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La Asamblea Nacional francesa vota a favor de prohibir las «terapias» de conversión

Lunes, 25 de octubre de 2021
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asambleaLa Asamblea Nacional, la cámara baja del Parlamento francés, ha aprobado en primera lectura una proposición de ley para prohibir las mal llamadas «terapias» reparadoras o de conversión. El texto prevé multas de hasta 30.000 euros y penas de hasta dos años de prisión, que se incrementarían a 45.000 euros y tres años de cárcel en determinados supuestos, por ejemplo, si la víctima de estas peligrosas prácticas es menor o dependiente. La medida salió adelante por unanimidad y proseguirá su tramitación en el Senado. En Europa se han adoptado normas similares en Malta y Alemania, mientras que España sigue sin una legislación estatal.

La iniciativa surgió de La República en Marcha (LREM), el partido del presidente Emmanuel Macron y persigue la prohibición de las prácticas encaminadas a modificar la orientación sexual o la identidad de género de una persona y que provoquen «una alteración de su salud física o mental». Las sanciones previstas ascienden a los 30.000 euros de multa y dos años de prisión, que aumentan hasta los 45.000 euros y tres años de cárcel en el caso de que la víctima de estas pseudoterapias sea un menor, dependiente o descendiente del autor.

El alcance de estas prácticas en Francia no se conoce con exactitud. Pero una comisión parlamentaria puesta en marcha en 2019 por los diputados Laurence Vanceunebrock (LREM) y Bastien Lachaud (Francia Insumisa) reveló un centenar de casos en los que se llevaron a cabo pseudotratamientos de hipnosis, hormonales, electroshocks, exorcismos, llamadas a la abstinencia e incluso matrimonios heterosexuales forzosos. Vanceunebrock justificó la necesidad de un delito específico que castigue estas prácticas con el objetivo de detectarlas antes para ayudar mejor a sus víctimas.

También se pronunció a favor la ministra delegada de Igualdad de Género, Diversidad e Igualdad de Oportunidades, Élisabeth Moreno, que destacó que la medida permitirá salvar vidas. «No hay nada que curar», afirmó. «Ser uno mismo no es un crimen, no se debe intentar modificar la identidad de género ni la orientación sexual», añadió. La proposición de ley de LREM salió adelante por unanimidad en la Asamblea Nacional el pasado 5 de octubre. La medida pasa ahora al Senado para continuar su tramitación. No está del todo claro, sin embargo, que su aprobación final se produzca antes del fin del actual periodo legislativo en febrero del año que viene. En abril de 2022 tendrán lugar las próximas elecciones presidenciales.

Si finalmente llegara a buen puerto, Francia se podría convertir en el tercer país de Europa en proscribir las pseudoterapias de conversión. En mayo del año pasado, Alemania aprobaba una ley para prohibir, con algunas limitaciones, estas peligrosas prácticas en menores de edad. La pionera fue Malta, que aprobó su ley en 2016. Irlanda ha dado pasos en la misma dirección, antes de la disolución del Parlamento con la convocatoria de elecciones en 2020, y también se debate sobre el asunto en Austria. En mayo de este año, el Gobierno británico de Boris Johnson anunció un proyecto de ley, mientras que en Albania existe un veto de facto, toda vez que el colegio de Psicología prohíbe a sus miembros la práctica de cualquier procedimiento encaminado a intentar cambiar la orientación sexual o la identidad de género, ya sea en menores de edad o en adultos.

En España, mientras tanto, la prohibición de este tipo de intervenciones ha sido ya contemplada en varias normas autonómicas y era una de las disposiciones que preveía la prometida ley en favor de la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI que se discutió en el Congreso de los Diputados (aunque el PP intentó «colar»una proposición alternativa, en forma de enmienda a la totalidad, que no contemplaba este aspecto).  Un proyecto que naufragó con la convocatoria de las elecciones de abril de 2019. Tras la repetición electoral, el acuerdo de Gobierno de coalición entre el PSOE y Unidas Podemos contempla «la aprobación de una Ley contra la Discriminación de las Personas LGTBI incluyendo la prohibición a nivel nacional de las llamadas terapias de reversión».

Y, por fin, el Gobierno de España aprueba el anteproyecto de la Ley Trans, que prohibirá las ‘terapias de conversión’.

En cualquier caso, conviene recordar que el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de toda España, emitió ya en 2017 un comunicado en el que recordaba que las intervenciones que prometen «curar» la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida. Mientras, el año pasado sufrimos un seminario sobre ayudar a cambiar sentimientos homosexuales. En todos casos, nuestros amigos de HazteOir estuvieron ahí apoyando a los homófobos…

Mientras tanto, el Parlamento Europeo ha exigido la prohibición de estas terapias.

Canadá prohibirá las «terapias de conversión» a nivel nacional. En EE.UU., California fue el primero en hacerlo en 2012, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad en 2014) y más tarde se sumaron los estados de  OregonIllinoisVermont,  Nuevo MéxicoRhode Island, Nevada, Connecticut, Washington,  Hawái, MarylandDelaware y New HampshireNueva York, Colorado y Massachusetts, cuyo texto entró en vigor en 2019 tras la firma del gobernador republicano Charlie Baker.

En abril del mismo año  también  se les unía Puerto Rico, estado asociado a los Estados Unidos, aunque en este caso lo hacía mediante una orden ejecutiva firmada por su gobernador, Ricardo Roselló, después de que la Cámara de Representantes puertorriqueña rechazara tramitar un proyecto de ley aprobado por el Senado. Y en mayo, la Cámara de Representantes de Maine aprobó el proyecto de ley 1025 por 91 votos a favor (de demócratas, independientes y cinco republicanos) frente a 46 en contra (todos ellos republicanos). Su tramitación continuó en el Senado, donde salió adelante el día 21 de mayo por 25 votos afirmativos (de los demócratas y cinco republicanos), frente a 9 contrarios (todos republicanos).

Hay además numerosos condados y ciudades que haciendo uso de sus competencias locales han promulgado normas similares. Denver, precisamente la capital de Colorado, lo aprobó por ejemplo en enero de 2019  por decisión unánime de sus concejales.

En abril se les unía Puerto Rico, estado asociado a los Estados Unidos, aunque en este caso lo hacía mediante una orden ejecutiva firmada por su gobernador, Ricardo Roselló, después de que la Cámara de Representantes puertorriqueña rechazara tramitar un proyecto de ley aprobado por el Senado. Hay además numerosos condados y ciudades que haciendo uso de sus competencias locales han promulgado normas similares. Denver, precisamente la capital de Colorado, lo aprobó por ejemplo en enero de 2019 por decisión unánime de sus concejales, así como el estado de Utah.

Y en julio, era Ciudad de México quien prohibía las «terapias» de conversión de la orientación sexual y la identidad de género. Y en octubre de 2020, en el Estado de México. y en julio de 2021 el Estado de Yucatán.

«No» rotundo de los especialistas a las pseudoterapias reparadoras

La comunidad médica mundial en su inmensa mayoría condena estas prácticas y lucha para que los gobiernos las prohíban. A nivel internacional, ya en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las terribles «terapias» reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales. Otras organizaciones que han alertado contra los riesgos de estas intervenciones son la Asociación Médica Británica, las más importantes organizaciones de psicoterapeutas del Reino Unido o, en España, el Colegio de Psicólogos de Madrid. Los testimonios de algunas de las personas atrapadas por las redes que promueven este tipo de prácticas (“ex-gais”) y que años después han conseguido liberarse son un buen ejemplo del daño que pueden llegar a sufrir.

En definitiva, la aplicación o recomendación de este tipo de prácticas van, hoy en día, en contra del conocimiento médico actual y de la lex artis que obliga a todo profesional sanitario.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

De hecho, en julio de este año, nos enterábamos de que el Vaticano frenaba las “terapias de conversión” e instruía a los obispos españoles a desautorizar a un grupo de ex-gays. Sin embargo, con la dimisión del obispo  Xavier Novell nos enterábamos de que éste, participó, y avaló, ‘terapias de conversión’ de homosexuales hasta que fue frenado por el Vaticano. otros prelados que avalaban dichas prácticas (según las víctimas) serían: José Ignacio Munilla, Javier Martínez, Arturo Ros y  Juan Antonio Reig  avalarían estas prácticas

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La historia de “X. X.”, un eclesiástico homosexual que pasó por las ‘terapias de conversión’ y “pensó que no tenía más opción que suicidarse”

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«Nada que Curar», la guía que ayuda a combatir con información científica las denominadas terapias de conversión

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Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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El primer ministro holandés asegura que la heredera del trono de su país podrá casarse con otra mujer, si así lo desea, sin perder sus derechos dinásticos

Martes, 19 de octubre de 2021
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2baa88d5d001c9f01e1af7497fb8c67eLa heredera del trono de los Países Bajos, princesa Catalina Amalia de Orange, podría contraer matrimonio con otra mujer si así lo desea sin perder por ellos sus derechos dinásticos. Así lo ha aclarado el primer ministro holandés, Mark Rutte, en respuesta a una pregunta parlamentaria dirigida al Gobierno.

La pregunta tiene su origen en una polémica aireada a raíz de la publicación del libro «Amalia, de plicht roept» («Amalia, el deber te llama»), de Peter Rehwkinkel, sobre la heredera del trono neerlandés, que en diciembre de este año cumplirá 18 años, en el que al parecer se presenta como problemática la situación jurídica que derivaría de un eventual compromiso de la princesa con una persona de su mismo sexo. Mark Rutte ha aclarado que esto no es así y que la princesa heredera podría casarse con otra mujer sin que ello significase la pérdida de dsus derechos dinásticos. Los Países Bajos, recordemos, fue el primer país del mundo en poner fin a la discriminación de las parejas del mismo sexo en 2001, dos años antes del nacimiento de Catalina Amalia.

Es necesario puntualizar que el matrimonio de los herederos al trono necesita de la aprobación del pleno del Parlamento neerlandés, que en podría vetarlo si una mayoría considera inconveniente. De hecho, cuando el entonces príncipe Guillermo Alejandro, actual rey de los Países Bajos, anunció su compromiso con la argentina Máxima Zorreguieta, hoy reina consorte, el Parlamento dio su aprobación por 203 votos a favor y 15 en contra (recordemos que la relación entre el padre de la actual reina con la dictadura de Videla fue entonces objeto de una intensa polémica).

Fuente Dosmanzanas

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Kuwait condena a dos años de prisión a una mujer trans a la que acusa de «imitar al sexo opuesto» en sus redes y comunicaciones onlinne

Martes, 19 de octubre de 2021
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224E83D5-FE63-4535-8B16-DE10ED1FDAC7Un tribunal de Kuwait ha condenado a dos años de prisión a una mujer trans de 40 años por «imitar al sexo opuesto» en sus redes y comunicaciones online. Lo ha denunciado la organización de defensa de los derechos humanos Human Rights Watch, que reclama a las autoridades kuwaitíes su inmediata libertad y que se le permita vivir de manera segura con su identidad femenina.

Según informa Human Rights Watch, Maha al-Mutairi, una mujer trans de 40 años, fue condenada el pasado 3 de octubre a dos años de prisión y a pagar una multa de 1.000 dinares kuwaitíes (cerca de 3.000 euros) por «imitar al sexo opuesto» en sus actividades online, lo que le ha valido una condena por «hacer un mal uso de la comunicación telefónica». Aunque Maha al-Mutairi intentó evadir a la justicia tras conocer la condena, finalmente fue detenida el pasado 11 de octubre en un hotel. En estos momentos se encuentra en una prisión masculina, ocupando por el momento una celda aislada. Su abogada, Ibtissam al-Enezi, ha trasladado a la Human Rights Watch que el tribunal usó vídeos de las redes sociales de al-Mutairi como prueba, alegando que usaba maquillaje, se identificaba como mujer y hacía supuestas «insinuaciones sexuales», además de criticar al Gobierno de su país. Su audiencia de apelación está prevista el próximo 31 de octubre.

No se trata, de hecho, de la primera vez que Maha al-Mutairi es detenida por su identidad de género, y de hecho ella ha denunciado varios episodios previos de abusos, violencia y agresiones sexuales por parte de las fuerzas de seguridad kuwaitíes, el más grave de ellos durante una estancia de siete meses en una prisión masculina en 2019. «La continua vigilancia, los repetidos arrestos y el encarcelamiento de Maha al-Mutairi por parte del gobierno de Kuwait debido a su identidad trans es una violación flagrante de sus derechos básicos», ha denunciado Rasha Younes, investigadora de derechos LGTB de Human Rights Watch. «Las autoridades kuwaitíes deben revocar de inmediato su condena y permitirle vivir de manera segura como mujer», ha añadido.

Kuwait, monarquía del Golfo Pérsico con estrechos lazos con los países occidentales, castiga como delito en su Código Penal la «imitación del sexo opuesto» desde 2007, aunque en este caso la condena se habría visto agravada por un artículo de ley de telecomunicaciones que castiga con cárcel a todo aquel que «utilice indebidamente» las comunicaciones telefónicas. Dos artículos que Human Rights Watch pide a la Asamblea Nacional de Kuwait que derogue de inmediato por sus efectos perversos sobre las personas trans, en base al artículo 36 de la Constitución de Kuwait, que garantiza la libertad de expresión, y de los convenios internacionales contra la discriminación firmados por ese país.

Todo ello sin olvidar que Kuwait es además uno de los países que siguen criminalizando las relaciones sexuales consentidas entre varones adultos, con penas que pueden llegar a los siete años de prisión.

Fuente Dosmanzanas

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Una jueza de Castellón ordena la retirada urgente de libros de temática LGTBI repartidos a los institutos apelando al riesgo de «perjuicios irreparables»

Lunes, 18 de octubre de 2021
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8533F4E2-614A-4BC3-8580-C8FD055BB213-768x746 En una decisión judicial sorprendente, una jueza de Castellón ha ordenado la retirada inmediata de las bibliotecas de once institutos y de un cento socioeducativo de la ciudad de 32 libros de temática LGTBI que el Ayuntamiento de la ciudad les había donado. La jueza del juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Castellón ha accedido a la petición de la organización ultraconservadora Asociación de Abogados Cristianos, que le había solicitado la retirada cautelarísima de los libros a la espera de que se resuelva si la donación de los libros vulnera, como argumenta la mencionada organización, «el derecho de los padres a decidir la educación de sus hijos, la libertad ideológica y de culto y la obligación de la administración de ser objetiva y neutral».

No ha ocurrido en Rusia, Polonia o Hungría, sino en España. La jueza Carola Soria (que ya protagonizó una reciente polémica al autorizar la aplicación de una pseudoterapia contra la covid-19 a un paciente en contra del criterio de los médicos que lo atendían) vuelve a ser protagonista de la actualidad al acceder a la petición de la ultraconservadora de Asociación de Abogados Cristianos de que los libros, adquiridos por el Ayuntamiento de Castellón para las bibliotecas de los institutos de la ciudad, sean retirados de forma cautelarísima, es decir, de forma inmediata y sin ni siquiera esperar a escuchar los argumentos de las partes por concurrir circunstancias de especial urgencia. Según el auto de la jueza, «en dicho lapso de tiempo podrían ya ponerse los mismos a disposición de los alumnos menores de edad a quienes van dirigidos, lo que haría perder la finalidad legítima al recurso y producir los alegados ‘perjuicios irreparables’ que con la interposición del recurso contenciosoadministrativo a través del procedimiento de derechos fundamentales, por presunta vulneración de los derechos contenidos en el art. 16 CE y art. 27.3 CE, se pretende evitar».

Desde el Ayuntamiento de Castellón, gobernado por una coalición de formaciones de centro-izquierda al frente de la cual se sitúa la socialista Amparo Marco y cuyas Concejalías de Cultura y Feminismos y LGTBI ocupa Verònica Ruiz (Compromís), se ha trasladado a los centros educativos mencionados el auto para que los lotes de libros permanezcan embalados (han sido enviados esta misma semana) y no sean distribuidos todavía a las bibliotecas, pero al mismo tiempo se anuncia el correspondiente recurso contra la decisión judicial. «Nos reafirmamos con la adquisición y distribución en los centros de estos lotes de libros, comprados bajo criterio técnico, porque estamos en una sociedad democrática y libre, donde tiene que prevalecer la tolerancia y los derechos fundamentales, porque los jóvenes de hoy serán los adultos de mañana. No entendemos ninguna vulneración a la libertad religiosa ni ideológica a la que Abogados Cristianos apela en el auto», han manifestado desde el Ayuntamiento.

Los libros retirados son los siguientes (según el listado publicado en Twitter por Verònica Ruiz):

  • Corcel de Fuego, de Lucía Sánchez Saornil
  • Leia, Rihanna & Trump, de Proyecto Una
  • No vine a ser carne, de Gata Cattana
  • Lesbianas. Así somos, de Marta Fernández Herráiz y Kika Fumero
  • Después de lo trans, de Elizabeth Duval
  • ¿Y si fuéramos nosotros?, de Becky Albertalli y Adam Silvera
  • Transfeminismo o barbarie, de varias autoras
  • Libérate, de Valeria Vegas (ver reseña en dosmanzanas)
  • We Too, de Octavio Salazar
  • A la conquesta del cos equivocat, de Miquel Missé
  • Orgullo, de Josema Busto
  • Orgullo, de Matthew Todd
  • Con amor, Simon, de Becky Albertalli (ver reseña en dosmanzanas. Nota: el libro ha sido renombrado tras su adaptación al cine. El título original es Yo, Simon, Homo Sapiens).
  • ¿Por qué ser feliz cuando puedes ser normal?, de Jeanette Winterson (ver reseña en dosmanzanas)
  • El amor del revés, de Luisgé Martín (ver reseña en dosmanzanas con entrevista a su autor)
  • La cultura de la homofobia y cómo acabar con ella, de Ramón Martínez (reseña en dosmanzanas)
  • Cuando muera Chueca, de lgnacio Elpidio Domínguez Ruiz
  • Un año sin nombre, de Cyrus Dunham
  • Familias modernas. Padres e hijos en las nuevas formas de familia, de Susan Golombok
  • Chicas que entienden. In-visibilidad lesbiana, de varias autoras (ver reseña en dosmanzanas)
  • Gay sex, de Gabriel J. Martín
  • De nombre y hueso, varias autoras
  • No estamos tan bien, de Rubén Serrano (ver reseña en dosmanzanas)
  • Jo sóc així i aixó no és un problema, de Fani Grande
  • El fin del armario, de Bruno Bimbi (ver reseña en dosmanzanas con entrevista al autor)
  • Transexualidades. Otras miradas posibles, de Miquel Missé (ver reseña en dosmanzanas)
  • Cómo supera un bollodrama, de Paula Alcaide
  • Ahora que ya lo sabes, de Oriol Pamies
  • Queer: una historia gráfica, de Meg-John Barker y Julia Scheele
  • LGTB para principiantes, de Daniel Valero (ver entrada referida al libro en dosmanzanas)
  • Transeducar. Arte, docencia y derechos LGTB, de Ricard Huerta

https://twitter.com/olympeabogados/status/1449405796962512898?s=21
Fuente Dosmanzanas

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Detenciones arbitrarias contra comunidad LGTBI en Uganda y un proyecto de ley para endurecer la represión

Sábado, 16 de octubre de 2021
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Bandera-de-UgandaContinúa la represión policial contra la comunidad LGTBI en Uganda, aunque finalmente las sentencias liberen sin cargos a los detenidos, algunos de los cuales incluso deben ser indemnizados por conculcarse sus derechos constitucionales. En dos ocasiones, la policía detuvo a sendos grupos de jóvenes en refugios para personas LGTBI tras presentarse denuncias por llevar a cabo actos homosexuales o celebrar una «boda gay». Sin embargo, los cargos finalmente presentados en ambos casos fueron los de «propagación negligente de enfermedades» por violar la normativa impuesta en la lucha contra la COVID-19, un subterfugio con el objetivo de conseguir un castigo en los tribunales ante la falta de pruebas para los delitos que perseguían. Mientras tanto, el Parlamento aprobó en primera lectura el Proyecto de Ley de Delitos Sexuales, que agrava las penas para las personas que mantengan relaciones con personas de su mismo sexo, incluyendo a las mujeres, y establece su inclusión permanente en un registro público de delincuentes sexuales. 

Uganda-denunciantes-torturasDemandantes por torturas en prisión

La primera de las redadas se produjo en la mañana del 29 de marzo de 2020, cuando la policía entró en un albergue para jóvenes LGTBI sin hogar en Kyengera, a las afueras de la capital Kampala y detuvo a los 23 jóvenes varones allí presentes. Según denuncia el Foro por la Concienciación y la Promoción de los Derechos Humanos (HRAPF), al menos dos de ellos fueron agredidos. Tras dejar en libertad a tres de los arrestados, los restantes veinte fueron puestos a disposición judicial y enviados a prisión provisional, acusados de desobediencia y de transmisión negligente de enfermedades, en aplicación de las normas de distanciamiento social impuestas por la pandemia de COVID-19 prohíben las reuniones de más de cinco personas.

Sin embargo, la actuación policial partió de las denuncias de los vecinos del barrio, que acusaban a los jóvenes de llevar a cabo actos homosexuales, ofreciendo como prueba de su acusación el «amaneramiento anormal» de los refugiados. La policía sometió a los jóvenes detenidos al «paseo de la vergüenza», al conducirles a través del barrio, a la vista de todos, hasta la comisaría de Nkonkonjeru.

Finalmente, 19 de los detenidos fueron encarcelados, sin posibilidad de conseguir un abogado debido a las restricciones por la pandemia y, por lo tanto, sin poder solicitar la libertad bajo fianza. Así permanecieron durante 50 días, en condiciones infrahumanas. Según sus abogados, cuando finalmente pudieron visitarles en la prisión para encargarse de su defensa, entre los detenidos se dieron casos de desnutrición, disentería, malaria y tifus. Tampoco se proporcionó el tratamiento necesario a los prisioneros que conviven con el VIH, no por falta de medios, sino por el criterio de las autoridades de la prisión de no dar ningún medicamento a los prisioneros VIH positivos. Dadas estas circunstancias, algunos de los jóvenes detenidos han presentado una demanda por las torturas y el trato degradante de que fueron objeto durante su permanencia en prisión.

Uganda-detenidos-liberados-mayo-2020Liberación tras 50 días

Pasados esos 50 días, un juez dictaminó la puesta en libertad sin cargos de los 19 detenidos. Además, se estableció una indemnización para cada uno de ellos de 1341 dólares (1160 euros), por habérseles impedido su derecho a un abogado y a la solicitud de libertad bajo fianza. Según el magistrado, el derecho a un «juicio justo» no puede ser conculcado y debe garantizarse incluso en situaciones de emergencia como la pandemia de la COVID-19.

Una nueva redada en un refugio LGTBI con 42 detenidos

El 31 de mayo de este 2021 se produjo en la localidad de Nansana un hecho semejante. La policía irrumpió en el albergue para jóvenes LGTBI sin hogar Happy Family Youth Uganda Limited, alegando que estaba teniendo lugar en su interior la ceremonia de una «boda gay». Según el portavoz policial, permanecían en el local un total de 38 varones y 6 mujeres, los hombres estaban maquillados y se encontraron lo que parecían regalos y también preservativos sin usar.

Uganda-detenidos-31-mayo-2021Detenidos el 31 de mayo de 2021

Se procedió a la detención de 42 de los presentes y su traslado a la comisaría de Nansana. Según denuncia HRAPF, al menos 17 de ellos fueron sometidos allí a inspecciones anales sin su consentimiento, algo considerado como una forma de tortura.

Sin embargo, ante el tribunal los cargos presentados fueron, como en el caso anterior, por violar la normativa establecida para la lucha contra la COVID-19 en cuanto al número de personas reunidas y la falta de distancia social. En concreto, la acusación fue la de «llevar a cabo un acto negligente que pueda propagar una infección o enfermedad».

En esta ocasión, los detenidos contaron desde el primer momento con la presencia de los abogados de HRAPF, que solicitaron de inmediato la libertad bajo fianza. Al ser concedida, permanecieron en prisión tan solo unos pocos días. Según declaraciones de HRAPF, el trato por parte de las autoridades de la cárcel fue correcto, quizás por temor a una nueva demanda. Sin embargo, fueron maltratados por la policía durante su detención y también por otros prisioneros, particularmente por los que se consideran líderes.

Finalmente, el 23 de septiembre tuvo lugar la audiencia en el tribunal de Nansana, tras la que se dictó sentencia absolutoria, quedando los 42 acusados definitivamente en libertad sin cargos.

Nuevo Código Penal y registro público de condenados por homosexualidad

El pasado mes de mayo, el Parlamento de Uganda aprobó el Proyecto de Ley de Delitos Sexuales, que incluye entre los actos punibles las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo.

El Código Penal en vigor establece penas de prisión, que pueden llegar a la cadena perpetua, para aquellos que «tengan conocimiento carnal contra natura con otra persona». El nuevo proyecto de ley especifica en su artículo 11 que los delitos punibles serán «la penetración del ano de otra persona con un órgano sexual o cualquier otro objeto» y «un acto sexual entre personas del mismo sexo». Esto supone la inclusión inequívoca de las mujeres dentro de este tipo de delitos y el fin de cualquier ambigüedad sobre el significado de «contra natura».

El texto aprobado también establece la creación de un registro permanente de delincuentes sexuales en el que se incluirán a todos los condenados por los delitos establecidos en el proyecto de ley. El registro será accesible para agencias de seguridad, compañías de seguros médicos, centros educativos, arrendadores, bancos y el público en general.

Yoweri-Museveni-presidente-UgandaYoweri Museveni,

Tras la aprobación por el Parlamento el proyecto de ley fue remitido al presidente Yoweri Museveni, para su promulgación. Sin embargo, en el mes de agosto Museveni decidió devolver el texto para su reconsideración. Según la vicepresidenta del Parlamento, Anita Among, el presidente había señalado que varios de los delitos incluidos en el proyecto de ley ya estaban sancionados por el Código Penal. Asimismo, Museveni apuntó que la Comisión de Reformas Legislativas había propuesto varias enmiendas al texto dirigidas a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Parlamentarios que nunca fueron consideradas.

A la agrupación de colectivos de activistas LGTBI Sexual Minorities Uganda (SMUG) le preocupa que el proyecto de ley aumente el ambiente fuertemente homófobo en la sociedad ugandesa. Según SMUG, el artículo 11 vulnera los derechos y la protección de las minorías estipulados en la Constitución de la República de Uganda.

La difícil situación de la comunidad LGTBI en Uganda

La situación de las personas LGTBI en Uganda es muy complicada. Como señalábamos anteriormente, el artículo 145 del Código Penal castiga con penas que pueden llegar hasta la cadena perpetua a aquellos que «tengan conocimiento carnal contra natura con otra persona». El mero intento de mantener relaciones homosexuales o lo que se denominan «prácticas indecentes» se castiga con hasta siete años de prisión. En 2017, el Orgullo LGTBI de Uganda tuvo que ser cancelado tras amenazar el Gobierno de este país africano con detenciones masivas. Unas amenazas que, unidas al antecedente de 2016 (cuando la policía ugandesa interrumpió la celebración y detuvo a varios activistas), llevaban a los activistas LGTBI ugandeses a dar prioridad a su seguridad.

Pero la durísima normativa no parece satisfacer a los LGTBIfobos. La presidenta del Parlamento, Rebecca Kadaga, insistía en 2016 en reintroducir un proyecto de ley que endurecía el trato penal a la homosexualidad, con la pretensión de establecer la pena de muerte en determinados casos, y a la cual ella misma llegó a llamar «un regalo de Navidad». El proyecto había sido aprobado por el Parlamento en diciembre de 2013, pero finalmente fue invalidado por el Tribunal Constitucional a causa de una falta de procedimiento: se había votado sin el quórum necesario. El nuevo Proyecto de Ley de Delitos Sexuales de 2021, pendiente de revisión por el Parlamento, trata de recuperar muchos de los aspectos del frustrado en 2016.

Lo que no dejan de sucederse son los ataques a la libertad de reunión y asociación. En 2015, de hecho, se aprobó una ley, y esa sí está en vigor, que permite al gobierno tener un control férreo sobre las ONG y asociaciones del país, pudiendo no autorizar sus actividades e incluso disolverlas si no se adecuan al «interés público» o si son «contrarias a la dignidad del pueblo de Uganda». Las asociaciones LGTBI ya avisaron de su peligro, ya que los activistas que trabajen en una organización que no cuente con el visto bueno del gobierno pueden llegar a ser encarcelados. Ello supone llevar la lucha por los derechos LGTBI a la ilegalidad.

Por fortuna, el Tribunal Constitucional de Uganda aliviaba un poco la presión a finales de 2016, al declarar contraria a derecho la normativa que impedía a determinados grupos, marcados en la ley como «inmorales o socialmente inaceptables», la posibilidad de reclamar ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en los casos de discriminación. Entre los colectivos señalados se encontraban el de las personas LGTBI (para quienes fue diseñada especialmente la norma), los trabajadores del sexo o las personas que viven con el VIH.

Pero conviene tener en cuenta que no todo depende del marco jurídico: la sociedad civil ugandesa también es fuente de ataques homófobos. Un ejemplo es el intento de linchamiento a un grupo de hombres homosexuales o los ataques que reciben los activistas que intentan llevar adelante la lucha. En octubre del año pasado recogíamos nuevos casos de violencia social y policial espoleada por las declaraciones de un ministro que animaban a reabrir el debate sobre la pena de muerte para las relaciones entre personas del mismo sexo.

En abril del pasado año, tras huir de Uganda, un refugiado gay se ahorcaba junto a la sede de la ACNUR en Nairobi (Kenia). Otro refugiado contaba: “Cuando eres gay en Uganda, no se te considera una persona”. Quedaba demostrado que el colectivo LGTB+ en Uganda sufre un aislamiento continuo…

En 2019, el ministro de seguridad de Uganda había llamado “terroristas” a las personas LGBT+ en un visceral ataque contra un candidato presidencial y sus partidarios. Pero, en un paso màs de esta escalada homófoba, el gobierno de Uganda anuncio que las condenas con pena de muerte volverán a ser vigentes, cinco años después de que las anularan. Según fuentes, con esto quieren frenar el aumento de relaciones sexuales no naturales del país.

En agosto, una mujer LGTBI que buscó asilo en el Reino Unido y fue deportada a Uganda -donde el sexo gay es ilegal- ha contado cómo fue perseguida y violada en grupo a causa de su sexualidad. La mujer, conocida sólo como PN, regresó al Reino Unido el lunes 5 de agosto después de que el Tribunal Supremo dictaminara que la decisión de rechazar su solicitud de asilo era ilegal.

La valiente e importantísima labor del activismo LGTB de este país se veía reconocida, en todo caso, a finales de 2017, cuando el Gobierno Vasco reconocía con el Premio René Cassin 2017 el activismo LGTB de la asociación africana Sexual Minorities Uganda.

En fin, si ponemos en el buscador el nombre de Uganda… el horror es cotidiano.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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Sara, la niña secuestrada por su padre en Irak, es hoy un joven trans, Haidar

Sábado, 9 de octubre de 2021
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Haidar Alí Moracho, sentado en un banco de la plaza de la Iglesia, en Galapagar (Madrid). 
David Expósito

Su rapto fue un fenómeno contado en una serie de televisión. Ahora, Haidar Ali Moracho se prepara para narrar su relato en una novela

“Evidentemente si me hubiera quedado allí (en Irak), no hubiera tenido una vida feliz”

Fernando Peinado
Madrid – 02 OCT 2021-01:15

El rapto de Sara, una niña madrileña de ocho años, es hoy una historia casi olvidada, pero hace 12 años capturó la atención de media España. El secuestro por su padre iraquí duró casi tres años y acabó en marzo de 2009 con la imagen feliz de Sara al llegar a Barajas, tapada con velo islámico y acompañada de su madre española. En realidad, el relato que se hizo entonces era incompleto. Sara es hoy un joven trans de 23 años, Haidar Ali Moracho, y está trabajando en una novela biográfica para reescribir todo lo que se contó. Ahora tiene madurez para que se oiga su voz y muchos motivos para hacerlo. “Se ha contado una historia, pero no se ha tenido en cuenta mi versión”, dice él.

Haidar vive con su madre y su abuela en una casita de Galapagar, el municipio de casi 35.000 habitantes en la sierra madrileña donde residía cuando su padre le secuestró y donde retomó su vida tras el rescate. En la plaza de la Iglesia los bancos están pintados de color arcoíris desde junio, el mes del Orgullo. Pasea sin ser reconocido. Este es un pueblo dormitorio de la capital de España donde la gente vive y deja vivir.

A media mañana de un día soleado habla sobre su vida de película en una tranquila terraza de la plaza, mientras toma un Nestea. Ha pasado mucho desde que los medios dejaron de interesarse por el drama que protagonizó. Entre 2006 y 2009, su caso fue objeto de múltiples reportajes, en particular en el programa El Diario de… presentado por Mercedes Milá en Telecinco. El periodista Javier Ángel Preciado acompañó a su madre, la madrileña Leticia Moracho, en varios viajes a Irak durante los peores años de la guerra que estalló en aquel país tras la invasión de EE UU. Se subieron a helicópteros y aviones militares y tuvieron entrevistas con mercenarios, diplomáticos o el ministro de Exteriores, Miguel Ángel Moratinos. Sara vivía con su padre Abbas Ali Husain en un barrio humilde de Basora, la mayor ciudad del sur. Llegó allí con ocho años. Su padre la montó en un avión un fin de semana que estaba a su cargo y que supuestamente iban a pasar juntos en su piso cercano a la Puerta del Sol.

El rescate parecía imposible porque las autoridades iraquíes hacían caso omiso de una orden de búsqueda y captura de Interpol, protegiendo así al padre musulmán e iraquí frente a la madre cristiana y europea. Pero gracias a la tenacidad de Preciado y al amor de Leticia las tornas fueron cambiando. Tras los sensacionales reportajes, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero incrementó la presión diplomática y eso influyó en el comportamiento de las autoridades del país árabe. El padre de Sara cometió un error que pagó caro. Para zafarse de Leticia, envió a España una solicitud de divorcio y fue entonces cuando la madre descubrió que el padre había falsificado el acta matrimonial que presentó en Irak para justificar su derecho a la custodia. En realidad, durante los 16 años de su relación en Madrid nunca estuvieron casados. Tras un juicio en Basora en el que participaron Leticia y el periodista de Telecinco, el padre fue esposado y llevado a un calabozo, acusado de falsedad documental. Sara quedó a cargo de sus otros familiares iraquíes, los medios hermanos y su abuela paterna. El padre llegó entonces a un acuerdo extrajudicial para que Leticia pudiera quedarse con la custodia. El periodista, la madre y Sara volvieron triunfales a España un domingo de marzo de 2009. El regreso abrió los noticieros.

Al año siguiente, Preciado escribió el libro “Rescatando a Sara”, y en 2014, Antena 3 emitió en horario prime time una miniserie de dos capítulos con el mismo nombre y con Carmen Machi en el papel de la madre y Fernando Guillén Cuervo en el del padre.

901D9CF6-893D-48AC-B962-128A8C40091F-768x433Los actores de la serie Rescatando a Sara, Fernando Guillén Cuervo y Carmen Machi, junto a Haidar.

La historia del rescate acabó ahí. Un final feliz. Pero tras bajarse del avión en Barajas, comenzó otra liberación. A los pocos meses, conoció a Cory en un chat de Internet sobre el anime japonés Dragon Ball. La presentación fue virtual.

“¿Sabes que conozco a otra chica como tú que quiere ser chico?”, le escribió a Sara por chat una fan de la serie.

Cory Ibáñez Blanco vivía San Fernando de Henares, otro municipio madrileño, pero separado de Galapagar por una hora de carretera.

Sara era fan de Vegeta, el villano que en la serie se pasa al lado de los buenos. A Cory le gustaba Trunks, hijo de Vegeta y uno de los personajes más populares. Hablaron por chat durante un año sobre su hobby y sobre su otra peculiaridad. Ambos sentían que estaban atrapados en un cuerpo que no era el suyo. Era algo que cada uno notaba desde hacía años, pero a lo que no habían dado nombre.

Pasó algo más. Se enamoraron y buscaron la manera de tener una cita. Finalmente se vieron en persona una tarde de navidades en la Puerta del Sol, acompañados de otros amigos y con la supervisión de adultos. Al verse, Sara y Cory se fundieron en un abrazo de felicidad. A Leticia, la madre de Sara, se le saltó una lágrima al ver esa demostración tan intensa de amistad. Más tarde, cuando los padres no miraban, Haidar le dio un beso en la mejilla a Cory, un momento que inmortalizaron en un selfie.

Pero cuando Sara tenía 14 años, la madre prohibió los encuentros al enterarse de que ambos eran chicos trans y tenían una relación de amor. Creía que su transición de género era un capricho y que los dos estaban confundidos. Le tomó un año más aceptar a su hijo, que ya se identificaba con el nuevo nombre masculino Haidar, que en árabe significa León.

Haidar y Cory siguen siendo pareja tras más de diez años de relación. Ambos continúan en casa de sus respectivos padres y la capital es su lugar de encuentro habitual, a medio camino entre Galapagar y San Fernando de Henares. Les gustaría independizarse y vivir juntos, pero sufren la falta de oportunidades dignas que golpea a su generación. Los dos padecen también el retraso de la sanidad pública madrileña, donde las esperas para el cambio de sexo superan los seis años.

017CD399-D5E2-40F6-84BF-C1464F577A57-768x512Haidar Alí Moracho y Cory Ibáñez Blanco, este miércoles en un parque de San Fernando de Henares (Madrid) David Expósito

Haidar quiere estudiar un máster que le prepare para ser traductor de árabe. Cory, que tiene 26 años, es dibujante. Va a ilustrar el libro que está escribiendo Haidar.

Su pareja tiene más de 100 páginas escritas a ordenador y una lista de recuerdos que anota en una pequeña libreta con la foto de un gato en la portada. Son breves enunciados de los episodios que luego desarrolla sobre el teclado: “El ayuno. La nueva esposa de papá. Cambios de casa y de colegio. La nota (te odio por lo que has hecho, papá)…”.

Su padre se portó muy mal, pero Haidar le recuerda también como un hombre amoroso y comprensivo. “Quiero dejar testimonio de que mi padre quería dármelo todo. Estudios, cuidados. Me enseñó el Basora que él conoció, me llevó de paseo por el río, a la biblioteca, al zoco”, rememora. “Quiero que dentro de unos años, cuando repase lo que he escrito, no se borre de mi recuerdo esa parte buena de él”.

Otra misión es derribar los estereotipos sobre el mundo árabe que son comunes en los relatos de autoría occidental. Mostrará el respeto por las personas mayores, algo que vio en la autoridad que tenía la matriarca de la casa, su abuela Zequie. Eso no supone ocultar el machismo o los prejuicios de las sociedades árabes. En un capítulo narrará cómo su mejor amiga, Aliá, que tenía el sueño de estudiar Medicina en Bagdad, rompe a llorar desconsolada cuando le confiesa en el recreo que su familia la iba a casar con solo 12 años con un hombre de Basora.

A diferencia de su amiga, él sí pudo escapar de la represión. “Evidentemente si me hubiera quedado allí, no hubiera tenido una vida feliz. No sé qué hubiera sido de mí, pero lo habría pasado muy mal reprimiendo mi identidad”.

8C7E933D-9F95-488C-9C15-13BFDF5F48A2-768x512La libreta en la que Haidar anota los recuerdos que luego lleva a su novela. David Expósito

Hace dos años, Haidar recibió un mensaje de WhatsApp que temía llegaría algún día.

“Te he buscado en Facebook y he visto que has cambiado el nombre y tienes una foto con barba. ¿Qué te pasa?”. Era su padre, escribiendo desde Irak. Haidar recuerda que era final de julio y el mensaje le sorprendió en el cuarto de su casa de Galapagar, preparando la maleta para irse de vacaciones con Cory a Granada.

El mensaje de su padre apareció junto a su foto, muy desmejorado. Es un hombre que aparenta más de los 65 años que suponen que tiene (nunca han sabido exactamente su año de nacimiento debido a que no había registro sistemático por entonces en Irak).

Los dos no se habían vuelto a ver desde que se despidieron en Bagdad, antes del regreso televisado a España. Pero se whatsappeaban cada cierto tiempo en una mezcla de árabe y español. Con los años, la relación se enfrió. Haidar intentaba que su padre le contara cosas del día a día, pero lo único que le interesaba era adoctrinarle. Le mandaba oraciones y otros mensajes religiosos. Al ver ese día la pregunta de su padre por su nuevo aspecto físico, Haidar pensó que a esas alturas no tenía sentido mentir. Le empezó a explicar su transición. Para su sorpresa, el padre reaccionó neutralmente. Le hizo preguntas y repreguntas. ¿Dónde?, ¿cuándo?, ¿cuánto cuesta?

Quizás, a pesar de su religiosidad, a pesar de la distancia, su padre iba a dar prioridad al amor hacia su hijo. Sintió la esperanza de que le aceptaría, igual que hizo su madre.

Pero su tono cambió: “De esto tiene la culpa tu madre porque te deja hacer lo que quieres”, le espetó. “Estás viviendo en pecado porque estás cambiando la forma en que Alá te hizo”. Entonces, Haidar decidió poner fin a la discusión. Bloqueó a su padre. Cortó ese último lazo y hasta hoy ha seguido su propio camino en libertad.

Fuente El País

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La debacle de los democristianos y la subida de socialdemócratas y verdes auguran mejoras legislativas para la comunidad LGTBI en Alemania

Miércoles, 6 de octubre de 2021
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A8E1CC45-CFF2-4A81-B602-8723F04A5FF0-768x432El socialdemócrata y previsible canciller Olaf Scholz

Alemania celebró el pasado domingo las elecciones generales que ponen punto final a la era Merkel. La retirada de la canciller se ha saldado con una debacle para los democristianos de la CDU/CSU, que cosechan el peor resultado de su historia con un 24%. Por el contrario, los socialdemócratas del SPD se hacen con la victoria tras subir más de cinco puntos. Los otros vencedores son Los Verdes, que consiguen su mejor marca con casi un 15% y tendrán la llave del futuro Gobierno junto con los liberales del FDP. El posible desalojo de la Unión tras dieciséis años liderando el país es una buena noticia para la comunidad LGTBI, que espera avances legislativos que ya se han postergado demasiado tiempo. En lo que se refiere a la visibilidad, el nuevo Bundestag hace historia con las dos primeras mujeres trans en ocupar escaños y al menos otros 19 miembros abiertamente LGTBI.

La legislatura que ha acabado ahora, la segunda consecutiva con un Gobierno de gran coalición  liderado por Angela Merkel, ha visto pocos avances en materia de derechos LGTBI. Entre los asuntos más relevantes se cuenta la introducción de «diverso» como tercera opción de sexo legal junto a «masculino» y «femenino», la prohibición de las pseudoterapias de conversión en menores, el fin de la discriminación de las personas trans e intersexuales en el acceso a la policía o la rehabilitación de los militares discriminados por ser gais o lesbianas.

En cuanto a los comicios del pasado domingo, los resultados han traído la consolidación de las tendencias apuntadas por las encuestas, como ya pasara en 2017. Los socialdemócratas se alzan con la victoria por primera vez desde 2002, impulsados por su bien valorado candidato Olaf Scholz (suben del 20,5% al 25,7% y consiguen 206 escaños en el Bundestag). Los democristianos de la CDU/CSU se desploman tras la salida de Angela Merkel y cosechan su peor resultado histórico (pasan del 32,9% de los votos al 24,1% y se quedan con 196 escaños). El resto del Bundestag se reparte entre Los Verdes, que alcanzan su mejor cifra hasta la fecha (14,8% y 118 escaños), los liberales del FDP, con una ligera subida (11,5% y 92 escaños), la ultraderecha de la AfD con un leve descenso (10,3% y 83 escaños) y la izquierda de Die Linke, junto a los democristianos los grandes perdedores de la noche (4,9% y 39 escaños). También entra un diputado en representación de las minorías danesa y frisona en Schleswig-Holstein.

El cordón sanitario a la extrema derecha deja solo tres posibles coaliciones de Gobierno con mayoría parlamentaria: una repetición de la gran coalición (pero con el SPD al frente) que se da casi por descartada, una coalición «jamaicana» entre CDU/CSU, Verdes y FDP, o un pacto «del semáforo» entre SPD, Verdes y liberales, que hoy en día parece la opción más probable. Requerirá, eso sí, de un gran esfuerzo negociador para conciliar las posturas divergentes, sobre todo en política fiscal y presupuestaria, entre las fuerzas de centroizquierda y los liberales del FDP.

En materia LGTBI, sin embargo, el posible pacto entre tres fuerzas decididamente a favor del avance en derechos se contempla con un moderado optimismo. Sobre las principales reivindicaciones de los colectivos LGTBI alemanes debería haber consenso entre SPD, Verdes y FDP. Se trata, por ejemplo, de la reforma de la ley de identidad de género (que data de 1980) en un sentido despatologizador y de autodeterminación de género, o de la reforma constitucional para prohibir la discriminación basada en la identidad sexual. El refuerzo de la educación en la diversidad, la protección a los refugiados LGTBI o la lucha contra los delitos de odio también podrían estar en la agenda. Estaremos pendientes de las negociaciones.

Una victoria de la visibilidad

El recién elegido Bundestag representa un hito de la visibilidad trans: por primera vez, dos mujeres trans se sentarán en sus escaños. Se trata de Tessa Ganserer, hasta ahora en el Parlamento de Baviera, y de Nyke Slawik, ambas pertenecientes a Los Verdes. La nueva cámara baja cuenta en total con al menos 21 personas abiertamente LGTBI. Nueve pertenecen a Los Verdes, siete al SPD, tres al FDP, uno a la CDU (el ministro de Sanidad en funciones Jens Spahn) y una a la AfD (su colíder Alice Weidel).

Fuente Dosmanzanas

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Suiza aprueba en referéndum el matrimonio igualitario

Lunes, 27 de septiembre de 2021
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suiza-familias-lgtbCon un 64,1 % de votos favorables, los ciudadanos suizos han votado mayoritariamente a favor de la reforma del Código Civil que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, aprobada por el Parlamento en diciembre del pasado 2020. Además del derecho al matrimonio, la reforma ahora aprobada en plebiscito establece la igualdad respecto a la adopción para las parejas del mismo sexo y el derecho a la reproducción asistida para las parejas de mujeres. Con este resultado a favor de los derechos LGTBI en el referéndum suizo, ya son 30 los países del mundo donde existe el matrimonio igualitario, 17 de ellos en Europa.

Este 26 de septiembre se ha celebrado en Suiza un referéndum sobre la reforma del Código Civil que incluye el acceso de las parejas del mismo sexo a la institución del matrimonio y a la adopción en plena igualdad, y establece el derecho a la reproducción asistida para las parejas de mujeres. Dicha reforma fue aprobada por ambas cámaras del Parlamento suizo el pasado 2020, pero una pequeña fuerza de extrema derecha forzó el referéndum reuniendo las firmas necesarias establecidas por la legislación suiza.

Si bien todas las encuestas indicaban que el voto favorable sería mayoritario, existía el temor de que los homófobos se movilizaran ampliamente mientras que los partidarios de la igualdad, menos motivados, no participaran en el plebiscito. Los distintos sondeos llevados a cabo este año, preveían un voto favorable a la reforma de entre un 63 a un 69 % y un voto desfavorable de entre el 29 y el 35 %.

Finalmente, el matrimonio igualitario ha recibido 1 828 427 de votos favorables en el referéndum (el 64,1 % de los emitidos) y 1 024 167 de votos en contra (el 35,9 %). La participación ha sido de un 52 % y el voto a favor de los derechos LGTBI ha sido mayoritario en todos los cantones.

Un largo proceso

El debate sobre la igualdad matrimonial en Suiza se remonta a 2013, cuando el Partido Verde Liberal introdujo una propuesta de reforma constitucional para abrir el matrimonio a las parejas del mismo sexo. Tras largos años de tramitación en las correspondientes comisiones parlamentarias, en 2018 el comité de Asuntos Legales del Consejo Nacional propuso una modificación del Código Civil y otras normas como alternativa a la reforma constitucional. La regulación sobre adopción no precisaría ningún cambio, al estar ligada a las parejas casadas sin mencionar su sexo.

Los diputados del Consejo Nacional votaron finalmente un proyecto de ley de matrimonio igualitario en junio del pasado 2020. El resultado fue de 132 votos a favor, 53 en contra y 13 abstenciones. El principal partido que se opuso a la medida fue la Unión Democrática del Centro (SVP/UDC), formación de extrema derecha que cuenta con el mayor número de escaños en la fragmentada cámara baja. El proyecto de ley continuó entonces su tramitación en el Consejo de los Estados, la cámara alta del Parlamento suizo que representa a los cantones.

En diciembre de 2020, los consejeros aprobaron la medida por 22 votos a favor, 15 en contra y siete abstenciones. Se volvió a discutir la necesidad de una reforma constitucional, que habría supuesto un nuevo retraso de años en el proceso y afortunadamente quedó descartada. La ley fundamental suiza garantiza en su artículo 14 «el derecho al matrimonio y la familia», sin establecer definiciones excluyentes de dichas instituciones. Los consejeros sí que introdujeron una limitación en el reconocimiento automático de la parentalidad de la madre no gestante, que solo será posible tras un proceso de reproducción asistida llevado a cabo en una clínica profesional suiza. El proyecto de ley aprobado por el Consejo de los Estados regresó al Consejo Nacional para su visto bueno final. La aprobación parlamentaria definitiva se produjo el 18 de diciembre.

Sin embargo, la legislación suiza contempla que las leyes aprobadas por el Parlamento se someterán a referéndum si así lo solicitan al menos 50 000 firmantes en un plazo de cien días desde su publicación en el Boletín Federal, que tuvo lugar el 31 de diciembre de 2020. El activismo homófobo se puso rápidamente manos a la obra, y en la semana en la que concluía el plazo anunciaron que habían reunido la cifra necesaria de adhesiones. El 27 de abril de 2021, se anunció oficialmente que se habían presentado en la Cancillería Federal 61 027 firmas válidas. Días después, el 19 de mayo, el Consejo Federal comunicaba que el referéndum se celebraría el 26 de septiembre.

El matrimonio igualitario en Europa y el mundo

Tras el resultado favorable del referéndum en Suiza, son 17 los países europeos donde existe el matrimonio igualitario (entre paréntesis, la entrada en vigor de la ley):

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Canadá (2005), Sudáfrica (2006), Noruega(2009), Suecia (2009), Portugal (2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014 en Inglaterra, Gales y Escocia, 2020 en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda(2015), Finlandia (2017), Alemania (2017), Malta (2017), Austria (2019) y Suiza (2021). (Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño).

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Dentro de la Unión Europea, el matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en 13 de los 27 países que la componen.

En todo el mundo, ya son 30 los países donde existe la igualdad para las parejas del mismo sexo, al añadir los siguientes al grupo europeo:

Canadá (2005), Sudáfrica (2006), México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Argentina (2010) , Nueva Zelanda (2013), Brasil (2013), Uruguay (2013), Estados Unidos (2015), Colombia (2016), Australia (2017),      Taiwán (2019), Ecuador (2019) y Costa Rica (2020). (Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño).

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Se prevé que esta lista se amplíe dentro de poco, con la incorporación de Chile, cuyo Senado ha aprobado recientemente el proyecto de ley de matrimonio igualitario, que solo está pendiente del resultado en la Cámara de Diputados.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Polonia por retirar la custodia de sus hijos a una madre que inició una relación con otra mujer

Jueves, 23 de septiembre de 2021
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tribunal-de-estrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Polonia por retirar a una madre la custodia de sus cuatro hijos debido a su orientación sexual. El alto tribunal europeo, por acuerdo de seis de los siete jueces encargados del caso (el séptimo, de nacionalidad polaca, se ha desmarcado del fallo que condena a su país) considera que los tribunales polacos que actuaron en los dos procedimientos judiciales analizados violaron los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) de la Convención Europea de Derechos Humanos.

La historia, según la narración de los hechos que hace en su comunicado de prensa el mismo Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pone los pelos de punta. La demandante (X) planteó en 2005 una demanda de divorcio de su marido (Y), con el que se casó en 1993 y había tenido cuatro hijos, después de que ella iniciara una relación con otra mujer. Los padres de X, que no estaban de acuerdo con la decisión de su hija, obtuvieron la custodia provisional, pero después de un primer acuerdo de divorcio entre X e Y la madre se hizo con la custodia de los cuatro hijos. La situación duró poco: un año después, en 2006, el padre acudió de nuevo a los tribunales y reclamó la custodia que antes no había querido. Durante aquel proceso la orientación de la madre fue objeto de discusión detallada, hasta el punto de que X se vio obligada a responder preguntas sobre el tipo de relaciones sexuales que mantenía con su nueva pareja. Como resultado de aquel proceso la custodia de los cuatro hijos pasó al padre.

X apeló, argumentando que ella había sido siempre la que había cuidado de sus hijos y que, de hecho, en el año en el que habían estado separados su expareja no se había preocupado de ellos. De nada sirvió: la justicia polaca rechazó la apelación en 2008 y confirmó que el padre tenía la custodia. Hasta tal punto llegó el sesgo discriminatorio del tribunal que este ignoró que el padre sí estaba dispuesto a cederle a su exmujer la custodia del hijo pequeño, atendiendo a su edad y a los vínculos emocionales del pequeño con la madre. De hecho, este se quedó junto a ella, mientras que sus tres hermanos se marcharon a la casa del padre. Unos meses más tarde X intentó, de hecho, que se revisara al menos la custodia del pequeño pero el tribunal no solo no le dio la razón, sino que obligó a que este se marchara definitivamente a la casa del padre. La apelación de X fue rechazada en 2009 con el argumento de que el pequeño necesitaba un «modelo masculino». La madre siguió peleando ante la justicia, argumentando que de hecho eran sus hermanas mayores y sus abuelos los que se encargaban de cuidar del pequeño en lugar de su padre, pero no consiguió recuperarlo.

Ahora el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha determinado que tanto durante el primer proceso (que concluyó con el otorgamiento de la custodia de los cuatro hijos al padre) como durante el segundo (durante el cual fue la custodia del niño pequeño la que estuvo en discusión), el Estado polaco trató de forma discriminatoria a X debido a su orientación sexual, violando los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) de la Convención Europea de Derechos Humanos. El alto tribunal condena al Estado polaco y le obliga a indemnizar a la mujer con 10.000 euros. Lamentablemente, el daño emocional causado es irreparable: han pasado ya más de doce años desde que que la justicia polaca arrebató al más pequeño de sus hijos, entonces de siete años, de los brazos de su madre.

El resultado final del fallo, no obstante, ha sido recibido positivamente por el activismo LGTBI. «La sentencia confirma la igualdad de derechos de los padres LGTBI en relación a sus hijos. El mejor interés de los hijos en recibir el amor y el cuidado debe prevalecer en cualquier consideración de custodia al margen de la orientación sexual de los padres», ha declarado Arpi Avetisyan, del departamento de litigaciones de ILGA-Europa, una de las organizaciones que ha dado soporte a la demandante.

Fuente Dosmanzanas

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«Maricón», «chupapollas» o «te hacemos hetero a hostias»: insultos que no bastan para considerar delito de odio, según un auto judicial

Miércoles, 22 de septiembre de 2021
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justicia-no-ciegaSorprendente auto judicial, emitido por un juzgado de Valencia y hecho público por Olympe Abogados, un despacho valenciano que se define expresamente como feminista y LGTBIQ+, según el cual dirigirse con insultos homófobos a un activista LGTB no basta para considerar la posible existencia de un delito de odio. El auto ni siquiera considera que el denunciante tenga razones para ser percibido como LGTB, ya que llevar las uñas pintadas o una pulsera arcoíris (como era el caso) puede simplemente ser, según la jueza, un rasgo de una persona «alternativa» o de un simpatizante del movimiento LGTB. 

Los hechos a los que hace referencia el auto tuvieron lugar el 11 de febrero de 2020, cuando a Isaac Guijarro, que precisamente es director jurídico de Olympe Abogados, lo insultaron desde un coche mientras circulaba en moto. La agresión fue denunciada en su momento, y por lo que refiere a su trámite judicial, Guijarro entendía que los hechos, más allá del delito de amenazas, podían ser constitutivos de sendos delitos contra la integridad moral y con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas (dos de los mecanismos de los que dispone el Código Penal español para castigar las conductas homófobas).

El relato que Isaac Guijarro hizo de los hechos ante la Policía, según detalla el auto, es el siguiente: «Mientras circulaba con su motocicleta por la vía pública fue abordado por dos individuos que circulaban en paralelo, los cuales tras increparlo y detenerse en uno de los semáforos de una rotonda, se dirigieron al mismo manifestándole ‘puto maricón’ y ‘te hemos visto la cara de chupapollas desde el coche’». «Tras comunicarles que iba a llamar a la policía, se dirigieron a él diciéndole ‘si llamas a la policía te hacemos hetero a hostias, te mato’ intentando tirarlo de la moto y sustraerle el terminal móvil cuando se percataron que las estaba fotografiando. Calificados los hechos inicialmente como constitutivos de un delito leve de amenazas, se interpuso contra la resolución que así lo acordaba recurso de reforma, manifestando en el mismo el denunciante que los hechos cometidos por los denunciarlos lo fueron por la orientación sexual del mismo y su pertenencia al grupo LGTBQI, manifestando que es activista de dicho colectivo, colaborando activamente en asociaciones que luchan contra la LGTBQIfobia, y en sus redes sociales así lo tiene dispuesto», continúa la narración.

El auto completa la descripción de lo sucedido con la declaración judicial de Isaac. Según el auto, Isaac relató que mientras conducía su motocicleta «en un momento dado se dio cuenta que un vehículo se acercaba a la motocicleta y le miraba. Al detener la marcha en un semáforo, se dirigió al conductor del vehículo reprochándole que acercaran tanto el mismo a su motocicleta». Fue en ese momento cuando los ocupantes del vehículo comenzaron a insultarle. Isaac, según la declaración judicial, considera obvio que los agresores se dirigieron a él por su condición sexual. Circunstancias importantes en este caso es el hecho de que llevaba las uñas pintadas y una pulsera arcoíris.

Pues bien, el auto mencionado concluye finalmente que los hechos no son de suficiente entidad para ser considerados delito de odio, ordenando que se continúe el procedimiento solo por la amenaza proferida y solo como un posible delito breve. Lo cierto es que al margen de complejas argumentaciones jurídicas sobre lo que constituye un delito de odio, tras la lectura del auto nos resultan especialmente sorprendentes algunas de las interpretaciones de lo sucedido. «No consta que los ocupantes del vehículo conocieran de nada al denunc iante, por lo que su activismo en la causa del colectivo LGTBQI resulta totalmente ajeno a la actuación que pudo tener el investigado y su acompañante. También no puede obviarse que los insultos y expresiones fuera de lugar proferidas por estos lo fueron como respuesta a las previas palabras que les dirigió el denunciante», expresa el auto. «Fue a raíz del reproche del denunciante cuando contestaron con las expresiones inadecuadas, expresiones que lamentablemente se vienen escuchando reiteradamente en situaciones de discusiones acaloradas, con independencia de la condición sexual de los participantes de las trifulcas. Según el denunciante, se dirigieron a él con esas expresiones por su condición sexual, dado que llevaba las uñas pintadas y una pulsera del colectivo LGTBQI. No comparte esta juzgadora dicho razonamiento, si tenemos en cuenta que llevar las uñas pintadas no es un signo distintivo o revelador de la condición sexual, pudiendo si acaso acercarse más a aquellas personas que viene siendo identificadas o denominadas como ‘alternativas’, ni tampoco llevar la pulsera del colectivo del que es activista el denunciante, lo señala o identifica sexualmente, dada la existencia cada vez más numerosa de numerosas personas simpatizantes de dicho movimiento».

En definitiva, un auto sorprendente y poco tranquilizador, que desde Olympe abogados ya han anunciado que van a recurrir. Estaremos atentos.

Fuente Dosmanzanas

 

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Chile avanza imparable hacia el matrimonio igualitario: tras el visto bueno del Senado, llega a la Cámara de Diputados con respaldo unánime de su Comisión Constitucional

Viernes, 17 de septiembre de 2021
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matrimonio_gay_chileChile avanza imparable hacia la aprobación del matrimonio igualitario, un hecho histórico que podría producirse en pocas semanas. La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados de ese país ha aprobado por unanimidad de sus miembros dar curso al proyecto que regula el matrimonio de parejas del mismo sexo, después de que el pasado julio lo aprobase el Senado. La propuesta, presentada en 2017 (cuando aún era presidenta Michelle Bachelet) se ha visto acelerada tras años de espera después de que el actual presidente, Sebastián Piñera, diera un giro de 180 grados y se posicionase a favor.

Hagamos un poco de historia: en 2016, el Estado chileno y el Movimiento de Liberación Homosexual de Chile (MOVILH) alcanzaron una solución amistosa a la demanda que este colectivo había interpuesto ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la prohibición a las parejas del mismo sexo de contraer matrimonio (puedes descargar aquel acuerdo aquí). El acuerdo, considerado histórico en su momento, implicaba ir más allá de las uniones civiles entre personas del mismo sexo (aprobadas el año anterior) y promover el matrimonio igualitario, la adopción homoparental y los derechos plenos de parentalidad, que a día de hoy tienen que ser reclamados ante los tribunales, así como la aprobación de una ley de identidad de género y un refuerzo de la legislación antidiscriminatoria (la conocida como «ley Zamudio»), entre otras medidas. De hecho, en agosto de 2017 el Gobierno de Michelle Bachelet remitía al Congreso un proyecto de ley de matrimonio igualitario, que no llegó a ser aprobado antes de las elecciones de noviembre que auparon de nuevo al conservador Sebastián Piñera a la presidencia.

Y aunque en septiembre de 2018 se aprobaba la ley de identidad de género, tras cinco largos años de tramitación y no sin grandes dificultades, la promesa de avanzar hacia el matrimonio igualitario quedó en suspenso. Según se filtró en su momento a la prensa chilena, el Gobierno de Piñera manifestó ante la CIDH que no pensaba cumplir el acuerdo por lo que al matrimonio igualitario se refiere. Se acogía para ello a una más que dudosa interpretación del acuerdo, según la cual el compromiso adquirido ya se habría satisfecho con la presentación del proyecto de ley por parte del anterior Gobierno en 2017. No fue hasta enero de 2020, tres meses después del comienzo de las protestas que han trastocado la realidad social y política de Chile (que se encuentra en este momento en pleno proceso constituyente) cuando el Senado incluyó por primera vez la tramitación del proyecto de ley de matrimonio igualitario en el orden del día. La oposición de buena parte de la bancada conservadora, sin embargo, abortó la iniciativa. Sin embargo, en un primer giro de los acontecimientos, Sebastián Piñera pidió a sus ministros que se replantearan su postura. Y finalmente, el pasado 1 de junio, durante su comparecencia ante el Congreso, Piñera hacía un inesperado anuncio: daba su apoyo a la aprobación del matrimonio igualitario. «Anunciamos que pondremos urgencia al proyecto de ley que lleva años en el Congreso y que establece el matrimonio igualitario entre todos nuestros compatriotas», prometía Piñera.

Desde entonces los acontecimientos se han acelerado. El pasado 21 de julio el Senado de Chile aprobaba la iniciativa. Entre los elementos más discutidos se encontraban las disposiciones relativas a la adopción, en un momento en el que precisamente el Congreso chileno tramita una nueva ley de adopción y hay sobre la mesa un proyecto sobre filiación de hijos de parejas del mismo sexo. Finalmente, las disposiciones relativas a la autorización del matrimonio de parejas del mismo sexo fueron aprobadas por 28 votos a favor y 14 en contra. Por lo que se refiere a las normas relativas a la filiación, fueron aprobadas por 29 votos a favor y 14 en contra.

Ahora la iniciativa está en la Cámara de Diputadas y Diputados, donde la Comisión Constitucional ha sido unánime. En una primera sesión, todos sus miembros dieron su apoyo a que en las leyes con expresiones «marido y mujer» o «marido o mujer» se entiendan aplicables a todos los cónyuges, con independencia de su sexo. También se estableció que donde se haga referencia a las expresiones padre y madre u otras semejantes, estas se entenderán aplicables a las y los progenitores. También se aprobó una indicación parlamentaria para eliminar la restricción de que la filiación de los hijos nunca pueda determinarse respecto de más de dos personas, un cambio legal que ha sido saludado por MOVILH. «Se podrán reconocer derechos de filiación a dos madres y un padre o a dos padres y una madre. Avanzamos así en la plena igualdad para todas las familias. Las familias son diversas y todas merecen igualdad y respeto», ha expresado la organización. Su portavoz, Óscar Rementería, ha celebrado el hecho de que «hoy el apoyo al matrimonio igualitario  sea un tema transversal, donde hay votos favorables de todas las tendencias políticas e ideológicas, con adopción y filiación homoparental incluida». «Habrá ley, sin duda», ha añadido.

Queda pendiente para una próxima sesión de la Comisión la votación del articulado donde se define el matrimonio y sus fines. La propuesta señala que corresponde a un contrato solemne por el cual dos personas se unen actual e indisolublemente, de por vida. También se someterá a discusión una propuesta para eliminar el fin de procrear, dejando solo el de vivir juntos y de auxiliarse mutuamente. Parlamentarios de la derecha, por su parte, quieren agregar al texto una disposición para asegurar que las iglesias no estarán obligadas a celebrar matrimonios entre parejas de igual sexo.

Una vez finalizada la votación en particular en la Comisión de Constitución, el proyecto pasará a Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados. Tras ello, su último trámite será en Comisión Mixta de Senado y Cámara. Se espera que  el proyecto sea ley antes de finalizar el 2021.

Fuente Dosmanzanas

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2020, el año con las cifras más altas de asesinatos, amenazas y violencia policial contra personas LGTB en Colombia desde que se tienen registros

Viernes, 17 de septiembre de 2021
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Colombia Diversa, la organización LGTB más importante del país, ha publicado su último informe sobre la situación de los derechos humanos de la comunidad LGTB en Colombia, con datos actualizados de 2020, y la evolución que dibuja es más que preocupante. De acuerdo al informe (que puedes descargar completo aquí), 2020 ha sido el año en el que más personas LGTB fueron asesinadas, amenazadas o fueron víctimas de violencia policial desde que se tienen registros. 

Según los registros de Colombia Diversa, desde 2011 se venían registrando en promedio 110 homicidios por año. En 2020, sin embargo, la organizació tuvo conocimiento de 226 (119 casos más que en el año precedente). Los casos de amenazas se triplicaron (pasando de 106 en 20219 a a 337 en 2020) mientras que los casos de violencia policial contra las personas LGTB se duplicaron (pasaron de 322 a 738):

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Por lo que se refiere al tipo de víctimas (reflejamos la misma terminología que el informe de Colombia Diversa), las mujeres trans fueron las que sufrieron más violencia policial (71 incidentes registrados en 2020), mientras que los hombres gais fueron los que sufrieron más homicidios (71 en 2020).

Cabe destacar, en cualquier caso, que existe un número significativo de casos correspondientes a personas LGTB «sin determinar»:

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Por lo que se refiere a la distribución geográfica, la mayor parte de las víctimas de 2020 se registraron en Valle del Cauca, Antioquia y Bogotá.

El informe de Colombia Diversa destaca que en este incremento pueden influir tanto la mejora en el registro de casos de violencia contra población LGTB (al haber estado los colectivos más activos en la denuncia) como el aumento real de casos. El aumento contrasta, en cualquier caso, con el de hecho de que 2020 ha sido el año con la menor cantidad de información detallada sobre los casos de violencia hacia las personas LGTB por parte de organismos estatales. «Desde años anteriores Colombia Diversa ha venido haciendo un llamado de atención sobre el subregistro de datos y la necesidad de que el Estado mejores sus sistemas de información y, si bien el registro de la orientación sexual e identidad de género de las víctimas mejoró en la información suministrada por las instituciones, los detalles como el arma o método empleados al momento de los homicidios, el lugar de ocurrencia del hecho, los posibles móviles o el avance en los procesos penales no fue suministrada, como sí se venía haciendo en años anteriores», se lamenta Colombia Diversa. «El poco acceso a información detallada impide hacer un análisis más minucioso que permita ratificar patrones de violencia que se han identificado en estudios anteriores o reevaluarlos a la luz de nuevos datos. Lo anterior dificulta que las organizaciones de la sociedad civil realicen análisis más minuciosos y puedan explicar este aumento de la violencia, que analicen el nivel de impunidad en las investigaciones o que propongan medidas de mitigación», añade.

Colombia Diversa tambien denuncia que el Gobierno actual «ha contribuido a que se debiliten los mecanismos para la protección de personas LGBT al no contratar personas competentes que se encarguen de trabajar por los derechos de esta población en entes como la Dirección de Derechos Humanos en el Ministerio del Interior. Lo anterior ha llevado a que la política pública LGBT continúe pausada y que se haya acabado con la mesa de atención de casos urgentes. Mecanismos como estos son más necesarios ahora que nunca y su falta de implementación redunda en una mayor desprotección frente a una violencia en aumento».

Numerosos episodios de discriminación

Además de los casos de violencia explícita, el informe de Colombia Diversa documenta numerosos episodios de discriminación contra las personas LGTB, principalmente en el ámbito familiar (126 casos), relacionados con el trabajo (54), asuntos con el Estado (51), servicios de salud (32) y relacionados con la vivienda (16). El informe destaca que en todos estos casos la oferta estatal de justicia no tiene en cuenta las necesidades diferenciales de las personas LGTB ni los contextos en los que viven. «En casos que involucran agresiones familiares, una de las grandes barreras es la posibilidad de que la víctima efectivamente denuncie los hechos de violencia intrafamiliar. Las consecuencias de denunciar este tipo de violencias, como puede ser la pérdida de redes de apoyo y situaciones de desprotección, ocasionan que muchas de las víctimas LGBT no denuncien y se vean sometidas a ambientes prejuiciosos», denuncia Colombia Diversa. Lo mismo sucede, por ejemplo, en el ámbito laboral.

«En este sentido, a pesar de que formalmente hay un entramado de justicia robusto, las leyes no cuentan con un enfoque de género y, en general, con enfoques diferenciales que permitan interpretar y analizar adecuadamente los casos de personas LGBT. Además, los funcionarios que administran justicia cuentan con prejuicios y estereotipos que impiden que los casos de personas LGBT sean tramitados de forma adecuada. Esto demuestra la insuficiencia del aparato de justicia para resolver a los conflictos que esta población enfrenta. Más aún, esto puede llegar a aumentar sus factores de vulnerabilidad e, incluso, en ocasiones resulta en un escalamiento de la violencia», advierte la organización colombiana.

 Fuente Dosmanzanas

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El Parlamento Europeo vota, con la abstención del PP español, una resolución favorable a que los derechos de las parejas del mismo sexo sean respetados por igual en toda la Unión

Jueves, 16 de septiembre de 2021
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Parlamento-EuropeoEl pleno del Parlamento Europeo ha aprobado, por 367 votos a favor, 161 en contra y 123 abstenciones una resolución sobre los derechos de las personas LGBTIQ que pide que las parejas del mismo sexo tengan sus derechos, incluido el de libre circulación, asegurados en todo el territorio de la Unión Europea. Por lo que se refiere a los eurodiputados españoles, los representantes del PP se han abstenido, mientas que los de Vox han votado en contra. El resto de eurodiputados españoles presentes en el pleno han votado a favor. Puedes descargar aquí el detalle de lo que han votado los eurodiputados de cada grupo.

Cabe señalar que la posición del PP es autónoma dentro del grupo popular europeo, que ha votado dividido.  De hecho, 53 eurodiputados populares de otros países han votado a favor.

Entre los considerandos que han motivado la resolución, el pleno del Parlamento Europeo reconoce que, a pesar de las directivas que reconocen el derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, existe un temor fundado a que no se reconozcan los derechos de las parejas del mismo sexo y sus familias a la luz de algunas decisiones políticas adoptadas en países como Polonia o Hungría.

En ese sentido, y «considerando que no existen normas de la Unión relativas al reconocimiento mutuo de las sentencias sobre parentalidad entre los Estados miembros ni tampoco disposiciones de la Unión destinadas a resolver los conflictos a este respecto; que algunos Estados miembros no reconocen los matrimonios homosexuales celebrados en otros Estados miembros a ningún efecto jurídico nacional salvo el del permiso de residencia; que algunos Estados miembros que autorizan los matrimonios homosexuales muestran reticencias a reconocer las parejas de hecho homosexuales registradas en otros Estados miembros; que en algunos Estados miembros puede negarse a las parejas homosexuales con hijos a ser reconocidas legalmente como padres conjuntos de sus hijos» y «que a menudo se niega a los padres transgénero el reconocimiento de su género legal en otros Estados, lo que se traduce en que las autoridades fronterizas no los reconocen como padres de sus propios hijos», el pleno del Parlamento Europeo (reproducimos textualmente):

  • Acoge con satisfacción la primera estrategia de igualdad LGBTIQ para 2020-2025, adoptada por la Comisión Europea el 12 de noviembre de 2020 (COM (2020) 0698), dos de cuyas acciones clave son una iniciativa legislativa destinada a proteger los derechos de las familias arcoíris y una actualización de las directrices de 2009 sobre la libre circulación de aquí a 2022;
  • Expresa su más profunda preocupación por la discriminación que sufren las familias arcoíris y sus hijos en la Unión y por el hecho de que se les prive de sus derechos por motivos de orientación sexual, identidad de género o características sexuales de los padres o parejas; pide a la Comisión y a los Estados miembros que combatan esta discriminación y eliminen los obstáculos a los que se enfrentan a la hora de ejercer el derecho fundamental a la libre circulación dentro de la Unión;
  • Subraya la necesidad de trabajar en pro del pleno disfrute de los derechos fundamentales por parte de las personas LGBTIQ en todos los Estados miembros de la Unión, y recuerda que las instituciones de la Unión y los Estados miembros tienen por consiguiente el deber de defenderlos y protegerlos de conformidad con los Tratados y la Carta, así como con el Derecho internacional;
  • Insiste en que la Unión debe adoptar un enfoque común para el reconocimiento de los matrimonios y las uniones homosexuales; pide específicamente a los Estados miembros que introduzcan legislación pertinente para garantizar el pleno respeto del derecho a la vida privada y familiar sin discriminación y a la libre circulación de todas las familias, incluidas medidas para facilitar el reconocimiento del género legal de los progenitores transgénero;
  • Recuerda que el Derecho de la Unión prevalece sobre cualquier tipo de legislación nacional, incluso sobre disposiciones constitucionales en contrario, y que, por lo tanto, los Estados miembros no pueden invocar ninguna prohibición constitucional del matrimonio entre personas del mismo sexo ni la protección constitucional de la ‘moral’ o el ‘orden público’ para obstaculizar el derecho fundamental a la libre circulación de las personas dentro de la Unión vulnerando los derechos de las familias de arcoíris que se instalan en su territorio;
  • Condena con la máxima firmeza el que la propuesta de Directiva del Consejo por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual , de 2 de julio de 2008, no haya sido todavía aprobada; pide al Consejo que la apruebe; destaca que este bloqueo transmite una pobre imagen de las instituciones de la Unión, a saber, que cierran los ojos a los casos de grave discriminación que se registran en los Estados miembros de la Unión y que toleran que se reproduzcan;
  • Pide a la Comisión que garantice que todos los Estados miembros de la Unión respeten la continuidad jurídica de los lazos de familia de los miembros de las familias arcoíris que se desplacen a su territorio desde otro Estado miembro de la Unión como mínimo en todas las circunstancias en que así lo exige el Convenio Europeo de Derechos Humanos;
  • Pide a la Comisión que proponga legislación que obligue a todos los Estados miembros a reconocer, a efectos de sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales, a los adultos mencionados en un certificado de nacimiento expedido en otro Estado miembro como padres legales del niño, independientemente del sexo legal o del estado civil de los citados adultos, y que exija a todos los Estados miembros que reconozcan, a efectos de sus respectivos ordenamientos jurídicos, los matrimonios o las uniones registradas celebradas en otro Estado miembro en todas las situaciones en las que los cónyuges o las miembros de las uniones registradas tengan derecho a la igualdad de trato con arreglo a la jurisprudencia del TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos); Hace hincapié en la importancia del reconocimiento de los certificados de nacimiento en todos los Estados miembros, independientemente del sexo de los padres, ya que esto garantizaría que los niños no se conviertan en apátridas cuando se trasladen a otro Estado miembro;
  • Apoya el compromiso de la Comisión de proponer una iniciativa legislativa con el objetivo de ampliar la lista de ‘delitos de la UE’ a los delitos de odio y la incitación al odio, también cuando estén dirigidos a personas LGBTIQ, así como la propuesta sobre el reconocimiento mutuo de la parentalidad y las posibles medidas para apoyar el reconocimiento mutuo de las uniones homosexuales en todos los Estados miembros; pide a las próximas presidencias del Consejo que incluyan estas cuestiones prioritarias en sus agendas;
  • Pide a la Comisión que adopte medidas concretas para garantizar la libre circulación de todas las familias, incluidas las arcoíris, en consonancia con la sentencia recaída en el asunto Coman y Hamilton , que afirma que el término «cónyuge» utilizado en la Directiva sobre la libre circulación también es aplicable a las parejas homosexuales; pide a la Comisión que examine si los Estados miembros cumplen la sentencia Coman y Hamilton y que adopte medidas de ejecución, en virtud del artículo 258 del TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) contra quienes la incumplen; pide a la Comisión que adopte medidas de ejecución contra Rumanía por su continuo incumplimiento de esta sentencia y la falta de vías de recurso que obligaron al demandante a recurrir al TEDH para obtener reparación;
  • Pide a la Comisión que en sus próximas directrices sobre la libre circulación incluya una aclaración para garantizar que la Directiva 2000/78/CE se interprete, a la luz de las sentencias Maruko, Römer y Hay del TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) y de la sentencia Taddeucci y McCall del TEDH, en el sentido de que exige a los Estados miembros que prohíban toda discriminación contra las parejas homosexuales en el empleo, la formación profesional o cualquier otro ámbito incluido en el ámbito de aplicación material de la Directiva;
  • Pide a la Comisión que presente una propuesta de revisión del artículo 2, apartado 2, letra b), de la Directiva 2004/38/CE, en particular para suprimir la condición ‘si la legislación del Estado miembro de acogida otorga a las uniones registradas un trato equivalente a los matrimonios’, de manera que se respete el artículo 21 de la Carta;
  • Pide a la Comisión que, en sus próximas directrices sobre la libre circulación y al objeto de garantizar la correcta aplicación de la legislación en materia de libre circulación, inste a los Estados miembros a que apliquen de forma coherente la Directiva 2004/38/CE sin discriminación entre los beneficiarios de la misma, como por ejemplo entre parejas heterosexuales y homosexuales, aclarando que toda referencia a una ‘pareja’, un ‘progenitor’, un ‘padre’, un ‘hijo’, un ‘descendiente directo’ o un ‘ascendiente directo’ debe entenderse como inclusiva de las familias arcoíris, de manera que se garantice que, cuando estas ejerzan su derechos a la libre circulación en la Unión, disfruten de los mismos derechos de reagrupación familiar que las familias constituidas por parejas heterosexuales, y que la valoración de las circunstancias personales de la pareja que efectúen los Estados miembros para ‘facilitar’ la admisión en su territorio del compañero no registrado del ciudadano de la Unión no adolezca de discriminación alguna basada en la orientación sexual;
  • Pide a la Comisión que aborde la discriminación sufrida por la comunidad LGBTIQ en Polonia y Hungría con el fin de instar a los Estados miembros a aplicar y respetar correctamente la legislación de la UE en este ámbito; pide al Consejo que reanude los debates sobre los procedimientos contra Polonia y Hungría en virtud del artículo 7 del TUE, inclusive sobre los derechos de las personas LGBTIQ; recuerda su posición de 17 de septiembre de 2020 y pide a la Comisión que haga pleno uso de los instrumentos de que dispone para hacer frente al claro riesgo de grave vulneración por parte de Polonia y Hungría de los valores en los que se fundamenta la Unión, en particular de los procedimientos de infracción acelerados y de las demandas de medidas provisionales ante el Tribunal de Justicia, así como de los instrumentos presupuestarios; pide a la Comisión que informe con regularidad al Parlamento y lo asocie estrechamente al proceso;
  • Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los gobiernos y parlamentos de los Estados miembros.

Fuente Dosmanzanas

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España, a la cabeza en aceptación de la realidad LGTB en una encuesta llevada a cabo en 7 países de Europa y en Estados Unidos

Viernes, 3 de septiembre de 2021
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estadisticaUna encuesta de YouGov, empresa demóscopia británica, realizada en ocho países occidentales (siete de Europa y Estados Unidos) coloca a España en primera posición en cuanto a aceptación social de la realidad LGTB. En concreto, España es el país con mayor proporción de ciudadanos que daría su apoyo a un familiar LGTB, así como el país en el que un mayor porcentaje se identifica como LGTBQ+ o conoce a una persona LGTBQ+.

A la pregunta «¿Cómo reaccionaría si su hijo, hermano u otro familiar cercano saliera del armario como gay, lesbiana o bisexual?», el 91% de los encuestados españoles responde que apoyándole, frente a un 3% que no lo apoyaría y un 6% que no está seguro de lo que haría. Cuando se pregunta por la reacción si el familiar sale del armario como persona trans o persona no binaria, el porcentaje de los que lo apoyarían desciende al 87%, frente a un 5% que no lo harían y un 8% que no está seguro. En ambos casos la reacción de los españoles es la más positiva, por encima de Reino Unido (85% y 71%, respectivamente), Italia (82% y 78%), Dinamarca (80% y 68%), Suecia (77% y 73%); Alemania (74% y 66%), Estados Unidos (66% y 57%) y finalmente Francia (57% y 47%). El país galo, de hecho, es el único en el que en uno de los ítems (la aceptación de un familiar trans o no binario) hay una mayoría de personas que lo rechazan o no están seguros de lo que harían:

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Por lo que se refiere a la identificación de uno mismo, España es también el país en el que un mayor porcentaje de la población encuestada se identifica como LGTBQ+, en concreto el 10%, por encima de Estados Unidos (8%); Reino Unido, Francia y Alemania (7%), Suecia (6%) e Italia y Dinamarca (5%). En cuanto al conocimiento de una persona LGTBQ+ en su círculo cercano de familiares o amigos, un 54% de los españoles encuestados responde afirmativamente, frente al 38% de Francia, el 37% de Estados Unidos, el 31% de Reino Unido, el 28% de Italia, el 25% de Dinamarca y el 24% de Alemania y Suecia:

 

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La alta aceptación social de la realidad LGTB en España, un clásico de las encuestas

Cabe señalar que los resultados de la encuesta de YouGov, más allá de la opinión que a cada uno le merezcan, son consistentes con lo que encuestas anteriores vienen mostrando desde hace años. En 2018, por ejemplo, una encuesta de Ipsos realizada en 16 países mostraba que los ciudadanos españoles eran los más abiertos a la realidad transgénero, liderando la clasificación en la la mayoría de aspectos analizados (como el acceso a cirugía, la posibilidad de contraer matrimonio y adoptar hijos o la de servir en el Ejército). También era el país, de los 16 analizados, en el que el porcentaje de personas que creían que las personas trans son enfermas mentales era más bajo.

Otra gran encuesta europea llevada a cabo en 2016, con resultados estadísticamente significativos en nueve países, mostraba que España era el segundo país con mayor porcentaje de población general que se identificaba como de la comunidad LGTB (un 6,9%, solo por detrás del 7,4% de Alemania), En 2015, por otra parte, un Eurobarómetro mostraba que España se situaba entre los puestos de cabeza de toda Europa en aceptación del matrimonio igualitario (4º de 28 países, con un 86% de aceptación).

Otra encuesta relevante fue la llevada a cabo por el instituto de investigación social estadounidense Pew Research Center en 2014, que colocaba a España a la cabeza de los países con mayor aceptación de la homosexualidad. Tan solo un 6% de los españoles estimaba entonces que la homosexualidad era «moralmente inaceptable», el menor porcentaje de los cuarenta países en que se realizó el sondeo. Un 93% de los españoles, por el contrario, opinaba que la homosexualidad era «moralmente aceptable» o que ni siquiera era un problema moral. Este resultado corroboraba otro estudio de parecido signo realizado en 2013 por el mismo instituto de investigación, en el que España también aparecía entonces a la cabeza del mundo en cuanto a la aceptación de la homosexualidad. Una nueva edición de este último estudio se llevó a cabo en 2019, y aunque España aparecía entonces en tercer lugar (tras Suecia y Holanda), nuestro país seguía el grupo de cabeza.

Fuente Dosmanzanas

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El joven trans Gavin Grimm, gana una demanda de 1,3 millones de dólares a la escuela que le prohibió usar el baño correcto

Jueves, 2 de septiembre de 2021
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gavin-grimm-victoria-legal-696x522Gavin Grimm. (ACLU)

Punto final a una larguísima batalla jurídica de la que un joven adolescente trans, Gavin Grimm, sale triunfante. Y con él, los derechos de las personas trans en Estados Unidos.  En el contexto actual, dada la «supermayoría» conservadora del Supremo estadounidense tras la presidencia de Donald Trump (que en solo 4 años renovó a tres de sus nueve magistrados) supone una derrota inesperada del activismo transexcluyente y un alivio importante para el colectivo LGTBI.

Después de siete años de pelear contra Gavin Grimm, un hombre trans al que se le prohibió usar el baño correcto en la escuela, finalmente recibió un pago de $ 1.3 millones de la junta escolar que lo discriminó.

En 2014, cuando solo tenía 15 años, Grimm le dijo por primera vez a la Junta Escolar del Condado de Gloucester de Virginia: “Todo lo que quiero hacer es ser un niño normal y usar el baño en paz”.

Pero su simple solicitud lo llevó hasta la Corte Suprema y al centro de un debate nacional sobre el derecho a existir de las personas trans.

Cuando la junta escolar impidió que Grimm usara los baños de niños en su escuela y lo dejó “estigmatizado y aislado” al obligarlo a usar su propio baño privado, el entonces adolescente presentó una demanda por discriminación.

Representado por la ACLU y la ACLU de Virginia, Grimm sostuvo que la política de la junta iba en contra del Título IX, una ley de derechos civiles que prohíbe la discriminación basada en el sexo.

Su demanda se convirtió en un caso de prueba federal cuando el entonces presidente Barack Obama programó su envío a la Corte Suprema en 2017, pero volvió a las cortes inferiores una vez más al año siguiente después de que la administración Trump desechara una política de la era de Obama que protegía alumnos trans.

Un tribunal federal finalmente dictaminó que la prohibición de la junta escolar fue discriminatoria en 2019 y esto fue confirmado por un tribunal de apelaciones en 2020.

A principios de este año, la Corte Suprema denegó una apelación de la junta escolar, ya que presionó para intentar prohibir a los estudiantes trans el uso de los baños correctos.

En julio, el Tribunal Supremo de ese país ha decidido no tomar en consideración el recurso contra la decisión de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito Judicial, que reconoce al Grimm el drecho a usar los baños de su instituto que corresponden a su identidad de género. La decisión del Supremo pone de manifiesto el escaso interés del máximo órgano jurisdiccional estadounidense en entrar a discutir a fondo el detalle de los derechos del día a día de las personas trans.

Finalmente, el jueves (26 de agosto), la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) anunció que se le había ordenado a la Junta Escolar del Condado de Gloucester pagar más de $ 1.3 millones en honorarios y costos de abogados a Grimm, llevando su caso a una resolución.

Gavin Grimm espera que los fanáticos aprendan que “la discriminación es una costosa batalla perdida”

Josh Block, abogado senior del ACLU LGBTQ and HIV Project, dijo en un comunicado: “Estamos contentos de que este largo litigio finalmente haya terminado y que Gavin haya sido plenamente reivindicado por los tribunales, pero no debería haber tomado más de seis años. de litigios costosos para llegar a este punto. Después de un año en el que las legislaturas estatales han presentado una cantidad sin precedentes de proyectos de ley dirigidos a los jóvenes trans, esperamos que la concesión de tarifas dé a otras juntas escolares y legisladores una pausa antes de que utilicen la discriminación para ganar puntos políticos”.

El propio Gavin Grimm, que ahora tiene 22 años, agregó: “En lugar de permitir que un niño tenga el mismo acceso a un entorno escolar seguro, la Junta Escolar de Gloucester decidió luchar contra este niño durante cinco años en una costosa batalla legal que perdieron. Espero que este resultado envíe un mensaje contundente a otros sistemas escolares, que la discriminación es una costosa batalla perdida”.

En definitiva, un triunfo muy relevante para los derechos de las personas trans en Estados Unidos en un momento en el que este colectivo está recuperando, de la mano de Joe Biden, los derechos que la administración Trump les retiró en el nivel federal. Eso no significa que su situación sea precisamente halagüena, dado que la ofensiva tránsfoba se ha trasladado ahora a los estados controlados por los republicanos. Esta batalla se ha ganado, pero la guerra continúa.

Fuente Pink News/Cristianos Gays

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El cardenal de Seúl, Andrew Yeom Soo-jung, ofrece apoyo limitado para el proyecto de ley de no discriminación que incluye a las personas LGBQ, pero rechaza el matrimonio igualitario.

Viernes, 27 de agosto de 2021
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염수정 추기경의 추기경 서임 축하식이 13일 오전명동성당 주교관 앞마당에서 열려 염추기경이 감사 인사를 하고 있다. 김명섭 기자 msiron@heraldcorp.com Un cardenal de Corea del Sur ha respaldado la perspectiva de una ley contra la discriminación que incluya la orientación sexual, mientras que al mismo tiempo expresó su preocupación de que el proyecto de ley podría ser una vía para el matrimonio igualitario.

Según The Korea Times, el cardenal Andrew Yeom Soo-jung de Seúl emitió una declaración, titulada “Lección de la iglesia católica sobre la familia y el matrimonio”, en la que el cardenal aclaró que cree que nadie debe ser discriminado o sufrir abusos por motivos de orientación o identidad sexual. Aún así, no reconoce el derecho de la comunidad LGBTQ a casarse.

Se trata de un proyecto de ley contra la discriminación que el representante Jang Hye-young del progresista Partido de la Justicia propuso en junio de 2020. El cardenal Yeom enfatizó en su declaración que ciertas partes del proyecto de ley, “especialmente las políticas para expandir el concepto de familia como que permiten la convivencia sin matrimonio y el matrimonio de hecho, son en gran medida diferentes de los valores universales en la sociedad y las creencias religiosas y éticas de la Iglesia católica”.

A pesar de sus reservas, el cardenal está tomando medidas positivas, según The Korea Times:

“[El cardenal Yeom] enfatizó que él es solo un erudito y no un activista, pero ha estado tomando medidas para hacer que la iglesia sea más inclusiva. Esa es probablemente una de las razones por las que firmó una petición solicitando una ley general contra la discriminación presentada. a la Asamblea Nacional el mes pasado, que dice que cualquier forma de discriminación, incluida la basada en la orientación sexual, no debe permitirse en la sociedad … Si la petición puede atraer más de 100,000 firmas dentro de los 30 días, el comité relacionado estudiará la posibilidad de revisar el proyecto de ley “.

El sacerdote jesuita coreano P. Sim Jong-hyeok, quien también firmó la petición y tradujo el libro  Building a Bridge, del P. James Martin, comentó sobre la postura del cardenal y el proyecto de ley:

“” Entiendo la posición de Yeom. Le preocupa la afirmación del matrimonio homosexual. Pero firmé la petición porque simplemente no me gusta ningún tipo de discriminación, incluida la orientación sexual y el género … Espero que el proyecto de ley pueda funcionar como un acuerdo que prohíba tales actos discriminatorios en la sociedad “.

El Korea Times citó al p. Sim:

“‘La Iglesia Católica ha disfrutado de una posición privilegiada en la sociedad y es obstinada a la hora de incluir a los homosexuales … Si un feligrés gay viene a mi consulta y le dicen que la homosexualidad es una enfermedad, entonces la persona cerrará su mente. La persona y yo no desarrollaríamos ninguna relación, lo que significa que no puedo realizar ninguna forma de actividad ministerial como sacerdote. Es cuestión de hacer mi trabajo. Hasta ahora, la iglesia ha estado adoptando una actitud condescendiente hacia la minoría, pidiéndoles que primero cambien sus actitudes. Pero no funciona. La iglesia debe tomar la iniciativa de recuperar la relación, que destruyó, entre la iglesia y la comunidad minoritaria “con respeto, compasión y sensibilidad” como lo hizo Jesús por los vulnerables en el pasado ‘”.

Al oponerse a la discriminación basada en la orientación sexual, tanto el cardenal Yeom como el p. Sim intenta priorizar un ministerio pastoral amoroso hacia las personas LGTBQ. Sin embargo, cuando se anota esa postura con la enseñanza oficial de la iglesia que se opone al matrimonio igualitario, las palabras de apoyo a la comunidad LGBTQ se quedan cortas.

—Beth Mueller Stewart, New Ways Ministry, 23 de agosto de 2021

Fuente New Ways Ministry,

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Tras su aprobación definitiva en la Asamblea Nacional, la apertura de reproducción asistida a las parejas de mujeres entra en vigor en Francia

Jueves, 19 de agosto de 2021
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madres-lesbianas-696x522Buenas noticias desde Francia: tras dos años de interminable tramitación, la ley sobre bioética ha entrado finalmente en vigor. El texto, que abre a las parejas de mujeres y a las mujeres solteras el acceso a las técnicas de reproducción asistida, ha salido adelante en la Asamblea Nacional después de que el Senado, con mayoría de derecha, lo rechazara. La nueva ley también aborda la discriminación de los hombres gais y bisexuales a la hora de donar sangre. La medida era una promesa electoral del presidente Emmanuel Macron y su predecesor François Hollande.

Como hemos explicado con anterioridad en dosmanzanas, la reproducción asistida en Francia (PMA por sus siglas en francés) solo estaba permitida a las parejas de distinto sexo, casadas o no, que además tenían que acreditar la esterilidad de al menos uno de sus miembros. Se trataba de una prohibición total, que afectaba tanto a clínicas públicas como privadas, y que obligaba a cualquier mujer francesa sin pareja masculina que deseara ser madre a acudir a centros de países vecinos, como Bélgica o España. En su campaña electoral de 2017, el presidente Emmanuel Macron defendió que se permitiera el acceso a las parejas de mujeres y a las mujeres solteras a las técnicas de reproducción asistida.

Meses después, con Macron ya en la presidencia y un Gobierno a su medida, la entonces secretaria de Estado de Igualdad Marlène Schiappa anunciaba una modificación de la ley sobre bioética para abrir la PMA a todas las mujeres. La medida contaba ya con el respaldo del Comité Consultivo Nacional de Ética. En julio de 2019, y tras un largo y tortuoso proceso, el Gobierno del primer ministro Édouard Philippe aprobaba finalmente el anunciado proyecto de ley. Entre los muchos puntos que contempla, la norma incluye la apertura de la PMA a las parejas de mujeres y a las mujeres sin pareja. La exministra de Sanidad Agnès Buzyn anunció que los tratamientos estarán cubiertos por el sistema público de salud. La propuesta mantenía la prohibición de la gestación subrogada, contra la que se había pronunciado el propio Macron.

El proyecto se trasladó entonces al Parlamento, donde el comité correspondiente le dio su visto bueno en septiembre. El pleno de la Asamblea, donde la «mayoría presidencial» de La República en Marcha es absoluta, aprobó la medida cruzando líneas partidistas: hasta un tercio de los diputados de Los Republicanos (LR), el principal partido de la derecha, emitió un voto favorable a pesar de la postura contraria de la formación. La tramitación continuó en el Senado, que votó la medida en enero de 2020. Con una importante salvedad: la mayoría de derecha y centroderecha de la cámara alta impuso la obligación de acreditar la infertilidad como condición para que la Seguridad Social asumiera los gastos de los tratamientos. Las parejas de mujeres y las mujeres solteras habrían quedado, por tanto, excluidas de nuevo de los mismos, a no ser que se los pudieran costear.

El proyecto de ley sobre bioética regresó a la Asamblea Nacional para que la cámara baja se pronunciara sobre los cambios introducidos en el Senado. Por lo que se refiere a la reproducción asistida, los diputados recuperaron la financiación pública de los tratamientos también en el caso de parejas de mujeres y mujeres solteras. El texto reformado obtuvo el respaldo mayoritario de la cámara baja en julio del año pasado y regresó al Senado. Por falta de consenso, la cámara alta retiró del proyecto de ley sobre bioética los artículos referidos a la apertura de la reproducción asistida, dejándolo por tanto completamente desnaturalizado. La medida regresó entonces a la Asamblea Nacional para un último intento de resolución.

El pasado 29 de junio, finalmente, la cámara baja aprobó un texto definitivo que entró en vigor el pasado 3 de agosto después de que el Consejo Constitucional rechazara sendos recursos presentados por los grupos de LR y UDI (Unión de Demócratas e Independientes, de centroderecha). La ya ley recoge de nuevo la apertura de la PMA a las parejas de mujeres y a las mujeres solteras, financiada por la sanidad pública. Para obtener el derecho a la filiación, las parejas de mujeres tendrán que firmar ante notario, antes del nacimiento, el reconocimiento conjunto del hijo.

Bajo la nueva regulación, además, se permitirá la congelación de los gametos sin causa médica; hasta ahora, solo se permitía en casos excepcionales como los tratamientos oncológicos que pudieran producir infertilidad. La gestación subrogada sigue estando prohibida en Francia, pero las autoridades reconocerán la filiación del progenitor biológico de los hijos engendrados por este procedimiento en el extranjero. El otro miembro de la pareja tendrá que iniciar un proceso de adopción.

Otra importante novedad de la ley sobre bioética es la modificación de los criterios para donar sangre, que hasta ahora exigían un periodo de abstinencia de cuatro meses a los hombres que tienen sexo con hombres. La ley remite la reforma al Gobierno, pero establece que no se podrá incurrir en ninguna discriminación basada en «el sexo de las parejas con las cuales los donantes hayan mantenido relaciones sexuales» que no esté «justificada por la necesidad de proteger al donante o al receptor».

Una reforma aplazada por largo tiempo

La movilización homófoba fue la principal causa del fracaso del anterior intento de aprobar la apertura de la reproducción asistida. El fin de la prohibición del acceso para las parejas de mujeres y las mujeres sin pareja había sido durante años una de las banderas del Partido Socialista francés en materia de derechos LGTBI, y de hecho la promesa formaba parte de su programa electoral para las elecciones de 2012. El propio expresidente François Hollande se posicionó, siendo aún candidato, a favor del cambio. Tras su elección, sin embargo, pasó a adoptar una posición ambigua, respondiendo cuando se le preguntaba una cosa u otra en función del auditorio que tuviera delante.

Pero no fue hasta 2014, tras la remodelación que convirtió a Manuel Valls en el nuevo primer ministro, cuando se anunció la marcha atrás en la modificación legal. Laurence Rossignol, que entró con Valls en el Gobierno francés como secretaria de Estado de Familia, recibió a los representantes de la Manif pour tous, ante los cuales adelantó la renuncia a modificar la reproducción asistida. Una posición que confirmó tras ser ascendida a ministra.

Fuente Dosmanzanas

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Chile: Grave y preocupante: las personas LGBTIQ+ son el segundo grupo más discriminado por la Fiscalía según sus propios funcionarios

Miércoles, 4 de agosto de 2021
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fiscalia(Imagen de fiscaliadechile.cl)

El Movilh, que en distintas ocasiones ha denunciado homo/transfobia en las investigaciones del Ministerio Público, instó al fiscal nacional Jorge Abbott a  hacerse cargo de los resultados del sondeo y a adoptar en breve medidas contra la discriminación

Como “graves y preocupantes” calificó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) los resultados de una encuesta de la Asociación Nacional de Fiscales (ANF) aplicada a funcionarios/as del Ministerio Público entre el 29 de enero y el 19 de febrero pasado, siendo sus datos reservados hasta que hoy los dio a conocer Radio Biobío.

El sondeo, fue contestado por 380 funcionarios/as, el 66,9% son  hombres y el 33,1%, mujeres, con un tasa de logro del  54,5%

Frente a la consulta ¿usted considera que hay un trato discriminatorio a las personas involucradas en las investigaciones? del Ministerio Público,  el 19,7% reportó que se discrimina a  personas de escasos recursos económicos, el 10% a grupos LGBTIQ; el 9,7% a los pueblos originarios; el 9% por género, el 5.3% a  las personas con discapacidad y el 3.7% a infantes.

Para el vocero del Movilh, Oscar Rementería, “una institución como el Ministerio Público debería registrar discriminación cero. Primero porque la discriminación es ilegal y daña a las personas; segundo porque los prejuicios y las odiosidades distorsionan las investigaciones judiciales y obstaculizan alcanzar justicia y tercero porque se re-victimiza a las víctimas”.

Doblemente preocupante es la situación de las personas que sufren discriminación interseccional, como lo puede ser una mujer lesbiana de escasos recursos económicos, un niño/a trans o un gay con discapacidad. Sin duda, a estas personas la fiscalía no les está garantizando dignidad y trato justo”, redondeó el Movilh

Estos resultados vienen a decir además que en los deficientes resultados de la Ley Zamudio no estarían incidiendo solo los vacíos de la norma, sino también el actuar de algunos fiscales frente a la discriminación”, apuntó Rementería

Añadió que “en diversas ocasiones hemos reportado al Ministerio Público de tratos deficientes y sesgados en investigaciones que involucran a personas LGBTIQ+. Entre estos se encuentran, descartar móviles discriminatorios  antes de investigar, rehusarse a pedir la agravante de la Ley Zamudio porque así les resulta más fácil  y rápido cerrar un caso y desconocimiento sobre la forma como opera la discriminación en el marco de la ocurrencia de delitos”

Rementería añadió que “nuestros/as propios activistas han sido víctimas de abusos, cuando la fiscalía ha persistido en perseguir a personas que han sido detenidas y torturadas por carabineros solo por defender los derechos humanos LGBTIQ+. Esta trato deficiente e inhumano debe cesar”

“Exigimos y animamos al fiscal nacional a referirse públicamente a los resultados de este estudio;  donde el Ministerio Público sale mal evaluado en muchas otras áreas; a dar explicaciones y, en especial, a anunciar medidas para hacer frente a todos los problemas que arrojó la encuesta”, finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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La Justicia porteña le vuelve a dar la espalda a pareja gay atacada en Palermo

Martes, 27 de julio de 2021
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WhatsApp-Image-2021-07-08-at-15.15.13-768x1024Por segunda vez se archivó la causa que investigaba la agresión de odio sufrida por una pareja gay en Palermo (Ciudad de Buenos Aires) en septiembre de 2020.

La Justicia porteña le volvió a dar la espalda a Pablo Cavaignac y Cristian Jacobsen: por segunda vez archivó la causa en que se investigaba la agresión de odio sufrida por la pareja en las calles de Palermo en la Ciudad de Buenos Aires, en septiembre de 2020. Después de más de tres meses del primer archivo, la Fiscalía Penal Contravencional y de la Faltas Nº 22 (Discriminación) a cargo de Paola de Minicis decidió volver a archivar la investigación por falta de pruebas.

“La investigación de delitos producidos en la vía pública o en lugares privados de acceso público, cometidos por odio de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión, en los últimos años no han presentado un avance significativo en su sanción; muchos de ellos han sido archivados por falta de pruebas o bien, por otros motivos procesales”, explicó a Presentes Emiliano Montini, director de Asuntos Jurídicos del INADI.

De acuerdo con Montini, Argentina no tiene un recorrido aceptable en la investigación y juzgamientos de este tipo de conductas.

El ataque en un barrio de Buenos Aires

Eso es lo que vivieron Pablo y Yaco en estos meses en que buscaron justicia y no la encontraron. El 30 de septiembre de 2020 habían salido a tomar una cerveza en Palermo y cuando estaban volviendo se besaron en una esquina. En ese momento un grupo de personas los empezaron a golpear. Yaco sufrió lesiones en ambas rodillas, en el codo derecho, en la palma de la mano izquierda y un fuerte dolor en el hombro y la oreja. Días después, recibieron mensajes homoodiantes en las redes sociales y denunciaron agresiones en la puerta de su casa. COn esta medida, la investigación de esos hechos queda, por segunda vez, archivada.

“Primero se archivó por la denuncia por el ataque homodiante, por el hostigamiento digital y el daño a nuestra casa. Nosotros pedimos revisión a la fiscalía de Cámara y ellos revocaron el archivo. Y pedimos que se siga investigando el hostigamiento digital y el accionar policial”, explicó Pablo Cavaignac a Presentes sobre el primer archivo.

“Eso lo hizo la fiscal. Y ahora vuelve a archivar en dos meses, diciendo que Facebook no le contesta los oficios para saber quiénes son los usuarios detrás del hostigamiento digital y que el accionar policial no hay delito”, concluyó, indignado.

En este segundo archivo, la fiscal De Minicis pidió al Área de Monitoreo Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que pusiera cámara en la zona. También que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Ciudad capacite a sus ciudadanos en perspectiva de diversidad y orientación sexual, y que amplíe esto a las fuerzas de seguridad locales. Ambos puntos ya los había solicitado la primera vez que se  archivó la causa.

Dicen que la fiscal nunca los atendió. Tampoco pudieron ver el expediente. “¿Cuál es el mensaje?”, se preguntan Pablo y Yaco. “Te pegan. Te dicen maricon, la policía no hace nada ¿y la Justicia no castiga a nadie? Después nos sorprendemos cuando pasan cosas como el caso de Samuel en España”.

Se refiere a Samuel Luiz, un joven de 24 años que fue atacado a golpes mientras lo insultaban por su orientación sexual. Murió la madrugada del sábado 3 de julio frente a una disco en A Coruña. Su amiga, Lina, contó a los medios que el ataque empezó con insultos homofóbicos.

Facebook no contesta

Después del primer archivo de la causa, en marzo de 2021, Pablo Cavaignac pidió que le volvieran a pedir a Facebook información sobre los usuarios que los habían atacado por redes sociales. La fiscal, según lo que indica en el nuevo escrito judicial, lo solicitó pero no recibió respuesta.

También pidió un análisis de un perfil de Instagram, pero, escribió De Minicis, “se ha llegado a la conclusión que no se ha podido vincular ninguna persona a dicho perfil”. 

Sin embargo, después de recibir este segundo archivo, Pablo Cavaignac pidió ver el expediente y confirmó lo que sospechaba: ese perfil ya fue identificado, la fiscal tiene los datos para llamarlo a declarar -entre ellos su documento y la dirección de su casa, el lugar donde estudió y dónde trabaja- pero nunca lo hizo.

Qué falta para avanzar

Emiliano Montini, director de Asuntos Jurídicos del INADI, dice que conoce estos hechos y muchos otros. Según lo que ha visto en estos años, cree que faltan herramientas técnicas y procesales para avanzar en las causas. Una de ellas es una Ley integral antidiscriminación que modifique la ley 23.592, entre otras normas.

Hasta ahora, esa ley no nombra la orientación o identidad sexual en el texto. Refiere sólo discriminación por motivos de raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos. Hace 20 años que las organizaciones vienen pidieron que eso se modifique.

“Desde INADI estamos trabajando en un ley integral, novedosa, con una fuerte premisa preventiva y educativa, sin obviar la sanción penal que las conductas más graves deben tener”, explicó. Su idea es presentarla este año.

Fuente Agencia Presentes

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Importantísima sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a favor de una madre trans a la que la justicia rusa denegó el contacto con sus hijos

Miércoles, 14 de julio de 2021
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tribunal-de-estrasburgoImportante sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha condenado a Rusia por no permitir a A.M., una mujer trans, continuar viendo a sus hijos una vez que esta transicionase y fuese reconocida legalmente como mujer. Los tribunales rusos dieron la razón a la otra madre, que argumentó que el contacto de su ex con los niños era perjudicial para su salud mental y su moralidad. El alto tribunal europeo, en un fallo unánime, considera que la prohibición viola los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) de la Convención Europea de Derechos Humanos.

A.M. se casó en 2008 con otra mujer de la que se divorció en 2015. En ese tiempo tuvieron dos hijos, nacidos en 2009 y 2012. Después del divorcio A.M, consiguió ver reconocida legalmente su identidad femenina, algo que en Rusia solo es posible después de someterse a un proceso de reasignación. En se momento la otra madre comenzó a poner impedimentos al derecho de visita de A.M. a sus hijos. Una historia, en definitiva, muy parecida a la de tantas otras mujeres trans en diferentes lugares del mundo.

En este caso, si embargo, la otra madre lo tuvo fácil, teniendo en cuenta el marco legal al que se enfrentan las personas LGTBI en Rusia: le bastó con argumentar ante los tribunales rusos que el contacto de A.M. con sus hijos era perjudicial para su salud mental y moralidad, distorsionaba su percepción de la familia y les «exponía» a información sobre las «relaciones sexuales no tradicionales» (el elemento central de la ley rusa contra la «propaganda homosexual»). Los tribunales rusos le dieron la razón.

La batalla jurídica llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ahora, en un fallo de gran importancia para los derechos de las personas trans, ha determinado de forma unánime que Rusia violó en este caso los derechos 8 y 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, referidos al derecho al respeto a la vida y familiar y a la prohibición de la discriminación, respectivamente. En este último caso el alto tribunal vuelve a recordar que de acuerdo a su doctrina consolidada la identidad de género está cubierta por el derecho a la no discriminación.

No sabemos hasta qué punto la sentencia tendrá un efecto inmediato sobre la vida de A.M., teniendo en cuenta que, según el relato del caso que hace el alto tribunal europeo, la otra madre se trasladó a vivir con los hijos de ambas a un lugar desconocido, y A.M. no tiene información alguna de dónde ni cómo se encuentran. Pero al menos ahora cuenta con armas legales con las que continuar la batalla. El Estado ruso, además, deberá abonarle algo más de 10.000 euros (entre indemnización por daños causados y costas) pese a que la mujer no solicitaba indenmización pecuniaria en su demanda. De lo que no cabe ninguna duda es de que sentencia sienta un importantísimo precedente para los derechos de las personas trans en toda Europa. No es de extrañar que desde Transgender Europe e ILGA -Europa, dos organizaciones paragüas que agrupan a organizaciones trans y LGTBI de todo el continente, lo hayan considerado histórico.

 Fuente Dosmanzanas

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