Las entidades LGTBI que se presentaron como acusación popular celebran la sentencia del caso Pilla-Pilla
Condena a prisión al líder del grupo de ideología neonazi que ultrajó a tres hombres gais en 2013
La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales (FELGTB) y la Fundación Triángulo, entidades LGTBI que se presentaron como acusación popular en el caso Pilla-Pilla, han celebrado este miércoles la sentencia que condena a cinco años y medio de prisión a Mikola Zatkalnitsky, el líder del grupo de ideología neonazi que ultrajó y amenazó a tres hombres gais en 2013 por delitos contra la integridad moral y por revelación de secretos, con los agravantes de superioridad y homofobia.
Ambas entidades consideran que se trata de “una sentencia ejemplarizante contra la homofobia de la ultraderecha” y “un precedente muy importante”, ya que se trata de una de las primeras sentencias que recoge el daño colectivo causado a las personas LGTBI.
En este sentido, el presidente de Fundación Triángulo, José María Núñez, recuerda que “Pilla-Pilla es uno de los casos más serios y dramáticos contra el colectivo LGTBI de nuestra democracia”. “Nos alegramos mucho tanto de la sentencia, positiva en general, como de que, por primera vez, Movimiento Contra la Intolerancia, FELGTB y Fundación Triángulo nos hayamos unido para presentar una acusación particular defendiendo a todo el colectivo. Ambos hechos suponen pasos adelante en la necesaria concienciación frente a las agresiones por diversidad sexual y de género que se producen en España”, declara.
Por su parte, la presidenta de FELGTB, Uge Sangil, ha recordado que “debemos celebrar esta sentencia porque se trata de una batalla que llevamos años librando y, finalmente, cuatro de las seis personas acusadas irán a la cárcel y todas cumplirán penas con agravante de homofobia”. Además, ha destacado que “las personas LGTBI sufrimos agresiones LGTBIfóbicas con frecuencia y sentencias como ésta son importantes para animar a otras víctimas a denunciar, a que acudan a la policía y a los juzgados porque, tal y como se ha visto en este caso, se trata de actos violentos susceptibles de ser penados”.
Además, Sangil recuerda que, al margen de este tipo de sentencias, la aprobación de la Ley Estatal LGTBI es imprescindible para que, a través de la pedagogía, se prevenga el odio a las personas LGTBI y se garanticen medidas de protección y reparación a las víctimas de violencia y discriminación por LGTBIfobia”.
Penas insuficientes para los integrantes del grupo ultra
Por su parte, Movimiento contra la intolerancia, que también formó parte de la acusación popular junto a FELGTB y Fundación Triángulo, considera insuficientes las penas para los miembros del grupo que seguían al líder homófobo. Se trata de otras cinco personas acusadas por este caso, que han sido condenadas por los mismos delitos que su cabecilla, pero con penas inferiores que oscilan entre los nueve meses a los tres años de cárcel. “Consideramos que, salvo para el líder, se trata de una sentencia benévola dado el daño que originaron a las víctimas”, asegura el presidente de Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra.
Fuente FELGTB
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