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FELGTB emprenderá acciones legales si Murcia blinda por decreto el veto parental

Lunes, 3 de febrero de 2020
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tienen-derecho-a-saberLa Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales (FELGTB) emprenderá acciones legales si el Gobierno de Murcia cumple su anuncio de blindar el veto parental exigido por Vox a través de la modificación en los decretos de currículum educativos de Primaria, Secundaria y Bachillerato. Así, de publicarse, la Federación recurrirá dicho decreto. Además, confía en que el Ministerio de Educación mantenga su compromiso de actuar, si esto ocurre, a pesar de las últimas modificaciones anunciadas por la Consejería de Educación murciana.

En este sentido, la responsable de políticas identitarias de FELGTB, Paula Iglesias, recuerda que “el veto parental, a pesar de sus últimas modificaciones, sigue vulnerando varias de las leyes recogidas por la legislación española, la Convención de los Derechos del Niño de la ONU ratificada por España y va en contra del interés superior del menor, presente en el ordenamiento jurídico del estado”. Además, denuncia que “se trata de una medida que vulnera el derecho del alumnado al conocimiento y que deja desprotegida a la infancia frente a la LGTBIfobia a la que la ultraderecha está incitando de manera recurrente desde la esfera pública”.

En este sentido, la presidenta de FELGTB, Uge Sangil, manifiesta que “nuestras leyes prohíben el veto parental porque son un reflejo de nuestra sociedad y nuestra sociedad rechaza el veto parental porque quiere que sus menores crezcan informados y educados en el respeto, la igualdad y los derechos humanos. El veto parental sigue dejando a parte del alumnado aislado a merced de posibles ideas LGTBIfóbicas, racistas o machistas de sus familias”.

Así, denuncia cómo la Consejería de Educación de Murcia ha adoptado el discurso LGTBIfóbico de la ultraderecha al anunciar que las charlas impartidas por el funcionariado no estarán expuestas al veto parental al entenderse que las personas funcionarias cuentan con una “neutralidad ideológica”.

“Las charlas en diversidad afectivo- sexual, familiar y de género, al igual que las charlas contra el racismo, el machismo o las que tratan sobre la inclusión de las personas con discapacidad son formaciones en derechos humanos impartidas por el tercer sector que nadan tienen que ver con contenidos ideológicos”, asegura. “Permitir a las familias que eviten que sus menores reciban este tipo de educación es lanzar el mensaje de que vivimos en una sociedad donde la xenofobia, el machismo o la LGTBIfobia son comportamientos aceptables”, añade.

“Arrebatar a los menores su derecho al conocimiento es una forma de discriminación contra la que el estado de derecho debe actuar. Se les está privando, entre otros aspectos, de conocer herramientas para identificar el machismo o las relaciones tóxicas, prevenir las ITS o combatir el acoso escolar”, asegura.

Asimismo, recuerda que el veto parental es una medida impulsada en contra de la voluntad mayoritaria de la sociedad española. “En los últimos días, hemos visto a multitud de entidades sociales, organizaciones feministas, de personas migrantes, sanitarias, de infancia, asociaciones de familias o representantes de la comunidad educativa, entre otros, rechazar frontalmente esta iniciativa. Ya somos más de 200 entidades las que nos hemos adherido a un manifiesto para exigir su inmediata retirada”, recuerda.

Fuente FELGTB

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Denuncian a Chile ante la ONU y la CIDH por excluir a los menores de 14 años de la Ley de Identidad de Género

Viernes, 14 de septiembre de 2018
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infanciatrans-800x394El Movilh detalló que la exclusión violenta la Convención de los Derechos del Niño y las exigencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además de ser contraria a los “fallos de nuestros propios tribunales de justicia”, en un contexto donde el 35% de las personas trans intentó suicidarse antes de los 15 años.

Hasta el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llegó el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) para denunciar la exclusión de niños y niñas trans de la Ley de Identidad de Género.

En un extenso documento, dirigido a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU, Michelle Bachelet, y al secretario general de la Corte Interamericana, Paulo Abrao, el Movih detalló que la exclusión de los menores de 14 años violenta la Convención de los Derechos del Niño y las exigencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además de ser contraria a los “fallos de nuestros propios tribunales de justicia”, en un contexto donde el 35% de las personas trans intentó suicidarse antes de los 15 años.

El Movilh recordó que el Comité de los Derechos del Niño de la ONU fue enfático en señalar su Observación General Número 15 , que ningún menor de 18 años puede ser discriminado en razón de su identidad de género y, más aún, que en 2015 pidió específicamente a Chile cesar con este tipo de exclusiones.

En efecto, el 30 de octubre del 2015, el Comité expresó a Chile su “preocupación por las limitaciones del ejercicio del derecho a la identidad que sufren los niños homosexuales, bisexuales, transgénero e intersexo”. Acto seguido, solicitó adoptar “las medidas legislativas, normativas y administrativas necesarias para se reconozca el derecho a la identidad de los niños homosexuales, bisexuales, transgénero e intersexo, y en particular la identidad de género de los niños transgénero”.

Por su lado, en su Opinión Consultiva OC-24-17, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que todas las “consideraciones relacionadas con el derecho a la identidad de género (…) son aplicables a los niños y niñas que deseen presentar solicitudes para que se reconozca en los documentos y los registros su identidad de género auto-percibida. (punto 154).

“En tanto, el Poder Judicial chileno ha implementando medidas para garantizar derechos a niños y niñas trans, a tal punto que en sus fallos ha permitido la rectificación de la partida de nacimiento de personas de 5 años, apareciendo así el Proyecto de Ley que Reconoce y da Protección a la Ley de Identidad de Género como regresivo y contrario no solo a los estándares internacionales, sino también a la sentencias de nuestros propios tribunales”, señaló el Movilh en su escrito

En tal sentido, el organismo solicitó a Bachelet y a Abrao que adopten “todas las medidas posibles en el marco de sus competencias, para revertir la exclusión de los menores de 14 años del proyecto de ley aprobado por el Senado de Chile”.

Fuente MOVILH

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Chile: Corte Suprema admite a trámite el reconocimiento de la doble maternidad lésbica

Sábado, 30 de junio de 2018
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parejalesbicaysuhija-768x576El Movilh, que representa a la pareja, festejó el avance en el Día del Orgullo y de su 27 aniversario.

En un hecho inédito la Corte Suprema acogió a tramitación un recurso de apelación interpuesto por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) para que se reconozca la doble maternidad de las convivientes civiles Mayra Opazo y Constanza Monvalves, quienes crían una niña de un año, Martina.

La apelación tuvo lugar luego de que la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazara por dos votos contra uno el reconocimiento de la doble maternidad, sosteniendo que legalmente solo una de las convivientes civiles podía ser reconocida como madre.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, precisó que “esta buena noticia que conocemos en el Día del Orgullo y cuando nuestra organización cumple 27 años, esperamos que llegue a buen puerto. Martina tiene dos madres, esa la verdad. La justicia no puede negar la verdad, como tampoco oponerse a los derechos humanos y al interés superior del niño. En Chile, no hay norma que impida el reconocimiento de dos madres o dos padres. Solo el prejuicio ampara esa visión”.

En tanto la abogada del Movilh y representante legal de la pareja, Carolina Etcheverry, señaló que se está en presencia de un hecho inédito, pues por primera vez la Corte Suprema analizará la temática con un voto disidente favorable al reconocimiento de la doble maternidad.

En efecto, la jueza de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvana Donoso, sostuvo en su voto disidente que “al impedir que una familia homoparental se yerga como familia de una niña que fue gestada mediando inseminación artificial, respecto de la cual, desde luego, nunca habrá un padre que reclame tal calidad, deviene en incumplimiento de las normas internacionales puesto que le estamos negando la posibilidad de preservar su identidad en tanto mediante un reproche jurídico, no aceptamos esta forma de familia y, en consecuencia, dañamos uno de los atributos de su persona”.

Por último, el vocero del Movilh, Óscar Rementería, adelantó que “en caso de que la Corte Suprema falle contra la apelación, lo cual esperamos no ocurra, es claro que recurriremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), para que Chile sea sancionado por vulnerar el Acuerdo de Solución Amistosa que firmó con nuestra organización para el reconocimiento de la homoparentalidad”

Fuente MOVILH

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Pareja lésbica presenta recurso de protección para ser reconocidas como madres de una niña de 11 meses

Martes, 17 de abril de 2018
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parejalesbicaysuhija-768x576Recurso es patrocinado por la abogada del Movilh, Carolina Etcheverry.

Con el respaldo del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) una pareja lésbica, Mayra Opazo y Constanza Monsalves, presentó hoy en la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de protección luego de que el Registro Civil se negara a inscribirlas como madres de un niña de 11  meses, Martina.

Si bien el Registro Civil inscribió a la niña con los apellidos de ambas mujeres, solo reconoció  a una de ellas como madre, aún cuando juntas desarrollaron todo el proceso de inseminación artificial y son convivientes civiles.

En el recurso, patrocinado por la abogada del Movilh, Carolina Etcheverry, la pareja con nueve años de relación, señaló que tras un largo proceso inseminación artificial, “el 17 de Abril del 2017 por fin pudimos conocer a nuestra hija, siendo el día más feliz de nuestras vidas. Pudimos finalmente tomarla, acariciarla, decirle lo mucho que la amábamos”.

Añadieron que “siempre fue un proceso de dos, pensamos como se iba a llamar dónde la íbamos a tener, leímos juntas como cuidarla y criarla. Martina tiene dos mamás, así lo siente ella y es la verdad”.

Sin embargo, el Registro Civil de Viña del Mar se negó en dos ocasiones a inscribir a ambas mujeres como madres, posibilitando que solo lo hiciera Constanza, en tanto fue ella quien dio a luz.

“Esto nos pareció un acto claramente discriminatorio, pues si se hubiese tratado de una pareja heterosexual sometida al mismo procedimiento de inseminación que nosotras, ningún problema habrían tenido de inscribir a ese hijo o hija”, dijo la pareja.

La vocera del Movilh, Cristina Poblete, precisó que “Chile tiene una deuda con las familias homoparentales, pues no garantiza igualdad de derechos a nuestros hijos e hijas. Los vacíos legales siempre se interpretan contra los derechos de padres gays o madres lesbianas, esto no puede seguir ocurriendo”.

En el recurso de protección se alegó que si bien en Chile está prohibida la adopción homoparental, en ningún caso eso impide que un niño o niña tenga dos madres o padres, cuando uno/a de ellos es el biológico, y el otro/a participó de todo el proceso del embarazo.

Por el contrario, remarcó la abogada Etcheverry, negar la inscripción de dos madres o dos padres violenta la igualdad ante la ley, la integridad física y psíquica de las personas y la protección de la familia, derechos garantizados en la Constitución, así como la Convención de los Derechos del Niño, como son el derecho a la identidad y el interés superior de los menores de 18 años.

Lo expuesto, redondeó, lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por tanto negar la inscripción de dos madres  violenta los tratados ratificados por Chile que se enmarcan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Convención Americana de Derechos Humanos.

La acción legal fue presentada dos días después de que la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados reactivara el debate sobre la adopción homoparental.

Fuente MOVILH

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Chile: demandan a juez por autorizar cambio de nombre y sexo legal de niña de 5 años

Martes, 16 de mayo de 2017
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Ninos-transgenero-wwwatandaluciaorg_EDIIMA20130326_0207_24Ante la inédita arremetida transfóbica, el juez Luis Fernández será representado por Jaime Silva, abogado colaborador del Movilh.

En un hecho inédito el magistrado del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, Luis Fernández, autorizó el 2016 cambio de nombre y sexo legal de una niña de 5 años, sin embargo una ONG ultra-conservadora demandó el mes pasado al juez, por lo que será representando por el abogado colaborador del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Jaime Silva (en la fotografía).

Desde ya Silva adelanta que “el juez falló en base a sus atribuciones y de la aplicación de los tratados internacional vigentes que propenden a la protección de los derechos del niños. Lo que se oponen a la sentencia de Fernández, buscan instrumentalizar el Poder Judicial para inhibir a los jueces”

En tanto, el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, explicó que “estamos en presencia de dos hitos, uno favorable y otro lamentablemente motivado por la transfobia, la discriminación, los prejuicios y la ignorancia. El juez Fernández actuó en estricto cumplimiento de las leyes y del interés superior del niño y no permitiremos que su nombre sea manchado con calumnias surgidas del odio y del desprecio a la diversidad social”.

Fue el 22 de agosto del 2016, cuando el juez Fernández Espinosa, aceptó el cambio de nombre y sexo legal de una niña trans de 5 años, previa petición formulada por su madre, una psicóloga, y su padre, un ingeniero mecánico.

En su presentación, los padres relataron que a temprana edad su hija se presentó como una niña y que cuando se respetaba su identidad de género su felicidad era evidente. Argumentaron que llamarla y tratarla por un nombre y sexo no acorde a su identidad, violenta la Convención de los Derechos del Niño.

Teniendo a la vista certificados psiquiátricos y sicológicos, así como informes del Servicio Médico Legal, el juez sentenció que la niña “cumple con los criterios necesarios para el diagnóstico de disforia de género infantil, mostrando una marcada identidad de género femenina y presentando un rechazo permanente a la vestimenta, juegos y actitudes socialmente asociadas al género masculino”

En un fallo hasta ahora desconocido públicamente, el juez argumentó que “resulta evidente” que las personas trans “sufren a través de su vida, tanto íntima como social, un sinnúmero de conflictos y discriminaciones que le impiden desarrollarse y llevar una vida normal, siendo vulnerados sus derechos a la educación, al trabajo, a la salud y a la participación en la vida ciudadana, siendo por ello absolutamente necesario abordarlo y generar las condiciones para salvaguardar la integridad física, emocional y social de quienes viven esta situación”.

“Sólo cabe concluir que debe ser acogida la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento”, pues en caso contrario se “vulneran los derechos de la menor, los que se encuentran garantizados por la Constitución Política de la República”, concluyó el juez.

La arremetida transfóbica

Tras conocer la sentencia, la ONG Comunidad y Justicia presentó en abril pasado una querella por prevaricación judicial contra Fernández Espinosa, considerando que el magistrado falló contra las leyes y violentó la Convención de los Derechos del Niño.

“La directiva del juez en orden a modificar el nombre y sexo del menor para que sea conocido y tratado como mujer hacia el futuro es una actuación tanto ilegal como imprudente, que pone en riesgo la integridad física y psíquica del menor, y no es unívoco que conduzca al resguardo de su bien superior.

A juicio de Comunidad y Justicia no hay claridad en las ciencias respecto a como debe diagnosticarse la identidad de género trans, ni como debe hacerse la transición de hombre a mujer o de mujer a hombre.

“Al aceptar sin más la petición de los padres del menor, es el juez el que incurre en una violación de derechos humanos como agente del Estado de Chile (y es el Estado el obligado por la Convención a proteger el derecho del niño), pues facilita –en exceso de sus competencias– la violación del derecho del menor a preservar su identidad (específicamente al dejar de tener su nombre), siendo irrelevante que sean los padres del infante los que lo hayan solicitado, pues ellos también pueden errar y contribuir a la violación de los derechos de su hijo, aún con la mejor de las intenciones”, apuntó. “Actuar de esta forma no sólo es contrario a derecho, sino que contrario a la ética, pues expone imprudentemente a un menor a sufrir mayor daño y angustia a futuro”, puntualizó la ONG Comunidad y Justicia.

Junto con anunciar que “nuestro abogado, Jaime Silva, representará al juez ante estas calumnias de Comunidad y Justicia, el Movilh señaló que “resulta alarmante como un movimiento anti-derechos llega al extremo de querer perpetuar el dolor de una niña, poniéndose incluso sobre la decisión de su padre y madre”.

“Comunidad y Justicia, la misma ONG que ha perdido todos y cada uno de las querellas que ha presentado contra los derechos de las personas LGBTI, ha cruzado esta vez todos los límites éticos, poniéndose al lado de la inmoralidad, de la intromisión en la vida privada y de la vulneración de los derechos de una niña y su familia, usando argumentos falsos y motivados por la ideología del odio. Esperamos en tribunales un triunfo a favor de los/as niños/as trans, de las familias que los protegen y de los jueces que hacen justicia, así como un fracaso rotundo de esta perjudicial ONG”, finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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