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Pareja de capitanas del equipo de hockey de EU y Canadá se convierten en madres

Miércoles, 22 de noviembre de 2017
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caroline-ouellette-julie-chu-hockey-750x430Una pareja de mujeres formada por dos leyendas del hockey internacional se han convertido en orgullosas madres de una niña.

La historia que ha dado la vuelta al internet es de Caroline Ouellette quien tiene cuatro medallas olímpicas y es uno de los referentes del hockey femenino en Canadá y Julie Chu quien ha participado en cuatro Juegos Olímpicos y ha sido capitana de la selección de los Estados Unidos de hockey femenino.

En las redes sociales ambas jugadoras, que por años fueron rivales en partidos internacionales, presentaron a su hija Liv Chu-Ouellette el pasado 5 de noviembre.

Además de ser pareja y ahora madres, Ouellette y Chu son compañeras de equipo en Les Canadiennes de Montréal, el club de la Liga Canadiense de Hockey Femenino (CWHL). Ambas levantaron la copa Clarkson (trofeo al campeón) el pasado mes de marzo.

Para cuidar de su recién nacida Caroline Ouellette no estará presente en el inicio de la temporada de la CWHL, que comenzó hace unas semanas, para tomarse unas semanas de permiso de maternidad, según el portal Eyes on the Prize,

Por su parte, Chu no está en el roster activo del equipo por sus compromisos como entrenadora del equipo femenino de la Universidad Concordia.

Fuente Chueca.com

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Las escuelas católicas de Inglaterra y Gales dejarán de usar los términos “padre” y “madre”

Viernes, 17 de noviembre de 2017
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Famiia HomoparentalObispos británicos piden que sean reemplazados por “Tutor 1” Y “Tutor 2”

Discriminan en contra de los progenitores gays, de los separados y de los padrastros

(Cameron Doody).- El Servicio de Educación Católica (CES), perteneciente a la Conferencia Episcopal de Inglaterra y Gales, ha solicitado a los 2.200 centros católicos del Reino Unido que eliminen de sus formularios de matriculación los términos ‘padre’ y ‘madre’que discriminan en contra de los progenitores separados y gays y de los padrastros y madrastras.

En la recomendación, se insta a todas las escuelas católicas a borrar de sus solicitudes de entrada estas palabras ‘padre’ (father) y ‘madre’ (mother) y que las reemplacen por ‘tutor 1’ (parent 1) y ‘padre 2’ (parent 2).

La decisión de la Oficina que media en las disputas entre el Gobierno y los padres de niños llega después de una denuncia del padre de un niño que quiso inscribirle en un colegio de Londres, y estipula que “en la ausencia de ninguna aclaración” de las palabras ‘padre’ y ‘madre’ en los formularios escolares, los términos “pueden ser entendidos como una restricción” al concepto de progenitor.

Un portavoz del CES defendió al CNS que el cambio en las solicitudes de inscripción no representa, necesariamente, un cambio en la política de la Iglesia sobre el concepto de género o paternidad, sino que supone una puntualización al Código de Admisión a la Escuelas del Estado con el que los colegios e institutos católicos también tienen que cumplir.

“Esperamos que todos las escuelas católicas cumplan con el Código, afirmó el portavoz, “y trabajaremos en estrecha colaboración con ellas para asegurar que esto pase”.

De acuerdo con lo publicado en medios británicos, desde que la decisión del arbitro gubernamental se produjo el mes pasado, cientos de colegios católicos y galeses ya han modificado sus formularios de inscripción para adecuarlos a las expectativas del Gobierno.

Fuente Religión Digital

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Los derechos LGTB, punto de discordia en las negociaciones de Gobierno entre democristianos, liberales y verdes en Alemania

Martes, 7 de noviembre de 2017
Comentarios desactivados en Los derechos LGTB, punto de discordia en las negociaciones de Gobierno entre democristianos, liberales y verdes en Alemania

coalicion-jamaica-alemania-290x150Pero los “malos” eran los socialistas según algunos medios LGTB…

Las elecciones generales celebradas el pasado mes de septiembre en Alemania marcaron el comienzo de los contactos para formar un nuevo Gobierno, que será el cuarto encabezado por Angela Merkel. La negativa de los socialdemócratas del SPD a participar en una nueva gran coalición y la fragmentación en el Bundestag dejan, en la práctica, una sola opción viable: un acuerdo a tres bandas entre los democristianos de la CDU/CSU, los liberales del FDP y Los Verdes. Las negociaciones para intentar alcanzar este pacto “a la jamaicana” (llamado así por los colores de su bandera) acaban de arrancar, pero ya se han encontrado con escollos en el ámbito LGTB, entre otros.

El resultado de las elecciones del pasado 24 de septiembre fue demoledor para los dos principales partidos alemanes, que habían gobernado juntos desde 2013 (antes lo habían hecho entre 2005 y 2009). La CDU/CSU de Merkel perdía más de ocho puntos, aunque mantenían la primera posición por la caída de los socialdemócratas, que se dejaban cinco. Por primera vez en décadas, irrumpía un partido de extrema derecha en el Bundestag: Alternativa para Alemania (AfD) se hizo con el tercer puesto con un 12,6 % de los votos.

La negativa de Merkel a negociar con la extrema derecha dejaba en principio dos alternativas viables: una reedición de la gran coalición, que colocaría a AfD de facto como líder de la oposición, o un acuerdo tipo “Jamaica” entre democristianos, liberales y verdes. Esta combinación (que ya gobierna, por ejemplo, el estado de Schleswig-Holstein) es la que se está negociando desde el pasado mes de octubre, después de que los socialdemócratas descartaran volver a pactar con la CDU/CSU.

La consecución de un pacto entre tres partidos con planteamientos tan divergentes en muchos temas será muy complicada, como ya se está constatando al poco de comenzar las conversaciones. Uno de los puntos donde hay fricciones, como ya ocurriera hace cuatro años, es la política LGTB. Mientras que FDP y Verdes, con distinta intensidad, son favorables a la igualdad, los sectores más conservadores de la CDU y de la CSU batallan por limitar el alcance de los avances en este ámbito.

Concretamente, la Federación de Gais y Lesbianas de Alemania (LSVD) presentó el pasado 19 de octubre, coincidiendo con el inicio oficial de las negociaciones, sus seis demandas en materia LGTB a los partidos del futuro Gobierno:

  1. Un plan nacional de lucha contra la LGTBfobia.
  2. La reforma de la Constitución para incluir la orientación sexual y la identidad de género en el artículo que prohíbe la discriminación.
  3. La reforma de la ley de identidad de género.
  4. El reconocimiento legal y la protección de los hijos de familias homoparentales.
  5. Una política de refugiados e integración inclusiva con las personas LGTB.
  6. Un posicionamiento creíble por la despenalización y la aceptación de la realidad LGTB a nivel global.

Los equipos negociadores, por el momento, solo han accedido a hablar sobre los tres primeros puntos. Los democristianos no consideran necesarias reformas para el reconocimiento de las nuevas realidades familiares. Probablemente teman la reacción vociferante de AfD, que ha hecho alarde de su LGTBfobia con este asunto. Tampoco la situación de los refugiados LGTB está sobre la mesa por ahora. En este punto, la CDU/CSU y el FDP coinciden en calificar a los países del Magreb como “seguros. En cuanto a la lucha contra la discriminación, las tres formaciones no han acordado aún ninguna medida y solo han consensuado una declaración de principios: “Vivimos en una sociedad diversa, en la que la discriminación de cualquier tipo (entre otros, LGTBI) no debe tener cabida”.

El panorama, por tanto, no se presenta especialmente alentador para los derechos LGTB. Aunque todavía quedan previsiblemente varias semanas de negociaciones, un resultado decepcionante marcaría probablemente toda la legislatura, puesto que la experiencia muestra que las mayorías parlamentarias tienen menos peso que los pactos de Gobierno. Basta recordar que la igualdad matrimonial solo se logró in extremis, a pesar del predominio de las fuerzas favorables a la misma. Aunque el nuevo Bundestag conserva en teoría una mayoría pro-LGTB, alcanzar un acuerdo de coalición satisfactorio en esta materia será crucial.

Fuente Dosmanzanas

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La emotiva carta que un padre gay escribe a su hijo recién adoptado

Lunes, 6 de noviembre de 2017

58La familia no es solo quien te tolera, quien te comprende o quien te acoge: también es quien está ahí cuando te falte el suelo.

Deberth Araújo publicó el pasado 20 de octubre una carta abierta para su hijo, en su perfil de Facebook, donde cuenta los peligros que le depara la vida y lo mucho que lo quieren. La publicación ya ha sido compartida por más de 22.000 usuarios.

“En cuanto supe que vivías entre el orfanato y el hospital, solo, sin familia, tan pequeño y ya con 11 hospitalizaciones por neumonía y varias alergias a tus espaldas, sentí una mezcla de vocación y miedo. Por un lado, algo me decía que tenía que ser tu ‘héroe’ y salvarte; por otro, miedo de estar ante la mayor responsabilidad de mi vida. Pero la primera vez que te abracé (en la foto) vi que quien sería rescatado sería yo. Éramos nosotros los que estábamos siendo escogidos. Es inexplicable.

Fueron tres meses de custodia provisional, noches de dormir poco y mal, preocupaciones, medicinas. Pero tu mejora y el fin de las hospitalizaciones nos mostraron que el amor cura y hoy celebramos la custodia definitiva. Has sido nuestra mejor decisión. Pero eres tú quien nos escoge cada noche, cuando simplemente duermes o te agarras de nuestra mano o cuando nos despiertas para que te cantemos.

Y tenemos que corresponderte y protegerte, porque un día la vida se abrirá, salvaje, y vas a ver que el mundo no es un lugar tan bonito como debería serlo. Quizá haya más personas que te señalen con el dedo que personas que te den la mano, pero haremos todo lo posible para que no veas ese lado de la vida hasta que tengas edad de comprenderlo y de ver que las personas, a veces, anteponen sus convicciones a cualquier principio porque son limitadas. Debes perdonarlas, pero nunca debes sentirte menos por lo que una sociedad llena de contradicciones diga que es aceptable. Por encima de todo, respétate tal cual eres, pues, de hecho, la peor violencia es la que cometemos contra nosotros mismos.

 ¿Sabes, Will? Has llegado en el mismo año en el que perdí a mi padre, tu abuelo, y ya me imagino cuánto le hubiera gustado haberte malcriado. Ahora entiendo aquel amor infinito, que una vez me dijo que podía ser lo que quisiese, que no tuviese miedo, y que me abrazó cuando pensé que iba a ser rechazado. Hago esta declaración pública para que aprendas que decir la verdad en voz alta nos hace libres, y que ser quienes somos es nuestro mayor acto de coraje. Yo olvidé de eso por una temporada, pero tú me has rescatado, me has salvado en todos los sentidos posibles y enseñado lo que es ser padre.

Jamás olvides que la familia, de sangre o la que escojas, es la que te quiere sin condiciones. La familia no es solo quien te tolera, quien te comprende o quien te acoge: también es quien está ahí cuando te falte el suelo. La familia no es solo quien te acepta, es quien te abraza y te dice ‘te quiero’.

Nunca permitas que la mezquindad humana que te señala y te condena te diga cómo tienes que ser. Siempre te querremos por lo que eres, y si el mundo se empeña en hacerte daño, nuestro abrazo será siempre un lugar seguro en el que nunca te sentirás solo. No podemos escoger cómo comienza esta historia , pero podemos trazarla a partir de ahí. Construye un mundo en el que lo que cuenten sea el amor y el carácter y que las diferencias no separen a las personas. Es el valor que más te quiero pasar. ¡Te quiero, HIJO MÍO!”

Vía Cáscara Amarga

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La actriz AnnaLynne McCord protesta contra Southwest Airlines por discriminar a un familia homoparental

Martes, 29 de agosto de 2017
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mv5bmjmyndi3mdiynv5bml5banbnxkftztgwntkxnji1mje-_v1_La actriz y modelo AnnaLunne McCard protesta en una carta abierta contra Southwest Airlines tras ser testigo de cómo el personal de tierra de la compañía discriminaba una familia homoparental, que viajaba con sus dos hijas desde Orlando a Fort Lauderdale, a quienes les niegan el embarque prioritario al no considerarlos una familia.

La actriz y modelo AnnaLunne McCard no ha dudado en protestar públicamente contra Southwest Airlines a través de una carta abierta en su cuenta de Instagram, después de presenciar la que denomina una escena de abuso e intimidación a la familia formada por Jacob Lapp y David Forstadt, que viajaban con sus dos hijas desde Orlando a Fort Lauderdale, y a los que un trabajador de la aerolínea les niega el embarque prioritario para que pudieran sentarse todos juntos al no considerarlos una familia.

«¿Alguna vez os habéis sentido acosados? ¿Alguna vez os han señalado? ¿Alguna vez os han rechazado? ¿Os han dejaron de lado porque por alguna razón a otra persona no das la talla, no encajas? Hace un par de días, las dos jovencitas de esta fotografía les hicieron sentir así por individuos que llevan visten vuestro logotipo y representan a vuestra compañía. Era su primer vuelo y estaban tan emocionadas de unirse a sus papás en un viaje familiar. Sólo sus empleados dejaron claro que estas hermosas niñas y sus padres no eran una ‘familia’ de hecho. Y cuando llegó el momento del ‘Embarque Familiar’, a estas niñas les mostraron lo que ha causado el perjuicio en nuestro mundo; odio. No se les permitía abordar con las otras familias y tenían que ver cómo se les decía a sus padres que no contaban como familia», denuncia con rotundidad la actriz de 30 años.

La carta continúa explicando que «el amor es lo que estas niñas maravillosas sienten hacia sus padres. El amor no separa, une. Así que, sólo me gustaría preguntarles ‘porqué’. ¿Por qué los representantes de su empresa (los agentes del mostrador de embarque al avión en nombre de su empresa) creen que está bien rechazar el amor de estas niñas por sus padres, haciéndoles sentir que no son lo suficientemente buenas? ¿Que su familia debe quedar fuera? ¿No es una forma de intimidación? ¿No es una forma de odio? Ciertamente no lo llamaría amor. Les imploro, como empresa que busca proveer una experiencia feliz para todos sus clientes, a contratar a personas que desprecian el odio, no el amor; que abrazan la diferencia, no rechazarles. Por favor, no permita que su compañía promueva el odio que destruye la pura inocencia del amor de un niño».

Conocida sobre todo por su participación en series de televisión como Nip/Tuck, a golpe de bisturí (Nip/Tuck, Ryan Murphy, 2003-2010, EE.UU.), Sensación de vivir: la nueva generación (90210, Darren Star, Jeff Judash, Gabe Sachs & Rob Thomas, 2008-2013, EE.UU.), la actriz firma la carta «con un corazón absolutamente roto». Su queja llega después de que uno de los miembros de la pareja, Lapp, denunciar en su cuenta de Twitter, el 22 de agosto, que habían sido víctimas de discriminación por parte del personal de tierra de la aerolínea.

annalynne-mccord-southwest-02«¡Ustedes no! ¡No! ¿Muévanse!», declara Fordtadt que les dijo categóricamente el empleado de Southwest después de decirles que la prioridad de embarque para familia existía por una razón en la que no encajaba su familia. «Somos una familia y queremos ser representados como una familia como todas las demás», declara Fordtadt a un medio de comunicación de Miami, explicando que han presentado la correspondiente reclamación a la compañía. Este incidente sucede sólo meses después de que otra pareja del mismo sexo se quejara de que la misma compañía también les había negado la prioridad de embarque al no considerarlos una familia.

«Nuestros empleados trabajan para llevar a cabo nuestra política de embarque para las familias que viajan juntas, mientras que también mantienen las prioridades de embarque para todos los clientes (…). Damos la bienvenida a bordo a más de 115 millones de clientes cada año y Southwest ni perdona ni tolera la discriminación de ningún tipo… Lamentamos cualquier cosa que no sea una experiencia de viaje positiva», asegura Southwest Airlines en un comunicado. La compañía sostiene que no han tenido ninguna queja con respecto a la forma en la que fue tratada la familia de los Lapp-Fordtadt, refiriéndose a la carta abierta de McCord, aparte de la reclamación de los afectados que están actualmente a la espera de una respuesta oficial.

Fuente Universogay

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Disney muestra por primera vez a una pareja de madres lesbianas

Jueves, 17 de agosto de 2017
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disney_lesbianasLa serie ‘Doc McStuffins’ presentó de forma natural a esta pareja en su último episodio.

Si bien es cierto, la industria del cine y la televisión cada vez presentan más contenido abierto a las preferencias sexuales, esta vez Disney Channel no se quedó atrás, ya que presentó por primera vez a una pareja de madres lesbianas en una de sus series animadas ‘Doc McStuffins’ (Doctora juguetes).

A pesar de que Disney ya había anunciado que a partir del año 2018 posiblemente presentaría a su primera princesa lesbiana, ya ha incluído personajes homosexuales en algunas de sus producciones como en ‘Buena suerte Charlie’, ‘Gravity Falls’ y en la ahora mencionada ‘Doctora Juguetes’.

La serie trata de una niña que desea ser doctora y juega a curar a sus peluches. En el último episodio, que fue transmitido el pasado sábado, aparecieron dos nuevos personajes que eran dos madres.

Las actrices Wanda Sykes y Portia de Rossi, también lesbianas en la vida real, fueron quienes prestaron las voces para estos personajes que salieron en el capítulo titulado ‘The Emergency Plan‘.

Fuente Cáscara amarga

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Histórico: Corte Suprema de Chile otorga el cuidado personal de mellizos a su padre pese a homofóbico rechazo de la madre

Jueves, 10 de agosto de 2017
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corte-suprema1La mujer llegó al extremo de secuestrar a los niños por 5 meses en Uruguay. En primera instancia el padre ganó el cuidado personal. Lo perdió en la Corte de Apelaciones, pero terminó triunfando en la Suprema, hecho calificado como “histórico” por el Movilh.

La Cuarta Sala de la Corte Suprema otorgó el cuidado personal de dos niños de tres años a su padre biológico, pese al constante rechazo homofóbico de la madre y a sus intenciones de quedarse con la crianza, informó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh.

El cuidado personal fue entregado al padre con los votos favorables de los jueces Carlos Cerda, Andrea Muñoz y del abogado integrante Álvaro Quintanilla, mientras que los magistrados Ricardo Blanco y Gloria Ana Chevesich estuvieron por conceder la crianza a la madre.

“Estamos en presencia de un hito, pues si bien fallos similares se habían dado en el caso de madres lesbianas, éste el primero de un padre gay y donde en la misma sentencia se hace explícita referencia a su pareja del mismo sexo y al hecho de que convive con él”, resaltó el Movilh.

Añadió que “para los jueces lo relevante fue el interés superior del niño, no así la orientación sexual de los padres, lo cual viene a demostrar judicialmente que para la crianza lo más importante es y debe seguir siendo la capacidad de entregar amor, afecto y protección”. “Felicitamos al padre por su lucha por el bienestar de los niños, así como al abogado Rodrigo Calderón por su impecable trabajo en este caso que contó con el patrocinio de las juristas Cecilia Arrieta y Verónica Waissbluth”, añadió el Movilh.

El caso

Tras el nacimiento de los niños en enero del 2014 la madre fue poniendo continuos obstáculos para que el padre se los llevará a su hogar los viernes y sábado, según se había estipulado previamente, sólo porque había iniciado una relación con una persona de su mismo sexo.

La homofobia de la madre era tan extrema que durante los primeros 5 meses del 2015 secuestró a los niños, reteniéndolos en Uruguay e impidiéndoles todo contacto con el padre, razón por la que cual el progenitor inicio la lucha para obtener el cuidado personal, contando con el sólido respaldo de su pareja.

El 22 de junio del 2016 el padre obtuvo una primera victoria, pues el Tercer Juzgado de Familia de Santiago acogió su demanda, argumentando que él “cuenta con mejores habilidades parentales, características psicológicas, económicas y sociales, para hacerse cargo del cuidado de los niños, pudiendo brindarles una mayor estabilidad y protección en comparación con la madre”.

Por el contrario, “los niveles bajos de coparentalidad” de la madre “se traducen en que entorpezca el régimen comunicacional de los niños con su padre, aduciendo excusas para incumplirlo e, incluso, llegando al extremo de retenerlos ilícitamente en Uruguay, acto que jamás cuestionó, restituyendo a los niños a Chile sólo cuando así se le ordenó”, indicó el fallo de primera instancia.

El caso no terminó ahí, pues el 22 de noviembre del 2016 la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la medida del Tribunal de Familia y entregó a la madre cuidado personal. Para dicha sentencia ambos, el padre y la madre, tenían habilidades parentales similares, sin embargo, dado que los niños vivían con la mujer, se argumentó que debían volver donde ella.

“Más aún, en esta lamentable sentencia se atendió a la homofobia de la madre, pues se justificó que hubiese secuestrado a sus hijos sólo porque la relación del padre con alguien del mismo sexo la había desestabilizado. Es decir, se culpaba de la homofobia a quienes la padecían”, sostuvo el Movilh.

En efecto, la Corte de Apelaciones indicó que el “conflicto familiar afecta a ambos padres en sus competencias de coparentalidad y aparece uno generado por el padre, en su intención de homologar a la madre con su pareja, lo que es fuente, en parte, de las tensiones, junto con el temor de ella de ser anulada en su calidad de tal cuando los niños están con el padre, sin saber muy bien como tolerar la angustia, a lo que se une su fuerte concepto de familia tradicional respecto a la no aceptación de la pareja del padre y la judicialización del conflicto familiar. Parte del proceso judicial ha generado en la madre confusión y ansiedad que le dificulta tener respuestas acertadas y empáticas en algunas ocasiones, lo que aparece afectándola, en parte, en las competencias calificadas como básicas, en particular, en particular, en las vinculares y reflexivas”.

El padre no quedó de brazos cruzados y presentó un recurso de casación, el cual fue acogido por la Corte Suprema el pasado 23 de mayo, siendo el Movilh autorizado hoy a difundirlo.

Para la Suprema el secuestro de los menores fue lo suficiente claro como para decidir que era el padre y no la madre quien mejor garantizaba el interés superior del niño, así como el vínculo afectivo de los hijos con sus dos progenitores y no sólo con uno.

“La actitud de los padres para cooperar con el otro, a fin de asegurar la máxima estabilidad al hijo y garantizar la relación directa y regular”, es relevante para el interés superior del Niño, sostuvo la Suprema.

Añadió que “no es un hecho discutido – y así por lo demás se ha consignado en esta sentencia de casación- la retención ilícita de los niños en Uruguay por la madre, llegando al extremo que su restitución hubo de ser obtenida a través de resolución judicial dictada por los tribunales de ese país”

En consecuencia, si los sentenciadores de la Corte de Apelaciones “estimaban prioritario mantener la estabilidad de los niños, no podían obviar esta circunstancia, desde que ciertamente es demostrativa de una actitud que la perturba y que, en consecuencia, contraría el interés superior de los niños, que para su pleno desarrollo requieren mantener una vinculación “sana y cercana”, a través de un “contacto periódico y estable” con el padre o madre que no ejerza el cuidado personal, según establece el artículo 229 del Código Civil”, finalizó la Suprema.

El voto disidente

Por el contrario, los votos disidentes de Blanco y Chevesich insistieron con responsabilizar al padre por la homofobia de la madre.

“El padre ha generado conflicto familiar en su intención de homologar, equiparar, igualar, a la madre con su pareja, lo que ha provocado tensiones y el temor de la progenitora de ser anulada en su calidad de tal cuando los hijos se encuentran con él y su consorte, conducta que, en definitiva, los desorientará respecto de los roles concretos de cada miembro del grupo familiar extenso, generando confusiones en un dato trascendente, a juicio de estos sentenciadores, considerando la edad de los niños y los demás presupuestos fácticos que se tuvieron por establecidos, y a la luz del principio informador en materia de familia, esto es, su interés superior, no correspondería acoger el recurso y dictar una sentencia de reemplazo que haga lugar a la demanda. Al respecto, estos disidentes no desconocen ni minimizan el episodio ocurrido en Uruguay, pero sí tienen presente que se trata de uno que aconteció en enero de 2015 y que, en la actualidad, está superado, en cambio al que se alude es actual y permanente”, finalizaron

El Movilh apuntó que “estas afirmaciones de Blanco y Chevesich son una de las homofóbicas conocidas en el Poder Judicial, en tanto reflejas prejuicios sólo a partir de la orientación sexual del padre y de su pareja. Felizmente, esta visión no prosperó y triunfó el interés superior del niño”.

Fuente MOVILH:

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El Tribunal Constitucional de la República Checa reconoce la paternidad en parejas del mismo sexo cuando ha sido reconocida en el extranjero

Jueves, 27 de julio de 2017
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resize_1467150482Importante decisión del Tribunal Constitucional de la República Checa, conocida este lunes 24 de julio. El más alto intérprete de la Constitución checa ha dictaminado el reconocimiento de la paternidad para los dos miembros de una pareja del mismo sexo cuando esta se encuentra reconocida en el extranjero. Se da así un paso más en la equiparación progresiva de las parejas de igual o distinto sexo en el país centroeuropeo.

La República Checa debe reconocer la paternidad de los dos miembros de una pareja del mismo sexo si esta ya se encuentra validada en otro país, de la misma forma que sucede con las parejas de distinto sexo. Es el dictamen del Tribunal Constitucional checo. La decisión se produce tras el recurso de una pareja formada por un ciudadano checo y un ciudadano danés, quienes contrajeron matrimonio en Estados Unidos y han sido padres por gestación subrogada en California. Al estar este procedimiento legalizado allí, los dos padres están reconocidos como tales en el estado norteamericano. Sin embargo, cuando quisieron que su paternidad conjunta fuera reconocida en República Checa, se encontraron con una sentencia adversa del Tribunal Supremo. Afirmaba entonces este otro tribunal que dicho reconocimiento iba contra el orden legal checo, dado que en ese país no es posible la paternidad conjunta de parejas del mismo sexo ni tampoco la adopción por parte de la pareja del mismo sexo cuando el otro miembro es padre biológico.

Ante ello, apelaron al Tribunal Constitucional, y este ahora con su decisión envía de vuelta el asunto al Tribunal Supremo, ahora con la obligación de encontrar vías para el reconocimiento de su paternidad.

Esta sentencia se suma a otras anteriores que iban también en la línea de la progresiva equiparación. Ya en 2015, un juez de Prostějov (Moravia) reconoció la paternidad conjunta de una pareja de francés y checo sobre sus hijos adoptados (también en Estados Unidos). Ese mismo año, el Tribunal Supremo reconoció los dos hijos de otra pareja del mismo sexo. En este caso, sin embargo, el que se ha pronunciado es el Tribunal Constitucional, que al igual que en España es intérprete del ajuste de las leyes a la Constitución, por lo que esta sentencia tendrá repercusiones previsiblemente más amplias.

También fue el Tribunal Constitucional, por cierto, el que hace poco más de un año levantó la prohibición de adoptar niños de forma individual para las personas que conviven en una unión civil (posible para parejas del mismo sexo). Si bien el fallo no abrió la adopción conjunta a las parejas del mismo sexo, el Gobierno checo ya estudia una ley para permitir la adopción de los hijos del compañero o compañera del mismo sexo (la conocida en inglés como step-child adoption).

Volviendo a la sentencia conocida esta semana, aunque importante, sigue dejando fuera la realidad homoparental de muchas familias. Como el Tribunal Supremo señalaba, la paternidad conjunta y la adopción del hijo o hija del cónyuge no están permitidas dentro del país. Con esta sentencia del Constitucional se hace posible el reconocimiento solo para quienes estén reconocidos en el extranjero, pero permanece inaccesible para quienes tengan hijos dentro la misma Chequia o en otros países que no reconozcan esta paternidad conjunta. Una diferencia que plantea una paradoja legal, que solo se podría resolver reconociendo la paternidad o maternidad conjuntas para todas las parejas del mismo sexo.

Una situación relativamente mejor dentro del antiguo bloque soviético

Por lo demás, esta sentencia es significativa dado el contexto del país en el que se produce. La República Checa forma parte del antiguo bloque del Este, pero su sociedad demuestra unos niveles de homofobia significativamente menores que los de otros países de la zona (con la excepción, posiblemente, de la república exyugoslava de Eslovenia). El principal freno a la igualdad, en el caso checo, no viene tanto de la población como de la falta de voluntad de los partidos políticos.

En este sentido, desde hace unos meses hay en marca una campaña a favor del matrimonio igualitario que busca movilizar a políticos y sectores de la sociedad civil. Lleva por título “Jsme fér” (“somos justos” o también “jugamos limpio”) y cuenta con página web y perfiles en redes sociales, como Facebook, Twitter, Instagram y YouYube. Un momento fuerte de esta campaña será la celebración del Orgullo en Praga, el Prague Pride, que tendrá lugar entre 6 y el 13 de agosto, con la manifestación el sábado 12.

Esperemos que los esfuerzos del activismo den su fruto y la igualdad jurídica plena acabe llegando a República Checa, lo cual marcaría un hito sobre todo de cara a países cercanos por historia o cultura pero en los cuales la situación es mucho menos prometedora, como Polonia, Eslovaquia o Hungría.

Funte Dosmanzanas

 

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Sentencia histórica en Italia: un tribunal reconoce por primera vez la adopción de dos niños por una pareja gay

Lunes, 13 de marzo de 2017
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cs_rlImportantísima sentencia la del tribunal de menores de Florencia, que por primera vez en la historia de Italia reconoce como padres adoptivos de dos niños a una pareja de hombres. La sentencia supone un hito en la lucha por los derechos de las familias homoparentales en el país transalpino, que solo recientemente ha reconocido las uniones civiles entre personas del mismo sexo pero negándoles sus derechos de parentalidad. Aún así, sentencia a sentencia, los tribunales italianos consolidan poco a poco por vía judicial lo que su clase política se ha negado a reconocer por vía legislativa.

La sentencia de Florencia es especialmente relevante, en tanto que por primera vez reconoce como plenamente válida en Italia una adopción “pura y dura” por una pareja del mismo sexo. No se trata del reconocimiento de derechos de parentalidad de uno de los miembros de la pareja sobre los hijos biológicos del otro, ni de hijos nacidos recurriendo procedimientos de reproducción asistida, ni del reconocimiento de filiación en un caso de gestación subrogada. Se trata de una pareja de ciudadanos italianos que tras años de residencia en Reino Unido adoptaron a dos niños (hermanos). Posteriormente han solicitado que dicha adopción sea reconocida en su propio país, de acuerdo a lo que establece la legislación italiana de adopción (ley 184/83, y en concreto su artículo 36.4) y el Convenio de mayo de 1993 relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional, del que Italia es país signatario.

Dado que la pareja cumplía los requisitos establecidos para ver reconocida la adopción concedida, en este caso, por el Reino Unido, el tribunal ha fallado a su favor. En cualquier caso, por sí quedaba alguna duda por el hecho de tratarse de una pareja del mismo sexo, la sentencia hace además alusión a la ya abundante jurisprudencia generada por los tribunales italianos reconociendo derechos de parentalidad a parejas del mismo sexo. Si lo deseas puedes descargar el PDF de la sentencia en la web de Rete Lenford, colectivo de abogados LGTB que ha asesorado a la pareja y que acumula ya varios éxitos en la defensa de los derechos de las familias homoparentales.

Italia: la justicia, por un lado; la política, por otro

Es importante insistir en ello: tanto las parejas del mismo sexo como las familias homoparentales siguen luchando en los tribunales italianos para ver reconocidos sus derechos. Aunque el Parlamento italiano aprobó en mayo de 2016 una ley de uniones civiles (la opción del matrimonio igualitario ni siquiera se llegó a plantear), se trata de una norma que quedó sensiblemente descafeinada durante su tramitación y que no reconoce los derechos de homoparentalidad. El entonces primer ministro, Matteo Renzi, cedió ante la presión de los homófobos (incluyendo entre ellos a parte de su propio partido) y aceptó modificar el proyecto inicial retirando la posibilidad de que en el seno de una pareja del mismo sexo uno de los miembros de la pareja pudiese adoptar a los hijos biológicos del otro (la llamada stepchild adoption, única posibilidad que llegó a estar sobre la mesa) y modificando aspectos simbólicos para acentuar las diferencias entre uniones civiles y matrimonio.

Por fortuna la justicia de Italia es bastante más respetuosa hacia los derechos de las personas LGTB que su clase política, y sentencia tras sentencia viene dándoles la razón. Hace poco más de un mes, por ejemplo, recogíamos como la Corte de Casación (institución que en Italia ejerce las funciones de tribunal supremo), rechazaba de forma inapelable el recurso de un Ayuntamiento contra la inscripción de un matrimonio de dos mujeres celebrado en Francia. Por lo que se refiere a la homoparentalidad, hace un año un tribunal de menores de Roma ya reconocía los derechos de parentalidad de una pareja gay que tuvo a su hijo mediante gestación subrogada en Canadá. Y ya antes otros tribunales habían reconocido en varios casos la stepchild adoption y situaciones equiparables.

Uno de los casos, especialmente significativo, fue el de una pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona. Tras serles reconocidos los derechos de parentalidad en Italia por un tribunal de Turín, la Corte de Casación los confirmaba de forma definitiva el pasado mes de septiembre, en una de las sentencias que ahora precisamente ha utilizado el tribunal de menores de Florencia en su argumentación.

Fuente Dosmanzanas

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Condenada la responsable de un colegio de Sevilla por no admitir al hijo de una pareja gay

Miércoles, 1 de marzo de 2017
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1330118738_185231_1330118977_noticia_normalLa directora de admisión del colegio Yago School, de Castilleja de la Cuesta (Sevilla), pasará dos meses inhabilitada.

La sentencia considera probado que Maravillas R. R., excluyó al hijo de una pareja homoparental del proceso de selección para entrar en el colegio.

Importante sentencia la que ha emitido por fin el Juzgado de lo Penal nº 3 de Sevilla, que ha condenado a la directora de admisión del colegio Yago School, de Castilleja de la Cuesta, por no admitir en el centro al hijo de una pareja gay. La justicia considera probado que existió discriminación, tal y como defendían los padres del pequeño. El director del centro ha sido absuelto, al no considerar el juzgado que hubiese pruebas de que fue partícipe de la decisión. El Juzgado de lo penal 2 de Sevilla ha condenado a dos meses de inhabilitación a la directora de admisión del colegio Yago School, de Castilleja de la Cuesta (Sevilla), por dar un trato discriminatorio y no admitir a un niño en el centro debido a que sus padres son una pareja de homosexuales.

Se trata de un caso que conocimos hace ahora cinco años, en febrero de 2012, cuando  la denuncia de Ricardo Lucas e Iván Vallejo en actuable (antecesora de change.org en España) alcanzó la portada de Menéame y logró gran repercusión medíatica. Como en entradas anteriores dedicadas al tema, reproducimos parte del texto que la pareja escribió entonces, en la que detallaban en primera persona lo sucedido:

“Creíamos que en el año 2012 nuestro hijo no tendría que sufrir la discriminación, la homofobia y el escarnio que durante años tuvimos que sufrir sus padres. Pero nos equivocamos. Sólo uniendo nuestras voces podremos conseguir que se acabe de una vez por todas con la discriminación contra las familias homoparentales. La sociedad no avanza sola, tenemos que empujarla entre todos.

Cuando nos tocó buscar colegio para nuestro hijo de 3 años, en Sevilla, uno de los que más nos gustó fue el Yago School. Un colegio bilingüe, privado, laico y mixto, que destaca en su página web valores con los que nos identificamos y nos gustaría inculcar a nuestro hijo: ‘el respeto a los Derechos Humanos y el diálogo’, ‘animar a los alumnos a cooperar con los otros, ser sensibles a las necesidades de los demás y respetar otras culturas, religiones y modos de vida’.

Así que les escribimos, dejando claro desde el principio que nuestro hijo tiene dos papás. En ese momento los valores de su web se transformaron en excusas para no admitirlo.

Nos contestaron al correo diciendo que no había plazas. Pero llamamos sin decir quienes éramos y de repente sí las había, incluso nos dieron una cita para visitar el colegio. Cuando nos identificamos, se les cambió la cara. Nos dijeron que había sido un error administrativo y que por supuesto no les importaba que fuésemos una familia homoparental. Sin embargo a los dos días nos llamaron para decirnos de nuevo que no había plazas porque el director había decidido adjudicárselas ‘a sus contactos y compromisos’.

El Yago School pregona la igualdad y la tolerancia. Su reglamento, disponible en su web, reconoce el derecho de sus alumnos ‘a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación por razones de raza, religión, sexo, características físicas, extracción social o cualesquiera otras’. Pero en nuestro caso esto no ha sido cierto.

Es obvio que no vamos a enviar a nuestro hijo a esa escuela, pero nos parece inaceptable que un colegio utilice la igualdad y tolerancia como herramienta de marketing pero discrimine después a un niño que tiene un padre o dos, o una madre o dos.

(…)”.

En mayo de 2012, el servicio de Inspección Educativa de la Junta de Andalucía concluyó que en efecto el colegio había vulnerado la ley y propuso la apertura de un procedimiento sancionador. El expediente quedó en suspenso en diciembre de 2012 al iniciarse la investigación judicial, que después de un año cristalizó al entender el juez que existían motivos suficientes para deducir que se cometió un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas. Y es que además de los testimonios de la pareja, de los correos electrónicos intercambiados con el colegio y del propio expediente de la Junta, hay evidencia de que el centro sí disponía de plazas cuando se comunicó a la pareja que no tenía vacantes. Y en octubre de 2014, por fin, supimos que la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó la pertinencia de que el director del centro y la responsable de admisión fuesen juzgados al estimar que indiciariamente podía deducirse que “la negativa a la escolarización del menor fue debida a la condición sexual de los padres”. El juicio quedó visto para sentencia el pasado septiembre cuando la Fiscalía mantuvo la acusación al director del centro y la directora de admisión. Los padres del menor, que se casaron el 8 de abril de 2006, denunciaron que el centro educativo privado no les admitía a su hijo porque ellos formaban una familia homoparental.

Finalmente, la responsable de admisión del centro, Maravillas Resa, ha sido condenada a dos años de inhabilitación especial para la administración o dirección de centros educativos como responsable de un delito contra los derechos fundamentales. El director ha quedado absuelto al estimar el tribunal que no se puede afirmar “con la certeza y las garantías necesarias” que fuera partícipe de la decisión.

En una sentencia notificada el pasado viernes, el juzgado condena a la directora de admisión del colegio a dos años de inhabilitación para la administración o dirección de centros educativos o de enseñanza, como responsable de un delito de contra los derechos fundamentales del artículo 512 del Código Penal.

La sentencia considera probado que la directora de admisión, Maravillas R. R., excluyó al hijo de una pareja homoparental del proceso de selección para entrar en el colegio por dicha condición, según la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En la misma sentencia se absuelve al director del colegio, que fue juzgado por el mismo caso, al considerar que no existe ningún elemento de prueba de su participación en la exclusión del menor.

Según se recoge en la sentencia, la directora de admisión negó que hubiera plaza en el colegio Yago School para el hijo de la pareja denunciante al conocer que estos eran homosexuales. Así, “la conducta mantenida por la acusada como directora del departamento de admisiones del centro respecto de los denunciantes determinó una exclusión efectiva dentro del proceso de selección llevado a cabo en su momento”, añade el fallo judicial, que se puede recurrir.

“La conclusión que expresa el informe de la Inspección, y que califica incluso como “hecho irrefutable”, no es sólo que haya existido una desigualdad de trato en el procedimiento de admisión, sino también que el menor de la familia L. no está matriculado en el Centro porque no ha recibido una igualdad de trato con el resto de los niños escolarizados en infantil de 3 años”, añade la sentencia.

Tanto los padres como Yolanda Hervás, su abogada, han mostrado su satisfacción al conocer que la justicia considera probado que se cometió un acto discriminatorio. Hervás ha aplaudido además la actitud perseverante de los padres, que en lugar de dejar pasar lo sucedido hicieron valer los derechos de su hijo, que ahora tiene 7 años (Ricardo e Iván tienen además otros dos hijos). Seguiremos atentos a lo que suceda, en cualquier caso, ya que la sentencia es recurrible.

Fuente Agencias/Cáscara amarga/Dosmanzanas

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Eslovenia estrena ley de uniones civiles entre parejas del mismo sexo

Lunes, 27 de febrero de 2017
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78529-slovenia-flagEste viernes ha entrado en vigor en Eslovenia la ley de uniones civiles, que concede a las parejas del mismo sexo todos los derechos asociados al matrimonio salvo los referidos a la homoparentalidad (la capacidad de adoptar hijos o de recurrir a técnicas de reproducción asistida). El primer artículo de la ley, de hecho, enuncia de forma explícita que la unión entre personas del mismo sexo “no es un matrimonio”. Con la aprobación hace varios meses de esta ley la clase política esolovena buscaba resarcir, de alguna manera, al colectivo LGTB después de que un referéndum promovido desde sectores católicos anulase la ley de matrimonio igualitario que previamente su Parlamento había aprobado. 

El peso del catolicismo en Eslovenia ha acabado obligando a este país a desandar lo andado. Ya en 2014 el Gobierno esloeno presentó un nuevo proyecto de uniones civiles abierto a las parejas del mismo sexo análogo al ahora aprobado (también otorgaba los mismos derechos que el matrimonio, exceptuando la adopción y el acceso a la reproducción asistida). La iniciativa quedó en suspenso debido a unas elecciones anticipadas. El Gobierno entrante, finalmente, decidió aparcar el proyecto de ley y apostar por la igualdad jurídica plena. La ley de matrimonio igualitario era finalmente aprobada en marzo de 2015. Sin embargo, a instancia de grupos contrarios a los derechos LGTB, el Parlamento esloveno se vio obligado a fijar para diciembre de 2015 la convocatoria de un referéndum para derogarla. A pesar de que la ley fue respaldada por una amplísima mayoría de los representantes políticos (51 votos favorables frente a 28 en contra), sus detractores lograron reunir las firmas suficientes para obligar a convocar una consulta popular con el fin de invalidarla.

Aunque inicialmente el Parlamento denegó la posibilidad del plebiscito, el Tribunal Constitucional no consideró pertinente su negativa, por lo que finalmente tuvo lugar. En el referéndum, los votos contrarios a la ley superaron la mitad de los emitidos (llegaron al 63%) y el 20% del censo electoral esloveno, por lo que se cumplieron los requisitos legales para que la normativa fuera derogada. Imposible olvidar, por cierto, el papel que desempeñó el papa Francisco, que pocos días antes del referéndum quiso dar su apoyo expreso a los partidarios de prohibir el matrimonio igualitario y contribuir de esta forma a la victoria del bando homófobo.

El referéndum tenía una validez de un año, pero el Gobierno esloveno no quiso jugar más la carta de la igualdad plena, al menos por el momento, y decidió entonces dar su apoyo una ley de uniones presentada por el diputado Jani Möderndorfer, del socioliberal Partido Moderno del Centro (SMC). En marzo de 2016 recogíamos precisamente el apoyo expreso del primer ministro, Miro Cerar, al proyecto (Cerar es el lider del SMC, antes conocido de hecho como Partido de Miro Cerar). Finalmente fue aprobado el 21 de abril de 2016 por 54 votos a favor y 15 en contra. El 24 de mayo la ley era publicada oficialmente, y diez meses después, el 24 de febrero de 2017, ha entrado en vigor. De hecho ya para este sábado se esperaba la celebración de varios enlaces.

Numerosos medios tanto generalistas como LGTB han dado por hecho que Eslovenia se incorpora de esta forma al grupo de países que gozan de matrimonio igualitario. En modo alguno, sin embargo, puede considerarse así, dado que la ley aprobada lo que hace es crear una institución jurídica distinta a la del matrimonio, aunque le conceda parte de los derechos asociados a este. Así lo enuncia, de hecho, el artículo primero de la ley (a la que puedes acceder en este enlace). Es una situación distinta, por ejemplo, a la que en 2010 se produjo en Portugal, que sí aprobó la apertura del matrimonio civil a las parejas del mismo sexo, aunque les prohibiese inicialmente la adopción. La ley actualizaba la definición de matrimonio en el Código Civil, retirando el anacrónico “de sexo diferente” y permitiendo de esa forma que la misma institución jurídica pudiese ser utilizada por parejas del mismo o de distinto sexo, pero incluía una cláusula expresamente discriminatoria que impedía a los matrimonios del mismo sexo optar a la adopción. Una discriminación a la que se puso fin en 2016.

Intento (fracasado) de un nuevo referéndum

El que la ley de uniones civiles haya entrado en vigor no significa que los contrarios a los derechos LGTB no hayan intentado también promover un referéndum para impedirlo. En este caso, tanto el Parlamento esloveno como el Tribunal Constitucional denegaron el permiso para recoger las firmas necesarias, alegando que suponía una utilización abusiva de un mecanismo al que en Eslovenia es relativamente sencillo recurrir para bloquear leyes aprobadas por el Parlamento (bastan 40.000 firmas para solicitarlo, aunque los criterios para considerarlo aprobado sean más restrictivos).

En cualquier caso, felicitamos a Eslovenia por el avance respecto a la situación anterior, que la sitúa como uno de los paises del centro y este de Europa más avanzados en materia LGTB. Confiemos en que el paso del tiempo permita además que la discriminación acabe por desaparecer (el plebiscito que derogó el matrimonio igualitario tenía una validez de un año, plazo tras el cual el legislativo podría aprobar una nueva ley de matrimonio igualitario). Veremos si es así.

Fuente Dosmanzanas

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Un psicólogo italiano: “soy el único en contra de las familias homoparentales porque los demás están controlados por el lobby gay”

Sábado, 25 de febrero de 2017
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vittorio-cigoliUn psicólogo vinculado a colectivos católicos de Italia ha condenado en el país la presión que están ejerciendo ciertos políticos y organizaciones a favor de las familias homoparentales.

Vittorio Cigoli, un psicólogo italiano, se ha mostrado contrario a las familias homoparentales, defendiendo que los menores criados por parejas del mismo sexo se ven perjudicados por la educación que reciben por parte de los mismos. Cigoli alega que es “el único psicólogo en contra de las familias homoparentales porque los demás psicólogos están controlados por el lobby homosexual”.

Las declaraciones en contra de las familias homoparentales realizadas por Vittorio Cigoli han sido difundidas por el periódico católico Cascioli, el cual considera que el psicólogo homófobo es “el único psicólogo que se ha atrevido a expresar sus reservas acerca de la llamada familia homoparental en un estudio publicado en el Quarterly Journal of Psicology de Italia”.

“Es el único psicólogo que ha hecho hincapié en que las diversas investigaciones usadas para legitimar a las familias compuestas por dos madres o dos padres presentan problemas teóricos o metodológicos”, ha expresado el periódico católico sobre Vittorio Cigoli.

“Su caso es emblemático sobre cómo la ideología, promovida por un grupo de élites, está teniendo éxito en su establecimiento entre la sociedad, desde la psicología a otras ciencias humanas, desde la política a los medios de comunicación. Los métodos que usan para expandir dicha ideología entre la población son casi siempre los mismos”, ha expresado el diario italiano en torno a las declaraciones del psicólogo homófobo y sobre la aceptación creciente por parte de la sociedad de la diversidad sexual.

“Gran parte de las investigaciones que se realizan sobre familias homoparentales son llevadas a cabo por investigadores homosexuales. De hecho, la búsqueda de personas para participar en los estudios se concentra casi en su totalidad entre personas de raza blanca, de alta capacitación social y económica”, han indicado desde el diario católico.

El psicólogo italiano se ha mostrado contrario a la condena social que conlleva realizar declaraciones homófobas, expresando que “en cuanto se plantea una duda acerca de la naturaleza problemática de estas ‘familias modernas’ somos atacados inmediatamente”.

Fuente Gayburg, vía Universogay

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Justicia autoriza la inscripción de Lennon y abre la puerta a inscribir a todos los hijos de matrimonios de mujeres, recurran o no a reproducción asistida

Miércoles, 22 de febrero de 2017
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img-20170216-wa0007-550x413Foto blog MoonMamas

La Direccion General de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia ha fallado a favor de María José Torres y Brenda Kelleher, el matrimonio de mujeres al que el Registro Civil de Denia negó la inscripción de su tercer hijo por no aportar una proueba documental de cómo se había gestado, algo que jamás se le pide a las parejas de distinto sexo. Así lo han anunciado María José y Brenda en su blog, en el que además adelantan que la resolución, tal y como está redactada, abre las puertas a otros matrimonios de mujeres con hijos, con independencia de que hayan recurrido o no a técnicas de reproducción asistida.

Seguramente ya conocéis la historia: Lennon, tercer hijo del matrimonio, nació en junio en el Hospital de Denia (Alicante). Como primer obstáculo, la pareja se encontró con que el sistema telemático de inscripción en el Registro Civil no aceptaba la opción de dos madres. Por eso se acercaron al Ayuntamiento de Benidoleig, donde ahora residen (en su anterior localidad de residencia, Atzaneta del Maestrat, en Castellón, no tuvieron problemas para registrar a sus dos primeros hijos). Sin embargo, la funcionaria que les atendió las remitió al Registro Civil de Denia.

Allí se encontraron con la negativa del juez encargado, que consideró que para demostrar que María José también era la madre el matrimonio debía aportar un certificado o un informe de la clínica en la que Brenda, que en este caso fue la gestante, se había sometido a inseminación. Como consecuencia de la negativa, la unidad familiar pasó a tener dos libros de familia: uno de ellos, de las dos madres con los dos primeros hijos. Otro, solo de Brenda con el tercer hijo, con la consecuente desprotección que ello supone. Se da además la circunstancia de que Brenda es de nacionalidad irlandesa, con todos los problemas administrativos añadidos.

La situación era kafkiana, si se compara con lo sucede con parejas de distinto sexo, a las que cuando acuden a inscribir a su hijo al Registro no se les exige una prueba de ADN que demuestre que el marido es el padre y que la mujer no ha recurrido a otro varón para quedarse embarazada. Es por eso que María José y Brenda pusieron en marcha una petición en change.org que consiguió el respaldo de más de 100.000 firmas y que hace pocos días presentaron ante la propia Dirección General de Registros y Notariado.

Finalmente, la respuesta ha sido positiva, como la propia pareja narra en su blog, MoonMamas. Según explican, la resolución cita el artículo 44 de la Ley del Registro Civil de 2011 (según el cual “También constará como filiación matrimonial cuando la madre estuviere casada, y no separada legalmente o de hecho, con otra mujer y esta última manifestara que consiente en que se determine a su favor la filiación respecto al hijo nacido de su cónyuge”). La resolución, en este caso, asegura que “cabe colegir que la intención del legislador ha sido facilitar la determinación de la filiación de los hijos nacidos en el marco de un matrimonio formado por mujeres, independientemente de que hayan recurrido o no a técnicas de reproducción asistida”.

En palabras de María José Torres, “ésto, como me ha dicho uno de los abogados que ha seguido de cerca nuestro caso, es un ladrillo en la historia de la igualdad LGTB en este país. Abre las puertas de otras opciones de embarazo que hasta ahora no eran una opción para las parejas de mujeres en España”. “Esto realmente era uno de nuestros mayores deseos cuando nos lanzamos a mover nuestra reivindicación y realmente nos llena de alegría que no solo se haya arreglado nuestra situación familiar sino que se haya abierto un nuevo camino para muchas otras mujeres y sus bebés“, añade. Si esto es así, se trata sin duda, de una novedad sobre cuyo desarrollo estaremos expectantes.

¡Nuestra enhorabuena a la pareja!

Fuente Dosmanzanas

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Más de 100.000 firmas para exigir la inscripción en igualdad de condiciones de Lennon, hijo de un matrimonio de mujeres

Viernes, 10 de febrero de 2017
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matrimonio_lesbianasMás de cien mil firmas, recogidas a través de la plataforma change.org, han sido entregadas este lunes en la Dirección General de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia para pedir que Lennon, el tercer hijo de María José Torres y Brenda Kelleher, pueda ser inscrito como hijo de ambas. Algo que el Registro Civil de Denia se ha negado a hacer si Brenda no demuestra cómo se quedó embarazada. Una petición que jamás se hace a parejas de distinto sexo a la hora de inscribir a sus hijos.

Ya en octubre recogíamos la historia. Lennon, tercer hijo del matrimonio formado por María José y Brenda, nació el 30 de junio en el Hospital de Denia (Alicante). Como primer obstáculo, la pareja se encontró con que el sistema telemático de inscripción en el Registro Civil no aceptaba la opción de dos madres. Por eso se acercaron a las oficinas del Ayuntamiento de Benidoleig, la localidad en la que ahora residen (en su anterior localidad de residencia, Atzaneta del Maestrat, en Castellón, no tuvieron problemas para registrar a sus dos primeros hijos). Sin embargo, la funcionaria que les atendió no quiso hacer el trámite y y las envió al Registro Civil de Denia. Allí se encontraron con la negativa del juez encargado, que consideró que para demostrar que María José también era la madre el matrimonio debía aportar un certificado o un informe de la clínica en la que Brenda, que en este caso fue la gestante, se había sometido a inseminación. Algo que la pareja considera que viola su intimidad, motivo por el cual han recurrido la negativa.

La unidad familiar que conforman María José, Brenda y sus hijos está, en este momento, partida en dos. Tienen dos libros de familia: uno de ellos, de las dos madres con sus dos primeros hijos. Otro, de Brenda con el tercer hijo, que por el momento solo tiene reconocida una madre legal, con la consecuente desprotección que ello le supone. Se da además la circunstancia de que Brenda es de nacionalidad irlandesa, con todos los problemas administrativos añadidos. La pareja, por supuesto, se ha negado en redondo a iniciar un proceso de adopción de Lennon por parte de María José, la alternativa que les propusieron si no presentaban la documentación que acredite que Brenda se sometió a reproducción asistida.

La situación es kafkiana, si se compara con lo sucede con parejas de distinto sexo, a las que cuando acuden a inscribir a su hijo al Registro no se les exige una prueba de ADN que demuestre que el marido es el padre y que la mujer no ha recurrido a otro varón para quedarse embarazada. Se trata, pura y simplemente, de un ejercicio de discriminación por razón de orientación sexual. Ejercida en este caso, además, sobre un matrimonio, algo dificil de entender si se tiene en cuenta que el artículo 7.3 de la ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida estipula que Cuando la mujer estuviere casada, y no separada legalmente o de hecho, con otra mujer, esta última podrá manifestar conforme a lo dispuesto en la Ley del Registro Civil que consiente en que se determine a su favor la filiación respecto al hijo nacido de su cónyuge”.

Es por eso que María José y Brenda pusieron en marcha la petición en change.org, que ya ha conseguido el respaldo de más de 100.000 firmas, que esta mañana han presentado ante la Dirección General de Registros y Notariado junto a representantes de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), que las están respaldando en el proceso. Esperamos que se resuelva pronto su caso y se marquen, de una vez por todas, unas directrices claras, no discriminatorias y de obligado cumplimiento para el registro de los hijos de familias homoparentales por parte de jueces y funcionarios, con independencia de sus opiniones o creencias.

Os dejamos con un vídeo, en el que la propia familia de María José y Brenda explica su historia:

Fuente Dosmanzanas

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México: el derecho de las parejas del mismo sexo a formar familias y recurrir a la reproducción asistida es ya jurisprudencia constitucional

Jueves, 2 de febrero de 2017
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matrimonio_igualitario_mexico_copyNuevo respaldo de la justicia mexicana a las familias homoparentales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una nueva tesis de jurisprudencia constitucional que protege de forma explícita el derecho de las parejas del mismo sexo a la procreación, a la crianza de niños y niñas y al acceso a los procedimientos de reproducción asistida. La jurisprudencia es de aplicación obligatoria por los tribunales del país a partir de este lunes, 30 de enero de 2017.

Como viene sucediendo a lo largo de los últimos años, el más alto tribunal mexicano ha actuado de nuevo como garante máximo de los derechos LGTB en ese país. Lo hizo, por ejemplo, a la hora de reconocer la validez en todo el territorio mexicano de los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en Ciudad de México (primer lugar en aprobar el matrimonio igualitario por vía legislativa), o de reconocer la constitucionalidad de las adopciones por parejas del mismo sexo. Por no hablar de las numerosas decisiones en favor del matrimonio igualitario en diferentes estados, que culminaban en 2015 precisamente con otra tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que debe seguir cualquier tribunal ante un amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. Aquella tesis expresaba que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y cerraba definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

En la misma línea, la nueva tesis jurisprudencial, emitida el pasado viernes 27 y cuya validez es plena desde este lunes 30, se refiere y protege de forma general el derecho de las parejas del mismo sexo a conformar familias. Por su brevedad, la reproducimos en su integridad:

A partir de las consideraciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la similitud entre las parejas homosexuales y heterosexuales en cuanto a su capacidad de desarrollar una vida familiar, la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación entiende que la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita únicamente a la vida en pareja, sino que puede extenderse a la procreación y a la crianza de niños y niñas según la decisión de los padres. Así, existen parejas del mismo sexo que hacen vida familiar con niños y niñas procreados y adoptados por alguno de ellos, o parejas que utilizan los medios derivados de los avances científicos para procrear.

La tesis jurisprudencial se genera después de que se hayan acumulado diversas resoluciones de amparo en el mismo sentido, y a partir de ahora pasa a ser de cumplimiento obligatorio por los tribunales mexicanos.

Es muy destacable, a nuestro juicio, que la tesis se refiera expresamente al derecho de las parejas del mismo sexo a conformar familias ya sea con niños procreados por alguno de sus miembros, adoptados o mediante la utilización de los “medios derivados de los avances científicos para procrear” en lo que supone, sin duda, un espaldarazo jurídico a la utilización de los procedimientos de reproducción asistida por parejas del mismo sexo. Sin duda, una buena noticia.

Fuente Dosmanzanas

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El 64% de los chilenos se muestra a favor del matrimonio igualitario

Miércoles, 25 de enero de 2017
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02a-ChileGaySegún una encuesta realizada por Cadem (empresa demoscópica y de investigación de mercado), más de la mitad de la ciudadanía de Chile es partidaria de la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo. En cambio, los partidarios de la adopción por familias homoparentales se sitúan en el 45% de la población. Desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH), en todo caso, señalan que “en materia de derechos humanos los Estados no pueden moverse por encuestas, sino por convicciones”.

Hace solo unos días nos hacíamos eco de la histórica ceremonia que tuvo lugar en Santiago de Chile para dar un impulso al acuerdo sobre el matrimonio igualitario logrado entre el Estado de Chile y el MOVILH con la medicación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En dicho acto, la presidenta del país, Michelle Bachelet aseguraba que “nos comprometemos como Estado a impulsar una discusión pública, participativa y abierta que permita al país generar un proyecto satisfactorio de matrimonio igualitario, reconociendo a todas las personas los mismos derechos”.

En este sentido, la publicación de la encuesta de Cadem supone un espaldarazo para que los poderes públicos aprueben cuanto antes el matrimonio entre personas del mismo sexo. La nada desdeñable cifra del 64% de los chilenos está a favor de la igualdad en esta institución. Y, aunque los apoyos a la adopción homoparental se sitúan en el 45%, los representantes del MOVILH consideran que “en materia de derechos humanos los Estados no pueden moverse por las encuestas sino por convicciones. La igualdad ante la ley es un derecho humano universal, que el Estado debiese fomentar, por ejemplo a través de la aprobación del matrimonio igualitario, marquen lo que marquen las encuestas. Con el Acuerdo por la Igualdad, hemos dado un paso al respecto”.

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Los más reacios al matrimonio igualitario, tal y como se desprende de la citada encuesta, son los evangélicos: con un 41% a favor y un 28% en contra. Entre los católicos, los partidarios ascienden al 66%. Aunque son los chilenos que se declaran como agnósticos o ateos los que de forma más mayoritaria apoyan el matrimonio entre personas del mismo sexo: concretamente, un 71% de ellos.

Por lo que respecta a las franjas ideológicas, no sorprende que el segmento más favorable sea, con un 72%, el de centro-izquierda. Le siguen el centro (71%) y los que se califican como independientes (64%). Y aunque los votantes conservadores son los que manifiestan más reservas, lo cierto es que la mayoría de ellos (un 55%) está de acuerdo con el matrimonio igualitario.

El apoyo al matrimonio subió ocho puntos porcentuales en relación a agosto del 2016 y 14 puntos más respecto a febrero del 2014, la primera vez que Cadem consultó al respecto. En tanto, la adhesión a la adopción homoparental incrementó en 4 puntos al compararse con agosto del 2016 y en 8 puntos más en relación a febrero del 2014.

Según ha recordado el MOVILH, el apoyo al matrimonio subió ocho puntos porcentuales en relación a agosto del 2016 y 14 puntos más respecto a febrero del 2014, la primera vez que Cadem consultó al respecto. En tanto, la adhesión a la adopción homoparental incrementó en 4 puntos al compararse con agosto del 2016 y en 8 puntos más en relación a febrero del 2014.

Fuente MOVILH

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En una histórica ceremonia en La Moneda, Bachelet reitera el compromiso de Chile con el matrimonio igualitario y otros derechos LGTB

Lunes, 23 de enero de 2017
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bachelet-acuerdo-movilh-matrimonio-igualitarioBachelet se compromete a aprobar el matrimonio homosexual en Chile en el primer semestre de 2017

A la ceremonia asistieron representantes de los tres poderes del Estado, así como del Tribunal Constitucional, del mundo diplomático y de la sociedad civil. El acto se enmarcó el “Acuerdo por la Igualdad” que el Estado firmó con el Movilh, gracias a la mediación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Nos comprometemos como Estado a impulsar una discusión pública, participativa y abierta que permita al país generar un proyecto satisfactorio de matrimonio igualitario, reconociendo a todas las personas los mismos derechos”, ha anunciado la mandataria.

Histórica ceremonia la que tuvo lugar este viernes en Santiago de Chile para dar un impulso al acuerdo sobre el matrimonio igualitario logrado entre el Estado de Chile y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH) con la medicación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ante la que el MOVILH había denunciado la prohibición a las parejas del mismo sexo de contraer matrimonio. El acto tuvo lugar en el Palacio de La Moneda con la presencia de todos los poderes del Estado chileno, entre ellos la presidenta Michelle Bachelet.

Como en su momento recogimos, el Estado chileno y el MOVILH alcanzaron hace meses una solución amistosa a la demanda que este colectivo había interpuesto ante la CIDH por la prohibición a las parejas del mismo sexo de contraer matrimonio una vez que había agotado la vía judicial dentro del país (puedes descargar el histórico acuerdo aquí). De desarrollarse todos los puntos contemplados en dicho acuerdo, Chile, que ya ha dado algunos pasos importantes (como la aprobación de las uniones civiles) pasaría a situarse en primera línea del reconocimiento jurídico de los derechos LGTB. Implicaría aceptar el matrimonio igualitario, la adopción homoparental y los derechos plenos de parentalidad (que a día de hoy tienen que ser reclamados ante los tribunales), pero también la aprobación de una ley de identidad de género (que permita a las personas trans modificar su sexo legal mediante un simple trámite administrativo), un refuerzo de la legislación antidiscriminatoria ya vigente en Chile (la conocida como “ley Zamudio) y medidas en el ámbito educativo.

En aquel momento se desató el optimismo entre el colectivo LGTB, pero a lo largo de los últimos meses lo cierto es que las dificultades han aflorado y el proceso se ha ralentizado. Una importante dificultad la constituye la necesaria complicidad del Congreso, cuya composición permite tener esperanzas pero no asegura la aprobación de estas reformas sin dificultades. En este sentido, la inclusión de la adopción homoparental se prevé uno de los puntos calientes de la discusión. La principal oposición, previsiblemente, vendrá de la UDI (Unión Demócrata Independiente), principal partido de la derecha chilena, algunos de cuyos diputados ya anunciaron la posible presentación de una propuesta de reforma la Constitución de Chile para prohibir expresamente el matrimonio igualitario. También es previsible una fuerte oposición desde ámbitos religiosos, tanto la Iglesia católica como desde las pujantes iglesias evangélicas.

31581344854_5a778b8a50_bDe ahí la importancia de un acto como el celebrado este viernes, que supone sin duda un importante impulso político a la implementación del acuerdo. La ceremonia, que tuvo lugar en el Palacio de La Moneda, se abrió con un discurso de Heraldo Muñoz, ministro chileno de Relaciones Exteriores, que hizo un resumen de los variados puntos del acuerdo, los cuales incorporan variadas medidas, no sólo el matrimonio igualitario. Así, el canciller relató que la iniciativa contempla reformas a la Ley Antidiscriminatoria, a la Unión Civil para reconocer derechos de paternidad y maternidad a las parejas del mismo sexo, a la Ley de Adopciones (para posibilitar la adopción a los convivientes civiles), así como la aprobación de la Ley de Identidad de Género, la derogación de normas homofóbicas del Código Penal y la eliminación de las facultades que se entrega a las iglesias para decidir quienes pueden impartir clases de religión en establecimientos laicos.

También contempla la inclusión de la temática de la diversidad sexual y de género en todo el sistema educacional, partiendo desde la etapa preescolar, así como la incorporación de los derechos de las mujeres lesbianas, bisexuales y transexuales en todas las políticas del Ministerio de la Salud y del Ministerio de la Mujer y de Género, entre otros puntos.

Muñoz dio luego paso a la presidenta de Chile, Michelle Bachelet. “Nos reunimos para dar cumplimiento al acuerdo de solución amistosa que suscribimos con el MOVILH, pero al mismo tiempo para dar inicio como establecimos al proceso de difusión pública sobre matrimonio igualitario. Proceso al que está llamado a sumarse la sociedad civil, así como todos los poderes del Estado”, explicó Bachelet. Añadió que “Chile reconoce formalmente la necesidad que tenemos como país de seguir perfeccionando las bases institucionales y nuestras normativas para evitar todo tipo de discriminación de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales”. En ese sentido, añadió, “Nos comprometemos como Estado a impulsar una discusión pública, participativa y abierta que permita al país generar un proyecto satisfactorio de matrimonio igualitario, reconociendo a todas las personas los mismos derechos”, añadió. “Estamos avanzando paso a paso, a veces más lento de lo que nos gustaría, pero el destino es claro y nuestras convicciones firmes”, finalizó la presidenta chilena en medio de contundentes aplausos y muestras de agradecimiento de todos los presentes. Conviene recordar, en este punto, que al margen de la vía judicial Bachelet ya prometió en marzo de 2013 que en caso de ser elegida presidenta abriría el proceso de discusión sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo.

31581346034_e7ac667cfd_bA la ceremonia asistieron, ente otras personalidades, el relator de la CIDH, Enrique Gil Botero, así como los ministros de Educación, de la Mujer y la Equidad de Género, de Justicia o de la Secretaria General del Gobierno. También estuvieron presentes los presidentes de la Cámara de Diputados y del Tribunal Constitucional, además de representantes diplomáticos de diversos países europeos, como Holanda, Noruega o la propia España. También hubo presencia de otros colectivos LGTB distintos al MOVILH y de la Comunidad Judía de Chile, con la que el colectivo LGTB lleva tiempo trabajando codo con codo para mejorar la legislación antidiscriminatoria y contra los delitos de odio. Una presencia especialmente destacada fue la de Stephane Abran y Jorge Monardes, una de las tres parejas a las cuales la negativa a reconocer su matrimonio (celebrado en su caso en Canadá) dio origen a la demanda del MOVILH ante la CIDH.

Para Rolando Jiménez, representante del MOVILH, “Este acto sin precedentes para promover el matrimonio igualitario marca una nueva etapa en la lucha por esta ley, pero sobre todo, para avanzar hacia la implementación de todas las políticas públicas y leyes demandadas por la diversidad sexual y de género y que son parte del Acuerdo por la Igualdad. Valoramos profundamente esta señal de la presidente Bachelet”. El Acuerdo por la Igualdad, que así lo hemos llamado en tanto el matrimonio es solo uno de sus puntos, no deja dudas además respecto a que Chile debe avanzar en la adopción, crianza y adopción por parte de parejas del mismo sexo, aspectos que están señalados expresamente en el texto, y que esperamos se traduzcan lo antes posible en leyes”. “Este día es solo al comparable a cuando legalizamos la homosexualidad o aprobamos la unión civil, pues todas las deudas con la diversidad sexual y de género se asumen como un compromiso de Estado, sea quien sea quien gobierne”,  indicó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

“Al fundarnos en 1991, nunca pensamos que llegaríamos a este momento que marca un antes y un después para los derechos de la diversidad sexual en Chile y en el sistema interamericano. Estamos felices, porque se mejorará la calidad de vida de las personas LGBTI”, dijo el Movilh. “Nuestros agradecimientos para todas y cada una de las personas e instituciones que colaboraron e hicieron posible esta travesía, antes llamada locura, hoy convertida en realidad”, finalizó la organización.

Os dejamos con los discursos de Heraldo Muñoz y de la presidenta Bachelet:

Fuente MOVILH, vía Dosmanzanas/Universogay

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Ciudad de México elevará a rango constitucional el matrimonio igualitario y el reconocimiento de las familias LGTB

Viernes, 13 de enero de 2017
Comentarios desactivados en Ciudad de México elevará a rango constitucional el matrimonio igualitario y el reconocimiento de las familias LGTB

ciudad-de-mexico-300x172La futura Constitución de Ciudad de México recogerá forma expresa tanto la no discriminación de las personas LGTB como el matrimonio igualitario y el reconocimiento de las familias LGTB bajo cualquiera de sus formas. Se trata de una magnífica noticia, tanto por sus efectos jurídicos (aunque el Distrito Federal de México, ahora oficialmente Ciudad de México, ya aprobó en 2009 el matrimonio igualitario) como sobre todo por su valor simbólico, al tratarse de la primera norma constitucional del mundo que incluye un pronunciamiento inclusivo tan explícito.

Una explicación política previa: el viejo Distrito Federal dejó de existir oficialmente hace un año para pasar a convertirse en Ciudad de México, una entidad federativa equivalente al resto de 31 estados mexicanos. Ciudad de México, pese a seguir siendo la capital del país, ha pasado a ser el número 32 de los Estados Unidos Mexicanos. Entre los cambios que ello conlleva está la redacción de una Constitución estatal, obra que en este momento está llevando a cabo una asamblea constituyente de 100 miembros que está ya próxima a finalizar su labor.

Pues bien, entre los artículos que ya ha sido aprobados destacan dos que tienen mucho que ver con la realidad LGTB. El artículo 9 C, aprobado en la sesión del pasado 22 de diciembre y referido a la igualdad y no discriminación, establece por ejemplo que:

  1. La Ciudad de México garantiza la igualdad sustantiva entre todas las personas sin distinción por cualquiera de las condiciones de diversidad humana. Las autoridades adoptarán medidas de nivelación, inclusión y acción afirmativa.
  2. Se prohíbe toda forma de discriminación, formal o de facto, que atente contra la dignidad humana o tenga por objeto o resultado la negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de los derechos de las personas, grupos y comunidades, motivada por origen étnico o nacional, apariencia física, color de piel, lengua, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, la situación migratoria, las condiciones de salud, embarazo, la religión, las opiniones, la preferencia sexual, la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género, las características sexuales, el estado civil o cualquier otra. También se considerará discriminación la misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, islamofobia, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia. La negación de ajustes razonables, proporcionales y objetivos, se considerará discriminación.

El artículo 11 E, referido a los derechos sexuales y aprobado en la sesión del 4 de enero, establece que:

Toda persona tiene derecho a la sexualidad; a decidir sobre la misma y con quién compartirla; a ejercerla de forma libre, responsable e informada, sin discriminación, con respeto a la preferencia sexual, la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género, las características sexuales, sin coerción o violencia; así como a la educación en sexualidad y servicios de salud integrales, con información completa, científica, no estereotipada, diversa y laica. Se respetará la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.

Pero es el artículo 16, bautizado como “ciudad incluyente”, aprobado en las sesiones que han tenido lugar esta misma semana, el que más agradablemente nos ha sorprendido, al incluir expresamente un apartado, el H, dedicado de forma específica a los derechos de las personas LGBTTTI. Su redacción es la siguiente:

  1. Esta Constitución reconoce y protege los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e intersexuales, para tener una vida libre de violencia y discriminación.
  2. Se reconoce en igualdad de derechos a las familias formadas por parejas de personas LGBTTTI, con o sin hijas e hijos, que estén bajo la figura de matrimonio civil, concubinato o alguna otra unión civil.
  3. Las autoridades establecerán políticas públicas y adoptarán las medidas necesarias para la atención y erradicación de conductas y actitudes de exclusión o discriminación por orientación sexual, preferencia sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.

La redacción final de este último artículo fue propuesta por Lol Kin Castañeda, diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y activista LGTB, siendo aprobada por 68 votos y 11 en contra.

Ciudad de México, la adelantada de América Latina

México D.F. fue, de hecho, el primer territorio de América Latina en aprobar el matrimonio igualitario en el año 2009 (meses antes de que lo hiciera Argentina). Posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que tanto los matrimonios entre parejas del mismo sexo como las adopciones por padres del mismo sexo fruto de aquella ley eran válidos en todo el territorio mexicano.

La capital mexicana abría así un camino que luego han seguido otros estados de México, un país federal en el que cada estado goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. Además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que aún no permiten su celebración acabó siendo considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, y de hecho en prácticamente todos los estados de México se han celebrado ya bodas por orden judicial.

Pese a todo, el Congreso de México decidía hace pocas semanas bloquear el compromiso del presidente del país, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar sin género de duda la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. Todo ello fruto de una intensa campaña de agitación homófoba promovida, entre otras, por la Iglesia católica mexicana, a la que suponemos no gustará demasiado el texto de la nueva Constitución de la capital del país.

Confíemos en que el proceso de aprobación de la Constitución, previsto para finales de este mes de enero, llegue a buen puerto. En este sentido, los artículos ya aprobados deben ser revisados todavía por la denominada Conferencia de Armonización, constituida por la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente y los presidentes de las juntas de las comisiones legislativas, cuya función, en principio, debería ser únicamente la de asegurar la coherencia jurídica del texto. Estaremos atentos…

Fuente Dosmanzanas

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La revista infantil estadounidense “Highlights Hello” incluirá por primera vez en sus páginas a una familia homoparental

Miércoles, 11 de enero de 2017
Comentarios desactivados en La revista infantil estadounidense “Highlights Hello” incluirá por primera vez en sus páginas a una familia homoparental

highlights1-400x630La revista infantil estadounidense Highlights Hello, una de las más veteranas del sector, ha incluido por primera vez, en su número del próximo mes de febrero, a una familia homoparental. La decisión editorial se ha tomado después de que el pasado año algunos de sus lectores reclamasen unos contenidos más inclusivos, que reflejasen a todos los tipos de familia existentes. Sin embargo, organizaciones LGTBfobas como One Million Moms han amenazado a la publicación con organizar un boicot si persiste en esa inclusividad.

Highlights Hello es una revista infantil estadounidense de ámbito nacional, que se edita en la ciudad Columbus, en el estado de Ohio, desde 1946, lo que la convierte en una de las más veteranas del sector. A través de las aventuras y ejercicios que ofrecen sus páginas, los niños de más corta edad aprenden a conocer el mundo.

El pasado año, Kristina Wertz y Kara Desiderio, que recordaban los agradables momentos de lectura que les proporcionó la publicación durante su infancia, se dirigieron al servicio de clientes de Highlights Hello para hacerles llegar su preocupación por que la revista no reflejara familias como la que formaban ellas con su hija de un año. La pequeña adoraba las historias de Highlights Hello, y sus madres apreciaban que la revista sí mostrase, por ejemplo, familias de diversas razas o interraciales con total normalidad. Sin embargo, ese criterio no se aplicaba a las familias homoparentales.

La queja de Kristina y Kara no obtuvo respuesta, por lo que decidieron difundirla a través de las redes sociales. Tras conseguir gran difusión, Highlights Hello finalmente contestó a su requerimiento con el siguiente mensaje:

¡Hola Kristina, gracias por tu mensaje!

Entendemos tu deseo de ver a tu familia representada en Highlights Hello. Para muchos de nuestros lectores, el asunto de las familias homoparentales es todavía nuevo, y los padres todavía están aprendiendo cómo abordar ese tema con sus hijos, incluso con los más pequeños. Creemos que los padres son los que mejor saben cuándo estará lista su familia para iniciar una conversación sobre el asunto de las familias homoparentales.

Por favor, ten la seguridad de que es muy importante para nosotros que cada niño vea su “cara” en las páginas de nuestras revistas en algún momento, que cada niño sienta que Highlights es realmente para ellos. Seguiremos reflexionando profundamente sobre la inclusión, específicamente en cómo abordarla y desarrollarla de una manera apropiada para nuestra amplia audiencia. Tu mensaje es un buen recordatorio de lo importante que es.

Con nuestros mejores deseos,

Los editores

El compromiso adquirido con Kristina y Kara se verá cumplido en el número del próximo mes de febrero. Y se reflejará de la manera más apropiada: sin convertirlo en un “tema”, simplemente incluyendo a una familia homoparental con total naturalidad como protagonista de una de las secciones. En este caso se trata de la titulada “Tu viaje en familia favorito”, en la que se muestra la ilustración de una familia con dos padres varones que prepara el monovolumen familiar para empezar un viaje, y se anima a los niños a que escriban sobre cómo fue su viaje en familia favorito.

Algo tan natural y sencillo, sin embargo, ha causado la indignación de One Million Moms, una organización ultraconservadora conocida por sus amenazas a toda empresa o medio que muestre algún signo de inclusividad respecto a las personas o familias LGTB. Para la organización, —de la que consta que está lejos de tener un millón de afiliados y que, además, en su mayoría son varones— “no es labor de las revistas introducir temas sociales, sino de los padres”, por lo que amenazan con pedir a sus seguidores que cancelen su suscripción a la publicación.

Por su parte, la editora en jefe de Highlights Hello, Christine French Cully, ha declarado que “recibimos alguna reacción negativa cuando nos comprometimos a ser más reflexivos respecto a los distintos tipos de familia que existen. Sabemos que esto hará infelices a algunos. Pero nuestro objetivo seguirá siendo el crear el mejor contenido posible para los niños”.

Fuente Dosmanzanas

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Colombia: la propuesta de referéndum para prohibir adoptar a parejas del mismo sexo y personas solteras recibe el aval del Senado

Lunes, 19 de diciembre de 2016
Comentarios desactivados en Colombia: la propuesta de referéndum para prohibir adoptar a parejas del mismo sexo y personas solteras recibe el aval del Senado

20150211171627173vivian-1Preocupantes noticias las que no llegan desde Colombia, donde la iniciativa promovida por la senadora del Partido Liberal Viviane Morales para convocar un referéndum que prohiba adoptar a las parejas del mismo sexo (y de paso a todas las personas solteras, con el argumento de que los niños necesitan “un papá y una mamá”) avanza a paso firme. Este miércoles el Senado colombiano daba su apoyo a la iniciativa por 55 votos a favor y 22 en contra. La iniciativa discriminatoria debe pasar todavía el filtro de la Cámara de Representantes (donde es altamente probable su aprobación) y, finalmente, de la Corte Constitucional. El alto tribunal, que en su momento avaló la constitucionalidad de la adopción homoparental, parece quedar como la última esperanza de los partidarios de la igualdad. 

Colombia, como hemos recogido estos últimos años, ha dado pasos de gigante en lo que al reconocimiento de la homoparentalidad se refiere gracias a su Corte Constitucional. En noviembre de 2015, el más alto tribunal colombiano daba su visto bueno a la adopción homoparental conjunta por seis votos contra dos. Lo hacía centrándose en los derechos de los menores, “especialmente aquellos en situación de abandono, a tener una familia”. Un derecho que “se puede hacer efectivo brindándoles cualquier tipo de familia que se encuentre constitucionalmente reconocido, bien sea de aquellas conformadas por vínculos jurídicos, de las que surgen por vínculos naturales, o de las que se conforman por la voluntad responsable de sus integrantes”. Hay que tener en cuenta, en este sentido, el importante precedente que la misma Corte Constitucional sentó en 2011, cuando en otra histórica sentencia determinó que las parejas del mismo sexo están protegidas por el derecho constitucional a“conformar una familia”.

A los pocos días de la sentencia sobre la adopción, la Corte Constitucional fallaba también a favor de una pareja de hombres que en su momento no pudo registrar a sus dos hijos nacidos en Estados Unidos mediante gestación subrogada, ordenando además adecuar el formato de los registros de nacimiento para que estos admitiesen a los hijos de parejas del mismo sexo. La Corte consideró que los argumentos contrarios a estas inscripciones “se basan en una interpretación tradicional y heterosexual de la familia que aunque se encuentra plenamente protegida por la Constitución, no es la única unión familiar amparada por la Carta”.  Ello llevó, pocas semanas después, a que por primera vez dos mujeres pudiesen registrar como madres a su hija, concebida por inseminación artificial en la propia Colombia, sin tener que recurrir a la vía de la adopción en el seno de la misma pareja. Fue ya posteriormente, en primavera de este año, cuando la Corte Constitucional de Colombia fallaba a favor del matrimonio igualitario, una cuestión que en Colombia se ha mantenido jurídicamente disociada de la adopción homoparental.

En definitiva, toda una serie de pronunciamientos en favor de la realidad familiar homoparental que desataron las iras de los homófobos, según los cuales la Corte Constitucional, con este tipo de sentencias, está legislando de espaldas al Congreso, donde es altamente improbable que fuesen aprobadas. Especial éxito tuvo la iniciativa de la senadora liberal Viviane Morales, de convicciones evangélicas (y que contó para ello con el apoyo de numerosos congresistas de diversas fuerzas políticas) para promover un referéndum de reforma constitucional que solo permita adoptar a parejas de distinto sexo. Parejas del mismo sexo (que acaban de estrenar ese derecho) y personas solas (que ya lo disfrutaban) perderían la posibilidad de adoptar a los miles de niños que en Colombia carecen de una familia. Morales debía reunir un número de firmas equivalente al 5% del censo electoral (1.665.000), pero gracias a la intensa movilización tanto de los grupos evangélicos como de las parroquias católicas consiguió de hecho rebasar los 2 millones.

Voto a favor del Senado

Una vez superado el número de firmas necesario, es el Congreso el que debe pronunciarse. La primera cámara parlamentaria en pronunciarse ha sido el Senado. En septiembre, su Comisión primera aprobaba la iniciativa por 10 votos a favor y solo 2 en contra. Este martes, 13 de diciembre, el pleno del Senado le daba su respaldo, tras un agitado debate, por una diferencia menor, pero aún así amplia: 55 votos a favor y 22 en contra. A continuación, la iniciativa de Viviane Morales (que no ha dudado en recurrir a argumentos abiertamente homófobos, como que los hijos de parejas del mismo sexo se ven sometidos a abusos sexuales o que se ve alterado su desarrollo afectivo) debe ser discutida en la Cámara de Representantes, donde todo apunta a que también será aprobada.

La propuesta de referéndum, finalmente, debe ser sometida a revisión de constitucionalidad por la Corte Constitucional, lo que resulta paradójico ya que los derechos que el referéndum pretender retirar a una minoría fueron reconocidos precisamente por una decisión previa de la propia Corte. Varios exmagistrados de la Corte, de hecho, se han pronunciado públicamente en contra de la iniciativa:

Es en este punto del proceso en el que reposarían las esperanzas de los partidarios de la igualdad. Si aun así la iniciativa de referendum fuese declarado exequible (está claro que la presión a la que los miembros de la Corte se verán sometidos puede ser realmente insoportable) se procederá a su convocatoria. Para que el resultado sea considerado válido, requiere no solo que el resultado sea superior al 50% de los votos emitidos, sino que el voto afirmativo exceda de la cuarta parte del total del censo.

El presidente Santos, en contra

1703_bPrecisamente este miércoles, durante una visita que está realizando a España, el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos (a cuya reelección contribuyó de forma indiscutible el colectivo LGTB) se mostraba públicamente en contra del referéndum. “Yo no estoy a favor de esa posición. Nosotros somos un Gobierno que ha promovido los derechos de todos los colombianos, incluyendo las minorías homosexuales”, declaraba.

Una postura que, por desgracia, no comparte la mayoría de los legisladores de su propio partido, el Partido de la U. En la votación que tuvo lugar el martes, 11 senadores del Partido de la U votaron a favor del referéndum, mientras que 6 lo hicieron en contra.

Multitud de niños en espera de ser adoptados

Lo verdaderamente paradójico de todo este asunto, en cualquier caso, es que la iniciativa de Viviane Morales para limitar la adopciones tiene lugar cuando el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) se ha visto obligado a lanzar una campaña para promover la adopción debido a la caída en el número de menores adoptados que se ha registrado en Colombia en los últimos años, lo que hace que cada vez más niños tengan que permanecer al cargo del estado sin poder acceder al cariño de una familia.

El ICBF, de hecho, fue uno de los organismos que en su momento avaló la adopción homoparental, al igual que han hecho la Defensoría del Pueblo, el Colegio Colombiano de Psicólogos y varias universidades (como la Universidad Nacional de Colombia, la Pontificia Universidad Javeriana, la Universidad del Valle y la Universidad de los Andes, que ya en 2012 emitieron informes a favor, o la Universidad Externado de Colombia).

Fuente Dosmanzanas

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