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El gobierno ruso investiga el reconocimiento de un matrimonio gay en el registro civil de Moscú

Martes, 30 de enero de 2018
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matrimonio-gay-rusia-696x522Una pareja gay rusa casada en Dinamarca consigue que un funcionario de Moscú reconozca su matrimonio de forma oficial gracias a un agujero legal.

Tras hacer pública la historia la pareja y sus familiares fueron acosados y amenazados por parte del gobierno ruso.

Una pareja del mismo sexo rusa ha conseguido que el departamento de inmigración legalice su matrimonio, celebrado en Dinamarca, aplicando literalmente las leyes vigentes en Rusia sobre enlaces celebrados en otros países. Sin embargo, el conocido homófobo Vitaly Milonov ha declarado que la Duma (cámara baja del Parlamento) se reunirá de urgencia para reformar las leyes de registro civil y evitar que esto pueda suceder. Además, desde el registro civil de Moscú niegan la validez del matrimonio.

Una laguna legal lleva a una funcionaria del Registro Civil de Moscú a registrar la unión entre dos ciudadanos que se habían caso en Dinamarca. El Ministerio del Interior inicia una investigación mediante la que podría enfrentarse al despido.

Eugene Wojciechowski y Pavel Stotsko son dos ciudadanos rusos que contraen legalmente matrimonio en Copenhague el pasado 4 de enero. “Siempre hemos soñado con casarnos, así que frente a una sociedad hostil nosotros pronunciamos nuestros votos el uno al otro, en devoción y amor.

Posteriormente, regresaron a su país, y llevaron su certificado danés y las traducciones notariales pertinentes a una oficina multifuncional (MFC) del gobierno para que fuera legalizado en el departamento de inmigración de Moscú. Según han declarado, les llevó tan solo cinco minutos hacerlo, puesto que el funcionario que les atendió no hizo objeción alguna por ser una pareja del mismo sexo. Ambos consiguieron que, en sus pasaportes, en el apartado del estado civil, constase que habían registrado un matrimonio, como se observa en la siguiente fotografía:

sello-pasaporte-matrimonio-gay-rusiaTal y como han explicado a los medios, el funcionario de turno les puso el sello de “casados” en sus pasaportes “sin hacer preguntas ni cambiar su expresión facial“. Aunque el Gobierno dice que es una noticia falsa, el caso es que Pavel y Eugenio sí tienen el sello en sus pasaportes. Y es que ellos no fueron a registrar un matrimonio, presentaron un certificado válido y legal de un matrimonio y el funcionario lo reconoció como tal con el sello: “Llevamos al MFC un certificado de matrimonio bajo el cual el departamento de asuntos internos del Ministerio de Inmigración selló nuestros pasaportes, de acuerdo con las regulaciones administrativas de pasaportes y Codigo de Familia. Se ha sentado un precedente: Rusia, a través de los correspondientes sellos en los pasaportes, ha reconocido un matrimonio gay.”

En realidad, el funcionario del departamento de inmigración tan solo estaba aplicando literalmente la ley, puesto que el Código de Familia de la Federación Rusa establece lo siguiente en cuanto a los matrimonios celebrados en el extranjero:

Artículo 158. Reconocimiento de matrimonios celebrados fuera del territorio de la Federación Rusa.

  • Los matrimonios entre ciudadanos de la Federación de Rusia, ciudadanos de estados extranjeros o apátridas celebrados fuera del territorio de la Federación Rusa, mientras se adecúen a la legislación del estado en cuyo territorio tuvieron lugar, se reconocerán como válidos en la Federación Rusa, siempre que no existan las circunstancias que impidan la celebración del matrimonio estipuladas por el artículo 14  del presente Código.
  • Los matrimonios entre ciudadanos extranjeros, celebrados fuera del territorio de la Federación de Rusia, mientras se adecúen a la legislación de ese estado en cuyo territorio tuvieron lugar, se reconocerán como válidos en la Federación Rusa.

Por lo tanto, si atendemos a la literalidad del artículo 158, solo se exige que los matrimonios celebrados legalmente en el extrajeron se adecúen a lo dispuesto en el artículo 14 del Código de Familia, que dice lo siguiente:

Artículo 14.   Circunstancias que impiden contraer matrimonio.

No se permitirá contraer matrimonio:

  • A las parejas en las que al menos uno de los contrayentes mantenga otro matrimonio registrado;
  • A quienes tengan parentesco cercano. Por línea directa ascendente y descendente: padres y madres con hijos, abuelos y abuelas con nietos. Tanto completo como no completo: hermanos y hermanas, aunque solo tengan un padre o una madre en común, adoptantes y adoptados;
  • A aquellos a los que un tribunal reconozca que son legalmente incapaces debido a trastorno mental.

A pesar de que el Código de Familia en su articulado sí que establece que el matrimonio deber ser contraído por un hombre y una mujer, no lo hace en el artículo 14, que es el único al que se refiere el 158 referente a los enlaces contraídos en el extranjero, y esa fue la normativa aplicada por el funcionario. Sin embargo, el responsable del registro civil de Moscú ha declarado que el Código de Familia estipula que «se requiere el consentimiento mutuo voluntario del hombre y la mujer para celebrar el matrimonio», y no utiliza una fórmula neutra, por lo que un matrimonio entre personas del mismo sexo no puede ser legalizado. Es más, según informa la oficina de prensa del Ministerio del Interior ruso, Eugene y Pavel pueden ser sancionados por «deterioro voluntario de un documento público» con una multa de 100 a 200 rublos.

facebook-pavel-stotsko-10_640x345_acf_croppedMotivo por el que el ministerio de Interior confirma el inicio de una investigación al respecto este este viernes, 26 de enero, declarando «inválidos» los pasaportes con el sello que acredita la unión de la pareja. «Debido a la decisión de legalizar dicho matrimonio entre dos ciudadanos de sexo masculino se ha abierto una investigación interna que tendrá como resultado el despido de la funcionaria y de su superior», afirma categóricamente Irina Bolk, portavoz de Interior, que no parece tener un gran interés en lo que determine la resolución del proceso al adelantar las consecuencias que ya se han marcado para quienes han intervenido en el reconocimiento del matrimonio igualitario.

La ley rusa no impide el reconocimiento de los matrimonios homosexuales en el extranjero, tan sólo su registro en lo que es una laguna legal complicad de solucionar, según advierte Irina Muraviova, jefa del registro civil de Moscú, quien advierte que «las normas extranjeras del derecho de familia no se aplican si contradicen las bases del orden público en la Federación de Rusia». Lo que la Duma sí ha prohibido es la adopción de niños rusos por parte de homosexuales extranjeros y de solteros procedentes de países donde son legales las uniones entre personas del mismo sexo.

Como decíamos más arriba, en cuanto la noticia saltó a la palestra el gobierno ruso salió corriendo a decir que la historia era “fake news“. Literalmente. Según un comunicado emitido por la MFC los centros de ese tipo no registran matrimonios y los documentos presentados para el registro de un matrimonio se transfieren al registro civil para que allí sea aprobado. Por lo tanto, según explican, ningún funcionario puede poner el sello en el pasaporte. Así que tildan la noticia de falsa.

Esto no sentó nada bien al gobierno ruso que el sábado por la noche, poco después de que la noticia saltar a los medios rusos, envió a un grupo de policías (entre los que estaba el sub-director de policía de Moscú, Andrey Zakharov) y funcionarios a la casa de Evgennii y Pavel en Moscú. Al principio dijeron que solo iban a dejar una notificación pero estuvieron durante horas golpeando la puerta y hasta se cortó la luz del piso, dejando a la pareja en lo que han descrito como un “estado de sitio“.

Cuando la Russian LGBT Network descubrió lo que estaba pasando movilizaron un grupo de periodistas, activistas y abogados que acudieron a ayudar a la pareja. A pesar de la presión la policía no abandonó la casa. “Lo más importante para ellos” explican desde la LGBT Network “era llevarse los pasaportes que ya habían declarado no válidos.” Por si todo eso fuera poco la madre de Pavel le llamó para decirle que estaba recibiendo amenazas telefónicas que iban desde hacer provocar que le despidieran de su trabajo hasta cortarle el cuello si no evitaba que su hijo y el marido de éste dejaran de contar su historia.

Tras una negociación entre abogados y policía la pareja se vio forzada a entregar los pasaportes. El Ministerio de Interior les ha acusado de dañar la documentación oficial de forma intencionada pero se han comprometido a enviarles dos nuevos pasaportes… sin el sello que reconoce su matrimonio.

Cuando llegó al conocimiento de Vitaly Milonov, un político del partido del presidente Putin con una larga trayectoria de las más intolerante homofobia y miembro del Comité de Asuntos Internacionales de la Duma,  ha asegurado que se formará un comité de urgencia para reformar el Código de Familia en cuanto a los requisitos para reconocer los matrimonios celebrados en el extranjero. En su línea habitual, hizo una comparación entre el reconocimiento del enlace celebrado en Dinamarca con que «en Somalia se reconozcan los matrimonios con artidáctilos» (un orden de mamíferos ungulados al que pertenecen cerdos, camellos, hipopótamos o vacas).

Ignoramos qué sucederá con la situación de Eugene y Pavel, puesto que desde el mismo registro de Moscú se niega ahora la validez de su enlace, si bien la intención inicial de la pareja es la de utilizar todos los recursos legales posibles para ver reconocido su matrimonio.

En marzo del año pasado, una pareja de lesbianas, Sofía Grozovsky y Lynne Reid, sí conseguían evadir la legalidad rusa al conseguir su certificado de matrimonio en la oficina del registro civil de Tagansky, convirtiéndose en la primera pareja del mismo sexo que se casa en Rusia, lo que es posible debido a otra laguna, la que impide que las personas transexuales puedan cambiar su nombre de nacimiento en su documentación legal, siendo una de ellas transexual.

Fuente Gay Star News, vía Dosmanzanas/Universogay/EstoyBailando

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Un año de Trump: incremento del 86 % en los homicidios con víctimas LGTB y descenso de la aceptación del colectivo entre la población estadounidense

Martes, 30 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Un año de Trump: incremento del 86 % en los homicidios con víctimas LGTB y descenso de la aceptación del colectivo entre la población estadounidense

trumpLos datos y las encuestas muestran cómo los ataques a la comunidad LGTB por parte de la Administración Trump han tenido consecuencias nefastas a lo largo del año 2017. Los homicidios causados por la orientación sexual o identidad de género de las víctimas se han incrementado en un 86 % respecto al año anterior en los Estados Unidos (si se exceptúa la brutal masacre de The Pulse). La aceptación de las personas LGTB por parte de la población estadounidense ha disminuido por primera vez desde que se realiza este tipo de sondeos, situándose en un preocupante 49 %. Las cifras demuestran que tanto las legislaciones, como la difusión de mensajes LGTBfobos por parte de los medios afines al Gobierno de Donald Trump, están haciendo mella en lo conseguido en años de lucha contra la discriminación.

Según el informe anual titulado «Una crisis de odio», que elabora el New York City Anti-Violence Project, el número total de homicidios causados por la orientación sexual o identidad de género de las víctimas en los Estados Unidos ha sido de 52 durante el año 2017, un 86 % mayor que en el año anterior. El informe, como es su costumbre, solo tiene en cuenta asesinatos y homicidios producidos en un ataque individual, por lo que excluye la masacre de The Pulse, ocurrida a comienzos de 2016, en la que fueron asesinadas 49 personas.

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De las 52 víctimas, 22 fueron mujeres transexuales (la mayoría de ellas de raza negra), 20 fueron hombres cisgénero homosexuales o bisexuales, 5 mujeres cisgénero lesbianas o bisexuales, 1 hombre transexual y 4 personas de género no binario.

una-crisis-de-odio-232x300En el año 2016, el total de víctimas fue de 28, de las que 17 fueron mujeres transexuales y 4 eran hombres cisgénero homosexuales o bisexuales, colectivo en el que el número de víctimas ha experimentado un incremento abrumador.

Según Beverly Tillery, directora de la Coalición Nacional de Programas Antiviolencia, que reúne a más de 40 organizaciones, el incremento de estos crímenes coincide con el fin de un período presidencial (el de Barack Obama) y el comienzo de otro (el de Donald Trump) durante el cual las cifras se siguen incrementando aceleradamente.

Tillery opina que «Trump ganó las elecciones diciendo que era hora de recuperar América para las personas que se sentían oprimidas por las personas LGTB, los inmigrantes y las personas de color. Fue un movimiento táctico para atacar a esas comunidades. Funcionó, y hay más casos de violencia porque el clima en el país ha cambiado. Ha dado una oportunidad para que las personas sientan que pueden cometer actos de violencia basada en el odio sin demasiada repercusión».

Menor aceptación de las personas LGTB en los Estados Unidos

Por su parte, GLAAD (Alianza Gay y Lésbica Contra la Difamación) ha publicado su encuesta anual titulada «Acelerar la aceptación», en la que se interroga a los ciudadanos estadounidenses no LGTB sobre su interacción con las personas homosexuales, bisexuales y transexuales. Realizado en los últimos meses del pasado año, el sondeo muestra, por primera vez desde que se efectúa, que el número de estadounidenses que afirma sentirse cómodo con personas LGTB en determinadas situaciones cotidianas ha disminuido hasta el 49 %, frente al 53 % del año anterior.

glaad-acceleratin-acceptance-2018-300x112Lo que sí que ha crecido es el número de personas LGTB que se han sentido discriminadas por razón de su orientación sexual o identidad de género, que ha subido hasta el 55 %, mientras que en el 2016 lo afirmaba un 44 %.

También se incrementa el número de estadounidenses que se sienten incómodos con la presencia de personas LGTB en algunos ámbitos o en determinadas situaciones:

    • Al saber que un compañero de trabajo es LGTB:  el 24 % (22 % en 2016).
    • Que lo es un familiar: el 30 % (27 % en 2016).
    • Que lo es el médico de la familia: el 31 % (28 % en 2016).
    • Que lo es el profesor de los hijos: el 31 % (28 % en 2016).
    • Viendo fotografías de una boda de una pareja del mismo sexo: el 27 % (25 % en 2016).
    • Viendo a una pareja del mismo sexo pasear dada de la mano: el 31 % (29 % en 2016).

Como dato positivo, sigue siendo estable el porcentaje de estadounidenses que opina que las personas LGTB no deben ser discriminadas legalmente (un 79 %).

John Gerzema, director ejecutivo de The Harris Poll, empresa elaboradora de la encuesta, opina que «una víctima invisible de un año tumultuoso ha sido la comunidad LGTB. En un solo año, hemos visto disminuciones significativas de lo que había sido una aceptación cada vez mayor en los Estados Unidos, a una sociedad que ahora es menos comprensiva. Y este terreno perdido en la aceptación afecta a muchos en la sociedad estadounidense.».

Fuente Dosmanzanas

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Brutal agresión contra dos mujeres transexuales pakistaníes por su labor en defensa de los derechos de las personas trans e intersexuales

Sábado, 27 de enero de 2018
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mii3hlyoDos activistas transexuales pakistaníes han sido brutalmente agredidas como represalia por su labor en defensa de los derechos de las personas trans e intersexuales.

Shama, de 18 años, fue secuestrada y violada por nueve hombres, que posteriormente la amenazaron con matarla si continuaba con su activismo.

A Sonia le disparó repetidamente su propia pareja con un arma de fuego, tras de que ella se negara a cesar en la lucha por sus derechos. Ambas pertenecen a la organización TransAction Pakistan, que ofrece refugio y apoyo a quienes son víctimas de discriminación por su identidad de género.

Shama y Sonia desarrollan su labor en la organización TransAction Pakistan, que ofrece apoyo y refugio a quienes se enfrentan a la persecución y violencia por su identidad de género. Sonia es muy conocida por su participación en seminarios y marchas por la defensa de los derechos de las personas trans e intersexuales. La joven Shama, muy concienciada, también participa en estas actividades.

1611360-sonia-1516210677-722-640x480El 17 de enero, la activista Sonia recibió varios disparos por parte de su propia pareja, tras una fuerte discusión causada por la negativa de Sonia a cesar su labor en defensa de los derechos trans e intersexuales, a la que su pareja se oponía con agresividad.

Sonia fue conducida a un centro hospitalario, donde aún permanece, con heridas de arma de fuego en la cara y una bala alojada en la garganta. En este caso, sí se ha iniciado procedimiento contra el atacante.

El 22 de enero, Shama, que tan solo cuenta con 18 años, fue secuestrada por nueve hombres, que la violaron repetidamente como castigo por su activismo a favor de las personas trans e intersexuales. Después de la brutal agresión sexual, la amenazaron de muerte si denunciaba 26904127_2176620265688321_1289536802168530346_nel ataque y si proseguía con su lucha en la asociación TransAction Pakistan. A pesar de las amenazas, Shama presentó la correspondiente denuncia ante la policía. Sin embargo, no se ha iniciado procedimiento alguno, ni se ha efectuado ninguna detención, ni tan siquiera se ha procedido a realizar un examen médico a Shama.

La realidad LGTB en Pakistán

Las condiciones de vida de la comunidad LGTB en Pakistán son muy duras. Las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo siguen siendo ilegales a día de hoy en este país. El Código Penal se remonta a 1860, cuando formaba parte de la India colonial y ambos Estados compartían la ley de sello británico. Tal y como reza el texto en su artículo 377, están perseguidos los “delitos antinaturales”, que cometerá “quien voluntariamente tenga relaciones sexuales carnales contra el orden de la naturaleza con cualquier hombre, mujer o animal”.

Los condenados por estós “delitos” “serán castigados con pena de prisión de por vida o con pena de prisión de cualquiera de las dos categorías por un término que no podrá ser inferior a dos años ni superior a diez años; también será responsable de multa”. La ilegalidad de las relaciones homosexuales ha provocado, a parte de injustas persecuciones motivadas por la orientación sexual, situaciones tan ridículas como la censura de una fotografía de dos hombres besándose en la portada internacional del New York Times distribuida en Pakistán el 29 de enero de 2016.

En cambio, como publicó también dosmanzanas en su momento, en julio de 2009 la Corte Suprema de Pakistán daba un paso hacia un cierto reconocimiento oficial de las personas transgénero y a finales de ese mismo año ordenaba que se reconociera oficialmente la existencia de un “tercer sexo”. Este mismo año, el senador Babar Awan presentaba en la cámara alta un proyecto de ley similar al de ahora para proteger al colectivo trans y que también contenía disposiciones antidiscriminatorias. En marzo, una histórica sentencia condenaba a cadena perpetua a los dos asesinos de una mujer trans.

No obstante, la igualdad real de las personas trans también sigue estando muy lejana, ya que todavía son vulnerables a los abusos físicos y verbales, tienen que soportar la actitud humillante de los policías, médicos en los hospitales y funcionarios públicos y los informes de palizas y otras formas de violencia dirigidas contra estas personas son comunes. Cualquier ley que favorezca a las personas trans y al conjunto de la población LGTB pakistaní es muy necesaria, igual que lo es la urgente despenalización de la homosexualidad.

Fuente Dosmanzanas
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Renunciar a Estrasburgo no es una opción para María Elósegui a pesar de la polémica por su homofobia

Sábado, 27 de enero de 2018
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maria_elosegui_itxaso_2016_cropped-jpegAnte la polémica por la elección de María Elósegui Itxaso para integrarse como representante española en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo, la magistrada no se plantea renunciar ante la polémica debido a sus declaracioens homofóbicas y transfóbicas. 

Seis años después de que el Parlamento Europeo solicitara a la Organización Mundial de la Salud que dejara de considerar la transexualidad como una enfermedad, el organismo de la Organización de las Naciones Unidas especializado en gestionar políticas de prevención, promoción e intervención de salud a nivel internacional confirma a finales de marzo del año pasado que así lo iba a hacer de cara a este año, aunque pasando de denominar que las personas transexuales tienen «trastornos de personalidad y el comportamiento» a denominar que tienen «incongruencia de género». Esa misma incongruencia parece estar instalada en la votación realizada este martes, 23 de enero, por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa mediante la que han elegido a María Elósegui Itxaso, juez y catedrática de Filosofía del Derecho en la Universidad de Zaragoza, para representar a España en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Gobierno español estaba obligado a presentar una terna de candidatos para el puesto, proponiendo junto a la magistrada a José Martín y Pérez de Nanclares, catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Salamanca, y a Francisco Pérez de los Cobos, expresidente del Tribunal Constitucional y favorito del gobierno quien se ha tenido que conformar con ningún voto, mientras que Elósegui se alza con el puesto por mayoría absoluta, señalando que podrá aportar al tribunal una «sensibilidad especial» con los derechos humanos y una perspectiva de mujer, siendo, de hecho, la primera mujer que España aporta al tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La sensibilidad y perspectiva a las que se refiere son aquellas que le han hecho notoria al haber demostrado su parcialidad en lo que se refiere a temas relacionados con la asignatura de religión y la iglesia, el aborto, el uso de preservativos y de la píldora del día después, la educación sexual, las personas transexuales y las homosexuales. «Es una clara patología referente al sexo psicológico que crea una severa disfunción que en no pocos casos conduce al suicidio», afirma la juez sobre las personas transexuales, denotando su preocupación por el fallecimiento de personas transexuales que no son asesinadas, así como considera que la conducta homosexual «es mucho más compulsiva, lleva, a pesar de la gran necesidad afectiva de estas personas, a tener un elevado número de parejas», dando por sentado que la promiscuidad está ligada a una orientación sexual determinada, la homosexual, y no a un género, el masculino, o un comportamiento, el heterosexual.

«Desde el Observatorio Español contra la LGBTfobia estamos verdaderamente alarmados y preocupados de que se haya elegido a la Jueza María Elósegui para un puesto de tal relevancia y compromiso social como el TEDH, con tales actitudes ante la diversidad sexual y otros temas muy alejados de la sociedad actual, y que consideramos anticientíficas, discriminantes, estigmatizantes y contra la dignidad de las personas LGBTI. Es lamentable que nos hayamos enterado tan tarde de estos antecedentes tan deplorables en una persona que deberá intervenir en futuros procesos sobre los derechos de las personas LGBTI en Europa. Una situación paradójicamente comparable a la elección de Arabia Saudita como miembro de la Comisión de Derechos de las Mujeres en Naciones Unidas el año pasado, o la elección de Venezuela, Emiratos Árabes y otros como miembros del Consejo de Derechos Humanos también de Naciones Unidas», declara con contundencia Paco Ramírez, presidente del Observatorio.

Ferviente defensora de la conspiración mundial de la «ideología de género» y la «ideología gay», Elósegui se opone al matrimonio igualitario y a que las parejas del mismo sexo puedan tener descendencia. Promover el uso del preservativo incita a la violación, según su opinión, en lugar de prevenir enfermedades de transmisión sexual o embarazos no deseados, de la misma forma que cuestiona el uso de la píldora del día después. Mientras apela a la libertad de cátedra al hablar de educación sexual, critica a quienes consideran que la asignatura religión está de más en un país laico. Si bien fomenta la fidelidad, recalca que es un valor todavía más importante para la mujer con el objetivo de lograr la felicidad de la pareja, fomentando de esta manera la sumisión de la mujer en el libro El rostro de la violencia. Más allá del dolor de las mujeres. Incluso llega a defender las terapias de conversión, que ella denomina «terapias psicológicas-psiquiátricas» a las que opina deberían someterse las personas transexuales.

La Asamblea del Consejo de Europa está compuesta por 324 miembros y otros tantos suplentes repartidos en siete grupos que aglutinan a partidos políticos de distintos países. Con 12 representantes y otros tantos suplentes, entre diputados y senadores, la mitad pertenecen al PP, tres al PSOE, una Unidos Podemos, otro a Ciudadanos y uno más al PNV. Izquiera Unida, Podemos y En Comú, se han sumado a las críticas del colectivo LGBT por la elección de Elósegui, a la que califican igualmente de «homófoba».

Sin embargo, todas estas reacciones están equivocadas y responden a una mala interpretación de sus textos y sus opiniones, por lo que Elósegui ya ha manifestado su rechazo a renunciar a este puesto. «No pienso que la homosexualidad sea una enfermedad ni que los homosexuales padezcan enfermedades por su orientación sexual (…). Las declaraciones que se han reproducido se han sacado de contexto (…). De hecho, algunas afirmaciones que se me han atribuido forman parte de textos publicados en Latinoamérica que incluyen términos y expresiones, como ideología gay, que yo nunca he utilizado porque no estoy de acuerdo con ellos: no se ajustan a la realidad», declara Elósegui, recordando que es una firme defensora de los derechos humanos y la igualdad y está en contra de la discriminación, como demuestra su trayectoria en organismos como el Consejo de Europa, además de que estuvo integrada en el equipo que se encarga de elaborar el borrador de la ley de Igualdad Efectiva entre hombres y mujeres en España, promulgada durante la primera legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero.

Fuente Universogay

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El Partido Popular de Torremolinos quiere gais “serios y formales” y no “turismo gay de baja estopa [sic]”

Sábado, 27 de enero de 2018
Comentarios desactivados en El Partido Popular de Torremolinos quiere gais “serios y formales” y no “turismo gay de baja estopa [sic]”

indiceAl parecer, el Partido Popular de Torremolinos distingue entre “gais serios y formales” y gais “de baja estopa” (decimos estopa en lugar de estofa por respetar el original…). Así se deduce del texto publicado en su Facebook, en el que criticaba la gestión turística del Ayuntamiento de la ciudad malagueña, gobernado desde 2015 por el PSOE andaluz tras perder el PP la mayoría absoluta y obtener el respaldo de Ciudadanos, Costa del Sol Sí Puede e Izquierda Unida.

Ha sido el periodista Alberto Gómez el que nos ha hecho descubrir algo que… no nos ha sorprendido nada. Alberto ha publicado en su Twitter una nota de prensa enviada por el equipo del Partido Popular de Torremolinos en la que analizan los resultados turísticos de Torremolinos en 2017. Según el Partido Popular el turismo en Torremolinos está fatal. Dicen que la culpa es del PSOE, de haber perdido la segunda mejor feria turística de España, de haber eliminado el Campeonato de Europa de Baile que atraía a 5000 personas, de haber dejado decaer el Palacio de Congresos y las instalaciones deportivas. Echan también la culpa a haber dejado de lado a FITUR… Y al final se preguntan si el declive del turismo en la ciudad no es también culpa de los homosexuales. Pero de los homosexuales malos. De los que dan vergüenza. De las travestis, los que tienen pluma… Vamos, de la chusma:

En primer lugar, el texto de la polémica, tomado literamente de la mencionada entrada en Facebook:

¿A quién le puede extrañar si es que no nos acordamos que el PSOE suprimió de raíz las promociones que hacíamos en las capitales de provincia de toda España? ¿O que hemos tirado por la borda EUROAL, la segunda mejor Feria Turística de España después de FITUR? ¿O que hemos eliminado el Campeonato de Europa de Baile que atraía a 5.000 personas durante una semana ¿O el decaimiento de eventos en nuestro Palacio de Congresos? ¿O el fuerte descenso de turistas que han dejado de utilizar nuestras instalaciones deportivas por el pésimo mantenimiento de las mismas? ¿O la supresión de la promoción en FITUR cuyo eco se reflejaba durante tres días en TV1, Antena 3 y Tele 5? ¿O promocionar solo un turismo Gay de baja estopa que ahuyenta el Turismo Familiar y rechazan los propios Gays serios y formales que siempre se han sentido a gusto en Torremolinos?

En este punto, conviene recordar la actuación del PP cuando aún gobernaba Torremolinos. Fue en 2014, cuando el Ayuntamiento prohibió la celebración del “Orgullo Solidario”, un evento que pretendía servir de colofón a una campaña de recogida de alimentos emprendida por activistas LGTB y empresarios de los principales locales de ocio gay de la localidad, por incluir actuaciones de transformistas, al considerar que estos artistas “no dan buena imagen”. Una prohibición que acabó desembocando en la celebración, a modo de protesta, del “Día Internacional del Transformismo” con la participación de numerosos transformistas que quisieron expresar su rechazo a la posición del entonces alcalde, Pedro Fernández Montes, que sigue siendo a día de hoy presidente del PP local, que vive en cualquier caso una fuerte división entre sus partidarios y los de  Margarita del Cid, recientemente confirmada como próxima candidata popular a la alcaldía.

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Se da la circunstancia, además, de que desde la actual corporación municipal en efecto se ha hecho un esfuerzo de promoción del turismo LGTB, que por otra parte es tradicional en Torremolinos desde hace décadas. Torremolinos ha participado en las últimas ediciones de FITUR LGBT y fue sede a finales del año pasado del I Encuentro Internacional de Turismo LGTBI de Andalucía. Una promoción que por lo que parece no es del agrado de los populares de la localidad (lo que no deja de ser sorprendente, si se tiene en cuenta la supuesta defensa del empresariado de la que los conservadores presumen…).

Ante el revuelo que el texto publicado en el Facebook del PP ha levantado, el propio partido ha publicado una especie de “rectificación” en la misma red social, firmada por el propio Fernández Montes, que (cómo no) asegura tener amigos gais… La reproducimos, también literalmente:

Quiero salir al paso de las interpretaciones que se han dado sobre la promoción de turismo Gay de baja estopa que no tiene otro sentido que turismo barato, que es lo único que el ayuntamiento ha promocionado en FITUR, lo que ha sido objeto de crítica general incluido Gays que viven en Torremolinos .

Nada de homofobia, desde muy joven he convivido en Torremolinos con amigos y conocidos Gays y de hecho en la anterior legislatura tuve una concejala Gay y en las listas de 2015, figuraban tres personas Gays.

Lo que no quiero para Torremolinos es un turismo Low Cost , sino que se debe promocionar toda clase de segmento turístico incluido LGTB, siempre dirigido a una clase media o alta porque no podemos quedarnos de brazos cruzados ante el hecho de que de cada cuatro españoles que pernoctaron en Torremolinos en 2016, uno ha dejado de venir en 2017.

Lamento si alguien se ha sentido aludido.

Casi que preferimos no opinar…

Fuente Dosmanzanas/EstoyBailando

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El activismo LGTB de Kenia espera con incertidumbre la decisión judicial sobre la posible despenalización de la homosexualidad

Jueves, 25 de enero de 2018
Comentarios desactivados en El activismo LGTB de Kenia espera con incertidumbre la decisión judicial sobre la posible despenalización de la homosexualidad

activista_kenia-290x150La Comisión Nacional de Derechos Humanos de Gais y Lesbianas (NGLHRC en sus siglas en inglés) presentó en abril de 2016 una demanda contra la ley que castiga las relaciones homosexuales con hasta 14 años de cárcel. El proceso judicial sigue en marcha y en la audiencia celebrada a finales de la semana pasada, el abogado de la NGLHRC, Paul Muite, ha solicitado la comparecencia de un psiquiatra para explicar por qué no deben ser ilegales las relaciones entre personas del mismo sexo. Por su parte, el Foro de Profesionales Cristianos de Kenia, a través de su abogado Charles Kanjama, dijo que también llamaría a dos testigos para que emitan una opinión divergente. En opinión de la citada agrupación de cristianos, el Código Penal se encuentra “dentro de los límites de la ley” al perseguir la homosexualidad. La sentencia será, sin duda, uno de los temas candentes de la próxima Reunión de Jefes de Gobierno de la Commonwealth del presente 2018. Si Kenia legalizara la homosexualidad finalmente, por sentencia judicial, abrirá el camino a otros países mancomunados a seguir sus pasos.

Sigue en marcha la batalla legal que busca revertir la ilegalización de la homosexualidad en Kenia. Si la demanda de la NGLHRC logra una sentencia favorable a la descriminalización, tendrá una repercusión mundial indiscutible. Del mismo modo, si el tribunal falla a favor de mantener la penalización de las relaciones homosexuales o, incluso, de endurecer la ley, sería un antecedente peligroso para el empeoramiento de la situación de las personas que mantienen relaciones con otras de su mismo sexo en decenas de países de la órbita de la Commonwealth (organización en forma de mancomunidad supranacional, formada por 52 países soberanos que comparten vínculos históricos con el Reino Unido).

La próxima Reunión de Jefes de Gobierno de la Commonwealth, en la que el fallo judicial sobre la posible legalización (o no) de la homosexualidad será uno de los puntos más candentes de debate, está fijada para la semana del 16 de abril de 2018 en Londres. Este año le ha correspondido albergar la sede al Reino Unido, que no la acogía desde 1997, tras las anteriores ediciones de Malta (2015), Sri Lanka (2013), Australia (2011), Trinidad y Tobago (2009) y Uganda (2007). Ahora, todas las miradas están puestas en los tres jueces que llevan el caso: Roselyn Aburili, Chacha Mwita y John Mativo. La próxima audiencia tendrá lugar el 22 de febrero y se espera una sentencia para antes de abril.

Respecto a la mencionada audiencia que tendrá lugar en febrero, cabe apuntar que se producirá un cruce de posturas radicalmente enfrentadas. Por una parte, el activismo LGTB ha solicitado la comparecencia de un psiquiatra, que explicará conceptos como la orientación sexual y dejará claro por qué no deben ser ilegales las relaciones entre personas del mismo sexo. En oposición a la igualdad y a los Derechos Humanos, el Foro de Profesionales Cristianos de Kenia también presentará a comparecientes que defenderán la retorcida idea de que la actual persecución y penalización de la homosexualidad estaría “dentro de los límites de la ley”.

Actualmente, existen varios artículos en el Código Penal de Kenia (modificado en 2003) que castigan las relaciones homosexuales (página 99 del informe “Homofobia de Estado” de ILGA 2017). El artículo 162 establece penas de 14 años de cárcel para quienes “tengan conocimiento carnal con otra persona contra el orden de la naturaleza” o “quien permita que un varón tenga conocimiento carnal con él o ella contra el orden de la naturaleza”.  El artículo 163, por su parte, castiga a “quien intente cometer alguno de los delitos establecidos en el artículo 162 comete delito grave y será penado con prisión de 7 años”.

Asimismo, el artículo 165 establece que “el varón que, en público o en privado, cometa un acto de indecencia grave con otro varón, o indujera a otro varón a cometerlo con él mismo, o intentara inducir la realización de un acto similar, incluso con terceras personas, es culpable de un delito grave y será penado con prisión de 5 años”. Según los datos del propio Gobierno de Kenia, solo entre 2010 y principios de 2014 se procesó a 595 personas por estos cargos.

El activista LGTB keniata Denis Nzioka ha valorado que, si bien tras la sentencia judicial sobre la homosexildad “los keniatas LGTBI no se despertarán felices, casados y viviendo en casas con vallas blancas”, en términos judiciales “tendrá implicaciones importantes”, ya que “podría cambiar el mundo”. Nzioka agrega en este sentido que “la despenalización es diferente de la realidad vivida por los keniatas”. El activista igualitario espera que la opinión pública juegue un papel importante en la decisión de los jueces, en tanto que “la gente lo seguirá [el debate] en los medios, y solo podemos esperar que el diálogo sea equilibrado”.

LGTBfobia de Estado en Kenia

Kenia es un país mayoritariamente cristiano (aunque con una importante minoría musulmana) y profundamente homófobo, que castiga la práctica de la homosexualidad, como hemos dicho, con penas de hasta 14 años de cárcel, en base a leyes heredadas de la época colonial británica. Precisamente a principios de 2015 informábamos de la detención de dos hombres, acusados de practicar la homosexualidad, víctimas de una operación policial más amplia, con la que se pretendería dar ejemplo tras salir a la luz unos informes que señalan un aumento del turismo homosexual en la zona costera del país.

A las leyes vigentes y a la agresividad de las fuerzas policiales se suma una marcada homofobia social. Según un estudio del Pew Global Attitudes Project de 2013, únicamente un 8% de sus 44 millones de habitantes estaría dispuesto a algún reconocimiento social de los homosexuales, y un 90% considera tal orientación sexual inaceptable. La prensa alienta esta homofobia social y en mayo de 2015 se publicaba, en la portada de un periódico keniano, un listado con el nombre y la fotografía de las que supuestamente eran las doce personas gais y lesbianas más influyentes en el país, poniendo en grave riesgo su vida.

Aun así, existe en Kenia un valeroso grupo de activistas LGTB. Entre sus miembros se encuentra Denis Nzioka, que incluso trató de presentarse en las últimas elecciones presidenciales como candidato y así visibilizar a la población LGTB. También David Kuria Mbote se presentó como senador en las últimas elecciones, aunque tuvo que cancelar su campaña debido a las fuertes amenazas recibidas y la falta de fondos. Su breve campaña, sin embargo, sirvió para que por primera vez un político abiertamente gay pudiera dirigirse a sus conciudadanos. El de Kuria es, como no podía ser menos, otro de los nombres citados en la publicación.

La salida del armario del escritor keniano Binyavanga Wainaina y el que se desarrollaran sin incidentes las protestas convocadas en Nairobi el pasado 2014 contra la legislación ugandesa alentaban incluso la esperanza de una mayor apertura en Kenia para los derechos LGTB. Esperanza que vio luego truncada, como muestra la detención en julio de 2014 de sesenta personas en un club de ambiente de Nairobi. Incluso se ha presentado una iniciativa ante el Parlamento de la nación, que pretende que los actos homosexuales sean sancionados con cadena perpetua para los kenianos y lapidación para los extranjeros. El propio presidente Uhuru Kenyatta declaraba en 2015 que, si bien no permitiría “cazas de brujas” contra la población LGBT de Kenia, tampoco derogaría las leyes que castigan la homosexualidad debido a su gran aceptación social. Más recientemente, en junio de 2016, un tribunal de este país consideraba “legal” y “razonable” usar torturas anales para incriminar a sospechosos de ser gais.

Fuente Dosmanzanas

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La nueva jueza española en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sostenido postulados homófobos y defiende que la transexualidad es un síndrome psiquiátrico

Jueves, 25 de enero de 2018
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tribunal-de-estrasburgoNumerosos medios se han hecho eco este martes de la elección de María Elósegui como jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Se trata de la primera mujer que aporta España al alto tribunal europeo, algo que ha sido ampliamente saludado por medios y redes sociales. Por desgracia, como medio LGTB no podemos compartir este “entusiasmo”. Elósegui ha defendido en el pasado posturas sobre la homosexualidad que consideramos claramente homófobos, pero son sobre todos sus posicionamientos sobre la transexualidad, que de forma explícita considera una patología psiquiátrica, los que nos generan una mayor alarma, teniendo en cuenta la importancia del TEDH a la hora de determinar el grado de protección de las personas LGTB bajo la Convención Europea de Derechos Humanos.

María Elósegui, catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Zaragoza, formaba parte de la terna de candidatos que el Gobierno de Mariano Rajoy presentó a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa para ocupar la vacante que deja Luis López Guerra en el TEDH (elegido en 2007 y cuyo mandato ya ha concluido). Los otros dos candidatos eran el expresidente del Tribunal Constitucional Francisco Pérez de los Cobos (supuestamente el favorito del Gobierno) y José Martín y Pérez de Nanclares, jefe de la Asesoría Jurídica Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, José Martín y Pérez de Nanclares. Y aunque fue este último el que contaba con las preferencias de la comisión evaluadora (7 de 10 votos, por 3 de Elósegui y ninguno de Pérez de los Cobos), la Asamblea Parlamentaria se decantaba finalmente por la única mujer de la terna  (114 votos, frente a 76 de Martín y 47 de Pérez de los Cobos).

Wikipedia afirma sobre María Elósegui que “sus investigaciones están centradas en Interculturalidad y el Derecho a la Identidad Cultural, desde una perspectiva jurídica y filosófica. También realiza trabajos de investigación sobre la igualdad Jurídica entre mujeres y hombres”. Sorprendidos de que una mujer con ese perfil hubiera sido incluida por un Gobierno tan conservador como el de Mariano Rajoy en la terna de candidatos a un puesto tan relevante, nos ha bastado una búsqueda en Google para encontrar testimonios del pensamiento de Elósegui. Y no son precisamente tranquilizadores desde el punto de vista LGTB.

Resumiendo su pensamiento, Elósegui es partidaria de un “modelo” de relación entre hombres y mujeres que se aleje no solo del modelo tradicional (superioridad del hombre) sino también del modelo “igualitario”. En este sentido, su posición es la de “igualdad en la diferencia”, que parte del supuesto de que la diferencia biológica entre mujeres y hombres condiciona necesariamente las esferas relacional y familiar. Y que tiene como derivadas la concepción de la homosexualidad, y sobre todo de la transexualidad, como una anomalía o disfunción propia de personas que no han sido capaces de acomodar su “psique” a esa realidad.

Podría argumentarse que esa es nuestra interpretación… Valgan algunos ejemplos para aquellos lectores que no acaben de creernos. María Elósegui es coautora de un artículo titulado “Sexo, género, identidad sexual y sus patologías”, publicado en Cuadernos de Bioética en 1999 junto a la ginecóloga Ana Carmen Marcuello. En este artículo, al que puedes acceder aquí, podemos leer, en referencia al momento histórico en el que “el primer feminismo radical [sic] plantea la igualdad absoluta de hombres y mujeres, lo siguiente:

(…) aparece la moda “bisexual”, se incrementa la homosexualidad que se presenta como un modo de vida “idílico” y se intenta buscar una base científica a la afirmación de que heterosexualidad y homosexualidad son aspectos igualmente normales de la naturaleza humana, que obedecen a mecanismos intrínsecos de las primeras fases del desarrollo. Conviene pues detenerse en resumir que es lo que en realidad conocemos sobre las posibles bases biológicas de la homosexualidad (…) Respecto a si la preferencia homosexual es patológica es un asunto que estaba fuera de duda para Freud quien consideraba la heterosexualidad como la condición adulta normal y la homosexualidad como un estado patológico de desarrollo interrumpido causado primordialmente por factores educativo-familiares (carácter absorbente de la madre, la hostilidad, debilidad o ausencia del padre, celos infantiles u otros factores).

Posteriormente desde la psicopatologia se ha definido la homosexualidad como “un estado persistente, postadolescente, en que el objeto sexual es una persona del mismo sexo y al que acompaña una aversión o repugnancia en diversos grados, a mantener relaciones con miembros de otro sexo” (Cavanagh). Muy recientemente el psicólogo holandés Gerard van den Aardweg ofrece en su libro “Homosexualidad y esperanza” una reflexión sobre las causas y soluciones a este problema con la experiencia de la atención directa de 250 pacientes de este tipo a lo largo de 20 años: “El estilo de vida homosexual -dice en el texto mencionado- se presenta de modo tendencioso e idílico, algo que se debe entender como simple propaganda, pues cuando se escuchan las historias de los homosexuales se ve claro que en ese género de vida no se encuentra la felicidad. Agitación en los contactos, soledad, celos, depresiones neuróticas, y, proporcionalmente, un elevado número de suicidios (por no mencionar las enfermedades venéreas y otras enfermedades somáticas) representan la otra cara de la moneda, que los medios de comunicación no muestran”. Es conocida la vivencia de la homosexualidad como sufrimiento (Guide) y el hecho de que la conducta homosexual supone una menor relación personal y una mayor dependencia del sexo dada la tendencia a obtener una gratificación sexual inmediata: la consecuencia es que el número de compañeros sexuales se multiplica y que el intento de presentar a una pareja homosexual como el equivalente a un matrimonio feliz no pasa de ser una pretensión sencillamente imposible (…).

Y esto es solo un pequeño fragmento del artículo, que recomendamos leer en su integridad para entender mejor el marco ideológico en el que se ubica María Elósegui por lo que a orientación sexual e identidad de género se refiere. Y que más adelante aprovecha también para lanzar una pulla a las familias mono y homoparentales: al defender el modelo de “igualdad en la diferencia”, asegura que es necesario “el reconocimiento de que no todos los estereotipos sociales atribuidos a los dos sexos son siempre indiferentes sino que algunos de ellos tienen una mayor raigambre o base biológica, de manera que no son una mera construcción cultural cambiable, sino que están inexorablemente unidos a la diferenciación sexual; así no es lo mismo ser padre que madre a la hora de educar a los hijos. Los dos papeles son insustituibles, complementarios y no intercambiables. Por tanto, tan perjudicial sería la desaparición de la figura de la madre, como la carencia de la figura del padre”.

La transexualidad, un síndrome psiquiátrico

Pero donde las tesis de María Elósegui alcanzan su mayor “esplendor” LGTBfobo es al referirse a la transexualidad con un enfoque fuertemente patologizante. Para conocer su opinión, nada mejor que escucharla a ella misma, en la tercera parte de una clase magistral pronunciada en 2007 y que podemos encontrar colgada en el canal de YouTube de Una Mujer Una Voz.

En ella, Elósegui comienza refiriéndose a la intersexualidad como “hermafroditismo”, asegurando que las personas “hermafroditas” padecen una “disfunción en el desarrollo genético” pero que no tienen una identidad sexual ambigua y son “hombres o mujeres”.En este sentido, distingue esta condición de la transexualidad, “un síndrome catalogado dentro de la Psiquiatría” en el que “no hay ningún error cromosómico: es perfectamente varón o perfectamente mujer pero en el que la persona “no quiere reconocer su cuerpo“. Un síndrome psiquiátrico para el que Elósegui distingue dos tipos de “terapias”. La primera no es otra que la reasignación de sexo. La segunda, por la que Elósegui claramente muestra su preferencia al asegurar que es la que se construye “desde el modelo 3” es el tratamiento psiquátrico. “Si la disfunción se da por la no aceptación de lo somático, lo que hay que hacer es una terapia psíquica: lo que habría que reconstruir es la aceptación por parte del transexual de su sexo cromosómico”, explica:

Puedes ver la primera y la segunda parte de la charla también en YouTube. En la segunda parte Elósegui se explaya sobre la homosexualidad en el mismo sentido que el texto que reproducíamos anteriormente, definiendo además las relaciones sexuales como “recíprocas e interdependientes” entre hombre y mujer, cada uno de los cuales “aporta su diferencia”.

El discurso de Elósegui, en definitiva, no deja de ser más que una variante “laica” del que mantiene, por ejemplo, la doctrina oficial de la Iglesia católica cuando condena la que llama “ideología de género” y niega la existencia de las identidades trans o las considera en todo caso un alejamiento perverso del orden natural. No sabemos si, en este sentido, tiene influencia en su pensamiento  su hipotética pertenencia al Opus Dei (dato que sostienen algunas informaciones). En realidad da igual: la nueva jueza del TEDH mantiene posiciones que, verbalizadas más o menos educadamente y sin las estridencias que caracterizan a otros portavoces de la LGTBfobia, pueden sustentar razonamientos a favor de la discriminación jurídica de las personas LGTB, e incluso aberraciones como las “terapias reparadoras” de la homosexualidad y de la transexualidad. No es de recibo que una persona así tenga la capacidad de decidir sobre asuntos que directamente involucran a los derechos humanos de las personas LGTB. Por mucho que tenga otros méritos.

Fuente Dosmanzanas

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Tres veteranos políticos unionistas proponen la convocatoria de un referéndum sobre el matrimonio igualitario en Irlanda del Norte

Martes, 23 de enero de 2018
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north_ireland-1Tres antiguos miembros de la Asamblea de Irlanda del Norte, todos ellos perteneciente a partidos unionistas, han formulado la propuesta de que el derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo sea sometido a referéndum. La relevancia de la propuesta es que es, precisamente, la facción unionista de la Asamblea la que ha bloqueado sistemáticamente todas las iniciativas al respecto, convirtiendo al Ulster en el único territorio de los cuatro que conforman el Reino Unido donde no se ha legislado el matrimonio igualitario.

La propuesta ha partido de David Campbell, antiguo presidente del Partido Unionista del Ulster (UUP); David McNarry, exmiembro de la Asamblea en representación del UKIP; y Michael McGimpsey, también exdiputado por el UUP. Los tres veteranos políticos han llegado a la conclusión de que hay tres asuntos que permanecen bloqueados, tanto en las negociaciones entre partidos como en la propia Asamblea de Irlanda del Norte, debido, sobre todo, a la necesidad de una mayoría favorable en las dos facciones, unionista y nacionalista irlandesa, en determinados asuntos, tal como se estableció en los acuerdos de paz de 1988.

Según el informe de los tres proponentes, que han titulado «Romper el bloqueo», actualmente «parece que hay tres temas centrales de desacuerdo: la demanda de una ley autónoma sobre el idioma irlandés para Irlanda del Norte, la demanda de la admisibilidad legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en Irlanda del Norte y la demanda de relajación de la ley del aborto en Irlanda del Norte». Dado que los propios acuerdos de paz fueron sometidos a consulta popular antes de convertirse en ley, los tres argumentan que sería el procedimiento adecuado para zanjar esas cuestiones definitivamente, una opinión especialmente valiosa si se tiene en cuenta que el propio David Campbell fue firmante de aquellos acuerdos en su calidad de líder del UUP, por aquel entonces el principal partido unionista.

Las preguntas que se someterían a referéndum serían las siguientes:

  • ¿Debería tener Irlanda del Norte una ley autónoma sobre el idioma irlandés?
  • ¿Debería permitirse contraer matrimonio civil a las parejas del mismo sexo en Irlanda del Norte?
  • ¿Debería enmendarse la ley existente en Irlanda del Norte para permitir el aborto cuando existe un diagnóstico de malformación del feto?
  • ¿Debería enmendarse la ley existente en Irlanda del Norte para permitir el aborto a una mujer que ha quedado embarazada como resultado de un delito sexual, incluyendo la violación y el incesto?

Según los tres veteranos políticos, «ninguno de nosotros tiene ambiciones electorales ni representa a ningún partido al efectuar esta propuesta. La ofrecemos de buena fe como una posible solución, y esperamos que así sea aceptada». No obstante, todos ellos han enviado el informe a sus antiguas formaciones políticas, y esperan conseguir su respaldo.

La dificultad para la propuesta estriba en que ninguno de ellos ha formado parte del Partido Democrático del Ulster (DUP), el principal partido unionista en la actualidad, que es quien ha vetado hasta en cinco ocasiones las proposiciones de ley de matrimonio igualitario presentadas en la Asamblea de Irlanda del Norte. Para ello ha llegado a hacer valer la «petition of concern», la cláusula que exige que las propuestas obtengan una mayoría mucho más amplia, y por parte de ambos bandos (unionista y nacionalista), dado que en la última votación los partidarios del matrimonio entre personas del mismo sexo fueron mayoría. Al bloqueo de la vía legislativa se unió el cierre de la vía judicial, tras el rechazo por parte del Alto Tribunal de Belfast a las demandas de las parejas del mismo sexo.

Si bien los unionistas del DUP perdieron su capacidad numérica de veto en las pasadas elecciones, la situación política actual en Irlanda del Norte es la de un Gobierno autónomo sin constituir después de un año, debido a la falta de acuerdos entre las minorías, con una Administración gestionada por funcionarios, que mantienen en funcionamiento los distintos departamentos sin que se hayan aprobado los pertinentes presupuestos, y que está próxima a alcanzar, según estimaciones, un punto crítico en cuanto a las finanzas públicas. No parece, pues, que sea el escenario más optimista para la convocatoria de cualquier referéndum.

Fuente Dosmanzanas
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Un muerto y varios heridos graves tras el asalto a un local de ambiente homosexual en Camerún por un grupo de militares

Martes, 23 de enero de 2018
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frame-cabecera-facebookUn grupo de militares cameruneses ha asaltado brutalmente un local de ambiente homosexual en la localidad de Gaorua. El asalto se ha saldado con un muerto, tres heridos graves —uno de los cuales ha perdido un ojo— y un número no determinado de heridos leves. No se ha abierto ninguna investigación al respecto, ni se han presentado denuncias, por lo que los asaltantes quedarán impunes de sus crímenes.

Según la narración de los activistas LGTB de Camerún, los hechos se produjeron el pasado 9 de enero a las 8 de la tarde en Gaorua, una localidad del norte del país, cuya población es de mayoría musulmana. Un miembro del Batallón de Intervención Rápida mantuvo un altercado en la zona donde se encuentra «Le Populaire», un conocido local de ambiente homosexual, en el que perdió su teléfono móvil. Él sospechó que había sido víctima de un robo, y así se lo comunicó a sus compañeros de milicia, que decidieron acudir a «Le Populaire» en busca de venganza.

Nada más entrar, comenzaron a golpear a todos quienes se cruzaban en su camino, hasta que se fijaron en una de las mesas que estaba ocupada por cuatro clientes, que inmediatamente se convirtió en su objetivo. Procedieron a atacarles de manera brutal, hiriendo a los cuatro de gravedad. Poco después, abandonaron el local.

Los cuatro heridos fueron conducidos a un hospital cercano para ser atendidos. Uno de ellos, desgraciadamente, falleció por las heridas recibidas mientras esperaba en una camilla en uno de los pasillos. Otro de los supervivientes perdió un ojo en el ataque, mientras que los otros dos permanecían en cuidados intensivos.

Aunque los activistas LGTB comunicaron los hechos a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y Libertades, no se ha iniciado ninguna investigación ni ningún procedimiento legal contra los soldados. Las familias de las víctimas tampoco han querido presentar denuncia alguna. La madre del fallecido ha afirmado que su hijo ha muerto únicamente por la voluntad de Alá. El brutal asesinato y la violencia contra las personas LGTB quedarán una vez más impunes.

Fotografías del fallecido y de los heridos en el centro hospitalario, en las que se puede constatar el brutal ensañamiento del ataque, han sido difundidas por el grupo Solidaridad Juvenil de Garoua. Dada la extrema crueldad de las imágenes, hemos preferido no publicarlas directamente, aunque son accesibles en la página que se enlaza en la entradilla.

La dura realidad camerunesa para las personas LGTB

A finales de 2012, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos expresaba su preocupación por la situación de las personas LGTB en Camerún, realmente complicada. Y es que cada poco tiempo se producen noticias de detenciones, algunas de las cuales hemos recogido a lo largo de los últimos años.

En febrero de 2012 informamos de la detención de al menos tres mujeres lesbianas. Poco antes, en enero de 2012, eran cuatro hombres los detenidos. En noviembre de 2011 tres hombres fueron condenados a cinco años de cárcel acusados de mantener relaciones homosexuales en un coche (una de las pruebas que el juez tuvo en cuenta fue que los acusados hubieran estado bebiendo Baileys, un licor considerado típicamente femenino. Por fortuna este caso fue luego reconsiderado). En octubre de 2011 se condenó a tres años de cárcel a Jean-Claude Roger Mbédé por declararse a otro hombre por SMS, pena que fue confirmada en diciembre de 2012. Lamentablemente, en enero de 2014 Jean-Claude fallecíaabandonado por su familia, por las complicaciones derivadas del maltrato sufrido.

En abril de 2011 se detuvo a otros tres jóvenes acusados de homosexualidad. En marzo de 2011 un nuevo detenido fue condenado a 36 meses de cárcel, motivo por el cual Amnistía Internacional llevó a cabo una acción. En octubre de 2010 dos jóvenes sufrían una detención y un trato degradante por parte de la Policía. En mayo de 2010 dos detenidos fueron luego condenados a cinco meses de cárcel. En marzo de 2010 otra detención se mezcló con un intento de extorsión por parte de la Policía a un ciudadano australiano. En diciembre de 2009 un joven fue finalmente liberado tras permanecer varios días en prisión en condiciones miserables.

En julio de 2013, se conoció la sentencia a prisión de dos hombres detenidos dos años antes por mantener relaciones homosexuales. También en 2013, fue sentenciado a nueve años de cárcel Cornelius Fonya, acusado de mantener relaciones con un joven de 19 años, en un juicio plagado de irregularidades. Su abogado, Walter Atoh, ha debido huir del país tras ser amenazado de muerte, mientras se dilucida la apelación. Más recientemente, en junio de 2014, se dio a conocer la historia de una pareja homosexual que se vio obligada a huir de su localidad tras ser ataca por sus vecinos y detenida por la policía.

A finales de 2015, Joshua Mbarga, un activista LGTB, sufrió la invasión de su hogar por unos delincuentes que intentaron matarle tras robarle con total impunidad. Alertada por los vecinos, la Policía intervino hasta que los asaltantes decidieron acusar a Mbarga de pretender mantener relaciones sexuales con uno de ellos. En ese momento la víctima se convirtió en objeto de investigación. En octubre de este 2016, tuvo lugar una redada masiva en un local de ambiente LGTB de Yaoundé, con un fuerte dispositivo policial que detuvo a todos los clientes y trabajadores presentes en el local. En diciembre del mismo año, fueron detenidos otros doce hombres por posesión de lubricantes y preservativos, algo considerado por las autoridades como prueba de comportamiento homosexual.  A finales de 2017, tres jóvenes fueron detenidos tras caer en una trampa tendida por miembros del ejército, por lo que deberán ser juzgados por un tribunal militar.

Uno de los sucesos más terribles tuvo lugar en julio de 2013, cuando fue brutalmente torturado y asesinado en su domicilio el activista LGTB Eric Ohena Lembembe, conocido por su labor en apoyo a los enfermos de sida y por sus continuas denuncias de las leyes homófobas del gobierno de Camerún y su pasividad ante la violencia desatada contra la población LGTB.

Y estos son solo los casos que trascienden a los medios internacionales. Según Human Rights Watch, al menos 28 personas han sido detenidas por delitos relacionados con la homosexualidad en los últimos tres años.

Además de todos estos episodios de homofobia,  también nos hemos hecho eco de la serie de vídeos “Homosexuales en Camerún: gentes como tú y yo”, breves reportajes que recogen testimonios de personas LGTB perseguidas por su orientación sexual en el país africano.

En Camerún, como citábamos anteriormente, las relaciones homosexuales están penadas con hasta cinco años de cárcel, pero según la activista LGTB Alice Nkom solo se puede detener a una persona si se la encuentra en situación de “flagrante delito”. Desgraciadamente, tal y como corrobora Human Rights Watch, son cada vez más los casos en los que la Policía ignora este requerimiento. Hace ahora cuatro años las autoridades políticas de Camerún rehusaron de hecho seguir las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas de despenalizar la homosexualidad y actuar contra la violencia homofóbica.

Fuente Dosmanzanas

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Valladolid Diversa reivindica la igualdad en el ámbito sanitario.

Lunes, 22 de enero de 2018
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índiceAunque ya se realizó el pasado sábado pero no pudimos publicarlo con tiempo, sin embargo el texto explica certeramente la situación de precariedad y discriminación que sufren las personas de Géneros y Sexualidades Diversas (GSD).

Valladolid Diversa se une a la manifestación de la sanidad para luchar contra las discriminaciones que sufrimos en el ámbito sanitario.

Desde la asociación Valladolid Diversa nos sumamos a la manifestación en defensa de la Sanidad pública que tendrá lugar el sábado 20 de enero en Valladolid, convocada por las Plataformas en Defensa de la Sanidad Pública de toda Castilla y León, y apoyamos su manifiesto. Nos sobran los motivos, porque las personas de Géneros y Sexualidades Diversas (GSD) venimos sufriendo diferentes discriminaciones en todos los aspectos de nuestras vidas, entre ellas en el ámbito sanitario. Sufrimos discriminaciones estructurales en materia sanitaria por parte de nuestro gobierno central y autonómico:

La orden dictada por el Ministerio de Sanidad en noviembre de 2014 excluye a las mujeres con sexualidad diversa del derecho a la reproducción asistida por no tener pareja varón. Las comunidades que niegan el acceso a las técnicas de reproducción asistida a las mujeres de nuestro colectivo se basan en esta Orden Ministerial contra la que existe una sentencia de 2015 que la considera discriminatoria por razones de orientación sexual. Castilla y León es una de esas comunidades que discrimina a las mujeres de nuestro colectivo por el mero hecho de tener una orientación sexual diversa.

Otra discriminación que sufrimos las personas GSD en Castilla y León es que no existe una unidad de cirugía de reasignación genital para las personas trans de nuestra comunidad. Muchas veces el personal sanitario de atención primaria desconoce cómo actuar personal y profesionalmente cuando en su consulta aparece una persona trans. No se conoce el protocolo a seguir, a qué especialistas derivar a esas personas y en muchas ocasiones no saben cómo tratarlas. La Ley de Identidad de Género de 2007 es patologizante, discriminatoria, injusta e incompleta porque para poder operarse obliga a las personas trans a pasar por un tribunal psiquiátrico que dictamine que no tienen ninguna enfermedad mental. En nuestra comunidad autónoma una persona trans no tiene la posibilidad física de someterse a una cirugía de reasignación genital por la sanidad pública. Es vergonzoso que se tengan que esperar años en una lista de espera de otra comunidad autónoma para algo tan esencial y necesario para algunas personas y que debería cubrir nuestra sanidad pública.

Podemos seguir sumando discriminaciones hacia nuestro colectivo, como la que sufren las personas trans que no pueden cambiar su nombre en la tarjeta sanitaria hasta que no lo hayan cambiado en su DNI, es decir, se les sigue tratando con un nombre con el que no se identifican de forma pública, sin atender a su identidad de género, sin respetar su dignidad ni su privacidad, evitando una mejor integración y provocando situaciones de sufrimiento a las personas trans. La legislación actual exige que la persona que solicite un cambio de género y nombre en su documentación debe ser mayor de edad y llevar un mínimo de 2 años en un proceso de hormonación, lo que significa que si eres trans al menos durante 2 años en la consulta de tu médico, el personal de citaciones, en la sala de espera de rayos, etc., te van a hacer pasar por esa situación.

Estas discriminaciones legales que sufrimos las personas GSD son lamentables y además se ven agravadas por los recortes en la Sanidad pública. Por todos estos motivos hemos decidido unirnos a la manifestación y animamos a todas las personas de Géneros y Sexualidades Diversas a acudir. Nuestro bloque saldrá con la columna de Valladolid, desde la Plaza Fuente Dorada a las 11:30.

Fuente Nota de Prensa

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Una pareja gay denuncia a una imprenta por enviarles un panfleto homófobo sobre el pecado y la fe en lugar de su recordatorio de boda

Lunes, 22 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Una pareja gay denuncia a una imprenta por enviarles un panfleto homófobo sobre el pecado y la fe en lugar de su recordatorio de boda

pareja-gay-demanda-imprenta-panfletos-homofobos-boda-696x522Aunque residen en Australia, Stephen Heasley y Andrew Birg, de 39 y 31 años de edad, son naturales de Pensilvania, donde deciden contraer matrimonio con el objetivo de estar cerca de sus familias. Cuando se encuentran ultimando los preparativos para el enlace, en septiembre del año pasado, solicitan 100 copias de un programa de mano a Vistaprint. En lugar de lo que habían pedido, reciben 80 copias de un folleto de propaganda cristiana, motivo por el que este martes, 16 de enero, presentan una denuncia federal en Massachucetts contra la empresa de impresión, alegando que se los enviaron en forma de ataque y amenaza por ser homosexuales.

Stephen Heasley y Andrew Borg se casaron en Pensilvania (Estados Unidos) el pasado mes de septiembre. El día previo a la ceremonia recibieron el paquete de la imprenta en el que, supuestamente, se encontraban los recordatorios de boda que habían encargado. Sin embargo, en lugar de estos, la imprenta de Massachusetts Vistaprint les envió un panfleto con mensajes homófobos como: «Tentación comprensiva: luchen la buena batalla de la fe», es el titular del panfleto que recibe la pareja, en lugar del programa en tonos azules y dorados que habían solicitado en el que explicaban los eventos del día de su boda, junto con los nombres de los miembros de su familia. A la pregunta «¿Si tu egocentrismo es lo que te atrae al pecado, ¿qué puedes hacer para evitar la tentación?», responden unos versículos bíblicos cristianos para resistir los tres tipos de tentación de Satanás: «La lujuria de la carne es lo que atrae a nuestro cuerpo de una manera pecaminosa», dice el primero, «la Lujuria de los Ojos es lo que nos atrae al pecado cuando lo miramos», afirma el segundo, y «orgullo de la vida es lo que atrae nuestra autoestima de una manera que nos dirige a ser egocéntricos», concluye el tercero. “Es un acto de rebelión contra la santidad de Dios”, “Satanás seduce a tu carne con malos deseos” o “el pecado es el resultado de tu fracaso en resistir la tentación”, entre otras lindezas. En un principio, los afectados lo achacaron a un lamentable error. Sin embargo, esta misma semana han decidido denunciar su caso ante Tribunal de Distrito de Massachusetts por incumplimiento de contrato y dolor emocional. Vistaprint se ha disculpado y ha anunciado una investigación interna.

Stephen Heasley y Andrew Borg se casaron en septiembre el condado de Butler, al oeste de Pensilvania, porque el primero es oriundo de allí; aunque actualmente se han trasladado a Sídney (Australia). Michael J. Willemin, el letrado de la pareja, argumenta en la demanda que “los panfletos, claramente enviados para amenazar y atacar al Sr. Heasley y al Sr. Borg, porque son homosexuales, advierten de que ‘Satanás seduce a tu carne con malos deseos’”. Willemin también alega que “este caso presenta un ejemplo particularmente atroz de una empresa que se niega a proporcionar servicios iguales a los miembros de la comunidad LBGTQ”.

Por ello, finalmente, los afectados han decidido denunciar lo sucedido ante los tribunales estadounidenses por incumplimiento de contrato y daños morales así como porque Vistaprint se negó a hacerse cargo del error y tuvieron que pagar 80$ por la impresión y el envío urgente de los dípticos de la boda. En la demanda, a la que ha tenido acceso el New York Daily News, Andre y Stephen, además de reclamar el dinero y una indemnización han señalado que el envío de esos panfletos tenían una clara intención de odio y pretendían comparar su relación con la “tentación de Satán“. Según han explicado Heasley y Borg a través de un comunicado: “nuestro objetivo es responsabilizar a Vistaprint por el daño que han causado y dar una voz a otras personas que puedan haber sido victimizadas de manera similar, ayudar a prevenir que esto le suceda a otra persona y enviar un mensaje de que habrá consecuencias por actos de odio perpetrados contra otros…, declara la pareja en un comunicado.

En la demanda explican que se sintieron «emocionalmente devastados por la conducta intimidante y discriminatoria de Vistaprinst», calificando el envío como un acto «atroz y despreciable» que les lleva a sentirse amenazados porque esas personas tienen la dirección donde viven sus familiares, lo que les lleva a sentir vulnerables a cualquier otra agresión de carácter homofóbico. «Nos casábamos en una granja familiar en lo que entendemos por ser una parte bastante conservadora y rural de Pensilvania. Si las personas malintencionadas decidieran enfocarse en nuestra boda e invitados, tendríamos muy pocas opciones para escapar o buscar refugio», declara Heasley.

Fundada por Robert Keane en Holanda, Vitsaprint es una empresa que distribuye artículos promocionales y de impresión que ofrece sus servicios a autónomos, PYMES y particulares. Vistaprint, la imprenta a la que realizaron el encargo de sus recordatorios de boda, es una compañía multinacional que opera en más de 120 países de todo el mundo. En Estados Unidos tiene su sede en Massachusetts, aunque su centro mundial está radicado en los Países Bajos y su oficina europea de marketing se encuentra en la ciudad de Barcelona (siendo esta última “la base de Vistaprint para las iniciativas de marketing de la compañía en Europa”).

Mediante un comunicado, la compañía justifica que “acabamos de enterarnos de este incidente en las últimas horas. Entendemos lo molesto que sería para cualquier persona recibir materiales como estos la noche anterior a su boda e inmediatamente hemos lanzado una investigación interna”. La empresa también añade que “Vistaprint nunca discriminará a los clientes por su orientación sexual. Nos enorgullecemos de ser una empresa que celebra la diversidad y permite a los clientes de todo el mundo personalizar los productos para sus eventos especiales”.

Vistaprint de ninguna manera aprueba, y no tolera, la discriminación contra ninguno de nuestros clientes en función de su raza, religión, género u orientación sexual. Alentamos a los miembros de la comunidad LGBTQ a usar nuestros servicios para ayudar a celebrar sus eventos de la vida durante muchos años, y han publicado miles de invitaciones de boda, programas y otro contenido para parejas del mismo sexo”, declara Trynka Shimerman, directora ejecutiva de Vistaprint al día siguiente, 17 de enero, asegurando que han iniciado una investigación para saber el origen y las causas del envío, prometiendo una «acción enérgica» contra cualquier empleado responsable de tal acción. Asimismo, se comprometen a «planificar cómo podemos usar nuestra plataforma de marca global para compartir un mensaje de apoyo para el matrimonio entre personas del mismo sexo y la igualdad en todo el mundo».

Este es el recordatorio de boda que Stephen Heasley y Andrew Borg encargaron a Vistaprint:

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Y este es el que recibieron un día antes del enlace en su domicilio:

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Discriminación empresarial hacia contrayentes del mismo sexo

No es la primera vez que en los Estados Unidos una empresa protagoniza un caso de discriminación hacia contrayentes del mismo sexo en el marco de su boda. Hace poco más de un mes, precisamente, llegaba al Tribunal Supremo de este país la disputa sobre si una pastelería puede negarse a elaborar una tarta nupcial para una pareja homosexual.

El caso se remonta a varios años atrás. Ya en 2013 mencionamos la historia en esta misma página. Dave Mullins y Charlie Craig acudieron a Masterpiece Cakeshop, una pastelería de Denver que hace tartas de boda personalizadas, para que elaborara su pastel. El dueño del negocio, Jack Phillips, se negó, argumentando razones religiosas. Mullins y Craig denunciaron lo sucedido al Departamento de Derechos Civiles de Colorado: en este estado, la denegación de servicios basada en la orientación sexual de los clientes está expresamente prohibida. Tan solo están exentas las confesiones religiosas en lo que respecta a sus ceremonias, pero dado que una pastelería no es una iglesia, el Departamento de Derechos Civiles dio la razón a la pareja. Se inició así una larga batalla legal que ha acabado ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

Fuente | Pink News, vía Dosmanzanas/Universogay

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América adelanta a Europa en derechos LGTB: ¿Por qué la decisión histórica de la Corte Interamericana no ha llegado aún al continente europeo?

Sábado, 20 de enero de 2018
Comentarios desactivados en América adelanta a Europa en derechos LGTB: ¿Por qué la decisión histórica de la Corte Interamericana no ha llegado aún al continente europeo?

CIDH-logo20130301El pasado 9 de enero, a instancia de un requerimiento de Costa Rica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una histórica opinión consultiva en la que consideraba que los países que reconocen su jurisdicción deben garantizar el matrimonio igualitario, además del reconocimiento jurídico a la identidad de género de las personas trans. La Corte insta a los Estados que se encuentran bajo su jurisdicción a impulsar las reformas legislativas administrativas y judiciales necesarias para cumplir con dicha resolución, aunque al no fijar plazos obligatorios de cumplimiento los Estados estos gozan de un amplio margen de tiempo para implementarla. Sea como fuere, hoy el activismo LGTB europeo mira con envidia hacia la otra orilla del Atlántico.

En diversas ocasiones se ha intentado  -sin éxito- que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dicte una resolución similar, especialmente en lo que al matrimonio se refiere. Más de un caso se ha llevado hasta Estrasburgo buscando una sentencia que abriera la puerta al matrimonio igualitario en todos los países de Europa. Así sucedió, por ejemplo, en el caso Schalk y Kopf contra  Austria (2010), en el que dos ciudadanos austríacos demandaron a su país ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por denegarles el acceso al matrimonio al ser ambos del mismo sexo. Un caso similar se siguió contra Francia en 2016: aunque el matrimonio igualitario ya contaba con reconocimiento en este país, el Tribunal debía valorar la validez de un matrimonio contraído entre dos hombres en el año 2004, cuando este tipo de uniones eran aún ilegales en Francia. La Corte volvió a remarcar que la Convención Europea de Derechos Humanos no reconoce el derecho al matrimonio igualitario, por lo que este solo debe ser reconocido en función de la legislación nacional vigente en cada Estado.

El mensaje de Estrasburgo parece claro: el derecho al matrimonio sin discriminación por orientación sexoafectiva no es un derecho humano. Hace unos días, no obstante, la Corte Interamericana de Derechos humanos afirmaba todo lo contrario.

¿Cuáles son las claves de esta divergencia?

América: una tradición distinta

Es innegable que tanto la realidad socio-jurídica como la situación del colectivo LGTB en ambas orillas del Atlántico son difíciles de comparar. Si bien Europa fue pionera en el campo del matrimonio igualitario -Holanda, Bélgica y España fueron los tres primeros países del mundo en reconocerlo- algunos países americanos como Argentina y Canadá les siguieron de cerca, y a día de hoy las parejas del mismo sexo se pueden casar en numerosos países del continente, incluyendo Estados Unidos y Brasil, los dos más poblados al norte y al sur.

Sin embargo, la lacra de la homofobia sigue golpeando al colectivo LGTB en América con unos niveles de violencia difíciles de comparar con los del continente europeo. Si bien casi ningún país americano castiga legalmente la homosexualidad (excepción hecha de Jamaica y algunos otros pequeños Estados del Caribe), la violencia contra el colectivo LGTB por parte de agentes no estatales –  -grupos organizados o agresores individuales- está gravemente extendida por Centroamérica y algunas zonas de América del Sur, hasta el punto de que muchas personas LGTB deben buscar asilo en otras partes del mundo.

Prueba de la atroz homofobia que aun existe en América han sido las diversas reacciones por parte de sectores ultraconservadores en diferentes lugares del continente ante la posibilidad de reconocer el derecho al matrimonio igualitario. Sirvan de ejemplo las multitudinarias manifestaciones en contra de dicho reconocimiento como las que tuvieron lugar en México en septiembre de 2016.

No obstante, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha demostrado un alto grado de progresismo jurídico en comparación con su homóloga europea, sobre todo des de la óptica de los derechos LGTB. En general, las decisiones que en numerosas ocasiones ha dictado la Corte Interamericana son ya un reflejo de su alto grado de progresismo: las sentencias de dicho tribunal suelen estar mucho más centradas en la víctima de la vulneración de derechos humanos, y en muchos casos se han ordenado medidas como obligar a los Estados a modificar sus leyes o incluso sus constituciones nacionales para cumplir con sus obligaciones de derechos humanos. En cuanto a derechos LGTB, la Corte ha venido manteniendo una jurisprudencia según la cual la orientación sexual y la identidad de género de las personas son categorías protegidas por la Convención, lo que implica la prohibición de discriminar en base a alguna de estas características. Más concretamente, la Corte ha dictado importantes sentencias en las que condena a estados como Colombia por no reconocer una pensión al sobreviviente de una pareja del mismo sexo; o a Chile, por privar a una madre lesbiana de la custodia de sus hijos.

El reconocimiento del matrimonio igualitario como derecho humano ha supuesto la culminación de dicho legado progresista de la Corte Interamericana. La Corte se basa precisamente en su jurisprudencia –según la cual no se puede discriminar por orientación sexual o identidad de género– para considerar como una discriminación estigmatizante el hecho de crear una institución diferente para las parejas del mismo sexo, que produzca los mismos efectos que el matrimonio, pero que no lleve ese nombre. Es precisamente esta misma declaración la que en numerosas ocasiones se ha buscado obtener por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. No obstante, a día de hoy tal hito no se ha conseguido.

¿Construcción de un “muro heteronormativo” en el Tribunal de Estrasburgo?

Como ya se ha mencionado, El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha tenido la oportunidad, en más de una ocasión, de pronunciarse acerca de la cuestión del matrimonio igualitario. Siempre que se ha llevado dicha cuestión a Estrasburgo, la demanda ha versado en torno a tres preceptos de la Convención Europea: El derecho del “hombre y la mujer” a contraer matrimonio (artículo 12), el derecho a la vida privada y familiar (artículo 8), y el principio de no discriminación (artículo 14). Por parte de las personas demandantes, siempre se ha argumentado que el artículo 12, que habla del derecho del “hombre y la mujer” a contraer matrimonio, no define a dicha institución como la unión exclusiva de hombre y mujer. Dicha interpretación se basa en el artículo 8 de la Convención, el cual establece el derecho a la vida privada y familiar -el cual implica que un Estado no debe interferir en ciertos aspectos de la vida privada de los ciudadanos, como por ejemplo la decisión de convivir con determinada persona y formar una familia- y el artículo 14, el cual establece que los derechos reconocidos a la Convención deben aplicarse por igual a todas las personas, sin ningún tipo de discriminación. Es precisamente este principio de no discriminación -también presente en la Convención Americana de Derechos Humanos- la que ha llevado a la Corte Interamericana a extender el derecho al matrimonio a todas las personas, sin discriminar en función de su orientación sexoafectiva.

Desafortunadamente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha tomado un camino radicalmente distinto, y ha optado en todos los casos por una interpretación rígida de la Convención, remitiéndose al significado que se quiso dar a sus artículos en el momento de su redacción -ni más ni menos que en el año 1950-, rechazando así una interpretación dinámica y evolutiva, que permitiera a la Convención adaptarse a los nuevos tiempos; y rechazando también que denegar el derecho al matrimonio a parejas del mismo sexo implicara una vulneración del principio de no discriminación.

Adicionalmente, el Tribunal de Estrasburgo siempre ha sacado a relucir la clásica doctrina del “margen de apreciación” cuando se le ha planteado la cuestión del matrimonio igualitario. Dicha doctrina sostiene que hay ciertos aspectos de la Convención respecto a los que, si no existe un consenso muy mayoritario entre todos los países europeos, son las autoridades nacionales de cada país quienes deben decidir. En otras palabras, la doctrina del margen de apreciación se aplica cuando Estrasburgo considera que los Estados están mejor capacitados que la Corte para interpretar ciertos asuntos que guardan relación con sus políticas de orden público o sus “valores morales”.  Esta doctrina, muy conservadora des del punto de vista jurídico, es frecuente en las decisiones del Tribunal Europeo, al contrario de lo que ocurre con la Corte Interamericana.

Al comparar el Tribunal Europeo con la Corte Interamericana, debe reconocerse que ambos tribunales tienen orígenes muy distintos, así como un funcionamiento particular y sobre todo un contexto sociopolítico claramente diferenciado. Aún así, guardan importantes similitudes básicas: ambos órganos judiciales tienen por objeto la interpretación y aplicación de una Convención de Derechos Humanos, y sus resoluciones son de obligado cumplimiento para los países que han aceptado su jurisdicción.

En el caso de Europa, absolutamente todos los países del continente, a excepción de Bielorrusia, se encuentran bajo la jurisdicción de la Corte. Esto implica que cualquier resolución del Tribunal deberá aplicarse de la misma forma en países con culturas políticas y jurídicas muy dispares. Es por ello que una resolución del Tribunal de Estrasburgo que obligara al reconocimiento del matrimonio igualitario supondría un hito histórico a la vez que un reto de dimensiones colosales, puesto que dicha decisión debería implementarse en países donde el colectivo LGTB no goza de tanto reconocimiento -ni a nivel legal ni a nivel social- como son la mayoría de países en la Europa del Este.

Sin embargo, la decisión tomada por la Corte Interamericana afecta también a ciertos países en el que la homofobia está aún muy presente a nivel social. Y aún así, dicha Corte ha optado por la valiente decisión de realizar un paso hacia adelante en pro de los derechos humanos. Y, mientras tanto, el Tribunal Europeo se refugia detrás de la doctrina del ‘margen de apreciación’ como mecanismo de supervivencia, quizás con la buena intención de evitar que ciertos países se retiren de su jurisdicción si el Tribunal les obliga a modificar sus leyes en temas tan sensibles como el matrimonio.

Llegados a este punto, la pregunta clave que debemos realizarnos en Europa es la siguiente: ¿debemos esperar a que haya un cambio social a nivel europeo para que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se vea legitimado a obligar a todos los Estados a reconocer el matrimonio igualitario? ¿O, por el contrario, necesitamos precisamente una sentencia que obligue a todos los países a reconocerlo, favoreciendo así una revolución a nivel social que condujera a un mayor respeto a las personas LGTB en todo el continente?

Fuente Dosmanzanas

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Trump quiere proteger al personal sanitario que se niegue a tratar a personas trans

Sábado, 20 de enero de 2018
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imagesRoger Severino, el ultraconservador al cargo de la Oficina de Derechos Civiles del HHS (gracias a Trump)

La administración Trump quiere proteger al personal sanitario que se niegue a llevar a cabo tratamientos que vayan contra su “moral” o “libertad religiosa”.

La medida permitiría a un sanitario negarse a tratar a una persona trans, ofrecer medidas de control de la natalidad, tratar a pacientes de VIH/SIDA o incluso informar sobre el aborto.

Como no ha tenido suficiente con instaurar el Día de la Libertad Religiosa y posicionarse en un juicio del Supremo del lado del derecho a discriminar a las personas LGTB+ en base a las convicciones religiosas de cada uno, ahora la administración de Donald Trump quiere que el personal sanitario pueda negarse a atender a determinados pacientes si eso entra en conflicto con fe o su moralidad.

El Departamento de Salud y Servicios Sociales tiene una política de derechos civiles que prohíbe a un trabajador del mismo negarse a, por ejemplo, atender a una persona trans durante su proceso de transición en base a esas convicciones personales. Hasta ahora en ese departamento (el HHS) imperaban los derechos civiles y la ley federal por encima de la conciencia.

Pero la Casa Blanca está revisando una propuesta de cambio en esa norma, que ha surgido desde el propio HHS, para proteger a esos trabajadores y asegurar que puedan expresar sus objeciones morales o religiosas frente a esas situaciones. Desde que Trump designó a Roger Severino como director de la oficina de de derechos civiles del HHS el organismo ha mostrado públicamente en varias ocasiones su disconformidad con la política instaurada por Obama que anteponía la salud y el servicio al paciente. En 2011 se reescribieron varias protecciones estipuladas durante el mandato de George Bush que protegían a los trabajadores que quisieran negarse a tratar a personas trans, ofrecer técnicas de control de la natalidad, cuidados paliativos, abortos o incluso tratamientos contra el VIH/SIDA. Este giro, que se espera se anuncie de forma oficial hoy mismo, se ha interpretado como un claro ataque a la comunidad LGTB+.

No es más que el uso de la religión para herir a las personas porque alguien no aprueba quiénes somos“, ha explicado Harper Jean Tobin, del Centro Nacional por la Igualdad Transgénero, “Cualquier Norma que garantice el derecho a discriminar será una desgracia y una burla al derecho a la libertad religiosa que todos apreciamos.” Y es que el colectivo LGTB+ nunca se ha mostrado contrario a esa libertad, pero sí que pretenden luchar contra los que quieren utilizar esa libertad para justificar la discriminación LGTBfóbica.

Desde la otra cara de la moneda Melanie Israel, de la Heritage Foundation (una organización ultraconservadora con un largo historial de confrontación con los derechos LGTB+ a la que, como puedes ver ahí arriba, pertenecía el propio Severino) ha asegurado que las violaciones de la conciencia de los trabajadores son demasiado habituales y es primordial que el gobierno les proteja: “Asegurar que los fondos del HHS no apoyan prácticas discriminatorias o moralmente coercitivas, o políticas que violan la ley federal no debería ser en absoluto controvertido.

Con esta nueva reforma se establecería, dentro de la oficina de derechos civiles del HHS, un nuevo organismo, la División de Conciencia y Libertad Religiosa, que revisará las quejas de los trabajadores que consideren que su fe o su moral se ve comprometida por las prácticas sanitarias que tengan que llevar a cabo. Y, por supuesto, protegerán su “derecho” a la objeción de conciencia.

Varias organizaciones de pacientes y grupos legales han avisado ya de que plantarán cara si algún trabajador del HHS se niega a ofrecer un servicio sanitario en base a la orientación sexual, el género o la expresión de género de un paciente. “Si la administración decide seguir adelante en la implantación de esta política discriminatoria, nos veremos en los juzgados” ha explicado en un comunicado Louise Melling, de la ACLU.

Fuente | Politico, vía EstoyBailando

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El fiscal pide hasta 21 años de cárcel por el “proyecto pillapilla” contra homosexuales

Viernes, 19 de enero de 2018
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138722388468Recordamos a estos machirulos homófobos y exhibicionistas Mikola Zatkalnitsky y su amiguito a los que parece gustarles salir en internet desnudos y muy depiladitos… Si es que…

Los miembros de este grupo se hacían pasar por un menor de edad y entablaron conversación en “chats” de contactos íntimos con tres homosexuales, con los que concertaron una cita. 

La Fiscalía contra los delitos de odio y discriminación de Barcelona solicita 21 años de prisión para los cabecillas del infame “Proyecto Pilla Pilla”, un grupo homófobo que, a imitación de los neonazis rusos de Occupy Pedofilyaj, se dedicó a finales de 2013 a hostigar, en los alrededores de la capital catalana, a homosexuales con los que contactaban a través de chats. Les acusa de tres delitos contra la integridad moral y dos contra la intimidad. La Fiscalía también solicita condenas de 15, 6 y 2 años de prisión para otros cuatro acusados, uno de ellos menor de edad en el momento de los hechos.

El fiscal pide hasta 21 años de cárcel para los integrantes del “proyecto pillapilla”, que preparaban emboscadas a homosexuales en Granollers y Les Franqueses, en Barcelona, para humillarles y vejarles sometiéndoles a un interrogatorio, que luego colgaban en las redes sociales.

El grupo, liderado por el joven de origen ucraniano Mikola Zatkalnitsky, alias “El Rusky”, fue desarticulado por los Mossos d’Esquadra a finales de 2013. Durante días, su actividad alcanzó gran eco en redes sociales, gracias a su supuesta finalidad “cazapederastas”, aunque por fortuna pronto quedó claro que no era más que un grupo homófobo creado a imitación de Occupy Pedofilyaj, una red de grupúsculos rusos responsables de numerosos episodios de violencia contra personas LGTB especialmente activa en esa época y con la que de hecho compartían simbología: un puño cerrado con el pulgar hacia arriba, pero doblado. El líder de Occupy Pedofilyaj era Maxim Martsinkevich, alias “Tesak” (un famoso neonazi que ya antes había sido el inspirador de Format 18, organización racista que se hizo muy conocida por sus brutales agresiones a ciudadanos no rusos). Martsinkevich fue condenado en 2014 a 5 años de prisión en su propio país, mientras que otros 6 integrantes de Occupy Pedofilyaj fueron condenados en 2015, también en Rusia, a entre 3 y 6 años de prisión.

thumb_474__4Mykola, de nacionalidad ucraniana, creó en noviembre de 2013 el grupo que denominó “proyecto pillapilla”, que era una imitación del grupo ruso “Occupy Pedofilya“, de clara ideología neonazi que, con el pretexto aparente de identificar y neutralizar a pederastas, buscaba perseguir, humillar y vejar a homosexuales. Siguiendo los mismos objetivos, el “proyecto pilla pilla, en el que Mykola logró reunir a varios integrantes -de los que los Mossos d’Esquadra lograron identificar a cinco y a un menor de edad-, actuó al menos contra tres víctimas, a las que, mediante un engaño previo, humillaron con un interrogatorio vejatorio, que grabaron en vídeo y difundieron por las redes sociales.

En su escrito de acusación, el Fiscal de delitos de odio y discriminación Miguel Ángel Aguilar pide la mayor pena, de 21 años de cárcel, para Mykola, el impulsor de este grupo, y para su principal colaborador, así como condenas de quince, seis y dos años para los otros cuatro acusados. El fiscal Miguel Ángel Aguilar, describe en su acusación al menos tres ataques acreditados del grupo a víctimas en Granollers, todos ellos con el objetivo de “atemorizar, humillar y represaliar” a hombres homosexuales valiéndose de la “notable desproporción” de su fuerza numérica. Tras engañarla a través de las redes sociales, el grupo concertaba un encuentro con la víctima, a la que rodeaba por sorpresa para que no huyera, la retenía y la filmaba mientras la sometía a un interrogatorio humillante, con pregunats vejatorias sobre su condición sexual, que finalizaba con la coacción a la víctima para que dijera frente a una cámara que era un “pederasta abusador de niños”. Les obligaba además a facilitar ante las cámaras su nombre completo y DNI para poder quedar libres. La mecánica era, en este sentido, calcada a la de los neonazis rusos (cuyos vídeos el propio Mikola Zatkalnitsky compartía en su perfil de VKontakte, principal red social rusa, en la que por desgracia sigue siendo posible acceder a numerosas de estas grabaciones en las que se maltrata a homosexuales).

1516210488_671881_1516210903_noticia_normalSegún el fiscal, los acusados actuaron con el objetivo de “atemorizar, humillar y represaliar” a los homosexuales. En el interrogatorio, los acusados obligaban a responder a las víctimas preguntas vejatorias sobre su condición sexual y familiar, dar su nombre completo y su DNI, proclamar públicamente su homosexualidad y reconocer -bajo coacción- que eran unos “pederastas abusadores de niños”. Posteriormente, editaban las imágenes y las colgaban en las redes sociales.

Según la Fiscalía, estos hechos, de los que únicamente se ha podido acreditar el caso de tres víctimas, causaron en esa época y en los meses sucesivos un “estado de alarma social” entre el colectivo homosexual, que temió por su seguridad y por su integridad y se vio gravemente afectado en su dignidad colectiva.

Los vídeos llegaron al entorno de las víctimas, que de esta forma pudieron descubrir su orientación sexual, conocer sus fantasías sexuales y la falsa acusación de que eran abusadores de niños, generando todo ello un daño “irreparable” en su honor y en su dignidad, debido al “escarnio público” que suponía que, sin haber cometido ninguna ilegalidad, se les asociara con la pederastia. De hecho, dos de las víctimas recibieron mensajes amenazantes en su teléfono, cuyo número aparecía en el vídeo que difundieron los acusados.

Por todo ello, el fiscal acusa al creador del grupo y a su principal colaborador -que era quien llevaba el peso de los interrogatorios-, de tres delitos contra la integridad moral y tres contra la intimidad, por los que les pide en total 21 años de cárcel.

A los otros cuatro acusados, el fiscal les pide condenas de seis años de prisión -a dos de ellos- y dos años -a los otros dos-, así como que indemnicen conjuntamente a cada una de las tres víctimas con 31.000 euros y la prohibición de acercarse a un kilómetro de distancia. Por cierto, que meses después de la desarticulación del grupo se supo de su conexión con una agresión racista ocurrida en el metro de Barcelona.

Fuente Agencias, vía Cáscara Amarga/Dosmanzanas

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Cinesa promociona “Call Me By Your Name”, una historia de amor homosexual, con la imagen de un chico y una chica (aunque rectifica tras la polémica…)

Jueves, 18 de enero de 2018
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Sorpresa (desagradable) la que hemos tenido al ver promocionada en Twitter Call Me By Your Name, la película de Luca Guadagnino que nuestro compañero Juan Roures ha calificado como “una de las mejores películas LGTB de todos los tiempos”con una imagen que sugiere la de una pareja heterosexual. Por fortuna, las críticas recibidas en redes sociales han hecho rectificar al grupo Cinesa, que ha publicado después nuevos tuits con imágenes que permiten hacerse una idea más precisa sobre la verdadera temática de la película. Lo sucedido, en cualquier caso, pone de manifiesto lo mucho que hay que seguir trabajando en favor de la visibilidad.

Este era el tuit con el que en la tarde de este martes Cinesa promocionaba Call Me By Your Name:

 

 Es cierto que el texto hace referencia a “Elio y Oliver”, pero la imagen escogida sugiere (ello es innegable) una historia de amor entre un chico y una chica. Quizá seamos malpensados, pero parecería que la elección de la imagen tiene como objeto “difuminar”, quizá por razones comerciales, que la película narra una historia de amor homosexual. O quizá se trate solo de torpeza, pero en este caso sería mayúscula: la película viene precisamente precedida por una polémica similar en Reino Unido, donde ya hace varias semanas la distribuidora Sony Pictures recibió fuertes críticas por promocionar la película con la misma imagen, en aquel caso sin ni siquiera hacer alusión a los nombres de los protagonistas
call-me-by-your-name-tuit-sony-pictures

Tras publicar Cinesa su tuit, las críticas en redes sociales (basta ver el hilo de comentarios generados a continuación) y en medios digitales no se hacían esperar. Hasta el punto de que Cinesa, sin hacer referencia a la polémica, publicaba ya el martes por la noche dos nuevos tuits que dejan mucho más claro el contenido de la película:

 

Mucho mejor así, sin duda. En cualquier caso, lo sucedido es sintomático y pone de manifiesto hasta qué punto sigue siendo necesario luchar día a día por la visibilidad LGTB. Incluso cuando se trata de vender historias declaradamente LGTB…

Call Me By Your Name se estrena en España el próximo día 26. Basada en la novela de André Aciman, adaptada nada más y nada menos que por James Ivory, narra el romance surgido entre Elio, un joven de 17 años interpretado Timothée Chalamet, y Oliver, el nuevo ayudante americano de su padre (interpretado por Armie Hammer) acontecido en una casa de campo italiana durante el verano de 1983. Estuvo nominada a tres Globos de Oro (mejor película dramática, mejor actor en película dramática y mejor actor de reparto) y ya veremos si logra vencer las resistencias y colarse en la lista de nominadas a los Óscar…

Fuente Dosmanzanas

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El hijo gay del nuevo senador por Alabama protagoniza una foto icónica con el homófobo vicepresidente Mike Pence

Martes, 16 de enero de 2018
Comentarios desactivados en El hijo gay del nuevo senador por Alabama protagoniza una foto icónica con el homófobo vicepresidente Mike Pence

dsqbfbgu0aeekzmEntre los reveses que la administración Trump ha recibido, uno de los mayores sin duda ha sido la reciente victoria del demócrata Doug Jones en las elecciones a senador por Alabama. Una victoria especialmente simbólica, al tratarse de uno de los estados más conservadores de la Unión y además contra el ultraconservador y LGTBfobo Roy Moore. Esta derrota encontró poco después una imagen fotográfica verdaderamente icónica: el hijo abiertamente gay del nuevo senador, Carson, asistía al juramento de su padre y dirigía una mirada de soslayo a Mike Pence que dejaba traslucir una profunda satisfacción y una nota de justicia histórica.

 Como ya informamos, el pasado 12 de diciembre los demócratas consiguieron una importante victoria en Alabama contra el senador LGTBfobo Roy Moore. Hoy nos hacemos eco de un giro curioso de esta historia, simpático pero que también tiene su calado simbólico.

La cuestión es que el nuevo senador Doug Jones tiene un hijo abiertamente gay, Carson Jones, quien fue un gran apoyo en su campaña. Tras la victoria de su padre, le acompañó a la toma de posesión de su cargo. En ese acto debía jurar en presencia del vicepresidente Mike Pence, otro político bien conocido por su LGTBfobia. Pence, de hecho, tuvo su momento de mayor protagonismo como gobernador de Indiana de la mano de su oposición a los derechos LGTB: en marzo de 2015 sancionaba orgulloso una ley, aprobada por la legislatura del estado (bajo control republicano) cuyo objetivo era impedir que entes locales o el propio Estado pudiesen aprobar normativas antidiscriminatorias que afectasen a la “libertad religiosa”, eufemismo que suponía la legalización de la discriminación contra las personas LGTB; un acto en el que Pence quiso rodearse de numerosos líderes religiosos, algunos de ellos virulentamente homófobos.

La norma provocó una intensísima reacción social en su contra, que amenazó con afectar seriamente la economía del estado y que de hecho dejó muy tocada su imagen. Mike Pence se vio obligado entonces a promover una norma adicional que clarificase los límites de la ley e impidiese la discriminación en la prestación de servicios a personas por motivos de orientación sexual. Una marcha atrás que dejó tocada la imagen de Pence y que seguramente fue una de las razones que le llevaron a aceptar la propuesta de Trump (cuando la elección de este parecía poco probable…) en lugar de optar a la reelección como gobernador.

Pues bien, con este trasfondo, en la toma de posesión de su padre como senador, Carson Jones dirigió una mirada muy elocuente al vicepresidente, que fue capturada en foto y que se ha hecho viral. En la foto, el joven mira de lado y de manera penetrante al vicepresidente, y se advierte una clara satisfacción en sus ojos. No sorprende que en las redes se haya tomado esto como un gesto de victoria y de justicia histórica. Al fin y al cabo, el LGTBfobo Pence tuvo que validar con su presencia a un senador demócrata en un feudo republicano como Alabama; y además contempló cómo un estado con un fuerte arraigo del cristianismo fundamentalista evangélico, y cuyo otro aspirante a senador era un virulento LGTBfobo como Roy Moore, elegía en cambio a alguien con un hijo orgullosamente gay. “La foto de la década; Doug Jones jura su cargo mientras su hijo abiertamente gay desintegra en silencio el alma de Mike Pence”, destacaba por ejemplo en Twitter el actor y novelista Derek Milman:

En una entrevista posterior, Carson Jones habló sobre el ambiente en que creció, su proceso de autoaceptación y lo que significaba para las personas LGTB y de otras minorías en Alabama la candidatura de Roy Moore. Aunque fue consciente de su orientación sexual desde el instituto, Carson no salió del armario con su familia hasta hace dos años y medio; lo hizo el mismo día de la histórica sentencia del Tribunal Supremo que hizo extensivo el matrimonio igualitario a todo el territorio de Estados Unidos. Anteriormente, el ambiente muy conservador del vecindario donde vivía (aunque no de su familia) hacía poco propicio ser gay visible. Asimismo, durante la campaña electoral, tanto las personas LGTB como las mujeres y las personas de raza negra vieron claro que estaban verdaderamente amenazadas por una eventual victoria de Moore, quien se destacó por sus acciones homófobas, como el intento de impedir los matrimonios de parejas del mismo sexo, o sus declaraciones acerca de que la mejor época de los Estados Unidos fue el periodo anterior a la abolición de la esclavitud. Durante la campaña, pues, se jugaban mucho y lo sabían: “Cuando Roy Moore ganó en la noche de las primarias [a candidato republicano] creo que sentimos un enorme sentido de responsabilidad. Teníamos miembros del equipo que eran parte de nuestra campaña y que eran LGBTQ, o de diferentes grupos minoritarios, y que estaban llorando. Y creo que esto nos galvanizó de cara a dirigirnos esos grupos, no para obtener sus votos, sino para decirles que nos importaban”, afirma en la entrevista.

Por último, el gesto de Carson Jones ha tenido amplia repercusión por una razón más “frívola”. El hijo del nuevo senador, sin duda un joven atractivo, es muy activo en redes sociales, en particular en Instagram, y numerosos medios LGTB no han dejado de hacerse eco de algunas de sus fotografías. Por si algunos lectores tienen interés, pueden acceder a su perfil público en Instagram, donde el propio Carson se define como “caballero del Sur”, “cuidador de zoo”, “adicto al gimnasio”, “aventurero” y “adicto al sushi”.

Fuente Dosmanzanas

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La Justicia absuelve finalmente a la exministra francesa Christine Boutin, que había sido condenada por calificar la homosexualidad de “abominación”

Sábado, 13 de enero de 2018
Comentarios desactivados en La Justicia absuelve finalmente a la exministra francesa Christine Boutin, que había sido condenada por calificar la homosexualidad de “abominación”

Christine-Boutin-2La que fuera ministra de Vivienda de Francia en el Gobierno de Nicolás Sarkozy, Christine Boutin, ha celebrado que la Corte de Casación (Cour de Cassation) haya decidido anular la condena que pesaba sobre ella por calificar la homosexualidad de “abominación”. Para Boutin, “las libertades de expresión y conciencia todavía existen en Francia”. La LGTBfóbica y ultraconservadora exministra (retirada de la política activa desde abril de 2017) se ha librado así de pagar los 5.000 euros que le había impuesto previamente otro tribunal. La Corte de Casación le anula la condena porque su declaración, aunque fue “indignante”, no la entiende como una “exhortación al odio o la violencia contra homosexuales”.

En noviembre de 2016, recogíamos la condena a Christine Boutin, ministra de Vivienda de Francia entre 2007 y 2009 en el Gobierno derechista de Nicolás Sarkozy. En una entrevista publicada en la revista Charles en abril de 2014, Boutin decía que “la homosexualidad es una abominación. Pero no la persona. El pecado nunca es aceptable, pero el pecador siempre ha sido perdonado. Tengo amigos homosexuales”. El Tribunal de Apelaciones de París le imponía una sanción de 5.000 euros por dichas declaraciones. Sin embargo, después de que la homófoba política del del Partido Cristiano-Demócrata francés recurriera la condena, finalmente la Corte de Casación del país galo ha decidido absolverla.

Al conocerse la condena hace poco más de un año, la defensa de la exministra solicitaba su absolución, que finalmente ha conseguido, al considerar que la ofensa de Boutin a la comunidad LGTB es solo “una opinión”. Según el letrado, la sentencia condenatoria “tendrá enormes consecuencias sobre la libertad de expresión”. Ahora, con la anulación de su condena, la propia Boutin ha dicho a través de su cuenta de Twitter que “el más alto tribunal francés confirma que las libertades de expresión y conciencia aún existen en Francia”.

La comunidad igualitaria francesa, encabezada por la Inter-LGTB (parte de la acusación en el enjuiciamiento a Christine Boutin), aseguró en 2016 que  “en un contexto en el que las agresiones LGTBfóbicas están aumentado y no están concluidos los debates sobre la ley del matrimonio para todos, la justicia envía una fuerte señal a la sociedad”. Ahora, con la absolución de la exministra, dejan claro que “para nosotros estaba claro que era incitación al odio, porque lo que dijo la señora Boutin es parte de una cronología, denunciada por Clémence Zamora Cruz, portavoz de la Inter-LGBT. Esta no es la primera vez que [Boutin] hace comentarios extremos sobre homosexuales”.

Por su parte, el activista Jean-Luc Romero, al que citábamos hace poco más de un año en la noticia sobre la condena a Boutin, confiesa sentir “vergüenza” por la decisión de la Corte de Casación de absolverla y lo califica como una “muy mala noticia”.

 

Fuente Dosmanzanas

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Según el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los cónyuges de matrimonios del mismo sexo deben ser reconocidos en toda la Unión

Viernes, 12 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Según el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los cónyuges de matrimonios del mismo sexo deben ser reconocidos en toda la Unión

justice-europeImportante pronunciamiento de Melchior Wathelet, uno de los once abogados generales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre el caso de Adrian Coman, un ciudadano rumano, y su marido estadounidense Robert Hamilton. Ya en entradas anteriores hemos comentado su historia: la pareja, casada en Bélgica, presentó una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio. Una falta de reconocimiento legal que impide a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país. El caso está siendo estudiado por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, y aunque aún no hay sentencia, el informe del abogado general de la institución no deja lugar a dudas: los cónyuges de los matrimonios entre personas del mismo sexo de los ciudadanos de la Unión deben ser plenamente reconocidos en todo el territorio comunitario, con independencia de que cada Estado permita o no el matrimonio igualitario en su territorio.

Tras un ya largo proceso judicial, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo que ha sido vulnerada en su caso. La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de sus miembros es un ciudadano comunitario.

Casi un año después, y como ya comentamos el pasado noviembre, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) anunciaba que la Gran Sala se haría cargo de las deliberaciones. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia. Semanas después, nos llega una primera noticia muy positiva: el prestigioso jurista belga Melchior Wathelet, uno de los once abogados generales con los que actualmente cuenta el Tribunal Superior de Justicia de la Unión (él mismo fue juez de la Corte Europea de Justicia) ha hecho públicas sus conclusiones sobre el caso. Y no pueden resultar más claras: la razón está de parte de los demandantes. Según detalla el comunicado de prensa del propio Tribunal Superior de Justicia de la Unión, “el problema jurídico que constituye el eje central del litigio no es la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo, sino la libre circulación de los ciudadanos de la Unión”. “Pues bien, aunque los Estados miembros disponen de la libertad de prever o no el matrimonio entre personas del mismo sexo en sus ordenamientos jurídicos internos, deben cumplir las obligaciones que les incumben en virtud de la libertad de circulación de los ciudadanos de la Unión”, añade.

En este sentido, el abogado general observa que la norma europea no incluye ninguna remisión al Derecho de los Estados miembros para determinar la condición de cónyuge, de modo que dicho concepto debe tener en toda la Unión una interpretación autónoma y uniforme. “Sobre este particular, el abogado general subraya que el concepto de ‘cónyuge’ en el sentido de la Directiva está ligado a un vínculo basado en el matrimonio, aun siendo al mismo tiempo neutro desde el punto de vista del género de las personas de que se trata e indiferente en relación con el lugar donde se ha contraído el matrimonio”, explica el comunicado. En este marco, el abogado general considera que, a la luz de la evolución durante el último decenio en materia de autorización del matrimonio entre personas del mismo sexo, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en virtud de la cual el término “matrimonio” designa solo una unión entre dos personas de distinto sexo ya no puede seguir aplicándose.

El abogado general va aún más lejos, al señalar que también que el concepto de “cónyuge” está relacionado necesariamente con la vida familiar, que está protegida de idéntico modo por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el Convenio Europeo de Derechos Humanos. A este respecto, recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (distinto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y cuyo ámbito excede al de esta) ha reconocido que las parejas homosexuales, por un lado, pueden disfrutar de una vida familiar, y, por otro, deben tener la posibilidad de obtener el reconocimiento legal y la protección jurídica de su pareja. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también ha considerado que en el ámbito de la reagrupación familiar el objetivo consistente en la protección de la familia tradicional no puede justificar una discriminación por razón de la orientación sexual. Recordamos, en este punto, que hace solo unas semanas el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló contra Italia por discriminar a seis parejas del mismo sexo casadas legalmente en otros países. Los denunciantes habían recurrido a la justicia europea en 2012, cuando en este país no existía aún ninguna regulación legal de las parejas del mismo sexo. El Estado italiano fue condenado a indemnizar a cada uno de los demandantes con 5.000 euros.

En estas circunstancias, el abogado general considera que el concepto de “cónyuge” en el sentido de la Directiva incluye también a los cónyuges del mismo sexo. “En consecuencia, tal persona puede también residir permanentemente en el territorio del Estado miembro en que su cónyuge se ha establecido en su condición de ciudadano de la Unión tras haber ejercido su libertad de circulación. Esta conclusión es también aplicable al Estado de origen del ciudadano, cuando regresa a él tras haber residido permanentemente en otro Estado miembro en el que ha desarrollado o consolidado una vida familiar, como ha hecho el señor Coman con el señor Hamilton en el caso de autos”, explica el comunicado.

A la espera de una sentencia que marcaría un antes y un después en la Unión

Es importante destacar que las conclusiones del abogado general no vinculan al Tribunal de Justicia: su función consiste en proponer a este una solución jurídica al asunto del que se ocupa, pero ahora son los jueces los que deben deliberar. La sentencia se dictará, por tanto, en un momento posterior, y no hay seguridad absoluta de que sea en el mismo sentido (aunque parece poco probable que sea de otra forma).

Por otra parte, hay que tener en cuenta que hablamos de una remisión prejudicial, que permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio, interroguen al Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. Pero el Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional: es el tribunal de cada país quien debe resolver el litigio de conformidad, eso sí, con la decisión europea. Será, por tanto, el Tribunal Constitucional de Rumanía el que con posterioridad deberá resolver de forma efectiva en favor del matrimonio Coman-Hamilton. Un país, Rumanía, en el que en este momento se está desarrollando en paralelo un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario vía referéndum.

Una decisión favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sin embargo, convertiría en papel mojado dicha prohibición por lo que a los matrimonios con otros ciudadanos de la Unión se refiere, que no es poco. Y sobre todo, la decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar. De esta forma, la resolución sentaría un importantísimo precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias. Y muy especialmente en el caso de los seis Estados miembros que carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo, y que además de Rumanía son Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia. Situaciones como la que han sufrido Adrian Coman y su marido, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarían a ser parte del pasado.

Fuente Dosmanzanas

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Transfobia procesal: la Fiscalía ignora la identidad de género de Cassandra Vera, se refiere a ella en masculino y califica su nombre de “pseudónimo”

Viernes, 12 de enero de 2018
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58f483749e1b8-r_1493397155822-0-157-439-383Vergonzosa transfobia de la Fiscalía, que en un escrito dirigido al Tribunal Supremo en el que solicita que se confirme la condena de un año de cárcel a Cassandra Vera por sus chistes sobre la muerte de Carrero Blanco se refiere a esta en masculino y la acusa de esconderse bajo un “pseudónimo”, en referencia a su nombre. 

En un escrito para refutar el recurso de la defensa solicitando al absolución de Cassandra Vera, la Fiscalía reincide en su actitud transfóbica al referirse a ella siempre en masculino y señalando que el nombre que ella a elegido para reflejar su identidad de género es un simple «pseudónimo» bajo el que oculta su «verdadera» identidad.

El caso es bien conocido. La estudiante trans de Historia Cassandra Vera fue condenada en marzo de 2017 a un año de prisión y siete de inhabilitación absoluta al considerarla la Audiencia Nacional culpable de un delito de humillación a las víctimas del terrorismo tras publicar varios chistes referidos a la muerte de Luis Carrero Blanco (el que fuera presidente del Gobierno de la dictadura franquista, objeto de un atentado de ETA en junio de 1973). La defensa de la joven presentó el correspondiente recurso al Tribunal Supremo. Durante el proceso y después la joven ha sido víctima de comentarios tránsfobos (incluso por parte de cargos públicos electos) que, estos sí, han quedado impunes.

Pues bien, según desvelaba ayer la cadena SER, la Fiscalía ha solicitado al Tribunal Supremo que confirme la condena mediante un escrito en el que continúa refiriéndose a Cassandra Vera en masculino (como ya ocurrió durante el juicio en la Audiencia Nacional). Y ello a pesar de que es público y notorio que su identidad de género es femenina, aunque no haya modificado a día de hoy su identidad registral. Pero la Fiscalía va en este caso aún más lejos, y la acusa de esconderse bajo pseudónimo. “Existen datos para sostener que el sujeto sabía que estaba realizando hechos patentemente ilícitos. Entre otros, ¿por qué si era tan legal lo que hacía se escondía bajo el pseudónimo de Cassandra?”, afirma el escrito, siempre según la SER. En definitiva, la condición trans de Cassandra se convierte en un argumento culpabilizador…

En una entrevista concedida al diario Público, Cassandra Vera asegura sentirse humillada, aunque no sorprendida, tras conocer la noticia. “Es una muestra de que en las instituciones sigue habiendo mucha homofobia y transfobia. Era difícil superarse y lo han conseguido. Se han lucido. Muestra lo bajo y lo ridículo que ha caído el fiscal de mi caso. Cassandra es mi nombre, es el que todo el mundo usa conmigo y así me presento. Es ridículo que diga que lo utilizo para esconder mi identidad cuando yo he subido fotos mías a Twitter, de mi vida cotidiana, del sitio donde estudio…“, asegura.

Público pregunta también a Vera por lo que sucedió en el juicio de la Audiencia Nacional, donde ya se la trató en masculino. La joven destaca, en este sentido, lo paradójico de que en un juicio que supuestamente buscaba reparar la dignidad de otra persona se denigrara la suya. “Como si yo tuviera menos derecho a la dignidad. En la sentencia también se escribió mi antiguo nombre, en masculino. No sé hasta qué punto debe de ser así en los documentos legales, pero es cierto que en el juicio podrían haber mostrado más respeto, pero nada. Hay que tener en cuenta que hablamos de una gente que me juzgó y condenó por hacer chistes de un fascista. No espero ningún re speto ni comprensión de esta gente”, añade.

«El escrito menosprecia intencionadamente un derecho tan básico como la identidad de género de las personas . Además, durante la visita oral en la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se la trató continuamente como un hombre pese que ella se considera una mujer, lo que es otro claro discriminación institucional», declara Marta Sorlí, de Compromís, quienes han solicitado en varias ocasiones el indulto para la tuitera murciana.

“Estupor” de la Plataforma por los Derechos Trans

La Plataforma por los Derechos Trans #NadieSinIdentidad ha mostrado en un comunicado su desconcierto por el trato a Cassandra Vera en el escrito de la Fiscalía, que considera vejatorio, trasnochado y una agresión al derecho de la libre determinación de la identidad y expresión del género”“La identidad sexual no es un disfraz, es un derecho humano, y en consonancia a esta las personas nos socializamos y relacionamos”, asegura su presidenta, Mar Cambrollé, para la cual el nombre por el cual las personas desean ser llamadas forma parte del derecho al honor, intimidad y la propia imagen de las personas trans.

La Plataforma recuerda que no solo diversas leyes autonómicas reconocen como un derecho la libre determinación de la identidad y de la expresión de género, sino también distintas directivas y declaraciones internacionales “que hacen que la libre determinación de la identidad tenga rango de derecho humano fundamental”. “Denominar pseudónimo al nombre libremente elegido con el que la joven Cassandra se socializa y vive su identidad es una forma de ridiculizar y no respetar la identidad de esta joven, y por ende de todas las personas trans, constituyendo un retroceso y un revés a todos los avances en derechos ya en vigor en muchas comunidades del Estado español” añade Erik García, vocal de juventud de la entidad.

“Estos lamentables e inaceptables hechos, ponen de manifiesto la necesidad de una legislación específica para las personas trans que garantice la libre determinación de la identidad y expresión de género. Es inaplazable seguir demorando el registro inminente de la propuesta de ley trans estatal que Unidos Podemos se ha comprometido a registrar y que hará de España el epicentro del respeto y la protección jurídica de las personas trans”, concluye el comunicado.

Fuente Dosmanzanas/Cáscara Amarga/Universogay

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La asociación LGTB tunecina Shams recibe amenazas de muerte tras inaugurar su emisora online de radio

Miércoles, 10 de enero de 2018
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780x580-noticias-shams-radLa asociación tunecina de defensa de los derechos LGTB Shams ha recibido numerosos insultos y amenazas, incluso de muerte, tras inaugurar el pasado mes de diciembre su cadena de radio en la red, que se cree que es la primera de su tipo en el mundo árabe. Los integrantes de la asociación, sin embargo, continúan en su empeño de promover la tolerancia y el respeto en un país donde las relaciones homosexuales son castigadas hasta con tres años de cárcel.

El 12 diciembre, la asociación LGTB tunecina Shams comunicaba la inauguración de una webradio, denominada Shams Rad, que, bajo el lema de «Igualdad y dignidad», quería dar a conocer la vida cotidiana de la población homosexual, bisexual y transexual de Túnez. Su intención es contrarrestar la visión absolutamente negativa que ofrecen generalmente los medios de comunicación en su país y su entorno.

Precisamente eligieron el formato online para poder difundir su mensaje no solo en Túnez, sino también en el resto de países de su entorno cultural. Para ello contaron con la colaboración de la embajada de Holanda en Túnez, con cuyo apoyo pudieron finalmente ofrecer su primera programación el 19 de diciembre, convirtiéndose, según los miembros de Shams, en la primera emisora de su tipo en el mundo árabe. Con un horario que abarca desde el comienzo de la mañana hasta medianoche, los integrantes de la emisora intentan, según sus palabras «abordar la vida cotidiana de la comunidad LGBT, el aspecto político, social y psicológico del este asunto. También habrá música, cine…».

Poco después de la inauguración, el Consejo Sindical de Imanes y Miembros de Mezquitas comunicaba la presentación de una demanda contra Shams, arguyendo que «el lanzamiento reciente de una radio por la asociación constituye un peligro inminente para nuestros valores y nuestra identidad religiosa y social». Incluso llegaron a afirmar que la asociación pretendía defender «la delincuencia sexual». Tras la demanda, llegaron a difundirse rumores de que el Ministerio del Interior había ordenado el cierre de la emisora, pero su portavoz lo desmintió, indicando que se trataba de un asunto fuera de sus competencias.

Lo que también han proliferado son los insultos y amenazas. Según el presidente de Shams, Mounir Baâtour, «hemos recibido más de cinco mil amenazas de muerte y también de quemar la sede de la emisora». A pesar de ello, los miembros de la asociación persisten en su empeño, pues, como afirma su director ejecutivo, Bouhdid Belhedi, «nadie habla honestamente sobre la comunidad LGTB. Esto ofrece a la gente una manera de defender a nuestra comunidad, algo que necesitamos en Túnez y en Oriente Medio».

La hostilidad contra los ciudadanos LGTB tunecinos

La persecución social y de Estado hacia los hombres homosexuales y bisexuales tunecinos es incesante. Las detenciones por mantener relaciones sexuales con personas del mismo sexo, son constantes y las condenas a prisión habituales, lo que ha sido calificado por la asociación Shams como una auténtica “cacería”.

Los defensores de los derechos LGTB —que luchan por la derogación del artículo 230 del Código Penal, que castiga las relaciones homosexuales con penas de hasta 3 años de prisión— sufren constantes agresiones, hasta el punto de que algunos de ellos han tenido que exiliarse ante las repetidas amenazas de muerte.

Los activistas luchan por la derogación del artículo 230 del Código Penal de Túnez, que castiga las relaciones homosexuales con hasta tres años de prisión. Una legislación que se ha aplicado también a mujeres transexuales.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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