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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dice que los países transfóbicos deben reconocer los nombres y géneros de las personas trans

Sábado, 19 de octubre de 2024
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European Court Of Justice, Luxembourg

European Court Of Justice, Luxembourg

La decisión es un paso monumental y ayudará a proteger a las personas trans en los 27 países de la Unión Europea.

Por Mira Lazine, viernes 4 de octubre de 2024

Hoy, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que los estados miembros deben reconocer los documentos legales de otros países que reflejen el cambio de nombre e identidad de género de una persona, independientemente de las propias leyes del estado miembro sobre el cambio de nombre e identidad.

Esta decisión se produce a la luz de un hombre transgénero rumano, Arian Mirzarafie-Ahi, que se mudó al Reino Unido cuando el país insular aún era miembro de la Unión Europea (UE). Mirzarafie-Ahi había cambiado legalmente su identidad de género y su nombre mientras estaba en el Reino Unido. Intentó utilizar sus documentos británicos recién modificados para recibir un certificado de nacimiento modificado de Rumania. Sin embargo, el país no reconoció su nombre e identidad alterados, lo que le llevó a demandar a Rumanía ante el TJUE.

Rumania argumentó que el cambio de nombre y género violaba sus leyes y que, dado que el Reino Unido ya no era miembro de la UE, cualquier cambio dentro de ese país no necesita ser reconocido por Rumania bajo sus obligaciones con otras naciones miembros de la UE.

Sin embargo, el tribunal argumentó que el razonamiento de Rumania restringiría ilegalmente la libertad de circulación y residencia de los ciudadanos de la UE entre diferentes países.

IMG_7883Arian Mirzarafie-Ahi

Además, el tribunal argumentó que la política de Rumania supondría una carga indebida para personas como Mirzarafie-Ahi, quienes entonces tendrían que ser conocidos con dos nombres y géneros diferentes en diferentes países, creando obstáculos legislativos cuando intentan demostrar su identidad. El tribunal dijo que tales políticas restringirían el “derecho a establecer detalles de su identidad como seres humanos individuales, que incluye el derecho de las personas transexuales al desarrollo personal y la integridad física y moral y al respeto y reconocimiento de su identidad sexual”.

El tribunal también dictaminó que el estado de la salida del Reino Unido de la Unión Europea es irrelevante, ya que las personas todavía tienen derechos durante el período de transición del Reino Unido mientras abandonan la UE.

Al ejercer su libertad de circulación y residencia en el Reino Unido, antes de la retirada de ese Estado miembro de la Unión Europea y antes de que finalice el período transitorio, respectivamente, podrá invocar, frente a ese Estado miembro de origen, los derechos pertenecientes a ese estatus”, dice el tribunal.

Mirzarafie-Ahi dijo a The Washington Post que esto “es realmente sorprendente”, especialmente a la luz de sus experiencias pasadas con Rumania. Cuando viajaba al país, a menudo tenía problemas con el control fronterizo, que lo presionaba sobre las diferencias entre la información de su pasaporte y su apariencia real. Le hacían preguntas invasivas sobre las cirugías que había recibido y cómo eran sus genitales. Rumania se negó a actualizar su pasaporte.

Ahora, sin embargo, puede afirmar abiertamente que es de Rumanía.

Esta decisión refleja un caso similar de 2018, donde el TJUE dictaminó que los estados miembros deben reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo de otros países, incluso si ellos mismos no permiten tales uniones. El fallo del tribunal enfrentó un inmenso rechazo por parte de países más conservadores de la UE como Bulgaria, que argumentaron que el fallo restringiría sus derechos individuales.

Lo mismo pueden argumentar ahora los Estados miembros de la UE, dice Catherine Barnard, experta en derecho de la UE en la Universidad de Cambridge.

Por supuesto, para los liberales es algo bueno utilizar los tribunales para presionar a Rumania para que sea más progresista, pero si eres más conservador u hostil a la UE, puedes decir: ‘¿Cómo se atreve la UE a interferir en cosas que ir al corazón de nuestras creencias’”, dijo Barnard a The Washington Post.

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La asesora legal de Mirzarafie-Ahi, la abogada de derechos humanos Iustina Ionescu, dijo en un comunicado: “El veredicto de hoy nos ha demostrado que las personas trans son ciudadanos iguales de la Unión Europea. Cuando has reconstruido una vida en otra parte de la Unión Europea porque no eres bienvenido en tu propio país, es normal pedir que te traten con dignidad cuando interactúas con las autoridades de tu país de origen”.

Marie-Hélène Ludwig, litigante estratégica principal de la organización de derechos LGBTQ+ ILGA-Europa, dijo en un comunicado: “El fallo de hoy confirma que sin el reconocimiento mutuo del reconocimiento legal de género de un Estado miembro a otro, el derecho a la libertad de movimiento y residencia es no está garantizado para las personas trans en la UE. Es una gran victoria que muestra el poder del litigio estratégico en la UE”.

Esta sentencia tendrá un impacto inmensamente positivo, aumentando la protección legal para todas las personas trans en la UE, especialmente porque ciertos países de la UE como Rumania aún no proporcionan un marco legal para el reconocimiento legal del género de acuerdo con los estándares del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. ”, añadió Ludwig

Fuente LGBTQNation

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El Constitucional de Rumanía consultará con la justicia europea sobre el reconocimiento de un matrimonio gay celebrado en el extranjero

Sábado, 3 de diciembre de 2016
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adrian-si-clabourn2El Tribunal Constitucional de Rumanía vuelve a posponer la resolución del recurso presentado por una pareja de hombres, casada en Bélgica, para el reconocimiento legal de su enlace. Pero el retraso conlleva esta vez un atisbo de esperanza: antes de tomar su decisión, que estaba prevista inicialmente para el pasado martes, los jueces rumanos consultarán con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su parecer sobre el asunto.

Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, tendrán que esperar aún para conocer el desenlace de su demanda para ver reconocido su matrimonio. La pareja se casó legalmente en Bélgica y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Los representó la abogada Iustina Ionescu de la organización Accept.

Tras un largo proceso judicial, en julio de este año el Constitucional anunció que retrasaba la resolución de la demanda hasta el 20 de septiembre. Llegada esa fecha, su presidente Valer Dordeanu anunciaba que la decisión aún no está tomada y volvía a posponer el fallo, que se esperaba para el martes 29 de noviembre. Pero esta semana, el tribunal anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces puedan consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta parte de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo.

La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de los miembros es un ciudadano comunitario. La resolución podría sentar un importante precedente, como recuerda Katrin Hugendubel de ILGA-Europa: muchas parejas, perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias, “estarán esperando también con impaciencia el resultado de este caso”.

Sobre las perspectivas que se abren con el nuevo escenario, en el que entra en juego la justicia europea, se pronunció también la abogada de los demandantes Iustina Ionescu: “Es alentador. El Tribunal manda el mensaje de que Rumanía es un miembro de los países europeos que comparten unos valores comunes, como la libertad de movimiento”. Se trata de la primera vez que el Constitucional rumano pide opinión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que hace difícil hacer un pronóstico sobre el resultado final.

Del alto tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas. Otras han sido más decepcionantes, como cuando el año pasado consideraba considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento.

Para que la iniciativa prospere, debe ser aprobada por el 75% de los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular. La posibilidad de que el referéndum se realizara de manera coincidente con las elecciones generales del próximo diciembre fue descartada por el Senado rumano, por lo que la consulta quedó pospuesta hasta la próxima legislatura. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta homófoba, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Constitucional de Rumanía aplaza su decisión sobre el reconocimiento de un matrimonio gay celebrado en el extranjero

Jueves, 22 de septiembre de 2016
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adrian-si-clabourn2El Tribunal Constitucional de Rumanía ha pospuesto de nuevo la resolución del recurso presentado por una pareja de hombres, casada en Bélgica, para el reconocimiento legal de su enlace. El fallo, que se aplaza al mes de octubre, podría ser determinante para el proceso de prohibición constitucional del matrimonio igualitario que tiene lugar en el país.

La pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, contrajo matrimonio en Bélgica y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Los representó la abogada Iustina Ionescu de la organización Accept.

Tras un largo proceso judicial, en julio de este año el Constitucional anunció que retrasaba la resolución de la demanda hasta el 20 de septiembre. Este martes, su presidente Valer Dordeanu anunciaba que la decisión aún no está tomada y volvía a posponer el fallo, esta vez hasta octubre. El alto tribunal conmina a las partes a comparecer de nuevo para presentar sus alegatos. Para Dordeanu, la extensión y la complejidad del asunto hacen necesaria una deliberación más profunda. “Es un caso muy complejo” y de “elevado impacto mediático” que puede crear un importante precedente, según el presidente de la sala.

El presidente de la organización LGTB MozaiQ, Vlad Viski, animó a armarse de paciencia ante el retraso en la resolución del caso y destacó como positivo que se vayan a oír de nuevo los argumentos a favor de la igualdad en la más alta instancia judicial del país. Según expertos legales citados por el Gay Star News, sin embargo, es muy probable que el Constitucional rumano rechace de todas formas la apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento, cuyas dos cámaras deberán aprobarla con una mayoría de dos tercios para luego ser sometida a consulta popular. Existe la posibilidad de que el referéndum se celebre conjuntamente con las próximas elecciones generales, lo cual hace temer que la campaña electoral se centre en los derechos de la población LGTB, con el consiguiente riesgo de que la profunda LGTBfobia social llegue hasta los discursos políticos y electorales.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. Por ello, la Coalición por la Familia de Rumanía ha logrado reunir tres millones de firmas para obligar al Gobierno rumano a convocar un referéndum, cuyo propósito es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Presentadas las firmas en el Parlamento, la propuesta debía obtener un dictamen favorable del Tribunal Constitucional, que debía revisar si la supresión de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, tal y como se establece en la legislación rumana, es contraria a la Carta Magna.

Sin embargo, el alto tribunal decidió el pasado 20 de julio que se puede permitir la discriminación constitucional de parte de la población de Rumanía en función de su orientación sexual, por lo que la iniciativa popular puede continuar el trámite parlamentario. Para que prospere, debe ser aprobada por el 75% de los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular. Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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