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Reconocen como improcedente el despido de un joven tras contarle a su jefa que tenía VIH

Miércoles, 13 de enero de 2016
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mensajes-despido-trabajador-con-VIH-254x300Buena noticia la que ha dado a conocer Imagina MÁS: Daniel Jiménez, el joven con VIH que fue despedido a través de un mensaje de móvil tras revelar a su jefa su estatus serológico, ha visto reconocido la improcedencia de su despido. 

“Hoy lunes 11 de enero del 2016 ha tenido lugar el juicio. Dani ha estado meses con tratamiento psicológico, ha pasado días sin poder dormir, ha intentado recomponerse de todo lo que le ha pasado. No es fácil recibir un diagnóstico por VIH y menos aún cuando uno sufre una discriminación como esta. Pero hoy Dani ha recibido una gran noticia: el bar Mokäi ha reconocido, en el acto de conciliación ante el juzgado, la improcedencia de su despido al haberle discriminado por tener VIH”, podemos leer en la web de Imagina MÁS, la ONG que le ha prestado a Daniel apoyo y asesoramiento en todo el proceso.

Recordamos cómo fue la historia: Daniel Jiménez, de 25 años, gay y con VIH, entró a trabajar como barman en un local de Chueca, el Mokäi, situado en la Plaza Pedro Zerolo. Pocos días después, confiado, reveló a su jefa su condición. En ese momento la reacción fue positiva, pero par de horas después su jefa le comunicaba el despido mediante un mensaje recibido en su teléfono móvil. “Siento mucho lo que te ocurre pero no me parece justo que no me lo hayas comunicado antes de contratarte. Tengo un negocio de restauración y, al menos, me podías haber contado esto. No puedo arriesgar. Mañana hablaré con la gestoría y le comunicaré tu baja. Me parece un golpe bajo por tu parte”, rezaba el mensaje. “Conmigo no has actuado de buena fe”, añadía después. Tras comunicarle el joven que pondría una denuncia por discriminación, el tono de los mensajes subió. “Me parece indignante que seas capaz de decir que te he discriminado cuando ni siquiera has tenido la delicadeza de informarnos de que estabas enfermo antes de hacerte el contrato”, le dijo.

Trascendida la noticia, la encargada del local negó haber despedido a Daniel por tener el VIH, aunque en declaraciones a eldiario.es aseguró que “la empresa tiene todo el derecho de contratar a gente sana”. “Llevaba un día y medio de trabajo y se encontraba mal, sudando mucho. Le dije que se fuera a casa y que se necesitaba a alguien en plenas facultades porque en el verano es temporada alta, no alguien delicado”, se justificó. Tras el despido de Daniel, recordamos, la Coordinadora estatal de VIH y sida (CESIDA) insistió en un comunicado que “las personas con VIH tienen una productividad similar a la población general y su infección no les descalifica para el desempeño de ningún puesto de trabajo”, aclarando además que “las normativas estatal y la comunitaria no justifican la exclusión de las personas con VIH ni en los trabajos que conllevan la manipulación de alimentos, ni en ningún puesto de trabajo”. 

Ahora Daniel Jiménez ha visto reconocida la improcedencia del despido por parte de la misma empresa que lo discriminó. Una buena noticia, sin duda. Daniel, por cierto, fue coprotagonista del spot de la campaña de Imagina MÁS “Ponte en mi piel”, junto a Almudena Cid, Rosa López, Melani Olivares, Fernando Tejero y Rozalén. Os dejamos con él:

Fuente Dosmanzanas

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El príncipe de Liechtenstein se pronuncia contra la homoparentalidad y sugiere desoír una posible sentencia europea en ese sentido

Miércoles, 13 de enero de 2016
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hans AdamEl pequeño principado de Liechtenstein vuelve a destacar como uno de los países más conservadores de Europa, más por sus gobernantes que por sus pobladores. Su jefe de estado, el príncipe Hans-Adam, se ha declarado contrario a la homoparentalidad, llegando a señalar que el país podría ignorar una eventual sentencia europea que obligara al reconocimiento de las familias con progenitores del mismo sexo.

Recientemente, por mandato de su Tribunal Constitucional, Austria ha aprobado la equiparación de parejas del mismo y distinto sexo en lo referido a la adopción. Esto no ha pasado desapercibido en su pequeño vecino, el principado de Liechtenstein, situado en un valle de los Alpes entre Austria y Suiza. En una entrevista radiofónica con Martin Frommelt, el príncipe Hans-Adam, de 70 años, fue preguntado si tras la reforma austriaca Liechtenstein podía seguir manteniendo la prohibición de adoptar que pesa sobre las parejas del mismo sexo. Respondió afirmativamente: “Creo que debemos mantenerla. Nosotros comprobamos con toda precisión si una adopción es en interés del niño; y si yo me imagino que dos hombres homosexuales adoptan un muchacho —quizás incluso de países en vías de desarrollo—, entonces hay que decir efectivamente que si lo permitimos sería una irresponsabilidad”. El niño tiene derecho, afirma, a crecer en una “familia normal”. Eso sí, ve menos problema cuando es criado por una pareja de mujeres y una de ellas es la madre biológica, aunque ahí también que “hay que poner ciertos límites”.

Más grave, si cabe, fueron sus declaraciones acerca de lo que debería hacer su país si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos les obligase a reconocer la homoparentalidad. Señala, sencillamente, que podrían ignorar la sentencia: “Creo que siempre podemos ignorar ese Tribunal. Si no cumplimos una sentencia judicial, ¿qué harían?”, y es que el Tribunal “no tiene tropas que pudieran invadirnos”.

Como era de esperar, estas declaraciones han traído polémica. Lucas Oehry, líder del colectivo LGTB Flay del principado alpino, afirmó no estar sorprendido con las declaraciones del príncipe pero sí “algo impactado y descolocado“. Por su parte, la diputada Helen Konzett-Bargetze ha afirmado en radio Liechtenstein que “no debe quedar sin respuesta lo que ha dicho el príncipe“.

Liechtenstein: un lento camino hacia la igualdad

liechtensteinEstas declaraciones deben entenderse en el contexto de un país donde el príncipe goza de poderes efectivos y no meramente representativos (actualmente los poderes los ejerce su hijo desde que los delegó en 2004). Además, las decisiones parlamentarias suelen basarse en el acuerdo entre los dos grandes partidos, ambos de carácter conservador. Esto sin duda influyó en que hasta 1989 las relaciones homosexuales estuvieran prohibidas, y que sólo en 2001 fueran equiparadas las edades de consentimiento para relaciones homo y heterosexuales.

No obstante, los cambios sociales han ido llegando también este país. En 2011, hubo un apoyo masivo en referéndum a las uniones civiles entre parejas del mismo sexo. Dicha ley había sido aprobada en marzo de ese año por unanimidad de las fuerzas políticas representadas en el Landtag (Parlamento) del Principado de Liechtenstein, y concedía a las parejas del mismo sexo derechos similares a los de los matrimonios heterosexuales en terrenos como la herencia, seguridad social y pensiones de jubilación, normativa de inmigración y naturalización, así como en el terreno fiscal. Quedaban fuera de la regulación tanto la adopción como el acceso a los procedimientos de reproducción asistida.

Esta ley fue desafiada en referéndum por Vox Populi, una organización constituida al efecto. La convocatoria fue recibida con alegría por Credo, organización católica que había encarnado la oposición a la ley pero que se había mostrado reacia a la idea de promover por sí misma un referéndum. Recordemos que apenas cuatro años atrás, en 2007, el arzobispo de Vaduz, Wolfgang Haas, había declarado que “la homosexualidad es un pecado grave” y que “el reconocimiento de un pecado es un escándalo”. Sin embargo, el referéndum fracasó, y el principado de Liechtenstein adoptó así una regulación equivalente a la de sus dos países vecinos, Suiza y Austria (el Parlamento de Austria había aprobado su ley de uniones en diciembre de 2009, mientras que Suiza lo había hecho, también en referéndum, en junio de 2005).

Precisamente, esta equiparación se ha roto ahora en el caso de Austria, con la reforma mencionada antes, y parcialmente en Suiza, que abrió en 2012 la adopción a los hijos de la pareja. Esto ayuda a entender las declaraciones del príncipe: sus dos referencias más importantes dan pasos adelante, lo que inmediatamente deja al pequeño país en una situación, como mínimo, de desequilibrio.

Fuente Dosmanzanas

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Papa Francisco: “Las personas homosexuales no deben ser marginadas”

Martes, 12 de enero de 2016
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homosexuali2-fco_560x280Queremos hechos: que elimine la homofobia del Catecismo, que condene las persecucionesde las personas LGTB en tantos países…

El papa Francisco dice que los homosexuales no deben ser marginados por la iglesia católica en el primer libro-entrevista sobre el pontífice que se publica este martes.

(Planeta).- La Iglesia no está en el mundo para condenar, sino para permitir el encuentro con ese amor visceral que es la misericordia de Dios. Para que eso suceda, es necesario salir. Salir de las iglesias y de las parroquias, salir e ir a buscar a las personas allí donde viven, donde sufren, donde esperan”. Esta es la tesis de Papa Francisco en “El nombre de Dios es misericordia, un libro-entrevista con Andrea Tornielli, que este martes se publica en 82 países, entre ellos España (Planeta).

«La misericordia es el primer atributo de Dios. Es el nombre de Dios. No hay situaciones de las que no podamos salir, no estamos condenados a hundirnos en arenas movedizas.».

Con palabras sencillas y directas, el papa Francisco se dirige a cada hombre y mujer del planeta entablando un diálogo íntimo y personal. En el centro, se halla el tema que más le interesa -la misericordia-, desde siempre eje fundamental de su testimonio y ahora de su pontificado. En cada página vibra el deseo de llegar a todas aquellas almas -dentro y fuera de la Iglesia- que buscan darle un sentido a la vida, un camino de paz y de reconciliación, una cura a las heridas físicas y espirituales. En primer lugar está esa humanidad inquieta y doliente que pide ser acogida y no rechazada: los pobres y los marginados, los presos y las prosti­tutas, pero también los desorientados y los que viven alejados de la fe, los homosexuales y los divorciados.

En la conversación con el vaticanista Andrea Tornielli, Francisco explica -a través de recuerdos de juventud y episodios relacionados con su experiencia como pastor- las razones de un Año Santo extraordinario que ha deseado intensamente. Sin ignorar las cuestio­nes éticas y teológicas, rebate que la Iglesia no puede cerrar la puerta a nadie; por el contrario, su tarea es adentrarse en las conciencias para abrir rendijas a la hora de asumir responsabilidad y alejar el mal realizado.

En la franqueza de la conversación, Francisco no se sustrae tampoco de afrontar el vínculo de la relación entre misericordia, justicia y corrupción.

Y a esos cristianos que se colocan a sí mismos en las filas de los «justos», les recuerda: «También el Papa es un hombre que necesita la misericordia de Dios».

“El nombre de Dios es Misericordia” se publica con un lanzamien­to mundial en 82 países.

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 En relación a los homosexuales, el papa Francisco afirma que no deben ser marginados y recuerda sus palabras pronunciadas en el vuelo de regreso de Brasil a Roma en 2013 cuando dijo: “Si una persona es gay, busca el señor y tiene buena voluntad ¿quién soy yo para juzgarle?”.

“Parafraseé entonces de memoria el catecismo de la iglesia católica, donde se explica que estas personas deben ser tratadas con delicadeza y no deben ser marginadas”, apunta. “Sobre todo me gusta que se hable de ‘personas homosexuales’, porque primero está la persona, con su dignidad.

“La persona no es solo definida por su tendencia sexual: no olvidemos que somos todos criaturas amadas por dios, destinatarias de su infinito amor”, prosigue.

Pero no solo se refiere a estos dos asuntos, sino que Bergoglio reflexiona también sobre la situación en la que se encuentran los divorciados vueltos a casar, los procesos de nulidad matrimonial o los presos que cumplen condena en las cárceles.

No obstante, estas declaraciones contrastan con otras realizadas previamente, como en la que calificaba a las personas homosexuales de “heridos sociales”, en la que catalogaba la lucha por conseguir el derecho al matrimonio igualitario como una “colonización ideológica de la familia” o en la que comparaba a las personas transexuales con “armas nucleares”.

Fuente Agencias/Cáscara amarga/Religión Digital

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Subhi Nalas, refugiado gay sirio, describe la espantosa situación de la población LGTBI en su país

Sábado, 9 de enero de 2016
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Gay Syrian refugee Subhi Nahas speaks at a news conference at the United Nations headquarters in New York, August 24, 2015. Earlier Nahas and other gay rights activists addressed the United Nations Security Council during an informal meeting on the persecution of LGBT people by Islamic State militants in Syria and Iraq. REUTERS/Mike Segar Subhi Nahas es un refugiado gay sirio que ha contado su historia a requerimiento de las autoridades británicas, que están realizando una investigación sobre las peculiaridades y problemas específicos de los refugiados LGTBI. El estremecedor periplo de Nahas puede servir de ejemplo de la dureza intolerable de la situación de la población LGTB en Siria y los demás países en conflicto. Desde la persecución del gobierno sirio, que hizo de los homosexuales su chivo expiatorio, hasta la espantosas ejecuciones ejemplarizantes del Estado Islámico, aclamadas por una población enfervorecida, la crónica del colectivo LGTBI en la zona es un retablo del horror más inhumano.

El Comité para el Desarrollo Internacional británico está formulando una investigación sobre la situación de los refugiados provenientes de Siria. Uno de los aspectos que quiere dilucidar esa investigación son las peculiaridades y problemas específicos que afecta al colectivo de refugiados LGTBI, que se enfrenta a una continuada represión y persecución por parte de todas las facciones implicadas en el conflicto, incluso cuando ya han logrado la condición de asilados.

En respuesta a las preguntas del Comité, Subhi Nahas ha querido resumir su historia mediante el siguiente escrito:

Me llamo Subhi Nahas. Soy de Idlib, en Siria, una ciudad de millón y medio de habitantes al norte de Damasco.

Soy un refugiado y soy gay. En 2011, al comienzo de las revueltas en Siria, los medios de comunicación del gobierno lanzaron una campaña acusando a todos los disidentes de ser homosexuales.

Poco después, las autoridades emprendieron incursiones sistemáticas en los lugares de reunión de las personas homosexuales. Muchos fueron arrestados y torturados. De algunos nunca se volvió a saber nada.

Esas detenciones y ejecuciones pasaron desapercibidas para el resto del mundo. Más tarde, en 2014, después de que el Estado Islámico tomara el control, se intensificaron los ataques violentos contra las personas sospechosas de ser LGTBI, publicando imágenes de sus “proezas”.

En las ejecuciones, cientos de ciudadanos, incluidos los niños, vitoreaban con júbilo como en una boda. Si la víctima no moría después de ser arrojada desde lo alto de un edificio, la gente del pueblo la remataba a pedradas. Ese iba a ser también mi destino.

Dos meses más tarde, aproveché la oportunidad de huir al Líbano, donde me quedé durante seis meses. Luego me mudé a Hatay, Turquía, donde trabajé como intérprete para otros sirios.

Como refugiado y hombre gay, me siento orgulloso de poder ayudar a los refugiados LGTBI y a otros igual de vulnerables.

Subhi Nahas ya habló ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas el pasado mes de agosto, como miembro de la Organización para el Refugio, Asilo y Migración (ORAM), donde colabora como administrador de sistemas. Actualmente reside en la ciudad estadounidense de San Francisco, tras haber conseguido el estatuto de refugiado.

Su objetivo actual en ORAM es “diseñar un sistema que permita que las personas necesitadas obtengan ayuda más rápidamente, para protegerlos en los lugares donde estén, sea Siria, Líbano o Turquía y que les ayude cuando finalmente llegan a lugares seguros. Necesitamos un sistema para proteger a esas personas cuando han conseguido salir de allí”.

Y es que la situación de especial discriminación y acoso no termina cuando los refugiados LGTBI llegan a los países de acogida. Son numerosas las denuncias de extorsiones y agresiones por parte del resto refugiados, tanto en los campos provisionales como una vez instalados en las distintas ciudades. Los asilados siguen tratando a las personas LGTBI de la misma manera cruel y agresiva con que lo hacían en sus países de origen, pues la LGTBIfobia permanece.

Un infierno para la comunidad LGTB

Siria e Irak, hace años estados de tradición laica (vinculada al baazismo) en los que las personas LGTB podían encontrar pequeños espacios de libertad, han acabado por convertirse para ellas en un infierno. En Irak, la homosexualidad fue legal hasta 2001, cuando Sadam Hussein, para contentar a los sectores religiosos, decidió castigarla con cárcel y, en caso de reincidencia, con pena de muerte. Tras la invasión, la situación se sumió en un estado de confusión. La entonces autoridad administrativa estadounidense ordenó en 2003 retrotraer los códigos penal y civil a la situación vigente en los 70, pero la diversidad de autoridades existentes según la zona del país, así como el papel preponderante que los líderes religiosos alcanzaron, facilitó que la persecución de las personas LGTB fuera en aumento. En los años sucesivos la situación no hizo más que empeorar, y las denuncias sobre el secuestro, la tortura y el asesinato de homosexuales, involucrando además a las fuerzas de seguridad, no hacían sino aumentar en todas las zonas del país.

En el área suní de Irak, la situación de descontento con el régimen surgido de la invasión, unida a la difusión de las ideas religiosas más radicales, terminó por cristalizar en el surgimiento del Estado Islámico, que también controla ya una parte importante de Siria. En este último país, la revuelta contra el régimen de Bashar al-Asad, alentada en sus inicios desde los países occidentales (y de la que ya en 2013 conocíamos sus consecuencias para los homosexuales sirios) ha confluido en el mismo fenómeno. En este caso, además, el propio régimen de Asad utilizó la persecución de los homosexuales como un instrumento de propaganda contra los rebeldes.

El Estado Islámico o Daesh, finalmente, ha hecho de la persecución de las personas LGTB, y muy singularmente de los varones que mantienen relaciones con otros hombres o que son percibidos como homosexuales, uno de sus principales elementos de propaganda. Cada cierto tiempo son difundidas imágenes de ejecuciones. A finales de julio, por ejemplo, era difundido un vídeo en el que se podía ver como dos jóvenes, supuestamente acusados de mantener relaciones homosexuales, eran arrojados desde lo alto de un edificio en Palmira (Siria) y posteriormente lapidados. A finales de junio, otros cuatro hombres eran arrojados también desde lo alto de un edificio en Deir ez-Zor, también en Siria, muertes que activistas islamistas aprovecharon para “celebrar” a su modo en redes sociales la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos a favor del matrimonio igualitario.

Antes ya habíamos recogido la ejecución de dos hombres a los que además se les dijo, pocos segundos antes de ser lapidados hasta la muerte, que habían sido “perdonados”. Tras ser conducidos a una explanada con los ojos vendados y abrazarse a uno de sus verdugos, fueron lapidados hasta la muerte por una horda enfervorecida que continuó lanzándoles piedras incluso cuando era ya evidente que habían fallecido. Ocurrió en un lugar indeterminado de Siria. O el degollamiento de cuatro jóvenes en Mosul, ciudad iraquí en manos de los islamistas en la que semanas antes otros dos hombres eran arrojados desde lo alto de un edificio. O la muerte de otro joven arrojado al vacío en Raqqa (Siria); la muerte por lapidación de dos hombres, también en la provincia siria de Deir ez-Zor; el asesinato de otro hombre en un lugar indeterminado, arrojado también desde lo alto de un edificio, o el asesinato de otro hombre de unos cincuenta años arrojado al vacío en Tal Abyad (Siria), luego lapidado al sobrevivir a la caída.

Son solo algunas de las muertes que han trascendido. Por razones obvias, resulta imposible disponer de información contrastada sobre estos asesinatos y torturas. Como otras veces hemos destacado, resulta imposible disponer de información contrastada sobre estos asesinatos. En realidad es difícil saber si se trata de personas LGTB o simplemente de opositores al Estado Islámico a los que se acusa de serlo como pretexto para asesinarlos y utilizar sus muertes como propaganda. Organizaciones en favor de los derechos LGTB hacían en enero un llamamiento a la prudencia, con objeto de no exacerbar el miedo de las personas LGTB que viven en la zona y causar daños mayores. Sin embargo, cada vez resulta más difícil pensar que no asistimos simplemente a un proceso de exterminio, máxime cuando hay testimonios que aseguran que los islamistas se hacen pasar por homosexuales como “gancho” para así atrapar a sus víctimas.

Fuente Dosmanzanas

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Túnez suspende un mes la actividad de la asociación LGTB local Shams

Sábado, 9 de enero de 2016
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Miembros-de-Shams-TunezLa asociación, pionera en el mundo árabe, precisa que la suspensión incluye una multa y está relacionada con una supuesta violación del artículo 45 del código que regula el régimen de actividades de las asociaciones.

Hace tan solo un mes anunciábamos que el terror se recrudece porque ese mes, seis jóvenes habían sido encarcelados para cumplir una condena de tres años acusados de relaciones sexuales homosexuales, según el grupo LGBTI local llamado Shams  que el Gobierno tunecino pretendía disolver. De nada ha valido el llamamiento de numerosos agentes internacionales como Amnistía Internacional, que pedían su libertad inmediata e incondicional y la derogación de la ley que criminaliza las relaciones homosexuales.

Las autoridades tunecinas han ordenado este martes la suspensión por treinta días de la organización local Shams, que trabaja en favor de los derechos de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (LGTB) y busca la despenalización de la homosexualidad en el país.

En un comunicado difundido a través de la redes sociales, la asociación, pionera en el mundo árabe, precisa que la suspensión incluye una multa y está relacionada con una supuesta violación del artículo 45 del código que regula el régimen de actividades de las asociaciones.

Shams fue reconocida legalmente como asociación el pasado 18 de mayo en medio de los aplausos de la sociedad civil, que celebró lo que consideraba un avance en temas de igualdad, y las críticas del sector religioso, que lo tildó de aberración y argumentó que suponía una amenaza para la moral de las futuras generaciones.

Desde entonces, la asociación ha estado muy activa, denunciando abusos y persecuciones de la Policía y exigiendo la anulación del artículo 230 de la Constitución, que autoriza exámenes anales y considera la homosexualidad un delito.

A finales del pasado diciembre, un tribunal tunecino condenó a penas de prisión a seis personas en la provincia de Kairauan, en el centro del país tras acusarles de conducta homosexual, veredicto ahora pendiente de la decisión de la corte de apelación.

El Código Penal de Túnez establece en su artículo 230 la condena a 3 años de prisión para los que sean “culpables” de sodomía pero esta normativa incluye también a extranjeros en el territorio tunecino. En febrero pasado conocíamos el caso de un sueco de 50 años de edad que era condenado a dos años de cárcel por homosexualidad.

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La justicia de Chile obliga a un alcalde a formarse en igualdad tras despedir a tres funcionarios por su orientación sexual

Jueves, 7 de enero de 2016
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talcaEl edil Juan Castro despidió a tres trabajadores en razón de su orientación sexual. La municipalidad fue obligada a capacitarse en derechos humanos. En paralelo, el municipio enfrenta otra denuncia en tribunales por Ley Zamudio, entablada por el Director Comunal de Salud.

El Juzgado de Letras del Trabajo ha fallado en contra de la municipalidad de Talca (situada en el centro de Chile) por la decisión de echar a la calle a tres funcionarios debido a su orientación sexual. El ayuntamiento deberá abonar, en concepto de indemnización, la cantidad de 27.945.588 de pesos (cerca de 36.000 euros). Además, el alcalde Juan Castro Prieto (en la foto inferior) tendrá que asistir a un centro universitario para capacitarse en derechos fundamentales dentro de la empresa y el sector público. También asistirán a la formación igualitaria el director comunal de Salud, las jefaturas de la Dirección Comunal y los directores de los centros de atención, dependientes de dicha dirección.

El pasado 30 de junio el alcalde Juan Castro ordenó el despido de J.D.P.U. quien se desempeñaba como funcionario administrativo de las dependencias de Insumos y Farmacia de la Dirección Comunal de Salud, L.A.S.A. quien prestaba servicios kinesiológicos en la dirección comunal de salud, y al asistente social César Ávila. El único motivo en el que se basaría tal decisión, al parecer, habría sido su orientación sexual, ya que su desempeño laboral era “excelente”. El político conservador (uno de los líderes de la llamada Coalición por el Cambio), asimismo, filtró información a la prensa local sobre las relaciones de uno de los funcionarios afectados, inmiscuyéndose en la vida privada de este.

Los trabajadores, que fueron representados por el jurista Marcelo Adasme Bravo, alegaron que fueron desvinculados el 30 de junio de sus funciones debido a su orientación sexual y en un contexto donde su desempeño laboral era considerado de excelencia. Explicaron que su orientación sexual se había hecho pública a partir de rumores prejuiciosos que los vinculaban sentimentalmente con el director comunal de Salud, Hernando Durán, quien también ha presentado una acción de no discriminación arbitraria contra el municipio debido a los abusos que ha padecido. Los rumores hablaban además de una fiesta privada donde habrían participado los trabajadores, además de vincularlos a inmoralidades, sólo en razón de su orientación sexual. Redondearon que la intolerancia del municipio había llegado a su clímax cuando el director comunal fue citado por sus superiores debido a un conflicto personal que había tenido con su pareja, hecho que el propio alcalde filtró a la prensa local, violentando con ello el derecho a la vida privada.

Como consecuencia, es decir, por ser homosexuales y por su cercanía con el director comunal, fueron despedidos.

Durante el juicio, el consistorio negó que el despido fuera improcedente y adujo que este se motivaba en las “necesidades de servicio”. No obstante, los testigos realizaron declaraciones contradictorias respecto a si sabían o no si los trabajadores eran homosexuales. En este sentido, el tribunal entendió, finalmente, que el ayuntamiento “no indicó con precisión cuáles son esas necesidades de servicio y cuáles son esos criterios” para el despido.

castro-300x200Al respecto el tribunal sentenció que la Municipalidad “no indicó con precisión cuáles son esas necesidades (de servicio) y cuáles son esos criterios” para el despido Añadió que si los trabajadores “llevaban varios años de contratación continua, si se les renovaba el contrato al terminar cada periodo, si los tres tiene una opción sexual distinta y conocida de la denunciada, si la contestación no da ninguna razón concreta, si el acto en que se le notifica su no renovación carece de fundamentación al indicarle solamente que no se renovara su contrato sin más, si su desempeño no fue objeto de reparo y sus jefaturas directas y compañeros los identifican como buenos funcionarios y si sus calificaciones eran sobresalientes, sólo puede concluirse que la no renovación de sus contratos obedeció a un criterio discriminatorio, cual es su opción homosexual y en ese momento la denunciada viola gravemente la Constitución y vulnera el derecho de los actores a la no discriminación laboral”.

Por último, y en párrafo más aplaudido por el Movilh, la sentencia concluye que “la exclusión basada en la orientación sexual del trabajador debe estar incluida en el ámbito de la protección de la garantía o Derecho Fundamental a la no discriminación en el ámbito del empleo a lo menos en el desarrollo de la relación laboral y en su término”.

no obstante la redacción del artículo 2 del Código del Trabajo, y para quienes puedan sostener que los criterios de discriminación son taxativos, no incluyendo las opciones sexuales en general del trabajador, cabe indicar que una interpretación en favor de la vigencia de los Derechos Fundamentales (interpretación pro homine) debe necesariamente llevar a la conclusión que la exclusión basada en la orientación sexual del trabajador debe estar incluida en el ámbito de la protección de la garantía o Derecho Fundamental a la no discriminación en el ámbito del empleo a lo menos en el desarrollo de la relación laboral y en su término. Los criterios de discriminación deben ser interpretados en clave extensiva incluyendo no sólo el género sino también las legítimas opciones sexuales del trabajador y ello principalmente porque la propia Constitución Política solo establece como criterios idóneos de una legítima diferenciación, la capacidad o idoneidad personal y la nacionalidad chilena o límites de edad sólo para determinados casos

La sentencia firmada por el magistrado Jaime Álvaro Cruces Neira ha recibido el aplauso del colectivo LGTB chileno, que la ha calificado de “la máxima relevancia”. Según ha expresado el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH), con el pago de la indemnización y con la obligatoriedad de la capacitación para los responsables municipales “se busca también prevenir nuevos abusos”. La organización igualitaria ha exigido a Castro “una explicación y disculpas públicas a todos los afectados y a toda su comuna”. De hecho, el MOVILH le envió una carta expresándole su “rechazo por los abusos”, y todavía no han recibido ningún tipo de respuesta.

Para el Movilh “aquí estamos en presencia de un hecho de discriminación brutal sin precedentes, pues tres personas fueron despedidas al mismo tiempo por su orientación sexual, además de  encontramos con una sentencia de la máxima relevancia, pues junto con sancionar la homofobia laboral obliga a la más alta autoridad de una municipalidad a capacitarse, con lo que se busca también prevenir nuevos abusos. Felicitamos a los valientes trabajadores y aplaudimos la sentencia del juez”.

Añadió que “aquí el edil Castro debe una explicación y disculpas públicas a todos los afectados y a toda su comuna. Este mes le mandamos una carta expresándole nuestro rechazo por los abusos, y jamos recibimos respuesta”, redondeó el Movilh

Fuente MOVILH

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El Daesh ejecuta a un adolescente de 15 años por mantener relaciones sexuales con uno de sus líderes al que le perdonan la vida

Martes, 5 de enero de 2016
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noticias_file_foto_1026664_1451905886Las noticias que habitualmente nos llegan desde el territorio controlado por el Estado Islámico son espantosas, pero esta desde luego produce un especial asco. Terrible noticia la que hemos conocido recién iniciado este 2016. Un adolescente de 15 años ha sido arrojado al vacío desde lo alto de un edificio, acusado de homosexualidad, después de haber sufrido abusos sexuales (no podemos calificarlo de otra manera, dada la edad del muchacho y su posición de subordinación) a manos de Abu Zaid al-Jazrawi, prominente oficial del Estado Islámico. Al-Jazrawi habría sido degradado de su posición y enviado al frente

El Estado Islámico en Irak y Siria y su brazo armado, ISIS, continúa con su política de terror y exterminio de la población gay. Esta vez, nos hemos quedado estupefactos después de saber que han perdonado la vida a uno de los suyos al que supuestamente pillaron ‘in fraganti’ manteniendo relaciones sexuales con un menor. Sucedió en la ciudad oriental de Siria de Deir ez-Zor, en la que militantes de la organización terrorista ejecutaron al adolescente por su macabro método habitual: Arrojándole desde un tejado por ser gay, según informó la agencia de noticias independiente siria, ARA News, citando fuentes locales.  Pero, lo realmente dramático de este último caso es que la víctima, de 15 años de edad, fue arrestado y juzgado por los cargos de homosexualidad después de haber sido capturado ‘en la casa de un líder ISIS’ en la mañana del pasado jueves. Juzgado inmediatamente por un tribunal islámico fue condenado a muerte. ‘El niño fue acusado de estar involucrado en una relación homosexual con el oficial de ISIS, Abu Zaid al-Jazrawi’, según informó el activista Sarai al-Din a ARA News. . Partidarios de ISIS asesinaban a pedradas a dos hombres acusados de ser gays en Siria , sucedía a finales de octubre de 2015.

CX3VG6dWYAAchlTAbu Zaid Al-Jazrawi, oficial de ISIS

Según estas mismas fuentes, Al-Jazrawi también habría sido acusado de actividades homosexuales, pero en su caso habría esquivado la condena a muerte, a cambio de ver degradada su posición y ser enviado a luchar al frente, le han mandado al noroeste de Irak para unirse a los frentes de lucha ante la insistencia de los principales comandantes de la organización terrorista. Citando fuentes pro-ISIS, un Tribunal de la Sharia en Deir ez-Zor había exigido inicialmente la ejecución del líder ISIS por tener relaciones sexuales con una persona del mismo sexo.  Según diversos medios internacionales recogen, Abu Zaid al-Jazrawi es el dirigente que aparece en uno de los muchos “vídeos promocionales” del Estado Islámico, en este caso entrenando a niños, y que el periodista Zaid Benjamin recoge en su Twitter.

El activista de derechos civiles, Raed Ahmed, explicó a ARA News en una entrevista que, ‘Daesh [ISIS] acusa a la gente de ser gay sólo en base a una información superficial, sin ninguna investigación y sin contrastar los datos. Aunque la ley islámica prohíbe la homosexualidad, el castigo brutal infligido por Daesh del que nunca hasta ahora ha sido testigo la historia’.

El grupo terrorista que controla partes de Siria y de Irak ha ejecutado a decenas de hombres supuestamente homosexuales lanzándolos desde las azoteas de altos edificios y después publicaron las macabras fotos en los medios sociales. ISIS también ejecutó a nueve hombres y un niño acusados de ser gays en Siria en septiembre de 2015 y han reivindicado la autoría de los asesinatos de al menos otros 30 hombres homosexuales en el último año.

Como otras veces que hacemos referencia a las barbaridades cometidas contra las personas LGTB por el autodenominado Estado Islámico, resulta difícil asegurar su total veracidad, pero la noticia parece desde luego verosímil teniendo en cuenta los antecedentes. Ya ha quedado en el olvido el 24 de agosto, cuando el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas abordaba de forma expresa la situación. En una reunión informal convocada a petición de Chile y Estados Unidos, representantes de trece de los quince estados que en ese momento formaban parte del Consejo escucharon, entre otras voces, los testimonios de dos jóvenes, uno iraquí y otro sirio, víctimas de persecución por ser homosexuales, y que por fortuna han conseguido escapar del horror. Otra de las voces que pudieron escucharse fue la de Jessica Stern, directora ejecutiva de la International Gay and Lesbian Human Rights Commission (IGLHRC), que tras hacer un repaso de la situación de las personas LGTB en la región (aquí su intervención, en inglés) hizo cinco recomendaciones prácticas que deberían implementarse de forma inmediata: que todas las agencias de Naciones Unidas en Irak y Siria elaboren programas adaptados a la realidad LGTB; que Naciones Unidas y los gobiernos actúen con urgencia a la hora de acoger a las personas que lo soliciten; que el gobierno de Irak elimine las barreras en el acceso de las personas LGTB a los servicios y a la justicia; que este mismo gobierno de Irak respete la libertad de expresión y que se fomenten las donaciones a iniciativas en favor de las personas LGTB en Siria e Irak.

Han pasado más de cuatro meses desde aquella reunión, pero la realidad en Siria e Irak sigue siendo igual de espantosa. Ya casi hemos perdido la cuenta de los asesinatos que trascienden a la opinión pública. Los últimos a los que hicimos referencia ocurrieron en octubre y noviembre. Entonces dos hombres, acusados de ser una pareja gay, morían arrojados desde lo alto de un edificio en Mosul (Irak). El mismo día, en la cercana Nínive, otros dos hombres también acusados de ser homosexuales eran asesinados por el mismo método. Dos semanas antes otros diez hombres eran ejecutados en Siria, acusados de haber cometido sodomía. Pero no son ni mucho menos los únicos. En aquella misma entrada hacíamos recuento de varios de los asesinatos cometidos con anterioridad, pero además ha habido otros en este intervalo, casi todos ellos cometidos arrojando a las víctimas desde lo alto de un edificio y lapidándolas si todavía quedaban con vida tras la caída.

Un infierno para la comunidad LGTB

Siria e Irak, hace años estados de tradición laica (vinculada al baazismo) en los que las personas LGTB podían encontrar pequeños espacios de libertad, han acabado por convertirse para ellas en un infierno. En Irak, la homosexualidad fue legal hasta 2001, cuando Sadam Hussein, para contentar a los sectores religiosos, decidió castigarla con cárcel y, en caso de reincidencia, con pena de muerte. Tras la invasión, la situación se sumió en un estado de confusión. La entonces autoridad administrativa estadounidense ordenó en 2003 retrotraer los códigos penal y civil a la situación vigente en los 70, pero la diversidad de autoridades existentes según la zona del país, así como el papel preponderante que los líderes religiosos alcanzaron, facilitó que la persecución de las personas LGTB fuera en aumento. En los años sucesivos la situación no hizo más que empeorar, y las denuncias sobre el secuestro, la tortura y el asesinato de homosexuales, involucrando además a las fuerzas de seguridad, no hacían sino aumentar en todas las zonas del país.

En el área suní de Irak, la situación de descontento con el régimen surgido de la invasión, unida a la difusión de las ideas religiosas más radicales, terminó por cristalizar en el surgimiento del Estado Islámico, que también controla ya una parte importante de Siria. En este último país, la revuelta contra el régimen de Bashar al-Asad, alentada en sus inicios desde los países occidentales (y de la que ya en 2013 conocíamos sus consecuencias para los homosexuales sirios) ha confluido en el mismo fenómeno. En este caso, además, el propio régimen de Asad utilizó la persecución de los homosexuales como un instrumento de propaganda contra los rebeldes.

El Estado Islámico o Daesh, finalmente, ha hecho de la persecución de las personas LGTB, y muy singularmente de los varones que mantienen relaciones con otros hombres o que son percibidos como homosexuales, uno de sus principales elementos de propaganda. Cada cierto tiempo son difundidas imágenes de ejecuciones. A finales de julio, por ejemplo, era difundido un vídeo en el que se podía ver como dos jóvenes, supuestamente acusados de mantener relaciones homosexuales, eran arrojados desde lo alto de un edificio en Palmira (Siria) y posteriormente lapidados. A finales de junio, otros cuatro hombres eran arrojados también desde lo alto de un edificio en Deir ez-Zor, también en Siria, muertes que activistas islamistas aprovecharon para “celebrar” a su modo en redes sociales la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos a favor del matrimonio igualitario.

Antes ya habíamos recogido la ejecución de dos hombres a los que además se les dijo, pocos segundos antes de ser lapidados hasta la muerte, que habían sido “perdonados”. Tras ser conducidos a una explanada con los ojos vendados y abrazarse a uno de sus verdugos, fueron lapidados hasta la muerte por una horda enfervorecida que continuó lanzándoles piedras incluso cuando era ya evidente que habían fallecido. Ocurrió en un lugar indeterminado de Siria. O el degollamiento de cuatro jóvenes en Mosul, ciudad iraquí en manos de los islamistas en la que semanas antes otros dos hombres eran arrojados desde lo alto de un edificio. O la muerte de otro joven arrojado al vacío en Raqqa (Siria); la muerte por lapidación de dos hombres, también en la provincia siria de Deir ez-Zor; el asesinato de otro hombre en un lugar indeterminado, arrojado también desde lo alto de un edificio, o el asesinato de otro hombre de unos cincuenta años arrojado al vacío en Tal Abyad (Siria), luego lapidado al sobrevivir a la caída.

Son solo algunas de las muertes que han trascendido. Por razones obvias, resulta imposible disponer de información contrastada sobre estos asesinatos y torturas. Como otras veces hemos destacado, resulta imposible disponer de información contrastada sobre estos asesinatos. En realidad es difícil saber si se trata de personas LGTB o simplemente de opositores al Estado Islámico a los que se acusa de serlo como pretexto para asesinarlos y utilizar sus muertes como propaganda. Organizaciones en favor de los derechos LGTB hacían en enero un llamamiento a la prudencia, con objeto de no exacerbar el miedo de las personas LGTB que viven en la zona y causar daños mayores. Sin embargo, cada vez resulta más difícil pensar que no asistimos simplemente a un proceso de exterminio, máxime cuando hay testimonios que aseguran que los islamistas se hacen pasar por homosexuales como “gancho” para así atrapar a sus víctimas.

Fuente Ragap y Dosmanzanas

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Un matrimonio de dos hombres católicos, personas del año para la principal publicación católica de Estados Unidos

Sábado, 2 de enero de 2016
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@mx_595Un matrimonio de dos hombres, Greg Bourke y Michael DeLeon, han sido nombrados personas del año por el National Catholic Reporter, una de las publicaciones católicas más prestigiosas de Estados Unidos. Michael y Greg son participantes activos de la parroquia de Nuestra Señora de Lourdes en su ciudad y además fueron una de las parejas participantes en la demanda que llevó a la legalización del matrimonio igualitario en todo el país.

Llegados al final del año, llegan las habituales recopilaciones de noticias y, en especial, las propuestas de “personas del año”. Entre todas ellas, queremos destacar la del National Catholic Reporter, que ha señalado como personajes del año a un matrimonio de dos hombres, Greg Bourke y Michael DeLeon. Pareja desde hace 33 años, Bourke y DeLeon residen en estos momentos en Louisville (Kentucky) y tienen dos hijos. Son además católicos practicantes y miembros activos de la parroquia de Nuestra Señora de Lourdes en Louisville desde hace 28 años. En 2004, viajaron a Ontario, en Canadá, para contraer matrimonio. La pareja fue una de las que presentaron ante el Tribunal Supremo la demanda que desembocó en la sentencia que el pasado junio extendió el matrimonio igualitario a todo el territorio de los Estados Unidos.

En un largo editorial, la publicación religiosa estadounidense explica sus motivos. El texto señala, en primer lugar, que la legalización del matrimonio igualitario será un acontecimiento histórico que se estudiará en el futuro. Tampoco le cabe duda del enorme impacto que tendrá entre los católicos estadounidenses. El editorial presenta, en este sentido, las diferentes visiones sobre este impacto. Si algunos, como el arzobispo de Filadelfia Charles Chaput, hablan de “consecuencias dolorosas”, otros dudan de que vaya a ser así, invitan a la serenidad y están incluso abiertos a ver los posibles beneficios, sobre todo en relación a las personas LGTB que viven en el seno de las comunidades católicas. Esta última es, de hecho, la posición del Reporter.

Greg y Michael, junto sus hijos, constituyen precisamente uno de los ejemplos que, a juicio del Reporter, invita a apreciar esos efectos beneficiosos: “Una pareja católica que puede contar la historia de los beneficios del matrimonio entre personas del mismo sexo —y así lo hacen— es la de Greg Bourke y Michael DeLeon (…) Desde cualquier punto de vista, se han hecho vitales para su comunidad”. Citando una entrevista que les hicieron en The Huffington Post en marzo, el Reporter destaca cómo los periodistas los encontraron de voluntarios tomando pedidos de comida en una actividad parroquial, y señala asimismo las palabras del párroco: “Sencillamente, son buena gente, y de eso al final va todo el asunto, ¿no?”. Una visibilidad que ha sido uno de los factores determinantes para ser nombrados personas del año. El otro ha sido su papel como demandantes ante el Supremo. “Por su papel histórico como demandantes en Obergefell v. Hodges y por su testimonio público y creyente como gais católicos, nombramos a Greg Bourke y Michael DeLeon personas del año del National Catholic Reporter”, concluye el editorial.

El National Catholic Reporter es una de las publicaciones católicas más prestigiosas de los Estados Unidos. Aunque no esté orgánicamente vinculada a la Iglesia católica, su influencia en el país norteamericano y más allá es indudable. Por ello, su decisión resulta muy significativa, aunque no deja de ser coherente con su tradicional línea de apertura a la realidad LGTB. Ya hace un tiempo la publicación se pronunció, por ejemplo, a favor de la permanencia de los trabajadores en instituciones católicas que estuvieran casados con otra persona de su mismo sexo (en 2015, al menos 10 personas perdieron sus trabajos en instituciones católicas de Estados Unidos por ese motivo).

Discriminados, pese a todo, por su iglesia

Esta defensa de la no discriminación hacia las personas LGTB en la iglesia católica tiene también relevancia para Greg y Michael. Y es que ser miembros activos y respetados de su parroquia no los ha librado de ser discriminados. En su caso, debido a la pertenencia de Greg a los Boy Scouts. Hace cuatro años Greg fue retirado de su posición de líder de tropa debido a su matrimonio con Michael. Durante ocho años había sido voluntario en la tropa donde estaba su hijo, seis de ellos como líder. Precisamente, el eco mediático que obtuvo su caso fue lo que atrajo la atención a quienes, por entonces, buscaban personas que se ofreciesen como demandantes en la causa que, años más tarde, dio como fruto la legalización del matrimonio igualitario.

Este año 2015, cuando los Boy Scouts levantaron la prohibición, Greg quiso recuperar su puesto. Sin embargo, permanece en vigor una cláusula que permite que ciertas ramas ligadas a comunidades religiosas tengan sus propias reglas de pertenencia. Aprovechando esto, el obispo de Louisville, Joseph Kurtz, ordenó a todos los sacerdotes de su diócesis que no aceptaran a personas abiertamente homosexuales como líderes, lo que ha impedido que Greg pueda volver a ser líder de tropa en los Scouts.

En definitiva, si la visibilidad de Greg y Michael ha dado frutos en la sociedad civil con el reconocimiento de su matrimonio, en la iglesia a la que pertenecen siguen siendo personas discriminadas. En el campo religioso, y a pesar de su posición más bien privilegiada (son voluntarios y no dependen de la iglesia para mantener sus puestos de trabajo), Greg y Michael tienen aún mucho camino por delante. Esperemos que el simbólico espaldarazo de una publicación como el National Catholic Reporter contribuya a cambiar algún día esta realidad.

Funt Dosmanzanas

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La Federación Turca de Fútbol, condenada por la justicia de su país por discriminar a un árbitro gay

Sábado, 2 de enero de 2016
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halilibrahim_dincdag02En pleno siglo XXI… El árbitro turco Halil İbrahim Dinçdağ es la primera víctima que trasciende con nombre y apellidos del llamado Certificado Rosa‘. Presentó una solicitud de exención del servicio militar en 2009 (obligatorio para todos los ciudadanos varones turcos con edades comprendidas entre los 20 y 41 años) alegando ser gay y la Federación Turca de Fútbol le revocó la licencia y su identidad se filtró públicamente y así perdió su trabajo. Ahora, un tribunal de Estambul ha ordenado a la Federación a indemnizarle con 23.000 liras turcas (7.223,65 euros) en compensación.

La Federación Turca de Fútbol ha sido condenada por un tribunal de Estambul a pagar una compensación económica de 23.000 liras turcas (algo más de 7.000 euros) a Halil İbrahim Dinçdağ por revocar su licencia como árbitro debido a su condición de homosexual. La sentencia supone un importante precedente en un país como Turquía, aunque su abogado apelará la sentencia por considerar la cantidad insuficiente.

Lo sucedido a Halil İbrahim Dinçdağ es un buen ejemplo de las situaciones de discriminación a las que se tienen que enfrentar a diario las personas LGTB en Turquía. La historia se remonta a 2009, cuando agentes de la Federación Turca de Fútbol en Trebisonda, al noreste de Turquía, retiraron a Dinçdağ su licencia de árbitro cuando este este colegiado de 39 años anunció hace seis años su orientación sexual en un programa de televisión y justificó documentalmente la razón por la que no había cumplido el servicio militar: su homosexualidad, lo que le costó esta decisión. El argumento usado entonces por las autoridades respondía a que también había suscitado problemas en el servicio militar obligatorio por su homosexualidad.

El Ejército turco, como en anteriores entradas hemos recogido, sigue considerando la homosexualidad como una enfermedad, y de hecho son muchos los hombres turcos que ante el infierno que les supone el servicio militar admiten abiertamente su condición de homosexual para evitarlo. Sin embargo, para ello deben aportar “pruebas” de su homosexualidad, que pueden incluir exámenes anales o la necesidad de aportar vídeos y fotografías en las que se identifique claramente como son penetrados analmente. Prácticas humillantes que ya en 2012 fueron denunciadas en un documental de la BBC. El propio Halil İbrahim Dinçdağ, tras hacerse pública su historia, ha contado como a él mismo le sometieron a revisiones durante semanas, en parte en un hospital militar donde compartía habitación con enfermos psíquicos.

Cuando se le retiró su licencia Dinçdağ recurrió ante la Federación Turca, pero lo único que consiguió es que su caso trascendiera a los medios turcos y que su identidad se hiciera pública. Su carrera profesional se vino abajo y de hecho se quedó sin otro de sus trabajos, como comentarista de radio. Nadie le quiso contratar, muchos de sus conocidos se distanciaron de él y llegó a recibir amenazas de muerte.

Dinçdağ, que en este tiempo se ha convertido en una cara visible de la lucha contra la discriminación (hace poco más de un año recibió de la manos del entonces alcalde de Berlín, el abiertamente gay Klaus Wowereit, el Premio del Respeto de la Alianza contra la Homofobia) ha conseguido ahora la victoria en los tribunales. Una victoria que supone un importante precedente en Turquía, pero que aún así se queda corta si se tiene en cuenta que la Federación Turca ha sido condenada a indemnizar a Dinçdağ con 23.000 liras turcas (algo más de 7.000 euros, casi 8.000 dólares), una cifra cuatro veces inferior a la que Dincdag reclamaba.

Fuente Dosmanzanas

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Multa de 144.000 dólares a los pasteleros de Oregón que se negaron a elaborar un pastel para una boda de dos mujeres

Sábado, 2 de enero de 2016
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bnsweetcakesjpg-e85b55c6afa7dfdbRecogimos la historia hace ya casi tres años: una pareja de mujeres de Oregón denunció a una pastelería por negarse a elaborar su pastel de boda. Su dueño les dijo que sus creencias religiosas le impedían elaborar la tarta para una boda homosexual. La pastelería ha tenido que abonar ahora una multa de 144.000 dólares. Desde 2007 el estado de Oregón prohíbe a los establecimientos comerciales discriminar a los clientes por su orientación sexual o identidad de género.

Aaron Klein, dueño de la pastelería Sweet Cakes en Gresham (Oregón), negó haber insultado a la pareja, pero admitió que había rechazado elaborar el pastel por razones religiosas. “Les pedí disculpas por las molestias ocasionadas y les dije que no servimos a matrimonios del mismo sexo (…) No quise ofender a nadie, es simplemente algo en lo que creo profundamente“, declaró Klein, que se escudó en la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos para defender su supuesto derecho a “practicar mi religión de la forma en la que yo la veo“.

Han pasado casi tres años, y ahora hemos conocido que el estado de Oregón ha obligado por fin a Aaron y Melissa Klein, dueños de la pastelería, a abonar una multa de 137.000 dólares a Laurel y Rachel Bowman-Cryer, la pareja que fue víctima del episodio discriminatorio. Una cifra que se suma a los 7.000 dólares que ya habían abonado a principios de este mes. El estado de Oregón prohíbe a los establecimientos comerciales discriminar a los clientes por su orientación sexual o identidad de género, y únicamente reconocer exenciones a esta norma a organizaciones religiosas.

La multa, en realidad, les había sido impuesta hace ya seis meses, pero los Klein se habían negado hasta ahora a pagar la multa alegando dificultades financieras, y ello a pesar de haber recaudado más de medio millón de dólares en varias cuentas abiertas para que quienes les quisiesen ayudar pudieran hacerlo. El dinero, no obstante, permanecerá en depósito y no será entregado al matrimonio Bowman-Cryer hasta que la sanción sea firme, dado que los Klein han recurrido la multa ante los tribunales.

Una negativa que desencadenó una gran polémica 

En su momento, la lamentable noticia desencadenó una gran polémica en los Estados Unidos, gracias sobre todo a que los grupos de la derecha cristiana se movilizaron a favor de los pasteleros (ahí está el más de medio millón de dólares recaudado) y desencadenaron una formidable campaña mediática construida en buena parte a base de falsedades para convertir a los pasteleros en una especie de “mártires de la causa cristiana” (un artículo publicado por The New Civil Rights Movement la analizaba con detalle hace unos meses).

También la pareja discriminada recibió innumerables muestras de apoyo. Una de las más celebradas fue el ofrecimiento de Duff Goldman, dueño de la pastelería Charm City Cakes de Baltimore, para elaborar gratuitamente el pastel de boda de la pareja y hacerse cargo de los gastos de su traslado. Goldman es un pastelero conocido en todo el país por haber sido el protagonista de Ace of Cakes, un reality en torno al mundo de la pastelería emitido con gran éxito entre 2006 y 2011 por Food Network, un canal de televisión especializado en alimentación y cocina.

Fuente Dosmanzanas

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Armenia prohíbe en su Constitución el matrimonio igualitario

Sábado, 2 de enero de 2016
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AGLA_France_at_Paris_Gay_Pride_2002Otro país se suma a la homofobia de estado y consagra en su Constitución la discriminación de las parejas del mismo sexo. Se trata de Armenia, cuya nuevo texto constitucional, ampliamente reformado, incluye una modificación de su artículo 34 para hacer explícita la prohibición de contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo.

La nueva Constitución armenia fue aprobada en referéndum el pasado 6 de diciembre, con el propósito de cambiar el régimen político desde un sistema presidencial (en el que el presidente de la República es elegido por sufragio directo y tiene importantes poderes ejecutivos) a un sistema parlamentario, en el que dichos poderes pasan a manos de un primer ministro elegido por el Parlamento. Aunque solo votó la mitad del censo, la reforma recibió el visto bueno del 66% de los que acudieron a las urnas, consiguiendo por estrecho margen superar el umbral necesario del 33% del censo.

Según sus críticos, la reforma fue impulsada por el presidente armenio, Serzh Sargsián, para seguir controlando los resortes del poder una vez que concluya su segundo y último mandato. Sargsián, además de actual presidente de Armenia (con importantes poderes ejecutivos), es el líder del Partido Republicano de Armenia, una formación de derecha nacionalista (adscrita con el estatus de observadora al Partido Popular Europeo) que controla buena parte de los resortes del poder desde que el país dejó de ser una república soviética y que ha gobernado el país entre acusaciones de corrupción y nepotismo.

Pero más allá del propósito político principal de la reforma, lo que llama la atención es que se aprovechase la ocasión para modificar el artículo 34 de la Constitución, referido al derecho de hombres y mujeres a contraer matrimonio y formar una familia, para añadir la coletilla de “entre sí”, lo que hace legalmente inviable no solo una futura reforma legal para aprobar el matrimonio igualitario en Armenia, sino que una pareja del mismo sexo casada en otro país pueda ver reconocido su matrimonio en Armenia a menos que se modifique la propia Constitución. “En Armenia, la familia es la unión de un hombre y una mujer”, justificó en su momento Hrayr Tovmasian, miembro de la comisión presidencial que propuso la reforma constitucional, para justificar el cambio.

En la práctica, nada va a cambiar para las personas LGTB en Armenia, dado que nadie planteaba seriamente legalizar el matrimonio igualitario en ese país, pero lo sucedido no deja de ser un nuevo síntoma de hasta qué punto llega la discriminación social de este colectivo en Armenia, donde ya en su momento se intentó aprobar una ley contra la “propaganda homosexual al estilo de la vigente en Rusia, aunque entonces la propuesta acabó siendo retirada como consecuencia de su negativa repercusión internacional. Sin embargo, según un informe del que nos hicimos eco con cierta extensión hace ahora año y medio, el hecho de que la legislación homófoba no saliera entonces adelante no significó ningún avance en la situación de los armenios LGTB. Antes al contrario, el informe constataba “una clara regresión” en tanto que las personas LGTB se enfrentan a la discriminación en todas las áreas de la vida social y económica, son vulnerables a ataques verbales y físicos y siguen siendo en gran medida invisibles por temor a represalias”. Lo sucedido ahora hace temer que las cosas no han mejorado.

¿Suiza, próximo país en consagrar constitucionalmente la discriminación?

Armenia se une así a la ya larga lista de países que prohíben constitucionalmente el matrimonio igualitario, básicamente estados de la Europa central y oriental como Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia (lo que fue aplaudido por el papa Francisco), Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Pero no hablamos de una situación exclusiva de la “atrasada y conservadora” Europa postcomunista. Suiza, un país en el que el populismo derechista cuenta cada vez con más adeptos, puede convertirse en solo unas semanas en el primer país de Europa occidental en prohibir el matrimonio igualitario en su Constitución si los votantes dan su visto bueno a la propuesta del Partido Demócrata Cristiano suizo (otra formación en la órbita del Partido Popular Europeo, esta vez como miembro asociado). El referéndum suizo tendrá lugar el 28 de febrero.

Fuente Dosmanzanas

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Nueva denuncia contra un activista LGTB ruso por violar la ley contra la “propaganda homosexual”

Miércoles, 30 de diciembre de 2015
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Sergei-AlekseenkoLa Policía de la ciudad rusa de Múrmansk ha presentado cargos contra el activista LGTB Sergei Alekseenko, por violar la ley que prohíbe la propaganda de relaciones no tradicionales ante menores, más conocida como “ley contra la propaganda homosexual”. Se le acusa de haber difundido a través de una red social el siguiente mensaje: “Ser gay significa ser una persona valiente y segura, con dignidad y autoestima”. Alekseenko, antiguo director de la organización LGTB Maximum, critica las numerosas irregularidades que se han producido en la investigación de la denuncia, que fue presentada por padres de menores que accedieron a la red social.

Los padres de unos menores rusos de la portuaria ciudad de Múrmansk, cercana a la frontera con Finlandia y Noruega, presentaron una denuncia contra el responsable de la página de la extinta organización LGTB Maximum en VKontakte, la red social más importante de Rusia, semejante en funcionamiento a Facebook. El motivo de la denuncia era que sus hijos habían accedido a la página, y que su contenido violaba la vigente ley que prohíbe la propaganda de relaciones no tradicionales ante menores.

Los expertos de la Policía de Múrmansk emitieron un informe en el que hallaban evidencias de violación de la ley en una de las entradas de Maximum en VKontakte, en la que aparecía el siguiente texto: “Ser gay significa ser una persona valiente y segura, con dignidad y autoestima”. Tras tan experto informe, la Policía decidió presentar cargos contra el que fuera responsable de Maximum, el activista Sergei Alekseenko.

En realidad, la frase que supuestamente viola la ley rusa es una transcripción casi literal del informe que el organismo gubernamental de control de los medios de comunicación de Moscú, denominado Roskomnadzor, presentó en referencia a Deti-404 (Muchachos-404), una página web de apoyo a los adolescente LGTB rusos. En el informe que el Roskomnadzor presentó ante los juzgados, se afirma que el contenido que aparecía en Deti-404 podía “crear la impresión entre los niños de que ser homosexual es ser una persona valiente, fuerte, segura y que se respeta a sí misma” y que, por consiguiente, alentaba “una actitud positiva hacia las relaciones sexuales no tradicionales”. Se podría decir entonces que los expertos de la Policía de Múrmansk encuentran que citar al Roskomnadzor es un delito.

Sergei Alekseenko, por su parte, critica todo el proceso llevado a cabo por la Policía, ya que estima que “la investigación se ha llevado a cabo con múltiples irregularidades. En primer lugar, el protocolo presentado el 12 de diciembre se refiere específicamente al director de la organización no gubernamental interregional ‘Maximum’. Pero esta organización se disolvió el 10 de octubre. Ni los padres ni los propios adolescentes han sido interrogados. Además, la investigación ha durado casi un año, puesto que el caso se inició en enero de 2015; en consecuencia, el plazo de prescripción ya ha expirado”.

A ello habría que añadir que el acceso a la red social VKontakte solo está permitido a mayores de 18 años, según consta en sus requisitos de inscripción, por lo sería difícil alegar que los mensajes que se difunden en sus páginas puedan ser accesibles a menores.

0h8zj0lrtcu_0En cuanto a Maximum, la organización LGTB no solo ha tenido que enfrentarse al contínuo acoso de las autoridades rusas, sino que su local sufrió un ataque con gases tóxicos el pasado mes de abril, que afectó a dos activistas. Además, la organización ya había sido multada con 300.000 rublos de multa (5.360 euros, 4.900 dólares) por vulnerar la ley contra la “propaganda homosexual”, debido al trabajo de información positiva de la homosexualidad que realizaba. Para poder continuar con la labor y evitar la sanción, las autoridades exigieron a Maximum que se inscribiera como “agencia extranjera”, lo que fue absolutamente rechazado por la organización LGTB, que finalmente se disolvió el pasado 10 de octubre.

La fecha en que se celebrará la vista contra Sergei Alekseenko aún no ha sido fijada.

La absoluta desprotección de la comunidad LGTB rusa

Dosmanzanas realiza habitualmente un seguimiento bastante intensivo de las noticias sobre la realidad LGTB de Rusia. Desde la aprobación de las leyes homófobas de estado, no hemos dejado de tener que trasladar a nuestros lectores informaciones sobre la práctica impunidad con que actúan grupos como Occupy Pedofilyaj y similares, dedicados al acoso, tortura e incluso asesinato de personas LGTB ante la pasividad muda de las autoridades.

En lugar de perseguir a quienes agreden y torturan, las autoridades alientan aún más la homofobia con leyes como la aprobada en 2013, que prohíbe informar positivamente de la homosexualidad a menores, a la vez que permite que quienes simplemente enarbolan una bandera arcoíris o reivindican la celebración del Orgullo sean detenidos, sancionados o incluso encarcelados.

Fuente Dosmanzanas

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Mujer transexual demanda a un gimnasio por transfobia en Japón

Miércoles, 30 de diciembre de 2015
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1523603El gimnasio obligaba a la mujer a ir al vestuario de hombres escudándose en que no había cambiado su identidad en el libro de familia.

Una mujer transexual japonesa demandó hoy a su gimnasio por tratarla como a un hombre al pedirle que usara el vestuario masculino del centro, por lo que pide una indemnización de 4,7 millones de yenes (unos 35.500 euros).

La mujer, de 40 años, presentó una demanda contra el gimnasio al que acudía ante un tribunal del distrito de Kioto, en el centro de Japón, por haberle causado “estrés emocional” con este incidente. Los hechos ocurrieron antes de que la mujer se sometiera a la cirugía el pasado mes de marzo.

Según la denuncia, la demandante pidió cambiarse de ropa en algún lugar que no fuese el vestuario masculino, una petición que el centro deportivo denegó con el argumento de que no había cambiado su identidad sexual en el libro de familia. “Espero que con la denuncia se ponga fin a la discriminación contra los transexuales”, destacó la demandante.

La legislación japonesa reconoce el cambio de identidad de género a los transexuales que lo deseen, así como el derecho a que se casen, y en 2014 una sentencia reconoció por primera vez el derecho a adoptar de este colectivo.

Fuente Agencias/Cáscara Amarga

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Tribunal reconoce en Italia el derecho a adoptar de una mujer lesbiana

Martes, 29 de diciembre de 2015
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maternidad-en-parejas-lesbianasEsta pareja de mujeres se casó fuera de Italia y viven en Roma desde 2003. Una de ellas concibió al niño mediante inseminación artificial, también fuera del país.

Esta decisión fue recurrida por la Fiscalía

Otra vez ha tenido que ser la justicia italiana la que se pronuncie. Un tribunal de apelaciones de Roma ha confirmado la sentencia que hace ahora año y medio emitió un tribunal de menores de la capital italiana, y que por primera vez en ese país avalaba que una mujer pudiese adoptar a la hija biológica de su pareja del mismo sexo. 

Un tribunal de apelación italiano reconoció el derecho de una mujer lesbiana a adoptar a la hija biológica de su pareja, informó este miércoles un grupo que defiende los derechos civiles, que considera que es un hecho histórico que otorga garantías a las parejas del mismo sexo.

Ya en su momento recogimos la histórica sentencia. La pareja de mujeres, residente en Roma desde el año 2003, tuvo una hija mediante reproducción asistida en un país extranjero que no ha trascendido, donde también contrajeron matrimonio (no reconocido en Italia). Con posterioridad, reclamaron ante la justicia italiana la adopción del menor por parte de la madre no biológica. Para ello contaron con el apoyo de la Asociación Italiana de Abogados de Familia y de Menores (AIAF), cuya miembro Maria Antonia Pili presentó la demanda correspondiente. Se trataba de la primera sentencia que reconocía el derecho de la madre no biológica a adoptar el hijo de su pareja del mismo sexo en Italia.

Año y medio después aquella sentencia, que entonces levantó ampollas el el país transalpino, la Corte de Apelaciones de Roma la ha confirmado, según ha dado a conocer la propia Maria Antonia Pili. “La sentencia confirma que en Italia es posible que el compañero de una pareja homosexual adopte [a los hijos de su pareja].

Esta decisión representa “el reconocimiento del derecho primario de nuestros hijos a que se reconozca legalmente a las dos madres o los dos padres que los han criado”, dijo Marinella Grassadonia, presidenta de la asociación Famiglie arcobaleno (Familia del arcoíris), que lucha por los derechos de los homosexuales en Italia.

Los jueces invocaron “el interés superior y preeminente de que el niño mantenga la cohabitación y el lazo afectivo ya consolidado por el tiempo”, dijo el abogado de la familia, citado por los medios italianos.

Desde la decisión de la corte de menores en 2014, varios tribunales italianos han autorizado adopciones para familias homosexuales, o reconocido vínculos legales adquiridos en otros países.

La confirmación de la sentencia de Roma es una gran noticia, sobre todo teniendo en cuenta que el caso abrió en su momento un camino que otros tribunales ya están siguiendo. En enero de 2015 era un tribunal de apelaciones de Turín el que reconocía los derechos de parentalidad de otra pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona, cuyo registro civil reconoce al niño como hijo de ambas.

Y hace solo unas semanas otro tribunal de apelaciones, esta vez en Milán, reconocía como válida la adopción concedida en España a una mujer italiana que adoptó a la hija biológica de su pareja. La historia de esta pareja es bastante similar a la anterior: se casaron (luego se divorciaron) y tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en España, aunque en este caso ambas mujeres son italianas. Aún así, el tribunal considera que el procedimiento de adopción en España debe ser reconocido en Italia.

Todas estas sentencias tienen lugar mientras el Parlamento italiano sigue acumulando demoras en el prometido proceso de aprobación de una ley de uniones civiles. Una ley que excluiría la adopción conjunta pero que sí permitiría, bajo ciertas circunstancias, la adopción de los hijos que ya tenga la pareja. Era en octubre cuando por última vez hacíamos mención a este proceso, y por entonces conjeturábamos que quizá se retomase en noviembre. No ha sido así. En estos momentos la discusión está prevista para la última semana de enero. Mientras tanto, hasta la muy ortodoxa Grecia ha adelantado ya a la católica Italia…

El matrimonio homosexual, legal en países como Argentina o Uruguay, está reconocido en Reino Unido, Francia y España, pero otros países europeos como Grecia solo admiten uniones civiles.

Fuente Cáscara amarga/Dosmanzanas

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Amarillismo lesbófobo en la portada de “El Español”, el nuevo digital de Pedro J. Ramírez

Martes, 29 de diciembre de 2015
Comentarios desactivados en Amarillismo lesbófobo en la portada de “El Español”, el nuevo digital de Pedro J. Ramírez

portada-El-Español-lesbofobia1Sorprendente portada del diario digital El Español, que en su edición del día 23 titulaba: “Más se arrastra ante la CUP: ofrece banca pública, SMI de 1.000 euros y ayudas a lesbianas”. Que no se alegren nuestras lectoras catalanas: las “ayudas a lesbianas” de las que se escandaliza el El Español como símbolo del “arrastre” de Artur Mas ante la Candidatura d’Unitat Popular para lograr su investidura como presidente de la Generalitat no es un sobresueldo por ser lesbiana. Se trata de algo mucho menos original: “que la sanidad pública se haga cargo de las reproducciones asistidas a mujeres lesbianas o sin pareja masculina, otra reclamación que aparecía en el documento de mínimos de la CUP. El plan prevé una partida de casi 2 millones de euros para este cometido” (así lo describe, ya en el artículo, el propio diario El Español).

El Español es el diario digital que Pedro J. Ramírez ha puesto en marcha tras su salida del diario El Mundo, en el que muchos habían puesto sus esperanzas de ver un medio de centro-derecha capaz de competir en el mundo digital y atraer a lectores críticos. Portadas como la que reproducimos hoy, sin embargo, le acercan más bien al amarillismo de La Razón o de los medios del grupo Intereconomía. Hablar frívolamente de “ayudas a lesbianas” cuando de lo que se trata es de rescatar para las mujeres sin pareja masculina un derecho del que fueron privadas por el gobierno de Mariano Rajoy y que incluso la justicia ha reconocido no puede calificarse más que de amarillismo lesbófobo.

La exclusión de las parejas de mujeres y de las mujeres solas del acceso a las técnicas de reproducción asistida en la sanidad pública fue decidida por el gobierno cuando revisó la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (la lista de procedimientos que en todas las comunidades deben ser cubiertos por la sanidad pública), pese a que la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida sí permite el acceso de todas las mujeres a estas técnicas. El Sistema Nacional de Salud limitaba su cobertura pública a aquellas situaciones en las que existiera “un diagnóstico de esterilidad o una indicación clínica establecida, de acuerdo con los programas de cada servicio de salud”. Una formulación que en ausencia de limitaciones más específicas era lo suficientemente ambigua como para permitir la inclusión de parejas de mujeres o de mujeres solas, y de hecho los servicios de salud de varias comunidades autónomas así lo habían venido entendiendo (especial interés al respecto tiene la polémica que rodeó en el año 2011 la exclusión de dos mujeres lesbianas en Asturias, ya que el Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad dio luego la razón a una de las mujeres, al considerar que fue objeto de discriminación).

Con Mariano Rajoy al frente del gobierno, el Ministerio de Sanidad decidió dar otra vuelta de tuerca e impedir esta posibilidad, definiendo una serie de circunstancias concretas que, aunque sin mencionar expresamente la orientación sexual, en la práctica suponen que las mujeres sin pareja masculina quedan excluidas de la prestación. La entonces ministra Ana Mato llegó a afirmar que “la falta de varón no es un problema médico”. La orden ministerial fue emitida el 31 de octubre de 2014, aunque son varias las comunidades autónomas que plantaron cara al gobierno y decidieron, por su cuenta, asumir dicha prestación de forma expresa.

¿Cristina Cifuentes, una radical de la CUP?

A este respecto, incluso el nuevo gobierno de Cristina Cifuentes en Madrid, seguramente presionado por la sentencia que hace pocas semanas condenó al Hospital Fundación Jiménez Díaz y a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por discriminar a una pareja de mujeres en su acceso a la prestación de reproducción asistida en la sanidad pública, ha decidido incluir esta prestación en la cartera regional.

“La asistencia sanitaria pública debe respetar escrupulosamente el principio de igualdad, independientemente de la condición sexual o circunstancias de los usuarios. Por eso, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid va a incluir en su cartera de servicios complementaria la reproducción asistida para mujeres sin pareja masculina. La ampliación del tratamiento de fertilidad viene a dar respuesta a la necesidad existente en un sector de la población que se estaba viendo discriminado a la hora de recibir este tipo de procedimientos”, escribía Cifuentes en su propio blog el 7 de octubre…

Lo cierto es que la portada de El Español no hace más que abonar la lesbofobia. Reconocer el derecho de las mujeres sin pareja masculina a no ser discriminadas por una sanidad pública que ellas, al igual que el resto de los ciudadanos, contribuyen a financiar con sus impuestos nada tiene que ver con recibir “una ayuda”. Esperábamos más de este nuevo medio…

Fuente Dosmanzanas

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Un instituto de Murcia obliga a un chico transexual a usar el baño de discapacitados como vestuario

Lunes, 28 de diciembre de 2015
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fachada_600_263Nuevo episodio de discriminación tránsfoba en la educación, fruto de la inexistencia de un marco jurídico adecuado a la realidad de las personas trans. El Instituto Floridablanca, de Murcia, se ha negado a permitir el uso del baño y de los vestuarios masculinos a un alumno transexual, y solo le ofrece como alternativa el uso del baño de discapacitados.

La situación ha sido denunciada públicamente por colectivos trans y LGTB de la región. Desde Chrysallis (Asociación de Familias de Menores Transexuales) Javier Maldonado asegura que la familia lleva ya meses a la espera de que el centro y la Consejería le pongan remedio. Gabriel Belando, de Empodera-T (Asociación de Personas Transexuales de la Región de Murcia), denuncia lo inaceptable del caso y asegura que no han recibido ningún tipo de respuesta por parte de la Consejería de Educación. Se da la circunstancia de que los propios compañeros varones del menor, que está en proceso de hormonación, han firmado una petición para que el joven esté con ellos en su vestuario y no se le obligue a usar el de discapacitados, opción que la familia ha rechazado por una cuestión de dignidad. El alumno, mientras tanto, no asiste a las clases de Educación Física. “Es el profesorado y la Jefatura de Estudios los que se pasan la pelota para no hacerse cargo del problema”, asegura Belando.

Según asegura la cadena SER, desde la Consejería de Educación se ha convocado una reunión el próximo lunes con la dirección del centro para adoptar una solución conjunta. También según la SER, desde la Consejería aseguran que ya hay encima de la mesa un borrador de orden para abordar estos casos, que está siendo estudiado por los servicios jurídicos.

La desidia de los responsables políticos: tres años detrás de un protocolo

Basta con tirar de hemeroteca para descubrir que los colectivos murcianos llevan mucho tiempo reclamando una regulación que impida casos como el que ahora ha salido a la luz. Ya en 2013 Chrysallis, Empodera-T, Galactyco, Proinclusiva y No Te Prives presentaron a la administración regional una propuesta de protocolo. Hace unos meses ya denunciaban que solo habían recibido la callada por respuesta. “Parece ser que dicho protocolo al final se quedará en agua de borrajas en este curso, a pesar de que les hayamos hecho el trabajo por el que cobran del erario público, y a pesar de que dicho protocolo no les costaría un céntimo a los contribuyentes. Simplemente este protocolo se ocuparía de dejar amparados a los menores transexuales, y no dejarlos expuestos a la posible arbitrariedad e insensibilidad de los centros educativos”, puede leerse en la web de Galactyco con fecha 15 de mayo de 2015.

“La Consejería de Educación de la Región de Murcia ha seguido al pie de la letra aquello de ‘ni una mala palabra ni una buena acción’, dándonos largas descaradamente, pese a ser conscientes del sufrimiento que podrían evitar haciendo un par de clicks con el ratón de su ordenador, publicando en su web una resolución por la que se establezcan orientaciones de actuación sobre identidad de género en los centros educativos de la Región de Murcia sostenidos con fondos públicos, que tienen sobre su mesa y está adaptada a cuantos comentarios nos han hecho. Lo aplazan sine die descaradamente, con excusas peregrinas (nunca tienen tiempo para estos menores), aún cuando se les ha dado absolutamente todo redactado y detallado,  explicado, y a falta sólo de darle salida e impedir  sufrimiento, además de normalizar esta situación”, prosigue el comunicado de mayo de 2015.

En definitiva, una desidia de los responsables políticos murcianos que hoy da lugar a que un menor tenga que sufrir las consecuencias de la discriminación. Y una nueva muestra de lo necesario que es disponer de un marco jurídico tanto a nivel autonómico como estatal que obligue a todos los centros educativos a prever este tipo de situaciones.

Fuente Dosmanzanas

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Euskadi dará un documento identificativo a las personas trans acorde con su identidad libremente determinada

Sábado, 26 de diciembre de 2015
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euskadi_by_xumarov-d4ykqyqEl Gobierno vasco ha aprobado un decreto que regula la documentación administrativa que podrán utilizar en el ámbito de la comunidad autónoma las personas trans hasta que se produzca la rectificación de su sexo en el Registro Civil para que puedan ser tratadas de acuerdo con su identidad de género libremente determinada. La nueva norma también da cobertura a las personas trans migrantes, que podrán utilizar esta documentación hasta producirse el cambio registral en su país de origen.

Nos tenemos que remontar a enero de 2012, cuando el Parlamento Vasco aprobaba su ley de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales. Euskadi seguía entonces la estela de Navarra, cuyo Parlamento foral aprobó en 2009 la primera ley integral sobre transexualidad del Estado español. Como novedad, la ley vasca establecía además la posibilidad de que se otorgase una documentación provisional a las personas transexuales que todavía no han modificado su situación registral de acuerdo a la legislación estatal. Casi cuatro años después por fin se aprueba el decreto que la desarrolla.“Ha sido una labor titánica, para el colectivo transexual es un logro como haber subido a la punta del Everest”, ha afirmado una emocionada Sarai Montes, activista de Errespetuz y miembro del servicio de información, atención y asesoramiento a personas LGTBI del Gobierno vasco (Berdindu) en la rueda de prensa en la que el director de Política Familiar y Desarrollo Comunitario del Gobierno vasco, José Luis Madrazo, presentaba el decreto.

El procedimiento de expedición de la documentación, que consistirá en una tarjeta identificativa, se iniciará a solicitud de la persona interesada, por sí misma o debidamente representada. En el caso de que la persona sea menor, la solicitud será formulada por sus representantes legales, teniendo aquella en todo caso derecho a ser oída y  manifestar su opinión. En la solicitud deberán consignarse los datos relativos a la nueva identificación de la persona solicitante, e irá acompañada de la documentación acreditativa de su identidad, a cuyo efecto se deberá presentar alguno de los siguientes documentos: Documento Nacional de Identidad, Pasaporte, permiso de conducir, Tarjeta de Identidad de Extranjero o cualquier documento oficial expedido por autoridad competente de su país de origen que sirva a efectos de identificación (lo que se certificará en caso de duda por la autoridad consular correspondiente).

Las personas portadoras de la documentación tendrán derecho a ser tratadas e identificadas conforme a su identidad de género tanto en el ámbito sanitario como en el educativo, al ser ambos dependientes de la comunidad autónoma. Ello incluye, en el caso de las personas trans estudiantes, la adecuación de todos los documentos administrativos del centro docente, tales como listas de clase, boletín informativo de calificaciones, carnet de estudiantes y censos electorales para elecciones sindicales o administrativas. Eso sí, por razones legales, y en tanto no se proceda a la rectificación registral, en el expediente oficial del alumno o la alumna se mantendrán los datos de identidad registrados a efectos oficiales. El documento, por otra parte, carece de validez cuando del ámbito regulado por la legislación estatal se trata.

Desarrollo normativo… cuatro años después

Desde dosmanzanas nos alegramos de la buena noticia, pero no podemos evitar preguntarnos cuál es la razón de que una vez aprobada una ley que amplía derechos su desarrollo reglamentario se demore tanto (casi cuatro años, en este caso). Una situación que además no afecta solo al País Vasco. En varias ocasiones nos hemos hecho eco, por ejemplo, de los retrasos en el desarrollo reglamentario de la ley andaluza, aprobada en 2014, y que por ejemplo también prevé la emisión de este tipo de documentación.

Una ley estatal obsoleta que urge actualizar

Son diversas las leyes de transexualidad aprobadas a nivel autonómico, además de la navarra, la vasca o la andaluza. Hay normas aprobadas en Canarias y en Extremadura (cuya ley, no siendo específica de transexualidad, incluye numerosos aspectos relacionados con la materia y recogidos en las leyes integrales de transexualidad de otras comunidades) y ya se ha iniciado el proceso en Madrid, que si el acuerdo de PSOE, Podemos y Ciudadanos llega a buen término tendrá una ley consensuada con los colectivos trans

Queda pendiente, sin embargo, la aprobación de una más que necesaria legislación estatal, que actualice la norma que regula la modificación registral del sexo aprobada en 2007. Una ley que sin duda constituyó un gran avance sobre la situación anterior, pero que hoy es ya anacrónica al no incorporar el principio de despatologización de la transexualidad y no contemplar la situación de los menores.

La ley española, en este sentido, sigue contemplando como requisito para que las personas trans puedan acceder a la modificación registral del sexo un diagnóstico de “disforia de género” y exige (con algunas excepciones) dos años de tratamiento hormonal. Es necesario que la ley española se asimile cuanto antes a las que por ejemplo ya han aprobado países como IrlandaArgentinaDinamarca Malta, que respetan el principio de autodeterminación de género, de forma que cada persona, en uso de su libertad individual y sin necesidad de justificación médica o psicológica alguna, decide cómo quiere ser reconocida legalmente. Esperemos que tras el resultado de las pasadas elecciones generales ello sea se posible en el plazo más breve posible.

Fuente Dosmanzanas

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El estado mexicano de Nayarit aprueba el matrimonio igualitario con la casi total unanimidad de su Congreso

Sábado, 26 de diciembre de 2015
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congreso-del-estado2Los derechos LGTB han sufrido un duro golpe en Europa, pero avanzan en América Latina. Mientras un referéndum anulaba la ley de matrimonio igualitario aprobada en Eslovenia, el estado mexicano de Nayarit la aprobaba por aplastante mayoría del Congreso local: 26 votos a favor, una abstención y solo un voto en contra. Nayarit es el cuarto territorio mexicano con matrimonio igualitario pleno, si bien por vía judicial las bodas son posibles ya en todo el país.

Votaron a favor del matrimonio igualitario casi todos los diputados del Congreso local, incluyendo los representantes de los tres principales partidos mexicanos: el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido de Acción Nacional (PAN), aunque una diputada de este último se abstuvo. El único voto en contra fue el de un diputado del Partido Verde Ecologista (una fuerza que pese a lo que su nombre defiende posiciones conservadoras en lo social). La iniciativa, que llevaba discutiéndose desde el 25 de junio en el Congreso de Nayarit, había partido del diputado del PRD Luis Manuel Hernández Escobedo y contó con el apoyo expreso del gobernador del estado, el priista Roberto Sandoval.

Antes de Nayarit, estado de la costa oeste del país, solo dos territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (desde 2009) y norteño el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014). Y ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó, por cierto, que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también era ya posible en el estado de Quintana Roo (en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

Un escenario judicial favorable

En Nayarit ya se habían celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial, como por otra parte ya ha sucedido en la inmensa mayoría de los estados mexicanos. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se han reproducido luego en amparos a parejas de numerosos estados. En uno de ellos, Chihuahua, el propio gobierno decidía el pasado julio dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se aprobase una ley de matrimonio igualitario.

Todas estas sentencias han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Pero también se han ido produciendo sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil a una solicitud de matrimonio,“sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Un proceso que hace pocos meses recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado que no haya aprobado el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos pide la extensión a todo el país

De hecho, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México (CNDH) acaba de emitir una recomendación oficial a los titulares de los poderes ejecutivos y a los órganos legislativos de todos los estados del país para que adecuen los correspondientes ordenamientos en materia civil y/o familiar. “Este Organismo Nacional enfatiza que la orientación sexual no puede ser un criterio relevante para diferenciar el acceso al disfrute del derecho de protección a la familia que se encuentra consagrado en nuestra Constitución, el cual puede ser el mismo, tanto para las parejas del mismo sexo como las heterosexuales. Solamente el Distrito Federal y Coahuila han modificado sus códigos civiles y/o familiares para permitir el matrimonio igualitario y, si bien es cierto que algunos gobiernos estatales han intentado regular el acceso a las parejas del mismo sexo a uniones civiles con la creación de figuras jurídicas diferenciadas del matrimonio, tales como ‘sociedad de convivencia’, ‘pacto civil de solidaridad’, ‘enlace conyugal’, resultan discriminatorias pues generan regímenes distintos de derecho para regular una situación equivalente”, expresa el citado organismo.

La CNDH también recuerda que la Suprema Corte de Justicia de la Nación sostiene ya en su jurisprudencia que no existe razón de índole constitucional para que el matrimonio por personas del mismo sexo no sea reconocido.

Fuente Dosmanzanas

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Un juez de Massachusetts rechaza el despido de un trabajador de un centro católico por estar casado con otro hombre

Sábado, 26 de diciembre de 2015
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matthew-barrett-and-ed-suplee-x750Estar casado con un hombre no es motivo justificado para discriminar a un trabajador en un centro católico: así de rotunda ha sido la sentencia de un juez en Massachusetts (Estados Unidos). La sentencia apela a una ley antidiscriminatoria del Estado y rechaza la aplicación de una excepción por libertad religiosa.

Matthew Barrett recibió una oferta para trabajar como director de servicios alimentarios en el colegio católico Fontbonne Academy (una escuela preparatoria para chicas de Milton, al norte de Boston) en 2013. Cuando tuvo que rellenar un formulario para empleados con sus datos, se encontró con una casilla destinada a indicar un número de contacto en caso de emergencia. Puso el de su marido, Ed Suplee. Ante ello, las autoridades del colegio le indicaron que no se le iba a contratar porque, según alegaban, su matrimonio era inconsistente con las enseñanzas de la iglesia. Barrett decidió entonces presentar una demanda, siendo representado por la Gay and Lesbian Advocates and Defenders (GLAD) de Boston.

Los representantes del colegio alegaron su derecho a la libertad religiosa, un argumento bastante habitual para justificar este tipo de actos. La sentencia ha rechazado este argumento y ha dejado claro que el colegio violó la legislación del Estado contra la discriminación hacia las personas LGTB. En el veredicto, del juez Wilkins, ha sido determinante la consideración de que el trabajador en realidad no suponía en sí mismo riesgo para la transmisión de la doctrina oficial de la Iglesia, dado que no se trata de un “profesor, ministro o portavoz de Fontbonne” y “no se ha visto comprometido en la defensa pública del matrimonio entre personas del mismo sexo“.

Wilkins señala igualmente que el colegio también da empleo a no católicos excepto en la dirección y como profesores de religión; los admite como alumnos y hasta tiene su propia política interna contra la discriminación por orientación sexual. El colegio trató de alegar que el rechazo se debía a que estaba casado y no a su sexualidad, pero el juez no aceptó el argumento.

Tras esta sentencia vendrá ahora una audiencia para abordar los daños y perjucios, según informa GLAD. También es cierto que Fontbonne podría apelar la decisión pero hasta la fecha el colegio ha rechazado hacer declaraciones.

Este caso no es sino uno de tantos de discriminación por parte de empleadores con afiliación religiosa contra personas que están en matrimonios con alguien de su mismo sexo. Por ello, esta sentencia es importante, al establecer una clara limitación a la alegación de libertad religiosa. En este caso, no basta con estar casado y que se sepa; es necesario mostrar que activamente la persona supone un “foco de difusión” de doctrinas no acordes con la enseñanza católica. Cierto es que se mantiene el problema de si bajo la “libertad religiosa” puede hacerse lo que, a fin de cuentas, es privar de un trabajo (es decir: causar un daño objetivo y no una ofensa subjetiva, más cuando el trabajo escasea y perder un empleo puede suponer un serio perjuicio al desempeño de la propia vida) y de que la sentencia ha sido posible gracias a que el estado de Massachusetts dispone de una legislación antidiscriminatoria por razones de orientación sexual. En cualquier caso y con todas las salvedades es de agradecer que sentencias como esta restrinjan el alcance de las pretendidas “exenciones” en nombre de la libertad religiosa.

Fuente Dosmanzanas

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Grecia abre su ley de uniones civiles a las parejas del mismo sexo sin derecho a la adopción.

Jueves, 24 de diciembre de 2015
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IMG_2111Importante paso adelante el que ha dado Grecia, cuyo Parlamento aprobaba a última hora de este martes la ley que permite las uniones civiles entre personas del mismo sexo. La reforma, que ha recibido el apoyo de varias fuerzas de la oposición pero a la que la se ha opuesto buena parte de los diputados de Nueva Democracia, ha sido recibida con abierta hostilidad por la influyente Iglesia ortodoxa griega.

La aprobación de la reforma pone fin a un largo proceso que se remonta a 2013, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló que la exclusión de las parejas del mismo sexo de la normativa griega sobre uniones civiles violaba la Convención Europea de Derechos Humanos. Grecia, recordemos, no otorgaba a las parejas del mismo sexo derecho alguno (dos de ellas se casaron en 2008 aprovechando un vacío legal, pero sus matrimonios fueron luego ilegalizados). El entonces gobierno de coalición entre Nueva Democracia y PASOK anunció que modificaría la ley para dar cumplimiento al fallo, pero el cambio nunca llegó a producirse.

Tras la victoria de Syriza en las elecciones de enero se abrieron nuevas esperanzas, y de hecho en junio pasado el Ministerio griego de Justicia presentaba por fin un proyecto de actualización de la ley de uniones civiles. La convocatoria adelantada de elecciones paralizó sin embargo el proceso, que tras revalidar Syriza su victoria el propio ministro Nikos Paraskevopoulos prometió retomar en un acto organizado por ILGA Europe, que celebró del 28 al 31 de octubre su conferencia anual en Atenas. Un par de semanas más tarde presentaba efectivamente el proyecto, ahora aprobado con los votos de Syriza, PASOK, To Potami y Unión de Centristas. Por lo que se refiere a Nueva Democracia, y pese a la promesa de su representante en el mencionado acto de ILGA Europe, solo 29 de sus 75 diputados han apoyado la ley. Mención especial merece el partido de derecha nacionalista Griegos Independientes, aliados de Syriza en el gobierno, 3 de cuyos 9 diputados han votado a favor. En total, la reforma ha sido apoyada por 194 votos a favor frente a 55 contrarios.

Botella medio llena, botella medio vacía

Sin duda la aprobación de la nueva ley, que además de ampliar las uniones civiles a las parejas del mismo sexo mejora los derechos de las parejas unidas civilmente en materia patrimonial y de herencia y los acerca a los del matrimonio, dará mucho que hablar. Los que ven la botella medio llena considerarán que se trata de un hito histórico en un país como Grecia, donde la Iglesia ortodoxa, fuertemente homófoba, conserva una gran influencia social, pese a lo cual ha sido capaz de adelantar a países como Italia, en el que aún no hay una ley que reconozca jurídicamente las parejas del mismo sexo. Los que ven la botella medio vacía se sentirán defraudados por Syriza, un partido que en su congreso de 2013 (primero que celebró como partido unitario) se había posicionado a favor de la igualdad jurídica de las parejas del mismo sexo, una igualdad que obviamente no aporta esta ley. Las parejas del mismo sexo seguirán sin poder acceder al matrimonio (y ello a pesar de que encuestas recientes otorgan por primera vez mayoría a los partidarios de que las parejas del mismo sexo se puedan casar) ni a la adopción conjunta.

Muchos recordarán la polémica vivida poco antes de las elecciones de enero (las primeras que ganó Syriza), cuando el partido izquierdista optó por obviar el tema en su campaña. Alexis Tsipras no pudo sin embargo evitar ser preguntado sobre la adopción homoparental. Su respuesta supuso un jarro de agua fría, al responder que por el momento esta quedaría fuera de su programa de gobierno por ser un tema “difícil, que requiere diálogo” y sobre el que según él había “contradicciones en la comunidad científica”. La discusión sobre la adopción homoparental había sido introducida en el debate político griego por el anterior ministro de Justicia, Charalambos Athanasiou (Nueva Democracia), que precisamente justificaba el retraso en hacer caso al fallo del alto tribunal europeo argumentando que ello llevaría a discutir si las parejas del mismo sexo podían adoptar.

Este asunto, el de la adopción conjunta, queda por el momento aparcado. Bien es cierto que la nueva ley nada dice sobre ello (de hecho una de las quejas de Nueva Democracia ha sido el hecho de que la ley no la prohíba expresamente a las parejas del mismo sexo) pero sería necesaria una reforma de la legislación específica sobre adopción que por el momento el Gobierno griego no parece dispuesto a acometer.

Furibunda reacción de la Iglesia ortodoxa

La aprobación ha tenido lugar pese a que en las últimas semanas la influyente Iglesia ortodoxa griega ha llevado a cabo toda una campaña desde los púlpitos oponiéndose con fiereza a la reforma. Un buen ejemplo es el de Serafín, obispo metropolitano del Pireo, que un día antes de la votación acusó a judíos y estadounidenses (incluyendo a George Soros, los Rothchild y los Rockefeller…) de promover “la agenda homosexual” en su país. Peor aún ha sido la reacción de Ambrosio, obispo metropolitano de Kalavrita y Aigialeia, que directamente hizo un llamamiento a la violencia contra los homosexuales por no considerarlos “humanos”

Dosmanzanas

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