue la única escuchada durante la vista anterior, en la que el juez Ponciado Selles sobreseyó la causa sin permitir que el abogado del MOVILH, Jaime Silva, le mostrara los videos en los que Soto insulta y agrede al dirigente Rolando Jiménez.

El fanático pastor comparó al activista LGTB con Hitler y con el diablo y manifestó públicamente su alegría por el accidente cerebrovascular que afectó al dirigente gay en diciembre pasado. Soto también participó junto a una turba en una agresión física contra Rolando y aparece en decenas de vídeos de Youtube acosándole, lanzando todo tipo de improperios, e incluso pisoteando una bandera arcoíris (emblema de la comunidad LGTB).

“Agradezco en primer lugar a mi abogado por su trabajo. Estoy tranquilo con esta determinación, pues revierte un fallo que resultó tan dañino para mi dignidad como los propios hostigamientos de Soto. Hoy hubo un alivio respecto a la impotencia y dolor que genera la impunidad con que actúan ciertas personas por razones homófobas”, ha asegurado Rolando Jiménez. Los magistrados Mario René Gómez Montoya y Alejandro Rivera Muñoz y la abogada integrante Claudia Chaimovic tomaron la determinación a pocas horas de escuchar los alegatos del abogado Jaime Silva y de la Defensoría Penal Pública, que representa a Soto.

Silva, ha remarcado que “Sallés dio por verdadera la versión respecto a que Soto no ofende a Jiménez, cuando hay decenas de videos que muestran lo contrario. Además es falso que Soto ataque a Jiménez por razones políticas, como lo dijo Sallés. Lo ataca en términos personales, sólo por ser homosexual”.

Fuente MOVILH

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Un juez de Chile ignora las agresiones homófobas del pastor Javier Soto y se niega incluso a escuchar la versión del MOVILH

Viernes, 2 de octubre de 2015
Comentarios desactivados en Un juez de Chile ignora las agresiones homófobas del pastor Javier Soto y se niega incluso a escuchar la versión del MOVILH

ponciano-salles“Aberrante” resolución la que ha emitido el juez chileno Ponciado Salles, (en la fotografía) en relación a la causa abierta contra el homófobo pastor evangélico Javier Soto. Así ha calificado el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH) el auto del magistrado Selles, mediante el que sobreseé la querella presentada por esta destacada organización LGTB. El fanático evangélico, como recogió dosmanzanas el pasado mes de diciembre, increpó en el Congreso de Chile a los diputados que votaron a favor de las uniones civiles abiertas a parejas del mismo sexo. Y por si no fueran expresiones suficientes de odio LGTBfóbico, participó en una agresión física contra el dirigente de MOVILH Rolando Jiménez y otros activistas. El juez Salles, sorprendentemente, ha considerado que el pastor respeta la diversidad sexual, negándole la palabra al MOVILH, así como la presentación de pruebas y testigos.

Tremenda miopía la del magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Ponciado Salles, que no ha sido capaz de ver homofobia en los deleznables actos del pastor radical Javier Soto. El juez se ha limitado a escuchar la tergiversada versión del pastor Soto para sobreseer la querella criminal que presentó el MOVILH contra él, por las agresiones motivadas por el odio homófobo de la que fueron víctimas diversos activistas LGTB. En una audiencia de apenas 15 minutos, Salles adoptó esta cuestionable determinación, sin permitir que el abogado del MOVILH, Jaime Silva, le mostrara los videos en los que Soto insulta y agrede al dirigente Rolando Jiménez (además de acusarlo de pedófilo y de pervertir a menores de edad). El letrado del MOVILH entiende que “es claro que este juez venía predeterminado, tomó la decisión de manera previa a escucharnos, lo que atenta contra el debido proceso”. Debido a esta consideración, el letrado anuncia que la entidad LGTB recurrirá ante la Corte de Apelaciones.

El activista del MOVILH Rolando Jiménez  ha explicado cómo “aquí todo el país ha visto como este sujeto me ha agredido y acosado durante meses, además de perseguirme en la vía pública cada vez que me ve, a lo que suman acusaciones gravísima y golpes”. Jiménez denuncia que “para Salles, en cambio Soto jamás me ha acosado e injuriado”, razón por la que califica el auto del magistrado como una  “resolución indignante y demostrativa del desprestigio del poder Judicial en Chile”. Son muchas las muestras de los execrables actos de hostigamiento por parte del pastor extremista hacia activistas como Rolando Jiménez.

Tal y como el MOVILH le ha explicado a dosmanzanas, Soto ha llegado a perseguir al activista Jiménez en eventos públicos y hasta en la sede de la organización. “Lo ha esperado por horas en las afueras de La Moneda y del Congreso Nacional para hostigarlo y literalmente cercarlo junto a otras personas en la vía pública a objeto de impedir su libre tránsito”. Además, le ha espetado “las ofensas homofóbicas más violentas que se le conocen, llegando a comparar a Jiménez con el mismo diablo y  con Hitler”. Incluso llegó a afirmar que el accidente cerebrovascular que afectó al dirigente gay en diciembre pasado era “un hecho justo y obra de Dios”. A la par, Soto  ha usado a niños de menos de 10 años en videos en los que se ataca a Jiménez por el libro Nicolás tiene dos papás.

Una de las situaciones más graves, según recuerdan desde el MOVILH, ocurrió durante la audiencia de preparación de juicio oral, pues en ese momento Soto asistió acompañado de unas 100 personas, entre ellas madres con niños en brazos,  que se abalanzaron contra Jiménez y otros activistas, insultándolos, lanzándoles agua y escupitajos, además de pellizcarlos, golpearlos en brazos y piernas y romper sus pertenencias.

Un pastor que avergüenza a las propias iglesias evangélicas

Como publicaba dosmanzanas en diciembre, el pastor Soto fue invitado al Congreso de Chile por el diputado de la Democracia Cristiana Jorge Sabag, con el que mantuvo un encuentro en la cafetería del edificio, aunque luego Soto desapareció de su vista y se personó a iniciativa propia en la sala donde se reunía la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Allí increpó a gritos a los diputados que habían votado a favor del proyecto de Acuerdo de Vida en Pareja (por 11 votos a 1), que calificó de “perversión e inmundicia”, encarándose con ellos y siendo finalmente desalojado por guardias de seguridad. Incluso el diputado Cristián Monckeberg, actual presidente de Renovación Nacional (uno de los partidos de la oposición conservadora) ayudó a expulsarlo de la sala.

“Los evangélicos pedimos respeto para todas las personas, al margen de su condición y pensamiento. Rechazamos de la forma más categórica la discriminación, el acoso y fanatismo religioso inspirado en la intolerancia. En este sentido, creemos importante que la sociedad en su conjunto se proteja de estos brotes de incitación al odio”. Así se expresaba la Mesa Ampliada de Iglesias Evangélicas en boca de su presidente, el obispo Emiliano Soto, tras lo sucedido en el Parlamento de Chile.

LGTBfobia continuada, desde la más absoluta impunidad

Desgraciadamente, el nombre de este pastor no nos resulta ajeno, en relación a toda clase de manifestaciones de odio motivado por la diversidad sexual y la identidad de género.  En abril del año pasado, Soto atribuyó dos de las más recientes tragedias que han asolado Chile (el terremoto que afectó a su zona norte y el incendio de Valparaíso) a la “ira de Dios” por el hecho de que Chile estudiara la aprobación de leyes de reconocimiento de las parejas del mismo sexo. Ya antes de eso se había plantado ante el Palacio de la Moneda con un altavoz anunciado “miles de muertos en la quinta región del país” si el Congreso de Chile aprobaba el reconocimiento de las parejas del mismo sexo. Este verano, sin ir más lejos, volvía a protagonizar una asquerosa escena en la que el pastor profería improperios homófobos contra el dirigente Rolando Jiménez y otros activistas, mientras pisoteaba una bandera arcoíris:

Cualquier ciudadano puede comprobar el fanático proceder de Javier Soto a través de los vídeos y las informaciones recogidas en los medios de comunicación. Por lo tanto, no se puede ignorar la gravedad de las mismas o que estas están motivadas por el odio LGTBfóbico. Preguntémonos si la resolución del magistrado hubiera sido la misma ante una hipotética grabación en la que un activista pisoteara un ‘libro sagrado’, vociferando toda clase de insultos y agresiones verbales. “Agotaremos todas las diligencias necesarias para un juicio justo. Lo de hoy es de una vergüenza tan grotesca, como violenta”, concluyen desde el MOVILH. Dosmanzanas expresa su solidaridad con los activistas chilenos y desea que se haga verdadera justicia contra este sujeto indeseable.

Fuente Dosmanzanas

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MOVILH se querella contra el pastor evangélico Carlos Javier Soto Chacón, por acoso

Sábado, 3 de enero de 2015
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querella_movilhRolando Jiménez (derecha), activista gay y expresidente de Movilh, presentando la querella contra el ‘Pastor Soto’

Con el patrocinio del abogado Jaime Silva, el Movilh acusó a Soto de agredir y calumniar al activista Rolando Jiménez y presentó como testigo de los hechos al diputado Gabriel Silber. El victimario llegó hasta tribunales para acosar nuevamente a los activistas. Y mientras tanto, el Arzobispo Ezzati vuelve a negar derechos de las familias homoparentales

El Movilh solicita a la justicia chilena para el denominado “Pastor Soto” la pena de tres años de presidio menor en su grado medio y una multa de 10 Unidades Tributarias (UTM) mensuales (unos 580 euros).

 El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) ha presentado una querella criminal contra el fanático evangélico Carlos Soto por acoso y ofensas homofóbicas al expresidente de la organización, Rolando Jiménez.

Ramón Gómez, presidente del Movilh, indicó que “Soto no sólo ha increpado a Jiménez, como lo ha hecho con muchas personas. Lo ha perseguido a eventos públicos y hasta nuestra sede”. “Lo ha esperado por horas en las afueras de La Moneda y del Congreso Nacional para hostigarlo, lo ha literalmente cercado junto a otras personas en la vía pública para impedir su libre tránsito y le ha lanzado ofensas homofóbicas violentas, comparándolo con el Diablo y Hitler“, indicó. Incluso, añadió, Soto sube los vídeos agresivos a su canal de Youtube.

Este mes, Jiménez fue intervenido por un accidente cerebrovascular, y a pesar de esto, Soto llegó hasta las oficinas del Movilh para hostigarlo. “La situación es tan grave que apenas dieron de alta a Rolando por un accidente cerebrovascular, Soto llegó hasta la sede para hostigarlo, sin importarle su delicado estado de salud. Esto es violencia pura”, apuntó Gómez. Incluso, cuando estaban tramitando la querella criminal en el Juzgado de Garantía local en Santiago, Soto protestó en contra de la medida.

La semana pasada, la Fundación Iguales, organización que promueve la inclusión de la diversidad sexual en la sociedad chilena, también se querelló contra el “Pastor Soto” por hostigamiento y amenazas en contra de sus dirigentes.

Hace dos semanas, Soto entró en la Cámara de Diputados donde se discutía una ley sobre el reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo y se enfrascó en una fuerte discusión con los legisladores hasta que fue expulsado por los guardias. Tras la protesta y arremetida contra algunos parlamentarios, la Cámara Baja decidió presentar acciones legales contra él.

El presidente de la Cámara de diputados, Aldo Cornejo señaló que optaron por acudir a la justicia tras la “inusitada e inaceptable violencia al interior de la Cámara, arriesgando la integridad de los presentes a esta instancia“.

Fuente MOVILH

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