Alex Salinas
Tal y como os contábamos ayer, Alex Salinas, un chico transexual de 21 años, católico practicante ha visto como el Obispado de Cádiz le negaba que pueda ejercer como padrino en la ceremonia de bautizo de su sobrino en una parroquia de San Fernando (Cádiz). Un tema que ha causado un gran revuelo mediático. La FELGTB, el Observatorio contra la LGBTFobia y la Asociación de Transexuales de Andalucía-Sylvia Rivera, han elaborado sendos comunicados manifestando su repulsa y condena ante la actitud de la institución religiosa.
La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) condena la discriminación tránsfoba a Alexander Salinas, un hombre transexual, al impedirle ser el padrino de bautizo de su sobrino por no cumplir el requisito de una vida “congruente con la fe”, en referencia a su identidad de género.
El Obispado de Cádiz y Ceuta negó a Alexander su derecho a ser padrino de bautizo al considerar que es una mujer y que su reasignación es incompatible con una vida congruente con la fe cristiana. Con ello, la Iglesia Católica incumple las leyes al negar la identidad de hombre que el Estado le otorgó de forma legal, tal y como consta en su DNI.
Asimismo, la Federación quiere recordar al Obispado de Cádiz y Ceuta las palabras del pontífice Francisco quien, además de recibir en Audiencia a un hombre transexual el pasado mes de enero, aseguró que “todos somos hijos de Dios”, y abogó por la no discriminación de lesbianas, gais, transexuales y bisexuales por parte de la Iglesia.
La FELGTB denuncia la doble moralidad de la Iglesia Católica y exige a la Fiscalía antidiscriminación que actúe por el trato vejatorio y discriminatorio del Obispado de Cádiz y Ceuta contra el joven transexual.
“Desde el Observatorio Español contra la LGBTfobia consideramos que aunque legalmente no puede ser denunciado como un hecho discriminatorio al regularse por la normativa interna de la Iglesia Católica, si nos parece que es éticamente reprobable desde todo punto de vista”, ha declarado Paco Ramírez, director del Observatorio.
“Consideramos muy incongruente con los últimos posicionamientos del Papa Francisco respecto a la la homosexualidad, dónde proclamaba la acogida de las personas homosexuales en el seno de la Iglesia Católica, e incluso recientemente consideraba que un transexual es ‘hijo de la Iglesia’. Se trata sin duda de una situación degradante y humillante para una persona que legalmente es hombre ante la sociedad, además de ser católico practicante, por lo parece molestar es sencilla y llenamente por ser una persona transexual”, continúa Ramírez.
“Ya en su última Encíclica, el Papa Francisco parece entrever un ataque reiterado contra la transexualidad diferenciándola de la homosexualidad, y hablaba de ‘la aceptación del propio cuerpo como don de Dios’, y que ‘cancelar la diferencia sexual’ no es una ‘actitud sana’ ”, ha aseverado Paco Ramírez.
“Desde el Observatorio contra la LGBTfobia invitamos al Obispo de Cádiz y a la Conferencia Episcopal de España a que reconsideren esta injusta prohibición, y nos mostramos dispuestos a reunirnos con ellos a dialogar en este sentido, y que triunfe la apertura y la inclusión en el verdadero Mensaje del Evangelio en vez de una prohibición discriminatoria y caduca”, continúa Ramírez.
“Andalucía Diversidad LGBT condena sin paliativos esta discriminación por motivos de identidad sexual, y quiere mostrar todo su apoyo a Alex Salinas y a todas las personas víctimas de la injusticia, la desidia y la discriminación. Aunque esta discriminación no pueda ser condenada por la legislación española, sin duda tiene la condena sin paliaivos de toda la sociedad española y andaluza”, afirma Antonio Ferre, presidente de la Federación Andaluza Andalucía Diversidad LGBT.
Por otra parte, la Asociación de Transexuales de Andalucía-Sylvia Rivera condena este nuevo caso de transfobia en la Iglesia. ‘Los derechos de los ciudadanos y ciudadanas y las Leyes que les ampara no son los mismos para las personas transexuales como así lo evidencia la actitud de la Iglesia en este caso. Es un atentado contra los derechos fundamentales al excluir a una persona por su identidad sexual y de género. Cuando una persona realiza la rectificación registral de su nombre y sexo, esto no supone una perdida de derechos como así lo indica la propia Ley Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas que en su art. 5.2 La rectificación registral permitirá a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición’, explica Mar Cambrollé, presidenta de ATA.
En este sentido, la asociación valora que ‘el hecho de ofrecer a Alexander la opción de ser su padrino espiritual nos parece el colmo de la hipocresía dado que, no es considerado idóneo para apadrinar a su sobrino formalmente pero se acepta que lo haga desde la invisibilidad‘.
Por ello, ATA considera que ‘La Iglesia se aleja de la realidad y vulnera derechos fundamentales a personas que pertenecen a colectivos vulnerables como son las personas transexuales. Claramente es un acto de transfobia y de vulneración de derechos fundamentales. La Fiscalía de Igualdad y contra los delitos de odio de Cádiz tendrá que tomar partido en este caso‘.
Según Mar Cambrolle, “Las Leyes de la Iglesia no pueden vulnerar una norma de rango estatal superior como es la C.E. o la anteriormente citada, máxime cuando se nutre económicamente de dinero público” y añade; “Si la Iglesia quiere imponer su moral deben mirar hacia dentro e impedir que sacerdotes acusados de pederastia, sigan dando la comunión y ejerciendo sus funciones. Esto si que es inmoral”.
A estas críticas también se suma Carla Antonelli, activista transexual y Diputada del Partido Socialista en la Asamblea de Madrid quien recuerda que con la reforma del nuevo Código Penal en la mano el Obispado de Cádiz ha incurrido en un delito de odio, que conlleva penas de prisión de hasta dos años, tipificado en el artículo 510, donde por primera vez se especifica la identidad sexual y no solo la orientación de la víctima, quedando del siguiente modo en el punto 2-a:
2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses:
a) Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad…
Es por lo que, en opinión de Antonelli, ‘la Fiscalía debe de actuar de oficio contra el Obispado de Cádiz, ante la humillación y menosprecio a la dignidad de Alex Salinas, hombre transexual, al que le han impedido ser el padrino del bautismo de su sobrino, solo por el hecho de ser transexual. El artículo 510 del Código Penal no puede recoger de forma más clara y tácita que el Obispado ha incurrido en dicho delito‘.
Como explica la Dipuatada socialista, ‘No existe dogma divino ni humano, ni derecho canónico que esté por encima del imperio de la Ley y el Estado Constitucional de Derecho, aunque una Jerarquía Católica, anclada en el Medievo aun así lo siga creyendo en España. El daño, humillación y escarnio gratuito que se le ha producido a Alex es un hecho punible donde la Fiscalía tiene que dar ejemplo y actuar de oficio, haciendo cumplir la Ley vigente 1/2015 del 30 de marzo que entró en vigor el pasado día 1 de julio, y tal como reza en la misma con la firma del Presidente del Gobierno y el Rey de España: “Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica”. Que así sea‘, concluye Carla Antonelli.
General, Homofobia/ Transfobia., Iglesia Católica
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