Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Comisión Internacional de Juristas (CIJ)’

11 países donde las personas LGBTQ+ aún se enfrentan a la pena de muerte

Lunes, 29 de mayo de 2023
Comentarios desactivados en 11 países donde las personas LGBTQ+ aún se enfrentan a la pena de muerte

stop ejecuciones homosexuales en iranUn año después de que una serie de destacadas organizaciones LGBTQ+ pidieran a 11 países que pusieran fin a la amenaza de la pena de muerte como castigo para las personas queer, nada ha cambiado.

En 2022, ILGA Asia, la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) y otras cinco organizaciones condenaron el uso de la violencia contra las personas LGBTQ+ en una declaración emitida con motivo del Día Internacional contra la Homofobia, la Bifobia y la Transfobia (IDAHOBIT).

En la declaración, las organizaciones LGBTQ+ señalaron que 70 países de todo el mundo seguían penalizando las conductas sexuales entre personas del mismo sexo, entre ellos 22 países asiáticos.

ILGA Asia señaló que 11 países -Afganistán, Brunéi, Darussalam, Irán, Mauritania, Nigeria, Pakistán, Qatar, Arabia Saudí, Somalia, Emiratos Árabes Unidos y Yemen- mantienen la pena de muerte para las personas LGBTQ+. Ocho de esos países están en Asia.

Según Human Dignity Trust, la pena de muerte se aplica en Irán, el norte de Nigeria, Arabia Saudí, Somalia y Yemen, y sigue siendo una “posibilidad legal” en Afganistán, Brunéi, Mauritania, Pakistán, Qatar y Emiratos Árabes Unidos.

Un año después, cuando el 17 de mayo se celebra de nuevo IDAHOBIT, sólo 66 países del mundo penalizan las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo, pero el número de los que aplican la pena de muerte como castigo se mantiene firme en 11 países.

Imponer la pena de muerte a las personas LGBTQ+ viola el “derecho a la vida”

Las leyes anti-LGBTQ+ y la pena capital afectan de forma desproporcionada a las minorías étnicas o religiosas y a las personas procedentes de entornos socioeconómicos desfavorecidos, señalaron las organizaciones.

“El mantenimiento y la imposición de la pena de muerte por conductas sexuales consentidas entre personas del mismo sexo constituye una violación del derecho a la vida y del derecho a no sufrir tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, afirmó Daron Tan, asesor jurídico internacional asociado de la CIJ.

Tan afirmó que tales leyes vulneran numerosos derechos humanos, y también pueden hacer que se niegue a la gente el acceso a los sistemas sanitarios.

Ajita Banerjie, responsable de investigación de ILGA Asia, pidió la despenalización de las conductas sexuales entre personas del mismo sexo en todo el mundo, y afirmó que la pena de muerte debería abolirse en cualquier circunstancia.

“Además, instamos a las autoridades de todos los países que siguen manteniendo la pena de muerte a que introduzcan una moratoria sobre su uso, como primer paso necesario hacia la abolición de la pena de muerte. Por último, pedimos a las autoridades que garanticen todas las salvaguardias necesarias para asegurar el acceso a representación legal y a juicios justos a quienes se enfrentan actualmente a la pena de muerte en relación con su participación real o supuesta en conductas sexuales consentidas entre personas del mismo sexo.”

Las Naciones Unidas y otras organizaciones de derechos humanos han condenado reiteradamente el uso de la pena de muerte en numerosos países de todo el mundo.

En diciembre de 2020, la Asamblea General de la ONU pidió a los Estados que siguen aplicando la pena de muerte que garantizaran que no se aplica “sobre la base de leyes discriminatorias o como resultado de una aplicación discriminatoria o arbitraria de la ley”.

Dos homosexuales fueron ejecutados en Irán en enero de 2022

Incluso en países donde no se aplica la pena de muerte a las personas LGBTQ+, muchas siguen sufriendo detenciones y condenas por mantener relaciones sexuales consentidas.

Algunos países, como Kuwait, Líbano, Myanmar y Omán, mantienen leyes arbitrarias contra la “inmoralidad” dirigidas contra miembros de la comunidad LGBTQ+.

En enero de 2022 se produjo un gran revuelo cuando una red de derechos humanos afirmó que dos homosexuales habían sido ejecutados en Irán tras pasar seis años en el corredor de la muerte.

Los dos hombres, a los que la agencia de noticias Human Rights Activists llamó Mehrdad Karimpour y Farid Mohammadi, habían sido condenados a muerte por “relaciones sexuales forzadas entre dos hombres”.

En julio de 2022, otro hombre gay fue ejecutado en Irán bajo un cargo de “sodomía”, según grupos de derechos humanos.

Según los informes, otros dos hombres fueron ejecutados por cargos similares en Irán en julio de 2021.

Irán actualmente criminaliza el sexo entre hombres con la pena de muerte o 100 latigazos y el sexo entre mujeres con 100 latigazos.

por-un-mundo-sin-pena-de-muerte_560x280

Fuente PinkNews

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

El Comité de los Derechos del Niño de la ONU falla contra Finlandia por no conceder el asilo a una familia rusa formada por dos mujeres y su hijo

Viernes, 26 de febrero de 2021
Comentarios desactivados en El Comité de los Derechos del Niño de la ONU falla contra Finlandia por no conceder el asilo a una familia rusa formada por dos mujeres y su hijo

ONU-GAYEl Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas ha determinado que Finlandia no tuvo en cuenta el interés superior del hijo de una pareja de mujeres cuando rechazó su solicitud de asilo, ni lo protegió contra un riesgo real de daño irreparable cuando la familia no tuvo otra opción que regresar a Rusia. Una decisión que ILGA, la federación que agrupa a más de 1600 colectivos y organizaciones LGTBI de todo el mundo, ha saludado como un hito importante. «En el sistema de la ONU, este es el primer caso relacionado con el asilo que afecta a un niño que se enfrenta a riesgos específicos por la orientación sexual de sus madres, y por la familia que forman», ha declarado Kseniya Kirichenko, su coordinadora de programas. «Esta es también la primera vez que el Comité de los Derechos del Niño de la ONU toma una decisión sobre cuestiones de orientación sexual, y el primer caso sobre niños en familias del mismo sexo en la práctica de los órganos de los tratados en general», ha añadido.

Según informa ILGA, la decisión del Comité se refería a una solicitud presentada en nombre de A. B., que ahora tiene 11 años, un niño que había huido de Rusia junto con sus madres después de que la familia se enfrentara a acoso y amenazas, y de que él mismo empezara a sufrir acoso y aislamiento en la escuela. Hay que recordar, en este sentido, la especial situación que vive Rusia, un país en el que a la LGTBIfobia social se superpone desde hace más de una década una creciente LGTBIfobia de Estado que en 2013, después de que varias regiones lo hicieran por su cuenta, cristalizó en una ley estatal que prohíbe el mero hecho de informar positivamente de la homosexualidad a menores. Leyes que en la práctica hacen imposible celebrar el Orgullo LGTBI o simplemente enarbolar una bandera arcoíris.

Temiendo por su seguridad, la familia huyó a Finlandia, donde el niño empezó a ir a la escuela, hizo amigos y ya no tuvo que vivir con el temor a hablar abiertamente sobre su realidad familiar. Sin embargo, Finlandia rechazó su solicitud de asilo. Aunque las autoridades finlandesas reconocieron las experiencias pasadas de amenazas, acoso y discriminación, concluyeron que no podían considerarse constitutivas de persecución. A la familia no le quedó más remedio que regresar a Rusia. Sin embargo, la denuncia contra Finlandia acabó por llegar a Naciones Unidas.

Ahora el Comité de los Derechos del Niño, órgano de las Naciones Unidas que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de los estados miembro, ha concluido que Finlandia no tuvo en cuenta el interés superior del pequeño como consideración primordial al evaluar la solicitud de asilo ni lo protegió contra un riesgo real de daño irreparable en caso de devolución a Rusia. El Comité considera que el Estado finlandés violó los artículos 3, 19 y 22 de la Convención sobre los Derechos del Niño y que tiene la obligación de proporcionar una reparación efectiva a la familia damnificada, incluida una «indemnización adecuada». La decisión del Comité fue informada por una intervención de terceros presentada conjuntamente por ILGA Mundo, ILGA-Europa, la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), Child Rights International Network (CRIN) y Network of European LGBTIQ* Families Associations (NELFA).

«Esta es una decisión importante, que establece las normas necesarias para la protección de los niños de las familias LGBTI que están en mayor riesgo de discriminación, especialmente en países como Rusia, donde las personas LGBTI se enfrentan a la estigmatización y las hostilidades en su vida cotidiana», ha declarado Arpi Avetisyan, jefa de litigios de ILGA-Europa, que ha remarcado además la obligación de los estados de garantizar siempre que el interés superior del niño se tenga en cuenta de forma efectiva y sistemática en el contexto de los procedimientos de asilo y que no se les discrimine por la orientación sexual de sus padres. «En el pasado, hemos visto que las decisiones internacionales sobre solicitantes de asilo lesbianas, gais y bisexuales han llevado a concederles la residencia en los Estados demandados», ha añadido por su parte Kseniya Kirichenko. «Esperamos que Finlandia también garantice que esta familia pueda volver y tener por fin una vida feliz y segura», ha añadido. Esperemos que sea así.

Puedes descargar la decisión completa del Comité de los Derechos del Niño aquí (en inglés).

Fuente Dosmanzanas

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.