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La batalla legal de dos madres lesbianas por el reconocimiento legal de su hija

Miércoles, 6 de abril de 2016
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helen_bicknell_y_nicola_rothonUna pareja lesbiana y madres de una niña nacida tras un tratamiento de inseminación artificial, han presentado en la Corte Constitucional de Ecuador una demanda para que su hija sea inscrita en el Registro Civil del país con los apellidos de ambas.

 En una audiencia efectuada en Quito, la defensa de Helen Bicknell y Nicola Rothon, de origen británico, argumentó que la niña, nacida en diciembre de 2011, aún no ha podido ser inscrita en el Registro Civil porque la normativa exige los apellidos de un hombre y una mujer.

La jueza Tatiana Ordeñana, al finalizar la audiencia, fijó un plazo de 72 horas para que las partes del proceso, las madres y la Procuraduría del Estado, argumenten las respectivas posiciones que le permitan emitir una decisión.

Concluida esa fase, la decisión de la jueza pasará a conocimiento del pleno de la Corte Constitucional, el máximo organismo de control de la Carta Magna, y allí se emitirá un dictamen definitivo.

En la diligencia efectuada también participaron abogados de grupos de defensa de las minorías sexuales, así como la Defensoría del Pueblo y de grupos opuestos a esa demanda.

El defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, señaló que a su criterio se han vulnerado los derechos de la niña y dijo que lo primordial es que se reconozca a las inglesas como las madres de la pequeña. Rivadeneira relató que la niña actualmente vive en Ecuador con una “visa de amparo” y remarcó que su situación debe solucionarse.

“Sus madres reconocieron a su hija en el Reino Unido. Para hacerlo, la niña obtuvo documentos de viaje de ese país (pasaporte y cédula) como ciudadana inglesa”, añadió. Sin embargo, dijo que para que la pequeña viviera en Ecuador, su país natal, una de sus madres obtuvo una visa de inversionista que le permite residir permanentemente. Con ese documento, la niña “accedió a una visa de amparo”, agregó el defensor del Pueblo.

Bernarda Freire, coordinadora de la clínica jurídica de la Fundación Equidad, opinó por su parte que el fallo de la Corte podría demorarse hasta fin de año y remarcó que “el Estado ecuatoriano reconoce los derechos de la familia diversa”. “Los argumentos en pro de la inscripción de la niña tienen que ver con su derecho a la identidad, un nombre, nacionalidad, con el hecho de que sea reconocida en su familia real porque vive con sus dos madres y son iguales para ella”, agregó la activista, que no descartó que el caso se presente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) si no prospera en el país.

Grupos que se oponen a la demanda de las inglesas argumentaron que en la Constitución ecuatoriana no existe la figura de inscripción de este tipo y que irse contra ello podría suponer una violación de la Carta Magna. Amparo Medina, de la Red Vida y Familia Ecuador, aseguró que el objetivo de su grupo “es defender el derecho constitucional que implica que los niños solo pueden ser adoptados por papá y mamá. No existe la figura de inscripción bajo ninguna ley ecuatoriana”, dijo. Añadió que en Ecuador solo existe la paternidad biológica o adopción y ninguna otra figura.

La hija de Helen y Nicola nació el 27 de diciembre de 2011 en Quito y cuando cumplió 19 días ellas trataron de inscribirla en el Registro Civil, pero no lo lograron, ya que el sistema informático de esa agencia solo aceptaba los apellidos de un padre y una madre.

El Registro Civil les negó (la inscripción) asumiendo que dos madres no pueden reproducir a una niña y que, por precautelar (proteger) el supuesto derecho de un padre inexistente, se la iba a registrar como hija de madre soltera”, indicó Christian Paula, asesor jurídico del grupo Equidad.

La defensa de las madres ha interpuesto varios recursos y ha apelado a varias instancias judiciales hasta llegar a la Corte Constitucional. La batalla legal de la pareja, que comenzó en 2012, cuenta con el apoyo de diversos colectivos LGTB y de otras organizaciones de defensa de los derechos humanos.

Fuente Cáscara Amarga

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La comunidad LGBT de Ecuador no tiene igualdad de derechos

Sábado, 2 de agosto de 2014
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20140727031030_los-glbti-no-tienen-igualdad-de-der_tn5Según el “Informe sobre la situación de los derechos humanos de las poblaciones GLBTI 2013”, la comunidad gay de Ecuador no cuenta con ningún tipo de derechos.

Bernarda Freire, del colectivo Igualdad de Derechos Ya ha sido la autora del “Informe sobre la situación de los derechos humanos de las poblaciones GLBTI 2013”, el cual analiza en seis secciones la situación de los derechos humanos de los GLBTI en Ecuador.

GLBTI: Un informe mide la discriminación

A continuación, un análisis de las seis secciones en las que está dividido el documento:

 Derecho a la vida y derecho a la integridad personal

Uno de los datos más preocupantes es que los gays y las trans son los grupos más vulnerables. No hay una estadística al respecto, porque las instituciones públicas, como el Ministerio de Justicia y las fiscalías, no los asumen como delitos y no los clasifican como agresiones a la comunidad GLBTI. Hemos conocido casos a partir de testimonios de personas que se acercan a Equidad y a Igualdad de Derechos Ya, así como por el registro que se hace en los medios de comunicación. A partir de eso se ve que los gays, sobre todo, mueren en sus domicilios. Y los procesos se repiten: asfixia y apuñalamientos. Sabemos que hay más casos parecidos, pero que no han sido denunciados porque a las familias les da vergüenza revelar las preferencias sexuales de sus familiares y prefieren callar. Los casos de asesinatos a compañeras trans han sido también olvidados y han quedado impunes. Por ejemplo, el de Tayra Ormeño, que fue encontrada muerta el 12 de febrero de 2011 en el secor de la Y, en Quito. Como el suyo, hay otras casos sobre los que la Fiscalía da largas y dice que está investigando. En la fundación y en el colectivo hemos conocido también casos de violencia laboral: lesbianas y gays que han sido despedidos sin razón.

 Derecho a la identidad de género

En la Constitución se dice que nadie puede ser discriminado ni maltratado por su orientanción sexual ni por su identidad de género. Sin embargo, en la práctica, la población trans sigue recibiendo maltratos. Uno de los problemas más usuales tiene que ver con la realización de trámites. Por esta razón, se propuso una reforma la Ley del Registro Civil para suprimir la casilla de sexo en la cédula de identidad. Otro de los planteamientos dentro de ese proyecto fue incluir la posibilidad de un cambio registral de sexo. En este sentido hubo una equivocación, porque, en realidad, se trataba de un cambio registral de género. Y el rechazo del presidente Correa hacia este proyecto fue debido a que él entendió que las personas al cambiarse de sexo en su documento de identidad, podrían acceder a casarse. Se hizo, entonces, el cambio de la palabra “sexo” por la palabra “género”.

 Derecho a la educación

Este es el capítulo en el que las cifras son más irreales. El INEC ha reconocido eso. De acuerdo con los datos de su investigación, el 40,6% de los 2 805 entrevistados ha tenido acceso a educación superior universitario. Asimismo señala que el 1,9% de esa muestra ha concluido posgrados. Esos datos no reflejan la realidad, porque en la encuesta se empleó un método en el que no hubo el mismo número de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales. Por eso, lo más probable es que hayan sido gays y lesbianas los que accedieron a posgrados, porque la población trans a veces ni siquiera tiene acceso a la educación superior.

Un reporte hecho por la Fundación Equidad indica que el 40% de personas gays ha sido víctima de discriminación en centros educativos. De igual manera, el 24,6% ha sido excluido de actividades escolares a causa de su orientación sexual. En el informe recogemos unos cuantos casos. Uno de ellos es el de Mayra (nombre protegido), una trans de 15 años a quien se le prohibió entrar a un centro educativo en Orellana porque iba vestida de mujer. Se tomaron acciones legales al respecto y las autoridades de la institución permitieron la asistencia de Mayra. Al poco tiempo, sin embargo, ella dejó los estudios a causa del bullying homofóbico por parte de sus compañeros. En 2013, en otro centro educativo, una maestra le solicitó a un estudiante que se hiciera una prueba de VIH.

20140718022301_lgbti-un-informe-mide-la-discrimina_tn5Efraín Soria, presidente de la Fundación Equidad, presentó el informe sobre la situación de los derechos humanos de los GLBTI

 Derecho a la salud

Uno de los avances en esta área ha sido tener una ministra de Salud que pertenece a la comunidad. Eso ha permitido que haya resultados en el cierre de las clínicas de deshomosexualización. Sin embargo, todavía hay temas preocupantes. El servicio a la salud para la comunidad GLBTI, por ejemplo, no cumple con los cuatro elementos que señala la “Observación general sobre el derecho a la salud” hecha por las Naciones Unidas: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad.

Según datos de la investigación del INEC, el 58% de los entrevistados no está afiliado a ningún seguro, ni público ni privado. El 11% cuenta con un seguro de salud privado y el 31% está afiliado o tiene acceso al Seguro Social. Estas cifras tampoco revelan del todo la realidad, porque en la encuesta no se tomaron en cuenta las particularidades de cada grupo: no es lo mismo la atención en salud para una lesbiana que para una trans.

En Equidad y en Igualdad de Derechos Ya hemos escuchado casos de compañeras trans que, pese a estar muy enfermas, no han sido atendidas porque el médico ha dicho que no está capacitado. Persiste, además, la idea de que la población GLBTI es portadora de enfermedades venéreas. Y eso hace que las trans, sobre todo, tengan miedo de acercarse a los centros de salud, porque son estigmatizadas, maltratadas. En este capítulo entran también las clínicas de deshomosexualización. El dato más actualizado es que hasta febrero de 2012 había 122 centros de ese tipo. Desde entonces no se ha actualizado la cifra, porque la emisión de los permisos para estos centros sigue siendo un problema.

 Delitos de odio

Uno de los avances fue que, en 2009, la Comisión Legislativa y de Fiscalización aceptó la propuesta de incorporar en el Código Penal la figura de delito de odio. Pero, como el odio no es un acto, la modificación que se hizo fue tipificar el delito de discriminación. Ese se incluyó en el nuevo Código Penal. El delito de discriminación es cualquier práctica que promueva distinción, reestricción, exclusión o preferencia, basada en motivos de odio, que menoscaben el reconocimiento o el ejercicio de los derechos en condiciones de igualdad. Aquí, un tema importante es que, si ese delito es cometido por un servidor o funcionario público, la pena puede llegar a cinco años de reclusión.

A pesar de esos avances, hasta el momento no se ha emitido ninguna sentencia relacionada con esos dos delitos, porque, de nuevo, las personas tienen miedo de denunciar. Los casos, como el de la cafetería Sweet and Coffee (que impidió el ingreso de dos trabajadores a una fiesta de la empresa porque estaban vestidos como mujeres), se han conocido a través de redes sociales y medios de comunicación. Hay que tomar en cuenta que, en muchos casos, prima también el respeto al derecho al silencio de los familiares de las víctimas. Un gran paso sería que los agredidos no teman denunciar.

 Derecho a la igualdad y a la no discriminación

En este capítulo es en el que hay más vulneraciones. Aunque en la Constitución hay artículos que garantizan la igualdad y la no discriminación, asimismo hay otros que las anulan. Por ejemplo, el artículo 67 reconoce las familias diversas en sus diversos tipos, pero más abajo se indica que el matrimonio es solamente la unión entre hombre y mujer, con lo cual se desconoce el matrimonio igualitario.

Esas ambigüedades son las que propician la discriminación. Con eso se evidencia que no hay igualdad en otros temas legales, como la adopción y los derechos derivados (amparo en situación migratoria, seguridad social, prestamos quirografarios, etc.). Esos trámites, cuando son hechos por parejas del mismo sexo, no son resueltos con la misma agilidad que para una pareja heterosexual.

El discurso, entonces, es: “En teoría somos iguales, pero no tenemos los mismos derechos”. Según datos de la primera investigación sobre las condiciones de vida e inclusión social de la población GLBTI, hecho entre noviembre de 2012 y enero de 2013 por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), el 35% de los 2 805 entrevistados ha estado expuesto a gritos, insultos, amenazas y burlas en el entorno familar. Esa cifra no muestra la realidad: se queda corta. Es más grande, pero no se percibe porque la gente tiene miedo a denunciar. La discriminación proviene también de las declaraciones homofóbicas del presidente.

Fuente Hoy

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