Estados Unidos se ha visto forzado a salir al paso de las informaciones que le acusaban de haberse opuesto a una resolución del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas que condenaba la aplicación de la pena de muerte por mantener relaciones homosexuales. Lo cierto, como explicábamos hace dos días, es que ese titular descontextualizado puede ser malinterpretado. La resolución era un texto globalmente crítico con la pena de muerte, y de ahí deriva la oposición estadounidense, que no es nueva (textos similares se han votado en ocasiones anteriores y Estados Unidos también ha votado en contra). Lo importante, en este caso, es que por primera vez se incluía una mención a la aplicación de la pena de muerte a las personas que mantienen relaciones homosexuales, a la que Estados Unidos, según ha confirmado ahora, se opone. Una clarificación que colectivos en defensa de los derechos LGTB consideran oportuna, aunque no ha despejado todas las críticas.
Lo explicamos en nuestra anterior entrada (en la que detallamos además el voto de los diferentes países). La resolución A/HRC/36/L.6 del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas aborda la pena de muerte y condena su aplicación cuando no es garantista y supone una violación de derechos humanos fundamentales. Condena, por ejemplo, la pena de muerte contra personas con discapacidad mental o intelectual, contra quienes eran menores de 18 años en el momento de la comisión del delito o contra mujeres embarazadas. También “deplora” que las personas pobres o económicamente vulnerables y los extranjeros sean condenados a muerte de manera desproporcionada. Por lo que se refiere al ámbito LGTB, lo interesante de esta resolución es que por primera vez incluye la cuestión LGTB entre sus considerandos y recomendaciones. Lo hace, en concreto, en tres ocasiones:
- La primera, en su parte introductoria, al tomar nota de los informes del secretario general de Naciones Unidas sobre la cuestión de la pena de muerte, en el último de los cuales “examinó los efectos desproporcionados de la aplicación de la pena de muerte a personas pobres o económicamente vulnerables, los extranjeros, las personas que ejercen el derecho a la libertad de religión o de creencias y la libertad de expresión, y la aplicación discriminatoria de la pena de muerte contra las minorías raciales y étnicas, su aplicación discriminatoria por motivos de género u orientación sexual, y su aplicación a personas con discapacidad mental e intelectual”.
- La segunda, cuando expresamente condena “la imposición de la pena de muerte como sanción por determinadas formas de conducta, como la apostasía, la blasfemia, el adulterio y las relaciones homosexuales consentidas, y expresando profunda preocupación por el hecho de que la pena de muerte por adulterio se imponga de manera desproporcionada a las mujeres”.
- Finalmente, la tercera mención tiene lugar cuando insta “a los Estados que todavía no han abolido la pena de muerte a velar por que esta no se imponga como sanción por determinadas formas de conducta, como la apostasía, la blasfemia, el adulterio y las relaciones homosexuales consentidas”.
Se trata, en este sentido, de un avance importante, que la propia ILGA (Asociación Internacional de Gais, Lesbianas, Bisexuales, Trans e Intersexuales) saludaba como “histórico”. Sin embargo, mediáticamente quedó ensombrecido por el voto contrario de los Estados Unidos, que hizo que numerosos medios de comunicación señalasen en sus titulares a este país como opuesto a una condena a la pena de muerte por mantener relaciones homosexuales. También fue criticado por organizaciones defensoras de los derechos LGTB. “La embajadora Haley [en referencia a Nikki Haley, embajadora de Estados Unidos ante Naciones Unidas] ha fallado a la comunidad LGBTQ al no pronunciarse contra el uso bárbaro de la pena de muerte para castigar a personas que tienen relaciones homosexuales”, declaró Ty Cobb, responsable del área internacional de Human Rights Campaign (la mayor organización de defensa de los derechos LGTB en Estados Unidos). “El desprecio flagrante de esta administración hacia los derechos humanos y las vidas de las personas LGBTQ en el mundo es más que vergonzoso”, añadió.
Tal ha sido el alcance de la noticia que el Departamento de Estado se ha visto obligado a desmentir que Estados Unidos apoye de alguna manera la aplicación de la pena de muerte a las personas homosexuales. lo ha hecho con una breve intervención de su portavoz Heather Nauert, ante la prensa, en la que explicó que su país votó contra la resolución debido “a más amplias reservas hacia la forma en la que la resolución condenaba la pena de muerte en todas las circunstancias”. Conviene recordar, en este punto, que Estados Unidos aplica la pena de muerte en 31 de sus 50 estados, y de hecho en 2016 se situó entre los diez países del mundo con más personas ejecutadas. “Los Estados Unidos condenan de forma inequívoca la aplicación de la pena de muerte para conductas tales como la homosexualidad, la blasfemia, el adulterio o la apostasía. No consideramos que tales conductas deban ser objeto de criminalización”, añadió:
La propia embajadora de Estados Unidos ante las Naciones Unidas, Nikki Haley, quiso explicar en Twitter que el voto estadounidense no podía entenderse como un refrendo a la aplicación de la pena de muerte para castigar las relaciones homosexuales. “Siempre hemos luchado en favor de la justicia para la comunidad LGBT”, afirmaba Haley, que insistía en que su voto era el mismo que el que en su momento ejerció la administración Obama contra una resolución similar (si bien aquella no incluía referencia alguna a las personas homosexuales):
Las aclaraciones de la administración Trump han sido bienvenidas, por ejemplo, Por Jessica Stern, directora ejecutiva de OutRight Action International, que ha querido echar en esta ocasión echarle un guante. “Sería un error interpretar su oposición a la resolución contra la pena de muerte como un cambio en sus políticas”, ha asegurado Stern, insistiendo en que su organización segurá denunciando a la administración Trump por cada uno de los pasos que dé en contra de los derechos LGTB. Desde Human Rights Campaign, por su parte, y tras la condena inicial a la que antes hacíamos mención, han agradecido la clarificación aunque siguen mostrando su preocupación por el abandono del compromiso de Estados Unidos con los derechos LGTB a nivel global.
No faltan, en cualquier caso, los activistas que consideran ingenuo pensar que no oponerse con firmeza a la pena de muerte no afecta a los derechos LGTB. “La pena de muerte es también un asunto LGTBQ. Uno puede verlo en el modo en el que se aplica en Arabia Saudí, Yemen, Sudán y otros lugares”, ha afirmado por ejemplo Ryan Thoreson, investigador en el programa de derechos LGTB de Human Rights Watch. “Cuando los Estados Unidos no están dispuestos a denunciarlo, incluso en una relsoución irreprochable como esta, envía una señal de tolerancia hacia la pena de muerte que debería preocupar mucho a las personas LGTBQ”, ha añadido.
Países que castigan la homosexualidad con la muerte
De acuerdo al último informe de ILGA sobre Homofobia de Estado, publicado en mayo, la pena de muerte para los actos sexuales entre personas del mismo sexo se aplica en 8 estados miembros de Naciones Unidas. En 4 de ellos (Arabia Saudí, Irán, Sudán y Yemen) se aplica en todo el estado; en 2 (Nigeria y Somalia) se aplica solo en provincias específicas. En zonas de otros 2 países (Irak y Siria), es implementado por tribunales locales, vigilantes o actores no formalmente estatales (es el caso del Estado Islámico).
Hay otros 5 estados (Afganistán, Emiratos Árabes Unidos, Pakistán, Catar y Mauritania) donde la interpretación de la sharía permite la pena de muerte, aunque ILGA no tiene conocimiento de que se esté invocando en estos momentos. Brunéi, un país que aprobó en 2014 una ley que debía implementarse en tres fases y que castigaba también con pena de muerte las relaciones homosexuales, queda por el momento fuera de la lista de ILGA al no haberse avanzado todavía hacia la segunda y tercera fase de implantación.
Fuente Dosmanzanas
General, Homofobia/ Transfobia.
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