Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos’

Resolución africana contra la homofobia y transfobia.

Martes, 27 de mayo de 2014
Comentarios desactivados en Resolución africana contra la homofobia y transfobia.

835-Por la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos.

Resolución sobre la protección contra la violencia y otras violaciones de Derechos Humanos contra las personas por su real o imputada Orientación Sexual o Identidad de Género.

La Comisión Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos (La Comisión Africana), reunida en su 55ª Sesión Ordinaria que tuvo lugar en Luanda (Angola) del 28 de abril al 12 de mayo de 2014:

Recordando que el Artículo 2 de la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos (la Carta Africana) prohíbe la discriminación del individuo por motivos de cualquier difencia, tales como raza, grupo étnico, color, sexo, lenguaje, religión, opinión política u otra tipo de opinión, origen social y nacional, fortuna, nacimiento o cualquier otro estatus;

Además recordando que el Artículo 3 de la Carta Africana estipula que todas las personas se beneficien de una completa igualdad ante la ley;

Señalando que los Artículos 4 y 5 de la Carta Africana otorgan a cada individuo respeto por la vida e integridad de su persona, y prohíbe la tortura y cualquier otro trato castigo cruel, inhumano y degradante;

Alarmada por los actos de violencia, discriminación y otras violaciones a los derechos humanos que continuan siendo cometidos sobre individuos en muchas partes de África debido a su real o imputada orientación sexual o identidad de género;

Señalando que dicha violencia incluye las llamadas violaciones “correctivas”, ataques físicos, torturas, asesinatos, arrestos arbitrarios, detenciones, asesinatos extra-judiciales y ejecuciones, desapariciones forzadas, extorsión y chantaje;

Mas alarmada aún por la incidencia de la violencia, las violaciones de derechos humanos y los abusos por parte de actores Estatales y No-Estatales dirigidos contra defensores de los derechos humanos y las organizaciones de la Sociedad Civil que trabajan en temas de Orientación Sexual e Identidad de Género.

Profundamente preocupada por la incapacidad de las fuerzas encargadas del cumplimiento de la ley para investigar de forma diligente y perseguir a los responsables de la violencia y otras violaciones de los derechos humanos contra las personas en base a su imputada o real orientación sexual o identidad de género

CONDENA el incremento de los incidentes violentos y otras violaciones de los derechos humanos, incluyendo asesinatos, violaciones, ataques, detenciones arbitrarias y otras formas de persecución de personas sobre la base de su imputada o real orientación sexual o identidad de género.

ESPECÍFICAMENTE CONDENA la situación de ataques sitemáticos por actores Estatales y No-Estatales contra personas sobre la base de su real o imputada orientación sexual e identidad de género.

LLAMA a los Estados Miembros a asegurar que los defensores de derechos humanos trabajan en un entorno adecuado que esté libre de estigma, represalias o persecución criminal como resultado de sus actividades de protección de los derechos humanos, incluyendo los derechos de las minorías sexuales; y

URGE FIRMEMENTE a los Estados a poner fin a todo acto de violencia y abuso, sea cometido tanto por actores Estatales como No-Estatales, incluyendo la aprobación y puesta en marcha de forma efectiva de leyes prohibiendo y castigando toda forma de violencia, inlcuyendo aquella que se dirige contra personas en base a su real o imputada orientación sexual o identidades de género, asegurando adecuadas investigaciones y una persecución diligente de los agresores, y estableciendo procedimientos judiciales que respondan a las necesidades de la víctima.

Adoptado por la 55ª Sesión Ordinaria de la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos en Luanda (Angola), el 28 de abril de 2014.

Nota de ÁfricaLGBT tomado de la web de la Comisión Africana: La Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos estableció la Comisión Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos. La Comisión fue inaugurada el 2 de noviembre de 1987 en Addis Abeba (Etiopía). El Secretariado de la Comisión se encuentra en Banjul, Gambia.

Además de realizar las tareas que puedan serle encomendas por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno, la Comisión está a cargo de tres funciones principales:

– La protección de los Derechos Humanos y de los Pueblos.

– La promoción de los Derechos Humanos y de los Pueblos.

– La interpretación de la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos.

 Son firmantes de la Carta Africana y por tanto Estados Miembros de la Comisión Africana TODOS los países africanos, excepto Marruecos.

(Traducción propia para ÁfricaLGBT gracias a nuestro voluntario Madrid Mars. Puedes leer el idioma original en los enlaces adjuntos. Este texto se tradujo desde el idioma inglés).

http://www.achpr.org/sessions/55th/resolutions/275/

 

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.