Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Cese’

Cuando un clérigo es cesado, ¿por qué no cesa de verdad?

Miércoles, 14 de septiembre de 2016
Comentarios desactivados en Cuando un clérigo es cesado, ¿por qué no cesa de verdad?

jdm002ma001-2De su blog Teología sin Censura:

Lo que ha ocurrido con el obispo de Mallorca (y su traslado a Valencia) está dando que hablar. El problema – por lo que han dicho – no está en la ciudad, sino en la persona. Y si es que ese obispo no sirve para Mallorca, ¿va a servir en Valencia? Hay problemas en la vida que no se resuelven con un traslado. La Iglesia (empezando por su teología) tendría que ser consecuente: el que no sirve para un ministerio, que cese. Pero de verdad y con todas sus consecuencias.

Esto es lo que hizo la Iglesia durante más de diez siglos. Sin duda alguna, hasta el s. XII, por lo menos. En efecto, fue en el s. XII cuando se aceptó entre los teólogos la idea según la cual el sacramento del Orden consiste en el carácter del que arrancan los poderes sagrados que tiene el sacerdote. Es la idea que impuso Pedro Lombardo, al que siguieron Alberto Magno, Tomás de Aquino, etc. Desde entonces, se impuso el convencimiento de que el sacerdote es “Sacerdos in aeternum” = “sacerdote para siempre”. Lo que pasa es que la Iglesia, para evitar males mayores, se inventó la teoría de que, para ejercer el sacerdocio, no basta la “potestad de orden” (que teóricamente es indeleble), sino que además el sacerdote necesita la “potestad de jurisdicción”, que se le concede al que está “incardinado” (inscrito) en una diócesis o en una Orden Religiosa, es decir, está sometido a un obispo o a un superior religioso.

Pues bien, es importante saber que, durante más de mil años, estas ideas no existían o no estaban claras en la Iglesia. Lo que estaba claro es que, si un sacerdote – tuviera el cargo que tuviera, aunque fuera obispo -, si no vivía de forma ejemplar y según las normas establecidas, dejaba de ser sacerdote y volvía a ser seglar. Esto es lo que no se cansaban de repetir machaconamente los Sínodos y Concilios por todos los rincones de la Iglesia, en Oriente y Occidente, como consta en los documentos eclesiásticos desde comienzos del s. IV (año 314) hasta finales del s. XII (año 1179). De manera que el que era cesado, si es que quería seguir siendo cristiano, tenía que permanecer en la Iglesia “laica communione contentus”, es decir, “comulgando como laico”. Pasaba, por tanto, de clérigo a seglar.

Este asunto capital ha sido ampliamente estudiado y muy bien documentado (C. Vogel, P.M. Seriski, E. Herman, P. Hinschius, F. Kober, K. Hofmann, H. Zimmermann, J.M.Castillo…). Y conste que el convencimiento de la Iglesia, en este asunto, era tan firme, que, si ocurría que un sacerdote u obispo cesado (y reducido al estado laical) quería volver a ejercer el ministerio, tenía que ser “re-ordenado”. De forma que un autor tan autorizado, como fue san Isidoro de Sevilla, llega a decir que “un acto canónico de la Iglesia anula hasta incluso un acto sacramental” (Conc. IV de Toledo, can. 28. Mansi, X, 627. Cf. P. Séjourné, Y. Congar).

El convencimiento de la Iglesia era tan firme como claro: la conducta era más determinante que el ritual. Lo que significaba que, si la conducta no era honesta, coherente y aprobada por la comunidad creyente, el ritual quedaba anulado. Y, por tanto, desaparecía la ordenación y el ministerio. Hoy esto tendría que traducirse en el hecho fuerte y honrado, para bien de la sociedad y de la Iglesia, que se tendría que traducir en que muchos sacerdotes, frailes, religiosos y hasta obispos deberían pasar al estado y condición de laicos, viviendo como honestos creyentes y honrados ciudadanos, ganándose la vida como todo hijo de vecino o viviendo de la pensión que les corresponda según las leyes de cada país. Lo que ya, modestamente, algunos estamos haciendo.

Por lo demás, y para evitar preocupaciones teológicas innecesarias, debo indicar que el canon 9 de la Sesión 7ª de Trento, que afirma el carácter sacramental, que imprimen el bautismo, la confirmación y el orden, lo único que termina diciendo es que esos tres sacramentos “no se puede repetir” (DH 1609), o sea no se pueden administrar a cada persona nada más que una vez en la vida. Es lo que explica con claridad el famoso historiador de aquel concilio S. Pallavicino.

La Iglesia necesita una limpieza. Pero una limpieza a fondo y de verdad. Lo cual quiere decir que tal limpieza no se hará mediante traslados. Será necesario revisar no pocos cánones del Derecho Canónico vigente. Será necesario renovar la Teología. Pero, sobre todo, lo más urgente, lo más apremiante, tendría que ser: hacer las cosas de manera que la vida en la Iglesia y el proyecto de vida de Jesús, tal como lo presenta el Evangelio, sean de verdad una misma cosa. Mientras no orientemos todo en esta dirección, estaremos dando palos de ciego.

Espiritualidad, Iglesia Católica , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

El Papa destituye al obispo de Kansas, condenado por no denunciar abusos a menores

Domingo, 26 de abril de 2015
Comentarios desactivados en El Papa destituye al obispo de Kansas, condenado por no denunciar abusos a menores

Rogue-PriestsRobert Finn y Sahwn Ratigan

Es el primer caso en el que Francisco toma medidas contra un prelado encubridor

Robert Finn tardó seis meses en informar a la policía sobre el reverendo Sahwn Ratigan

El papa Francisco aceptó el martes la dimisión del obispo de Kansas que se declaró culpable de no informar sobre un sacerdote que supuestamente abusó de menores, en el primer caso conocido en el que el papa toma medidas contra un obispo que protegió a un pedófilo.

El Vaticano dijo el martes que el obispo Robert Finn había presentado su renuncia en virtud de un código de la ley canónica que permite dejar el cargo por enfermedad o por un motivo “serio” que les haga inadecuados para el puesto.

Finn, que lidera la diócesis de Kansas City-St. Joseph en Missouri, esperó seis meses antes de informar a la policía sobre el reverendo Shawn Ratigan, cuya computadora contenía cientos de fotos lascivas de niñas tomadas dentro y alrededor de iglesias en las que trabajó. Ratigan fue condenado a 50 años de cárcel tras declararse culpable de cargos de pornografía infantil.

El obispo se declaró culpable de un cargo menor de no denunciar un supuesto abuso y fue condenado a dos años de libertad condicional en 2012. Sigue siendo el cargo eclesiástico de mayor rango condenado en Estados Unidos por no tomar medidas ante acusaciones de abusos.

El hecho de que el Vaticano no le hubiera sancionado o depuesto había alimentado las quejas de las víctimas sobre que los obispos seguían estando protegidos, incluso tras la promesa de “tolerancia cero” de Francisco.

Incluso el principal asesor de Francisco en la gestión de casos de abusos sexuales, el cardenal Sean O’Malley, había dicho públicamente que el pontífice debía abordar el caso de Finn “con urgencia”. El Vaticano envió un arzobispo canadiense a la diócesis de Finn el pasado otoño, dentro de una investigación sobre su liderazgo. Pero hasta el martes no se había apuntado sobre qué medida podría adoptar el pontífice.

(RD/Agencias)

General, Iglesia Católica , , , , , , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.