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El Registro Civil de Colombia ya reconoce oficialmente a las familias homoparentales

Jueves, 18 de febrero de 2016
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colmbia_familia_gayLa Registraduría Nacional del Estado Civil ha impartido órdenes a todas las oficinas encargadas para realizar el registro civil de nacimiento de hijos e hijas de parejas homosexuales.

 Los menores de edad en Colombia podrán estar registrados con dos mamás o dos papás, cumpliéndose así la Sentencia SU-696, fechada en 2015.

Para el abogado Germán Humberto Rincón Perfetti, esta circular garantiza tranquilidad y seguridad jurídica para las parejas del mismo sexo, quienes hasta ahora habían intentado, sin éxito, registrarse.

A partir de este momento, estas parejas comparecerán con la plena certeza de la obligación de realizar la inscripción. Además, los funcionarios encargados del registro civil ya tendrán claro cuándo podría actuar la Procuraduría y cuándo no.

La Corte tomó esta determinación al estudiar el caso de Antonio y Bassanio –nombres cambiados por la Corte en el expediente, para proteger su identidad– que recurrieron a la gestación subrogada y tuvieron gemelos en Estados Unidos, pero no pudieron registrarlos en Colombia.

La ponencia del decreto fue llevada a cabo por la magistrada Gloria Ortiz, quien dictó 30 días de plazo para que la Registraduría modificara el Registro Civil de Nacimiento, añadiendo la opción de incorporar el nombre de dos varones o dos mujeres a la hora de identificar a los progenitores.

Igualmente, se expedirá una circular única dirigida a todas las notarías y consulados del país, explicando la decisión tomada por la Corte, los cambios en el Registro y que mientras se aplica el nuevo formato, las peticiones que lleguen para registrar hijos biológicos de parejas del mismo sexo deberán seguir usando el formato actual, pero sin que con ello impidan reconocer los derechos de los menores.

Fuente Agencias/Cáscara amarga

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La Conferencia Episcopal de Colombia reitera su rechazo a la adopción homoparental

Martes, 20 de enero de 2015
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noticias_file_foto_934174_1421595105La Conferencia Episcopal dice que la familia debe estar conformada por un padre y una madre.

El Ministerio Público ha enviado al alto tribunal estudios científicos que, asegura, demostrarían “los efectos perjudiciales” para los menores adoptados por parejas gais.

Ponencia le da vía libre a la adopción gay

Ricardo Silva Romero: Familia

La Conferencia Episcopal colombiana reiteró este sábado que la Iglesia Católica en Colombia se opone a que los menores puedan ser entregados en adopción a parejas conformadas por personas del mismo sexo.

“La adopción, en el derecho internacional y en nuestra legislación, es considerada como una medida de protección al menor y nunca como un “derecho” de los adoptantes, sean éstos homosexuales o no”, dijo en un comunicado.

Y que por ello, dice la Conferencia Episcopal, plantear jurídicamente el tema como un “problema de discriminación”, supone hacer pasar por encima de los derechos prevalentes del menor, las reivindicaciones de quienes desean adoptar. (Lea también:  Ponencia le da vía libre a la adopción gay).

La Iglesia además dice que el principio fundamental para rechazar la adopción gay es que: “los menores de edad tienen derecho a una familia, fundada en el amor y el compromiso entre un hombre y una mujer”. “Los niños y niñas tienen derecho a nacer, educarse y desarrollarse integralmente en el seno de una familia conformada por un padre y una madre, de sexos biológicamente distintos y complementarios”, agrega.

Finalmente, la Iglesia solicita que se dé inicio a espacios políticos más abiertos para discutir el tema de adopción de menores y pide a los magistrados de la Corte Constitucional que tomen una decisión plenamente “conforme a los valores ciudadanos y constitucionales”.

Sin embargo, la Conferencia Episcopal de Colombia parece que flexibilizó su postura en torno a la adopción de niños por parte de homosexuales al afirmar que no se opone si el menor es hijo de uno de los miembros de la pareja. “En estos casos no hay ningún problema porque si es hijo de alguno de los dos pues qué bueno que otra persona ayude y le dé cariño al menor”, dijo el presidente de la Conferencia Episcopal, monseñor Luis Augusto Castro. El obispo de la ciudad de Tunja agregó que la Iglesia no se opone a este tipo de adopciones porque lo importante “es que exista ese lazo materno o paterno que es muy importante para el desarrollo del niño o niña”. Castro señaló que, por el contrario, la Iglesia no acepta la adopción cuando el menor no es hijo de alguno de los miembros de la pareja gay.

El presidente del Episcopado colombiano se refirió al tema en momentos en que se espera un nuevo pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre la adopción de niños por parte de parejas gay. Ese tribunal aprobó en agosto pasado la adopción de una niña por parte de una pareja de lesbianas. La menor es hija de una de las integrantes de la pareja. El tribunal, que estudió ese caso por varios años, falló a favor de las mujeres con el argumento de que una de ellas es la madre biológica de la menor y consideró que “el aval sólo servirá para los casos en los que uno de los demandantes sea el progenitor del pequeño”.

Sin embargo, la Corte Constitucional se pronunciará dentro de pocos días sobre el mismo tema, aunque en el marco de una ponencia que considera la adopción sin la condición de que uno de los miembros de la pareja sea el padre o madre del menor. Antes del seis de febrero próximo, la Corte Constitucional deberá resolver una demanda contra el artículo 68 del Código de Infancia y Adolescencia, que habla de la adopción. (Lea: Familia / Opinión de Ricardo Silva).  En agosto pasado, al resolver la tutela, tanto Palacio como los magistrados María Victoria Calle, Gloria Ortiz y Luis Ernesto Vargas votaron a favor de ampliar el derecho de adopción en las parejas gais sin condiciones. En ese momento, ganó que solo podía proceder cuando en la pareja estaba el padre o madre biológico.

Fuente El Tiempo.co y El País.cr

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