La Alta Corte de Singapur rechaza declarar inconstitucionales las leyes que castigan las relaciones homosexuales masculinas
La Alta Corte de Singapur ha desestimado la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la sección 377-A del Código Penal, que castiga las relaciones homosexuales masculinas con hasta dos años de prisión. El fallo se produce cuatro meses después de que tuviera lugar la audiencia para los tres demandantes, que alegaban que la penalización de la homosexualidad contraviene los derechos a la igualdad y a la libertad de expresión. La Alta Corte estima, sin embargo, que la Constitución no protege explícitamente contra la discriminación por razón de sexo y deja la labor de despenalización al poder legislativo.
En esta ocasión, la Alta Corte de Singapur ha unificado tres demandas interpuestas por el DJ Johnson Ong, el médico retirado Roy Tan y el activista Bryan Choong. En todas ellas se solicitaba la declaración de inconstitucionalidad de la sección 377-A del Código Penal, herencia de la época colonial británica, que castiga los «actos de indecencia entre dos hombres» con penas de hasta dos años de prisión.
Los demandantes argüían que esa sección del Código Penal no se está aplicando, de hecho, cuando las relaciones homosexuales se mantienen en el ámbito privado, porque su intención primigenia era la de combatir la prostitución masculina. Además, presentaron pruebas científicas de que la homosexualidad es una condición que no se elige y que no es modificable, por lo que criminalizarla supone un acto contra los derechos humanos.
La Alta Corte, sin embargo, ha considerado que la no aplicación real de la ley no es una razón para su derogación, pues la legislación es un reflejo «de creencias y sentimientos populares». En cuanto a la igualdad ante la ley, el alto tribunal advierte de que la Constitución no protege específicamente contra la discriminación por razón de sexo u orientación sexual. La derogación de la sección 377-A queda así en manos del poder legislativo.
No es la primera ocasión en que se desestima una demanda de inconstitucionalidad contra la penalización de la homosexualidad. En 2014 fueron rechazadas dos demandas al respecto con similares argumentos. Tanto en aquella ocasión como en esta, el abogado M. Ravi fue uno de los representantes legales de los demandantes. Ravi estima que la legislación vigente «es escandalosa para la conciencia», e informa de que los demandantes continuarán intentando su derogación.
Una sociedad muy conservadora
Singapur es una ciudad-estado del sudeste asiático, con una economía capitalista fuertemente desarrollada. Poblada por diferentes grupos étnicos y religiosos, la mayor parte de su población es de origen chino, aunque hay una elevada proporción de malayos e indios. La religión más practicada es el budismo, si bien existen importantes minorías musulmana y cristiana. Es, en cualquier caso, una sociedad globalmente muy conservadora.
Singapur no despenalizó hasta 2007 tanto el sexo oral como el sexo anal, pero solo para heterosexuales. Las relaciones homosexuales masculinas siguen penalizadas como “actos de indecencia” de acuerdo a la ya mencionada sección 377-A del Código Penal, aunque en la práctica no se persiguen, siempre y cuando se practiquen, como se dijo arriba, en privado. De hecho, en 2006 se anunció una reforma para despenalizarlas que nunca se llegó a materializar.
En 2015, el Gobierno de Singapur emitió un informe para Naciones Unidas en el que defendía el mantenimiento de la penalización de las relaciones homosexuales masculinas calificándola de «equilibrada» al no aplicarse al ámbito privado.
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