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El periodista Eulogio López, culpable de un delito de odio por publicar un vídeo en el que relacionó homosexualidad y pederastia

Sábado, 24 de febrero de 2018
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Eulogio_LopezPor fin una decisión judicial relacionada con el odio LGTBfóbico de la que nos congratulamos, después de habernos hecho eco de varios episodios en los que los jueces se han mostrado insensibles a esta realidad. Lo recoge la cadena SER. El periodista Eulogio López ha sido condenado a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 1.800 euros (además de las costas) tras ser declarado culpable de un delito de odio por publicar en YouTube un vídeo que relacionaba homosexualidad y pederastia.

Eulogio López es el fundador de Hispanidad, un conocido diario digital ultraconservador. El vídeo por el que ahora ha sido condenado se titulaba “Sodomía y pederastia son dos ramas del mismo tronco”, y fue publicado en YouTube hace ahora tres años, acumulando más de 2.000 visitas antes de ser retirado. En él vinculaba abiertamente la pederastia con la homosexualidad, al asegurar por ejemplo que más del 90% de los casos son “de práctica sodomítica”. También equiparaba pederastia y homosexualidad como “dos degeneraciones anticristianas”.

La sección 23ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado ahora la condena que ya le había sido impuesta por el Juzgado de lo Penal nº 16, al considerar que en efecto los contenidos del vídeo son constitutivos de un delito de odio. “La dosis de menosprecio y descrédito que encierran estas palabras es sencillamente brutal, intolerable para una sociedad basada en el respeto a la dignidad y la libertad de las personas”, argumentan los jueces, que además critican el uso de estadísticas “carentes de todo contraste científico” y la enumeración de datos “tan desmesurados como insostenibles”.

El tribunal considera que establecer esta falsa relación no tenía otra finalidad que la de humillar a las personas homosexuales, por lo que los hechos constituyen un delito de odio, desestimando los argumentos de la defensa, que apelaban a la libertad de expresión, además de negar que el periodista quisiera “ofender ni lesionar la dignidad de los homosexuales”. Contra la sentencia no cabe recurso.

Un antecedente positivo tras varios reveses 

Hace ahora una semana nos hacíamos eco de lo sucedido en Valladolid, donde un juzgado desestimó el recurso de dos chicos que sufrieron el pasado junio una agresión de tintes homófobos, circunstancia que ni la jueza ni la Fiscalía quisieron tener en cuenta, y que finalmente consideraron simplemente un delito de lesiones leves.

No es el primer caso del que nos hacemos eco en los últimos tiempos. Sucedió hace unos meses en Alicante, donde la justicia se negó a reconocer la existencia de un delito de odio por homofobia en la agresión a una pareja gay ocurrida en Moraira. El agresor, antiguo compañero de instituto de uno de los agredidos y que nunca aceptó de buen grado su orientación sexual, continuó luego su acoso en redes sociales. O en 2016 en Madrid, donde la justicia consideró que no había homofobia en llamar a un grupo de chicos gais “maricones de mierda” y agredirlos físicamente (y ello pese a que la propia sentencia reconoció ambos hechos como probados). Y todo ello sin hablar de aquellos ataques en los que no ha habido propiamente agresión física, pero sí una campaña de odio perfectamente planificada, como ha sido el caso de la campaña tránsfoba de HazteOír

El artículo 510 del Código Penal español, en su apartado 2, castiga a pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses a quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”. El artículo 22, por su parte, en su apartado 4, considera circunstancia agravante de un delito el cometerlo “por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad”. Quizá tengamos un problema de comprensión lectora, pero a nosotros nos parece evidente que la ley proporciona herramientas a los jueces para que castiguen adecuadamente la LGTBfobia. Y no todos lo están haciendo.

Confiemos en que la senda abierta por la sección 23ª de la Audiencia de Madrid tenga continuidad y que la justicia comience a tomarse en serio esta dramática realidad.

Fuente Dosmanzanas

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Anuncio de Coca Cola con familia homoparental

Sábado, 11 de abril de 2015
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noticias_file_foto_981690_1428315293“En esta última década, nuestra sociedad ha cambiado mucho, y con ella también las familias. De un tiempo a esta parte, cada vez es más común encontrarnos con todo tipo de familias: parejas con hijos, parejas sin hijos, madres o padres solteros con hijos, parejas formadas por personas de distinto o del mismo sexo, parejas con personas de diferentes nacionalidades…”. Así argumenta Coca-Cola su última campaña, “La felicidad es siempre la respuesta”, que incluye un bonito spot televisivo que, a través de una secuencia de diálogos entre niños y padres, muestra que “no existe una fórmula única para conseguir la felicidad. Porque cada familia es diferente, porque existen infinitas formas de ser feliz y ninguna es mejor que la otra”.

Entre las familias que aparecen en el spot, una familia homoparental. En esta campaña, Coca-Cola presenta una visión actual de la sociedad en la que los más diversos tipos de familia tienen cabida, y nos muestra, a través de una secuencia de entrañables diálogos entre niños y padres, que no existe una fórmula única para conseguir la felicidad.

Coca Cola España ha estrenado hoy (6 de abril) en televisión un anuncio de televisión protagonizado por nuevos modelos de familia, y en el que aparece como una de las principales, una formada por un matrimonio gay con un hijo en edad escolar. La marca de refrescos se dirige así su publicidad a las familias homoparentales,desués de que debió disculparse y retirar una campaña publicitaria en la cual se prohibía el uso de la palabra “gay” y un año después de las protestas contra la filial en Estados Unidos por su apoyo a los Juegos Olímpicos de la Homofobia celebrados en Sochi (Rusia) el año pasado.

La multinacional presenta “distintos modelos de familia” para asegurar que “no existe una fórmula única para conseguir la felicidad”. Para ello, presenta varios diálogos entre niños y sus progenitores, entre los que también figuran una madre soltera y unos padres de adopción, para asegurar que “la felicidad siempre es la respuesta”.

El anuncio, que puede verse en YouTube y que ha sido realizado por la agencia McCann Madrid forma parte de la estrategia de la compañía por unificar la imagen de marca y la comunicación de varios de sus productos: Coca-Cola, Coca-Cola Light y Coca-Cola Zero.

Para los responsables de la marca, el nuevo spot es “un anuncio valiente” y “comprometido con la sociedad y los nuevos modelos de familia que presenta una visión muy actual de la sociedad”. La propia Coca-Cola lo explica a la perfeccción: “según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística, desde 2001 se ha incrementado en casi un 50% el número de familias monoparentales. Por otro lado, el número de parejas del mismo sexo se ha multiplicado por cinco, mientras que los matrimonios entre personas de diferente nacionalidad se han triplicado. Y es que aunque la familia “tradicional” aún supone el 99,5% de todas las parejas españolas, en Coca-Cola pensamos que no existe una única forma de ser feliz y que hay múltiples caminos para encontrar la felicidad. Por supuesto, también a través del tipo de familia que eliges”.

Y ya salieron los recalcitrantes… Por lo pronto, ya podemos leer en Hispanidad, el medio ultraconservador, que “Coca Cola quiere que los niños sean educados por gays”…

 

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El Observatorio Contra la Homofobia denuncia un vídeo de la web Hispanidad.com en Youtube por homofobia y comentarios vejatorios

Lunes, 16 de febrero de 2015
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Eulogio_LopezSencillamente repugnante:

El vídeo, producido por la web Hispanidad.com y protagonizado por el director de la misma entidad, Eulogio López, identifica la homosexualidad (exactamente la sodomía) con la pederastia, algo que tacha de “degeneración anticristiana y, por lo tanto, inhumana“.

El Observatorio Contra la Homofobia (OCH) ha comunicado hoy al área LGTBI de la Generalitat la existencia en internet de un vídeo que hace expresa apología de la homofobia con comentarios vejatorios hasta este colectivo.

El OCH, que ha pedido la retirada inmediata del vídeo, colgado en la red social Youtube, ha subrayado que el contenido del mismo es “absolutamente indigno y vulnera los derechos fundamentales de las personas LGTBI que se pueden sentir consideradas como “delincuentes”

En este sentido, el organismo que defiende los derechos de los homosexuales ha recordado que este tipo de vídeos pueden generar violencia contra las personas a las que ataca.

Al que masacre a un niño hay que masacrarle a él, ahora bien, lo mismo se podría decir de la homosexualidad: la prueba es que el 90 y tanto por ciento de casos de pedofilia son homosexuales y de práctica sodomita”, llega a afirmar López en el vídeo que el OCH denuncia.

Por ahora, el Observatorio Contra la Homofobia se ha reservado el derecho de presentar una denuncia formal a la espera de que las administraciones competentes de la Generalitat actúen en consecuencia.

https://www.youtube.com/watch?v=xB5eyEMc3r0

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