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Los menores trans ya pueden cambiar su nombre en el Registro Civil con solo solicitarlo

Viernes, 26 de octubre de 2018
Comentarios desactivados en Los menores trans ya pueden cambiar su nombre en el Registro Civil con solo solicitarlo

680x540-noticias-gabriel-delgado-suarez-facebookEl Ministerio de Justicia lo anunciaba la pasada semana, y ya es una realidad publicada en el Boletín Oficial del Estado (descargar aquí). Los registros civiles tienen instrucción de facilitar el cambio de nombre a los menores transexuales. Una medida transitoria hasta que las Cortes aprueben la reforma de la vigente ley de identidad de género propuesta por el grupo socialista y que lleva más de año y medio de tramitación parlamentaria.

EL Boletín Oficial del Estado unifica el criterio para modificar o cambiar el nombre en el Registro Civil, cuyo único requisito será el de solicitarlo si eres mayor de edad, o que seas una persona emancipada o acudas con tus tutores legales, si eres menor de edad. Esta rectificación ha sido posible gracias a la lucha personal de Gabriel Delgado Suárez, un adolescente de Calatayud al que le denegaron cambiar su nombre porque no era neutro.

Cualquier persona transgénero puede cambiar o modificar su nombre en el Registro Civil reclamándolo en la oficina de su localidad o mediante documento público, según se publica en el Boletín Oficial del Estado este miércoles, 24 de octubre. El único requisito es que sean personas mayores de edad o, si se trata de menores de edad, que estén emancipados o acudan con sus tutores legales «declarando que se siente del sexo correspondiente al nombre solicitado», según aclaran desde la Dirección General de Registros y Notarios en lo que supone una unificación del criterio a nivel nacional y que antes quedaba a juicio del funcionario de turno o de un juez tras presentar un recurso.

De acuerdo a la instrucción publicada en el BOE este 24 de octubre y que firma el director general de los Registros y el Notariado, Pedro Garrido Chamorro (reproducimos literalmente):

Primero

En el supuesto de que un mayor de edad o un menor emancipado solicitara el cambio de nombre, para la asignación de uno correspondiente al sexo diferente del resultante de la inscripción de nacimiento, tal solicitud será atendida, con tal de que ante el encargado del Registro Civil, o bien en documento público, el solicitante declare que se siente del sexo correspondiente al nombre solicitado, y que no le es posible obtener el cambio de la inscripción de su sexo en el Registro Civil, por no cumplir los requisitos del art. 4 de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.

Segundo

Los padres de los menores de edad, actuando conjuntamente, o quienes ejerzan la tutela sobre los mismos, podrán  solicitar la inscripción del cambio de nombre, que será atendida en el Registro Civil, con tal de que ante el encargado del Registro Civil, o bien en documento público, los representantes del menor actuando conjuntamente declaren que el mismo siente como propio el sexo correspondiente al nombre solicitado de forma clara e incontestable. La solicitud será también firmada por el menor, si tuviera más de doce años. Si el menor tuviera una edad inferior, deberá en todo caso ser oído por el encargado del Registro Civil, mediante una comunicación comprensible para el mismo y adaptada a su edad y grado de madurez.

Como recogimos tras el anuncio, la medida se hizo pública tras una reunión mantenida entre representantes de Chrysallis (asociación de familias de menores trans), la ministra de Justicia, Dolores Delgado, y el propio Pedro Garrido, en la que Chrysallis recordó al Ministerio que el Gobierno de España no había atendido todavía una Proposición no de Ley aprobada en el Congreso de los Diputados el 11 de octubre de 2016, que instaba precisamente al Ejecutivo a dictar una instrucción que facilitara el cambio de nombre en el caso de los menores trans, cuya realidad no contempla la legislación vigente. El resultado es que en muchas ocasiones ese cambio se deniega con el argumento de que el artículo 54 de la Ley del Registro Civil de 1957 prohíbe la imposición de nombres que induzcan a error en cuanto al sexo de la persona.

El último de los casos que ha saltado a la opinión pública ha sido el de Gabriel, un chico trans de 15 años al que el Registro Civil de Calatayud ha denegado el cambio, y ello pese a contar con el respaldo unánime de familia y escuela. El pasado viernes, de hecho,  Gabriel y su familia entregaron en la Dirección General de Registros y Notariado las más de 129.000 firmas de apoyo que han recogido a través de su campaña en Change.org.

«Te preguntas: ¿por qué no me dejan ser quien soy? Es lo único que quiero y no hago daño a nadie (…). Si hubiera puesto Gabi habría servido. Pero quiero llamarme como yo desee. Elegir otro nombre sería corregirme y yo no soy un error. El error está en la ley y en este auto injusto», declara Gabriel cuando en septiembre del año pasado le deniegan cambiar su nombre en el Registro Civil,que solicita con el objetivo de que aparezca el nombre con el que se identifica y que utiliza habitualmente en su título de la ESO, cuyo último curso está terminando. El adolescente zaragozano no solo cuenta con el apoyo de su familia, sino que presenta informes médicos de diferentes especialistas en los que explican que ya se encuentra en proceso de transición hormonal, además de un informe favorable a la rectificación de su nombre por parte del instituto de secundaria en el que está matriculado, acreditando que profesores y alumnos se dirigen a él por el nombre de Gabriel.

«Cada vez que tengo que enseñar mi DNI es una humillación, cada vez que tengo que viajar con mi pasaporte es una humillación, cada vez que tengo que sacar un billete de bus es una humillación (…). No hago daño a nadie llamándome como me llamo. No le tengo que contar a nadie mi vida privada, nadie se tiene que enterar de que soy un menor trans, es una estupidez», explica Gabriel a los medios de comunicación cuando el pasado 19 de octubre entrega entrega en la Dirección General de Registros y Notarios más de 129.000 firmas, recogidas a través de una campaña en Change.org, a favor de que le permitan cambiar su nombre en su documentación legal.

«Aprecio mucho la rapidez que se han dado. Me ha sorprendido porque pensábamos que sería antes de Navidad pero no tan pronto», declara Pilar Suárez, madre de Gabriel, explicando que la modificación del BOE se produce tras una reunión de familias de menores transexuales con Chrysallis en Madrid en la que relataron sus experiencias personales sin saber que la ministra de Justicia, Dolores Delgado, les estaba escuchando y agradecía que le hubieran abierto «las puertas a una nueva realidad y nos dijo que la política tenía que estar para hacer más felices a las personas».

«Estoy contento. Es un buen paso para lograr la igualdad por la que estamos luchando. Pero solo es un paso. Ahora tenemos que ponernos a caminar. No es para nada el final», afirma Gabriel tras la publicación del BOE a su favor, valorando positivamente que el Gobierno haya mostrado su compromiso por su causa, pero señalando que la verdadera victoria sería un cambio legislativo: «Es muy positivo, pero estas son solo recomendaciones. Lo que necesitamos es una ley que nos defienda». En cualquier caso, dado que Gabriel presentó un recurso contra el auto que le denegaba el cambio de nu nombre en su DNI, todavía debe esperar para poder concluir su proceso, aunque se muestra muy optimista y agradecido por todo el apoyo que ha recibido.

Fuente Universogay/Dosmanzanas

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