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Por primera vez, la justicia italiana reconoce los derechos de parentalidad de una pareja gay que tuvo a su hijo mediante gestación subrogada

Jueves, 24 de marzo de 2016
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160510714-9e8c527f-96b9-46ce-8b09-f005beea6402Sentencia judicial histórica en Italia: un tribunal de menores de Roma ha reconocido como padre de un niño de seis años a la pareja de su padre biológico. No se trata de la primera vez que la justicia italiana reconoce la que se ha dado en llamar stepchild adoption, pero sí de la primera vez que lo hace a una pareja de hombres, y no de mujeres. También es la primera vez que ocurre con un niño nacido mediante gestación subrogada.

El niño, de seis años, nació mediante gestación subrogada en Canadá, país en el que este procedimiento es legal. Italia sí que reconocía a su padre biológico como padre del niño, pero no así al padre no biológico, que en junio del año pasado solicitó la adopción. El tribunal de menores de Roma la ha concedido, al considerar que por encima de cualquier otra consideración debe primar el bienestar del menor, que desde que nació ha sido criado y educado por sus dos papás.

La sentencia, que se emitió a finales de 2015 pero que acaba de hacerse pública, es inédita por dos razones: por un lado, se trata de la primera vez que se concede la stepchild adoption a una pareja de hombres. Por otro, no ha existido apelación por parte de la fiscalía de menores, por lo que la sentencia es definitiva y no tendrá que enfrentarse a un tribunal de rango superior.

El fallo del tribunal de menores de Roma está en línea con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que recordemos que en junio de 2014 fallaba a favor de dos matrimonios franceses que tuvieron sus tres hijas mediante gestación subrogada y a las que Francia se negó a registrar pese a que las niñas estaban reconocidas como hijas de sus padres en Estados Unidos. El tribunal europeo consideró entonces que esta negativa violaba el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el derecho de los menores al respeto de su vida privada, socavando su identidad y produciéndoles un perjuicio. En definitiva, los estados pueden prohibir la gestación subrogada, pero no negar los derechos de filiación a los menores nacidos legalmente mediante este procedimiento en otro país que se los reconozca.

Sentencias anteriores, solo en parejas de mujeres

Volviendo a Italia, son ya varias las sentencias previas que reconocen la stepchild adoption, término anglosajón que los italianos ha adoptado para designar la posibilidad de que, en el seno de una pareja del mismo sexo, uno de los miembros de la pareja pueda adoptar a los hijos del otro miembro de la pareja. Pero hasta ahora siempre se había tratado de parejas de mujeres. El último caso del que nos hicimos eco, hace apenas tres semanas, fue el de una adopción “cruzada”: cada una de las dos mujeres era madre de una niña, en los dos casos recurriendo a reproducción asistida en Dinamarca. Las dos niñas tienen ya 4 y 8 años. Pero no ha sido hasta ahora cuando la justicia ha concedido la adopción de cada una de las niñas a su madre no biológica. De esta forma, ambas madres ven reconocidos legalmente sus derechos parentales sobre las dos menores.

La más destacada de las sentencias hasta ahora, no obstante, había sido la que el pasado diciembre emitía un tribunal de apelaciones de Roma, confirmando la sentencia que ya año y medio antes había emitido el tribunal de menores, y que por primera vez avalaba que una mujer pudiese adoptar a la hija biológica de su pareja del mismo sexo (ya en su momento recogimos la que entonces fue histórica sentencia. La pareja de mujeres, residente en Roma desde el año 2003, tuvo una hija mediante reproducción asistida en un país extranjero que no ha trascendido, donde también contrajeron matrimonio. Con posterioridad, reclamaron ante la justicia italiana la adopción del menor por parte de la madre no biológica).

Esta sentencia, no obstante, está pendiente de ser revisada por la Corte Suprema de Casación, el más alto tribunal italiano. El caso, sin embargo, abrió un camino que es el que otros tribunales italianos ya están siguiendo. En enero de 2015, por ejemplo, era un tribunal de apelaciones de Turín el que reconocía los derechos de parentalidad de otra pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona, cuyo registro civil reconoce al niño como hijo de ambas. Y en diciembre otro tribunal de apelaciones, esta vez en Milán, reconocía como válida la adopción concedida en España a una mujer italiana que adoptó a la hija biológica de su pareja. La historia de esta pareja es bastante similar a la anterior: se casaron (luego se divorciaron) y tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en España, aunque en este caso ambas mujeres son italianas. Aún así, el tribunal considera que el procedimiento de adopción en España debe ser reconocido en Italia.

Sentencias, todas ellas, que sin embargo quedan “superadas” por la conocida este lunes, única en la que no se ha producido apelación… y que por tanto es ya definitiva.

Una justicia por delante de su clase política

Todas estas sentencias tienen lugar mientras la clase política italiana se muestra incapaz de aprobar una ley de uniones civiles entre parejas del mismo sexo que reconozca, aunque sea de forma limitada, a las familias homoparentales. La aprobación del proyecto en el Senado solo ha sido posible después de que el Gobierno italiano aceptase eliminar del proyecto la stepchild adoption, lo que seguirá obligando,  a las parejas del mismo sexo con hijos, incluso cuando se apruebe el proyecto que les permita unirse civilmente, a acudir a la justicia italiana caso por caso para hacer valer sus derechos de parentalidad.

Fuente Dosmanzanas

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130 médicos y biólogos de Francia se autoinculpan por haber ayudado a mujeres sin pareja masculina a acceder a la reproducción asistida

Martes, 22 de marzo de 2016
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imagesHasta 130 médicos y biólogos se han autoinculpado, en una carta publicada en el diario Le Monde, de haber colaborado en los procesos de reproducción asistida de parejas de mujeres y de mujeres solas, una práctica prohibida en Francia y que el gobierno de ese país, pese a su promesa electoral, ha decidido mantener en la ilegalidad para no provocar la ira de los grupos conservadores. 

En Francia, la reproducción asistida solo está permitida a parejas de distinto sexo, casadas o no, que además deben acreditar la esterilidad de al menos uno de sus miembros. Se trata de una prohibición total, que afecta tanto a clínicas públicas como privadas, y que obliga a cualquier mujer francesa sin pareja masculina que desee ser madre a acudir a países vecinos, como Bélgica o España.

La modificación de esta prohibición había sido durante años una de las banderas del Partido Socialista francés en materia de derechos LGTB, y de hecho la promesa estaba incluida en el programa con el que los socialistas ganaron las elecciones legislativas de 2012. El propio presidente François Hollande se posicionó siendo candidato presidencial a favor del cambio. Tras su elección, sin embargo, pasó a adoptar una posición ambigua, respondiendo cuando se le preguntaba una cosa u otra en función del auditorio que tuviera delante. No fue sin embargo hasta 2014, tras la remodelación que siguió a la derrota socialista en las elecciones municipales y que convirtió a Manuel Valls en el nuevo jefe de gobierno, cuando se anunció la renuncia a aprobar la modificación legal.

Una marcha atrás que tenía lugar en el contexto de la derechización que Valls impuso al Gobierno socialista, uno de cuyos elementos ha sido el acercamiento a la Iglesia católica y a los contrarios a los derechos LGTB. Laurence Rosignol, que entró con Valls en el gobierno francés como secretaria de estado de Familia, recibió, en el que fue uno de sus primeros gestos políticos, a los representantes de la Manif pour tous, el movimiento homófobo que lideró las protestas contra el matrimonio igualitario, ante los cuales adelantó la renuncia a modificar la reproducción asistida. La propia Rossignol, ahora ascendida a ministra de Familia, Infancia y Derechos de las Mujeres, confirmaba la marcha atrás en una entrevista a Libération publicada en febrero. “No quiero que se diga que la izquierda promueve debates sociales para distraer la atención, como fue el caso durante el debate sobre el matrimonio igualitario. La vociferación de la Manif pour tous lo paralizó todo. No quiero verme impotente en todo lo que tengo que hacer por lanzar un debate sobre la PMA [procréation médicalement assistée, o reproducción asistida]. Ahora, usted dice ‘PMA’ y las redes sociales arden. Estos temas deben ser tratados por una sociedad apaciguada. Y yo ahora trabajo para apaciguarla”,  justificaba, pese a asegurar que ella, “a título personal”, estaba en contra de la prohibición.

Una argumentación especialmente cobarde: que un gobierno democráticamente elegido renuncie a acabar con una disposición legal discriminatoria en materia de derechos civiles, tal y como había prometido en su programa, para así mantener “apaciguados” a los defensores de dicha discriminación no hace sino reforzar a estos. No está de más recordar que la cobardía del Gobierno francés va incluso más allá de negar a las mujeres sin pareja masculina el derecho a la reproducción asistida, aún pagándola de su bolsillo en una clínica privada. El gobierno de Valls se negó incluso a apoyar en 2014 una enmienda legislativa presentada por dos diputados verdes cuyo objetivo era asegurar que al menos en aquellas parejas de lesbianas que ya son madres (por haber recurrido a la reproducción asistida en otros países) la madre no gestante fuese reconocida legalmente. Afortunadamente, pese a la negativa gubernamental, la Corte francesa de Casación acabó por confirmar ese derecho, aunque obligando a las madres no gestantes a iniciar un proceso de adopción de los que al fin y al cabo son sus propios hijos.

Los firmantes piden actualizar una legislación anacrónica

La postura del gobierno ha enfurecido no solo a los colectivos LGTB, sino a muchos profesionales de la reproducción asistida que no entienden esta marcha atrás. En en este contexto que 130 de ellos han decidido visibilizar públicamente que ellos mismos han ayudado a las mujeres que tienen prohibido el acceso a la reproducción asistida en su proceso, como una forma de denunciar la actual situación, y han solicitado una modificación de la legislación de reproducción asistida para permitir la donación de esperma a mujeres con independencia de su esquema relacional y orientación sexual. La carta, promovida por el ginecólogo René Frydman, considerado el padre del primer “bebé probeta” francés, está firmada por algunos de los más prestigiosos especialistas franceses en este campo, como François Olivennes o Israël Nisand.

Los especialistas firmantes piden además, de una forma general, la puesta en marcha de un verdadero plan de apoyo a la reproducción asistida que contemple otras actualizaciones de la ley francesa, como que se facilite la donación de ovocitos, que las mujeres puedan congelar sus ovocitos en previsión de un embarazo posterior (algo que en Francia solo se permite si la mujer presenta una patología que amenaza su fertilidad) o que se permita el diagnóstico genético preimplantacional.

Fuente Dosmanzanas

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Usan una foto de familia homoparental con fines homófobos

Sábado, 12 de marzo de 2016
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homofobia_Italiala foto de B.J. Barone y Frankie Nelson sosteniendo a su hijo Milo por primera vez utilizada en Campaña homófoba de Fratelli d’Italia

Una política irlandesa ha publicado la imagen en Twitter con el mensaje “debemos reafirmar el derecho de un niño a crecer y a ser amado por su propia madre y su propio padre”.

 En 2014, la fotógrafa canadiense Lindsay Foster retrató una emotiva escena de dos hombres que acababan de ser padres. B.J. Barone y Frankie Nelson sostenían a su hijo Milo por primera vez, nacido por gestación subrogada, al lado de su madre. La foto se convirtió en un fenómeno viral y miles de personas la compartieron para apoyar la adopción por parte de parejas homosexuales.

Pero dos años después, el retrato ha sido utilizado por la política irlandesa Mary E. Fitzgibbon con otros fines. La ha compartido en Twitter junto con la de una familia formada por un hombre, una mujer embarazada y un niño, con el siguiente mensaje: “debemos reafirmar el derecho de un niño a crecer y a ser amado por su propia madre y su propio padre”.

El partido de extrema derecha Fratelli d’Italia también la ha utilizado en pósters con las frases “Nunca podrá decir ‘mamá’. Debemos defender el derecho de los niños”.

Buzzfeed se ha puesto en contacto con B.J. Barone y Frankie Nelson, y la pareja se ha mostrado preocupada por la deriva que están tomando los acontecimientos. “La campaña de ese partido es ‘Todo niño necesita una madre”, explica, “y están usando la foto para decir que nosotros estamos impidiendo a Milo el derecho a tener una. Es algo que no apoyamos, por supuesto”.

Otra persona frustrada con la situación es la fotógrafa. Foster asegura que nadie le ha pedido permiso para usar la imagen, y que se está utilizando sin ni siquiera acreditar a su autora. Por eso ella asegura estar “trabajando para tomar acciones legales en contra de todos aquellos que usen mi foto”. B.J. Barone y Frankie Nelson van a publicar un libro llamado Las aventuras de Milo, para compartir toda la experiencia de su paternidad.

Fuente Cáscara Amarga

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Hito judicial en Chile: otorgan el cuidado de una menor a su madre no biológica tras su ruptura con la madre biológica

Viernes, 4 de marzo de 2016
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melisamafrediujacquelinediazPor primera vez en la historia judicial de Chile, un tribunal ha concedido el cuidado (temporal, por el momento) de una niña a una madre no biológica después de su ruptura con la madre biológica. La sentencia, que sitúa los derechos de la menor por encima de cualquier otra consideración, supone un hito en el reconocimiento de la homoparentalidad en Chile.

En el momento de nacer la niña, que cuenta ahora con 5 añitos, Jacqueline Díaz y C.B. eran pareja. Sin embargo, cuando la relación terminó, esta última (madre biológica) abandonó el hogar y dejó a la menor bajo el cuidado de Jacqueline (el padre biológico siempre estuvo ausente).

A finales de 2015, ambas madres acordaron que la niña pasaría parte de las fiestas navideñas con C.B, pero esta no la devolvió en la fecha acordada. A partir de ahí comenzó la batalla legal. Jacqueline acudió a la justicia para reclamar que la niña volviera al que siempre ha sido su hogar. El Primer Juzgado de Familia de San Miguel (una de las comunas de Santiago, la capital chilena) le ha dado la razón, entregándole el cuidado provisorio de la menor. La jueza Beatriz Ramírez, basándose en los informes disponibles, ha resuelto que aunque la niña asegura querer a sus dos mamás, es Jacqueline la que garantiza la mejor cobertura de sus necesidades básicas y emocionales.

El tribunal considera probado que Jacqueline es la que ha cuidado de la niña en todo este tiempo (así lo atestiguan los diversos documentos sanitarios y escolares) y ha actuado como una cuidadora responsable, cooperadora, activa y “muy preocupada por la niña manteniendo ésta excelente asistencia, agregando en el informe las educadoras no conocer a la madre biológica ni al padre biológico de la niña, ya que no acudieron nunca al colegio”. Por el contrario, el fallo considera que la madre biológica presenta un estado emocional “inestable”. Uno de los elementos que también ha pesado es el hecho de que ya en mayo de 2015 se llevó a la niña durante dos meses del hogar de Jacqueline, devolviéndola luego “con signos de mal cuidado, bajo peso, pediculosis, con temor a la oscuridad y manifestando tener miedo a que se le terminara la comida”. En consecuencia, el tribunal considera que la niña debe quedar “bajo la protección y responsabilidad de doña Jacqueline”.

Para Melisa Manfredi, la abogada del MOVILH (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual) que ha ayudado a Jacqueline en su batalla legal, la sentencia es un hito “que marca un importante precedente sobre la crianza y adopción homoparental, toda vez que se pone el centro del debate al interés superior del niño, sin importar la orientación sexual de quien los críe”. Por su parte, el portavoz de MOVILH, Rolando Jiménez, ya ha anunciado que “daremos esta lucha hasta al final, hasta que Jacqueline obtenga la tuición definitiva, pues es ella quien garantiza estabilidad y felicidad a la niña”.

Fuente MOVILH

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La justicia italiana reconoce una adopción “cruzada” a una pareja de mujeres con dos hijas

Viernes, 4 de marzo de 2016
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Two women and a little girl walking up steps La realidad es tozuda y acaba por abrirse camino. Pocos días después de que el Gobierno italiano aceptase eliminar la stepchild adoption como única forma de que el proyecto de uniones civiles entre parejas del mismo sexo sobreviviese en su paso por el Senado, un tribunal de menores de Roma ha autorizado una adopción “cruzada” en el seno de una pareja de mujeres. Precisamente lo que el Senado acaba de negar… concedido por la justicia por partida doble. 

Cada una de las dos mujeres de la pareja es madre de una niña, en los dos casos recurriendo a reproducción asistida en Dinamarca. Las dos niñas tienen ya 4 y 8 años. Pero no ha sido hasta ahora cuando gracias a un recurso de la abogada Francesca Quarato, miembro de los colectivos Rete Lenford y Famiglie Arcobaleno, un tribunal de menores de Roma ha concedido la adopción de cada una de las niñas a su madre no biológica. De esta forma, ambas madres ven reconocidos legalmente sus derechos parentales sobre las dos menores.

Aunque se trata del primer caso en el que la justicia italiana reconoce una adopción “cruzada”, no es sin embargo el primer caso de stepchild adoption (término anglosajón que los italianos ha adoptado para designar la posibilidad de que, en el seno de una pareja del mismo sexo, uno de los miembros de la pareja pueda adoptar a los hijos del otro miembro de la pareja). De hecho, el pasado diciembre un tribunal de apelaciones de Roma confirmaba la sentencia que año y medio antes había emitido un tribunal de menores de la capital italiana, y que por primera vez avalaba que una mujer pudiese adoptar a la hija biológica de su pareja del mismo sexo (ya en su momento recogimos la que entonces fue histórica sentencia. La pareja de mujeres, residente en Roma desde el año 2003, tuvo una hija mediante reproducción asistida en un país extranjero que no ha trascendido, donde también contrajeron matrimonio. Con posterioridad, reclamaron ante la justicia italiana la adopción del menor por parte de la madre no biológica).

El caso abrió en su momento un camino que otros tribunales italianos ya están siguiendo. En enero de 2015, por ejemplo, era un tribunal de apelaciones de Turín el que reconocía los derechos de parentalidad de otra pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona, cuyo registro civil reconoce al niño como hijo de ambas. Y en diciembre otro tribunal de apelaciones, esta vez en Milán, reconocía como válida la adopción concedida en España a una mujer italiana que adoptó a la hija biológica de su pareja. La historia de esta pareja es bastante similar a la anterior: se casaron (luego se divorciaron) y tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en España, aunque en este caso ambas mujeres son italianas. Aún así, el tribunal considera que el procedimiento de adopción en España debe ser reconocido en Italia.

Italia: una justicia por delante de su clase política

Todas estas sentencias tienen lugar mientras la clase política italiana se muestra incapaz de aprobar una ley de uniones civiles entre parejas del mismo sexo que reconozca, aunque sea de forma limitada, a las familias homoparentales. La aprobación del proyecto en el Senado ha dejado, de hecho, al colectivo LGTB italiano con una sensación agridulce… tirando a agria. Si bien es cierto que supone la vía libre a que por fin Italia, el último gran país de Europa occidental en hacerlo, reconozca las parejas del mismo sexo (hasta Chipre o Grecia, dos países de tradición ortodoxa, a la que se le supone una mayor hostilidad hacia las relaciones entre personas del mismo sexo, la habían adelantado ya), lo sucedido demuestra hasta qué punto los derechos de una minoría se han convertido en moneda de cambio del juego político italiano, con un primer ministro (Matteo Renzi) más preocupado de mantener unido a su partido, el Partido Democrático, o un Movimiento 5 Estrellas más preocupado de dejar en evidencia la división interna de los de Renzi que de reconocer los derechos de las familias homoparentales.

Las parejas del mismo sexo con hijos, por tanto, seguirán estando obligadas a acudir a la justicia italiana caso por caso para hacer valer sus derechos.

Fuente Dosmanzanas

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El presidente de Portugal, Aníbal Cavaco Silva, promulga la ley que permite la adopción homoparental

Martes, 23 de febrero de 2016
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anibal-cavaco-silva-390x285El presidente de Portugal, Aníbal Cavaco Silva, ha promulgado finalmente la ley que permite la adopción homoparental, después de que el Parlamento levantara el veto que él mismo le había impuesto. Cavaco Silvia ha esperado hasta el último día del plazo establecido por la ley para cumplir con su obligación constitucional, permitiendo de esta manera que Portugal deje de ser el único país que había otorgado a sus ciudadanos el derecho al matrimonio igualitario, pero impedía la adopción a las parejas del mismo sexo.

Después de que el pasado 10 de febrero la Asamblea de la República de Portugal levantara el veto presidencial a la ley que permite la adopción homoparental, el jefe de Estado en funciones y responsable del veto, el presidente Aníbal Cavaco Silva, disponía de un plazo de ocho días para promulgarla. En esos ocho días, el gabinete de prensa del presidente se negó reiteradamente a dar información alguna al respecto.

Dado que el ordenamiento jurídico portugués no contempla sanción alguna para el “veto de cajón” (el hecho de dejar aparcada indefinidamente una ley aprobada sin promulgarla), se temía un último acto de insumisión y de LGTBfobia por parte de Cavaco Silva, y que dejara que quien cumpliera con el deber constitucional de la promulgación fuera el presidente electo, Marcelo Rebelo de Sousa, que tomará posesión del cargo el próximo 9 de marzo.

Sin embargo, el pasado viernes, el gabinete de Presidencia comunicaba que “la ley ha sido promulgada el jueves 18 de febrero, dentro de los plazos constitucionales, como siempre ocurre”. Cavaco Silva se ha visto obligado, por tanto, a respaldar con su firma como jefe de Estado una ley que vetó el pasado 23 enero, tras ser aprobada por el Parlamento el 20 de diciembre de 2015. Se trataba, además, de su última decisión como presidente de Portugal, en un acto que simbolizaba a la perfección la profunda LGTBfobia de que ha hecho gala durante toda su carrera política.

Isabel Fiadeiro Advirta, presidenta de ILGA-Portugal, se ha congratulado de la promulgación, y ha declarado que “Cavaco ha demorado, pospuesto y aplazado todo lo que ha podido, haciendo esperar a las familias, a los niños, pero la promulgación era inevitable. Pero ya está. Las parejas casadas del mismo sexo que tienen niños a la espera de la coadopción, ya pueden hacerlo; y también se podrá adoptar. Son buenas noticias”. Portugal deja así de ser el único país que había legalizado el matrimonio igualitario pero impedía la adopción homoparental.

Un largo periplo hasta la aprobación

La ley portuguesa de matrimonio igualitario fue aprobada en 2010, pero incluyendo una cláusula discriminatoria que impedía optar a la adopción, y ello pese a que las personas homosexuales solteras sí pueden adoptar. De esa manera, Portugal era el único país de Europa con matrimonio igualitario pero sin adopción homoparental.

La limitación fue impuesta por el entonces gobernante Partido Socialista (PS) contra el criterio de otros grupos de izquierda, y muchos la consideraron inconstitucional, dado que la Constitución de Portugal es una de las pocas del mundo que recoge de forma expresa la no discriminación por razones de orientación sexual. De hecho, aunque la ley fue sometida a revisión por el Tribunal Constitucional portugués por iniciativa del presidente de la república, el conservador Aníbal Cavaco Silva, esta cláusula quedó expresamente fuera de la consulta, para evitar precisamente que fuese el único punto declarado inconstitucional.

En febrero de 2012, ya con mayoría de centroderecha, el Parlamento rechazó acabar con esta discriminación, pero varios diputados del PS expresaron su intención de promover un proyecto que legalizara la coadopción, es decir, la posibilidad de que uno de los cónyuges de un matrimonio entre personas del mismo sexo pudiese adoptar a los hijos legalmente reconocidos del otro, para dar seguridad jurídica a las familias homoparentales ya existentes.

En mayo de 2013 el gobernante Partido Social Demócrata (PSD, de tendencia centroderechista) permitió de hecho que prosperara la iniciativa cuando fue votada en primera lectura. Una actitud que causó malestar entre las bases más conservadoras de ese partido, lo que derivó en que ocho diputados pertenecientes a sus juventudes propusieran un referéndum sobre la materia. El PSD acabó haciendo suya la iniciativa de referéndum, que incluía además la formulación de dos preguntas (una sobre coadopción y otra sobre adopción conjunta), aunque la estratagema se topó con el Tribunal Constitucional, que debía dar su visto bueno. El alto tribunal consideró que no podía preguntarse al mismo tiempo sobre coadopción y sobre adopción conjunta, puesto que generaba confusión y la respuesta a una de las preguntas podía generar un efecto de “arrastre” sobre la otra. La iniciativa del PS volvió al Parlamento, donde fue derrotada por tan solo cuatro votos.

Los partidos de izquierda no renunciaron a dar la batalla y en enero de 2015 presentaron tres proyectos para permitir la adopción de menores por parte de las parejas casadas del mismo sexo. Las propuestas fueron derrotadas con los votos del PSD y de sus socios del CDS-PP, situados aún más a la derecha. La novedad, en este caso, fue el voto favorable del Partido Comunista, que en el pasado se había abstenido en las votaciones sobre la materia. Por parte de los dos grandes partidos hubo varios diputados que se saltaron las directrices de su formación: siete representantes del PSD apoyaron la iniciativa del PS y, en sentido contrario, tres socialistas se opusieron a la adopción homoparental.

Finalmente, tras las últimas elecciones, en las que las fuerzas de izquierda lograron superar a la coalición formada por el PSD y el CDS-PP, en diciembre de 2015 se logró aprobar un texto de consenso que permitía la adopción a las parejas del mismo sexo en las mismas condiciones que a las parejas heterosexuales. Sin embargo, el LGTBfobo presidente de la República, Aníbal Cavaco Silva, decidió concluir su mandato presidencial poniendo un obstáculo más a la ley, e interpuso su veto el 23 de enero de 2016. Apenas unas semanas después, el 10 de febrero, el Parlamento decidía mayoritariamente levantar el veto presidencial, por que lo que ley tan solo queda a la espera de ser definitivamente promulgada.

Sin embargo, el LGTBfobo presidente de la República, Aníbal Cavaco Silva, decidió concluir su mandato presidencial poniendo un obstáculo más a la ley, e interpuso su veto el 23 de enero de 2016. Apenas unas semanas después, el 10 de febrero, el Parlamento decidía mayoritariamente levantar el veto presidencial, por que lo que ley tan solo quedaba a la espera de ser definitivamente promulgada, lo que ha ocurrido, finalmente este 18 de febrero de 2016.

Fuente Dosmanzanas

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El Registro Civil de Colombia ya reconoce oficialmente a las familias homoparentales

Jueves, 18 de febrero de 2016
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colmbia_familia_gayLa Registraduría Nacional del Estado Civil ha impartido órdenes a todas las oficinas encargadas para realizar el registro civil de nacimiento de hijos e hijas de parejas homosexuales.

 Los menores de edad en Colombia podrán estar registrados con dos mamás o dos papás, cumpliéndose así la Sentencia SU-696, fechada en 2015.

Para el abogado Germán Humberto Rincón Perfetti, esta circular garantiza tranquilidad y seguridad jurídica para las parejas del mismo sexo, quienes hasta ahora habían intentado, sin éxito, registrarse.

A partir de este momento, estas parejas comparecerán con la plena certeza de la obligación de realizar la inscripción. Además, los funcionarios encargados del registro civil ya tendrán claro cuándo podría actuar la Procuraduría y cuándo no.

La Corte tomó esta determinación al estudiar el caso de Antonio y Bassanio –nombres cambiados por la Corte en el expediente, para proteger su identidad– que recurrieron a la gestación subrogada y tuvieron gemelos en Estados Unidos, pero no pudieron registrarlos en Colombia.

La ponencia del decreto fue llevada a cabo por la magistrada Gloria Ortiz, quien dictó 30 días de plazo para que la Registraduría modificara el Registro Civil de Nacimiento, añadiendo la opción de incorporar el nombre de dos varones o dos mujeres a la hora de identificar a los progenitores.

Igualmente, se expedirá una circular única dirigida a todas las notarías y consulados del país, explicando la decisión tomada por la Corte, los cambios en el Registro y que mientras se aplica el nuevo formato, las peticiones que lleguen para registrar hijos biológicos de parejas del mismo sexo deberán seguir usando el formato actual, pero sin que con ello impidan reconocer los derechos de los menores.

Fuente Agencias/Cáscara amarga

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El Parlamento portugués levanta el veto presidencial a la ley que permite la adopción homoparental

Viernes, 12 de febrero de 2016
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parlamento_portugalLa Asamblea de la República portuguesa ha levantado el veto presidencial a la ley que permite la adopción homoparental, con el apoyo de 137 diputados de los 230 que componen la única cámara del Parlamento. Aníbal Cavaco Silva, jefe de Estado en funciones hasta ser relevado el próximo 9 de marzo, deberá promulgar en el plazo de ocho días la misma ley a la que interpuso su veto. Portugal dejará de ser, de esta manera, el único país europeo que garantizaba el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero no permitía la adopción homoparental.

Este miércoles 10 de febrero se ha celebrado en la Asamblea de la República de Portugal una votación para levantar los dos últimos vetos interpuestos por el, ahora en funciones, jefe de Estado, el presidente Aníbal Cavaco Silva. Uno de ellos afectaba a la ley que permite la adopción a las parejas del mismo sexo, aprobada por el Parlamento portugués el pasado 20 de diciembre de 2015 y vetada por el presidente Cavaco Silva el 23 de enero de este año, concluyendo así su mandato haciendo gala una vez más de su inveterada LGTBfobia.

Un total de 137 diputados, de los 230 que componen la Asamblea de la República, ha votado a favor del levantamiento del veto. Al esperado apoyo de los diputados del Partido Socialista (PS), el Bloque de Izquierda, Los Verdes y el partido animalista Personas-Animales-Naturaleza (PAN), se ha sumado el de algunos diputados del centroderechista Partido Socialdemócrata (PSD), ahora en la oposición, y al que pertenece Cavaco Silva. En contra del levantamiento han votado el resto de los representantes del PSD y los del derechista Centro Democrático Social-Partido Popular (CDS-PP).

La cifra de votos favorables al levantamiento del veto ha superado ampliamente los 116 requeridos, por lo que la ley de adopción homoparental deberá ser promulgada obligatoriamente. La normativa portuguesa establece un plazo de ocho días desde la decisión de la Asamblea de la República para que se efectúe la promulgación, por lo que, de cumplirse el calendario, sería el propio Aníbal Cavaco Silva quien debería promulgarla, pues continuará como jefe de Estado en funciones hasta ser relevado el próximo 9 de marzo por el vencedor en las pasadas elecciones presidenciales, Marcelo Rebelo de Sousa.

Sin embargo, la ley no contempla sanción alguna para el jefe de Estado si no efectúa la promulgación en el plazo establecido, por lo que, conociendo la historia del personaje político, pudiera darse el caso de que Cavaco Silva hiciera un acto de pura insumisión negándose a cumplir con sus deberes. En todo caso, únicamente supondría una leve demora, pues el presidente de la República entrante, el anteriormente citado Marcelo Rebelo de Sousa, ya ha declarado que no tendría ningún inconveniente en promulgar la ley.

Cuando el acto de la promulgación definitiva tenga lugar, Portugal dejará de ser el único país europeo donde estaba permitido el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero no la adopción homoparental.

Un largo periplo hasta la aprobación

La ley portuguesa de matrimonio igualitario fue aprobada en 2010, pero incluyendo una cláusula discriminatoria que impedía optar a la adopción, y ello pese a que las personas homosexuales solteras sí pueden adoptar. De esa manera, Portugal era el único país de Europa con matrimonio igualitario pero sin adopción homoparental.

La limitación fue impuesta por el entonces gobernante Partido Socialista contra el criterio de otros grupos de izquierda, y muchos la consideraron inconstitucional, dado que la Constitución de Portugal es una de las pocas del mundo que recoge de forma expresa la no discriminación por razones de orientación sexual. De hecho, aunque la ley fue sometida a revisión por el Tribunal Constitucional portugués por iniciativa del presidente de la república, el conservador Aníbal Cavaco Silva, esta cláusula quedó expresamente fuera de la consulta, para evitar precisamente que fuese el único punto declarado inconstitucional.

En febrero de 2012, ya con mayoría de centro-derecha, el Parlamento rechazó acabar con esta discriminación, pero varios diputados del PS expresaron su intención de promover un proyecto que legalizara la coadopción, es decir, la posibilidad de que uno de los cónyuges de un matrimonio entre personas del mismo sexo pudiese adoptar a los hijos legalmente reconocidos del otro, para dar seguridad jurídica a las familias homoparentales ya existentes.

En mayo de 2013 el gobernante PSD permitió de hecho que prosperara la iniciativa cuando fue votada en primera lectura. Una actitud que causó malestar entre las bases más conservadoras de ese partido, lo que derivó en que ocho diputados pertenecientes a sus juventudes propusieran un referéndum sobre la materia. El PSD acabó haciendo suya la iniciativa de referéndum, que incluía además la formulación de dos preguntas (una sobre coadopción y otra sobre adopción conjunta), aunque la estratagema se topó con el Tribunal Constitucional, que debía dar su visto bueno. El alto tribunal consideró que no podía preguntarse al mismo tiempo sobre coadopción y sobre adopción conjunta, puesto que generaba confusión y la respuesta a una de las preguntas podía generar un efecto de “arrastre” sobre la otra. La iniciativa del PS volvió al Parlamento, donde fue derrotada por tan solo cuatro votos.

Los partidos de izquierda no renunciaron a dar la batalla y en enero de 2015 presentaron tres proyectos para permitir la adopción de menores por parte de las parejas casadas del mismo sexo. Las propuestas fueron derrotadas con los votos del PSD y de sus socios del CDS-PP, situados aún más a la derecha. La novedad, en este caso, fue el voto favorable del Partido Comunista, que en el pasado se había abstenido en las votaciones sobre la materia. Por parte de los dos grandes partidos hubo varios diputados que se saltaron las directrices de su formación: siete representantes del PSD apoyaron la iniciativa del PS y, en sentido contrario, tres socialistas se opusieron a la adopción homoparental.

Finalmente, tras las últimas elecciones, en las que las fuerzas de izquierda lograron superar a la coalición formada por el PSD y el CDS-PP, en diciembre de 2015 se logró aprobar un texto de consenso que permitía la adopción a las parejas del mismo sexo en las mismas condiciones que a las parejas heterosexuales. Sin embargo, el LGTBfobo presidente de la República, Aníbal Cavaco Silva, decidió concluir su mandato presidencial poniendo un obstáculo más a la ley, e interpuso su veto el 23 de enero de 2016. Apenas unas semanas después, el 10 de febrero, el Parlamento decidía mayoritariamente levantar el veto presidencial, por que lo que ley tan solo queda a la espera de ser definitivamente promulgada.

Fuente Dosmanzanas

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Italia: el Movimiento 5 Estrellas de Grillo da libertad de voto a los suyos sobre la adopción homoparental

Jueves, 11 de febrero de 2016
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Logo_M5S_2015-11-18Malas noticias para la igualdad de las personas LGTB en Italia. El Movimiento 5 Estrellas, el partido liderado por el cómico Beppe Grillo que con su discurso contra la política tradicional se colocó en las últimas elecciones como el segundo más votado de Italia, ha sucumbido a la gran movilización homófoba contra el proyecto de uniones civiles entre personas del mismo sexo y ha decidido dar libertad de voto a sus parlamentarios sobre la denominada stepchild adoption, es decir, la posibilidad de que en el seno de una pareja del mismo sexo uno de los miembros de la pareja pueda adoptar a los hijos del otro. Un giro que ha producido estupefacción en los colectivos LGTB italianos y que amenaza con descafeinar aún más el proyecto.

Italia sigue siendo el único gran país de Europa occidental que carece de reconocimiento alguno de las parejas del mismo sexo, más allá de algunas iniciativas locales de escaso alcance (hasta la muy ortodoxa Grecia ha aprobado ya una regulación en este sentido). Y ello pese a que tras el histórico resultado del referéndum irlandés sobre el matrimonio igualitario el primer ministro Renzi declaraba que “las uniones civiles no pueden retrasarse más”. Curiosamente, el propio Renzi era el que había actuado hasta entonces como freno al proyecto, pese a que el Parlamento salido de las elecciones de 2013 no debería tener, de acuerdo a las posiciones defendidas por los partidos en ese momento, especiales dificultades para aprobarlo.

La propuesta que está sobre la mesa es la presentada por la senadora Monica Cirinnà en junio de 2014, que reconocería a las parejas del mismo sexo su derecho a contraer una unión civil con derechos similares a los del matrimonio salvo la adopción conjunta. Sí que permitiría, bajo ciertas circunstancias, la adopción por parte de uno de los miembros de la pareja de los hijos que ya tenga el otro miembro de la pareja. Algo que por cierto ya ha sido reconocido por la propia justicia italiana. El proyecto recibía por fin la aprobación de la Comisión de Justicia del Senado en mayo pasado, y parecía reactivarse en octubre, aunque finalmente no ha llegado al pleno del Senado hasta ya entrado 2016, ante la desesperación de los colectivos italianos.

En todo este tiempo, Matteo Renzi (Partido Democrático, PD) ha intentado llegar a un acuerdo con su socio principal de gobierno, el Nuevo Centro Derecha de Angelino Alfano (actual ministro del Interior), que se niega a aceptar el proyecto de Cirinnà y prefiere una regulación de menor nivel que ni siquiera contemple la posible adopción de los hijos de la pareja. No ha sido posible. Renzi, partidario de dejar libertad de voto en esta última cuestión, se ha visto abocado a dejar de lado a Alfano y confiar en que a una supuesta mayoría de parlamentarios de su propio partido se sumasen diversas fuerzas menores de izquierda y sobre todo el Movimiento 5 Estrellas (M5S), que hasta ahora se había mostrado inequívocamente partidario del proyecto.

Y decimos hasta ahora, porque después de las recientes y masivas movilizaciones populares tanto a favor como en contra del proyecto, el M5S ha decidido dar libertad de voto por lo que a la adopción se refiere. Una decisión que Beppe Grillo hacía pública en su blog el pasado fin de semana, “en respuesta a tantas peticiones por parte de los electores, inscritos y portavoces del M5S sobre este tema ético”, y que justificaba en el hecho de que en la votación online sobre la materia que los inscritos llevaron a cabo en 2014, y cuyo resultado fue masivamente favorable a dar el sí a las uniones civiles, no se mencionaba expresamente la adopción. Un argumento discutible, por cierto, dado que en el texto explicativo que en su momento acompañaba a la votación sí que se explicaba que la ley excluía la adopción “ex novo” por parejas del mismo sexo).

La decisión del M5S complica la aprobación íntegra del proyecto Cirinnà, ya amenazada previamente por la división existente dentro del propio PD, un partido que es en realidad una amalgama de democristianos, centristas, socialdemócratas y socialistas, y en el seno del cual hay un grupo consolidado de contrarios al proyecto en su versión actual. Lo que pueda suceder en próximos días, cuando el Senado comience a votar las innumerables enmiendas, es de hecho imprevisible. No tanto por la existencia de contrarios a la stepchild adoption en el seno del M5S (la web Gay.it estima que no serían más de tres) como por el efecto “psicológico” de la decisión del M5S, que demuestra la tremenda fuerza que los católicos tienen en la política italiana con independencia del sesgo ideológico de los partidos.

Seguiremos con atención lo que suceda…

Fuente Dosmanzanas

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La Asamblea de Ecuador asume las restricciones en materia LGTB pedidas por Correa a la ley de identidad y datos civiles

Jueves, 4 de febrero de 2016
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538f8a6adf846Tal y como se preveía, la Asamblea Nacional de Ecuador ha aceptado las objeciones que el presidente Rafael Correa planteó a la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles que había sido aprobada en diciembre. Lo ha hecho por 82 votos a favor, 1 en contra y 23 abstenciones (hubo además 6 votos en blanco y 25 ausencias). Ello supone el levantamiento del veto y la aprobación efectiva de la ley. Un texto que incluye la creación de las categorías jurídicas diferenciadas “sexo” y “género”, lo que permitirá a las personas trans ver reconocida su identidad de género en el documento de identidad, pero manteniendo jurídicamente el sexo asignado en el momento del nacimiento. A sugerencia de Correa, la ley limita el principio de autodeterminación del género, al exigir dos testigos que acrediten que la persona mantiene una identidad “contraria” al sexo registrado desde al menos dos años antes, e incluye elementos expresamente discriminatorios hacia las parejas del mismo sexo y las familias homoparentales.

Tal y como fue aprobada en diciembre, el texto recogía (artículo 30) el blindaje jurídico del sexo asignado en el momento del nacimiento, aunque mantenía la posibilidad de que fuese modificado por sentencia judicial. Rafael Correa, sin embargo, consideraba en su veto que era “indispensable” aclarar que la rectificación judicial “solo sería admisible en tanto se intente para modificar el error en que se haya podido incurrir, entre otros casos, por hermafroditismo”. Es por eso que sugería añadir a la frase “El dato del sexo no podrá ser modificado del registro personal único excepto por sentencia judicial” la coletilla “justificada en el error en la inscripción en que se haya podido incurrir”, y así ha sido en efecto aprobado por la Asamblea.

Por lo que se refiere al género, el texto original expresaba (artículo 94) que “Voluntariamente, al cumplir la mayoría de edad y por una sola vez, la persona por autodeterminación podrá sustituir el campo sexo por el de género que puede ser: masculino o femenino; de acuerdo con los requisitos que para el efecto se determine en esta Ley y su reglamento. Este cambio no afectará los datos del registro personal único de la persona relativos al sexo. De darse esta situación, el peticionario podrá solicitar el cambio en los nombres a causa de la sustitución del campo sexo por el de género”. Correa sugirió endurecer el tramite para, en el caso en que la persona quiera dar el paso, exigir la presencia de dos testigos que acreditasen una identidad de género “contraria al sexo del solicitante” durante al menos dos años. Así ha sido, finalmente.

La ley, por tanto, consagra jurídicamente la diferencia entre sexo y género, lo que mantendrá a las personas transexuales vinculadas toda su vida al sexo que les fue asignado en el momento del nacimiento. Una decisión que había sido asumida como un avance por los colectivos trans ecuatorianos, como la plataforma Pacto Trans, que agrupa a 18 organizaciones, si bien el propio Pacto Trans expresaba en diciembre su desacuerdo con el hecho de que fuese opcional el que en el documento de identidad figurase “sexo” o “género” (en ausencia de solicitud expresa, será el sexo el que figure por defecto). Desde el Pacto Trans se criticaba además a los activistas que, como la conocida activista Diane Rodriguez, de Silueta X,  han asumido como un éxito lo que llaman “género opcional”.

En cualquier caso, este aspecto no ha sufrido modificación con el veto presidencial. Sí que lo ha hecho el trámite para solicitar la modificación del género en la cédula de identidad, y que ahora exige dos testigos que acrediten que la persona solicitante expresa una identidad “contraria” a su sexo registral desde al menos dos años antes. Un cambio que curiosamente fue alabado por los colectivos trans más cercanos a Correa, como los integrados en la nueva Plataforma Revolución Trans (en la que está integrada Silueta X) que asegura que “revestir de solemnidad este acto, con dos testigos, evitará que personas ajenas a nuestra comunidad usufructúen o hagan un mal uso de este legítimo derecho”, pero que ha sido muy criticado por el resto de colectivos, que entienden que esta exigencia viola el principio de autodeterminación de género. “Poner testigos para que las personas trans ejerzan su legítimo derecho a la ciudadanía ahonda la preocupante desigualdad entre personas trans y cis-género (no trans), en la que las personas trans seguimos siendo ciudadanos de segunda clase. Yo no quiero testigos para ejercer mi libertad. El tutelaje coarta mi libertad de expresión. La Ley de Registro Civil del Ecuador tutela y discrimina mi identidad trans”, ha manifestado la portavoz del Pacto Trans, Nua Fuentes.

Sobre matrimonio igualitario

Por lo que se refiere al matrimonio, tal y como en diciembre la ley había sido aprobada por la Asamblea no hacía referencia al sexo de los contrayentes. Es cierto que otras leyes, como la propia Constitución y el Código Civil, especifican que en Ecuador el matrimonio solo puede celebrarse entre un hombre y una mujer, prohibiendo por tanto el matrimonio entre personas del mismo sexo. Eso sí, en el apartado referido al registro de matrimonios celebrados en el exterior (artículo 54), el texto dice expresamente que “se prohíbe el registro del matrimonio celebrado entre personas del mismo sexo”.

Sin embargo esto no le pareció suficiente a Rafael Correa, cuya posición militante contra el matrimonio igualitario es bien conocida. Es por eso que el presidente ecuatoriano solicitó que en el texto de la nueva ley, en concreto en el artículo referido a la autoridad ante quien se celebra e inscribe el matrimonio (el 52), se precisase que “al igual que en la Constitución y el Código Civil”, el matrimonio “solo se contrae entre un hombre y una mujer”. 

Adopción y homoparentalidad

La homofobia manifiesta de Correa se muestra también en las sugerencias de cambio que hizo a los apartados sobre adopción e inscripción de los hijos. En el artículo 46, referido a la inscripción y registro de adopciones nacionales e internacionales, Correa pidió incluir la frase “En cualquier caso, la adopción corresponderá solo a parejas de distinto sexo”, para asegurarse de que las parejas homoparentales que hayan podido adoptar en el extranjero no encuentren resquicio legal alguno al que poder agarrarse.

De la misma manera, en los artículos referidos al reconocimiento del hijo en matrimonio o unión de hecho (el 49), Correa pidió que se modificase el texto para incluir de forma explícita que solo se puede ejercer dicho acto si la pareja está formada por un hombre y una mujer. “Si un hombre y una mujer reconocen a su hijo, en el acto del matrimonio o inscripción de la unión de hecho, este particular se hará constar en el acta correspondiente”, ha quedado finalmente el texto. Esta objeción de Correa deriva de que Ecuador reconoce en su Constitución la unión de hecho como una institución abierta a parejas del mismo o de diferente sexo, con derechos y obligaciones similares a los del matrimonio, excepto la adopción.

Una ley con algún claro… y muchísimos oscuros

Respectando las diversas sensibilidades de los colectivos ecuatorianos, no podemos sino hacer notar los muchos puntos oscuros que vemos en la ley que acaba de ser aprobada. Es positivo que las personas trans puedan ver su identidad de género reflejada en sus documentos de identidad, pero creemos poco acertado consagrar jurídicamente las categorías de sexo y género. Consideramos esta solución fallida, en tanto las personas transexuales quedarán de todas formas vinculadas al sexo que les fue asignado en el momento del nacimiento: serán legalmente siempre “hombres” pese a que su género legal sea “femenino”, y viceversa. Máxime cuando sigue siendo el sexo el que determina determinados derechos civiles (por ejemplo, el derecho a contraer matrimonio). Y solo podemos entender como un retroceso importante respecto a la primera versión el exigir dos testigos “que acrediten una autodeterminación contraria al sexo del solicitante y por al menos dos años”.

Y solo como retroceso podemos calificar el hecho de que el armazón jurídico que ya antes impedía a las parejas del mismo sexo contraer matrimonio y adoptar (sea en su país o en otros) se vea reforzado, por más que las parejas del mismo sexo sí dispongan de la posibilidad de contraer una unión civil. Por no hablar de la filiación de los hijos de parejas de lesbianas en los que una de ellas sea madre biológica, una realidad “invisible” que el texto de la ley ni siquiera considera.

Fuente Dosmanzanas

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Primera bebé de Colombia registrada con dos mamás

Martes, 2 de febrero de 2016
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UntitledEn una notaría de Bogotá fue inscripta una menor de edad, hija de una pareja del mismo sexo.

Este miércoles se dio otro logro para la comunidad LGTBI de Colombia. Una niña de siete meses y medio de nacida es la primera bebé colombiana que obtiene un registro civil en el que figuran dos mujeres como sus mamás.

La situación de los derechos de las familias LGTB en Colombia sigue dando pasos en la buena dirección. Pocas semanas después de que la Corte Constitucional rechazase, en primer lugar, que se pueda negar a un menor su derecho a ser adoptado por el hecho de ser los adoptantes una pareja del mismo sexo, y de que pocos días después fallase a favor de una pareja de hombres que en su momento no pudo registrar a sus dos hijos nacidos en California mediante gestación subrogada, ahora dos mujeres han podido registrar como madres a su hija, esta sí nacida en Colombia. Y lo han hecho acogiéndose precisamente a los derechos que esta última sentencia reconocía.

Además de dar vía libre a la inscripción de hijos nacidos por gestación subrogada, en esta última sentencia la Corte Constitucional ordenaba adecuar el formato de los registros de nacimiento y que estos admitiesen a los hijos de parejas del mismo sexo. El más alto tribunal colombiano consideró que los argumentos contrarios a estas inscripciones “se basan en una interpretación tradicional y heterosexual de la familia que aunque se encuentra plenamente protegida por la Constitución, no es la única unión familiar amparada por la Carta”. Hay que tener en cuenta, en este sentido, que ya en 2011, en otra histórica sentencia, la Corte Constitucional de Colombia determinó que las parejas del mismo sexo están protegidas por el derecho constitucional a“conformar una familia”.

El caso de Juliana y Carla es especialmente simbólico porque, aunque cubierto por esta última sentencia de la Corte Constitucional, no ha sido examinado directamente por esta. Tras diez años de convivencia y con registro de una unión marital de hecho, la pareja quiso registrar a Luciana, una bebita concebida por inseminación artificial en la propia Colombia, sin tener que recurrir a la adopción en el seno de la misma pareja (posibilidad a la que también la Corte Constitucional ya dio vía libre en 2014). En su momento presentaron una acción de tutela que les fue denegada, pero esta última sentencia de la Corte les abrió las puertas.

La organización Colombia Diversa acompañó el caso. “Este es el primer caso de una niña nacida en Colombia porque ya teníamos los casos de niños nacidos en el extranjero que fue precisamente la tutela que dio paso a la sentencia de presunción de legitimidad”, ha expresado su directora, Marcela Sánchez. Sánchez ha explicado que ha habido ciertas dificultades y que el trámite se alargó durante dos semanas, al ser el primer caso de estas características que se acogía a la sentencia, pero “después hasta los mismos funcionarios de la registraduría lloraron de emoción”.

Insertamos a continuación un breve reportaje de CM& la noticia con declaraciones de las madres y de Marcela Sánchez:

Marcela Sánchez, directora de Colombia Diversa, señaló que “estas dos madres presentaron una acción de tutela en el pasado, pero se las negaron. Sin embargo, hoy (este miércoles) la Registraduría autorizó el trámite a través de la sentencia de presunción de legitimidad”.

Según la activista, esto se logró a raíz de la sentencia SU- 696 de la Corte Constitucional de noviembre pasado. En esa providencia, de autoría de la magistrada Gloria Stella Ortiz, se analizó el caso de dos colombianos que son pareja y residen en Estados Unidos, y a quienes dos notarías de Medellín y dos de Itagüí les negaron la inscripción de sus hijos en el registro civil de nacimiento.

“Las notarías violaron los derechos fundamentales de los menores de edad a la dignidad humana, a la igualdad y no discriminación, al reconocimiento a la personalidad jurídica y la cláusula de la prevalencia de los derechos de los menores de edad”, dice uno de los apartes del fallo.

La decisión adoptada le ordena a la Registraduría que implemente un nuevo formato en el que “claramente se señale que en las casillas destinadas a identificar al ‘padre’ y ‘madre’ del menor de edad es admisible incorporar el nombre de dos hombres o dos mujeres, en el orden que voluntariamente señale la pareja para efectos de los apellidos legales de su hijo”.

Juliana González, una de las mamás de la pequeña, asegura que llevaban nueve meses y medio luchando para que les dejaran registrar a su hija en Colombia. “Es un logro para los niños, un reconocimiento a nuestra comunidad, un importante avance social y un mensaje de respeto”, dijo. La pareja lleva 10 años junta. Juliana es de Bucaramanga y es abogada.

A su vez, Carla, quien tuvo a Luciana, nació en Bogotá, es ingeniera química y trabaja para una multinacional. Su hija fue concebida por asistencia artificial de un donante que no conocen.

Luego de una sentencia emitida por la Corte Constitucional, en la cual se ordena modificar el formato del registro civil de nacimiento, la Registraduría Nacional del Estado Civil elaboró uno nuevo. Según Marcela Sánchez, en la entidad electoral “hay un formulario en el que se registra el nombre de los padres o de las madres, y son ellos quienes deciden el orden de los apellidos que tendrá el hijo”.

Fuente: El Tiempo/Dosmanzanas

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El Presidente de Portugal Cavaco Silva bloquea la ley de adopción homoparental en Portugal

Miércoles, 27 de enero de 2016
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anibal-cavaco-silva-390x285El presidente de Portugal, Aníbal Cavaco Silva, ha bloqueado ley de adopción homoparental aprobada por amplia mayoría en el Parlamento de Portugal. Un movimiento que reafirma su oposición al derecho y que puede ser una de sus últimas actividades como jefe de Estado del país luso.

Aníbal Cavaco Silva, presidente de la república de Portugal, ha decidido concluir su mandato con el veto a la ley que permitiría la adopción de menores a las parejas del mismo sexo, una medida largamente esperada por los defensores de los derechos LGTB, pues Portugal era el único país europeo con matrimonio igualitario, pero sin adopción homoparental. Sin embargo, la decisión de Cavaco Silva tan solo conseguirá retrasar la promulgación de la ley, pues las fuerzas de izquierda, mayoritarias en el Parlamento, ya han comunicado que votarán para levantar el veto. De cumplirse los plazos establecidos reglamentariamente, sería el propio Cavaco Silva quien debería promulgar la ley tras el levantamiento del veto, pues permanecerá como jefe de Estado en funciones hasta que ceda su cargo al ganador en las últimas elecciones presidenciales, Marcelo Rebelo de Sousa. Sea como sea, Aníbal Cavaco Silva ha querido finalizar su cometido como jefe de Estado haciendo gala una vez más de su inveterada LGTBfobia.

Portugal dio inicio el domingo a sus Elecciones Presidenciales, unos comicios que en su primera vuelta apuntan al ascenso de Rebelo de Sousa (PSD) como sustituto de Aníbal Cavaco Silva.

No obstante, a pesar de que el proyecto legislativo que pretende llevar la adopción homoparental a la república ibérica ha sido ampliamente apoyado por el Parlamento, Cavaco Silva ha aprovechado sus últimos días en el Palacio de Belém para bloquearla junto a la reforma de su ley del aborto. Este veto se debe a la orientación izquierdista de la nueva mayoría en la Cámara, que se opone frontalmente a las políticas de corte conservador y ultrarreligioso que el presidente Caravaco Silva ha impulsado durante la última legislatura.

El pasado 20 de noviembre de 2015, el Parlamento portugués aprobaba un conjunto de proyectos de ley para permitir la adopción homoparental, presentados por el Partido Socialista (PS), el Bloque de Izquierda, Los Verdes y el partido animalista Personas-Animales-Naturaleza (PAN). Las iniciativas recibieron el voto favorable de prácticamente toda la izquierda (se abstuvo Isabel Oneto, una diputada socialista) e incluso recibió 19 votos favorables de las filas del centroderechista Partido Social Demócrata (PSD), que en esa ocasión había dado libertad de voto a sus diputados.

Las iniciativas legislativas aprobadas fueron sometidas al dictamen de la Comisión de Derechos y Garantías del Parlamento, que consensuó un texto unificado de todas ellas, al que dio su aprobación con fecha 16 de diciembre. Tan solo dos días después, el 18 de diciembre, el texto definitivo fue puesto de nuevo a consideración del Parlamento, que lo aprobó con los votos favorables de los todos los representantes de los partidos de izquierda (exceptuando la abstención del socialista António Cardoso) y de 17 diputados del PSD.

La redacción definitiva de la ley regresó a la Comisión de Derechos y Garantías del Parlamento, que le dio su visto bueno el 23 de diciembre y ordenó su publicación. Tan solo faltaba el trámite de su promulgación por parte del jefe del Estado, el presidente de la república Aníbal Cavaco Silva.

Según ha manifestado Cavaco Silva, la legislación que iguala los derechos de adopción entre parejas hetero y homosexuales es ”un cambio radical que requiere la consulta pública más amplia”. De la misma manera ha afirmado que el Parlamento no ha demostrado que respalda suficientemente ”el interés superior del menor’

A su vez, el jefe de Estado Portugués también ha vetado la decisión del Parlamento de eliminar la consejería obligatoria para mujeres que quieren interrumpir su embarazo, alegando que el asesoramiento es un requisito común en otros países europeos y su eliminación merma el derecho a la información.

Después de este movimiento, se espera que el voto de dos tercios de la Cámara obligue a la Presidencia de la República a aprobar ambas leyes. No obstante, en vez de Cavaco Silva, puede ser el presidente entrante, Rebelo de Sousa, quien finalmente la ejecute.

El veto presidencial como recurso al pataleo

Pero Cavaco Silva tenía pensado terminar su mandato presidencial evidenciando una vez más su inveterada LGTBfobia, que ya se puso de manifiesto durante la aprobación del matrimonio igualitario en 2010, para cuya promulgación puso todo tipo de objecciones y cortapisas. Así, una de sus últimas decisiones como presidente ha sido la de vetar la ley de adopción homoparental y devolverla al Parlamento, lo que hizo oficialmente el pasado 23 de enero.

Su excusa para el veto ha sido que, para él, “es importante que no se introduzca un cambio tan grande en un asunto social sin que haya un debate público”, insinuando así la celebración de una consulta popular. También declaraba que había prevalecido en su criterio “el interés de los niños sobre la igualdad entre las parejas del mismo y distinto sexo”. Además, sabiendo que la mayoría parlamentaria de las fuerzas de izquierdas es suficiente para levantar su veto, advertía sibilinamente de que Portugal tiene problemas económicos y sociales más graves que la adopción homoparental.

A pesar de la advertencia, las fuerzas de izquierda han comunicado que procederán al levantamiento del veto a la mayor brevedad, posibilidad que se podría dar incluso esta misma semana. En todo caso, aunque la votación tuviera lugar al término de los quince de plazo establecidos legalmente, sería el propio Cavaco Silva quien tendría que promulgar la ley. El reglamento indica que la promulgación debe efectuarse dentro de los ochos días posteriores al levantamiento del veto, y la investidura como presidente de la república de Marcelo Rebelo de Sousa, ganador en las recientes elecciones presidenciales, no tendrá lugar hasta el 9 de marzo, por lo que Cavaco Silva sería aún el jefe de Estado en funciones. En caso de no hacerlo, estaría violando la Constitución portuguesa, aunque no hay sanción establecida para un caso semejante. Aún así, la ley podría ser promulgada una vez que tomara posesión de su cargo el nuevo presidente, Rebelo de Sousa, que ya ha declarado que no tendría ningún inconveniente en hacerlo.

Cabe recordar que la ley de adopción homoparental fue aprobada por el Parlamento, por iniciativa de los partidos de izquierda, antes de que se formara gobierno tras las elecciones generales del 4 de octubre, pues Cavaco Silva rehusaba nombrar otro primer ministro que no fuera su correligionario Pedro Passos Coelho, del PSD. Sin embargo, su nombramiento fue objeto de una victoriosa moción de censura por parte de la mayoría parlamentaria de izquierdas. Aun así, no fue hasta el 24 de noviembre cuando finalmente Cavaco Silva tomó la decisión de nombrar al socialista António Costa como nuevo primer ministro, tras casi dos meses de incertidumbre y con la amenaza persistente de una nueva convocatoria de elecciones.

Un largo periplo hasta la aprobación

La ley portuguesa de matrimonio igualitario fue aprobada en 2010, pero incluyendo una cláusula discriminatoria que impedía optar a la adopción, y ello pese a que las personas homosexuales solteras sí pueden adoptar. De esa manera, Portugal era el único país de Europa con matrimonio igualitario pero sin adopción homoparental.

La limitación fue impuesta por el entonces gobernante Partido Socialista contra el criterio de otros grupos de izquierda, y muchos la consideraron inconstitucional, dado que la Constitución de Portugal es una de las pocas del mundo que recoge de forma expresa la no discriminación por razones de orientación sexual. De hecho, aunque la ley fue sometida a revisión por el Tribunal Constitucional portugués por iniciativa del presidente de la república, el conservador Aníbal Cavaco Silva, esta cláusula quedó expresamente fuera de la consulta, para evitar precisamente que fuese el único punto declarado inconstitucional.

En febrero de 2012, ya con mayoría de centro-derecha, el Parlamento rechazó acabar con esta discriminación, pero varios diputados del PS expresaron su intención de promover un proyecto que legalizara la coadopción, es decir, la posibilidad de que uno de los cónyuges de un matrimonio entre personas del mismo sexo pudiese adoptar a los hijos legalmente reconocidos del otro, para dar seguridad jurídica a las familias homoparentales ya existentes.

En mayo de 2013 el gobernante PSD permitió de hecho que prosperara la iniciativa cuando fue votada en primera lectura. Una actitud que causó malestar entre las bases más conservadoras de ese partido, lo que derivó en que ocho diputados pertenecientes a sus juventudes propusieran un referéndum sobre la materia.

El PSD acabó haciendo suya la iniciativa de referéndum, que incluía además la formulación de dos preguntas (una sobre coadopción y otra sobre adopción conjunta), aunque la estratagema se topó con el Tribunal Constitucional, que debía dar su visto bueno. El alto tribunal consideró que no podía preguntarse al mismo tiempo sobre coadopción y sobre adopción conjunta, puesto que generaba confusión y la respuesta a una de las preguntas podía generar un efecto de “arrastre” sobre la otra. La iniciativa del PS volvió al Parlamento, donde fue derrotada por tan solo cuatro votos.

Los partidos de izquierda no renunciaron a dar la batalla y en enero de 2015 presentaron tres proyectos para permitir la adopción de menores por parte de las parejas casadas del mismo sexo. Las propuestas fueron derrotadas con los votos del PSD y de sus socios del CDS-PP, situados aún más a la derecha. La novedad, en este caso, fue el voto favorable del Partido Comunista, que en el pasado se había abstenido en las votaciones sobre la materia. Por parte de los dos grandes partidos hubo varios diputados que se saltaron las directrices de su formación: siete representantes del PSD apoyaron la iniciativa del PS y, en sentido contrario, tres socialistas se opusieron a la adopción homoparental.

Finalmente, tras las últimas elecciones, en las que las fuerzas de izquierda lograron superar a la coalición formada por el PSD y el CDS-PP, se logró aprobar un texto de consenso que permitía la adopción a las parejas del mismo sexo en las mismas condiciones que a las parejas heterosexuales. Ahora tan solo resta que la mayoría parlamentaria de izquierdas logre levantar el veto a la ley del presidente Cavaco Silva.

Fuente Agencias / Redacción chueca/ Dosmanzanas

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Toni Comín, un padre gay y cristiano es el nuevo conseller de Sanidad de la Generalitat

Viernes, 22 de enero de 2016
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 Toni Comín (Barcelona, 1971) es el menor de cuatro hermanos, hijos del célebre pensador y político Alfonso Comín, que murió a los 46 años tras una larga enfermedad y sin llegar a tiempo de ocupar su escaño por el PSUC. Comín padre –cristiano y muy de izquierdas– dejó tras él una impresionante producción literaria y ensayística que hoy recoge la fundación con su nombre.

El nuevo conseller, que heredó de su padre la ideología y el Evangelio (es miembro del centro de estudios Cristianismo y Justicia), se licenció en Filosofía y Políticas con un posgrado en Humanidades y, hasta la fecha, tiene empleo como profesor en la escuela de negocios ESADE. Antes lo fue de bachillerato en el colegio Sagrat Cor de la calle Diputació de Barcelona. También tiene estudios superiores de piano y colabora en distintos medios: RAC-1, ‘Ara’, ‘El País’ y la revista cultural de raíz cristiana ‘El Ciervo’.

En 2006, Comín fue de los primeros políticos en salir del armario con el hoy líder del PSC Miquel Iceta. Toni vive con Sergi, su pareja y nueve años más joven. Entre Toni y Sergi educan a la pequeña Laia, de tres años y medio y a quien adoptaron tras un largo proceso de cuatro años de trámites inacabables: de diciembre de 2008 a junio de 2012. Aquel verano se llevó a su hija a casa. Tenía 15 días. “Cuando nos la dieron fue muy bonito. Las enfermeras nos dijeron que la niña era una fuera de serie y tenían razón. Lo dice todo el mundo”, respondía Comín sobre su proyecto de paternidad en pareja al semanario ‘El Singular’. “No se trataba de tener un hijo, sino de darle padres a alguien que ya existe”.

Su trayectoria política discurre entre el socialismo, Jesucristo y la independencia, hasta llegar a ser el primer conseller de Salut: de la plataforma Ciutadans pel Canvi al PSC, del PSC al entorno de ERC y de ahí a la Generalitat como número 2 por ERC en la lista conjunta Junts pel Sí, que lo ha llevado a la conselleria.

Fuente Vanitatis/Oveja Rosa

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Ecuador: el presidente Correa veta la ley de identidad y datos civiles para forzar una redacción que restrinja de forma más clara los derechos LGTB

Miércoles, 20 de enero de 2016
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538f8a6adf846AMPLIACIÓN:

Polémica en Ecuador en torno a la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, que la Asamblea Nacional aprobó en diciembre pasado y sobre la que el presidente Rafael Correa ha impuesto un veto parcial, como anunciábamos el pasado sábado. Una ley que genera opiniones contradictorias entre los colectivos LGTB y uno de cuyos elementos fundamentales es la creación de las categorías jurídicas diferenciadas “sexo” y “género”, lo que permitirá a las personas trans ver reconocida su identidad de género en el documento de identidad, pero manteniendo jurídicamente el sexo que les fue asignado en el momento del nacimiento. Pero la ley, especialmente si acaba aprobándose con las modificaciones sugeridas por Correa, incluye también elementos expresamente discriminatorios hacia las parejas del mismo sexo y las familias homoparentales.

Por lo que se refiere a la identidad de género, la ley, tal y como fue aprobada en la Asamblea, recoge (artículo 30) que “el sexo será registrado considerando la condición biológica del recién nacido, como hombre y mujer, de conformidad a lo determinado por el profesional de la salud o la persona que hubiere atendido al parto. El dato del sexo no podrá ser modificado del registro personal único excepto por sentencia judicial”. Por lo que se refiere al género, el texto aprobado por la Asamblea (artículo 94) dice que “Voluntariamente, al cumplir la mayoría de edad y por una sola vez, la persona por autodeterminación podrá sustituir el campo sexo por el de género que puede ser: masculino o femenino; de acuerdo con los requisitos que para el efecto se determine en esta Ley y su reglamento. Este cambio no afectará los datos del registro personal único de la persona relativos al sexo. De darse esta situación, el peticionario podrá solicitar el cambio en los nombres a causa de la sustitución del campo sexo por el de género”.

En resumen, la ley diferencia entre sexo (que no se puede modificar salvo resolución judicial) y género, y la persona puede decidir, ya con la mayoría de edad cumplida, sustituir el campo “sexo” por el campo “género” en el documento de identidad. Un planteamiento, el de consagrar jurídicamente la diferencia entre sexo y género, que mantendrá a las personas transexuales vinculadas toda su vida al sexo que les fue asignado en el momento del nacimiento. Pese a ello, esta decisión ha sido asumida como un avance por los colectivos trans ecuatorianos, como la plataforma Pacto Trans, que agrupa a 18 organizaciones. Eso sí, Pacto Trans expresaba en diciembre su desacuerdo con el hecho de que sea opcional el que en el documento de identidad figure “sexo” o “género”, algo que considera discriminatorio (en ausencia de solicitud expresa, será el sexo el que figure por defecto). Desde el Pacto Trans se criticaba además a los activistas que, como la conocida activista Diane Rodriguez, de Silueta X,  han asumido como un éxito lo que llaman “género opcional”.

Más allá de esto, en el aspecto referido a la identidad de género el veto de Correa impone algunas modificaciones a la ley. Sobre la posibilidad de que pueda modificarse el sexo registral por decisión judicial, el presidente piensa que el texto debe endurecerse. “Considero indispensable aclarar que la mencionada rectificación solo sería admisible en tanto se intente para modificar el error en que se haya podido incurrir, entre otros casos, por hermafroditismo”, asegura en el escrito remitido a la Asamblea justificando su veto. Es por eso que sugiere añadir a la frase “El dato del sexo no podrá ser modificado del registro personal único excepto por sentencia judicial” la coletilla “justificada en el error en la inscripción en que se haya podido incurrir”. 

Por lo que se refiere a la posibilidad de sustituir en el documento de identidad (que Correa quiere seguir denominando “cédula de identidad”) el sexo por el género, el presidente también sugiere endurecer el texto de la ley para, en el caso en que la persona quiera dar este paso, exigir la presencia de dos testigos que acrediten que existe una identidad de género “contraria al sexo del solicitante” durante al menos dos años. El texto quedaría de la siguiente forma: “Voluntariamente, al cumplir la mayoría de edad y por una sola vez, la persona por autodeterminación podrá sustituir el campo sexo por el de género que puede ser: masculino o femenino; de acuerdo con los requisitos que para el efecto se determine en esta Ley y su reglamento. El acto se realizará en presencia de dos testigos que acrediten una autodeterminación contraria al sexo del solicitante y por al menos dos años, de acuerdo con los requisitos que para el efecto se determine en esta Ley y su reglamento. Este cambio no afectará los datos del registro personal único de la persona relativos al sexo. De darse esta situación, el peticionario podrá solicitar el cambio en los nombres a causa de la sustitución del campo sexo por el de género”.

Un cambio que curiosamente ha sido alabado por los colectivos trans más cercanos a Correa, como los integrados en la nueva Plataforma Revolución Trans (en la que está integrada Silueta X) que asegura que “revestir de solemnidad este acto, con dos testigos, evitará que personas ajenas a nuestra comunidad usufructúen o hagan un mal uso de este legítimo derecho conseguido con sangre y lágrimas por nosotras y nosotros”. Una argumentación que no deja de crearnos dudas. ¿Qué pasará si es una persona cisexual (no transexual) la que desea que en su documento figure el género, y no el sexo…?

Sobre matrimonio y uniones de hecho

Por lo que se refiere al matrimonio, la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, tal y como fue aprobada por la Asamblea, no hace referencia al sexo de los contrayentes. Algo que no puede ser considerado especialmente significativo, ya que otras leyes, como la propia Constitución y el Código Civil, especifican que en Ecuador el matrimonio solo puede celebrarse entre un hombre y una mujer, prohibiendo por tanto el matrimonio entre personas del mismo sexo. Eso sí, en el apartado referido al registro de matrimonios celebrados en el exterior (artículo 54), el texto dice expresamente que “se prohíbe el registro del matrimonio celebrado entre personas del mismo sexo”.

Sin embargo esto no le parece suficiente a Rafael Correa, cuya posición militante contra el matrimonio igualitario es bien conocida. Es por eso que el presidente ecuatoriano considera que en el texto de la nueva ley, en concreto en el artículo referido a la autoridad ante quien se celebra e inscribe el matrimonio (el 52), “debe precisarse, al igual que en la Constitución y el Código Civil, que el matrimonio solo se contrae entre un hombre y una mujer”. 

Adopción y homoparentalidad

La homofobia manifiesta de Correa se muestra también en las sugerencias de cambio que hace a los apartados sobre adopción e inscripción de los hijos. En el artículo 46, referido a la inscripción y registro de adopciones nacionales e internacionales, Correa pide incluir la frase “En cualquier caso, la adopción corresponderá solo a parejas de distinto sexo”. En este punto, conviene recordar que ya la propia Constitución ecuatoriana prohíbe la adopción por parejas del mismo sexo, pero queda claro que la obsesión de Correa llega hasta el punto de modificar también esta ley para asegurarse de que las parejas homoparentales que hayan podido adoptar en el extranjero no encuentren resquicio legal alguno al que poder agarrarse.

De la misma manera, en los artículos referidos al reconocimiento del hijo en matrimonio o unión de hecho (el 49), Correa pide que se modifique el texto para incluir de forma explícita que solo se puede ejercer dicho acto si la pareja está formada por un hombre y una mujer. “Si un hombre y una mujer reconocen a su hijo, en el acto del matrimonio o inscripción de la unión de hecho, este particular se hará constar en el acta correspondiente”, quedaría el texto en caso de aprobarse la propuesta presidencial. Esta objeción de Correa deriva de que Ecuador reconoce en su Constitución la unión de hecho como una institución abierta a parejas del mismo o de diferente sexo, con derechos y obligaciones similares a los del matrimonio, excepto la adopción.

A partir de ahora…

Habrá que ver qué sucede tras el veto presidencial. Según la Constitución de Ecuador, al tratarse de un veto parcial, para que la ley vea la luz la Asamblea puede aceptar las objeciones presidenciales y enmendar el proyecto, pero si desea mantener el proyecto inicialmente aprobado en su forma íntegra, se necesita el voto de las dos terceras partes de sus miembros (algo que parece improbable, dado que la ley fue aprobada en diciembre por 77 votos, menos de los dos tercios de la Asamblea (formada por 37 miembros).

El vicepresidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos Descentralización, Competencias y Organización Territorial de la Asamblea Nacional de Ecuador, Fausto Terán, ha anunciado que el organismo se reunirá la próxima semana para analizarlo y ver si es posible asumir las propuestas presidenciales (tanto las detalladas en esta entrada como otras referidas a otros aspectos de la ley) lo que permitiría la aprobación definitiva. Terán ha opinado a título personal que estas son “de forma” y que la Comisión, en su informe no vinculante, debería recomendar al Pleno el allanamiento íntegro, “más aún cuando las observaciones aclaran el articulado, no hace un cambio radical a la ley”.

Una ley con algún claro… y muchos oscuros

Desde dosmanzanas respetamos las diversas sensibilidades de los colectivos ecuatorianos, algunos de los cuales han saludado lo que consideran avances en materia de transexualidad, pero no podemos sino hacer notar los muchos puntos oscuros que vemos en ella.

Es desde luego positivo que las personas trans puedan ver su identidad de género reflejada en sus documentos de identidad, pero creemos poco acertado consagrar jurídicamente las categorías de sexo y género, por más que en efecto sean conceptos distintos. Consideramos esta solución fallida, en tanto las personas transexuales quedarán de todas formas vinculadas al sexo que les fue asignado en el momento del nacimiento: serán legalmente siempre “hombres” pese a que su género legal sea “femenino”, y viceversa. Máxime cuando sigue siendo el sexo el que determina determinados derechos civiles (por ejemplo, el derecho a contraer matrimonio). Tampoco entendemos que el exigir dos testigos “que acrediten una autodeterminación contraria al sexo del solicitante y por al menos dos años” pueda ser visto como un avance.

Si además la ley se aprueba en la forma sugerida por Correa, las parejas del mismo sexo verán aún más reforzado el armazón jurídico que les impide no solo contraer matrimonio y adoptar en su país, sino hacerlo en otros países y ver luego reconocido ese derecho en Ecuador. Por no hablar de la filiación de los hijos de parejas de lesbianas en los que una de ellas sea madre biológica, una realidad al parecer “invisible” que el texto de la ley ni siquiera considera.

Fuente Dosmanzanas

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El príncipe de Liechtenstein se pronuncia contra la homoparentalidad y sugiere desoír una posible sentencia europea en ese sentido

Miércoles, 13 de enero de 2016
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hans AdamEl pequeño principado de Liechtenstein vuelve a destacar como uno de los países más conservadores de Europa, más por sus gobernantes que por sus pobladores. Su jefe de estado, el príncipe Hans-Adam, se ha declarado contrario a la homoparentalidad, llegando a señalar que el país podría ignorar una eventual sentencia europea que obligara al reconocimiento de las familias con progenitores del mismo sexo.

Recientemente, por mandato de su Tribunal Constitucional, Austria ha aprobado la equiparación de parejas del mismo y distinto sexo en lo referido a la adopción. Esto no ha pasado desapercibido en su pequeño vecino, el principado de Liechtenstein, situado en un valle de los Alpes entre Austria y Suiza. En una entrevista radiofónica con Martin Frommelt, el príncipe Hans-Adam, de 70 años, fue preguntado si tras la reforma austriaca Liechtenstein podía seguir manteniendo la prohibición de adoptar que pesa sobre las parejas del mismo sexo. Respondió afirmativamente: “Creo que debemos mantenerla. Nosotros comprobamos con toda precisión si una adopción es en interés del niño; y si yo me imagino que dos hombres homosexuales adoptan un muchacho —quizás incluso de países en vías de desarrollo—, entonces hay que decir efectivamente que si lo permitimos sería una irresponsabilidad”. El niño tiene derecho, afirma, a crecer en una “familia normal”. Eso sí, ve menos problema cuando es criado por una pareja de mujeres y una de ellas es la madre biológica, aunque ahí también que “hay que poner ciertos límites”.

Más grave, si cabe, fueron sus declaraciones acerca de lo que debería hacer su país si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos les obligase a reconocer la homoparentalidad. Señala, sencillamente, que podrían ignorar la sentencia: “Creo que siempre podemos ignorar ese Tribunal. Si no cumplimos una sentencia judicial, ¿qué harían?”, y es que el Tribunal “no tiene tropas que pudieran invadirnos”.

Como era de esperar, estas declaraciones han traído polémica. Lucas Oehry, líder del colectivo LGTB Flay del principado alpino, afirmó no estar sorprendido con las declaraciones del príncipe pero sí “algo impactado y descolocado“. Por su parte, la diputada Helen Konzett-Bargetze ha afirmado en radio Liechtenstein que “no debe quedar sin respuesta lo que ha dicho el príncipe“.

Liechtenstein: un lento camino hacia la igualdad

liechtensteinEstas declaraciones deben entenderse en el contexto de un país donde el príncipe goza de poderes efectivos y no meramente representativos (actualmente los poderes los ejerce su hijo desde que los delegó en 2004). Además, las decisiones parlamentarias suelen basarse en el acuerdo entre los dos grandes partidos, ambos de carácter conservador. Esto sin duda influyó en que hasta 1989 las relaciones homosexuales estuvieran prohibidas, y que sólo en 2001 fueran equiparadas las edades de consentimiento para relaciones homo y heterosexuales.

No obstante, los cambios sociales han ido llegando también este país. En 2011, hubo un apoyo masivo en referéndum a las uniones civiles entre parejas del mismo sexo. Dicha ley había sido aprobada en marzo de ese año por unanimidad de las fuerzas políticas representadas en el Landtag (Parlamento) del Principado de Liechtenstein, y concedía a las parejas del mismo sexo derechos similares a los de los matrimonios heterosexuales en terrenos como la herencia, seguridad social y pensiones de jubilación, normativa de inmigración y naturalización, así como en el terreno fiscal. Quedaban fuera de la regulación tanto la adopción como el acceso a los procedimientos de reproducción asistida.

Esta ley fue desafiada en referéndum por Vox Populi, una organización constituida al efecto. La convocatoria fue recibida con alegría por Credo, organización católica que había encarnado la oposición a la ley pero que se había mostrado reacia a la idea de promover por sí misma un referéndum. Recordemos que apenas cuatro años atrás, en 2007, el arzobispo de Vaduz, Wolfgang Haas, había declarado que “la homosexualidad es un pecado grave” y que “el reconocimiento de un pecado es un escándalo”. Sin embargo, el referéndum fracasó, y el principado de Liechtenstein adoptó así una regulación equivalente a la de sus dos países vecinos, Suiza y Austria (el Parlamento de Austria había aprobado su ley de uniones en diciembre de 2009, mientras que Suiza lo había hecho, también en referéndum, en junio de 2005).

Precisamente, esta equiparación se ha roto ahora en el caso de Austria, con la reforma mencionada antes, y parcialmente en Suiza, que abrió en 2012 la adopción a los hijos de la pareja. Esto ayuda a entender las declaraciones del príncipe: sus dos referencias más importantes dan pasos adelante, lo que inmediatamente deja al pequeño país en una situación, como mínimo, de desequilibrio.

Fuente Dosmanzanas

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Tribunal reconoce en Italia el derecho a adoptar de una mujer lesbiana

Martes, 29 de diciembre de 2015
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maternidad-en-parejas-lesbianasEsta pareja de mujeres se casó fuera de Italia y viven en Roma desde 2003. Una de ellas concibió al niño mediante inseminación artificial, también fuera del país.

Esta decisión fue recurrida por la Fiscalía

Otra vez ha tenido que ser la justicia italiana la que se pronuncie. Un tribunal de apelaciones de Roma ha confirmado la sentencia que hace ahora año y medio emitió un tribunal de menores de la capital italiana, y que por primera vez en ese país avalaba que una mujer pudiese adoptar a la hija biológica de su pareja del mismo sexo. 

Un tribunal de apelación italiano reconoció el derecho de una mujer lesbiana a adoptar a la hija biológica de su pareja, informó este miércoles un grupo que defiende los derechos civiles, que considera que es un hecho histórico que otorga garantías a las parejas del mismo sexo.

Ya en su momento recogimos la histórica sentencia. La pareja de mujeres, residente en Roma desde el año 2003, tuvo una hija mediante reproducción asistida en un país extranjero que no ha trascendido, donde también contrajeron matrimonio (no reconocido en Italia). Con posterioridad, reclamaron ante la justicia italiana la adopción del menor por parte de la madre no biológica. Para ello contaron con el apoyo de la Asociación Italiana de Abogados de Familia y de Menores (AIAF), cuya miembro Maria Antonia Pili presentó la demanda correspondiente. Se trataba de la primera sentencia que reconocía el derecho de la madre no biológica a adoptar el hijo de su pareja del mismo sexo en Italia.

Año y medio después aquella sentencia, que entonces levantó ampollas el el país transalpino, la Corte de Apelaciones de Roma la ha confirmado, según ha dado a conocer la propia Maria Antonia Pili. “La sentencia confirma que en Italia es posible que el compañero de una pareja homosexual adopte [a los hijos de su pareja].

Esta decisión representa “el reconocimiento del derecho primario de nuestros hijos a que se reconozca legalmente a las dos madres o los dos padres que los han criado”, dijo Marinella Grassadonia, presidenta de la asociación Famiglie arcobaleno (Familia del arcoíris), que lucha por los derechos de los homosexuales en Italia.

Los jueces invocaron “el interés superior y preeminente de que el niño mantenga la cohabitación y el lazo afectivo ya consolidado por el tiempo”, dijo el abogado de la familia, citado por los medios italianos.

Desde la decisión de la corte de menores en 2014, varios tribunales italianos han autorizado adopciones para familias homosexuales, o reconocido vínculos legales adquiridos en otros países.

La confirmación de la sentencia de Roma es una gran noticia, sobre todo teniendo en cuenta que el caso abrió en su momento un camino que otros tribunales ya están siguiendo. En enero de 2015 era un tribunal de apelaciones de Turín el que reconocía los derechos de parentalidad de otra pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona, cuyo registro civil reconoce al niño como hijo de ambas.

Y hace solo unas semanas otro tribunal de apelaciones, esta vez en Milán, reconocía como válida la adopción concedida en España a una mujer italiana que adoptó a la hija biológica de su pareja. La historia de esta pareja es bastante similar a la anterior: se casaron (luego se divorciaron) y tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en España, aunque en este caso ambas mujeres son italianas. Aún así, el tribunal considera que el procedimiento de adopción en España debe ser reconocido en Italia.

Todas estas sentencias tienen lugar mientras el Parlamento italiano sigue acumulando demoras en el prometido proceso de aprobación de una ley de uniones civiles. Una ley que excluiría la adopción conjunta pero que sí permitiría, bajo ciertas circunstancias, la adopción de los hijos que ya tenga la pareja. Era en octubre cuando por última vez hacíamos mención a este proceso, y por entonces conjeturábamos que quizá se retomase en noviembre. No ha sido así. En estos momentos la discusión está prevista para la última semana de enero. Mientras tanto, hasta la muy ortodoxa Grecia ha adelantado ya a la católica Italia…

El matrimonio homosexual, legal en países como Argentina o Uruguay, está reconocido en Reino Unido, Francia y España, pero otros países europeos como Grecia solo admiten uniones civiles.

Fuente Cáscara amarga/Dosmanzanas

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Un tribunal de Puerto Rico reconoce por primera vez una adopción homoparental

Miércoles, 16 de diciembre de 2015
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12346558_10153315546533437_6277255026001375459_nÁngeles Acosta y Carmen Milagros Vélez con su hija Juliana, Foto del Facebook de Pedro Julio Serrano

Nuevo avance de los derechos LGTB en Puerto Rico, apenas cinco meses después de que comenzasen las bodas entre personas del mismo sexo en el estado libre asociado, sujeto a la jurisdicción del Tribunal Supremo de los Estados Unidos (y por tanto a la histórica sentencia que consideró inconstitucional prohibir el matrimonio igualitario). En esta ocasión, una decisión judicial local ha reconocido por primera vez una adopción homoparental. Ya en julio el gobierno de Puerto Rico había ordenado no discriminar a las familias LGTB en el acceso a la adopción, pero es ahora cuando la justicia puertorriqueña falla por fin a favor de una familia cuya lucha se había convertido en todo un símbolo.

Ángeles Acosta y Carmen Milagros Vélez llevaban años intentando que Juliana, hija biológica de Vélez, fuera adoptada por Acosta (su pareja desde hace 25 años) de forma que la adolescente, de 15 años de edad, llevase los apellidos y fuese reconocida como hija de ambas en igualdad de condiciones. En el año 2013, sin embargo, el Tribunal Supremo de Puerto Rico les negó esta posibilidad pese a que el embarazo fue planificado por ambas y logrado mediante inseminación artificial, y que la pareja había contraído matrimonio un año antes en Nueva York (matrimonio que por entonces no era legalmente reconocido en Puerto Rico).

En aquella ocasión el Tribunal Supremo de Puerto Rico, por una ajustada mayoría de cinco votos a cuatro, consideró que la discriminación por razones de orientación sexual no estaba prohibido en la Constitución local, avalando además el criterio de que la familia tradicional era la que protegía mejor el bienestar de los menores. Una decisión que entonces recogimos en dosmanzanas y que fue considerada un duro golpe a la igualdad por los defensores de los derechos LGTB.

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos, catalizador del cambio

El contexto jurídico, sin embargo, ha dado un giro de 180 grados tras la decisión del Supremo estadounidense del pasado junio, y que ha generado una cascada de normas para eliminar la discriminación de las personas LGTB. Entre ellas la Orden Administrativa 2016-01, que fue emitida por la secretaria de Familia de Puerto Rico, Idalia Colón, que decretaba que los empleados de su departamento debían mostrar un trato igualitario a las familias LGTB y establecía, entre otras medidas, que “los trabajadores sociales y técnicos de servicios a la familia que de alguna y otra forma atienden a esta población en los programas de Protección de Menores y de Cuidado Sustituto y Adopción, tendrán la responsabilidad de realizar su trabajo de manera imparcial y sin prejuicios. La directriz aplicará de manera inmediata y de igual forma aplicará a todo el personal que procese solicitudes de servicios en el Secretariado, la Acuden (Administración para el Cuidado y Desarrollo integral de la Niñez), Adsef (Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia) y Asume (Administración de Sustento de Menores)”.

Sin embargo no ha sido hasta ahora, varios meses después, cuando un tribunal de primera instancia de San Juan ha concedido por fin la adopción a Ángeles Acosta de la que siempre ha sido su hija. “Es un día maravilloso para nuestra familia, pero pienso que también es maravilloso para todas nuestras familias, todas las familias diversas, para todos a los que nos han hecho sentir que no somos una familia legítima. Esta vista ha sido hermosa”, declaraba Carmen Milagros Vélez, una vez conocida le decisión. Una decisión que ha sido saludada por el propio secretario de Justicia de Puerto Rico, César Miranda, como “histórica” y como un nuevo logro de los derechos civiles en la isla caribeña.

“¡HISTÓRICO! Se logra la primera adopción por una pareja del mismo sexo en Puerto Rico. El Estado al fin reconoce -lo que siempre ha sido- que Juliana María Acosta Vélez tiene dos mamás: Angeles y Carmen Milagros. El amor siempre vence. #‎AmorEsAmor”, se felicitaba en Facebook el activista puertorriqueño Pedro Julio Serrano.

Sin duda, un gran paso adelante que convierte en realidad lo que hasta ahora era un cambio legal. ¡Nuestra enhorabuena a la feliz familia! Os dejamos con un vídeo de El Nuevo Día con declaraciones de las dos madres:

Fuente Dosmanzanas

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La República Checa reconoce la adopción homoparental

Miércoles, 16 de diciembre de 2015
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adopcion_homosexualLa República Checa ha hecho historia al reconocer, ante un juzgado, que una pareja gay ha adoptado a un niño. No uno de ellos en solitario como soltero, sino que ambos, de forma totalmente legal, son los padres del crío en cuestión.

Una reciente decisión judicial en la República Checa ha reconocido como tales a los hijos de una pareja del mismo sexo adoptados en California. Los padres gozan así de plenos derechos parentales también en el territorio checo, donde vive la abuela de los niños y donde estos pasan sus vacaciones. La decisión se suma a otra anterior del Tribunal Supremo de ese país que ya reconoció a otra pareja la paternidad de dos hijos. Además, actualmente otro hombre lucha por el reconocimiento de su hija fruto de gestación subrogada.

Se trata de una pareja checo francesa que viven en Estados Unidos y que han adoptado a dos gemelos de 10 años. Todos viven juntos en San Francisco, y el padre de nacionalidad checa está encantado porque ahora pueden viajar a su país sin problema alguno. Antes, cuando los niños iban a visitar a su abuela en vacaciones, el padre no tenía derechos legales sobre los niños y ahora podrán pedir la doble nacionalidad si así lo quieren. La pareja vive feliz en San Francisco, pero no descartan mudarse a la República Checa ahora que su paternidad ha sido totalmente reconocida por un juzgado. Es un precedente que puede hacer historia, ya que ahora no serán pocos los padres del mismo sexo que reclamen el mismo trato. Y así, con un poco de suerte, cambia la ley y se convierte en uno de los primeros países en permitir la adopción gay totalmente legal.

Jindřich (checo) y su marido Franck (de nacionalidad francesa) adoptaron dos niños en California cuando aún estaban en su primer año de vida (ahora tienen diez años). Y aunque viven en San Francisco, los chicos viajan con frecuencia a la República Checa a pasar las vacaciones con su abuela. Durante todos estos años, sin embargo, la familia ha vivido sus estancias en el país en una situación de inseguridad jurídica. Esta situación acabó el pasado 5 de noviembre, cuando un juez de la localidad de Prostějov, en Moravia, decidió reconocer plenos derechos parentales a la pareja. Se basó para ello en un cambio en la legislación local sobre derecho internacional privado, que permite a los jueces checos reconocer las decisiones acerca de tutela de menores adoptadas en otros países.

La sentencia ha sido recibida con satisfacción por los padres: “Ahora podremos obtener la ciudadanía checa para nuestros hijos, lo que nos permitirá mudarnos a Chequia. Facilita también nuestros viajes por Europa y a los chicos se les abren las puertas de las escuelas checas. Si pasara algo, Dios no lo quiera, tendríamos derecho a decidir sobre cuestiones médicas. Los chicos se sienten muy bien en Chequia, adoran los knedlíky* de su abuela y les encantaría quedarse aquí” [*masa cocinada de pasta de pan o patata, rellena o no, que acompaña diversos platos con salsa o sopas].

No se trata, de hecho, de la primera vez que en la República Checa se produce este reconocimiento gracias al mencionado cambio legislativo. Este mismo año, otra sentencia judicial, esta vez del Tribunal Supremo, reconoció los dos hijos de otra pareja del mismo sexo. Asimismo, actualmente otro hombre se está esforzando por obtener el reconociendo de paternidad de su hija, que nació por gestación subrogada.

En España es aún bastante difícil de imaginar que sea una realidad con un gobierno que aún permite que se celebre el recuerdo de Franco (y se reúne con Rusia para limitar los derechos de los gays), pero es un hecho que los padres LGBT existen y es una de las luchas sociales que no debemos abandonar.

República Checa y derechos LGTB

Todo esto se produce en un contexto local en el que se ha intentado en vano durante un año aprobar la adopción del hijo biológico de una persona por parte de su pareja del mismo sexo: hay una propuesta de enmienda a la actual ley de parejas (registrované partnerství) pero lleva un año estancada debido a la oposición de los democristianos, una de las las tres fuerzas que componen la coalición de gobierno. Sin embargo, el ministro de Derechos Humanos, Jiří Dienstbier (socialdemócrata) y el de Justicia Robert Pelikán, de ANO (literalmente “sí” en checo: un partido de corte liberal fundado por un multimillonario), han señalado que si el Parlamento no la aprueba tratarán de promover otra enmienda a la ley de parejas para permitir la adopción. Así es al menos si damos crédito a Petr Kalla, un abogado que está representando a parejas del mismo sexo en los tribunales checos.

Por lo demás, estos desarrollos son coherentes con el contexto checo, una de las pocas excepciones a la potente homofobia que impera en lo que antaño fue el otro lado del telón de acero. Si atendemos a los datos del Pew Research Center en 2013, un 80% de los checos considera que la sociedad debería aceptar la homosexualidad (por comparación, España tiene un 88% y Alemania un 87%; Italia, en cambio, se queda en el 74%. La República Checa fue además el primer país del antiguo bloque comunista con una ley de parejas, aprobada en 2006 (registrované partnerství), adelantándose en varios años a Hungría (donde la situación sociopolítica actual es sin embargo mucho más hostil a los derechos LGTB), Estonia, Croacia y Eslovenia (único país de la región que ha aprobado el matrimonio igualitario, pero que al haber pertenecido a la antigua Yugoslavia no fue parte del bloque “soviético” aunque sí comunista). Por otro lado, los checos se han sentido históricamente como un puente entre la Europa occidental y la centro-oriental. Sentencias como la que hoy recogemos apuntan a la veracidad de este sentimiento.

Fuente Dosmanzanas y Cromosomax

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El estado australiano de Victoria aprueba la adopción conjunta homoparental

Viernes, 11 de diciembre de 2015
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300px-Mapa_Australia.es.V3Una pequeña batalla ganada en Australia. El Parlamento del estado sudoriental de Victoria ha dado el visto bueno definitivo a un proyecto de ley para permitir la adopción conjunta de niños por parte de las parejas del mismo sexo. La mayoría de las jurisdicciones del país ya reconocen esta posibilidad.

Paralelamente a la larga ofensiva por el matrimonio igualitario que se libra a nivel federal, los estados y territorios australianos todavía conservan competencias en muchas áreas que afectan a la igualdad LGTB. Entre ellas la adopción homoparental, permitida hasta ahora en Australia Occidental, Nueva Gales del Sur, Tasmania y el ACT (Territorio de la Capital Australiana).

Próximamente se unirá a ellos Victoria. La Asamblea Legislativa (la cámara baja) del estado con capital en Melbourne ha aprobado, sin ningún voto en contra, un proyecto de ley para abrir a las parejas del mismo sexo la adopción conjunta. Hasta ahora, esta posibilidad solo estaba abierta a las parejas de distinto sexo o a las personas solteras. Sí que se permitía la adopción de los hijos del compañero civil.

El proceso no ha estado carente de complicaciones. La cámara alta o Consejo Legislativo exigió la introducción de una enmienda para admitir la objeción de conciencia de las organizaciones religiosas que no estuvieran dispuestas a facilitar la adopción de niños por parte de familias homoparentales. El Gobierno regional consideró entonces la retirada del proyecto, por su oposición a esta exención: el ministro de Igualdad Martin Foley llegó a tacharla de “basura”. Pero finalmente, el Ejecutivo decidió aceptarla para que la ley saliera adelante en su trámite parlamentario. Ahora ya solo queda esperar a su entrada en vigor.

Fuente Dosmanzanas

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Descubre como se puede combatir la homofobia ante un spot de Campbell protagonizado por dos padres gays

Viernes, 11 de diciembre de 2015
Comentarios desactivados en Descubre como se puede combatir la homofobia ante un spot de Campbell protagonizado por dos padres gays

Campbell-e1444135265779La marca de sopas Campbell, la que inmortalizó Andy Warhold en su creativo estilo pop art, ha lanzado una campaña publicitaria protagonizada por una familia homoparental real. Se trata de David Monahan, de 44 años, y Larry Sullivan, de 45 años, padres del pequeño Cooper. Los dos papas gays intentan darle a su hijo la mejor impresión de Darth Vader. Un video que aquí os ponemos y que ha recibido más de un millón de visitas en Youtube:

https://www.youtube.com/watch?v=7rZOMY2sOnE

Pero a todo el mundo no le ha gustado y algunos usuarios de las redes sociales escribían comentarios homofóbicos sobre la ‘repulsión’ que les causaba ese modelo de familia que no se correspondía con la idea cristiana que tenían: ‘Su nuevo comercial con dos papás me enferma’, escribía una internauta llamada Kim pero la respuesta ha sido todo un ejemplo de tolerancia y defensa de la igualdad:

‘Hola, Kim, si te estás sintiendo enferma, te sugerimos disfrutes de una deliciosa lata de sopa de pollo de Campbell´s. Asegúrate de disfrutarla caliente para que te ayude a calentar tu frío y muerto corazón. ¡Esperamos eso te ayude!’, escribían desde la cuenta Campbell´s Kitchen. La respuesta a la clienta homofóbica se hizo viral y se compartieron miles de aplausos, en las redes sociales.

La gran respuesta fue generada por un grupo de usuarios, activistas LGBT, atento a los homofóbicos comentaristas. Uno de ellos es Mike Melgaard, quien contó a The Huffington Post que cuando vio la reacción de ciertas personas al hermoso video encontró la oportunidad perfecta para hacerse pasar –una vez más– por un representante de servicio al cliente en Facebook y responder a aquellos que se quejan del anuncio en la página de la marca. Melgaard dice que la homofobia es en realidad un caso claro del miedo y de ignorancia, y que está relacionada a una falta de juicio.

Los protagonistas del spot, David y Larry, se han visto afectados por las críticas homofóbicas pero están felices de haber protagonizado este spot. En declaraciones a la revista People, los papás, que para muchas personas son muy sexys, declararon que no son activistas, y si bien no esperaban tremenda homofobia, lo cierto es que hoy consideran que hicieron lo correcto mostrando al mundo la realidad del amor ‘que siempre será una buena causa’.

¿Te hubiera gustado que Campbell respondiera como lo hizo Mike?. Por lo menos, la marca no ha retirado el anuncio a pesar de las críticas.

Fuente Ragap

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , ,

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