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Madres lesbianas y su hija demandan al Estado de Chile por lesbofobia y por violentar el interés superior del niño

Martes, 5 de febrero de 2019
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parejalesbicaysuhija-768x576Se trata de Mayra Opazo, Constanza Monsalves a quienes el Registro Civil de Viña del Mar y la Corte Suprema les negó el reconocimiento de ser ambas madres de Martina, una niña de un año. La demanda fue presentada con el patrocinio de abogados de la UDP y el Movilh.

Con el patrocinio de un destacado equipo de abogados de la Universidad Diego Portales y del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), una familia homoparental demandó al Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tras ser discriminada por el Registro Civil, la Corte de Apelaciones de Viña del Mar y la Corte Suprema.

Se trata de las convivientes civiles Mayra Opazo, Constanza Monsalves y la de hija de ambas, Martina, quien nació el 17 de abril del 2017 tras un proceso de inseminación artificial. La familia vive en Villa Alemana, y es la primera de regiones que denuncia al Estado por lesbofobia.

El 26 de marzo del 2018 la pareja se dirigió al Registro Civil de Viña para pedir ser reconocidas como madres de Martina, pero la entidad se negó señalando que ello era ilegal. Por tal razón recurrieron a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la que el 15 de junio del 2018 rechazó el recurso de protección por dos votos contra uno, el de la Ministra doña Silvana Donoso Ocampo, quien estuvo por reconocer los derechos de la familia amparada en la Constitución y en la Convención Americana de Derechos Humanos.

Finalmente, el 24 de julio del 2018 la Corte Suprema confirmó la sentencia, negando el derecho de Martina a tener dos madres.

Desde ese momento, la familia comenzó a preparar una fundamentada demanda contra el Estado de Chile que contó con la asesoría de la abogada del Movilh. Mónica Arias y de los/as destacados/as abogados de la Universidad Diego Portales,  Francisco Cox Vial, Jorge Contesse Singh, Domingo Lovera Parmo, Tomás Vial Solar, Fabiola Lathrop Gómez, Macarena Sáez y Verónica Undurraga,

En la demanda, las madres alegan que han “sufrido violaciones a los derechos humanos “ que han significado para nosotras y nuestra hija, graves perjuicios y daños morales”, lo que afecta en el interés superior del niño.

Precisaron que el desconocimiento legal de la doble maternidad “implica negar que aquello es parte de su proyecto de vida familiar, quebrando nuestro proyecto pues, ambas – como pareja – nos sometimos al procedimiento médico, vivimos cada momento de forma intensa y nos involucramos emocionalmente con la idea de ser madres. En la actualidad, mientras solo Constanza tiene reconocida legalmente su calidad de madre Martina, ambas asumimos el de madres en el día a día”.

Añaden que “la prohibición de doble filiación materna (…) configura una injerencia arbitraria en nuestra vida privada, toda vez que influyen en nuestra planificación familiar, desarrollo personal y autodeterminación de ser madres. Con una limitación como la que arbitrariamente se nos impone, inevitablemente se deja afuera a una de las madres de su derecho a ser, sentirse y presentarse como tal. Del mismo modo, se priva a Martina del reconocimiento legal de su verdadera familia. Además, vulnera el derecho a la protección de la familia y protección de los derechos del niño en relación con el derecho a la vida privada, no permitiéndoles la consagración legal de su familia”.

En tanto, los juristas  la UDP y del Movilh precisaron que el negarse la doble maternidad, el Estado violentó normas nacionales e internacionales, entre esas la Constitución Política y la Convención Americana de Derechos Humanos.

En el primer caso se transgredió el deber del Estado de proteger a la familia (artículo 1), de  respetar los tratados internacionales (artículo 5),  y de garantizar la igualdad ante ley y el derecho a la integridad física y psíquica (articulo 19), entre otras disposiciones constitucionales.

De igual manera se violentó la obligación  de los estados de respetar la Convención Americana de Derechos Humanos (articulo 1), la protección de la familia (artí culo 17), los derechos del niño (articulo 19) y igualdad ante ley (articulo 24),  garantizados en el instrumento internacional, el cual reconoce derechos a las parejas del mismo sexo y sus hijos, según  pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Esperamos que la Comisión acoja esta  justa demanda y que Chile sea sancionado”, finalizó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

Fuente MOVILH

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Corte Suprema chilena rechaza reconocer que una niña tiene dos madres

Sábado, 28 de julio de 2018
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parejalesbicaysuhija-768x576El Movilh recurrirá a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó una apelación interpuesta por el Movimiento de Integración y Liberación (Movilh) para que se reconociera el hecho de que una niña de un año, Martina, es criada por dos madres, las convivientes civiles Mayra Opazo y Constanza Monsalves.

Sin permitir los alegatos solicitados por la abogada del Movilh, Carolina Etcheverry, los ministros Sergio Muñoz Gajardo, Juan Fuentes Belmar, Carlos Aránguiz Zúñiga y los abogados integrantes Ricardo Abuauad Dagah y Julio Pallavicini Magnere, confirmaron así la sentencia dictada el pasado 18 de junio de la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

En tal fallo, el tribunal había negado por 2 votos contra 1 que el Registro Civil hubiese incurrido en alguna ilegalidad al negarse a inscribir a Martina con dos madres. Aunque el fallo las reconoció como familia, sostuvo que la legislación actual impide ese reconocimiento. Por el contrario, el voto disidente enfatizó que negar la doble maternidad vulnera el Interés Superior del Niño.

“Lamentamos el fallo de la Corte Suprema, pues significa que una niña de un año seguirá viviendo sin que el Estado reconozca a su verdad, a su historia y a sus madres. Si bien a juicio de la sentencia esto es más bien responsabilidad del Poder Legislativo que del Judicial, la Suprema bien pudo dar un paso más allá, al igual como ha ocurrido en tribunales de Argentina, Uruguay o España, donde juezas y juezas han hecho valer los principios de igualdad, no discriminación y de interés superior del niño sobre cualquier otra consideración a la hora de fallar sobre estas temáticas”, sostuvo el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.,

El activista anunció que “sin duda recurriremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que Mayra, Constanza y Martina alcancen la justicia negada en su propio país y para que el Estado de Chile sea sancionado por este evidente abuso solo explicado en razón de la orientación sexual de la pareja”.

Fuente MOVILH

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Chile: Corte Suprema admite a trámite el reconocimiento de la doble maternidad lésbica

Sábado, 30 de junio de 2018
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parejalesbicaysuhija-768x576El Movilh, que representa a la pareja, festejó el avance en el Día del Orgullo y de su 27 aniversario.

En un hecho inédito la Corte Suprema acogió a tramitación un recurso de apelación interpuesto por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) para que se reconozca la doble maternidad de las convivientes civiles Mayra Opazo y Constanza Monvalves, quienes crían una niña de un año, Martina.

La apelación tuvo lugar luego de que la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazara por dos votos contra uno el reconocimiento de la doble maternidad, sosteniendo que legalmente solo una de las convivientes civiles podía ser reconocida como madre.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, precisó que “esta buena noticia que conocemos en el Día del Orgullo y cuando nuestra organización cumple 27 años, esperamos que llegue a buen puerto. Martina tiene dos madres, esa la verdad. La justicia no puede negar la verdad, como tampoco oponerse a los derechos humanos y al interés superior del niño. En Chile, no hay norma que impida el reconocimiento de dos madres o dos padres. Solo el prejuicio ampara esa visión”.

En tanto la abogada del Movilh y representante legal de la pareja, Carolina Etcheverry, señaló que se está en presencia de un hecho inédito, pues por primera vez la Corte Suprema analizará la temática con un voto disidente favorable al reconocimiento de la doble maternidad.

En efecto, la jueza de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvana Donoso, sostuvo en su voto disidente que “al impedir que una familia homoparental se yerga como familia de una niña que fue gestada mediando inseminación artificial, respecto de la cual, desde luego, nunca habrá un padre que reclame tal calidad, deviene en incumplimiento de las normas internacionales puesto que le estamos negando la posibilidad de preservar su identidad en tanto mediante un reproche jurídico, no aceptamos esta forma de familia y, en consecuencia, dañamos uno de los atributos de su persona”.

Por último, el vocero del Movilh, Óscar Rementería, adelantó que “en caso de que la Corte Suprema falle contra la apelación, lo cual esperamos no ocurra, es claro que recurriremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), para que Chile sea sancionado por vulnerar el Acuerdo de Solución Amistosa que firmó con nuestra organización para el reconocimiento de la homoparentalidad”

Fuente MOVILH

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Chile: Inédito alegato en tribunales para que se reconozca el derecho de una niña a tener dos madres

Miércoles, 20 de junio de 2018
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tuicion-valparaiso-movilh-2En Corte de Apelaciones de Valparaíso 

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) alegó ayer en la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso a favor de una pareja lésbica, Mayra Opazo y Constanza Monsalves, quienes buscan ser reconocidas como madres de una niña de un año, Martina.

En la audiencia con los jueces  Jaime Arancibia, Silvana Donoso y Patricio Martínez, la abogada del Movilh, Carolina Etcheberry, precisó que negar a Martina el derecho y la verdad de que antes de su nacimiento ya tenía dos madres, vulnera el interés superior del niño y de la niña, además de ser una discriminación basada en la orientación sexual de su familia.

“Nuestro Código Civil no regula el caso de las familias homoparentales, por lo tanto hay que buscar lo que nos dice la Constitución, que se refiere a tratados internacionales de derechos humanos. Acá claramente hay una discriminación hacia una familia homoparental”, dijo.

 Para Monsalves “una familia como la nuestra no tendría porque estar siendo defendida. Nosotros tenemos una hija preciosa, sana, contenta y feliz. Lamentablemente el Estado es quien nos pone en esta posición”

“Sí a mí me pasa algo, es Martina la que queda a la deriva. Martina no pierde una figura, pierde a las dos y finalmente eso es lo que nosotros estamos peleando”, añadió.

En tanto, el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, estimó que “es deber de los tribunales garantizar la plena igualdad ante la ley establecida en la Constitución, así como el pleno respeto a los tratados y compromisos internacionales asumidos por Chile, los cuales claramente son favorables a la adopción y la filiación homoparental”.

Tras nueve años de relación y un largo proceso de inseminación artificial, el 17 de abril del 2017 nació Martina, sin embargo, el Registro Civil de Viña del Mar se negó a inscribir Constanza y Mayra como madres. Solo reconoció tal derecho a una de ellas.

El Movilh puntualizó que impedir la filiación y la adopción homoparental vulnera la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención de los Derechos del Niño, la Convención Americana de Derechos Humanos, el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) “que Chile y nuestra organización firmaron en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos” y los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Fuente MOVILH

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Pareja lésbica presenta recurso de protección para ser reconocidas como madres de una niña de 11 meses

Martes, 17 de abril de 2018
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parejalesbicaysuhija-768x576Recurso es patrocinado por la abogada del Movilh, Carolina Etcheverry.

Con el respaldo del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) una pareja lésbica, Mayra Opazo y Constanza Monsalves, presentó hoy en la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de protección luego de que el Registro Civil se negara a inscribirlas como madres de un niña de 11  meses, Martina.

Si bien el Registro Civil inscribió a la niña con los apellidos de ambas mujeres, solo reconoció  a una de ellas como madre, aún cuando juntas desarrollaron todo el proceso de inseminación artificial y son convivientes civiles.

En el recurso, patrocinado por la abogada del Movilh, Carolina Etcheverry, la pareja con nueve años de relación, señaló que tras un largo proceso inseminación artificial, “el 17 de Abril del 2017 por fin pudimos conocer a nuestra hija, siendo el día más feliz de nuestras vidas. Pudimos finalmente tomarla, acariciarla, decirle lo mucho que la amábamos”.

Añadieron que “siempre fue un proceso de dos, pensamos como se iba a llamar dónde la íbamos a tener, leímos juntas como cuidarla y criarla. Martina tiene dos mamás, así lo siente ella y es la verdad”.

Sin embargo, el Registro Civil de Viña del Mar se negó en dos ocasiones a inscribir a ambas mujeres como madres, posibilitando que solo lo hiciera Constanza, en tanto fue ella quien dio a luz.

“Esto nos pareció un acto claramente discriminatorio, pues si se hubiese tratado de una pareja heterosexual sometida al mismo procedimiento de inseminación que nosotras, ningún problema habrían tenido de inscribir a ese hijo o hija”, dijo la pareja.

La vocera del Movilh, Cristina Poblete, precisó que “Chile tiene una deuda con las familias homoparentales, pues no garantiza igualdad de derechos a nuestros hijos e hijas. Los vacíos legales siempre se interpretan contra los derechos de padres gays o madres lesbianas, esto no puede seguir ocurriendo”.

En el recurso de protección se alegó que si bien en Chile está prohibida la adopción homoparental, en ningún caso eso impide que un niño o niña tenga dos madres o padres, cuando uno/a de ellos es el biológico, y el otro/a participó de todo el proceso del embarazo.

Por el contrario, remarcó la abogada Etcheverry, negar la inscripción de dos madres o dos padres violenta la igualdad ante la ley, la integridad física y psíquica de las personas y la protección de la familia, derechos garantizados en la Constitución, así como la Convención de los Derechos del Niño, como son el derecho a la identidad y el interés superior de los menores de 18 años.

Lo expuesto, redondeó, lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por tanto negar la inscripción de dos madres  violenta los tratados ratificados por Chile que se enmarcan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Convención Americana de Derechos Humanos.

La acción legal fue presentada dos días después de que la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados reactivara el debate sobre la adopción homoparental.

Fuente MOVILH

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