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“No confundir eutanasia injusta con buen morir o eutanasia responsable”, por Juan Masiá Clavel, sj

Lunes, 16 de julio de 2018
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Basic CMYKLeído en su blog Vivir y pensar en la frontera:

Escribir sobre este tema no apetece. Dirán: “ya está muy visto”. Pero se repiten los malentendido cada vez que se debate sobre regular el buen morir y la necesidad de legislarlo. Hay que aclarar la cuestión y divulgar la aclaración. De momento, cinco puntosas:

1. Estar en contra de la regulación no significa ser pro-vida. Estar a favor no es ser anti-vida. (Como tampoco ser católico significa votar a determinado partido, ni la opinión de dicho partido representa la ética católica).

2. El buen morir respetando la dignidad de la persona (que puede conllevar a veces una solicitud de eutanasia justa) no se debe confundir con la eutanasia irresponsable.

3. Una eutanasia justa (cumplidas las condiciones de respeto a la dignidad y libertad de la persona) no se puede equiparar con el homicidio, como tampoco puede ni debe llamarse suicidio al asumir responsable y libremente la propia muerte.

4. La opción responsable por una eutanasia justa no significa optar por la muerte y contra la vida, sino elegir cómo vivir cuando se muere (how to live while dying, R. Mc Cormick).

No se debe llamar a esa opción “muerte digna”, sino respeto de la dignidad en el proceso de morir.

Por eso sería deseable una legislación sobre buen morir, como título general, que incluyera en determinados casos particulares las condiciones para que una splicitud de eutanasia sea justa y aiutónoma y pueda llamarse buen morir responsable de la persona digna hasta el final”. (Véase el estudio Humanizar el proceso de morir. Ética de la asistencia en el morir, Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, Comisión interprovincial, Madrid, 2007).

5. En los debates sobre regularización legislativa no debería plantearse el tema del recurso a paliativos como si fuera un dilema entre paliativos y eutanasia. Hay que garantizar, ante todo, el acceso equitativo al uso de paliativos, así como el de la sedación terminal debidamente consentida y protocolizada. Pero, eso supuesto, teniendo en cuenta las situaciones de solicitud de eutanasia, habrá que garantizar las condiciones para que sea justa, es decir, “buen morir responsable de la persona digna”.

Hace ya años que, con la guía de pioneros de la bioética católica en nuestro país (como Javier Gafo SJ y Francesc Abel SJ), se venían debatiendo y estudiando profesionalmente estas cuestiones con la colaboración de la Cátedra de Bioética de la U.P. Comillas, en Madrid, y en el Instituto Borja de Bioética, en Cataluña. Me permito remitir a mi ensayo de divulgación Cuidar la vida. Debates bioéticos, Herder, Barcelona 2012, del que tomo la cita siguiente del Informe del Instituto Borja (que fue un hito significativo en el giro del debate desde el doble punto de vista de una ética civil y religiosa :

“Presupuesta la apuesta por la vida de toda persona, con la debida atención sociosanitaria y la exigencia de asumirla responsablemente como un don, pero teniendo en cuenta aquellas situaciones en que la vida se percibe solo como carga en la espera dolorosa y agónica de la muerte, hay que reflexionar sobre las condiciones médicas, legales y éticas para la protección del buen recorrido del proceso de morir en los diversos casos, incluidos aquellos de solicitud de eutanasia justa. Dice así el citado Informe:

‘ Lucidez y responsabilidad en el :ultimo acto de la vida pueden significar una firme decisión de anticipar la muerte ante su irremediable proximidad y la pérdida extrema y significativa de calidad de vida. En estas situavciones se debe plantear la posibilidad de prestar ayuda sanitaria para el bien morir, especialmente si ello significa apoyar una actitud madura que concierne al sentido global de la vida y de la muerte ‘.

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