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Personal de seguridad de centro comercial condenado a aprender sobre comunidad LGTB

Jueves, 14 de julio de 2016
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Caso-centro-comercialTomado de revista Semana.

Un tribunal condena al personal de seguridad de un centro comercial de Barranquilla (Ecuador) a aprender sobre la comunidad LGTB por un caso de discriminación por orientación sexual.

La Corte Constitucional reconoce los derechos de un joven homosexual de Barranquilla (Colombia) que había sufrido discriminación en base a su orientación sexual, condenando al Centro Comercial Portal del Prado a presentar disculpas públicas a la víctima en un plazo no superior a 48 horas tras el comunicado de la sentencia, asimismo, el personal deberá instruirse sobre la comunidad LGTB, como también apela a que lo haga el propio personal jurídico que falló en primera instancia contra el joven homosexual.

«Instruir, por el tiempo que considere conveniente, al representante legal, al jefe de seguridad, a los supervisores y demás personal de seguridad del centro comercial mediante algún programa pedagógico con el cual promocione los derechos fundamentales a la dignidad humana, al buen nombre, a la honra, a la igualdad y a la no discriminación de las personas LGBT, así como a la erradicación de cualquier forma de discriminación contra esa comunidad», explica la notificación de la corte en un fallo que sienta un precedente histórico para la comunidad LGTB colombiana.

1468087031_955219_1468101576_noticia_normalHéctor Barros/Archivo personal

La agresión se produce el 21 de enero de 2015, cuando Héctor Barros, de 23 años de edad, tras haber entrado a uno de los cuartos de baño del establecimiento, es interpelado por un vigilante de seguridad, quien le prohibe hacer uso del baño y lo saca del lugar acusándolo de protagonizar actos obscenos. «Lo sacaron a la fuerza con gritos y burlas, incluso le decían a los usuarios del Centro Comercial que lo sacaban por cometer actos obscenos en el baño con otro hombre», explica Wilson Castañeda, director de Caribe Afirmativo, organización que presentó la denuncia junto a Barros en la semana posterior al incidente.

Ante la denuncia presentada, el personal del Centro Comercial no accede a la revisión de las cámaras de vigilancia, tal y como solicita el demandante lo que según él mismo alega, demostraría que no había cometido acto ilícito o impúdico alguno. De hecho, un juez de segunda instancia falla inicialmente en su contra al determinar que no tiene pruebas que demuestren lo que ha sucedido. De ahí que en su fallo, la Corte Constitucional arremeta también contra los jueces, el Defensor del Pueblo y todas las personas involucradas en el caso, porque según se interpreta, Héctor Barros «se identificó como una persona de orientación sexual diversa, condición que lo ubica como víctima potencial de actos discriminatorios, por lo que adquiere la calidad de sujeto de especial protección constitucional», recordando que no es competencia de una persona demostrar que ha sido discriminada, sino a sus agresores demostrar, en todo caso, que no lo hicieron.

Comunicado de Caribe Afirmativo quien celebra fallo de la Corte Constitucional en contra del centro comercial en Barranquilla

Caribe AfirmativoLa corporación acompañó desde principios de 2015  una denuncia ante este órgano de control que garantizó con una sentencia los derechos de un joven gay en la capital del Atlántico, y ordenó al centro comercial Portal del Prado pedir disculpas públicas.

La corporación Caribe  Afirmativo recibió en 2015 una  denuncia de un  joven que busco  nuestra asesoría jurídica por un acto de discriminación del que  fue  víctima en el centro comercial Portal del  Prado,  cuando los vigilantes  le  prohibieron hacer uso  del baño público y lo acusaron, sin ninguna  prueba,  de tener actos obscenos dentro de ese lugar.

Nuestro  equipo jurídico  presentó junto con el  demandante  una  tutela  ante  el  Juez  20 Civil Municipal de Barranquilla, por vulneración de los derechos al buen nombre y dignidad humana a nombre del afectado, pero el juez de primera instancia determinó que no hubo violación de los derechos fundamentales; impugnamos la  decisión y  el Juzgado  Décimo del Circuito de Barranquilla solicitó en segunda instancia que se utilizara como prueba el testimonio del exjefe del accionante, pues  el centro comercial negó el  hecho y  pidió además, una inspección judicial en las cámaras del centro comercial, solicitud del mismo demandante en una carta en la que se relaciona la prueba extrajudicial  y además, donde el ex jefe reconoce que el hechos si se  presentó  y donde solicitamos  revisar nuevamente las  cámaras.

El argumento  del cuerpo de  vigilantes  para  sacar al  ciudadano del baño público  fue que  éste  estaba  protagonizando actos obscenos en  ese lugar y con  ´empujones¨, a la  fuerza,  con  gritos y  burlas lo  retiraron del lugar, incluso  le decían a los usuarios del  centro comercial que lo sacaban por  cometer actos  obscenos en el baño  con  otro  hombre.

Según la Corte, a partir de ahora todos los jueces del país que conozcan casos de discriminación como este deben obligar a la parte demandada a que demuestre con pruebas que no cometió el abuso, así la presunta víctima no tenga los elementos suficientes para acreditarlo. De lo contrario, dice la corporación, se dará por hecho que se produjo la violación de los derechos del accionante.

Caribe  Afirmativo manifiesta  con preocupación  cómo se ha convertido en un  hecho sistemático y  permanente la  agresión y negación  al uso  y disfrute de los espacios  de los  centros  comerciales en la  región  Caribe  a las  personas  LGBT, pues  denuncias  similares hemos  recibido de centros  comerciales de  Barranquilla, Cartagena y  Montería, a pesar de que  en sentencias  anteriores  de la  Corte  por casos similares, ocurridos  en    Cali y  Bogotá,  se  ha  exigido a  estas empresas,  garantizar que los espacios  de circulación  y públicos deben  contar con todas las  garantías  para  los ciudadanos que  hacen uso de ellos,  sin  ninguna expresión  de  discriminación o  exclusión;  por  ello es  importante y urgente  que  la Alcaldía  Distrital  haga  seguimiento y  establezca acciones  preventivas al  respecto y que genere un programa  de   formación  con los  centenares  de  vigilantes  privados que  velan  por la seguridad de espacios públicos y mixtos   y que  excusados en que  no son  funcionarios públicos,  no asumen  un compromiso con la  garantía  de  los  derechos  de los  usuarios y  transeúntes, en relación que su servicio  se hace en el marco  de un servicio  público.

Caribe  Afirmativo  espera  que  el centro comercial tan pronto sea notificado proceda a pedir disculpas  públicas al  afectado; pero  además  solicita que  de inmediato el  centro comercial, y como medida de reparación,  genere un programa de  sensibilización  y  capacitación a  su cuerpo de  vigilancia y a  funcionarios sobre el respeto y reconocimiento  a los  derechos de las  personas  LGBT; que se  genere  una campaña  comunicacional en el centro  comercial   en sus carteleras y  espacios  públicos que  envíen  mensajes a los transeúntes de respeto y  convivencia  con la  diversidad sexual y  las  identidades  de  género.

Fuente Universogay/Caribe Afirmativo

General, Homofobia/ Transfobia. , ,

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