Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Constitución Española’

Juan José Tamayo: “España: ¿Adiós a la cristiandad?”

Sábado, 29 de agosto de 2020
Comentarios desactivados en Juan José Tamayo: “España: ¿Adiós a la cristiandad?”

tiempos-cristiandad-volveran_2022707787_12121600_660x371“43 años después, la Iglesia no ha encontrado todavía su verdadera ubicación en la democracia”

“Una muestra de colaboración y apoyo sincero de la jerarquía católica a la laicidad del Estado y de sus instituciones, como demandan organizaciones cristianas de base y colectivos de teólogas y teólogos españoles, sería que fuera ella quien tomara la iniciativa en la renuncia a los privilegios”

“Entonces sí podríamos decir que la reforma de Francisco ha pasado los Pirineos. Mientras tanto, tengo dudas razonables de que así sea. Espero y deseo pasar de la duda a la confirmación del cambio de actitud de la jerarquía católica, que vaya de la defensa de sus propios intereses al servicio del bien común”

En julio de 1980 se aprobó la Ley Orgánica de Libertad Religiosa (LOLR), que hoy resulta a todas luces anacrónica en una sociedad secularizada, con una amplio pluriverso de religiones y espiritualidades y en un clima generalizado y creciente de increencia en sus diferentes manifestaciones: ateísmo, agnosticismo e indiferencia religiosa.

En enero de 1979 se habían firmado los Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede –Concordato encubierto-, que mantenían buena parte de los privilegios educativos, económicos, fiscales, culturales, sociales e incluso militares concedidos a la Iglesia católica en el Concordato franquista y nacionalcatólico de 1953, sin contrapartida alguna de la Iglesia católica. En realidad eran una actualización del Concordato nacional-católico. No pocos juristas consideraron dichos acuerdos preconstitucionales e incluso anticonstitucionales.

Contradicciones de La Constitución española en materia religiosa

Cuatro décadas después, la religión, y más concretamente la Iglesia católica, no ha encontrado su lugar en la sociedad española, ni su encaje en la estructura del Estado. La razón de tal situación hay que buscarla, en mi opinión, en el propio texto constitucional, que incurre en una crasa contradicción en el mismo artículo, el 16. Por una parte, reconoce el derecho a la libertad religiosa a nivel individual y comunitario y la no confesionalidad del Estado: “ninguna confesión tendrá carácter estatal”. Por otra, no respeta los principios de laicidad, neutralidad del Estado y de igualdad de todas las religiones ante la ley al colocar a la Iglesia católica en una situación de precedencia: “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones religiosas”.

Lucha por la hegemonía

Desde el comienzo de la Transición viene salvándose una lucha por la hegemonía en la esfera pública entre el poder político, que con frecuencia ha dado muestras de debilidad y sumisión ante la jerarquía católica, y esta, que ha aprovechado la debilidad de los sucesivos gobiernos de la democracia –fueran de izquierda, de derechas o de centro- para obtener más privilegios sin contrapartida alguna y una relevancia política que no le corresponde en un Estado democrático. Más aún, se ha querido erigir en cuarto poder, y en algunos casos lo ha ejercido de hecho, e incluso en el primer poder, sobre todo en los terrenos moral, legislativo y judicial. En cierto sentidos e puede decir que durante los 43 años de democracia los Gobiernos han sido rehenes de la Iglesia católica y han aceptado esa situación sin resistencia alguna.

El último ejemplo de la pugna por la hegemonía en el espacio público por parte de la jerarquía católica fue el de los dos funerales por las víctimas de la covid-19. El Gobierno español anunció la celebración de un funeral de Estado y le puso fecha. La Conferencia Episcopal Española, conocedora de dicha iniciativa, se adelantó a la fecha propuesta por el gobierno y celebró un funeral católico en la Catedral de la Almudena por todas las víctimas, que contó con la oposición expresa de algunos familiares, que pidieron expresamente no ser incluidos en el mismo y el desacuerdo de algunos colectivos dentro de la propia Iglesia católica, que vieron en el acto un desafío el Gobierno.

Los obispos quisieron convertir el acto religioso en funeral de Estado con la  invitación al Rey, Felipe VI, que asistió en calidad de Jefe del Estado, y al Gobierno español, que estuvo representado por la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo.  Así fue entendido por los sectores conservadores y por una parte de la oposición política, y esa fue la imagen que quedó en el imaginario social. La lucha católica por la hegemonía y la confesionalización del dolor en una situación dramática como la que estamos viviendo no puede ser el camino para apoyar a las víctimas y consolar a sus familiares.

La lucha católica por la hegemonía y la confesionalización del dolor en una situación dramática como la que estamos viviendo no puede ser el camino para apoyar a las víctimas y consolar a sus familiares

La respuesta está en el acompañamiento personal y comunitario en el dolor, la compasión con las personas que sufren, la puesta en marcha de proyectos de solidaridad con quienes están soportando de manera más acusada las consecuencias de la covid-19 para ayudarles a salir de la situación de precariedad en la que los ha puesto la pandemia, así como la puesta a disposición de las personas enfermas y sus familiares de todos los recursos institucionales y personales sanitarios, sociales y religiosos de la Iglesia católica.

Restos de Cristiandad y cambios hacia un Estado laico

Cuarenta años después de la LOLR es hora de decir adiós definitivamente a la Cristiandad, de la que todavía quedan importantes restos en la práctica política y religiosa, y reubicar la religión en el espacio público, que creo no ha encontrado todavía su verdadera ubicación en la democracia cuarenta y tres años después de iniciada la transición política. Ello implica:

– reformar los artículos 16.3 y 27.3 de la Constitución, que mantienen una confesionalidad católica encubierta del Estado;

– derogar los Acuerdos con la Santa Sede, contrarios a la laicidad, a la igualdad de las religiones ante la ley y a la neutralidad del Estado en materia religiosa;

– derogar la LOLR, elaborar una ley de Libertad de Conciencia y un Estatuto de Laicidad en el ámbito nacional, autonómico y municipal para evitar la confusión de planos de lo religioso y lo político;

– devolver sin dilación los bienes inmatriculados por la jerarquía católica y ponerlos al servicio de la ciudadanía (por ejemplo, la Mezquita de Córdoba, Patrimonio Cultural de la Humanidad, del que se ha apropiado y se beneficia beneficiado el obispados con pingües ingresos);

– eliminar la enseñanza de la religión confesional en la escuela e introducir la enseñanza de la historia de las religiones;

– la renuncia de la Iglesia católica a las distintas formas de financiación estatal, por ejemplo, a la asignación tributaria, a las exenciones fiscales, etc.

Renuncia evangélica de la jerarquía católica a sus privilegios

Una muestra de colaboración y apoyo sincero de la jerarquía católica a la laicidad del Estado y de sus instituciones, como demandan organizaciones cristianas de base y colectivos de teólogas y teólogos españoles, sería que fuera ella quien tomara la iniciativa en la renuncia a los privilegios de los que viene gozando desde tiempos inmemoriales y no empeñarse en seguir defendiéndolos con uñas y dientes como si fueran derechos, con una argumentación jurídica falaz, que carece de base bíblica, de fundamento teológico y de justificación política en una sociedad secularizada y un Estado democrático.

Sería, además, un ejemplo de coherencia evangélica, amén de una prueba incontestable del necesario giro que debe dar la Conferencia Episcopal Española bajo la nueva presidencia del cardenal Omella, que se presenta como seguidor del Papa Francisco y debe demostrarlo con el apoyo al Estado laico, que es el espacio jurídico, político y cívico en el que cabemos todas y todos y no admite discriminación religiosa alguna. Entonces sí podríamos decir que la reforma de Francisco ha pasado los Pirineos. Mientras tanto, tengo dudas razonables de que así sea. Espero y deseo pasar de la duda a la confirmación del cambio de actitud de la jerarquía católica, que vaya de la defensa de sus propios intereses al servicio del bien común.

Pasos positivos hacia el Estado laico y dudas sobre la voluntad política del PSOE

Dos pasos importantes del Gobierno de coalición PSOE-PODEMOS en la buena dirección de la laicidad del Estado han sido la promesa de los ministros y ministras en la toma de posesión de sus cargos sin la presencia de la Biblia y el Crucifijo, y la celebración laica del Funeral de Estado en recuerdo de las víctimas de la covid-19. Ambos actos rompen con cuarenta años de confesionalización católica de dos momentos importantes de la vida política española.

En esa dirección parecen ir las entrevistas que está manteniendo la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, con los dirigentes –en su mayoría, varones, lo que demuestra el carácter patriarcal de las religiones- de las diferentes organizaciones religiosas: Iglesia Católica, Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, Federación de Comunidades Judías de España, Comisión Islámica de España, Unión Budista de España-Federación de Entidades Budistas de España, Testigos de Jehová, Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, Iglesias Ortodoxas de España, etc. Espero que no se tuerzan y desemboquen en un trato igualitario a todas las confesiones religiosas.

Aunque también tengo mis dudas sobre la voluntad política del PSOE en torno a la laicidad del Estado, ya que son muchos los años que vienen prometiéndola y, tras casi un cuarto de siglo gobernando, los avances han sido exiguos y los privilegios hacia la Iglesia católica siguen casi intactos, e incluso en materia económica considerablemente mejorados. Esperemos que esta vez las promesas se cumplan.

Dimensión crítico-pública de las religiones al servicio de las víctimas

¿Apostar por la laicidad del Estado y de sus instituciones significa recluir a las religiones en los lugares de culto y en la esfera privada? En absoluto. Las religiones tienen una dimensión crítico-pública irrenunciable que deben ejercer, pero no reclamando privilegios y prebendas, ni al servicio del poder, ni como cogobernantes y colegisladoras, sinoal servicio de las víctimas, es decir, de las personas, sectores y colectivosmás vulnerables de la sociedad.

Juan José Tamayo es director de la Cátedra de Teología y Ciencias de las Religiones “Ignacio Ellacuría” de la Universidad Carlos III de Madrid. Su último libro es Hermano Islam (Trotta, Madrid, 2020, 2ª ed.).

*Este artículo es un desarrollo más amplio y argumentado del publicado en el diario EL PAÍS el 21 de agosto de 2020 bajo el título Adiós a la Cristiandad.

Espiritualidad, Iglesia Católica , , , , , , , ,

Para el arzobispo de Valencia el matrimonio igualitario es uno de los principales riesgos para la Constitución

Lunes, 11 de diciembre de 2017
Comentarios desactivados en Para el arzobispo de Valencia el matrimonio igualitario es uno de los principales riesgos para la Constitución

1488799572_356497_1488804755_miniatura_normalUna vez más, el sr. Antonio Cañizares, bien conocido en nuestra página por su cruzada anti LGTBI arremete a diestro y siniestro… El cardenal también carga contra el independentismo y las “nuevas ideologías de género” como una de las principales preocupaciones en España.

El arzobispo de Valencia, Antonio Cañizares ha apuntado al aborto, la eutanasia, la fecundación artificial o el matrimonio homosexual como los “principales peligros para la Constitución” actualmente, según ha declarado en una carta de conmemoración por el aniversario de la misma.

El cardenal también ha identificado al independentismo como “la puesta en riesgo de la unidad e integridad de España”.

En esta misiva, Cañizares ha hablado sobre las cuestiones sociales que, a su parecer, perjudican la “dignidad inviolable de todo ser humano“, de las que solo ha hecho referencia a la “vulneración del derecho a la vida con el aborto y la eutanasia, con la fecundación artificial o experimentación de embriones que algunos propugnan”, un aspecto, señalaba, que incluye “los referidos al matrimonio reconocido por la Constitución únicamente entre el hombre y la mujer”.  También ha apuntado a las “nuevas ideologías, como la de género”, como otra de las preocupaciones que “es preciso superar con fidelidad a nuestra Constitución”.

A continuación, el artículo íntegro que publica Religión Digital:

En el aniversario de la Constitución española

(Antonio Cañizares, arzobispo de Valencia).- Se van a cumplir los primeros cuarenta años de la Constitución Española. Surgió de un afán de concordia y reconciliación entre todos los españoles y de anhelo de libertad por parte de todos. En su base estuvo el ánimo de llegar a un texto que fuese de todos, no de unos frente a otros o sobre otros.

Así, hoy, aunque perfectible como toda obra humana, “la vemos como fruto maduro de una voluntad sincera de entendimiento y como instrumento y primicia de un futuro de convivencia armónica entre todos” (Conferencia Episcopal Española, 1999). Como tal se ha mostrado a lo largo de estos casi ocho lustros y esperamos que esta Constitución siga siendo por mucho más tiempo el gran apoyo para esa unidad y concordia que ella misma alienta y confirma, porque los principios, derechos y libertades y cuadro de valores, que la sustentan van más allá de un consenso que puede producirse en un momento u otro de la historia.

En estos días se oyen peticiones de reforma y seguramente algunos puntos deberían o, mejor, podrían ser perfilados un poco más, aunque hay que decir que los principios en que se asienta son básicos y difícilmente reformables.

Entiendo que entre estos principios hay que destacar “la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles” (Art 2), y el reconocimiento, como “fundamento del orden político y de la paz social”, de “la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás” (Art 10).

Tanto un principio- la unidad de España -, como otro -la dignidad de la persona humana y sus derechos inalienables-, son por sí mismos anteriores a la misma Constitución y, además, forman parte integrante del patrimonio moral que nos configura como personas y como pueblo. El consenso con que se elaboró no creó ni esos derechos, porque son fundamentales, ni constituyó un pacto en virtud del cual se fragua la unidad de la Nación que es España. Ambos aspectos pertenecen al orden moral previo sobre el que se asienta el orden político, un orden moral que se sustenta sobre la verdad. Quebrar esto significaría violar el orden moral.

No fue la Comisión redactora del proyecto de texto Constitucional sometido posteriormente a la aprobación popular y legislativa, sancionado por S.M. el Rey, ni el consenso de las mayorías que le dieron su “sí” con su voto los que crearon esas normas de conducta básicas de nuestra Constitución, porque, en definitiva, no es el consenso ni las mayorías lo que determinan las normas morales básicas en las que se fundamenta el orden político, asentado en el bien común y a su servicio, espacio abierto para la libertad y libertades de los ciudadanos. El bien común pasa por el respeto pleno del orden moral y del político derivado. El vínculo entre la verdad, el bien y la libertad es clave en el orden moral y, consiguientemente, también en la fundamentación “del orden político y de la paz social” que tenemos en nuestra Constitución.

Seguramente los problemas con los que actualmente nos encontramos en la aplicación de la Constitución, bien sea los que se refieren a la dignidad inviolable de todo ser humano y a sus derechos en el orden, por ejemplo, de la vulneración del derecho a la vida con el aborto y la eutanasia, con la fecundación artificial o experimentación de embriones que algunos propugnan, o los referidos al matrimonio reconocido por la Constitución únicamente entre el hombre y la mujer (Art 32), o en los recortes a la libertad de enseñanza, o al no desarrollo de todo lo implicado y exigido en el derecho a la libertad religiosa-, bien sea los que se refieren a nacionalismos excluyentes y a la puesta en riesgo de la unidad e integridad de España, son expresión del gravísimo problema que afecta hoy al comportamiento moral la separación entre verdad y libertad. La crisis que padecemos en España en los problemas mencionados tiene mucho que ver con la crisis de la verdad y con la corrupción de la idea y experiencia de libertad.

El exaltar la libertad, individual o de grupo, -léase en la aplicación en el derecho a la vida o a otros asuntos que tienen que ver con los derechos personales o sociales, o en el concepto de autodeterminación que algunos propugnan-, hasta considerarla como un absoluto, como una fuerza autónoma de autoafirmación, no raramente o ciertamente insolidaria, inclinada a juzgar las cosas según los propios intereses y como voluntad de poder que se impone sobre los demás, es uno de los problemas principales con los que a casi cuarenta años de la Constitución nos enfrentamos. No podemos olvidar nuevas ideologías, como la de género, que es preciso superar con fidelidad a nuestra Constitución.

Con los límites que pueda tener nuestra Constitución, incluso en el desarrollo del articulado donde se explicitan los principios o fundamentos de toda ella, y más todavía en ciertos desarrollos legislativos o en estados de opinión que se han creado, nuestra Constitución en sus mismas bases respeta y se asienta en ese vínculo de verdad-derechos-libertades. Por eso creo totalmente acertadas y hago enteramente mías aquellas palabras de una Instrucción Pastoral de la Conferencia Episcopal memorable sobre el terrorismo: “Pretender unilateralmente alterar este ordenamiento jurídico en función de una determinada voluntad de poder, local o de cualquier otro tipo, es inadmisible. Es necesario respetar y tutelar el bien común de una sociedad pluricentenaria”.

Sólo así seguiremos respetando nuestra Constitución, todavía muy joven, que exige de todos la concordia, la unidad, la paz social. De otra suerte la conduciremos -si no se está haciendo ya- por los caminos de la desintegración de la sociedad pluricentenaria -diría que milenaria- que es ´Hispania`, España.

***

Con respecto al matrimonio el cardenal miente y sabe que miente pues la Constitucion no afirma que el matrimonio reconocido por la Constitución únicamente entre el hombre y la mujer ,sino que el artículo 32 que el cita afirma textualmente:

Artículo 32 de la Constitución Española:

1.- El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.

2.- La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.

Afirma que hombre ymujer tienen derecho a contraer matrimonio, pero no necesariamente entre ellos… Lo que permitió a los legisladores el abrir este derecho a todas las personas, incluyendo a las personas LGTBI. Sr. Cardenal, mentir está muy feo, ya lo dice el 8º Mandamiento: “No darás falsos testimonios ni mentirás.”

General , , , , , ,

Pedro Sánchez, Secretario General del PSOE, quiere incluir de forma explícita el matrimonio igualitario en la Constitución

Martes, 16 de septiembre de 2014
Comentarios desactivados en Pedro Sánchez, Secretario General del PSOE, quiere incluir de forma explícita el matrimonio igualitario en la Constitución

pedro-sanchez-psoe-efeEl mayor logro legal hasta la fecha de los derechos LGBT en España, el matrimonio entre personas del mismo sexo, aprobado en el mandato del Presidente socialista José Luis Rodríuez Zapatero, incluido en la Constitución. En una entrevista en Los Desayunos de TVE, Sánchez ha explicado que, en la actualidad, existe un “desfase” entre la Carta Magna y la sociedad española, que “avanza tres pasos por delante de la política”.

El secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, ha defendido este lunes que la reforma de la Constitución que propugna su partido para avanzar en el federalismo y resolver la crisis catalana serviría también para introducir el derecho a la muerte digna y el matrimonio entre personas del mismo sexo y eliminar la referencia a la pena de muerte que todavía existe para casos de guerra.

Por eso, ha abogado por que se inicie ya un proceso de reforma constitucional que aborde estas cuestiones y que también reordene la “convivencia territorial”.

Sánchez ha explicado que ya hay muchos españoles que no votaron esta Constitución y que quieren hacerlo. A su juicio, esta “cuestión generacional” hay que tenerla en cuenta aunque no sea un “argumento de peso”.

Además, ha insistido en la importancia de introducir en la Carta Magna las “nuevas formas de convivencia familiar” que existen en las sociedad, como el matrimonio igualitario, o el derecho a la muerte digna. Y ha añadido que debería eliminarse el reconocimiento de la pena de muerte, que se contempla para tiempos de guerra.

Incluir dentro de la reforma constitucional un punto que detalle con claridad que el matrimonio gay es un derecho en España parece tan lógico como necesario. Sobre todo para evitar que se repitan situaciones como la de 2005, cuando el Partido Popular interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de matrimonio homosexual, lo que se conoció como el “Recurso de la Vergüenza”. Siete años después, el Tribunal Constitucional avaló la legalidad de la ley, pero miles de parejas homosexuales casadas desde entonces temieron que con el PP en el gobierno sus matrimonios fueran considerados inconstitucionales.

El Constitucional argumentó en su fallo que hay que leer la Constitución a la luz de las exigencias de la sociedad actual porque la imagen que tienen hoy los ciudadanos del matrimonio permite interpretarlo de forma evolutiva. El problema es que si esa imagen sufriera un retroceso en el futuro y la sociedad evolucionara hacia posturas más homófobas, siempre existiría el temor a que una puerta mal cerrada pudiera permitir a los jueces argumentar en sentido contrario.
.
En este sentido, una sentencia del TC negaba la pensión de viudedad a un hombre homosexual enviudado antes de que fuera legalmente posible casarse con su pareja. Los magistrados avalaron entonces que la legislación anterior, pese a discriminar a las parejas del mismo sexo, no iba contra la Constitución. De estar incluido en la reforma de la Carta Magna, el matrimonio igualitario estaría blindado ante este tipo de interpretaciones ultraconservadoras de quienes consideran que estas leyes atentan contra la “familia natural y tradicional”.
.
Fuente Los Desayunos de TVE (a partir del minuto 58)

 

General, Historia LGTBI , , , , , ,

Felipe VI, ¿Su Majestad Católica?

Sábado, 21 de junio de 2014
Comentarios desactivados en Felipe VI, ¿Su Majestad Católica?

peq_coronaLos Reyes de España han estado muy vinculados a la Iglesia, sin embargo la única referencia que apareció en la proclamación del nuevo monarca fue una pequeña cruz

JUAN RUBIO | Pese a ostentar en el largo listado de títulos, y además en primer lugar, el de Su Majestad Católica, Felipe VI no tuvo en su coronación ni simbología ni ceremonia religiosas. Solo una cruz se coló en el acto.

La corona, que junto al cetro, lució en el estrado del Congreso de los Diputados, está rematada por una pequeña cruz, que aparece desde que en 1983 se adoptó oficialmente tanto el diseño de la corona como el del escudo,como símbolos del Estado.

No podía ser de otra manera. En la Constitución de 1978 se dice de forma explícita:

Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones. (Artículo 16, apartado 3)

En virtud de este artículo, la cruz fue desapareciendo de los lugares oficiales, aunque, de vez en cuando, se remuevan las cosas y salten las anécdotas. En el despacho de quien fuera presidente del Congreso, el socialista José Bono, destacaba un gran crucifijo que no parecía gustar a muchos diputados.

En otra ocasión, con motivo de un acto cultural en la catedral-mezquita de Córdoba, el Cabildo, por recomendación de la Casa Real, tuvo que retirar una cruz del lugar en el que se iban a celebrar los actos. Dos caras de una moneda.

En medio, la repetida frase de Tierno Galván al tomar posesión de su despacho en la Alcaldía de Madrid, cuando, invitado a quitar el crucifijo, dijo:

La contemplación de un hombre justo que murió por los demás no molesta a nadie. Déjenlo donde está.

El título de Majestad Católica queda como reliquia histórica. Fue concedido por Alejandro VI, el papa Borgia, en 1496 a los Reyes Católicos por su cruzada contra el islam.

reyes-catolicos-300x220Hoy, la Casa Real, en su protocolo, ofrece esta versión:

 

Hizo referencia en su momento a la concreta adscripción religiosa del monarca y a su defensa de la fe católica, aunque también denotaba, según ciertas interpretaciones, una proyección de carácter ecuménico y universalista en un momento en el que, por primera vez en la historia del mundo, un poder político –en este caso la Monarquía Hispánica– alcanzaba una dimensión global con soberanía y presencia efectiva en todos los continentes –América, Europa, Asia, África y Oceanía– y en los principales mares y océanos –Atlántico, Pacífico, Índico y Mediterráneo–.

José Luis Sampedro, experto en temas nobiliarios, refiriéndose a la jura o promesa, dice:

Ya no hay súbditos, sino ciudadanos, por lo que el rey solo tiene que hacer un juramento que consta de dos partes: respeto a la Constitución y a las leyes, y respeto a los derechos de las comunidades autónomas (…). El juramento se hace ante Dios, la promesa ante la conciencia y el honor. Cualquiera de las dos son válidas.

AF_Infantas2_SILUETA-300x200Lo que sí parece cierto, más allá de la sobria ceremonia y de la lógica ausencia de símbolos en un Estado aconfesional, es que haya algún guiño a ese título. Por lo pronto, entre las primeras visitas de los nuevos reyes, ya se ha incorporado la que realizarán al papa Francisco en los primeros días de julio. No faltarán otros gestos de cara a los católicos.

Quienes consideran una afrenta esta ausencia de ceremonia religiosa, evocando la coronación de Juan Carlos I en 1975, han de saber que, cuando el entonces príncipe, sucesor con título de rey, según las leyes vigentes entonces, juró la Ley de Principios del Movimiento de 1958, que decía:

La Nación española considera como timbre de honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación.

Luego en 1975 es lo que correspondía hacer.

Eran otros tiempos

La Casa Real sondeó al entonces cardenal arzobispo de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), Vicente Enrique y Tarancón, sobre el formato de celebración religiosa que podría llevarse a cabo.

Ya habían hablado antes el príncipe y el cardenal con motivo del entierro de Franco, cuando un grupo de obispos intentó que al sepelio del caudillo acudiera el Episcopado en su totalidad. Se acordó que lo presidiera el cardenal primado de Toledo y unos pocos obispos, mientras que el presidente de la CEE se reservaría el acto de coronación del nuevo rey, también con pocos obispos.

El cardenal madrileño, administrador de sutilezas y equilibrios, no quiso ofrecer una imagen que pareciera la continuidad. Él mismo propuso un sencillo Te Deum, breve ceremonia de acción de gracias. Pero fue el príncipe quien, en una llamada telefónica, le pidió que se celebrara una misa solemne, y en la Iglesia de los Jerónimos.

El cardenal se puso esa misma noche manos a la obra y pidió ayuda al entonces director Vida Nueva, José Luis Martín Descalzo. Ambos sabían que se trataba de un texto histórico. Y lo fue [ver íntegro]

Hubo quienes creyeron advertir en el tono de la homilía del cardenal un aire de admonición que parecía propia de otros tiempos, diciendo que “el altar estaba dictando al trono lo que debía de hacer”. El cardenal tuvo que salir al frente de las acusaciones, no solo con la exquisitez y equilibrio del texto en sí, sino incluso contando cómo “se me olvidaron las gafas para leer de cerca y tuve que hacer un esfuerzo, retirando los folios y alzando la voz”.

Felipe VI, ¿Su Majestad Católica? [íntegro solo suscriptores]

En el nº 2899 de Vida Nueva

General, Iglesia Católica , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.