Personal de seguridad de centro comercial condenado a aprender sobre comunidad LGTB
Un tribunal condena al personal de seguridad de un centro comercial de Barranquilla (Ecuador) a aprender sobre la comunidad LGTB por un caso de discriminación por orientación sexual.
La Corte Constitucional reconoce los derechos de un joven homosexual de Barranquilla (Colombia) que había sufrido discriminación en base a su orientación sexual, condenando al Centro Comercial Portal del Prado a presentar disculpas públicas a la víctima en un plazo no superior a 48 horas tras el comunicado de la sentencia, asimismo, el personal deberá instruirse sobre la comunidad LGTB, como también apela a que lo haga el propio personal jurídico que falló en primera instancia contra el joven homosexual.
«Instruir, por el tiempo que considere conveniente, al representante legal, al jefe de seguridad, a los supervisores y demás personal de seguridad del centro comercial mediante algún programa pedagógico con el cual promocione los derechos fundamentales a la dignidad humana, al buen nombre, a la honra, a la igualdad y a la no discriminación de las personas LGBT, así como a la erradicación de cualquier forma de discriminación contra esa comunidad», explica la notificación de la corte en un fallo que sienta un precedente histórico para la comunidad LGTB colombiana.
Héctor Barros/Archivo personal
La agresión se produce el 21 de enero de 2015, cuando Héctor Barros, de 23 años de edad, tras haber entrado a uno de los cuartos de baño del establecimiento, es interpelado por un vigilante de seguridad, quien le prohibe hacer uso del baño y lo saca del lugar acusándolo de protagonizar actos obscenos. «Lo sacaron a la fuerza con gritos y burlas, incluso le decían a los usuarios del Centro Comercial que lo sacaban por cometer actos obscenos en el baño con otro hombre», explica Wilson Castañeda, director de Caribe Afirmativo, organización que presentó la denuncia junto a Barros en la semana posterior al incidente.
Ante la denuncia presentada, el personal del Centro Comercial no accede a la revisión de las cámaras de vigilancia, tal y como solicita el demandante lo que según él mismo alega, demostraría que no había cometido acto ilícito o impúdico alguno. De hecho, un juez de segunda instancia falla inicialmente en su contra al determinar que no tiene pruebas que demuestren lo que ha sucedido. De ahí que en su fallo, la Corte Constitucional arremeta también contra los jueces, el Defensor del Pueblo y todas las personas involucradas en el caso, porque según se interpreta, Héctor Barros «se identificó como una persona de orientación sexual diversa, condición que lo ubica como víctima potencial de actos discriminatorios, por lo que adquiere la calidad de sujeto de especial protección constitucional», recordando que no es competencia de una persona demostrar que ha sido discriminada, sino a sus agresores demostrar, en todo caso, que no lo hicieron.
Comunicado de Caribe Afirmativo quien celebra fallo de la Corte Constitucional en contra del centro comercial en Barranquilla
La corporación acompañó desde principios de 2015 una denuncia ante este órgano de control que garantizó con una sentencia los derechos de un joven gay en la capital del Atlántico, y ordenó al centro comercial Portal del Prado pedir disculpas públicas.
La corporación Caribe Afirmativo recibió en 2015 una denuncia de un joven que busco nuestra asesoría jurídica por un acto de discriminación del que fue víctima en el centro comercial Portal del Prado, cuando los vigilantes le prohibieron hacer uso del baño público y lo acusaron, sin ninguna prueba, de tener actos obscenos dentro de ese lugar.
Nuestro equipo jurídico presentó junto con el demandante una tutela ante el Juez 20 Civil Municipal de Barranquilla, por vulneración de los derechos al buen nombre y dignidad humana a nombre del afectado, pero el juez de primera instancia determinó que no hubo violación de los derechos fundamentales; impugnamos la decisión y el Juzgado Décimo del Circuito de Barranquilla solicitó en segunda instancia que se utilizara como prueba el testimonio del exjefe del accionante, pues el centro comercial negó el hecho y pidió además, una inspección judicial en las cámaras del centro comercial, solicitud del mismo demandante en una carta en la que se relaciona la prueba extrajudicial y además, donde el ex jefe reconoce que el hechos si se presentó y donde solicitamos revisar nuevamente las cámaras.
El argumento del cuerpo de vigilantes para sacar al ciudadano del baño público fue que éste estaba protagonizando actos obscenos en ese lugar y con ´empujones¨, a la fuerza, con gritos y burlas lo retiraron del lugar, incluso le decían a los usuarios del centro comercial que lo sacaban por cometer actos obscenos en el baño con otro hombre.
Según la Corte, a partir de ahora todos los jueces del país que conozcan casos de discriminación como este deben obligar a la parte demandada a que demuestre con pruebas que no cometió el abuso, así la presunta víctima no tenga los elementos suficientes para acreditarlo. De lo contrario, dice la corporación, se dará por hecho que se produjo la violación de los derechos del accionante.
Caribe Afirmativo manifiesta con preocupación cómo se ha convertido en un hecho sistemático y permanente la agresión y negación al uso y disfrute de los espacios de los centros comerciales en la región Caribe a las personas LGBT, pues denuncias similares hemos recibido de centros comerciales de Barranquilla, Cartagena y Montería, a pesar de que en sentencias anteriores de la Corte por casos similares, ocurridos en Cali y Bogotá, se ha exigido a estas empresas, garantizar que los espacios de circulación y públicos deben contar con todas las garantías para los ciudadanos que hacen uso de ellos, sin ninguna expresión de discriminación o exclusión; por ello es importante y urgente que la Alcaldía Distrital haga seguimiento y establezca acciones preventivas al respecto y que genere un programa de formación con los centenares de vigilantes privados que velan por la seguridad de espacios públicos y mixtos y que excusados en que no son funcionarios públicos, no asumen un compromiso con la garantía de los derechos de los usuarios y transeúntes, en relación que su servicio se hace en el marco de un servicio público.
Caribe Afirmativo espera que el centro comercial tan pronto sea notificado proceda a pedir disculpas públicas al afectado; pero además solicita que de inmediato el centro comercial, y como medida de reparación, genere un programa de sensibilización y capacitación a su cuerpo de vigilancia y a funcionarios sobre el respeto y reconocimiento a los derechos de las personas LGBT; que se genere una campaña comunicacional en el centro comercial en sus carteleras y espacios públicos que envíen mensajes a los transeúntes de respeto y convivencia con la diversidad sexual y las identidades de género.
Fuente Universogay/Caribe Afirmativo
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