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Sigue la transfobia en el Poder Judicial en Chile: tribunal se niega a condenar por femicidio al asesino de una adulta mayor trans de Cartagena

Sábado, 21 de octubre de 2023
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claudia-diaz-2-576x394Solo porque Claudia Díaz Pérez (74), pese a ser reconocida por todo su entorno como mujer, no había rectificado su partida de nacimiento. Es el segundo fallo del Poder Judicial de características similares en menos de una semana. El Movilh acusó “insensibilidad y transfobia en el Poder Judicial y una escalada de odiosidad contra personas LGBTIQ+ en la Defensoría Penal Pública”.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio, Mauricio Aguilar, Edgardo Castro y Sergio Rojas, se negaron a condenar por femicidio al asesino de la peluquera y adulta mayor Claudia Díaz Pérez (74), señalando que no podía considerarse como mujer ya que no había rectificado de partida de nacimiento, razonamiento que fue repudiado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

Desatendiendo la petición de la fiscalía de condenar al homicida, J.A.R.P (40), por femicidio, el tribunal decidió ayer solo aplicar sanciones por homicidio simple, descartando además que la víctima fuese asesinada por su identidad de género, aún cuando testigos fueron claros en relatar que el delincuente se jactó de haberle “pegado a un maricón”.

La ley exige el cambio registral de la persona transgénero para considerarla del sujeto pasivo del delito de femicidio”, señaló el Tribunal.

Sin embargo, replicó el encargado de derechos humanos del Movilh, Ramón Gómez, “no existe ley alguna que exija ello. Es más la ley de identidad de género afirma que la identidad de género está definida por como las personas se autodefinen, al margen de lo indicado en su identificación legal. Este es el segundo pronunciamiento de tribunales que incurre en discriminación en menos de una semana, pues días tras en Iquique se anuló una condena por femicidio contra el asesino de la dirigente trans, Yuridia Pizarro”.

Esto nos lleva a concluir la existencia de insensibilidad y transfobia en el Poder Judicial y de una escalada de odiosidad contra personas LGBTI en la Defensoría Penal Pública, pues esta última entidad ha llegado más lejos que los tribunales en su desprecio a la diversidad sexual y de género, llegando al extremo de decir que la calidad de mujer solo se define biológicamente”, apuntó Gómez.

En efecto, la defensa de J.A.R.P, representada por la abogada Fernanda Molina  “apunta a que los hechos no son constitutivos de femicidio, sino que de un homicidio simple, por cuanto el concepto de mujer se debe determinar desde lo biológico y no desde lo identitario”, se lee en el expediente. Sin embargo, el tribunal  desestimó parcialmente asa hipótesis, al sostener que la calidad  de mujer también se determina por “la expresión de género”.

El Movilh replicó que “aquí el Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio entró en abierta contradicción, pues si concluye que la calidad de hombre o mujer puede ser determinada por lo biológico o la expresión de género, no se entiende como exige para aplicar la sanción de femicidio la rectificación de la partida de nacimiento. La ignorancia y brutalidad para abordar la identidad de género es alarmante”.

El 10 de diciembre del 2022 J.A.R.P (40) asesinó a Claudia Díaz en su domicilio, ubicado en la calle Mariano Casanova de Cartagena. La golpeó con sus puños, provocándole una fractura malar izquierda y una herida cortopunzante en la cabeza además de proceder a “estrangularla con sus manos hasta causarle asfixia y un traumatismo cráneo facial”, se lee en el fallo. Junto a ello, le robó un parlante, un computador y un carro de feria

“Estamos consternados/as por lo que está ocurriendo en el Poder Judicial, pues a todas luces están retrocediendo en el respeto a los derechos humanos de las personas LGBTIQ+. En diversas ocasiones las cortes, incluida la Suprema, han condenado a instituciones o personas por no respetar la identidad y expresión de género de las personas trans, hubiesen o no rectificado su partida de nacimiento, por lo que lo ocurrido  este mes es un retroceso alarmante que nos recuerda los días más homo/transfóbicos del Poder Judicial, aquellos de los años 90 que pensábamos habían quedado en el pasado”, finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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Exigen a la Defensoría Penal Pública de Chile que termine con sus prácticas homo/transfóbicas

Viernes, 20 de octubre de 2023
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IMG_0872Luego de que la entidad defendiera al asesino de una mujer trans, la iquiqueña Yuridia Pizarro, desconociendo y negando la identidad de género de la víctima. El Movilh envió un reclamo al defensor nacional, Carlos Mora Jano.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) envió una misiva al defensor nacional, Carlos Mora Jano, para expresarle su “máxima preocupación por el quehacer abiertamente transfóbico ejercido por la Defensoría Penal Pública (DPP) al actuar en representación” de Jhonatan Stiven Cañón Rodríguez, quien en junio del 2022 quitó la vida a la dirigente trans iquiqueña Yuridia Pizarro Torres.

La semana pasada los/as abogados/as defensores Daniel Huerta González y Cristina Rodríguez Álvarez pidieron y consiguieron anular ante la Corte de Apelaciones de Iquique una condena por femicidio dictada contra el asesino, alegando que Yuridia solo por ser trans no es mujer,  por lo cual se deberá haber un segundo juicio

¡El Movilh señaló a Mora Jano que  “nuestra organización entiende y respeta las acciones de la Defensoría Penal Pública para actuar en defensa de personas acusadas de delitos, pero ello en nada se relaciona con que desde vuestra entidad se incurra en abiertas prácticas discriminatorias, que desacreditan el tipo de pena que deben recibir las personas exclusivamente en razón de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las víctimas, todas categorías protegidas por la Ley Zamudio”.

A este se añade, redondeó el Movilh,  que el artículo 1 de la Ley de Identidad de Género establece expresamente  que “se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción del nacimiento”.

“Pues bien la identidad de género de Yuridia corresponde a la de una mujer, no  a la de un hombre. Sin embargo, en unas de sus más odiosas defensas, los/as abogados/as Daniel Huerta González y Cristina Rodríguez Álvarez pidieron y consiguieron anular ante la Corte de Apelaciones de Iquique la condena por femicidio, alegando que Yuridia no es mujer, lo que constituye una evidente violación a los derechos humanos”, señaló el Movilh

El transfóbico argumento usado en el proceso por los mencionados abogados y por la DPP señaló que “ampliar el término mujer a una persona trans biológica y registralmente hombre, vulnera el principio de legalidad y tipicidad, materias ambas de derecho estricto y constitutivas de una garantía constitucional derivada del debido proceso”.

Para el Movilh “con tal argumento, la DPP ha pasado a convertirse, en el año 2023, en una de las instituciones más homo/transfóbicas de Chile, dejando un precedente nefasto para la calidad de vida y reparación que merecen las personas LGBTIQ+ en Chile”.

Por tanto el Movilh solicitó al Defensor nacional “adoptar medidas inmediatas para que en este caso la DPP desista de negar la identidad de hombre o mujer según las perciben las víctimas o victimarios, adoptar medidas inmediatas para que una violación a los derechos humanos de este tipo no vuelvan a ocurrir en el quehacer de los/as defensores/as y capacitar a todos/as los/as trabajadores de su institución en la igualdad, la no discriminación y los derechos humanos de las personas LGBTIQ+ en Chile”

Fuente MOVILH 

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