La despenalización de la homosexualidad entra en vigor en Angola
El pasado 9 de febrero entraba por fin el vigor la despenalización de las relaciones homosexuales en Angola. Aunque la reforma del Código Penal que lo ha hecho posible fue aprobada en 2019 (en su momento nos hicimos eco) el proceso de confirmación por parte del presidente del país ha supuesto un considerable retraso en su entrada en vigor. Por fortuna, ya hoy podemos decir que Angola abandona el todavía numeroso grupo de países que criminaliza la homosexualidad.
Tras la aprobación de la reforma del viejo Código Penal (heredado de la época colonial portuguesa) por el Parlamento angoleño en enero de 2019, el presidente del país, João Lourenço, hizo uso de su derecho de veto, al considerar que las penas que contemplaba el nuevo texto no eran suficientemente duras. Después de que el Parlamento hiciera algunos cambios para acomodar las observaciones del presidente, el texto fue definitivamente aprobado en noviembre de 2020, aunque no ha sido hasta el 9 de febrero cuando ha entrado en vigor. Por fortuna, la despenalización de las relaciones homosexuales no fue objeto de discusión en la revisión del texto.
La noticia es aún mejor si se considera que el cambio no se limita a la despenalización de las relaciones homosexuales, ya que se suma además la prohibición de la discriminación en base a la orientación sexual de las personas. Así, por ejemplo, rechazar a un trabajador o negarse a prestar servicios a un ciudadano por su orientación sexual podría costar hasta dos años de cárcel.
Es cierto que en Angola, a diferencia de otros países de África, la homosexualidad no ha sido objeto de una persecución sistemática, pero la persistencia del viejo Código Penal, que castigaba cualquier tipo de relación homosexual, mantenía en una situación especialmente vulnerable al colectivo LGTBI, que al menos se ve liberado ahora del miedo de acabar en la cárcel. Una mejora que se venía gestando desde hace varios años. Ya en 2017 el informe sobre homofobia de Estado de ILGA dejaba entrever una buena predisposición por parte de las autoridades angoleñas a modificar la situación. «En 2013, la delegación de Angola respondió a una pregunta del Comité de Derechos Humanos de la ONU sobre discriminación social de las personas en función de su orientación sexual, diciendo: ‘El principio de igualdad se encuentra consagrado en la Constitución, pero mensurar la discriminación contra los homosexuales en la sociedad es difícil. Sin embargo, las actitudes culturales estarían cambiando. Por ejemplo, la representación de dos parejas de personas del mismo sexo en una telenovela angoleña no fue condenada por los televidentes», podía leerse en el informe de aquel año, que también destacaba como hecho positivo que la institución nacional encargada de los derechos humanos incluyese la orientación sexual en sus trabajos. Precisamente en junio de 2018 anticipamos la mejora de la situación del colectivo LGTB en Angola, cuando recogimos la noticia de la legalización del primer colectivo LGTB en la historia del país, Íris Angola.
Alrededor de 70 países y territorios siguen penalizando la homosexualidad
De acuerdo al último informe de ILGA, 69 países miembros Naciones Unidas continúan penalizando en sus leyes las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo. Uno de esos 69 países es Bután, cuyo Parlamento ya ha aprobado la despenalización, pero aún debe sancionarla el rey. En las legislaciones de otros dos países, Egipto e Irak, no aparecen específicamente penalizadas las relaciones homosexuales, pero lo están de facto, al imputarse delitos contra la decencia o el escándalo público. En Irak, además, tribunales populares castigan este tipo de relaciones al aplicar la sharía o ley islámica.
A esta lista hay que añadir otros 3 territorios: Indonesia (donde la penalización de las relaciones sexuales rige en las regiones de Aceh y Sumatra Meridional), las Islas Cook (una región autónoma de Nueva Zelanda) y la franja de Gaza, donde están vigentes leyes heredadas del pasado colonial británico y existe la amenaza de adaptación de las leyes a la sharía.
Además, según el informe de ILGA, en Corea del Sur no se castigan las relaciones homosexuales en su Código Penal, pero su Ley Penal Militar sí que las tipifica como «actos indecentes», estableciendo penas de prisión con trabajos forzados de hasta dos años.
Fuente Dosmanzanas
Comentarios recientes