Movilh llama a votar en contra de la propuesta constitucional: «es un caballo de Troya que amenaza la igualdad y la no discriminación»
A la par el organismo responsabilizó de la exclusión de los derechos LGBTIQ+ de la propuesta a todo el espectro partidario y el proceso de reforma: a los bordes constitucionales definidos por el Congreso Nacional, al Anteproyecto de la Comisión Experta y al texto final evacuado por el Consejo Constitucional.
En el marco del Día Nacional de la Diversidad, y a un mes del plebiscito constitucional, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) dio a conocer hoy su postura de rechazo a la propuesta de Carta Magna a votar el 17 de diciembre próximo calificándola como “un caballo de Troya que amenaza la igualdad de derechos y la no discriminación”
En un análisis de 7 de páginas, abajo expuesto, el Movilh ahondó en diversas razones a saber para rechazar el texto a votar en diciembre:
1.- La propuesta no menciona en igualdad de condiciones a los diversos sectores que deben ser protegidos de la discriminación arbitraria, dejando afuera a las personas LGBTIQ+, entre otros grupos, decidiendo arbitrariamente a cuales incorporar.
2.- La propuesta está cruzada por el binarismo, garantizando derechos exclusivamente a hombres y mujeres, en vez de a todas las personas, dejando afuera a quienes no se identifican con esas categorías.
3.- La propuesta violenta el interés superior y la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes, entregando un amplísimo poder a los adultos para que les impongan su moral, ideología y religión, así como para decidir qué tipo de enseñanza deben recibir y donde deben educarse, en un contexto donde aún persisten corrientes en Chile que consideran a las personas LGBTIQ+ como personas enfermas, pecadoras, inmorales o peligrosas.
4.- La propuesta resta poder al Estado para implementar o garantizar sistemas de enseñanza-aprendizaje inclusivos y preventivos de la discriminación.
5.- La propuesta resta valor al principio de la no discriminación, considerándolo como un derecho de menor rango en comparación a otros.
6.- La propuesta tiene un amarre mucho mayor que la actual Constitución para poder modificarla.
7.- La propuesta restringe el respeto a los tratados y estándares internacionales de derechos humanos, dando paso a una interpretación paralela y discrecional de los mismos.
8.- La propuesta refleja en buena parte de sus artículos la ideología exclusiva de la ultraderecha y le otorga en bandeja un mayor poder, pese a ser un sector político que por sí solo, y en todo el mundo, ha sido un peligro para los derechos humanos de grupos vulnerables o históricamente desaventajados.
Finalmente, el Movilh acusó que “este segundo intento para dotar a Chile de una nueva Constitución fue, en términos concretos y reales, indiferente e insensible durante toda su tramitación a la realidad LGBTIQ+, desde el momento mismo que se generaron las bases constitucionales, hasta pasar por la Comisión Experta y terminar con el texto evacuado por el Consejo Constitucional”. Por tanto, en relación a la exclusión LGBTIQ+ la responsabilidad es de todo el espectro político-partidario.
Declaración completa del Movilh con análisis y argumentos sobre las 8 razones para rechazar.
El pasado 7 de noviembre el Consejo Constitucional, 22 de cuyos 50 integrantes son de extrema derecha y abiertos opositores/as a los derechos LGBTIQ+, entregaron al presidente Gabriel Boric su propuesta de Carta Magna [1], la cual deberá ser votada en Chile en el plebiscito del próximo 17 de diciembre.
El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) valora los esfuerzos de quienes intentaron generar una propuesta constitucional representativa, no excluyente, que respetara la universalidad de los derechos humanos; al margen de cualquier ideología o interés político-partidario; y muy especialmente aplaudimos al escaso puñado de autoridades o personas que propusieron mencionar explícitamente en la Carta Magna a todos los sectores discriminados, incluida la población LGBTIQ+.
El resultado, pese a los esfuerzos, no está a la altura de las transformaciones culturales y sociales experimentadas por el país y, en el caso específico de los derechos LGBTIQ+ es una apuesta regresiva que constituye un peligro. De haber estado vigente la Constitución que se propone, poco o nada hubiesen avanzado los derechos LGBTIQ+ en Chile.
Nos posicionamos, en consecuencia, en contra de la propuesta, y llamamos a las personas LGBTIQ+, a sus familiares, amigos/as y conocido/as a leer detenidamente el proyecto y a votar informado/a, en conciencia, solidaridad y empatía con cada persona que habita este país. La Constitución debe representar y garantizar derechos a todas las personas y la propuesta que se someterá a votación está muy distante de ese fin.
En nuestro análisis de la propuesta constitucional no levantamos fantasmas o mitos o recurrimos a falsedades, como aquella que señala que dicho proyecto no menciona o no incluye el derecho a la no discriminación, pues si lo incorpora, pero en medio de otros artículos limitantes y regresivos.
Tampoco pretendemos responsabilizar de la invisibilidad de los derechos LGBTIQ+ exclusivamente a la ultra derecha. Como organismo totalmente autónomo, independiente, sin presencia en el aparato estatal, ni interferencias partidarias, podemos concluir, en función de sólidos antecedentes, que la responsabilidad, al menos en lo referente a la exclusión de la diversidad sexual y de género, es transversal y atraviesa todo el proceso y a todos los sectores políticos-partidarios que participaron del mismo.
Este segundo intento para dotar a Chile de una nueva Constitución fue, en términos concretos y reales, indiferente e insensible durante toda su tramitación a la realidad LGBTIQ+, desde el momento mismo que se generaron las bases constitucionales, hasta pasar por la Comisión Experta y terminar con el texto evacuado por el Consejo Constitucional.
Vamos por paso.
El 17 de enero del 2023 fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.553 “para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política de la República”.
En su artículo 154 dicha ley enumeró las bases institucionales y fundamentales de la que sería la nueva Carta Magna según lo aprobado por el Congreso Nacional. Se trató de 12 puntos considerados los bordes o límites sobre los cuales la Comisión Experta debería redactar un Ante-Proyecto.
Ninguna de las bases mencionó siquiera el derecho a la no discriminación, mientras que sí estableció como un borde excesivamente amplio el “derecho-deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos”, lo cual abrió la puerta para que el proyecto constitucional final virara hacia graves limitaciones contrarias a la autonomía progresiva y al interés superior de los niños, niñas y adolescentes (NNA), con posibilidades ciertas de ser usado contra las personas LGBTIQ+ y otros sectores vulnerables o desaventajados.
El amplísimo poder cedido a adultos para imponer su moral, ideología o religión; planos donde la orientación sexual, identidad de género o expresiones de género diversas suelen ser denostadas; inhabilita, o si se quiere dificulta, las facultades del Estado para generar planes educacionales inclusivos, prohibitivos de la homo/transfobia y que garanticen el igualitario acceso a derechos de todos/as los/as NNA.
“Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones, la libertad de conciencia y de culto, el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, la libertad de enseñanza y el derecho-deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros” señalaba el punto 9 de las bases constitucionales. En otras palabras, más relevante que el derecho a la no discriminación, fueron para las bases constitucionales el derecho de propiedad o la libertad de conciencia o de culto.
La Comisión Experta, y muy en particular la subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos, no lo hizo mejor.
La Comisión Experta de 24 miembros sesionó entre el 6 de marzo y 30 de mayo del 2023, caracterizándose por una composición transversal, solo en el sentido de que representaba con equilibrio a las fuerzas partidarias del Congreso Nacional, siendo 12 integrantes designados por la Cámara de Diputadas y Diputados y 12 por el Senado. Leer más…
Comentarios recientes