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El Tribunal Supremo cuestiona la constitucionalidad de prohibir que los menores trans vean reconocida su identidad

Sábado, 19 de marzo de 2016
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Madrid, 1 de mayo de 2011. El la Sala 61 Tribunal Supremo está reunida para decidir sobre Bildu. Foto: © IGNACIO GIL. .....archdc..... La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha resuelto plantear al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 1 de la Ley 3/2007, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas (más conocida como “ley de identidad de género”), que impide a los menores transexuales ejercer su derecho a solicitar que su identidad de género sea legalmente reconocida.

A través de un auto del que ha sido ponente el magistrado Rafael Sarazá (puedes descargarlo aquí en su integridad), la Sala de lo Civil del Supremo expone la jurisprudencia que funda la procedencia del cambio en la mención registral del sexo de las personas transexuales en principios y derechos fundamentales reconocidos en la Constitución: la protección de la integridad física y moral, el derecho a la intimidad personal y a la propia imagen y el derecho a la salud, todos ellos en relación con el derecho al libre desarrollo de la personalidad. El alto tribunal considera, en este sentido, que las personas menores de edad también son titulares de esos derechos fundamentales, aunque con limitaciones o restricciones en su disfrute “que deben tener una justificación adecuada y proporcionada en la falta de madurez para ejercer el derecho o en la necesidad de protección que la propia Constitución reconoce a los menores”.

Para el Tribunal Supremo, estas justificaciones no operan de modo uniforme durante toda la minoría de edad, “por lo que admiten modulaciones a lo largo de ese periodo”. En este sentido, “cuando se trata de un menor con suficiente madurez que realiza una petición seria por encontrarse en una situación estable de transexualidad”, el Supremo “tiene dudas de que la restricción absoluta que supone la exigencia de la mayoría de edad para poder solicitar el cambio en la mención registral del sexo y del nombre sea acorde a los principios y derechos fundamentales citados”, motivo por el cual ha planteado al Tribunal Constitucional la presunta vulneración por parte del artículo 1 de la Ley 3/2007 de los preceptos constitucionales que los regulan.

La batalla legal de un chico y sus padres

La cuestión de inconstitucionalidad es consecuencia del recurso ante el Supremo de un chico, de nombre Eutimio, representado por sus padres, que en el momento del nacimiento fue inscrito con nombre y sexo de mujer (Rocío) pero cuya identidad de género es masculina desde su más tierna infancia, y al que tanto en primera como en segunda instancia los tribunales han negado su derecho a que esta sea reconocida legalmente y se proceda de esta forma a la rectificación registral del sexo y nombre.

El Supremo, eso sí, ha rechazado la petición de extender la cuestión de inconstitucionalidad a otros puntos de la ley 13/2007, como la necesidad de un diagnóstico de disforia de género. Una negativa que no obedece a una cuestión de fondo, sino a las limitaciones propias de las cuestiones de inconstitucionalidad, que deben limitarse a las dudas imprescindibles para resolver el caso (y para este chico los requisitos “extra” no serían impedimento para la rectificación registral si el Constitucional concluyese que la exigencia de mayoría de edad es efectivamente inconstitucional).

España, rezagada

La situación es , en esta materia, incomprensible. Los menores trans se encuentran en una situación de desprotección jurídica, y su mayor o menor fortuna depende del azar: según en qué tribunal caiga su caso, el resultado será uno u otro. Hace pocas semanas recogíamos como en un intervalo de pocos días un tribunal andaluz negaba a una menor de 14 años ver reconocida su identidad de género mientras otro tribunal vasco la reconocía a una niña de 4. Una arbitrariedad que se explica debido la ya obsoleta ley de identidad de género española, que sigue excluyendo a los menores de la posibilidad de modificar sus datos registrales sin la intervención de un juez, y que incluso para los mayores de edad sigue contemplando como requisito un diagnóstico de “disforia de género” y exigiendo, con algunas excepciones, dos años de tratamiento hormonal.

Una situación cada vez más incomprensible si se tiene en cuenta que países como IrlandaArgentinaDinamarca o Malta han modernizado ya sus legislaciones consagrando el principio de autodeterminación de género, de forma que sea cada persona, en uso de su libertad individual y sin necesidad de justificación médica o psicológica alguna, decida cómo quiere ser reconocida legalmente. El modelo de la “muy católica” Malta, de hecho, está considerado por las organizaciones trans como el más aventajado, al no establecer límite de edad inferior para proceder a la modificación del “sexo registral” y por tanto extender ese principio a los menores. Malta, precisamente, dio a conocer hace meses sus nuevas directrices en materia educativa para combatir la discriminación de las personas trans e intersexuales (puedes descargar aquí el documento). También Noruega planea un cambio similar que sería extensivo a menores, con ciertas limitaciones.

España ya ha quedado rezagada en esta materia. Esperamos que la cuestión de inconstitucionalidad tenga en este caso un resultado positivo. De cualquier modo, resulta lamentable que tenga que ser el Tribunal Supremo el que enmiende la plana a una clase política que 9 años después de la aprobación de la ley ha sido incapaz de actualizarla y adecuarla a la realidad social.

Fuente Dosmanzanas

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Un padre echa de casa a su hijo en País Vasco por ser gay

Sábado, 19 de marzo de 2016
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b66a60c1f4d932e956152adaa16d7365El Ayuntamiento de Vitoria asegura que está ultimando un protocolo de atención a víctimas de violencia por la orientación sexual.

Sucedió en noviembre, pero es ahora cuando ha trascendido gracias a la denuncia de varios colectivos. Un joven de 21 años fue expulsado de su casa por su propio padre en Vitoria por ser homosexual. El joven, que carece de recursos, ha solicitado ayuda a los servicios sociales, pero por el momento no se le ha dado ninguna solución.

Diversas agrupaciones han reclamado hoy al Ayuntamiento de Vitoria la creación “inmediata” de un protocolo para atender a víctimas de la violencia motivada por la orientación sexual, después de dar a conocer que un joven de Vitoria 21 años fue echado de su casa por su padre el pasado mes de noviembre por su orientación homosexual.

Según han informado la Plataforma por los Derechos Sociales de Vitoria, la Asamblea de Mujeres de Álava, Bilgune Feminista, Mugarik Gabe y las asociaciones 7menos20 y Kitzikan, el joven se vio obligado a abandonar su hogar en menos de dos horas después de que su padre, que no acepta su homosexualidad, le conminara a marcharse. Sin recursos propios (fue ayudado primero por un vecino y después por unos familiares), acudió a los servicios sociales del Ayuntamiento de Vitoria, pero hasta ahora no ha logrado “ninguna solución” aunque ha mantenido varios encuentros con una trabajadora social y se ha dirigido a varios departamentos. El joven permanece en este momento en casa de una pareja cercana que por el momento le cobija en una habitación destinada a su bebé.

Las asociaciones denunciantes han subrayado que se trata de una víctima de homofobia y han asegurado que antes de este incidente era un estudiante “sin ningún problema previo”.

Las asociaciones denunciantes aseguran que no se trata de un caso aislado y han demandado al Ayuntamiento de Vitoria que apruebe un protocolo de atención a las víctimas de la discriminación por razones de orientación sexual. Han mostrado además su sospecha “más que fundada” de que no de trata de “un caso aislado” y han advertido de que los jóvenes echados de casa por su orientación sexual “se ven abocados a entrar en el circuito de asistencia social sin encontrar una mínima seguridad que les permita seguir con su vida anterior y terminan entrando en situación de exclusión social”.

Para evitarlo reclaman “un cambio integral” en el funcionamiento de los servicios sociales, la puesta en marcha “inmediata” del protocolo de atención a víctimas de la homofobia y que, en este caso concreto, el Ayuntamiento “se implique y se activen de manera inmediata los recursos que le permitan (al joven) llevar una vida digna”.

Las asociaciones han pedido al consistorio que ponga en marcha el protocolo de actuación que anunció en noviembre en una declaración institucional en favor de los derechos de gais, lesbianas y transexuales.

En aquella ocasión el Ayuntamiento se comprometió a desarrollar un protocolo de actuación integral para aquellos que sufrieran agresiones, discriminación o violencia por su orientación sexual o identidad de género. El consistorio apostó además por formar a la Policía Local y al resto de funcionarios para prevenir, detectar y atender casos de delitos por homofobia y para garantizar la igualdad de trato.

Desde el Ayuntamiento de Vitoria se ha asegurado que está ultimando un protocolo de atención para personas víctimas de homofobia y lesbofobia, para cuya elaboración ya se ha invitado a un encuentro a asociaciones. Asegura el Ayuntamiento que la semana pasada se invitó al colectivo LGTBI a trabajar la incorporación de perspectiva de género.

El Servicio de Igualdad considera que las intervenciones municipales relativas a los derechos de las personas LGTBI y la transversalización de la diversidad sexual y de género en las políticas públicas de igualdad deben contar con una estrategia participada y consensuada con personas especialistas y grupos activistas.

El Ayuntamiento de Vitoria emitía un comunicado en el que aseguraque ya la semana pasada había invitado a varios colectivos, “entre ellos los que hoy demandan ese protocolo”, a participar en el desarrollo de un protocolo contra las agresiones sexistas que pretende incidir además “en el combate de otras formas simbólicas o explícitas de violencia sexista, como las agresiones a chicas en ambientes festivos o el acoso y discriminación a las personas LGTBI”. “Respecto al caso hoy denunciado del joven víctima de un agresión homofóbica, el  Ayuntamiento ha mostrado su ‘total apoyo a las personas víctimas de cualquier tipo de violencia y su rechazo y condena ante el más mínimo atisbo de discriminación’”, añadía el texto.

El Ayuntamiento vitoriano defendía, sin embargo, que “son situaciones que se están atendiendo desde los Servicios Sociales y en este caso concreto ya se está trabajando una solución”. “En cualquier caso, quiero defender a las y los profesionales de los servicios sociales que han sido cuestionados con acusaciones muy graves”, defendía la concejala de Políticas Sociales, Nerea Melgosa…

Esperamos que el Ayuntamiento de Vitoria se deje de excusas y arbitre cuanto antes una solución.

Fuente Agencias

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El Parlamento de la India vuelve a rechazar la despenalización de la homosexualidad

Viernes, 18 de marzo de 2016
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29421_manifestante-lgtb-la-indiaPor segunda vez en los últimos tres meses la Lok Sabha, la cámara baja del Parlamento de la India, ha rechazado una proposición de ley del diputado Shashi Tharoor para despenalizar las relaciones homosexuales. La vía legislativa para acabar con la normativa represiva parece bloqueada, pero aún permanece la esperanza de que la Corte Suprema revierta la sentencia de 2013 que reinstauró la prohibición de los actos considerados “contra natura”.

El 11 de diciembre de 2013, la Corte Suprema de la India dictaminó en contra de la despenalización de las relaciones homosexuales que en julio de 2009 había decidido el Alto Tribunal de Delhi. La máxima instancia judicial del país consideró que el Alto Tribunal de Delhi se había extralimitado en sus funciones, señalando que corresponde al poder legislativo derogar la sección 377, que tras la sentencia quedó de nuevo en vigor. Por consiguiente, las relaciones homosexuales actualmente son penadas en la India con hasta 10 años de prisión por ser consideradas un acto “contra natura”.

En diciembre del año pasado, el diputado por el Congreso Nacional Indio (INC) Shashi Tharoor presentó ante la Lok Sabha un proyecto de ley para restringir la aplicabilidad del artículo 377 del Código Penal a los actos sexuales no consentidos entre personas adultas o los actos sexuales con personas menores de edad. La propuesta fue rechazada por 71 votos en contra y 24 a favor, en un Parlamento que está en manos del conservador Partido Popular Indio (BJP) desde las elecciones de 2014.

El viernes pasado, Tharoor intentó reintroducir su proyecto en el legislativo. La admisión a trámite fue de nuevo rechazada, esta vez por 58 votos frente a tan solo 14, con una abstención. El diputado se lamentó de que el BJP hiciera uso de su mayoría para bloquear la discusión de su proposición, una actitud que achacó a la “intolerancia religiosa” del partido gobernante.

Con los procedimientos legislativos en vía muerta, la única esperanza en estos momentos está puesta en el poder judicial. Hace un mes conocíamos que la Corte Suprema había admitido a trámite un recurso, presentado en 2014, para que la decisión de mantener la penalización de la homosexualidad fuera revisada por un panel de cinco jueces de la Corte. Los demandantes aducían graves errores de forma y fondo en la sentencia de 2013. Tras la decisión tomada el pasado febrero, los solicitantes podrán presentar sus argumentos ante el tribunal, que deberá decidir definitivamente sobre la cuestión.

Homofobia de Estado y violencia en la India

En los últimos años, dosmanzanas se ha hecho eco del aumento exponencial de la violencia contra personas LGTB en la India, a raíz de la ilegalización de las relaciones homosexuales. Como ocurre en muchos otros países en los que existe homofobia de Estado, los grupos homófobos en la India (incluidos los policiales) se creen en el derecho de realizar impunemente cualquier acción contra las personas sexualmente diversas. No es necesario que las víctimas sean realmente homosexuales (lo que en ningún caso les eximiría de su responsabilidad criminal), con que ‘lo parezcan’ es suficiente.

En 2014, un año después de la recriminalización de la homosexualidad en la India, el activismo LGTB denunciaba un repunte de la violencia homófoba. Y a principios del año pasado recogíamos que en 2014 se realizaron un mínimo de 600 detenciones a personas que habían sido acusadas de practicar la homosexualidad. Una cifra, no obstante, que parece poco realista si tenemos en cuenta que desconocemos el alcance de la corrupción policial y la cantidad de afectados por extorsiones económicas a cambio de evitar el arresto o el procesamiento judicial.

En octubre de 2015 dábamos cuenta de más casos de extorsión por ser o “parecer” homosexual por parte de miembros de la policía, quienes, según constatan los activistas LGTB “con frecuencia visitan los puntos donde los gais se encuentran y les extorsionan pidiéndoles dinero”.

Fuente Dosmanzanas

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Un tribunal de apelaciones de Chile ratifica la sentencia contra el autoproclamado pastor Javier Soto por injuriar a un activista LGTB

Jueves, 17 de marzo de 2016
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soto-agresion1Se confirmó una sentencia histórica, en tanto establece que la libertad de expresión tiene como límites la no discriminación y la dignidad de las personas y califica como delito de odio a los discursos contra las minoría sexuales.La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó por unanimidad la condena contra el fanático Javier Soto por injuriar y calumniar al dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, en razón de su orientación sexual, por lo que el autodenominado “pastor” deberá cumplir una pena remitida de 300 días y pagar una multa de 1 UTM, además de estar impedido de ejercer cargos públicos.

Después de casi dos años de hostigamientos, acosos, ofensas e injurias hoy siento que la justicia es posible en nuestro país  y que se puede fallar contra acciones y discursos motivados por homofobia y transfobia. Me siento tranquilo y feliz”. Son palabras de Rolando Jiménez, uno de los miembros históricos del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH), tras conocer que la Corte de Apelaciones de Santiago ha confirmado por unanimidad la condena contra el fanático Javier Soto, un personaje que se dice a sí mismo “pastor”, aunque en la sentencia anterior quedó claro que, al menos legalmente, “carece de legitimidad para atribuirse el ejercicio y representación de culto evangélico alguno”.

300 días de pena remitida, inhabilitación para ocupar cargos públicos y una multa de 1 UTM –el sistema de equivalencias utilizado para el pago de impuestos e infracciones en este país sudamericano–. Según los datos del Banco Central de Chile, esto le representará a Soto 44.776 pesos –es decir, unos 60 euros–. Además, en caso de reincidencia y de una nueva sentencia, Soto no se libraría de acabar entre rejas. Al conocer el pasado mes de noviembre el veredicto condenatorio contra el falso pastor homófobo, el MOVILH calificó de “histórico” el fallo por delitos de odio.

El fallo del presidente de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Carlos Gajardo y de los ministros Adelita Ravanales y Juan Poblete rechazó el recurso de nulidad presentado por Soto, estableció el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti, actuó de “manera clara y precisa” al condenar al fanático.

Añadió que Bratti, señaló “cuáles son los hechos que da por acreditados y menciona específicamente la prueba que pondera para ello. Explicita las razones que lo llevan a tal conclusión y también por qué considera que otros de los hechos mencionados en la querella no se encuentran acreditados (…) sin que de la lectura del fallo impugnado surja hecho alguno que dé sustento a reproche”.

“Nunca, por tanto, se podría ordenar, como lo pretende el recurrente, una nueva audiencia preparatoria del juicio y menos aún que se llevara a cabo en el tribunal donde está radicado el mismo”, apuntó el fallo.

Para el Movilh, “la Corte de Apelaciones ha dado un importante señal de justicia para los derechos y dignidad de la personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) en tanto ha confirmado un fallo que califica como delito de odio a los discursos homofóbicos y a las injurias y calumnias en razón de la orientación sexual de las personas, aún cuando las acciones estén amparadas en una supuesta religión, un precedente de la máxima relevancia”,

Jiménez, quien fue representado por el abogado Jaime Silva, añadió que “después de casi dos años de hostigamientos, acosos, ofensas e injurias hoy siento que la justicia es posible en nuestro país y que se puede fallar contra acciones y discursos motivados por homofobia y transfobia. Me siento tranquilo y feliz

El Movilh añadió que “el destino de Soto es claro. Si el sigue acosando e insultando a las personas en razón de su orientación sexual o identidad de género presentaremos las querellas que sean necesarias, esta vez con la convicción de que cumplirá pena con cárcel efectiva, pues será reincidente, gracias al fallo confirmado por la Corte de Apelaciones”.

En su fallo contra Soto, Bratti había establecido que “el querellado Carlos Javier Soto Chacón, quien dice ser predicador evangélico y se hace llamar “Pastor Soto”, en reiteradas oportunidades, ha abordado en la vía pública a la víctima don Rolando Jiménez Pérez, activista y dirigente histórico del Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh) gritándole a viva voz: sucio, pervertido, sodomita, pecador, hijo del diablo que defiende pedófilos, entre otros insultos de similar naturaleza. Estos hechos son grabados por personas cercanas a él, para luego ser difundidas en su canal de Youtube denominado “Pastor Soto””.

Lo anterior, añadió, produce “una grave afectación en el derecho a la honra y fama del querellante, con las eventuales consecuencias que ello acarrearía en el desempeño de sus labores, como discriminación y exclusión en la labor pública que éste despliega, en defensa de los derechos civiles e intereses de un grupo considerable de ciudadanos chilenos, que han explicitado una orientación sexual distinta, dejando en evidencia que es la intolerancia a tal condición sexual, la principal motivación del imputado Soto Chacón para desplegar su acción, circunstancia que (…) los nuevos desarrollos doctrinales (…) denominan delitos de odio, entendiendo por tal aquellos ilícitos motivados únicamente por la intolerancia al diferente, basados en prejuicios o sesgos, de diferente motivación”, apuntó el juez.

Apuntó que “si considerásemos que efectivamente el Señor Soto representa a un grupo o sector de la vida civil de este país, el derecho a la libertad de expresión y de culto, tiene como límite el respeto irrestricto al derecho a la dignidad e igualdad de los seres humanos, entendiendo que la igualdad, así como la libertad, es un atributo del que gozan todos los seres humanos por el sólo hecho de ser tales, con independencia de cuan diversas sean las personas, siendo la igualdad un derecho humano esencial, que les permite a cada ser construir su propia identidad y desarrollarse a plenitud, derecho que por lo demás detenta la más amplia tutela por parte del sistema jurídico internacional de los derechos humanos”

La sentencia precisó ,por último, que “el señor Soto Chacón carece de legitimidad, para atribuirse el ejercicio y representación de culto evangélico alguno, por cuanto no ha sido envestido con la calidad de pastor por alguna iglesia constituida legalmente, con personalidad jurídica”.

Hemos seguido con atención la penosa trayectoria de este personaje y no podemos más que congratularnos de que se haya hecho justicia en favor del activista Rolando Jiménez y del MOVILH, la activa organización de la que forma parte. El fallo del presidente de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Carlos Gajardo, y de los ministros Adelita Ravanales y Juan Poblete, rechazó el recurso de nulidad presentado por Soto y estableció que el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti, actuó de “manera clara y precisa” al condenar al farsante pastor.

Javier Soto ha sido condenado por sus agresiones contra Rolando Jiménez, aunque su historial agresivo y homófobo es mucho más amplio: desde pisotear una bandera arcoíris –emblema del colectivo LGTB internacional–, pasando por difamaciones contra el libro infantil inclusivo Nicolás tiene dos papás, hasta colarse en una comisión del Congreso para increpar a los diputados partidarios de ley de uniones civiles, abierta a parejas del mismo sexo –unos enlaces que, por cierto, ya se realizan con normalidad–.

Fuente Dosmanzanas/MOVILH

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Una diócesis católica cancela una actuación benéfica de Kat Williams al descubrir que estaba casada con otra mujer

Miércoles, 16 de marzo de 2016
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MUSIC-915J2481Los organizadores de una gala de caridad católica celebrada en Asheville, Carolina del Norte, cancelaron la actuación de la cantante de blues americana Kat Williams, nominada a un Emmy en 2012, después de descubrir en una revista que está casada con una mujer.

Todo estaba preparado para que Kat Williams actuase el pasado 12 de marzo en la Gala Anual para la Esperanza de la diócesis católica de Charlotte, en Carolina del Norte, un evento destinado a apoyar a las familias empobrecidas de la región. Y una diócesis para la que la artista ya había actuado con anterioridad en dos ocasiones. Pero según la propia Williams revelaba en su página de Facebook, los organizadores rescindieron su invitación dos semanas antes del evento después de que el obispo de la diócesis, Peter Jugis, descubriese en un artículo publicado en 2013 que estaba casada con una mujer.

El portavoz diocesano David Hains señaló, en declaraciones a una cadena de televisión local, que “el matrimonio solo puede ser entre un hombre y una mujer” y que “dado que la señora Williams elige estar en una relación distinta, esto hace que sea inapropiado que actúe para nosotros”. “Como organización católica, tenemos el derecho de representar a nuestra fe y lo que estamos haciendo, esencialmente, es ejercer ese derecho“, añadió Hains.

Kat Williams, ella misma residente en Asheville, comentó a la misma cadena de televisión que “lo triste de todo esto es que lo están haciendo en el nombre de Dios. Y francamente, tengo un problema con eso“. Y es que la cantante no entiende que se use precisamente la fe como elemento discriminador. En su perfil de Facebook, Williams señaló el pasado 5 de marzo que “me siento herida y triste. Toda mi carrera está conectada, con una total gratitud, a causas o a organizaciones benéficas importantes, en las que creo absolutamente. Esta es la primera vez que he sido rechazada de una actuación solo por la persona a la que he elegido amar. Hay dos cosas en mi vida que no escogí: ¡ser negra y ser homosexual! Estoy orgullosa de ser ambas cosas y quiero que nuestra comunidad religiosa de Carolina del Norte reconozca las enseñanzas de Cristo, el amor, el perdón, la tolerancia y la inclusión“.

No quiero que la gente tome represalias o reaccione de forma negativa. Me gustaría que fuésemos una comunidad que abordase este tema con Amor, Compasión y Tolerancia. Esto no ha pasado en San Francisco,en Nueva York o en el DC, ha pasado en nuestro propio patio trasero, ¡y la discriminación tiene que parar!”, añadía Williams.

La cantante, que aun así va a recibir un cheque por su actuación cancelada, ha invitado al obispo a visitar su iglesia y ha pedido a sus seguidores que respondan con el perdón y la gracia y hagan donativos a grupos inclusivos como el de la Campaña por la Igualdad del Sur y el proyecto del Sida de Carolina del Norte occidental.

Fuente Dosmanzanas

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Perú: una mujer denuncia a un sereno por calificar de “actos obscenos” que ella y su novia se besaran y se cogieran de la mano

Miércoles, 16 de marzo de 2016
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Berenice-Colchado-Sepulveda-300x167índiceUn sereno de Pueblo Libre (un distrito de la provincia de Lima, en Perú) ha protagonizado una discriminación lesfóbica contra Berenice Colchado y su novia. Las jóvenes se encontraban en un parque departiendo e intercambiaron un beso como muestra de afecto. Solo por tratarse de dos mujeres, comenzaron a recibir miradas hostiles por parte de un grupo de intransigentes y fueron reprendidas por un supervisor de Seguridad Ciudadana (a los que se conoce como ‘serenos’). Al parecer, a algunos de los presentes les preocupaba que los niños que jugaban en los alrededores pudieran ver algo que, por otra parte, debería ser considerado como absolutamente normal. La autoridad municipal “rechaza tajantemente cualquier acto de discriminación” pero respalda la actuación del sereno.

Aunque la Municipalidad de Pueblo Libre se resista a admitirlo, el apercibimiento que realizó el sereno contra Berenice Colchado (en la foto superior) y su pareja constituye una discriminación en toda regla. Más si cabe cuando muchos vecinos han expresado a través de las redes sociales que la actitud no es la misma cuando se trata de parejas heterosexuales que protagonizan momentos más subidos de tono que un beso. Para el sereno, que estas dos jóvenes se besaran o se tomaran de las manos se trata de “actos obscenos”. Este supervisor fue animado a actuar por algunos presentes, incómodos con la igualdad y la normalidad, supuestamente preocupados porque los niños que jugaban en el parque pudieran verlas.

El manido argumento de la protección de los menores, por otra parte, es un arma arrojadiza para disimular el odio y la discriminación, similar a la que lleva a países como Rusia a aprobar leyes de estado LGTBfóbicas. A menudo, los que defienden tales posiciones, cegados por sus propios prejuicios, tratan de ocultar a los niños una determinada forma de amor mientras que no evitan su exposición a la violencia, el machismo, la xenofobia o la desigualdad. Berenice Colchado no podría haber respondido mejor: “los niños estaban jugando pelota, a las chapadas, jugando con sus perros, etc. Ellos en ningún momento nos miraron mal ni sorprendidos ¿saben por qué? porque no están con la mente podrida maltratando a sus prójimos, están disfrutando de la vida”.

La afectada, además, añade con total acierto que “es más fácil explicarles [a los niños] que están botando e insultando a dos personas que se besan que explicarles que son dos personas que se gustan, que se quieren, se aman y así se demuestran su amor”. Para quitarse el sombrero ante las palabras de Colchado. Su post en Facebook se ha compartido más de 800 veces y cuenta con muchos comentarios de apoyo. Adriana Barrantes, por ejemplo, le dice que lo sucedido es “una vergüenza porque hay heterosexuales prácticamente teniendo relaciones en la vía pública y no dicen nada”.

Otra usuaria, Sasha Montenegro, expresa su indignación aseverando que “no es posible que el personal de las Municipalidades no esté capacitado para enfrentar este tipo de situaciones, desconocimiento total de sus propias ordenanzas municipales, y peor aún permitir que los vecinos violenten verbalmente a la pareja”.

La intervención del sereno queda grabada

Conscientes de sus derechos y de la discriminación que estaban sufriendo, las jóvenes grabaron con su teléfono móvil la conversación con el sereno, en la que les acusa de practicar “actos obscenos”. El supervisor alega que “hay una cámara [de seguridad] que lo está filmando todo”. Lejos de amedrentarse, una de las afectadas le pregunta “cuáles son los actos obscenos”, a lo que el sereno replica que “se están besando, se están agarrando [de la mano] y acá hay niños”.

Alberto Hidalgo, asesor de PROMSEX (Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos de Perú), explica en el siguiente vídeo (en el que se incluye parte de la grabación tomada por las chicas) que en la provincia de Lima “contamos con 14 distritos que tienen aprobadas ordenanzas antidiscriminación y esas ordenanzas incluyen discriminación por orientación sexual”.

La torpe reacción de la municipalidad

Ante el revuelo entre las redes sociales, la Municipalidad de Pueblo Libre quiso dejar clara su postura de rechazar “tajantemente cualquier acto de discriminación”, emitiendo un comunicado a través de su página de Facebook. Y aún cuando la misiva finaliza aseverando en mayúsculas que “NO SE TOLERA ACTOS DE DISCRIMINACIÓN EN ESTE DISTRITO”, el texto pierde toda su fuerza al precisar que “el efectivo de Serenazgo procedió a intervenir a las dos señoritas quienes se encontraban besándose muy cerca de los niños, ante el reclamo reiterado de los vecinos”. La usuaria Victoria Guerrero arguye, con toda la razón, que “es una tontera de comunicado. Si rechaza cualquier discriminacion, el serenazgo debió hacer entrar en razón a los vecinos no a la pareja”.

Incluso la propia Berenice Colchado explica, en otro post de Facebook, que “la misma ambigüedad de su comunicado recibí cuando hice el llamado a la municipalidad , luego de intentar una y otra vez que me contestaran la llamada me dijeron que vaya a llenar unos formularios y que espere que me respondan”. A continuación, Colchado se pregunta retóricamente: “¿tengo que seguir esperando?”. La joven espeta a las autoridades de la municipalidad que mientras “ustedes dicen que ‘no se va tolerar actos de discriminación’”, en realidad, “siguen respaldando a sus vecinos homofóbicos y a un personal nada capacitado que no supo llevar la situación de acuerdo a su ordenanza”. A raíz de la lesfóbica actitud del sereno, esta afectada deja claro a la municipalidad, en cualquier caso, que “no estoy pidiendo que despidan a alguien, pido capacitación a su personal”.

El segundo caso en pocos días…

¿Están los serenos de Perú capacitados para no discriminar? Aunque las municipalidades así lo proclamen, los hechos no parecen darles la razón. En un corto lapso de tiempo, de apenas unos días atrás, dosmanzanas recogía que el supervisor de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de San Isidro (en Lima, Perú), Abraham Sierra, era suspendido de su cargo después de que un joven de 24 años denunciase que había sido discriminado por este y por el grupo de serenos municipales que dirigía aquella noche, cuando se encontraba besándose en la calle con su novio. En aquella ocasión, a los chicos también se les acusó de practicar “actos obscenos” y se les preguntó si les parecía “normal” que dos hombres se besaran.

A través de este post, los activistas LGTB, entre ellos los que colaboramos en dosmanzanas, nos unimos a la reivindicación de Berenice Colchado cuando desea que el impacto de su caso sirva de utilidad “para todxs las personas que sufrimos diariamente de este maltrato” y de este modo prevenirlo y denunciarlo cuando se produzca.

Fuente Dosmanzanas

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Los obispos italianos impiden la proyección de “Weekend” en la mayor parte de Italia

Martes, 15 de marzo de 2016
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weekend-cartelLa jerarquía católica vuelve a hacer notar su influencia en Italia. En esta ocasión, obstaculizando la proyección de la película Weekend. Estrenada en Alemania o Reino Unido en 2011, el aclamado largometraje de Andrew Haigh se estrenó en Italia el pasado 10 de marzo, con más de cinco años de retraso. Sin embargo, apenas podrá verse en las salas.

El motivo de esta limitación está en que la Iglesia católica posee más de 1.100 salas de cine en Italia (algunas de ellas integradas en el “circuito de calidad”, de gestión laica pero que deben seguir los criterios eclesiásticos), y ha prohibido que en ellas se proyecte la película. Según el comité de evaluación de películas de la Conferencia Episcopal Italiana, Weekend ha sido clasificada como “no recomendada, no aprovechable y escabrosa”, debido a que toca los temas del consumo de drogas y la homosexualidad.

Como consecuencia, Weekend apenas se proyecta en diez cines de todo el país, y ciudades del peso de Florencia, Bérgamo o Padua no tienen ninguna sala en que pueda verse la película. En palabras de Francesco Zaffarano, en La Stampa: “No es censura, pero se le acerca mucho. La Comisión de la Conferencia Episcopal Italiana evalúa todas las películas que salen en Italia para las 1.126 Salas de la Comunidad, esto es, eclesiásticas”.

Cesare Petrillo, responsable de la distribuidora de Weekend en Italia, Theodora Films, ha afirmado que “Weekend no tiene nada de escandaloso, es una historia de amor“, y ha invitado a que se vea la película antes de juzgarla, esperando que un buen resultado haga que en la segunda semana de proyección se difunda en más salas: “Invitamos a los espectadores a ver la película en el primer fin de semana: como esperamos todos, una media alta podrá permitir una distribución más amplia en la segunda semana de programación”.

Por lo demás, no resulta, de entrada, muy convincente el argumento de que exhibe el consumo de drogas; merecería la pena comprobar si otras películas con similar exhibición de consumo (o mayor) son igualmente vetadas en prácticamente todos los cines de Italia.

En definitiva, no solo un episodio triste con una película tan aclamada como Weekend. Es también un signo del fuerte peso de la Conferencia Episcopal Italiana; y sobre todo, no parece encajar demasiado, como mínimo, con los cambios siquiera formales del pontificado de Francisco.

No podemos sino terminar esta entrada homenajeando la que sin duda es una de las películas de temática gay mas importantes de la última década. “Una verdadera joya, simplemente perfecta, romántica, exquisita, y muy comprometida: una mezcla entre 9 songs y Notting Hill (si eso es posible). Una historia tan reconocible que duele: vivimos en un mundo heterosexista y resulta complicado y frustrante explicar que nos hemos enamorado de un tío al que solo hemos visto unas horas. Que nuestro mundo puede cambiar en un momento y que sin embargo hay trenes que solo pasan una vez…” escribía en 2011 en Desayuno en Urano el putojacktwist. Os dejamos con su tráiler:

https://www.youtube.com/watch?v=2EFttEiWlVA

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La vicedirectora de un instituto estadounidense trata de impedir que una pareja de estudiantes del mismo sexo acuda al baile de promoción

Martes, 15 de marzo de 2016
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31F1E2E100000578-0-image-a-36_1457314635155Dos adolescentes estadounidenses han sido víctimas del fanatismo e intolerancia de la vicedirectora de su instituto, que les negó irregularmente la posibilidad de acudir como pareja al baile de promoción. La denuncia del atropello que la madre de uno de los estudiantes efectuó a los medios de comunicación bastó para que se iniciara una investigación al respecto, y la pareja de adolescentes finalmente podrá acudir a la celebración escolar, como cualquiera de sus compañeros.

Raymond Tullier y su novio Nicholas Newport, dos adolescentes que cursan estudios en el instituto French Settlemen de Luisiana, decidieron comprar sus entradas para el baile de promoción, al que acudirían como la pareja que eran, tal como hacía el resto de sus compañeros.

Pero cuando Raymond intentó efectuar la compra, la vicedirectora el instituto, Lindy Gill, se negó a facilitarle las entradas, pues, según ella, las normas del instituto impedían la presencia en el baile de promoción de parejas del mismo sexo. En realidad, ningún artículo del manual oficial del instituto French Settlemen dice nada al respecto, por lo que el argumento de la vicedirectora, devota baptista y miembro del club “He encontrado a Jesús”, era una completa falacia.

Raymond decidió contar lo sucedido a su madre, Tamblie Babin , que siempre le ha ofrecido su apoyo en los problemas relacionados con su orientación sexual, y le envió un mensaje de texto con su teléfono móvil. La señora Babin se puso en contacto de inmediato con la vicedirectora Gill, inquiriéndola por su negativa a facilitar el acceso a su hijo y su novio al baile de promoción. La respuesta que obtuvo fue la misma falsedad: las normas del instituto lo impedían.

Temiendo sin duda que la madre del adolescente elevara alguna protesta y se descubriera el engaño, la vicedirectora Gill decidió perpetrar una última artimaña: sancionar a Raymond por haber utilizado el teléfono móvil en horario escolar. Porque lo que sí que dictan las normas del instituto es que un estudiante sancionado no puede acudir al baile de promoción, con lo que así se impedía, de manera torticera, que la pareja de adolescentes pudiera disfrutar de la celebración en ningún caso.

El centro escolar, al que acuden unos 400 estudiantes, está situado en la pequeña localidad de Livingston Parish, cercana a Baton Rouge. Tamblie Ballin decidió dar a conocer el caso de su hijo a la emisora de televisión local de Baton Rouge WBRZ-TV, quienes se pusieron en contacto con el inspector escolar de Livingston Parish, John Watson. Este se mostró sorprendido por los hechos y prometió iniciar una investigación, asegurando que no toleraría ningún tipo de discriminación en su distrito. Aquí podéis ver el vídeo de la noticia efectuado por WBRZ-TV:

Finalmente, Raymond y Nicholas han sido informados de que pueden adquirir sus entradas para el baile de promoción, que se celebrará este fin de semana, y para el que ambos ya se habían comprado trajes de etiqueta a juego. Lo que aún no se sabe es si la vicedirectora será sancionada.

Lambda Legal, equipo jurídico de los más importantes casos de defensa de los derechos LGTB en los Estados Unidos, ha aprovechado la difusión de esta noticia para informar de que los tribunales federales han establecido, de manera repetida, que negar el acceso a los bailes de promoción u otro tipo de festividades a las parejas del mismo sexo viola su derecho a la libertad de expresión y asociación amparadas por la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. También han ofrecido una serie de consejos a los adolescentes y jóvenes que se enfrenten a este tipo de discriminación.

Fuente Dosmanzanas

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El gobernador de Puerto Rico garantiza el matrimonio igualitario

Lunes, 14 de marzo de 2016
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780x580-television-25165-2016-1-16-174454sen_apadillaEl juez federal Juan M. Pérez-Giménez ha dictaminado sorprendentemente que el fallo del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de junio de 2015, que declaraba inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario, no es de aplicación en Puerto Rico al no ser un estado integrado, sino un territorio. El juez Pérez-Giménez fue quien en su día dictó la constitucionalidad de la ley puertorriqueña que prohibía el matrimonio entre personas del mismo sexo, en una sentencia que se distanciaba jurídicamente de la inmensa mayoría de las dictadas por los tribunales federales y cortes de apelación hasta ese momento. El gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla, ha comunicado que el Gobierno de la isla seguirá acatando las sentencias de los tribunales de superior jerarquía, sin que el fallo del juez Pérez-Giménez elimine ningún derecho a las parejas del mismo sexo puertorriqueñas.

Alejandro García Padilla, máximo mandatario de Puerto Rico, ha anunciado que pese a las presiones por parte de la justicia de la isla caribeña, el estado mantendrá con absoluta rotundidad el matrimonio igualitario en los mismos términos que los respaldados el año pasado por el Tribunal Supremo estadounidense.

Esto se debe a que un magistrado de Puerto Rico dictaminó que el matrimonio igualitario aprobado a nivel nacional por la Corte Suprema, no es aplicable a la isla porque no es un estado sino un territorio estadounidense. Juan Pérez Giménez, juez de Distrito de Puerto Rico, lleva tiempo cabalgando en una cruzada personal contra el matrimonio igualitario.

Una batalla abierta contra la Diversidad que desde hace meses se apoya en la influencia de la Iglesia Católica en la isla y en los sectores más conservadores del estado.

Hace unos meses, el legislador intentaba asestar un golpe de efecto contra los derechos de la comunidad LGTB e intentaba confirmar la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Puerto Rico.

En octubre de 2014, y en sentido contrario a la de la inmensa mayoría de sus colegas de los Estados Unidos, el juez federal puertorriqueño Juan M. Pérez-Giménez dictaminaba que la ley que prohibía el matrimonio entre personas del mismo sexo en Puerto Rico era plenamente constitucional, tras la demanda impuesta por Ada Conde Vidal e Ivonne Álvarez Vélez.  Ambas reclamaban que el matrimonio que habían contraído en el estado de Massachusetts en 2004 fuese reconocido por las autoridades puertorriqueñas. Tras el fallo negativo, las demandantes recurrieron ante la Corte de Apelaciones del 1er. Circuito, radicada en Boston, bajo cuya jurisdicción se encuentra Puerto Rico.

La Corte de Apelaciones de Boston aplazó su decisión hasta que decidiera al respecto el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, quien finalmente declaró inconstitucionales todas las leyes que prohibían el matrimonio entre personas del mismo sexo. Tras la sentencia del alto tribunal, un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 1er. Circuito confirmaba por unanimidad que la prohibición del matrimonio igualitario en Puerto Rico atentaba contra la Constitución de los Estados Unidos, y el gobernador Alejandro García Padilla ordenaba a la administración pública de Puerto Rico hacer los trámites necesarios para poner a disposición de las parejas del mismo sexo licencias matrimoniales. La Corte de Apelaciones también instó al juez Pérez-Giménez, en una orden fechada el 8 de julio de 2015, a que dictase nueva sentencia a la luz de la decisión del Tribunal Supremo.

Tras la histórica sentencia pronunciada por el Tribunal Supremo de EEUU con la que se declaraba inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario, Pérez Giménez se enrocaba en su posición inicial y llegaba a afirmar que la decisión del Tribunal Supremo no se podía aplicar a Puerto Rico, ya que no es un estado. El magistrado Juan Pérez Giménez ha provocado la confusión sobre el futuro del matrimonio igualitario en Puerto Rico, debido a un inesperado fallo, emitido el 8 de marzo, en el que afirma que cuando la Corte Suprema de los Estados Unidos permite el matrimonio igualitario, hace alusión a los estados de la unión, pero no menciona territorios como Puerto Rico, no incorporado como estado. En una decisión que ha sorprendido a propios y extraños, ha dictaminado que la sentencia del Tribunal Supremo estadounidense es únicamente vinculante para los estados miembros de la unión, pero no para los territorios vinculados como Puerto Rico y que, por lo tanto, la definición del matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer establecida en el artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico sigue vigente. Según el juez, el derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo puertorriqueñas requeriría de una orden adicional por parte del Tribunal Supremo de los Estados Unidos o del Tribunal Supremo de Puerto Rico; o bien de una legislación especial por parte del Congreso de Estados Unidos en el ejercicio de los poderes conferidos bajo la cláusula territorial o de algún estatuto adoptado por la Legislatura de Puerto Rico que enmiende o derogue el artículo 68.

 El fallo también rechaza una moción interpuesta por la organización Lambda Legal y el gobierno del Puerto Rico para levantar la prohibición del matrimonio igualitario en la isla, por lo que no estaba claro si el gobierno de Puerto Rico dejará de emitir licencias matrimoniales. El Departamento de Justicia de la isla ha remitido todas las reclamaciones a la oficina del gobernador, y a pesar de que han nombrado a un portavoz para responder a todas las preguntas, todavía no ha resuelto las numerosas dudas que ha despertado el asunto.

La comunidad LGTB de la isla no ha tardado en manifestarse en contra del magistrado, dado que su fallo va en contra de la decisión del Supremo estadounidense, que en julio del año pasado validó el matrimonio igualitario en todos los estados, incluyendo Puerto Rico, donde se celebró una boda masiva en la que decenas de parejas se juraron amor eterno, legalizando su relación. “Creemos que esta orden es errónea”, afirma Omar González, abogado de Lambda Legal, “es algo que no podemos permitir”, señalando que el fallo no invalida las docenas de matrimonios que se ha efectuado ya en la isla. En la misma línea, el activista por los derechos humanos, Pedro Julio Serrano, proclama que “es una vergüenza que el matrimonio para parejas del mismo sexo haya sido impuesto por la Corte suprema de Estados Unidos y no autorizado por la legislatura de Puerto Rico”.

El presidente del senado, Eduardo Bhatia, ha calificado de insólito el fallo del magistrado por considerar que “constituye una de las ironías más grandes en tiempos recientes (…). Me parece insólito que el propio tribual federal en la isla ignore que en Puerto Rico aplican los derechos consagrados en la Constitución de los Estados Unidos”.

Tras el revuelo causado por este dictamen , el gobernador de Puerto Rico ha intervenido para detener esta absurda travesía hacia el pasado. De este modo, Alejandro García Padilla, afirmaba en un comunicado que:

El derecho fundamental al matrimonio ha sido ordenado por el Tribunal Supremo de EEUU y el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Boston. Por lo tanto, voy a respetar las resoluciones de los tribunales superiores que, afortunadamente, están muy alejadas de las ideas del juez Juan Pérez Giménez.”

Por su parte, el secretario de Justicia, César Miranda, precisó que “la orden de la Corte Federal para el Distrito de San Juan no altera la validez de los matrimonios contraídos en Puerto Rico entre parejas del mismo sexo y tampoco impide darle reconocimiento a aquellos matrimonios contraídos en otras jurisdicciones”.

En opinión del abogado constitucionalista Carlos Ramos, la decisión del juez Pérez-Giménez no afecta al derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo, pues “el estado de derecho en Puerto Rico es la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. La decisión del juez Pérez Giménez, que a mi juicio es errada, es inconsecuente para el estado de derecho en Puerto Rico. Nadie tiene que preocuparse de que pueda ejercer su derecho fundamental a casarse y que el Código Civil de Puerto Rico no es un impedimento”.

Quienes sí que están afectadas por la inexplicable sentencia del juez Pérez-Giménez son Ada Conde Vidal e Ivonne Álvarez Vélez, que se verán obligadas a recurrirla ante la Corte de Apelaciones de Boston. Según estima Ana Conde Vidal, la decisión de Pérez-Giménez es un “absurdo jurídico” porque la Corte de Apelaciones del 1er. Circuito “ya le había solicitado que decidiera a tenor con lo que había decidido el Tribunal Supremo”. Ana Conde Vidal, que también es abogada, declaraba que “definitivamente, vamos a apelar la decisión. Entendemos que cuando esto vaya a Boston no va a ser mayor controversia y va a ser una decisión rápida cuando le digan: ‘aténgase a las consecuencias de nuestra orden del 8 de julio de 2015’”.

Organizaciones como la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU en sus siglas en inglés), también han criticado que las leyes que prohíben el matrimonio igualitario, como en el caso de Puerto Rico, sigan en los textos y códigos legales, a pesar de no poder ser aplicadas. ACLU se dirige a los legisladores puertorriqueños indicándoles que “si realmente creen en la equidad están obligados a tomar acción para derogar los artículos del Código Civil de Puerto Rico”.

Fuente Agencias/ Redacción Chueca/Dosmanzanas

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Hungría bloquea un acuerdo europeo sobre los derechos de la comunidad LGTB

Lunes, 14 de marzo de 2016
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13968854263210El gobierno conservador de Hungría bloquea un acuerdo para avanzar en la igualdad de la comunidad LGTB propuesto a la Comisión de la Unión Europea por Holanda.

El Consejo de la Unión Europea, integrado por los representantes de los gobiernos de los estados miembros, ha sido incapaz de llegar a un acuerdo sobre igualdad de las personas LGBTI. La oposición del gobierno húngaro impidió que una lista básica de acciones propuestas por la Comisión Europea recibiera el respaldo unánime del Consejo. Un nuevo ejemplo de hasta qué punto la la pujanza de la derecha más conservadora en los países del Este de Europa arrastra a la Unión Europea hacia posiciones cada vez más alejadas de la igualdad.

El gobierno holandés, que actualmente preside la Unión Europea, ha presentado el borrador de un acuerdo al Consejo de la Unión Europea haciendo un llamamiento para hacer frente a la discriminación homofóbica a través de diversas medidas con el objetivo de avanzar en la igualdad de la comunidad LGTB e intensificando esfuerzos para recoger datos sobre el tratamiento de los ciudadanos homosexuales, bisexuales y transexuales. Sin embargo, ha quedado vetado por los representantes de Hungría, el mismo día que también han bloqueado una propuesta de acuerdo con Turquía referente a la crisis migratoria. «Hungría no está en posición de aceptar la lista de acciones para avanzar en la igualdad de la comunidad LGTB», ha manifestado en un comunicado del gobierno conservador de Viktor Orbán.

La actual presidencia holandesa de la Unión Europea quería impulsar el desarrollo de las políticas de igualdad en lo referente a la situación de las personas LGBTI, y por eso había situado la discusión de la propuesta de la Comisión Europea (que puedes descargar en su totalidad aquí) en la agenda de Consejo sobre Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores que los representantes de los gobiernos europeos celebraron el pasado 7 de marzo en Bruselas. La propuesta daba respuesta a la petición del Parlamento Europeo de una hoja de ruta contra la homofobia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género (el ya conocido como “informe Lunacek”, aprobado en febrero de 2014 pese a las protestas de los grupos ultraconservadores) y enumeraba una serie de diez acciones a desarrollar de aquí a 2019:

  1. Cerrar la brecha existente en la Unión Europea en lo referente a la protección contra la discriminación en materia de educación, protección social y acceso a bienes y servicios.
  2. Facilitar la vida cotidiana de las familias LGBTI que se trasladan de un lugar a otro de Europa.
  3. Reforzar y monitorizar la transposición e implementación del derecho comunitario en materias como la reasignación de sexo, la atención a la víctimas de delitos de odio por orientación sexual o identidad de género, el asilo, la libertad de circulación o el acceso al empleo.
  4. Promover campañas de comunicación para mejorar la aceptación social de las personas LGTBI.
  5. Dar apoyo a los estados miembros para el desarrollo de políticas clave para las personas LGTBI en materia de no discriminación, delitos de odio, educación y salud.
  6. Dar soporte financiero a organizaciones que trabajan aspectos clave en materia LGBTI, tanto públicas como privadas.
  7. Dar apoyo a las empresas y entornos de trabajo inclusivos.
  8. Mejorar la disponibilidad de datos acerca de la situación de las personas LGBTI en áreas como la discriminación, desigualdades en salud, educación, delitos de odio, libertad de movimiento de las familias LGBTI, situación de las personas intersexuales o reconocimiento legal de la identidad de género de las personas transexuales.
  9. Promover la mejora de la situación de las personas LGBTI en territorios vecinos a la Unión Europea, como los Balcanes o Turquía, en el contexto de las negociaciones de adhesión o asociación.
  10. Promover la mejora de la situación de las personas LGBTI en terceros países.

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Pues bien, la negativa del gobierno de Viktor Orbán ha impedido que el Consejo diera su respaldo unánime a la propuesta, lo que hubiese supuesto un hito político significativo para los derechos LGTB en Europa. Pese a todo, la directora ejecutiva de ILGA Europe, Evelyne Paradis, ha preferido ver el vaso medio lleno. “Aunque hubiéramos preferido ver una unanimidad completa, esto no ha sido solo un acuerdo tácito sobre la lista de acciones propuesta por la Comisión Europea. Esto ha sido un auténtico mensaje de los estados miembros: que quieren ver progresos reales más pronto que tarde”, ha declarado Paradis.

También algunos de los más destacados parlamentarios del Intergrupo LGTB del Parlamento Europeo han querido resaltar que 27 de los 28 estados de la Unión dieran su apoyo a la propuesta, entre ellos algunos cuyos gobiernos tampoco se caracterizan por sus esfuerzos en este sentido. Es el caso de la propia Ulrike Lunacek y de Daniele Viotti, copresidentes del Intergrupo, o de Sophie in ‘t Veld, vicepresidenta del mismo, que han destacado asimismo el compromiso de la presidencia holandesa.

No han tardado en surgir voces de condena ante esta paralización, como las de Catherine Bearder, del Partido Liberal Demócrata del Reino Unido, quien ha declarado que «la Unión europea ha desempeñado un papel vital en el avance de los derechos LGTB en todo el continente en los últimos años, incluyendo la condena legal de rechazar al acceso a un puesto de trabajo por motivos de orientación sexual. Pero la realidad es que en algunos países europeos las personas LGTB todavía se enfrentan a la persecución y la discriminación diaria. Es una desgracia que gobiernos como el de Viktor Orbán en Hungría estén bloqueando el progreso en esta área. El Reino Unido debe utilizar nuestra influencia para asegurar que los derechos de la comunidad LGTB son respetados en todo nuestro sector».

El acuerdo reclamaba a los estados miembros de la Comisión Europea «a tomar nuevas medidas para combatir la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género y llevar a cabo actividades de sensibilización para promover la igualdad LGTB». Sin embargo, admite la importancia de «respetar plenamente las identidades nacionales y las tradiciones constitucionales de los Estados Miembros», así como sus respectivas competencias en materia de derecho familiar, mientras presten atención a los derechos fundamentales de la comunidad LGTB. Inicialmente, el acuerdo también contaba con las reservas de países como Letonia, Lituania y Polonia, que finalmente sí habían aceptado, al igual que la mayoría de los países miembros de la Comunidad Económica Europea, excepto Hungría.

Hungría, un freno a los avances en materia LGTBI

En este caso, la falta de unanimidad de los gobiernos no supone que el documento quede invalidado ni que la Comisión Europea renuncie a promover las medidas que allí se defienden, pero tiene un simbolismo indudable: ni siquiera en aquellos aspectos relacionados con los derechos más básicos de las personas LGTBI los gobiernos europeos son capaces de alcanzar un acuerdo de mínimos (que por cierto no interfiere con la capacidad de los estados miembros de legislar de forma restrictiva en materia de matrimonio igualitario, adopción homoparental conjunta o acceso igualitario a las técnicas de reproducción asistida).

Se trata, además, de la segunda vez en pocos meses que Hungría actúa como freno en esta materia. Hace pocas semanas los gobiernos húngaro y polaco, puntas de lanza de la derecha populista en Europa, bloqueaban la nueva normativa sobre regímenes económicos matrimoniales en la Unión Europea, que no perseguía otra cosa que dar garantías uniformes a los diferentes tipos de unión legalmente reconocidos por los países de la Unión, argumentando que ello suponía reconocer regímenes de familia que no “responden a sus valores”.

Hungría, recordemos, fue en 2009 uno de los primeros países del Este en reconocer derechos a las parejas del mismo sexo. Eran otros tiempos… La derecha populista, representada por el partido Fidesz y su líder Viktor Orbán, conseguía en 2010 un triunfo arrollador que le permitió cambiar en solitario la Constitución del país para, entre otras medidas autoritarias, “proteger” al matrimonio que se celebra “entre un hombre y una mujer”. El panorama político húngaro no mejoró mucho en 2014: el Fidesz se desgastó mínimamente y revalidó su aplastante mayoría, con casi en 45% de los votos, mientras que Jobbik, un partido abiertamente ultra, ascendía hasta más del 20% y se situaba a solo cinco puntos de Unidad, la coalición de centro-izquierda que a duras penas mantuvo el tipo.

La reciente crisis de los refugiados, de hecho, ha aumentando aún más la popularidad de Orbán, que ha consolidado lo que muchos analistas califican ya como un régimen semiautoritario en el corazón de la Unión Europea derribando tanto la oposición interna como la externa. No conviene olvidar que el primer ministro húngaro, otrora considerado una especie de “paria político”, está considerado hoy día uno de los referentes del Partido Popular Europeo gracias a sus posiciones en materia migratoria. No es casualidad que hace pocas semanas Orbán fuese recibido en Madrid por los líderes populares europeos con toda clase de parabienes…

Fuente Universogay/Dosmanzanas

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Una campaña de Amnistía Internacional en los Países Bajos recuerda la persecución de las personas homosexuales en el mundo

Lunes, 14 de marzo de 2016
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amnistia-internacional-LGTB-Sarah-Abilleira-Ponte-en-mi-PielUna campaña de Amnistía Internacional en los Países Bajos sirve de potente recordatorio de la homofobia institucional de numerosos estados del mundo. En esta ocasión, la potencia de la campaña radica sobre todo en reproducir cómo sería la situación que se vive ahora mismo en países como Arabia Saudí o Irán, que persiguen legalmente a las personas homosexuales, en un país tan inclusivo como Holanda, con su larga tradición de tolerancia.

El spot, titulado “Freedoom of Sexpression”, ha sido rodado por una estudiante de cine, Sophie Dros, y muestra una secuencia donde dos chicos que se están besando son descubiertos por un alumno y detenidos por la policía. La escena se presenta en cronología inversa, retrocediendo desde la detención al descubrimiento. El vídeo finaliza con la frase “solo porque no esté pasando aquí no significa que no esté pasando”.

Este vídeo recupera la idea de otra campaña de gran éxito, en esta ocasión de la organización Save the Children, que reflejaba la situación de la infancia entre los refugiados que huyen de zonas de guerra y que presentaba a una niña que bien podría ser de cualquier país de Europa occidental, a la que vemos pasar de un pacífico cumpleaños a tener que huir de su casa por las bombas, pasar calamidades, y celebrar su siguiente cumpleaños de una forma muy distinta al anterior. El final del vídeo acaba también con las palabras “solo porque no esté pasando aquí no significa que esté pasando”.

Es este, en definitiva, un buen ejemplo más de las necesarias campañas de concienciación. En un tiempo en que la crisis de los refugiados ha puesto de relieve la dura situación que viven tantos seres humanos, es oportuno recordar la particular vulnerabilidad de las personas LGTB en numerosas partes del mundo, especialmente en los 79 países y territorios donde las relaciones homosexuales siguen siendo ilegales.

Os dejamos con el vídeo de la campaña:

Fuente Dosmanzanas

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El fiscal general de Australia anuncia un referéndum sobre el matrimonio igualitario antes de fin de año

Sábado, 12 de marzo de 2016
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Australia-arcoiris-grande-2-300x267Nuevo rifirrafe en la carrera de obstáculos hacia el matrimonio igualitario en Australia. El fiscal general George Brandis aseguró el sábado pasado que el referéndum anunciado sobre la medida se celebraría a finales de este año, justo después de las elecciones generales del próximo otoño. El primer ministro Malcolm Turnbull, aunque se posiciona a favor, ha rechazado comprometer una fecha concreta. La oposición, mientras tanto, sigue pidiendo la aprobación de la igualdad matrimonial mediante la vía parlamentaria.

La discusión sobre el matrimonio igualitario en Australia ha pasado de la pugna entre partidarios y detractores al debate sobre su aprobación por plebiscito o por votación parlamentaria. Un importante paso adelante en el que ha sido decisiva la sustitución, en septiembre del año pasado, del homófobo Tony Abbott por el actual primer ministro Turnbull, favorable a la igualdad. La situación, con todo, sigue siendo incierta: a pesar de que los representantes partidarios del matrimonio igualitario ya son mayoría en ambas cámaras del Parlamento, el jefe del Gobierno sigue apostando por el referéndum no vinculante como paso previo para iniciar el trámite. El Senado, de hecho, ya hizo el año pasado una petición formal para no demorar más el tema.

Buena muestra del clima de incertidumbre es el cruce de declaraciones de este fin de semana. El sábado, el fiscal general (que en Australia suele ser un miembro del Gobierno) afirmaba que el plebiscito se celebraría en este año, “al poco tiempo de iniciarse la andadura del nuevo parlamento”. Si el resultado fuera afirmativo, como apuntan las encuestas, Brandis no tiene duda de que el legislativo aprobaría rápidamente el matrimonio igualitario. El fiscal general mostró su apoyo al mismo: “Tratar a las personas LGTB con igualdad es, creo, uno de los valores fundamentales de la sociedad australiana moderna”.

Solo un día después, la portavoz de Gobierno matizaba las palabras de Brandis y declaraba que el primer ministro mantiene sus planes de plantear el referéndum tan pronto como sea posible tras las elecciones, pero en cualquier caso ya en 2017. El líder de la oposición laborista Bill Shorten ha criticado la división en el seno del Gobierno sobre la cuestión, mientras que el responsable de Los Verdes Richard Di Natale volvió a pedir la tramitación del matrimonio igualitario por la vía parlamentaria antes de los comicios. Turnbull, que ha sido el primer jefe del Gobierno en asistir al Mardi Gras de Sídney (uno de los principales eventos anuales de la comunidad LGTB en Australia), no parece tener intención de cambiar su posición.

Una sociedad favorable con líderes contrarios la igualdad

El debate sobre la aprobación del matrimonio igualitario en Australia viene de muy lejos. Ya antes de las elecciones de 2013, que dieron la victoria a Abbott, fueron los laboristas, entonces al frente del Gobierno, los que actuaron como freno. La que hasta junio de ese año había sido primera ministra, Julia Gillard, se oponía, y  durante sus años de gobierno no dudó en maniobrar para impedir que los partidarios de la igualdad dentro del Partido Laborista trasladaran su criterio al Parlamento. Y ello pese a que ya en su congreso nacional de 2011 el partido incorporaba la defensa del matrimonio igualitario a su ideario. Ideario que Gillard se encargó de convertir en papel mojado al imponer que los legisladores laboristas –cuyos votos eran todos necesarios, debido a lo ajustado de su mayoría– tuvieran libertad de voto. Una libertad que Tony Abbott negó entonces a los suyos y que desembocó en el fracaso de la iniciativa. De la mano de Gillard, Australia perdía una primera oportunidad histórica.

La impopularidad de Gillard llevó a Kevin Rudd a arrebatarle el liderazgo del partido y el puesto de primer ministro (mediante una maniobra similar a la que ahora ha destronado a Abbott, y que a su vez antes había utilizado Gillard para sustituir a Rudd). Ya por entonces Rudd se había convertido en defensor del matrimonio igualitario, pese a que su anterior etapa como primer ministro se caracterizó también por un rechazo frontal. Pero la sustitución de Gillard no evitó la derrota laborista, y tras las elecciones Abbott (un católico conservador fuertemente opuesto al matrimonio igualitario, pese a tener una hermana abiertamente lesbiana) se convertía en primer ministro. Su victoria alejó las expectativas de aprobación, pese a que un número no determinado de diputados de su partido son partidarios del matrimonio igualitario, y de hecho ya desde el principio el propio Abbott reconoció que en el futuro le resultaría complicado mantener la disciplina de voto en esta materia. Lo consiguió… pero el empeño contribuyó a la gran bajada de popularidad que finalmente acabó por costarle el puesto.

Sin embargo, la parálisis en la tramitación del matrimonio igualitario en Australia continúa, y la oposición pierde la paciencia. El nuevo primer ministro Malcolm Turnbull, que había despertado esperanzas por su posición favorable, no ha cambiado sin embargo los planes de su predecesor de posponer la decisión hasta la celebración de un referéndum sobre la igualdad matrimonial en 2017. Y ello a pesar de las voces que alertan de lo costosa y divisiva que sería una consulta de esta naturaleza, que califican de innecesaria. Por ello, el Senado australiano le pidió a finales del pasado 2015 que no se demore más y tramite ya un proyecto de ley en el Parlamento con libertad de voto para todos los diputados. Esperemos que el cada vez más claro y evidente apoyo de todos los sectores de la sociedad australiana a la tramitación inmediata de una ley de matrimonio igualitario dé sus frutos, y la igualdad de derechos de la población LGTB no sufra más dilaciones.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Supremo de los Estados Unidos revoca una sentencia de la Corte Suprema de Alabama que negaba los derechos de adopción de una madre lesbiana

Viernes, 11 de marzo de 2016
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4194699w-640x640x80El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha revocado la sentencia de la Corte Suprema de Alabama que negaba los derechos de adopción a una de las integrantes de una pareja lesbiana. El dictamen es especialmente relevante para los progenitores LGTB, pues garantiza que las adopciones llevadas a cabo legalmente en un estado, sean reconocidas por otro, aunque sus propias normativas impidan la adopción a las parejas del mismo sexo. La decisión, además, ha sido tomada por unanimidad, sin que los jueces integrantes del alto tribunal hayan requerido siquiera la presentación de argumentos orales.

En una sentencia fechada el pasado 7 de marzo, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, per curiam —es decir, por decisión de la corte en su conjunto— ha revocado el fallo de la Corte Suprema de Alabama que denegó los derechos de progenitura a uno de los miembros de una pareja de mujeres, por no ser la madre biológica de los tres hijos que ambas habían criado. Se trata del primer caso sobre derechos LGTB que ha dilucidado el Tribunal Supremo desde que falló a favor del matrimonio igualitario en junio de 2015, y su dictamen ha sido igualmente favorable a los derechos de las parejas del mismo sexo.

Una pareja y una familia rotas

La sentencia del Tribunal Supremo detalla la historia de las implicadas en el caso, que se conocen por sus iniciales, V. L. y E. L., un procedimiento común en este tipo de litigios familiares, destinado a proteger su intimidad. Las dos mujeres, residentes en el estado de Alabama, habían mantenido una relación sentimental desde 1995. Durante su convivencia, recurrieron a la reproducción asistida para tener a sus tres hijos, todos ellos gestados por E. L., quien, según las leyes del estado, sería su única progenitora legal. Alabama no reconoce el derecho de adopción al otro miembro de la pareja, a menos que ambos estén unidos en matrimonio, institución vedada a las parejas del mismo sexo en aquellos años.

Tratando de velar por la protección de sus hijos, a quienes ambas criaron conjuntamente desde su nacimiento, V. L. quiso adoptarlos legalmente, algo con lo que E. L. estuvo de acuerdo. Aconsejadas al respecto por profesionales, decidieron instalarse provisionalmente en el vecino estado de Georgia, donde tal posibilidad existía en algunos de sus condados, cuyas Cortes Superiores tenían competencia al respecto. De esta manera, obtuvieron un veredicto favorable de la Corte Superior del condado de Fulton, que estimó que su solicitud cumplía con todos los requisitos y se ajustaba a derecho, por lo que nombró progenitora legal a V.L. Constó en el fallo el consentimiento explícito de E. L., condicionado únicamente a la conservación de sus propios derechos, como es habitual en estos casos. Ambas fueron declaradas madres legales de sus tres hijos.

De regreso a Alabama, la pareja mantuvo su relación hasta el año 2011, fecha en la que la dieron por concluida. Poco después, V. L. interpuso una demanda en el Tribunal de Familia del condado de Jefferson, pues E. L. le negaba cualquier derecho de visita a sus tres hijos. El tribunal reconoció el estatus de progenitora de V. L., dando por válida la adopción llevada a cabo en Georgia, y estimó su demanda, estableciendo los correspondientes derechos de visita.

E. L. recurrió a la Corte Civil de Apelaciones, que desestimó su requerimiento, manteniendo la decisión del Tribunal de Familia. Entonces, E. L. llevó el caso hasta la Corte Suprema de Alabama, bien conocida por ser completamente hostil a los derechos LGTB, con su presidente Roy Moore a la cabeza.

La Corte Suprema de Alabama cumplió con las expectativas LGTBfobas de E. L., y decidió anular la decisión de los tribunales inferiores, al estimar que la legislación del estado de Georgia no reconocía el derecho de adopción a los miembros de una pareja no unida en matrimonio. El plantel de jueces no tuvo en cuenta que las competencias al respecto eran potestad de las Cortes Superiores de los condados, que habían establecido su propia jurisprudencia. Se trataba, además, de la única sentencia, en los últimos 150 años de historia legal de los Estados Unidos, en la que un tribunal revocaba la decisión de una corte de otro estado respecto a los derechos de adopción.

Un fallo relevante para los progenitores LGTB

V. L., cuya defensa era llevada por el Centro Nacional de Derechos Lésbicos, apeló a la más alta instancia, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Al aceptar el caso, el alto tribunal dejó en suspenso la resolución de la Corte Suprema de Alabama, restableciendo los derechos de visita mientras durara el proceso de apelación.

Finalmente, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de V. L., sin ni siquiera requerir la presentación de argumentos orales por las partes, y por unanimidad de los miembros del tribunal. Los jueces han estimado que la Corte Suprema de Alabama ha vulnerado la sección primera del artículo IV de la Constitución de los Estados Unidos, que establece la “confianza y crédito” debidos a las decisiones de los tribunales de otros estados. Esta cláusula trata de impedir que un derecho reconocido en los tribunales de un estado pueda ser ignorado por otro, y así fortalecer un sistema judicial único para todos los ciudadanos. Dado que las Cortes Superiores de los condados del estado de Georgia tienen competencia para dictar resoluciones en materia de adopción, sus decisiones deben ser respetadas y acatadas por todos los tribunales del país.

De esta manera, no solo se hace justicia con V. L., que ha visto restablecidos sus derechos como progenitora legal de los tres hijos que ella misma crió, sino también se garantiza que las parejas LGTB que viven en estados donde está permitida la adopción de los hijos biológicos del otro miembro de la pareja, no pierdan sus derechos al instalarse en estados donde no se permite. También es especialmente relevante que esta sea la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre derechos LGTB tras su fallo favorable al matrimonio igualitario, y que haya sido positiva incluso por unanimidad.

Tras conocer el dictamen, V. L. declaraba que “me siento afortunada por que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos haya revocado la decisión del tribunal de Alabama. He sido la madre de mis hijos en todos los sentidos durante toda su vida. Pensé que el hecho de adoptarles significaba que íbamos a ser capaces de estar juntos para siempre. Cuando la Corte de Alabama dictó que mi adopción no era válida y que no era su madre, pensé que todo se había acabado. El Tribunal Supremo ha hecho lo correcto para mi familia”.

Por su parte, desde el Centro Nacional de Derechos Lésbicos, cuyo equipo legal ha conseguido esta victoria, se emitía el siguiente comunicado: “La decisión del Tribunal Supremo de revocar la sentencia sin precedentes de Alabama, que anulaba una adopción efectuada en otro estado, es una victoria no solo para nuestro cliente, sino para miles de familias adoptivas. Ningún padre adoptivo, ni ningún niño adoptado, deberían tener que enfrentarse a la incertidumbre de poder tener que separarse años después de la adopción, solo porque la corte de otro estado no está de acuerdo con la ley que se aplicó en dicha adopción”.

Fuente Domanzanas

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Colombia registra el primer matrimonio igualitario celebrado fuera del país

Jueves, 10 de marzo de 2016
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matrimonio_gay_colombiaColombia sigue avanzando, paso a paso, hacia el reconocimiento jurídico pleno de las familias LGTB. Con la adopción homoparental en vías de consolidación, tras dos sentencias favorables de la Corte Constitucional, y a la espera de que el alto tribunal adopte una decisión definitiva sobre el matrimonio igualitario, por primera vez una pareja del mismo sexo casada en el exterior ha podido ver su matrimonio formalmente registrado en suelo colombiano. Se trata de Julián Castro y Julián Artacho, casados en julio de 2013 en Barcelona.

Un español y un colombiano, casados en 2013 en Barcelona, registraron este jueves en Colombia y tras casi un año de pleitos el primer matrimonio entre personas del mismo sexo celebrado en el exterior. La pareja había intentado realizar el trámite ante un notario de Bogotá, que se lo negó en mayo de 2014, pero en esta ocasión y luego de un largo periplo burocrático consiguieron hacerlo, según declaraciones.

La batalla jurídica comenzó en mayo de 2015, cuando la notaría 11 de Bogotá se negó a registrar el matrimonio de Julián Castro (ciudadano colombiano) y Julián Artacho (ciudadano español) pese a que la ley colombiana estipula que un matrimonio celebrado legalmente en otro país por un ciudadano colombiano se puede registrar en cualquier notaría, registraduría o consulado de Colombia en el exterior.

Julián Castro y Julián Artacho lograron finalizar el trámite tras conocer una circular de la Registraduría Nacional que establece las instrucciones para la inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero entre personas del mismo sexo. “La odisea comenzó cuando decidimos que tenemos igualdad de derechos y queremos hacerlo valer”, señaló Castro. En este sentido, recordó que tras ser denegada la primera solicitud ante una notaría, hicieron un derecho de petición que recibió como respuesta que “no era válido”.

Tras esa negativa, el titular de la Notaría número 11 de Bogotá, que impidió que culminara la gestión administrativa, comentó que no contaba con “formatos específicos para matrimonios homosexuales” y porque, según dijo, “en Colombia no está legislada esa figura”. “Después comenzamos con el proceso de la Registraduría y en diciembre del año pasado presentamos los papeles”, agregó Castro, quien durante su proceso ha estado asesorado jurídicamente por la asociación Colombia Diversa.

La situación fue todavía más paradójica, puesto que los ciudadanos colombianos tienen la obligación de informar a las autoridades si se casan, sin embargo esto no fue posible en el caso de Castro al ser un hombre su pareja. Por ello, destacó que “es una cuestión de igualdad”, ya que si se hubiera “casado con una mujer en Barcelona no habría ningún problema para registrarlo”.

Ante la negativa, la pareja presentó un derecho de petición al que la Registraduría Nacional ha respondido favorablemente, emitiendo una circular que señala expresamente la procedencia de inscribir los matrimonios de las parejas del mismo sexo celebrados en el exterior.

“El matrimonio celebrado en el extranjero por personas del mismo sexo, que haya cumplido con los requisitos generales de la ley foránea y venga debidamente inscrito, es un acto que afecta al estado civil de los contrayentes, sujeto a registro en Colombia, entendido éste como un acto de trámite de naturaleza meramente declarativa”, expresa con rotundidad la circular 036/2016 de la Registraduría Nacional, fechada a 2 de marzo. “Razón por la cual, no se considera que una inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero por una pareja de personas del mismo sexo, contravenga los artículos 113 y siguientes del código civil, ya que los interesados en inscribirlo, no pretenden celebrar uno nuevo, sino registrar un matrimonio celebrado fuera de Colombia y según la ley del país respectivo, en donde ya se encuentra inscrito”, prosigue el texto.

La circular, que se aplica para la inscripción de cualquier matrimonio legalmente celebrado en el exterior entre dos ciudadanos colombianos o entre un colombiano y un extranjero del mismo sexo, detalla además el procedimiento a seguir, similar al de los matrimonios entre personas de distinto sexo. La circular ha sido enviada a notarías, registradurías, delegaciones departamentales y demás instituciones autorizadas para llevar las funciones de registro civil. La organización Colombia Diversa recomienda en cualquier caso conocer el documento y presentarlo, si es necesario, ante los funcionarios de registro (puedes acceder a ella aquí. En caso de necesitar asesoría, es posible contactar con Colombia Diversa en el correo electrónico familia@colombiadiversa.org).

Castro y Artacho pudieron así por fin registrar su matrimonio el pasado jueves 3 de marzo. Casados civilmente en España, su estado civil es reconocido en Colombia, de forma que sus derechos están ya protegidos en ambos países y podrán acceder, como toda pareja, a ser beneficiarios a la salud y pensiones de su compañero, a la visa de cónyuge o a constituir un patrimonio de familia, entre otros.

Matrimonio igualitario en Colombia: en espera de la Corte Constitucional

Actualmente, la Corte discute la posibilidad de legalizar el matrimonio de parejas del mismo sexo si bien ya se han registrado varias uniones legales que en este momento están en el albero ante la posibilidad de que puedan ser anuladas.

La decisión de la Registraduría Nacional se produce mientras el colectivo LGTB colombiano espera con impaciencia la que puede ser histórica resolución de la Corte Constitucional abriendo definitivamente la puerta a la celebración sin cortapisas del matrimonio entre personas del mismo sexo. Un fallo que debe acabar con la incertidumbre jurídica reinante en Colombia, donde el que el matrimonio se celebre o no depende de la interpretación que de una sentencia previa del Constitucional haga el correspondiente juez o notario. Ya el pasado agosto se esperaba una decisión inminente (puedes revisar aquella entrada, en la que repasábamos la situación con detalle).

Pero por el momento, y después de más dos años desde que la cuestión escalase de nuevo hasta el alto tribunal, el fallo sigue sin producirse. Hace pocos días Colombia Diversa lanzaba un mensaje tranquilizador, explicando que al tratarse de una revisión de casos, y no de un fallo de inconstitucionalidad sobre una ley concreta, los plazos no están definidos. Ojalá la espera acabe mereciendo la pena…

Fuente Cáscara Amarga/Dosmanzanas

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La Audiencia de Barcelona ratifica la condena al encargado de un supermercado que humilló a una trabajadora por ser lesbiana

Jueves, 10 de marzo de 2016
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justicia-lgbtLa Audiencia de Barcelona ha avalado la condena a catorce meses de cárcel que ya previamente la justicia había impuesto al encargado de un supermercado, que durante meses humilló a una trabajadora del establecimiento por su condición de mujer lesbiana.

Los hechos ocurrieron hace ya seis años, entre noviembre de 2009 y mayo de 2010. El condenado, encargado por entonces de un supermercado situado en la Gran Via de les Corts Catalanes, hizo una serie de comentarios ofensivos hacia la mujer (tales como “puta lesbiana” o “lesbiana de mierda”), asegurando además que le iba a hacer la vida imposible. Comentarios que, además, se acompañaron de actuaciones vejatorias, como arrojarle el cambio de forma despectiva cuando, por ejemplo, le solicitaba monedas para la caja que atendía. Actuaciones que en ocasiones tuvieron lugar en presencia de otros trabajadores e incluso de clientes. Por todo ello, la mujer sufrió de ansiedad y estrés hasta que finalizó su relación laboral con la empresa, momento en que el encargado le llegó a decir que no la habían hecho fija en plantilla porque “le daba asco” trabajar con ella y no quería a una lesbiana en su establecimiento.

La Audiencia de Barcelona ha ratificado ahora en su integridad la sentencia que ya había sido emitida por el juzgado de lo penal número 17 de Barcelona, y que condenaba al encargado a catorce meses de cárcel por un delito contra la integridad moral, imponiéndole además una indemnización  a la víctima de 5.000 euros por los daños morales causados (de los que deberá responder de forma subsidiaria la empresa propietaria del establecimiento). La sección séptima de la Audiencia ha rechazado el recurso presentado por el condenado al entender que “la orientación sexual de cada uno debe ser respetada, lo que no hizo el acusado, quien menospreció a la víctima poniéndole de manifiesto lo que pensaba sobre su orientación sexual”.

La sentencia confirma la situación de discriminación contínua que sufría la trabajadora al indicar que: “Los hechos fueron humillantes porque suponían un claro desprecio a la orientación sexual de la víctima”. La justicia ha indicado que la mujer sufrió un grave “quebranto moral” y que cuando finalizó la relación laboral con la cadena de supermercados el encargado le dijo que no le habían hecho fija porque le daba “asco” trabajar con ella y no quería a una lesbiana en su tienda.

La Audiencia ratifica en su integridad la sentencia emitida por el juzgado de lo penal, que condenó al hombre por un delito contra la integridad a una pena de 14 meses de cárcel y le obligó a indemnizar a la víctima con 5.000 euros por los daños morales.

Fuente Dosmanzanas/Chueca.com

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El Senado de Virginia Occidental rechaza la ley que permitía discriminar a las personas LGTB por razones religiosas

Miércoles, 9 de marzo de 2016
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2009_senate_fullchamberEl Senado de Virginia Occidental ha votado en contra de un proyecto de ley que hubiese permitido la discriminación de las personas LGTB por motivos religiosos. La votación ha sido especialmente contundente: 27 votos en contra frente a 7 a favor. La presión ejercida por los responsables de empresas y negocios, que temían el daño que pudiera producir una ley discriminatoria de ese tipo a la economía e imagen del estado, parece haber sido decisiva. Una motivación semejante a la que impulsó al gobernador de Dakota del Sur para no firmar una ley tránsfoba recientemente, cuyo veto finalmente no ha podido ser levantado. Sin embargo, aún existen cerca de 200 proyectos de ley discriminatorios contra el colectivo LGTB que afectan a 32 estados, cuya suerte final todavía es incierta.

El proyecto de ley HB 4012, conocido como “Ley de protección de la libertad religiosa”, otorgaba a los propietarios de empresas y comercios de Virginia Occidental el derecho a denegar sus servicios a los ciudadanos LGTB por razón de sus creencias religiosas. Una más de las numerosas iniciativas legislativas LGTBfobas diseminadas por el sector más retrógrado del Partido Republicano tras la pérdida de la batalla del matrimonio igualitario.

La decisión de los senadores de Virginia Occidental, que cuentan con una exigua mayoría republicana, no ha dejado de sorprender, por lo abultado de la negativa y porque la Cámara de Representantes del estado, donde la mayoría republicana es mucho más amplia, había aprobado el proyecto de ley por un abrumador resultado de 72 votos favorables frente a 26.

Las asociaciones de empresarios y comerciantes habían advertido de su oposición al proyecto de ley, en el temor de que afectase a la economía del estado y expusiera a las empresas a innecesarias demandas por parte de los afectados. Los antecedentes de Indiana, que finalmente tuvo que derogar una ley semejante ante la amenaza de boicot de las grandes empresas y corporaciones, eran claros: Indiana perdió unos 60.000.000 de dólares en ingresos por la cancelación de convenciones y contratos antes de la derogación.

Tampoco las encuestas favorecían al proyecto de ley. Un estudio realizado por el independiente Public Religion Research Institute mostraba que el 54 % de los ciudanos de Virginia Occidental era contrario a la normativa discriminatoria. Es más, un 60 % se declaraba partidario de que se legisle contra la discriminación de las personas LGTB en el trabajo y el acceso a la vivienda.

Todo ello quizás ha pesado en el voto de los senadores, que han aparcado definitivamente una normativa profundamente injusta, que, lamentablemente no es la única. En el caso de Virginia Occidental aún hay otros dos proyectos de ley que permitirían, de un modo u otro, que las personas LGTB fueran discriminadas en la vida pública y acceso a los servicios argumentando razones religiosas. En el conjunto de los Estados Unidos, son cerca de 200 los proyectos de este tipo que aún están en fase de tramitación, presentados a los largo de 32 de los 50 estados.

El gobernador de Georgia promete el veto a la legislación LGTBfoba

Uno de eso proyectos de ley en fase más avanzada es, por ejemplo, el aprobado recientemente por el Senado de Georgia, que ahora debe ser discutido por su Cámara de Representantes (ambas cámaras bajo control republicano). En caso de resultar aprobado, el gobernador Nathan Deal, también republicano, debería decidir sobre su promulgación.

Deal ha advertido, en unas sorprendentes declaraciones, de que si no desaparece cualquier referencia a la discriminación de las personas LGBT del proyecto de ley, ejercerá su derecho a veto. El gobernador cree que se debe proteger el derecho de los ciudadanos a profesar las creencias religiosas, pero que “para hacer eso no debemos discriminar a otras personas”. También espera que sus correligionarios “reconozcan que el mundo está cambiando a nuestro alrededor”.

Se consolida el veto del gobernador de Dakota del Sur a la ley tránsfoba

La legislatura de Dakota del Sur, también ampliamente controlada por los republicanos, aprobó una ley que forzaba a las escuelas de estado a que a su vez obligasen a sus estudiantes transexuales a utilizar los baños y vestuarios asignados al sexo que les fue atribuido al nacer, con independencia de su identidad de género. Se trataba de la primera ley materializaba el “pánico transexual en los baños”, convertido ya en los Estados Unidos en una de las principales armas de los contrarios a los derechos de las personas LGTB.

Sin embargo, el también republicano gobernador Dennis Daugaard decidió interponer su veto y no promulgar la ley. Haciendo gala de un sentido común que sus correligionarios no parecieron tener, Daugaard, que reconoció no conocer a ninguna persona trans, quiso reunirse con varias de ellas y conocer de primera mano sus testimonios. El hecho de que numerosos analistas consideraran que la norma chocaba frontalmente con la legislación nacional, que impide a las escuelas que ejerzan algún tipo de discriminación recibir fondos federales, seguramente también influyó, así como el deterioro de la imagen de Dakota del Sur y las pérdidas en materia turística o de inversiones que una ley así podría acarrear.

Los legisladores republicanos decidieron plantear en sesión de la Cámara de Representantes el levantamiento del veto del gobernador, para lo que necesitaban una mayoría de dos tercios. La votación se saldó con 36 votos a favor del levantamiento del veto frente a 29 contrarios, una diferencia claramente insuficiente para lograr su objetivo. La ley, por tanto, ha quedado definitivamente vetada y sin efectos.

Fuente Dosmanzanas

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El gobernador de Dakota del Sur veta en el último momento una ley expresamente discriminatoria hacia los estudiantes trans

Martes, 8 de marzo de 2016
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Dennis1Buenas e inesperadas noticias desde Dakota del Sur, cuyo gobernador Dennis Daugaard ha vetado la ley aprobada por la legislatura de dicho estado, ampliamente controlada por sus correligionarios republicanos, que forzaba a las escuelas de estado a que a su vez obligasen a sus estudiantes transexuales a utilizar los baños y vestuarios asignados al sexo que les fue atribuido al nacer, con independencia de su identidad de género. Se trataba de la primera ley, que por fortuna no entrará en vigor, que materializaba el “pánico transexual en los baños”, convertido ya en los Estados Unidos en una de las principales armas de los contrarios a los derechos de las personas LGTB.

Perdida la batalla del matrimonio igualitario, los contrarios a los derechos de las personas LGTB, apoyados en el sector más retrógrado del Partido Republicano a lo largo y ancho de los Estados Unidos, han reorientado su estrategia a evitar que se aprueben normativas antidiscriminatorias y a promover, allí donde además disponen de mayoría suficiente, legislaciones que den cobertura a la discriminación expresa de las personas LGTB en base a argumentos religiosos. Una de las estrategias que más éxito les está reportando, en este sentido, es la utilización del “pánico transexual en los baños”: ante la posibilidad de que las mujeres transexuales puedan utilizar sin restricciones los baños públicos femeninos, estos grupos difunden, sin pudor alguno, el temor a que abusadores sexuales que disfrazados de mujeres comiencen a utilizar de forma masiva los baños para acosar a mujeres y niñas indefensas. Lo contábamos con cierto detalle en noviembre, al recoger precisamente el fracaso en referéndum de una normativa municipal contra la discriminación de las minorías (incluyendo el colectivo LGTB) en materia de empleo, vivienda y prestaciones de servicios en Houston (Texas). 

En aquella ocasión, los grupos contrarios a la norma antidiscriminatoria contaron con la inestimable colaboración tanto de los principales líderes republicanos del estado (como el gobernador Greg Abbott) como de los medios de comunicación locales, que de repente se llenaron de informaciones, debates e incluso recreaciones ficticias del mito del “predador” sexual disfrazado de mujer en los baños públicos.

Animados sin duda por el éxito de Houston, los contrarios a los derechos LGTB en Dakota del Sur, estado fuertemente conservador y cuya legislatura está ampliamente dominada por los republicanos, vieron la oportunidad de dar un paso más y aprobar la primera norma estatal centrada expresamente en este tema, cuyo objetivo era además las personas transexuales más vulnerables: aquellas que son menores de edad. La norma forzaba a las escuelas de estado a que a su vez obligasen a sus estudiantes transexuales a utilizar los baños y vestuarios asignados al sexo que les fue atribuido al nacer. Una discriminación que, según recordaba GLSEN (Gay, Lesbian and Straight Education Network) no hace sino agravar el problema de acoso que sufren los estudiantes trans: según datos recogidos por esa organización en 2013, dos tercios de ellos renuncian incluso a utilizar baños y vestuarios por no sentirse seguros en ellos.

El empeño discriminatorio fue también duramente criticado por Human Rights Campaign (HRC) e incluso por organizaciones de defensa de los derechos civiles generalistas, como la American Civil Liberties Union (ACLU) y organizaciones profesionales relacionadas con la infancia, como la Academia Americana de Pediatría, que elaboraron una carta abierta alertando de lo dañino de este tipo de iniciativas. Ello no impidió que la norma fuera masivamente aprobada, primero por la Cámara de Representantes de Dakota del Sur (por 58 votos a favor y 10 en contra) y luego por el Senado (por 20 votos a favor y 15 en contra).

La positiva reacción del gobernador

Sin embargo, cuando todo parecía perdido, el gobernador republicano, Dennis Daugaard, que inicialmente parecía favorable a la medida, acabó ejerciendo su derecho de veto. Haciendo gala de un sentido común que sus correligionarios  no parecen tener, Daugaard, que reconoció no conocer a ninguna persona trans, quiso reunirse con varias de ellas y conocer de primera mano sus testimonios. El hecho de que numerosos analistas consideraran que la norma chocaba frontalmente con la legislación nacional, que impide a las escuelas que ejerzan algún tipo de discriminación recibir fondos federales, seguramente también influyó, así como el deterioro de la imagen de Dakota del Sur y las pérdidas en materia turística o de inversiones que una ley así podría acarrear. En el comunicado en el que hacía público su veto, Daugaard se limitaba a argumentar que de entrar en vigor la ley esta coartaría la libertad de los consejos escolares locales para decidir la mejor solución para cada caso concreto y descargaba sobre ellos obligaciones innecesarias hasta ahora inexistentes (de hecho, una de las principales objeciones a la ley era el tipo de mecanismo que las escuelas impondrían para determinar el sexo de los estudiantes).

Habrá que ver si los legisladores republicanos intentan superar el veto del gobernador pero a día de hoy no parece probable, dada la evolución de los acontecimientos. El principal impulsor de la ley, el representante republicano Fred Deutsch, ya ha expresado que por el momento se siente satisfecho por haber abierto el debate a nivel nacional y que en todo caso intentaría presentar el año próximo una nueva norma que recogiese las preocupaciones del gobernador.

En definitiva, un pequeño alivio que sin embargo ejemplifica a la perfección el empeño de los grupos homófobos y tránsfobos, muy fuertes en Estados Unidos, de seguir batallando contra los derechos LGTB más allá del matrimonio igualitario.

Fuente Dosmanzanas

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Costa Rica despedirá a los funcionarios que discriminen al colectivo LGTB

Martes, 8 de marzo de 2016
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36012-fotografia-gEl país centroamericano sigue caminando hacia el terreno de la igualdad. Así lo confirma el nuevo el Decreto Ejecutivo firmado por el presidente Luis Guillermo Solís por el que cualquier funcionario público que discrimine de algún u otro modo a las personas pertenecientes a la comunidad LGTB terminará siendo despedido de manera procedente.

Hay ocasiones en las que la sociedad se adelanta al estado y sus demandas tienen que ser asistidas por leyes posteriores. Sin embargo, en otro tipo de situaciones es la propia ley la que anima a sus ciudadanos a cambiar su comportamiento.

Esto es lo que ha ocurrido en las últimas semanas en Costa Rica. Hace unos días, informábamos de que el país caribeño había introducido numerosos cambios para mejorar la inclusión laboral LGTB, mientras que en esta ocasión ha dado a luz un nuevo Decreto Ejecutivo para evitar cualquier tipo de discriminación en el trabajo.

Así, esta nueva ley estipula que las personas encargadas de ocupar puestos de jerarquía, como directores, coordinadores y supervisores deberán ”tomar las medidas necesarias para prevenir, desalentar y evitar conductas de acoso u hostigamiento sexual, así como una discriminación por la orientación sexual e identidad de género’‘.

De este modo, el nuevo Decreto Ejecutivo firmado por el presidente Luis Guillermo Solís se muestra tajante. Si se incurre en una actitud de discriminación será considerado como una falta grave y por eso los funcionarios que lo hagan podrían exponerse a perder el empleo.

La norma modifica el Reglamento del Servicio Civil, resaltando que:

En materia de Diversidad Sexual y Laboral la Presidencia de la República ha brindado directrices de obligatorio acatamiento resultando imperativo adaptarlas a nuestro rol cotidiano, adecuando este reglamento con una terminología apropiada y demás aspectos para promover una política de respeto, integración, aceptación y no discriminación a la población sexualmente diversa”.

Fuente Redacción Chueca

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Un nuevo proyecto desde Baltimore da visibilidad a las personas LGTB católicas

Lunes, 7 de marzo de 2016
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bap-1-2016-02-25-at-09_640x345_acf_croppedCrece la visibilidad LGTB dentro de la Iglesia católica, a pesar de que la supuesta apertura del pontificado de Francisco se haya limitado por el momento a gestos y palabras que se han acompañado de reafirmación de la doctrina tradicional (como el reciente compromiso común con el patriarca ortodoxo de Moscú para luchar contra el matrimonio igualitario). Sin embargo, fuera o no planeado, la nueva situación sí que está facilitando que algunos católicos LGTB se animen a vivir públicamente su fe. Más aún, comunidades enteras están haciendo una apuesta clara por la visibilidad.

Hoy nos ocupamos de una de estas apuestas, que ha ganado notoriedad en el ámbito anglosajón. Se trata del LEAD (LGBT Educating and Affirming Diversity) Ministry, en la iglesia de San Mateo en Baltimore (Maryland, Estados Unidos). Sus orígenes se sitúan en el año 2010, aunque como ellos mismos cuentan su proceso de definición y consolidación ha llevado tiempo. Actualmente están acompañados por el padre Joseph Muth y reúne a unas 50 personas, tanto LGTB como heterosexuales que les apoyan en su labor. Entre sus cometidos, se encuentra sobre todo ofrecer un lugar seguro para que la comunidad LGTB pueda reunirse y compartir experiencias en el seno de una iglesia que, en su conjunto, no les acepta plenamente. Según ellos mismos cuentan, el arzobispo de Baltimore, Edwin O’Brien, está al tanto de este ministerio pastoral y lo permite, aunque requirió del padre Muth que dimitiera de la junta directiva del grupo. La actitud inclusiva de esta parroquia de Baltimore ha sido reflejada por el artista gráfico Eric Kruszewski en su trabajo The Lost Flock (El rebaño perdido).

Las historias que se reflejan muestran una variedad de trasfondos vitales, de razas y de diferentes identidades. La más conocida es posiblemente la de John y Michael Sawyer, una pareja de hombres que bautizó a su hija adoptada en la propia iglesia de San Mateo, una historia que ha tenido cierta relevancia mediática. Pero hay más, como la de Gigi Biabo, procedente de Camerún y adoptada por una familia de Baltimore que la rechazó tras salir del armario. O la de Henry Kimani Mburu, procedente de Kenia, padre de familia heterosexual que ha descubierto en el LEAD Ministry una perspectiva diferente sobre la realidad LGTB.

Kruszewski también ha retratado la historia del padre Joseph Muth, quien señala las insuficiencias de la actual doctrina o de las aproximaciones pastorales que se han hecho a nivel oficial. Y la de Carolyn Scheide, una madre que casi llegó a perder el contacto con su hijo gay y que ahora se ha convertido en una luchadora a favor de la dignidad de las personas LGTB. También está la historia de una pareja de mujeres: Rachel y Vania Christian dos Passos. Ellas encontraron en la parroquia de San Mateo un lugar para celebrar, pero cuando quisieron casarse no pudieron hacerlo en la iglesia. Algo que deja claro que iniciativas como los LEAD Ministries tienen sus límites mientras no haya cambios doctrinales.

Un proyecto que es parte de un movimiento mayor

Esta iniciativa se suma a otra similar que citamos también en estas páginas, y que también surgió en el seno de una parroquia. Se trata de Owning Our Faith (cuya traducción más fiel al sentido original puede ser “apropiándonos de nuestra fe”). Surgió en noviembre de 2014, cuando algunas personas LGTB católicas de la iglesia de San Pablo Apóstol en Nueva York decidieron abordar públicamente la cuestión de la relación entre la Iglesia católica y las minorías sexuales y de género. También en su caso existe un proyecto (en este caso dirigido por Michael Tomae) para utilizar su realidad como plataforma de visibilización. En este sentido, se han publicado una serie de vídeos. El cortometraje de introducción fue presentado en esta página y cuenta con subtítulos al castellano, pero posteriormente han ido añadiéndose otros con las historias detalladas de los diferentes participantes.

Pero además de estos proyectos, que buscan una visibilidad de mayor alcance, hay otros casos de parroquias y comunidades que realizan una pastoral dirigida a personas LGTB. Es el caso, por ejemplo, de la parroquia de los jesuitas de San Francisco Javier, en Nueva York, que cuenta con un grupo de “gay catholics” desde hace años que se anuncia en su propia página web. Igualmente, en el Reino Unido se llevan a cabo desde hace años las “Misas del Soho”. Eso sí, después de que el arzobispo de Westminster ordenara poner fin a su celebración original en pleno Soho londinense, ahora tienen lugar en la parroquia de la Inmaculada Concepción en Farm Street (Londres) también de los jesuitas. Una actividad pastoral integrada en la capellanía LGTB de la diócesis de Westminster, lo que conlleva un importante reconocimiento oficial.

Os dejamos con el video de introducción al LEAD Ministry de la iglesia de San Mateo realizado por Eric Kruszewski. En la página de su proyecto podéis encontrar agrupados el resto de vídeos.

Fuente Dosmanzanas

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Reducida a un mes la condena a tres años de prisión de los seis jóvenes tunecinos acusados de practicar la homosexualidad

Lunes, 7 de marzo de 2016
Comentarios desactivados en Reducida a un mes la condena a tres años de prisión de los seis jóvenes tunecinos acusados de practicar la homosexualidad

noticias_file_foto_1026469_1450090773La Corte de Apelaciones de la localidad tunecina de Susa ha reducido la pena impuesta a los seis jóvenes estudiantes acusados de practicar la homosexualidad, condenados inicialmente a tres años de prisión, resolviendo que se limite a un mes. Al sobrepasar el tiempo de detención que ya cumplieron antes de la libertad condicional, los acusados no tendrán que volver a ingresar en la cárcel, ni se verán obligados a sufrir los abusos y torturas a que fueron sometidos durante ese período.

El pasado 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, un juez de la localidad tunecina de Kaiurán dictó una condena a tres años de prisión, la máxima establecida por la ley, para seis jóvenes estudiantes, a quienes halló culpables de vulnerar el artículo 230 del Código Penal de Túnez, que castiga las relaciones sexuales entre varones adultos.

A este castigo, se añadió el de destierro de Kaiurán durante los tres años siguientes al cumplimiento de la pena. Uno de los condenados, además, fue hallado culpable del delito de “atentado al pudor” por haber sido encontrados en su ordenador vídeos que el juez consideró “inmorales”.

Una vez presentado el correspondiente recurso, el pasado 7 de enero la Corte de Apelaciones de Susa dictaminó la puesta en libertad provisional de los seis jóvenes, tras abonar una fianza de 500 dinares (225 euros, 245 dólares). La vista de la apelación se fijó inicialmente para el 25 de febrero, pero fue aplazada hasta primeros de marzo.

Más de dieciséis organizaciones internacionales de defensa de los derechos humanos hicieron llegar su protesta al Gobierno de Túnez, solicitando la retirada de los cargos contra los seis estudiantes y la derogación del artículo 230. El presidente Béji Caïd Essebsi, sin embargo, declaró durante un viaje oficial a Egipto que “rechazaba” esa medida, y que la derogación de la ley homófoba “no tendrá lugar”.

Finalmente, la Corte de Apelaciones ha fallado la anulación de la pena de destierro y la reducción de la condena por las prácticas homosexuales a un mes de prisión, tiempo que ya excede al transcurrido entre su detención y la libertad provisional, por lo que no tendrán que volver a ingresar en la cárcel. También ha establecido una sanción de 400 dinares (180 euros, 195 dólares). La decisión es semejante a la tomada con otro joven, conocido como Marwen, que fue condenado inicialmente a un año de prisión por el mismo delito, pena que luego se redujo a los dos meses de cárcel que ya había cumplido.

La abogada de los estudiantes ha comunicado que cuatro de ellos recurrirán al Tribunal de Casación, quizás en busca de que la primera condena sea anulada y así poder quedar libres de unos antecedentes que serán un obstáculo permanente para sus carreras universitarias y profesionales.

El espanto del abuso y la tortura

Presos-LGTB-1Aun denunciando lo esencialmente injusto de cualquier condena por homosexualidad, en este caso hay que congraturlarse al menos de que los jóvenes no tengan que volver a ingresar en la cárcel. El relato que uno de los estudiantes hizo a la organización LGTB tunecina Shams de su detención y estancia en prisión es aterrador. A partir de ese testimonio, así reconstruían los hechos desde la página de Shams (en árabe, traducido al inglés en esta página), con las palabras del joven de 19 años entrecomilladas:

El 1 de diciembre, los seis jóvenes estaban en un apartamento de estudiantes en Kaiurán. De los seis, solo cuatro eran residentes. De los otros dos, uno de ellos se había escapado de su casa después de un altercado con su familia. Su familia había denunciado su desaparición, y la policía lo localizó junto a los otros cinco.

Tras ello, la policía irrumpió en la casa de los estudiantes el 1 de diciembre, mientras que los seis jóvenes estaban cenando. Confiscaron los móviles y ordenadores portátiles de los seis jóvenes. Tres días más tarde, fueron detenidos después de que la policía encontrara un vídeo pornográfico gay en uno de los ordenadores.

“Me negué a ser sometido al examen anal en la clínica, por lo que me golpearon y torturaron física y mentalmente. Finalmente accedí”.

Nunca olvidará las palabras que usó el médico —”¡Agáchate, como si fueses a rezar!”— antes de introducirle un instrumento en el ano y realizar la exploración rectal.

“El calabozo de la comisaría era como una tumba”.

Pero la cárcel fue peor.

“Nos encerraron en una habitación con otros 190 presos, y los abusos por parte de los guardias de la cárcel comenzaron inmediatamente. Nos hicieron dormir en el suelo sin mantas ni colchones”.

Así es como el muchacho, condenado por violar el artículo 230 del Código Penal de Túnez, describió las circunstancias inhumanas de su primer día en prisión, un día de diciembre frío y húmedo.

Al día siguiente, los guardias les llevaron a la peluquería.

“Nos afeitaron la cabeza, mientras nos pegaban e insultaban”.

Pero eso no fue nada comparado con lo que les esperaba los siguientes días.

“Estoy enfermo, y necesito tomar medicación a diario. Cada día, el guardia que me llevaba a la enfermería me acosaba, me acariciaba y me golpeaba en las partes más sensibles de mi cuerpo”.

Eso hizo que su condición psicológica y médica empeorara.

Lo peor era cuando los guardias estaban aburridos. Un cuadro lleno de crueldad.

“Nos exigían que nos pusiéramos a su disposición para divertirles. Durante más de dos semanas, más de quince guardias nos golpearon con palos. Nos obligaban a arrodillarnos para que nos pudieran dar patadas más fácilmente. Nos escupían y nos torturaban con agua, y solo nos soltaban cuando ya no podíamos aguantar más”.

Los guardias difundieron a propósito entre los demás presos el crimen que les había enviado a los seis a prisión, lo que transformó sus noches en la celda en largas pesadillas.

“Los demás presos nos pegaron, nos golpearon en nuestras partes íntimas y trataron de robarnos la ropa. Su líder nos puso en el centro de un círculo, rodeados por los otros presos, que nos pegaban con un palo para que bailásemos. Nos hacían preguntas muy íntimas. Si no contestábamos, nos pegaban. Si lo hacíamos, también nos pegaban”.

Su estancia se convirtió en una lucha contra torturadores y violadores. No fueron capaces de dormir debido a las amenazas de los otros presos:

“Vais a ver lo que os vamos a hacer en cuanto cerréis los ojos.”

El joven proseguía:

“Después de dos semanas de horror y tortura, me tomé las medicinas de otro preso, que tenía un problema con los niveles de glucosa en sangre, porque quería suicidarme. Odiaba la vida. Había perdido la esperanza. No podía dormir. Ya no quería vivir. Nuestros seres queridos nos trajeron comida y ropa, pero nos las confiscaron”.

Estos ciudadanos tunecinos fueron sometidos a torturas y condiciones tan severas como las de Guantánamo. Fueron escupidos por el sistema judicial a las cloacas de la humanidad y al pantano de la injusticia. El joven concluía:

“Incluso después de salir de la cárcel, ya no puedo seguir viviendo: todo se me ha vuelto negro. No puedo comunicarme con mi familia o salir de mi habitación. Me han arruinado los estudios, me han arruinado la vida. No puedo enfrentarme a nadie. Mi país me ha destruido. Me han oprimido y me han destrozado”.

Esperemos que tanto él como sus compañeros logren encontrar la fortaleza y el apoyo necesarios para poder seguir con sus vidas. Aunque el recuerdo de la infamia sufrida será difícilmente superable.

Fuente Dosmanzanas

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